Este documento describe las principales familias de sistemas jurídicos. La familia neorromanista incluye países cuyo derecho se basa en el derecho romano y la tradición germánica. La familia del common law o anglosajón se originó en Inglaterra en 1066 y se caracteriza por las decisiones judiciales como precedentes. Los sistemas religiosos no constituyen una familia y se basan en normas religiosas como el Corán para países islámicos.