A partir del 1 de noviembre de 2016, los empleadores en Perú deben actualizar su información en el Registro de Información Laboral (T-Registro) para indicar si cuentan con un Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o un Supervisor de Seguridad y Salud. La ley también requiere que los empleadores declaren en el T-Registro si tienen empleados que realizan teletrabajo y bajo qué modalidad. El incumplimiento de estas obligaciones constituye una infracción grave.