El documento describe el sistema monetario ecuatoriano. Establece que la única moneda de curso legal en Ecuador es el dólar estadounidense y que solo el Banco Central del Ecuador puede proveer y gestionar la moneda nacional. También especifica que el BCE y las entidades financieras privadas deben satisfacer la demanda de liquidez y garantizar el circulante a través de remesas de dinero físico. Define otros medios de pago como divisas, cheques electrónicos y tarjetas, y establece que las transacciones electrónicas se liquidar