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Seminario N°3: Etica profesional y Responsabilidad
Legal
Asignatura: Clínica Integral del Adulto
Alumno: Pablo Castro Espina
Docente: Dr. Pablo Milla
¿Qué es Lex Artis?
● Se define como la aplicación de las reglas generales médicas a
casos iguales o parecidos o la actuación conforme a cuidado
objetivamente debido.
● Se ha venido empleando desde siempre para referirse a un cierto
sentido de apreciación sobre si la tarea ejecutada por un profesional
es o no correcta o se ajusta o no a lo que debe hacerse.
¿Qué es Lex Artis?
La lex artis presupone elementos característicos que podemos
enmarcar dentro de la normativa:
● Un profesional idóneo
● Un estudio y un análisis previo del paciente
● El consentimiento del paciente
● Empleo de técnicas o medios convenientes con aceptación universal
Para que se cumpla la lex artis se debe tener en cuenta en el acto
médico:
● Que se haya aplicado la técnica correcta
● Buena técnica médica
● Respeto a los principios esenciales que tienden a su normal
desenvolvimiento
¿Cuáles son las principales causas de
querellas contra odontólogos?
De cada 100 casos el 90% de las querellas alcanza a los
médicoscirujanos, 7 u 8% a cirujanos dentistas, y el 2 a 3% a
matronas, kinesiólogos, etc.
La querella se presenta dentro del ámbito penal, quiere decir dentro
del ámbito de las penas aflictivas o de perdida de la libertad.
Lasdemandas en cambio se presentan dentro del ámbito civil, es decir
del ámbito de las indemnizaciones pecuniarias (monetarias)
Principales especialidades con querellas contra odontólogos:
● Cirugía
● Endodoncia
● Implantología
¿Cuáles son las principales causas de
querellas contra odontólogos?
Imprudencia:
● Uso de fármacos no suficientemente probados
● Ejecución de técnicas terapéuticas noclaramente efectivas
● Sobredosis fármacos
● Procedimientos terapéuticos riesgosos
● Intervenciones innecesarias
● Falta consentimiento paciente
● Resección quirúrgica excesiva
Negligencia:
● Falta diagnóstico, o tardío
● Falta exámenes
● Abandono paciente
● Falla asepsia
● Inadvertencia situaciones riesgosas
● Olvidos
● No informar al paciente riesgos tratamiento
● Dosificación farmacológica insuficiente
¿Cuáles son las principales causas de
querellas contra odontólogos?
Impericia:
● Falta preparación y/o actualización del profesional
● Error diagnóstico
● Error terapéutico
● Fármacos mal recetados
● Inobservancia de deberes y reglamentos
Inobservancia de deberes y reglamentos:
● Incumplimiento de las normas del lugar dónde se ejerce.
¿Cuáles son los elementos jurídicos que
regulan el ejercicio de la profesión
odontológica?
La profesión odontológica está regulada por:
● Código penal
● Código civil
● Código sanitario
Marco jurídico: Código penal
Requisitos de la responsabilidad profesional para que sea considerado un acto
cuasidelictual:
1. El autor debe ser titulado.
2. Ejecutar una conducta en un acto propio de su ejercicio profesional.
3. Debe causar un daño objetivable al paciente. Si este daño no existe no se
considera un cuasidelito.
4. Debe existir relación causal entre acto culpable y el daño producido.
5. El profesional debe haber actuado con culpa ( imprudencia, negligencia,
impericia)
¿Cuáles son los elementos jurídicos que
regulan el ejercicio de la profesión
odontológica?
Marco jurídico: Código civil
El odontólogo debe responder e indemnizar en caso de daño:
1. Daño emergente: Perjuicios pecunarios efectivamente causados (los
días de hospitalización, tratamientos médicos, etc.)
2. El lucro cesante: Lo que la persona dejo de ganar durante el tiempo
que estuvo afectada.
3. El daño moral: Perjuicios sicológicos que la persona puede haber
sufrido.
Marco jurídico: Código sanitario
Rige todas las cuestiones relacionadas con el fomento, protección y
recuperación de la salud de los habitantes de la republica, salvo
aquellas sometidas a otras leyes. Libro V del código sanitario Articulo
112: « Sólo podrán ejercer actividades (…) quienes posean título (…)»
Articulo 113: «Ejercicio ilegal de la profesión (…) realizar diagnostico,
pronostico y tratamiento sin titulo (…)»
¿Qué es la Ficha Clínica? ¿Tiene carácter
Legal?¿A quién pertenece, al dentista o al
paciente?
¿Qué es la Ficha Clínica?
La ficha clínica es un documento médico-legal donde queda registrada toda la relación
del personal sanitario con el paciente, todos los actos y actividades médico-sanitarias
realizados con él y todos los datos relativos a su salud, que se elabora con la finalidad de
facilitar su asistencia, desde su nacimiento hasta su muerte, y que puede ser utilizada
por todos los centros sanitarios donde el paciente acuda.
¿Tiene carácter legal?
Sí, según abogados y médicos legistas se denomina “documental
médica” en virtud que esta documentación forma parte de una verdadera prueba
documental en caso que deba ser presentada ante la justicia.
¿Qué es la Ficha Clínica? ¿Tiene carácter
Legal?¿A quién pertenece, al dentista o al
paciente?
Dimensión Jurídica de la Ficha Clínica:
Es un documento que refleja el acto médico y cumplimiento de los deberes
del personal sanitario:
● Deber de Asistencia
● Deber de Informar
● Prueba documental que evalúa el nivel de la calidad asistencial
En caso de Responsabilidad médica profesional:
● Es prueba material principal.
● Verifica si realizó la historia clínica de forma adecuada y eficaz para su
finalidad asistencial.
● Constituye testimonio documental de ratificación sobre actos clínicos y
conducta profesional.
● Valora la conducta del médico.
● Evalúa la seguridad asistencial.
● Verifica si cumplió con el deber de informar.
● Veracidad de declaraciones sobre actos clínicos y conducta profesional.
¿Qué es la Ficha Clínica? ¿Tiene carácter
Legal?¿A quién pertenece, al dentista o al
paciente?
La Ficha Clínica es y debe seguir siendo un documento privado.
Este documento le pertenece al médico o a la institución de salud a cuyo cuidado se
encuentra el paciente. La legislación debiera garantizar el derecho del paciente a
acceder a la información contenida en la Ficha Clínica, preferentemente a través del
médico tratante, porque es éste quien conoce mejor la situación del paciente a su cargo.
El médico y la institución prestadora tienen la obligación de custodia y reserva de la
Ficha Clínica.
No hay ninguna argumentación válida que justifique otorgarle al paciente el acceso al
documento Ficha Clínica.
Por el contrario, existen argumentos sólidos, legales y éticos, que señalan la
inconveniencia que ello ocurra.
¿Qué es la Ficha Clínica? ¿Tiene carácter
Legal?¿A quién pertenece, al dentista o al
paciente?
Mucho menos defendible es otorgarle el derecho a acceder al documento Ficha Clínica
a los parientes o herederos.
Hay excepciones a este derecho, las cuales se encuentran ampliamente
documentadas en la doctrina internacional. Ello ocurre, por ejemplo, cuando el médico
juzgue que la información pueda causar un daño al paciente. En consecuencia, la
transmisión de la información ha de ser prudente. Hay excepciones al deber de
informar, ampliamente documentadas en la doctrina internacional.
Sólo se podrá entregar esta información a terceros con el consentimiento expreso del
paciente o de quien asuma su representación, si éste no está en condiciones de
otorgarla. En ningún caso esta autorización puede otorgarse de manera general y
anticipada.
El derecho a la intimidad del paciente se prolonga aun después de su muerte.
¿Cuáles son los elementos jurídicos
relacionados con la Ficha Clínica?
Los elementos jurídicos relacionados con la ficha clínica corresponden a aquellos
elementos que sean útiles para el forense ejercer su acción. Estos elementos
pueden ser absolutamente objetivos, es decir que exista constancia de ellos o
subjetivos, los cuales se basan en la memoria y recuerdos del odontólogo
Objetivos
● Registro de extracciones, urgencias y acciones únicas
● Colección de otros modelos
● Libro de citas
● Fotografías o agenda
● Ficha previa y acciones realizadas al momento del examen
● Ficha clinica
Subjetivos
● Exámenes clínicos realizados sin dejar constancia
● Reconocimiento de rasgos
● Reconocimiento personal de fisonómicos (frente y perfil)
● Tratamientos efectuados
● Reconocimiento de técnicas utilizadas y técnicas propias
¿Es legal o no colocar alguna distinción especial en
documentos (fichas clínicas, consentimientos informados,
exámenes, etc) que la persona presenta VIH/SIDA?
Un profesional de la salud puede consignar la presencia de esta enfermedad sólo si el
paciente lo autoriza, es decir, sería ilegal hacer una distinción especial en cualquier
documento (ya sea ficha clínica, consentimiento informado, interconsultas, entre otros)
si el paciente no lo permite.
Ley 19.779 Artículo 5º.- El examen para detectar el virus de inmunodeficiencia humana
será siempre confidencial y voluntario, debiendo constar por escrito el consentimiento
del interesado o de su representante legal. El examen de detección se realizará previa
información a éstos acerca de las características, naturaleza y consecuencias que para la
salud implica la infección causada por dicho virus, así como las medidas preventivas
científicamente comprobadas como eficaces.
Sin embargo, El examen deberá practicarse siempre en los casos de transfusiones
sanguíneas, elaboraciones de plasma, trasplantes y cualesquiera otras actividades
médicas que pudieren ocasionar contagio.
¿Puede un Odontólogo General dar licencia
médica? Cuales son las condiciones y como
se realiza el trámite?
Licencia médica:
“Derecho que tiene el trabajador(a) de ausentarse o reducir su
jornada de trabajo, durante un determinado lapso de tiempo, en
cumplimiento de una indicación profesional certificada por un
médico-cirujano, cirujano-dentista o matrona, según corresponda.”
Indicaciones:
CIRUGÍAS MAXILOFACIALES
• Que puedan dificultar alimentación del paciente.
• Que necesite medicación intravenosa.
INFECCIONES DIFUSAS
• Que comprometan el estado general del paciente
¿Puede un Odontólogo General dar licencia
médica? Cuales son las condiciones y como
se realiza el trámite?
¿Cómo se realiza el trámite?
El trabajador debe revisar la información del formulario, firmarlo y
hacerlo llegar al empleador,o directamente a la institución que la
autorizará (Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez COMPIN o
ISAPRE) en caso de trabajadores independientes. Luego el
empleador debe completar los antecedentes relacionados con la
entidad empleadora, adjuntando información laboral, previsional,
remuneraciones y usos de licencias en los 6 meses anteriores, y
debe entregar el formulario firmado dentro de los tres días hábiles
siguientes a la fecha de la recepción al organismo competente
(COMPIN, C.C.A.F. oISAPRE). (1)(Reglamento de Licencias
Médicas, Decreto Supremo N°3 / 84 Ministerio de Salud)
¿Puede un Odontólogo General dar licencia
médica? Cuales son las condiciones y como
se realiza el trámite?
Para que este documento tenga valor debe ser autorizado por la contraloría
médica y el empleador debe estar en conocimiento de esto. Legalmente es
el profesional el responsable de la emisión de este documento, cuyo formato
es dispuesto por el MINSAL e impreso por la Casa de Moneda de Chile.
Los formularios en papel son entregadas por el COMPIN en forma de
talonario y cada profesional o entidad de salud debe pagar un costo por
ellos.
Para poder entregar licencias, el profesional debe inscribirse en el COMPIN
y de esta forma, retirar el talonario. Este trámite se realiza de forma
presencial la primera vez y desde la segunda en adelante lo puede realizar
un tercero, a través de un poder simple que se encuentra en la carátula del
talonario
Considera una amenaza o no la Reforma
Procesal Penal para el gremio
odontológico?
Antes: Resolución conflictos por común acuerdo o en Tribunales de Justicia:
● Múltiples citaciones a declarar en un actuario
● Largo tiempo sin sentencia, que generalmente era absuelta
Ahora: Resolución conflictos se produce mediante
•Mediación
•Común acuerdo
•Arbitraje
•Soluciones judiciales alternativas
Desde todo punto de vista, la Reforma Procesal es positiva para el cirujano dentista mientras
se lleve a cabo de manera correcta y responsable el ejercicio profesional, realizando
correctamente la ficha clínica, obteniendo siempre un consentimiento informado por parte del
paciente, y en todo momento actuando dentro del marco de la ética profesional.
Nombre algunas formas de prevención de
problemas para el odontólogo en el ámbito
legal.
● Tributario - Actuar dentro de la legalidad. Ejemplo: Dar boleta,
contratar un contador en caso de ser necesario.
● Laboral - Celebrar contratos de trabajo con sus trabajadores -
Pagar cotizaciones previsionales
● Contractual - Dejar establecidas las condiciones del trabajo
prestado (tratamiento) - Ejemplo: Consentimiento informado,
Presupuesto.
Nombre algunas formas de prevención de
problemas para el odontólogo en el ámbito
legal.
● Responsabilidad penal cuasidelictual
- Efectuar un diagnóstico completo con las condiciones preexistentes
del paciente. Ejemplo: Exámenes complementarios (Radiografía
inicial), examen físico, periodontograma, odontograma, etc.
- Realizar anamnesis exhaustiva considerando y estipulando los
antecedentes médicos, quirúrgicos, alergias, etc.
- Actualización permanentemente en los conocimientos (Lex Artis)
- Derivar al paciente a otro especialista en caso de que sea necesario.
- Poseer medios técnicos adecuados.
• Bioética - Respetar los principios de:
1. No maleficencia
2. Beneficencia
3. Justicia
4. Autonomía
Bibliografía
● Libro Dr Ciocca Odontología Legal y Forense 2010
● Ricardo Vacarezza, Elena Núñez . ¿A quién pertenece la Ficha Clínica? Rev Méd Chile
2003; 131: 111-114
● Ley Nº 19.779 en prevención del virus de inmunodeficiencia humana
● Negligencias médicas y reforma procesal penal
● Odontología y reforma procesal, Dr. Luis Ciocca
● Dr. Oscar Castro Vásquez, Odontólogo Forense. Principales Causas de Querellas
contra Odontólogos.
● Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez COMPIN. Disponible:
Chilehttp://salunet.minsal.gov.cl/portal/page?_pageid=1101,5508839&_dad=por
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Seminario 3 Etica profesional y responsabilidad legal

  • 1. Seminario N°3: Etica profesional y Responsabilidad Legal Asignatura: Clínica Integral del Adulto Alumno: Pablo Castro Espina Docente: Dr. Pablo Milla
  • 2. ¿Qué es Lex Artis? ● Se define como la aplicación de las reglas generales médicas a casos iguales o parecidos o la actuación conforme a cuidado objetivamente debido. ● Se ha venido empleando desde siempre para referirse a un cierto sentido de apreciación sobre si la tarea ejecutada por un profesional es o no correcta o se ajusta o no a lo que debe hacerse.
  • 3. ¿Qué es Lex Artis? La lex artis presupone elementos característicos que podemos enmarcar dentro de la normativa: ● Un profesional idóneo ● Un estudio y un análisis previo del paciente ● El consentimiento del paciente ● Empleo de técnicas o medios convenientes con aceptación universal Para que se cumpla la lex artis se debe tener en cuenta en el acto médico: ● Que se haya aplicado la técnica correcta ● Buena técnica médica ● Respeto a los principios esenciales que tienden a su normal desenvolvimiento
  • 4. ¿Cuáles son las principales causas de querellas contra odontólogos? De cada 100 casos el 90% de las querellas alcanza a los médicoscirujanos, 7 u 8% a cirujanos dentistas, y el 2 a 3% a matronas, kinesiólogos, etc. La querella se presenta dentro del ámbito penal, quiere decir dentro del ámbito de las penas aflictivas o de perdida de la libertad. Lasdemandas en cambio se presentan dentro del ámbito civil, es decir del ámbito de las indemnizaciones pecuniarias (monetarias) Principales especialidades con querellas contra odontólogos: ● Cirugía ● Endodoncia ● Implantología
  • 5. ¿Cuáles son las principales causas de querellas contra odontólogos? Imprudencia: ● Uso de fármacos no suficientemente probados ● Ejecución de técnicas terapéuticas noclaramente efectivas ● Sobredosis fármacos ● Procedimientos terapéuticos riesgosos ● Intervenciones innecesarias ● Falta consentimiento paciente ● Resección quirúrgica excesiva Negligencia: ● Falta diagnóstico, o tardío ● Falta exámenes ● Abandono paciente ● Falla asepsia ● Inadvertencia situaciones riesgosas ● Olvidos ● No informar al paciente riesgos tratamiento ● Dosificación farmacológica insuficiente
  • 6. ¿Cuáles son las principales causas de querellas contra odontólogos? Impericia: ● Falta preparación y/o actualización del profesional ● Error diagnóstico ● Error terapéutico ● Fármacos mal recetados ● Inobservancia de deberes y reglamentos Inobservancia de deberes y reglamentos: ● Incumplimiento de las normas del lugar dónde se ejerce.
  • 7. ¿Cuáles son los elementos jurídicos que regulan el ejercicio de la profesión odontológica? La profesión odontológica está regulada por: ● Código penal ● Código civil ● Código sanitario Marco jurídico: Código penal Requisitos de la responsabilidad profesional para que sea considerado un acto cuasidelictual: 1. El autor debe ser titulado. 2. Ejecutar una conducta en un acto propio de su ejercicio profesional. 3. Debe causar un daño objetivable al paciente. Si este daño no existe no se considera un cuasidelito. 4. Debe existir relación causal entre acto culpable y el daño producido. 5. El profesional debe haber actuado con culpa ( imprudencia, negligencia, impericia)
  • 8. ¿Cuáles son los elementos jurídicos que regulan el ejercicio de la profesión odontológica? Marco jurídico: Código civil El odontólogo debe responder e indemnizar en caso de daño: 1. Daño emergente: Perjuicios pecunarios efectivamente causados (los días de hospitalización, tratamientos médicos, etc.) 2. El lucro cesante: Lo que la persona dejo de ganar durante el tiempo que estuvo afectada. 3. El daño moral: Perjuicios sicológicos que la persona puede haber sufrido. Marco jurídico: Código sanitario Rige todas las cuestiones relacionadas con el fomento, protección y recuperación de la salud de los habitantes de la republica, salvo aquellas sometidas a otras leyes. Libro V del código sanitario Articulo 112: « Sólo podrán ejercer actividades (…) quienes posean título (…)» Articulo 113: «Ejercicio ilegal de la profesión (…) realizar diagnostico, pronostico y tratamiento sin titulo (…)»
  • 9. ¿Qué es la Ficha Clínica? ¿Tiene carácter Legal?¿A quién pertenece, al dentista o al paciente? ¿Qué es la Ficha Clínica? La ficha clínica es un documento médico-legal donde queda registrada toda la relación del personal sanitario con el paciente, todos los actos y actividades médico-sanitarias realizados con él y todos los datos relativos a su salud, que se elabora con la finalidad de facilitar su asistencia, desde su nacimiento hasta su muerte, y que puede ser utilizada por todos los centros sanitarios donde el paciente acuda. ¿Tiene carácter legal? Sí, según abogados y médicos legistas se denomina “documental médica” en virtud que esta documentación forma parte de una verdadera prueba documental en caso que deba ser presentada ante la justicia.
  • 10. ¿Qué es la Ficha Clínica? ¿Tiene carácter Legal?¿A quién pertenece, al dentista o al paciente? Dimensión Jurídica de la Ficha Clínica: Es un documento que refleja el acto médico y cumplimiento de los deberes del personal sanitario: ● Deber de Asistencia ● Deber de Informar ● Prueba documental que evalúa el nivel de la calidad asistencial En caso de Responsabilidad médica profesional: ● Es prueba material principal. ● Verifica si realizó la historia clínica de forma adecuada y eficaz para su finalidad asistencial. ● Constituye testimonio documental de ratificación sobre actos clínicos y conducta profesional. ● Valora la conducta del médico. ● Evalúa la seguridad asistencial. ● Verifica si cumplió con el deber de informar. ● Veracidad de declaraciones sobre actos clínicos y conducta profesional.
  • 11. ¿Qué es la Ficha Clínica? ¿Tiene carácter Legal?¿A quién pertenece, al dentista o al paciente? La Ficha Clínica es y debe seguir siendo un documento privado. Este documento le pertenece al médico o a la institución de salud a cuyo cuidado se encuentra el paciente. La legislación debiera garantizar el derecho del paciente a acceder a la información contenida en la Ficha Clínica, preferentemente a través del médico tratante, porque es éste quien conoce mejor la situación del paciente a su cargo. El médico y la institución prestadora tienen la obligación de custodia y reserva de la Ficha Clínica. No hay ninguna argumentación válida que justifique otorgarle al paciente el acceso al documento Ficha Clínica. Por el contrario, existen argumentos sólidos, legales y éticos, que señalan la inconveniencia que ello ocurra.
  • 12. ¿Qué es la Ficha Clínica? ¿Tiene carácter Legal?¿A quién pertenece, al dentista o al paciente? Mucho menos defendible es otorgarle el derecho a acceder al documento Ficha Clínica a los parientes o herederos. Hay excepciones a este derecho, las cuales se encuentran ampliamente documentadas en la doctrina internacional. Ello ocurre, por ejemplo, cuando el médico juzgue que la información pueda causar un daño al paciente. En consecuencia, la transmisión de la información ha de ser prudente. Hay excepciones al deber de informar, ampliamente documentadas en la doctrina internacional. Sólo se podrá entregar esta información a terceros con el consentimiento expreso del paciente o de quien asuma su representación, si éste no está en condiciones de otorgarla. En ningún caso esta autorización puede otorgarse de manera general y anticipada. El derecho a la intimidad del paciente se prolonga aun después de su muerte.
  • 13. ¿Cuáles son los elementos jurídicos relacionados con la Ficha Clínica? Los elementos jurídicos relacionados con la ficha clínica corresponden a aquellos elementos que sean útiles para el forense ejercer su acción. Estos elementos pueden ser absolutamente objetivos, es decir que exista constancia de ellos o subjetivos, los cuales se basan en la memoria y recuerdos del odontólogo Objetivos ● Registro de extracciones, urgencias y acciones únicas ● Colección de otros modelos ● Libro de citas ● Fotografías o agenda ● Ficha previa y acciones realizadas al momento del examen ● Ficha clinica Subjetivos ● Exámenes clínicos realizados sin dejar constancia ● Reconocimiento de rasgos ● Reconocimiento personal de fisonómicos (frente y perfil) ● Tratamientos efectuados ● Reconocimiento de técnicas utilizadas y técnicas propias
  • 14. ¿Es legal o no colocar alguna distinción especial en documentos (fichas clínicas, consentimientos informados, exámenes, etc) que la persona presenta VIH/SIDA? Un profesional de la salud puede consignar la presencia de esta enfermedad sólo si el paciente lo autoriza, es decir, sería ilegal hacer una distinción especial en cualquier documento (ya sea ficha clínica, consentimiento informado, interconsultas, entre otros) si el paciente no lo permite. Ley 19.779 Artículo 5º.- El examen para detectar el virus de inmunodeficiencia humana será siempre confidencial y voluntario, debiendo constar por escrito el consentimiento del interesado o de su representante legal. El examen de detección se realizará previa información a éstos acerca de las características, naturaleza y consecuencias que para la salud implica la infección causada por dicho virus, así como las medidas preventivas científicamente comprobadas como eficaces. Sin embargo, El examen deberá practicarse siempre en los casos de transfusiones sanguíneas, elaboraciones de plasma, trasplantes y cualesquiera otras actividades médicas que pudieren ocasionar contagio.
  • 15. ¿Puede un Odontólogo General dar licencia médica? Cuales son las condiciones y como se realiza el trámite? Licencia médica: “Derecho que tiene el trabajador(a) de ausentarse o reducir su jornada de trabajo, durante un determinado lapso de tiempo, en cumplimiento de una indicación profesional certificada por un médico-cirujano, cirujano-dentista o matrona, según corresponda.” Indicaciones: CIRUGÍAS MAXILOFACIALES • Que puedan dificultar alimentación del paciente. • Que necesite medicación intravenosa. INFECCIONES DIFUSAS • Que comprometan el estado general del paciente
  • 16. ¿Puede un Odontólogo General dar licencia médica? Cuales son las condiciones y como se realiza el trámite? ¿Cómo se realiza el trámite? El trabajador debe revisar la información del formulario, firmarlo y hacerlo llegar al empleador,o directamente a la institución que la autorizará (Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez COMPIN o ISAPRE) en caso de trabajadores independientes. Luego el empleador debe completar los antecedentes relacionados con la entidad empleadora, adjuntando información laboral, previsional, remuneraciones y usos de licencias en los 6 meses anteriores, y debe entregar el formulario firmado dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha de la recepción al organismo competente (COMPIN, C.C.A.F. oISAPRE). (1)(Reglamento de Licencias Médicas, Decreto Supremo N°3 / 84 Ministerio de Salud)
  • 17. ¿Puede un Odontólogo General dar licencia médica? Cuales son las condiciones y como se realiza el trámite? Para que este documento tenga valor debe ser autorizado por la contraloría médica y el empleador debe estar en conocimiento de esto. Legalmente es el profesional el responsable de la emisión de este documento, cuyo formato es dispuesto por el MINSAL e impreso por la Casa de Moneda de Chile. Los formularios en papel son entregadas por el COMPIN en forma de talonario y cada profesional o entidad de salud debe pagar un costo por ellos. Para poder entregar licencias, el profesional debe inscribirse en el COMPIN y de esta forma, retirar el talonario. Este trámite se realiza de forma presencial la primera vez y desde la segunda en adelante lo puede realizar un tercero, a través de un poder simple que se encuentra en la carátula del talonario
  • 18. Considera una amenaza o no la Reforma Procesal Penal para el gremio odontológico? Antes: Resolución conflictos por común acuerdo o en Tribunales de Justicia: ● Múltiples citaciones a declarar en un actuario ● Largo tiempo sin sentencia, que generalmente era absuelta Ahora: Resolución conflictos se produce mediante •Mediación •Común acuerdo •Arbitraje •Soluciones judiciales alternativas Desde todo punto de vista, la Reforma Procesal es positiva para el cirujano dentista mientras se lleve a cabo de manera correcta y responsable el ejercicio profesional, realizando correctamente la ficha clínica, obteniendo siempre un consentimiento informado por parte del paciente, y en todo momento actuando dentro del marco de la ética profesional.
  • 19. Nombre algunas formas de prevención de problemas para el odontólogo en el ámbito legal. ● Tributario - Actuar dentro de la legalidad. Ejemplo: Dar boleta, contratar un contador en caso de ser necesario. ● Laboral - Celebrar contratos de trabajo con sus trabajadores - Pagar cotizaciones previsionales ● Contractual - Dejar establecidas las condiciones del trabajo prestado (tratamiento) - Ejemplo: Consentimiento informado, Presupuesto.
  • 20. Nombre algunas formas de prevención de problemas para el odontólogo en el ámbito legal. ● Responsabilidad penal cuasidelictual - Efectuar un diagnóstico completo con las condiciones preexistentes del paciente. Ejemplo: Exámenes complementarios (Radiografía inicial), examen físico, periodontograma, odontograma, etc. - Realizar anamnesis exhaustiva considerando y estipulando los antecedentes médicos, quirúrgicos, alergias, etc. - Actualización permanentemente en los conocimientos (Lex Artis) - Derivar al paciente a otro especialista en caso de que sea necesario. - Poseer medios técnicos adecuados. • Bioética - Respetar los principios de: 1. No maleficencia 2. Beneficencia 3. Justicia 4. Autonomía
  • 21. Bibliografía ● Libro Dr Ciocca Odontología Legal y Forense 2010 ● Ricardo Vacarezza, Elena Núñez . ¿A quién pertenece la Ficha Clínica? Rev Méd Chile 2003; 131: 111-114 ● Ley Nº 19.779 en prevención del virus de inmunodeficiencia humana ● Negligencias médicas y reforma procesal penal ● Odontología y reforma procesal, Dr. Luis Ciocca ● Dr. Oscar Castro Vásquez, Odontólogo Forense. Principales Causas de Querellas contra Odontólogos. ● Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez COMPIN. Disponible: Chilehttp://salunet.minsal.gov.cl/portal/page?_pageid=1101,5508839&_dad=por tal&_schema=PORTAL2