Este documento define el gasto público y describe sus características y clasificaciones. El gasto público incluye todos los desembolsos realizados por el estado para cumplir con sus funciones. Se clasifica según su naturaleza económica, jurídica y administrativa. El gasto público tiene efectos políticos, económicos y sociales como impulsar el consumo, empleo e inversión privada. Las políticas de gasto público dependen de la estructura y coyuntura económica para ser efectivas.
El Estado al realizar sus actividades financieras efectúa dos tipos de relaciones con particulares, una es en la que asume un rol activo, como lo es en caso de exigir pagos y otra es cuando debe cumplir con obligaciones adquiridas, este rol va directamente vinculado a lo que se refleja en su contabilidad con respecto a las relaciones con terceros.
Esta actividad se puede ocasionar cuando: Le ingresa el dinero, administra bienes y dinero, salidas de dinero, prestación de servicios públicos, etc.
Estas actividades financieras requieren una regulación para evitar que se malgasten los recursos o se haga uso indebido de ellos, por estas razones se crearon las normas contenidas en el derecho financiero, presupuestario y fiscal o tributario. Las actividades financieras del Estado, tienen como objeto el de manejar los recursos de la nación de la manera más eficiente utilizando herramientas que generen no solo rendimientos sino que permitan destinar los recursos a las diferentes áreas que lo requieran y en la cantidad necesaria para con ello poder satisfacer las necesidades de los ciudadanos de manera integral y eficiente en las diferentes instancias.
El Estado al realizar sus actividades financieras efectúa dos tipos de relaciones con particulares, una es en la que asume un rol activo, como lo es en caso de exigir pagos y otra es cuando debe cumplir con obligaciones adquiridas, este rol va directamente vinculado a lo que se refleja en su contabilidad con respecto a las relaciones con terceros.
Esta actividad se puede ocasionar cuando: Le ingresa el dinero, administra bienes y dinero, salidas de dinero, prestación de servicios públicos, etc.
Estas actividades financieras requieren una regulación para evitar que se malgasten los recursos o se haga uso indebido de ellos, por estas razones se crearon las normas contenidas en el derecho financiero, presupuestario y fiscal o tributario. Las actividades financieras del Estado, tienen como objeto el de manejar los recursos de la nación de la manera más eficiente utilizando herramientas que generen no solo rendimientos sino que permitan destinar los recursos a las diferentes áreas que lo requieran y en la cantidad necesaria para con ello poder satisfacer las necesidades de los ciudadanos de manera integral y eficiente en las diferentes instancias.
Actividad Financiera del Estado VenezolanoIvan Perez
Una investigacion sobre la Definición. Teoría sobre la actividad financiera: a) Económica b) Sociológica c) Política. Fines de la Actividad Financiera. Presupuesto Público. Definición. Principios Técnicos del Presupuesto: a) Anualidad, b) Anticipación, c) Sinceridad, d) Unidad, e) Programación Presupuestaria, f) Publicidad, g) Universalidad. Efectos jurídicos de la Ley de Presupuesto. Gasto Público. Definición, Efectos económicos del gasto público. Clasificación del gasto público: a) criterio administrativo, b) criterio económico.
Actividad Financiera del Estado VenezolanoIvan Perez
Una investigacion sobre la Definición. Teoría sobre la actividad financiera: a) Económica b) Sociológica c) Política. Fines de la Actividad Financiera. Presupuesto Público. Definición. Principios Técnicos del Presupuesto: a) Anualidad, b) Anticipación, c) Sinceridad, d) Unidad, e) Programación Presupuestaria, f) Publicidad, g) Universalidad. Efectos jurídicos de la Ley de Presupuesto. Gasto Público. Definición, Efectos económicos del gasto público. Clasificación del gasto público: a) criterio administrativo, b) criterio económico.
EL MERCADO LABORAL EN EL SEMESTRE EUROPEO. COMPARATIVA.ManfredNolte
Hoy repasaremos a uña de caballo otro reciente documento de la Comisión (SWD-2024) que lleva por título ‘Análisis de países sobre la convergencia social en línea con las características del Marco de Convergencia Social (SCF)’.
Antes de iniciar el contenido técnico de lo acontecido en materia tributaria estos últimos días de mayo; quisiera referirme a la importancia de una expresión tan sabia aplicable a tantas situaciones de la vida, y hoy, meritoria de considerar en el prefacio del presente análisis -
"no se extraña lo que nunca se ha tenido".
Con esta frase me quiero referir a las empresas que funcionan en las zonas de Iquique y Punta Arenas, acogidas a los beneficios de las zonas francas, y que, por ende, no pagan impuesto de primera categoría. En palabras técnicas estas empresas no mantienen saldos en sus registros SAC, y por ello, este nuevo Impuesto Sustitutivo, sin duda, es una tremenda y gran noticia.
Lo mismo se puede extender a las empresas que por haber aplicado beneficios de reinversión sumado a las ventajas transitorias de la menor tasa de primera categoría pagada; me refiero a las pymes en su mayoría. Han acumulado un monto de créditos menor en su registro SAC.
En estos casos, no es mucho lo que se tiene que perder.
Lo interesante, es que este ISRAI nace desde un pago efectivo de recursos, lo que exigirá a las empresas evaluar muy bien desde su posición financiera actual, y la planificación de esta, en un horizonte de corto plazo, considerar las alternativas que se disponen.
El 15 de mayo de 2024, el Congreso aprobó el proyecto de ley que “crea un Fondo de Emergencia Transitorio por incendios y establece otras medidas para la reconstrucción”, el cual se encuentra en las últimas etapas previo a su publicación y posterior entrada en vigencia.
Este proyecto tiene por objetivo establecer un marco institucional para organizar los esfuerzos públicos, con miras a solventar los gastos de reconstrucción y otras medidas de recuperación que se implementarán en la Región de Valparaíso a raíz de los incendios ocurridos en febrero de 2024.
Dentro del marco de “otras medidas de reconstrucción”, el proyecto crea un régimen opcional de impuesto sustitutivo de los impuestos finales (denominado también ISRAI), con distintas modalidades para sociedades bajo el régimen general de tributación (artículo 14 A de la ley sobre Impuesto a la Renta) y bajo el Régimen Pyme (artículo 14 D N° 3 de la ley sobre Impuesto a la Renta).
Para conocer detalles revisa nuestro artículo completo aquí BBSC® Impuesto Sustitutivo 2024.
Por Claudia Valdés Muñoz cvaldes@bbsc.cl +56981393599
“La teoría de la producción sostiene que en un proceso productivo que se caracteriza por tener factores fijos (corto plazo), al aumentar el uso del factor variable, a partir de cierta tasa de producción
2. Concepto y características del
gasto publico
Se define como gasto público a todas aquellas
erogaciones de recursos financieros que realiza un Estado
para cumplir con sus funciones.
El gasto público comprende el gasto total que realiza el
gobierno, tanto en la compra de bienes y servicios como
en el otorgamiento de subvenciones.
3. Características del gasto público :
Debe ser ejecutado por una entidad pública.
Su inclusión como crédito presupuestario necesitará de una
autorización, que le permita utilizar recursos públicos para cumplir
con los objetivos expuestos en los programas presupuestarios.
Es de carácter vinculante y limitativo, pues no puede excederse del
total de gasto que ha autorizado el poder legislativo.
Su finalidad debe ser de utilidad pública.
Debe solventar y satisfacer las necesidades de una comunidad.
Tiene una influencia decisiva, en la actividad económica en general
y el orden social.
4. Aspectos político, económico-social y
financiero del gasto público
El gasto público es el medio de acción del Estado, se debe reconocer
en él importantes facetas políticas, económico-sociales y financieras.
En el aspecto político, la moderna concepción del gasto público ha
permitido que se produzca un profundo cambio en el papel asignado al
Estado.
Es decir que Estado-gendarme" del movimiento liberal se ha convertido
en el "Estado providencia" para el liberalismo social de la mayoría de los
países occidentales, o en el "Estado-fáustico" dirigismo de los países
socialistas o comunistas".
5. Estado providencia.- el estado asume la responsabilidad y
la prestación de un gran número de servicios, como
educación o sanidad, de forma poco indiscriminada y sin
coste para el destinatario directo de los mismos.
Estado fáustico.- Es un sistema en el cual el gobierno ejercita
una fuerte influencia directa en los sectores económicos,
generalmente no a través del intervencionismo o de la
estatización sino del uso de incentivos para promover
prácticas que son de interés público o general.
6. Según ya hemos señalado, en diversas ocasiones la
actividad financiera del Estado moderno ha dejado
de ser neutra con respecto a la actividad
económica y, además, interviene activamente en el
orden social.
Dentro de ese concepto, el gasto público actúa,
juntamente con las demás medidas financieras,
como un eficaz instrumento estatal.
Así, en el campo de la actividad económica el
gasto público le permite al Estado actuar sobre los
ciclos económicos, compensando o
contrarrestando las fluctuaciones de la inversión
privada.
En el orden social conocemos también numerosos
ejemplos que ponen de manifiesto este importante
rasgo de los gastos públicos; por ejemplo.
Subvenciones.
7. El Estado puede valer de otros medios, "usa asimismo medidas
coactivas (control de precios y de las calidades, etc.); actúa, en
ocasiones, más directa mente, asumiendo él mismo una
actividad económica (nacionalizaciones). Pero la intervención a
través de medidas financieras es muy empleada porque es una
intervención menos coaccionadora más respetuosa de la
libertad de los individuos".
8. Clasificación de los gastos
públicos
Esta clasificación nos permitirá, en primer lugar, analizar los gastos con
relación a los recursos que habrán de financiarlos; en segundo término,
la importancia de dichos gastos con respecto al patrimonio estatal; en
tercera rueda, los posibles límites de aquéllos, y, final mente, los efectos
que ellos habrán de tener sobre la actividad económica.
Por su parte, el segundo encasillamiento, de carácter jurídico-
administrativo que se utiliza en forma conjunta con el económico,
toma principalmente en cuenta a los poderes, departamentos y
organismos del Estado que realizan los desembolsos, lo cual tiene
importancia para conocer el desarrollo y efectos logrados por éstos.
9. Clasificación económica
Los economistas clásicos, clasifican el gasto publico en:
Gastos ordinarios: son todos aquellos gastos habituales que se
requieren para el funcionamiento del Estado. Estos aseguran los
derechos individuales e indestructibles.
Gastos Extraordinarios: son todas aquellas erogaciones no habituales
, para afrontar situaciones excepcionales y especiales
Ejemplo:
Guerra
Terremotos
Inundaciones
Covid - 19
10. Maurice Masoin
Clasifica el Gasto publico de la siguiente manera:
1) Cedidos contra el pago de una tasa, como ocurre con ciertos servicios
públicos, o contra el pago de un precio, como sucede en el caso de
las empresas publicas.
2) Provistos gratuitamente por el Estado.
3) Reservados por el Estado para su propio empleo (Gastos Reales).
a) Gastos públicos empleados para el servicio de la deuda publica externa.
b) Gastos públicos empleados para ser devueltos a la economía nacional,
que son erogaciones estatales ( subsidios, ayuda sociales y deuda publicas
interna).
11. Clasificación jurídica – Administrativa
Procura el orden en la obtención de recursos y realización de gastos:
1. Gastos Constitucionales,
2. Gastos de Justicia
3. Gastos de Seguridad externa.
4. Gastos de Seguridad interna.
5. Gastos de Educación.
6. Gastos en Obras públicas.
7. Gastos de Higiene y bienestar social.
8. Gastos Varios.
Estos gastos deben estar agrupados en anexos, incisos, ítems y partidas
presupuestarias. Para lograr así el orden técnico presupuestario.
Ejm.
12. EFECTOS ECONÓMICOS DEL GASTO
PUBLICO
Cuando el gasto publico, pierde su carácter neutro y se convierte instrumento de
acción del Estado genera notables cambios en el orden económico social y
consecuentemente en la estabilidad de las instituciones políticas.
Incrementa las Rentas Nacionales
Alienta el consumo
Genera fuentes de trabajo.
Asegura el empleo y los ingresos individuales
Alienta la inversión privada
Modifica tasas de interés
Estos efectos económicos :
no deben ser meros productos al azar.
No deben ser improvisados.
13. Factores que determinan o influyen sobre los efectos económicos
previstos del Gasto publico.
1. Clase o tipo de estructura económica.
2. Coyuntura o etapa que atraviesa la estructura económica.
3. Origen de los recursos.
14. POLITICAS DEL GASTO PUBLICO
A donde va o donde esta dirigido el dinero?
Principio multiplicador
Hace referencia a la relación que existe entre el Gasto Publico y el
consumo.
El efecto de un gasto publico , sobre los ingresos depende, básicamente
de 2 factores:
Del monto o cuantía del gasto publico.
consumo
EGRESO INGRESO
ESTADO 10000
EMPRESA PRIVADA 10000
EMPRESA PRIVADA 8000
TRABAJADORES 8000
TRABAJADORES 6400
PROVEEVEDORES 6400
15. PRINCIPIO ACELERADOR
Hace referencia a la relación que existe entre el gasto publico y la inversión privada.
El principio de aceleración proporciona una explicación de la mayor amplitud
relativa de la demanda de bienes de capital, frente a la de los bienes finales en
general. Indica que, en ciertas circunstancias, los máximos y los mínimos de la
demanda de bienes de capital se producen antes que los de la demanda de
producción final, algo observable en muchos ciclos económicos.
INVERSIÓN 10%
DEMANDA 10%
INVERSION EMPRESA PRIVADA 100%
A MAYOR CONSUMO >>>→ MAYOR INVERSION PRIVADA
16. DISTINTAS POLITICAS DE GASTOS PUBLICOS
SEGÚN LA ESTRUCTURA Y LA COYUNTURA
ECONOMICA
ESTRUCTURA ECONOMICA DESARROLLADA EN PERIODO RECESIVO
Esta esta caracterizada por 2 aspectos:
CAPITAL Y AHORROS OCIOSOS
DESEMPLEO MAYOR AL PROVISTO
Dentro de esta estructura propone una política de gasto publico agresiva con el fin de
cubrir el desempleo, donde se debe emplear el principio acelerador.
ESTRUCTURA ECONOMICA DESARROLLADA EN PERIODO DE AUGE
Caracterizada por:
NO EXISTE AHORROS OCIOSOS
EL DESEMPLEO ESTA CONTROLADO – LIMITES ACEPTABLES
El gasto publico hace que el estado compita con los particulares en intereses y salarios.
El aumento de mano de obra por efecto de la oferta y demanda.
17. ESTRUCTURA ECONOMICA EN VIAS DE DESARROLLO
Se caracteriza por:
Inexistencia de capitales.
Demasiada oferta de mano de obra.
Producción de tipo agrícola.
Que exigen:
Empleos
Inversión publica.
Como resolver:
Estimular el ahorro interno.
Alentar a la inversión extranjera.
Respeto a la Ley
Respeto a la propiedad privada