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El documento clasifica los tipos de empleo en formal e informal, destacando que el empleo formal está protegido por el derecho laboral y se regula a través de un contrato. El empleo formal incluye asalariados que perciben un sueldo y se agrupan en sindicatos, mientras que el empleo informal carece de protección legal y se caracteriza por su baja productividad. Se presentan además las modalidades de autoempleo tanto individual como colectivo.



