EL AULA DEL ACCIONISTA

Con la colaboración de:

LAS SICAV

Las Sociedades de Inversión de Capital Variable (SICAV) son una modalidad de inversión colectiva
constituida en forma de sociedad anónima. Emiten títulos y gestionan la cartera de los inversores.
Están destinadas a grandes patrimonios: al menos deben reunir a 100 accionistas con un capital
mínimo de 2,4 millones de euros. Tributan a un tipo del 1 por ciento en el Impuesto de Sociedades.

L

as SICAV (siglas de
Sociedad de Inversión
de Capital Variable)
son instituciones de
inversión colectiva con forma
de sociedad anónima. Para
ello, emiten títulos que
compran los inversores y, a la
vez, gestionan una cartera de
acciones y obligaciones cuyo
capital varía constantemente
en función del valor de
mercado de sus inversiones. Su
objetivo es parecido al de un
fondo de inversión, es decir,
agrupar una cantidad de
dinero para invertirla en
activos financieros.
Son una forma de inversión
destinada a ahorradores con
alto patrimonio. Con esta
herramienta, las grandes
fortunas invierten en diferentes
activos financieros, diversifican
su cartera y, sobre todo, gozan
de una importante exención

fiscal, lo que las ha convertido
en un atractivo instrumento de
inversión.
El objetivo de una SICAV es
invertir en productos
financieros del mercado, sobre
todo mobiliarios. Al menos
deben juntarse 100 accionistas
que tengan un capital mínimo
de 2,4 millones de euros. Una
vez constituida, la SICAV
puede invertir en diferentes
activos, aunque existen
limitaciones.

TRIBUTACIÓN

Al estar reconocidas como
empresas, las SICAV tienen
que abonar el Impuesto de
Sociedades, pero con una
tributación especial del 1 por
ciento sobre los beneficios.
Sin embargo, los accionistas
de la SICAV también deben
pagar el correspondiente IRPF
cuando recuperen el dinero

invertido, al tipo que les
corresponda (19 y/o 21 por
ciento). La ventaja de las
SICAV es que permiten
reinvertir las plusvalías
generadas en la propia
sociedad sin tener que tributar,
hasta el momento en que se
recojan los beneficios.
Existen cuatro trabas que
limitan los movimientos de las
SICAV, pero a la vez controlan
su funcionamiento. Como
máximo, un cinco por ciento
de sus valores pueden ser
avalados por un mismo
emisor; el 90 por ciento de sus
activos debe estar invertido en
valores mobiliarios cotizados;
sólo el cinco por ciento puede
estar invertido en valores de
una misma sociedad; y debe
tener un coeficiente de
liquidez que suponga, al
menos, un tres por ciento de su
capital.

Vocabulario imprescindible
Capital social («equity capital»): Fondos
propios de una sociedad que proceden de
las aportaciones de los accionistas. La
participación en el capital social de una
empresa otorga a los inversores derechos
en el reparto de beneficios, derechos de
suscripción preferente en ampliaciones de
capital y derechos de asistencia y voto en
las juntas generales de accionistas. Junto
con las reservas y los beneficios no
distribuidos, forman los recursos propios de
la empresa, que figuran en el pasivo del
balance de cada sociedad. El conjunto del
capital social está representado por las
acciones, que pueden negociarse en la
bolsa.
Impuesto de Sociedades: Tributo que grava
la obtención de renta por las sociedades y

demás entidades jurídicas. El tipo general
de gravamen del Impuesto sobre
Sociedades es del 30 por ciento. Existen
tipos especiales de gravamen aplicables a
sujetos pasivos en función de regímenes
tributarios especiales o de regímenes
tributarios forales, como los de País Vasco
y Navarra.
Institución de Inversión Colectiva (IIC): Se
trata de fondos y sociedades de inversión,
que tienen como objeto la captación de
fondos del público en general para
gestionarlos e invertirlos en bienes,
derechos, valores u otros instrumentos
(financieros o no). El patrimonio de estas
instituciones se coloca en activos
mobiliarios o inmobiliarios y existen
múltiples tipos de inversiones.

Minusvalías («capital losses»): Pérdidas
generadas por una disminución del valor de
una inversión (caída de la cotización de las
acciones, disminución del valor liquidativo
de un fondo, etc.). Mientras se mantiene la
inversión en cartera, las minusvalías son
potenciales o latentes. Sin embargo,
cuando se deshace la inversión, al vender
los activos, se hace efectiva la pérdida o
minusvalía.
Plusvalías («capital gain»): Se trata de las
ganancias generadas por un incremento en
el precio de mercado de un activo. Mientras
este activo no se ha vendido, las plusvalías
son latentes y cuando se vende las
plusvalías se realizan. Las plusvalías
tributan en el Impuesto de la Renta de las
Personas Físicas (IRPF).

El contenido de esta ficha y de las anteriores las puede consultar en www.criteria.com

Sicav aula 794

  • 1.
    EL AULA DELACCIONISTA Con la colaboración de: LAS SICAV Las Sociedades de Inversión de Capital Variable (SICAV) son una modalidad de inversión colectiva constituida en forma de sociedad anónima. Emiten títulos y gestionan la cartera de los inversores. Están destinadas a grandes patrimonios: al menos deben reunir a 100 accionistas con un capital mínimo de 2,4 millones de euros. Tributan a un tipo del 1 por ciento en el Impuesto de Sociedades. L as SICAV (siglas de Sociedad de Inversión de Capital Variable) son instituciones de inversión colectiva con forma de sociedad anónima. Para ello, emiten títulos que compran los inversores y, a la vez, gestionan una cartera de acciones y obligaciones cuyo capital varía constantemente en función del valor de mercado de sus inversiones. Su objetivo es parecido al de un fondo de inversión, es decir, agrupar una cantidad de dinero para invertirla en activos financieros. Son una forma de inversión destinada a ahorradores con alto patrimonio. Con esta herramienta, las grandes fortunas invierten en diferentes activos financieros, diversifican su cartera y, sobre todo, gozan de una importante exención fiscal, lo que las ha convertido en un atractivo instrumento de inversión. El objetivo de una SICAV es invertir en productos financieros del mercado, sobre todo mobiliarios. Al menos deben juntarse 100 accionistas que tengan un capital mínimo de 2,4 millones de euros. Una vez constituida, la SICAV puede invertir en diferentes activos, aunque existen limitaciones. TRIBUTACIÓN Al estar reconocidas como empresas, las SICAV tienen que abonar el Impuesto de Sociedades, pero con una tributación especial del 1 por ciento sobre los beneficios. Sin embargo, los accionistas de la SICAV también deben pagar el correspondiente IRPF cuando recuperen el dinero invertido, al tipo que les corresponda (19 y/o 21 por ciento). La ventaja de las SICAV es que permiten reinvertir las plusvalías generadas en la propia sociedad sin tener que tributar, hasta el momento en que se recojan los beneficios. Existen cuatro trabas que limitan los movimientos de las SICAV, pero a la vez controlan su funcionamiento. Como máximo, un cinco por ciento de sus valores pueden ser avalados por un mismo emisor; el 90 por ciento de sus activos debe estar invertido en valores mobiliarios cotizados; sólo el cinco por ciento puede estar invertido en valores de una misma sociedad; y debe tener un coeficiente de liquidez que suponga, al menos, un tres por ciento de su capital. Vocabulario imprescindible Capital social («equity capital»): Fondos propios de una sociedad que proceden de las aportaciones de los accionistas. La participación en el capital social de una empresa otorga a los inversores derechos en el reparto de beneficios, derechos de suscripción preferente en ampliaciones de capital y derechos de asistencia y voto en las juntas generales de accionistas. Junto con las reservas y los beneficios no distribuidos, forman los recursos propios de la empresa, que figuran en el pasivo del balance de cada sociedad. El conjunto del capital social está representado por las acciones, que pueden negociarse en la bolsa. Impuesto de Sociedades: Tributo que grava la obtención de renta por las sociedades y demás entidades jurídicas. El tipo general de gravamen del Impuesto sobre Sociedades es del 30 por ciento. Existen tipos especiales de gravamen aplicables a sujetos pasivos en función de regímenes tributarios especiales o de regímenes tributarios forales, como los de País Vasco y Navarra. Institución de Inversión Colectiva (IIC): Se trata de fondos y sociedades de inversión, que tienen como objeto la captación de fondos del público en general para gestionarlos e invertirlos en bienes, derechos, valores u otros instrumentos (financieros o no). El patrimonio de estas instituciones se coloca en activos mobiliarios o inmobiliarios y existen múltiples tipos de inversiones. Minusvalías («capital losses»): Pérdidas generadas por una disminución del valor de una inversión (caída de la cotización de las acciones, disminución del valor liquidativo de un fondo, etc.). Mientras se mantiene la inversión en cartera, las minusvalías son potenciales o latentes. Sin embargo, cuando se deshace la inversión, al vender los activos, se hace efectiva la pérdida o minusvalía. Plusvalías («capital gain»): Se trata de las ganancias generadas por un incremento en el precio de mercado de un activo. Mientras este activo no se ha vendido, las plusvalías son latentes y cuando se vende las plusvalías se realizan. Las plusvalías tributan en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF). El contenido de esta ficha y de las anteriores las puede consultar en www.criteria.com