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El teorema
de Coase
“En un mundo de costos de transacción
cero, la asignación de recursos será
eficiente e invariable con respecto a las
normas legales de responsabilidad, aparte
de los efectos de ingreso”
Cooter y Ulen
“Cuando las partes negocian y resuelven
sus diferencias por cooperación, su
comportamiento será eficiente sin importar
la norma jurídica existente”
Richard Zerbe
El Teorema supone que con costos de transacción reducidos las partes
por medio negociación resolverán sus problemas de una manera simple
eficiente sin importancia del derecho aplicable. La distribución original de
derechos debe siempre existir para que se cumpla el teorema.
DEFINICIÓN
1.Es necesario que los derechos estén claramente asignados.
2.Que los costos de transacción sean reducidos, en su versión original son cero pero esta
situación es imposible en la realidad,
3.Las partes por negociación llegarán a una solución que será siempre eficiente
4.independientemente del derecho originalmente aplicable.
Elementos básicos sobre componen al
Teorema de Coase
El Teorema de Coase tiene una
aplicación importante para la solución de
controversias.
Pondrá a ambas partes en una situación
mejor que la que se encontraban
anteriormente.
VENTAJAS
¿Cuando el teorema de Coase deja de ser válido?
El teorema de Coase deja de
ser válido cuando existen
altos costos de negociar (por
ejemplo, entre una empresa y
miles de pobladores de una
zona) o cuando los derechos
de propiedad no estén bien
definidos (todas las partes
crean que tienen derecho a
hacer lo que quieren).
Gran empresa
Miles de pobladores
Si Coase tiene razón la función gubernamental es la de
reducir costos de transacción, es decir asegurar la mejor
información, reducir los comportamientos oportunistas y
facilitar mecanismos de acuerdos, como son acciones de
clase o asambleas de interesados. No intentar descubrir
lo que es mejor para los administrados con la reducida
información con que cuentan los funcionarios públicos. Al
mismo tiempo también cambia la función judicial ya que
si la mejor solución es la acordada, porque de esta
manera las dos estarán mejor que antes, los jueces
deberán reducir los costos de transacción para las partes
concilien. Se reducirán también los costos de la
administración y los costos de los procesos judiciales de
interés general por sobre el interés de algún sector.
Intentos de verificar las predicciones del teorema experimentalmente y
empíricamente. Si bien pruebas empíricas en el teorema de Coase es como
hacerlas en el teorema de Pitágoras, teniendo en cuenta las presunciones, los
resultados fluyen como una cuestión de necesidad lógica, las pruebas
experimentales y empíricas analizan el tema de la aplicabilidad concreta del
teorema. El Teorema debe superar el inconveniente de los costos de
transacción, en particular, la información imperfecta, el comportamiento
estratégico y los efectos del ingreso, gusto y preferencia.
La evidencia de la solución óptima
obtenida por la negociación
establece una presunción en favor
que las partes negocien un acuerdo
ya que el resultado de este último
será eficiente, por ello, deben
evitarse decisiones sobre
compensaciones por daños.
Aún si los costos de transacción
son tan amplios que impiden las
transferencias de derechos, el
resultado será Pareto superior,
vistos los costos de transacción.
Que el juez o el legislador deben comenzar sus
análisis por la presunción de que las partes
pueden en general agotar las ganancias de las
soluciones posibles a sus diferencias a través de
negociaciones privadas y los que argumenten en
contra de esto deben asumir la carga de la
prueba.
Es disminuir los costos de transacción que
limitan los acuerdos, asegurando el acceso a la
información a las partes, resolviendo los
problemas de coordinación necesarios para un
acuerdo.
Otro de los inconvenientes son las disparidades entre disposición de pagar y la disposición de aceptar
El teorema ha aclarado la relación entre costos de transacción y
derechos de propiedad y de esta manera, da una base más fuerte
para comprender cómo cambian los regímenes legales en
respuesta a los cambios a las limitaciones. Se pueden definir los
derechos de propiedad en términos de costos de transacción más
bajos para la exclusión, intercambio y utilización de la propiedad
FALLA DE MERCADO: está basado en
externalidades que son definidas por los costos de
transacción, el concepto de falla de mercado no
funciona en la medida que está incluido en el concepto
de costos de transacción. Las externalidades son una
argumentación innecesaria en la teoría de la
intervención gubernamental.
• El modelo de falla del mercado puede ser reemplazado por
el modelo de los costos de transacción.
• El concepto de falla del mercado es representado por
Samuelson, que consideró que los bienes públicos eran una
clase de fallas del mercado. Tomando el clásico ejemplo de
los faros en la navegación marítima, decía que eran un
ejemplo del servicio gubernativo. Ellos salvan vidas pero los
cuidadores no pueden cobrar sus tarifas de los navegantes.
De esta manera, tenemos una divergencia entre una ventaja
privada y el costo monetario y una verdadera ventaja social y
su costo. El papel necesario del gobierno en estos casos de
una divergencia externa económica entre ventaja privada y
ventaja social. Pero la visión de costos de transacción y
derechos de propiedad provee un vehículo de análisis más
útil.
TRES PRESCRIPCIONES DE POLÍTICA
ECONÓMICA SURGEN DEL TEOREMA:
△ Los derechos con las soluciones de mercado son
preferibles a los remedios de Pigou (intervención pública)
para la solución del problema de las externalidades.
△ La propiedad y los contratos son eficientes, toda
interferencia con consecuencias así obtenidas harán las
cosas peor y no mejor.
△ Cuando los costos de transacción son positivos los
derechos deberán ser asignados a quienes los poseerán
en el estadio final si los costos de transacción fueran cero.
La asignación de derechos deberá cumplir con la
maximización de riqueza o dicho de otra manera, “imitar el
mercado”.
El teorema en sí es descriptivo y no normativo. Lo anteriormente expresado son las consecuencias normativas de su aplicación.
Todas estas propuestas asumen que la eficiencia es el objetivo de la política económica. Si bien la eficiencia no es el único
objetivo de la política económica, se paga un muy buen precio por la continuada asignación ineficiente de los recursos.
El teorema destaca la importancia de los costos de coordinación. Si la coordinación fuera sin costos, los mercados
funcionarían perfectamente pero también lo haría el gobierno.
La tarea de la política económica es determinar la magnitud y la influencia de estos costos y las implicaciones
para arreglos institucionales alternativos. De allí la importancia en la investigación sobre los costos de transacción
que exploran los costos de coordinación bajo regímenes diferentes y en situaciones diferentes.
Si esto es positivo, lleva a planteos normativos. De esta manera, la intervención gubernamental apropiada debe
ser efectuada sobre la base del arreglo institucional que produzca la combinación más baja de costos de
transacción. En suma, ya sea que las partes afectadas pueden llegar a una solución a través de la negociación
pero elijan un litigio o la regulación, el tema real es generalmente a quién se le asigna derechos de propiedad y
no quién obtiene ganancias a través de la negociación.

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TEOREMA DE COASE DESDE LA PRESPECTIVA ECONOMICA

  • 2. “En un mundo de costos de transacción cero, la asignación de recursos será eficiente e invariable con respecto a las normas legales de responsabilidad, aparte de los efectos de ingreso” Cooter y Ulen “Cuando las partes negocian y resuelven sus diferencias por cooperación, su comportamiento será eficiente sin importar la norma jurídica existente” Richard Zerbe El Teorema supone que con costos de transacción reducidos las partes por medio negociación resolverán sus problemas de una manera simple eficiente sin importancia del derecho aplicable. La distribución original de derechos debe siempre existir para que se cumpla el teorema. DEFINICIÓN
  • 3. 1.Es necesario que los derechos estén claramente asignados. 2.Que los costos de transacción sean reducidos, en su versión original son cero pero esta situación es imposible en la realidad, 3.Las partes por negociación llegarán a una solución que será siempre eficiente 4.independientemente del derecho originalmente aplicable. Elementos básicos sobre componen al Teorema de Coase
  • 4. El Teorema de Coase tiene una aplicación importante para la solución de controversias. Pondrá a ambas partes en una situación mejor que la que se encontraban anteriormente. VENTAJAS
  • 5. ¿Cuando el teorema de Coase deja de ser válido? El teorema de Coase deja de ser válido cuando existen altos costos de negociar (por ejemplo, entre una empresa y miles de pobladores de una zona) o cuando los derechos de propiedad no estén bien definidos (todas las partes crean que tienen derecho a hacer lo que quieren). Gran empresa Miles de pobladores
  • 6. Si Coase tiene razón la función gubernamental es la de reducir costos de transacción, es decir asegurar la mejor información, reducir los comportamientos oportunistas y facilitar mecanismos de acuerdos, como son acciones de clase o asambleas de interesados. No intentar descubrir lo que es mejor para los administrados con la reducida información con que cuentan los funcionarios públicos. Al mismo tiempo también cambia la función judicial ya que si la mejor solución es la acordada, porque de esta manera las dos estarán mejor que antes, los jueces deberán reducir los costos de transacción para las partes concilien. Se reducirán también los costos de la administración y los costos de los procesos judiciales de interés general por sobre el interés de algún sector.
  • 7. Intentos de verificar las predicciones del teorema experimentalmente y empíricamente. Si bien pruebas empíricas en el teorema de Coase es como hacerlas en el teorema de Pitágoras, teniendo en cuenta las presunciones, los resultados fluyen como una cuestión de necesidad lógica, las pruebas experimentales y empíricas analizan el tema de la aplicabilidad concreta del teorema. El Teorema debe superar el inconveniente de los costos de transacción, en particular, la información imperfecta, el comportamiento estratégico y los efectos del ingreso, gusto y preferencia.
  • 8. La evidencia de la solución óptima obtenida por la negociación establece una presunción en favor que las partes negocien un acuerdo ya que el resultado de este último será eficiente, por ello, deben evitarse decisiones sobre compensaciones por daños. Aún si los costos de transacción son tan amplios que impiden las transferencias de derechos, el resultado será Pareto superior, vistos los costos de transacción. Que el juez o el legislador deben comenzar sus análisis por la presunción de que las partes pueden en general agotar las ganancias de las soluciones posibles a sus diferencias a través de negociaciones privadas y los que argumenten en contra de esto deben asumir la carga de la prueba.
  • 9. Es disminuir los costos de transacción que limitan los acuerdos, asegurando el acceso a la información a las partes, resolviendo los problemas de coordinación necesarios para un acuerdo. Otro de los inconvenientes son las disparidades entre disposición de pagar y la disposición de aceptar El teorema ha aclarado la relación entre costos de transacción y derechos de propiedad y de esta manera, da una base más fuerte para comprender cómo cambian los regímenes legales en respuesta a los cambios a las limitaciones. Se pueden definir los derechos de propiedad en términos de costos de transacción más bajos para la exclusión, intercambio y utilización de la propiedad
  • 10. FALLA DE MERCADO: está basado en externalidades que son definidas por los costos de transacción, el concepto de falla de mercado no funciona en la medida que está incluido en el concepto de costos de transacción. Las externalidades son una argumentación innecesaria en la teoría de la intervención gubernamental. • El modelo de falla del mercado puede ser reemplazado por el modelo de los costos de transacción. • El concepto de falla del mercado es representado por Samuelson, que consideró que los bienes públicos eran una clase de fallas del mercado. Tomando el clásico ejemplo de los faros en la navegación marítima, decía que eran un ejemplo del servicio gubernativo. Ellos salvan vidas pero los cuidadores no pueden cobrar sus tarifas de los navegantes. De esta manera, tenemos una divergencia entre una ventaja privada y el costo monetario y una verdadera ventaja social y su costo. El papel necesario del gobierno en estos casos de una divergencia externa económica entre ventaja privada y ventaja social. Pero la visión de costos de transacción y derechos de propiedad provee un vehículo de análisis más útil.
  • 11. TRES PRESCRIPCIONES DE POLÍTICA ECONÓMICA SURGEN DEL TEOREMA: △ Los derechos con las soluciones de mercado son preferibles a los remedios de Pigou (intervención pública) para la solución del problema de las externalidades. △ La propiedad y los contratos son eficientes, toda interferencia con consecuencias así obtenidas harán las cosas peor y no mejor. △ Cuando los costos de transacción son positivos los derechos deberán ser asignados a quienes los poseerán en el estadio final si los costos de transacción fueran cero. La asignación de derechos deberá cumplir con la maximización de riqueza o dicho de otra manera, “imitar el mercado”. El teorema en sí es descriptivo y no normativo. Lo anteriormente expresado son las consecuencias normativas de su aplicación. Todas estas propuestas asumen que la eficiencia es el objetivo de la política económica. Si bien la eficiencia no es el único objetivo de la política económica, se paga un muy buen precio por la continuada asignación ineficiente de los recursos.
  • 12. El teorema destaca la importancia de los costos de coordinación. Si la coordinación fuera sin costos, los mercados funcionarían perfectamente pero también lo haría el gobierno. La tarea de la política económica es determinar la magnitud y la influencia de estos costos y las implicaciones para arreglos institucionales alternativos. De allí la importancia en la investigación sobre los costos de transacción que exploran los costos de coordinación bajo regímenes diferentes y en situaciones diferentes. Si esto es positivo, lleva a planteos normativos. De esta manera, la intervención gubernamental apropiada debe ser efectuada sobre la base del arreglo institucional que produzca la combinación más baja de costos de transacción. En suma, ya sea que las partes afectadas pueden llegar a una solución a través de la negociación pero elijan un litigio o la regulación, el tema real es generalmente a quién se le asigna derechos de propiedad y no quién obtiene ganancias a través de la negociación.