Teoría del Delito

               C o nc e p to d e
                    D e lit o
Desde el punto de vista Jurídico debe ser
formal y objetivo; en ella el legislador
sanciona con una pena.
Se dice que es una conducta castigada por la
ley con una pena.
Obedece al principio: “Nullum Crimen Nulla
Poena Sine Lege”.("Ningún delito, ninguna pena sin
ley previa")
Concepto de Delito

“El delito en sentido dogmático es definido como una conducta,
acción u omisión
1.- TIPICA (Descrita por la ley),
2.- ANTIJURÍDICA (Contraria a derecho) y
3.- CULPABLE a la que corresponde una sanción denominada
PENA; con condiciones objetivas de

1:- PUNIBILIDAD. Supone una conducta infraccional del Derecho
Penal”.
Delito Penal y Delito Civil
En algunos sistemas Jurídicos como en el Derecho Romano, los de
Argentina, Chile y España, se distingue entre “Delito Civil” y
“Delito Penal”.
El delito civil es el acto ilícito, ejecutado con intención de dañar a
otros, mientras que constituye “Cuasidelito Civil” el acto negligente
que causa daño.
Los actos considerados como “Delitos Civiles” y “Cuasidelitos
Civiles”, pueden ser también “Delito Penal” si se encuentran
tipificados y sancionados por la ley penal. Un “Delito Penal” no
será, a la vez, “Delito Civil”, si no ha causado daño, como tampoco
un “Delito civil” será a la vez “Delito Penal” si la conducta no es
“prohibida” por la ley penal.
Doble perspectiva del Concepto de Delito

La ciencia del Derecho Penal concluye que el concepto de delito
responde a una doble perspectiva:
2) Un juicio de desvalor que recae sobre un hecho o acto
humano; se le llama injusto o Antijuridicidad. Desaprobación del
acto.
3) Un juicio de desvalor sobre el autor de ese hecho; es la
Culpabilidad. Atribución de dicho acto a su autor.
Componentes del Delito

En estas dos categorías señaladas: Antijuridicidad y
Culpabilidad; se distribuyen los diversos componentes del delito.
En la Antijuridicidad se incluyen la acción y omisión, los medios
y formas de realización, sus objetos y subjetos, la relación causal
y psicológicas entre el sujeto y el resultado.
La culpabilidad es referida a las facultades psíquicas del autor
(Imputabilidad o capacidad de culpabilidad). El desconocimiento
de la prohibición penal o la exigibilidad o no de un
comportamiento distinto. Excluye la acción las causas de
justificación (Legitima Defensa) y la falta de facultades psíquicas
en el autor (Enfermedad Mental)
Valor práctico de la Excusa
El conocer la situación psíquica, en este caso, permite imponer una
medida de seguridad o de corrección, tal como sería internar a un
enfermo mental que ha cometido un delito en el manicomio.
Para esto es suficiente la comisión del hecho prohibido, antijurídico,
aunque su autor no sea culpable.
Para imponer una pena es necesario que exista culpabilidad, además
de que el hecho sea antijurídico.
“NO HAY CULPABILIDAD SIN ANTIJURIDICIDAD, AUNQUE SI
HAY ANTIJURIDICIDAD SIN CULPABILIDAD”.
Descripción en la ley penal

Pero no todo hecho antijurídico realizado por un autor culpable
es delito.
De los actos de desvalor que comete el hombre, el legislador ha
seleccionado una parte de ellas, normalmente las más graves e
intolerables, y las ha conminado con una pena por medio de su
descripción en la ley penal, proceso penal llamado Tipicidad;
siendo la adecuación de un hecho cometido a la descripción que
de ese hecho se hace en la ley.
Características del Delito

Normalmente la Tipicidad, la Antijuridicidad y la Culpabilidad
son las características comunes a todo delito.
Primero el hecho debe ser típico, es decir, descrito en el tipo
penal (Ley). Segundo la antijuridicidad, es decir, no conforme a
derecho Ej. Sí A mata a B en legitima defensa, no es antijurídico
pues hay una causa de justificación.
Tercero, luego de comprobar que el hecho es típico y
antijurídico, hay que ver si el autor del hecho es o no culpable; si
es un enfermo mental no es culpable.
La Penalidad


En algunos casos para calificar un hecho como delito, se
requiere la presencia de algunos elementos adicionales, que no
pertenecen ni a la tipicidad, ni a la antijuridicidad, ni a la
culpabilidad. Por ejemplo:
•Para castigar la “Quiebra Punible” se requiere la previa
declaración de insolvencia conforme al Código de Comercio, o
•En los delitos de calumnia o injuria se requiere previamente la
presentación de querella.
Se habla en estos casos de penalidad. Para que exista penalidad,
debe existir previamente Tipicidad, Antijuridicidad y
Culpabilidad
Clasificación de los Delitos

El Código Penal habla de delitos y faltas (Clasificación Bipartita).
Ambos términos corresponden en su contenido a la misma estructura.
La distinción se hace en función de su gravedad; señala que los
delitos, son infracciones graves y las faltas infracciones leves, es una
distinción puramente cuantitativa. Así por ejemplo, un hurto puede ser
delito o falta según el valor de la cosa hurtada. PACHECO decía que
las faltas son delitos en miniatura y las llamaba “Delitos Veniales”.
Pero otras veces, y es la tendencia moderna, a considerar las faltas a
las infracciones administrativas.
Visión del Delito

En ocasiones nos referimos al delito como una acción u
omisión típica, antijurídica, culpable y punible; por eso en
oportunidades la llamamos “Hecho Punible” o “Acción
Punible”.
En otras oportunidades nos referimos al hecho típico, es
decir, al descrito en la ley, sin prejuzgar todavía si es
antijurídico y/o culpable.
Por el contexto podrá deducirse cuando se emplea en uno u
otro sentido.

Teoriadeldelito

  • 1.
    Teoría del Delito C o nc e p to d e D e lit o Desde el punto de vista Jurídico debe ser formal y objetivo; en ella el legislador sanciona con una pena. Se dice que es una conducta castigada por la ley con una pena. Obedece al principio: “Nullum Crimen Nulla Poena Sine Lege”.("Ningún delito, ninguna pena sin ley previa")
  • 2.
    Concepto de Delito “Eldelito en sentido dogmático es definido como una conducta, acción u omisión 1.- TIPICA (Descrita por la ley), 2.- ANTIJURÍDICA (Contraria a derecho) y 3.- CULPABLE a la que corresponde una sanción denominada PENA; con condiciones objetivas de 1:- PUNIBILIDAD. Supone una conducta infraccional del Derecho Penal”.
  • 3.
    Delito Penal yDelito Civil En algunos sistemas Jurídicos como en el Derecho Romano, los de Argentina, Chile y España, se distingue entre “Delito Civil” y “Delito Penal”. El delito civil es el acto ilícito, ejecutado con intención de dañar a otros, mientras que constituye “Cuasidelito Civil” el acto negligente que causa daño. Los actos considerados como “Delitos Civiles” y “Cuasidelitos Civiles”, pueden ser también “Delito Penal” si se encuentran tipificados y sancionados por la ley penal. Un “Delito Penal” no será, a la vez, “Delito Civil”, si no ha causado daño, como tampoco un “Delito civil” será a la vez “Delito Penal” si la conducta no es “prohibida” por la ley penal.
  • 4.
    Doble perspectiva delConcepto de Delito La ciencia del Derecho Penal concluye que el concepto de delito responde a una doble perspectiva: 2) Un juicio de desvalor que recae sobre un hecho o acto humano; se le llama injusto o Antijuridicidad. Desaprobación del acto. 3) Un juicio de desvalor sobre el autor de ese hecho; es la Culpabilidad. Atribución de dicho acto a su autor.
  • 5.
    Componentes del Delito Enestas dos categorías señaladas: Antijuridicidad y Culpabilidad; se distribuyen los diversos componentes del delito. En la Antijuridicidad se incluyen la acción y omisión, los medios y formas de realización, sus objetos y subjetos, la relación causal y psicológicas entre el sujeto y el resultado. La culpabilidad es referida a las facultades psíquicas del autor (Imputabilidad o capacidad de culpabilidad). El desconocimiento de la prohibición penal o la exigibilidad o no de un comportamiento distinto. Excluye la acción las causas de justificación (Legitima Defensa) y la falta de facultades psíquicas en el autor (Enfermedad Mental)
  • 6.
    Valor práctico dela Excusa El conocer la situación psíquica, en este caso, permite imponer una medida de seguridad o de corrección, tal como sería internar a un enfermo mental que ha cometido un delito en el manicomio. Para esto es suficiente la comisión del hecho prohibido, antijurídico, aunque su autor no sea culpable. Para imponer una pena es necesario que exista culpabilidad, además de que el hecho sea antijurídico. “NO HAY CULPABILIDAD SIN ANTIJURIDICIDAD, AUNQUE SI HAY ANTIJURIDICIDAD SIN CULPABILIDAD”.
  • 7.
    Descripción en laley penal Pero no todo hecho antijurídico realizado por un autor culpable es delito. De los actos de desvalor que comete el hombre, el legislador ha seleccionado una parte de ellas, normalmente las más graves e intolerables, y las ha conminado con una pena por medio de su descripción en la ley penal, proceso penal llamado Tipicidad; siendo la adecuación de un hecho cometido a la descripción que de ese hecho se hace en la ley.
  • 8.
    Características del Delito Normalmentela Tipicidad, la Antijuridicidad y la Culpabilidad son las características comunes a todo delito. Primero el hecho debe ser típico, es decir, descrito en el tipo penal (Ley). Segundo la antijuridicidad, es decir, no conforme a derecho Ej. Sí A mata a B en legitima defensa, no es antijurídico pues hay una causa de justificación. Tercero, luego de comprobar que el hecho es típico y antijurídico, hay que ver si el autor del hecho es o no culpable; si es un enfermo mental no es culpable.
  • 9.
    La Penalidad En algunoscasos para calificar un hecho como delito, se requiere la presencia de algunos elementos adicionales, que no pertenecen ni a la tipicidad, ni a la antijuridicidad, ni a la culpabilidad. Por ejemplo: •Para castigar la “Quiebra Punible” se requiere la previa declaración de insolvencia conforme al Código de Comercio, o •En los delitos de calumnia o injuria se requiere previamente la presentación de querella. Se habla en estos casos de penalidad. Para que exista penalidad, debe existir previamente Tipicidad, Antijuridicidad y Culpabilidad
  • 10.
    Clasificación de losDelitos El Código Penal habla de delitos y faltas (Clasificación Bipartita). Ambos términos corresponden en su contenido a la misma estructura. La distinción se hace en función de su gravedad; señala que los delitos, son infracciones graves y las faltas infracciones leves, es una distinción puramente cuantitativa. Así por ejemplo, un hurto puede ser delito o falta según el valor de la cosa hurtada. PACHECO decía que las faltas son delitos en miniatura y las llamaba “Delitos Veniales”. Pero otras veces, y es la tendencia moderna, a considerar las faltas a las infracciones administrativas.
  • 11.
    Visión del Delito Enocasiones nos referimos al delito como una acción u omisión típica, antijurídica, culpable y punible; por eso en oportunidades la llamamos “Hecho Punible” o “Acción Punible”. En otras oportunidades nos referimos al hecho típico, es decir, al descrito en la ley, sin prejuzgar todavía si es antijurídico y/o culpable. Por el contexto podrá deducirse cuando se emplea en uno u otro sentido.