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COOPERATIVA MINERA
ESCEA R.L.
F O R M A C I O N D E U N A C O O P E R AT I VA
MATERIA: DERECHO COOPERATIVO
DOCENTE: Dra. Laura Cervantes
INTEGRANTES: Edgar Jharol Boyerman Borda
Sebastián Salinas avalos
Carlos Luis Tancara Villacorta
Eduardo Roy Bonifaz Galvis.
Anghelo Jesús Guzmán Sosa
Gloria Alejandra Justiniano
Roció Mejía Méndez
Títulos:
-Maestría en derecho Procesal Penal
-Maestría En derecho Procesal Civil
Experiencia Laboral
-Asesor Jurídico de la Subgobernación Ñuflo de Chávez
(actual)
-Docente de la Universidad Gabriel Rene Moreno
-Asesor Jurídico Ministerio de Economía y Finanzas
publicas
¿CÓMO FUNCIONA UNA COOPERATIVA MINERA?
cooperativas mineras; la mayoría está dedicada a la explotación de oro. En
estas cooperativas trabajan, según estimación de fuentes oficiales, 100.000
personas de manera directa. La cantidad de personas ligadas de manera
indirecta es una incertidumbre, dada la gran informalidad asociada a esta
minería.
La Federación Nacional de Cooperativas Mineras (Fencomin) tiene unos
60.000 afiliados. Las cooperativas son pequeñas asociaciones autónomas
"sin fines de lucro«, Se estima un total de 1300 cooperativas en Bolivia, de
los cuales algunos se encuentran adecuando sus títulos mineros.
COMO CONFORMAR UNA COOPERATIVA
Los pasos principales son los siguientes:
Paso 1.-
Tener necesidad de trabajar y no contar con recursos económicos para
poder emprender operaciones mineras individualmente.
Paso 2.-
Reunir a personas que estén interesadas en formar una cooperativa en el
rubro productivo minero, mejor si saben algo de minería, sin ser este
requisito excluyente para los que deseen participar de este
emprendimiento.
Paso 3.-
Tener información o conocimiento de un yacimiento minero susceptible de
ser explotado y que no esté cedido por COMIBOL en calidad de
concesión o contrato. Luego debe ser solicitado a COMIBOL para
obtener su respectivo contrato.
Paso 4.-
Identificar con claridad el mineral a explotar y las condiciones y requerimientos
técnicos para lograrlo. Paralelamente, se debe elegir a un comité organizador que
tiene ser del grupo interesado en formar parte de la cooperativa y cuya función es
gestionar la constitución de la cooperativa.
Paso 5.-
Recibir la capacitación y la orientación correspondiente para la formación de la
cooperativa. Esta capacitación se solicita a la Autoridad de Fiscalización y Control
de Cooperativas (AFCOOP) del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social.
Paso 6.-
Terminada la capacitación sobre cooperativismo se debe lanzar la convocatoria a la
Asamblea de Constitución, es decir una reunión de donde nacerá la cooperativa y
en la que se elegirá su nombre, para luego iniciar los trámites correspondientes
para la obtención de la personería jurídica.
Paso 7.-
Llevar adelante la Asamblea de Constitución de la Cooperativa y elaborar la
documentación pertinente: actas de la reunión reuniones que muestren las
actividades que se realizaron para la conformación de la cooperativa
Paso 8.-
Presentar la documentación a la Dirección General de Cooperativas (Ministerio
de Trabajo):
Tomar muy en cuenta los siguientes requisitos:
• Solicitud de Personería jurídica dirigida al Director General de Cooperativas
(DI.GE.CO). ahora AFCOOP
• Convocatoria a asamblea constitutiva.
• Certificado de curso de cooperativismo y el Acta de la constitución de la
cooperativa.
• Nómina de afiliación de socios de la cooperativa. (Un mínimo de 10 Socios y/o
socias).
• Fotocopia de C.I. de cada uno de los socios y/o socias.
• Cuadro de fondo social de la cooperativa (el dinero que han aportado todos los
socios).
• Certificado del tesorero por la tenencia del fondo social.
• Estatuto orgánico y reglamentos de la cooperativa.
• Datos para el estudio socio-económico.
• Plan operativo (qué van hacer y cómo en los trabajos del primer año).
• Balance de apertura.
• Vº Bº de la Federación Departamental a la que pertenecerán.
Paso 9.-
Luego de la presentación de los documentos a la AFCOOP (antes DI.GE.CO), tendrán
que esperar un tiempo de 30 días hábiles.
Paso 10.-
Adquirir los valores previa orden de pago.
Paso 11.-
Realizar la apertura de los 5 libros y recoger la personería jurídica, que es la fecha de
nacimiento de la cooperativa que se sustenta en los principios de solidaridad,
igualdad, reciprocidad, equidad en la distribución, finalidad social y no lucro de
sus asociados
Paso 12.-
Así, la cooperativa constituida, con nombre propio, personalidad jurídica e inscripción
en la Federación de Cooperativas del departamento o zona, puede empezar a
operar con el requisito imprescindible de tener el contrato de arrendamiento del
yacimiento, obtenido en la COMIBOL.
NOTA:
Toda esta documentación deberá ser presentada en tres fólderes: dos originales y
una copia debidamente perforados y foliados, con las firmas correspondientes en
cada documento.
SIMBOLOS DE UNA COOPERATIVA
OTORGACION PERSONALIDAD JURÍDICA
AFCOOP
PASO 1
VERIFICACIÓN Y RESERVA DE
DENOMINACIÓN
DESCRIPCIÓN
Regular y Aprobar el uso
de denominaciones y
logotipos, a fin de lograr la
diferenciación entre
cooperativas, siendo
atribución de la AFCOOP
verificar dicho extremo
antes de la otorgación de
la personalidad jurídica.
PASO 2
OTORGACIÓN DE
PERSONALIDAD
JURÍDICA DE 1ER
GRADO
DESCRIPCIÓN
Otorgar personalidad
jurídica a las
Cooperativas para su
funcionamiento, misma
que, tendrá vigencia a
partir de la fecha en que
la Autoridad de
Fiscalización y Control
de Cooperativas –
AFCOOP, emita la
respectiva Resolución e
inscriba en el Registro
Estatal de Cooperativas
(Artículo 12 de la Ley Nº
356)
PASO 3
FICHA DE
PERSONERÍA JURÍDICA
DESCRIPCIÓN
Realizar certificaciones
respecto de la
documentación cursante
en el Registro estatal de
Cooperativas de la
AFCOOP.
MODELO DE CUADRO DE NOMINA DE
ASOCIADAS Y ASOCIADOS Y FONDO SOCIAL
CERTIFICADO DE APORTACION
COOPERATIVA MINERA
ESCEA R.L.
SANTA CRUZ - BOLIVIA
COMPROBANTE DE INGRESO
FONDO SOCIAL
N° : 01-0011
DERECHOS Y OBLIGACIONES
1.2. Los trabajadores
La actividad minera, en general, se transmite a través de la familia: muchos
cooperativistas son hijos de mineros, y tienen hermanos, primos o
hijos en la misma cooperativa. Eso se debe por una parte a la ausencia
de fuentes alter- Muchos de los mineros relocalizados, al no encontrar
alternativas laborales en las ciudades donde habían migrado,
decidieron retornar a la mina, a pesar de las cotizaciones bajísimas de
los minerales en esa época, para poder sostener a sus familias.
1.3. Condiciones de ingreso
El número de socios de las cooperativas es muy volátil, hecho relacionado
directamente a las cotizaciones de los minerales: en tiempo de
cotizaciones bajas disminuye el número de socios, que vuelve a
aumentar en tiempo de precios altos.
1.4. Los niveles de decisión
Los socios, una vez que han ingresado a la cooperativa, tienen derecho a
participar en las asambleas generales de su institución. La asamblea
general es Organización interna, donde se toman todas las decisiones,
sobre una base democrática: cada socio tiene un voto,
independientemente del capital aportado, y con un derecho ilimitado a
participar en las discusiones. Las asambleas son en general
obligatorias
1.5. Personal de apoyo
En las cooperativas se denomina personal de apoyo a las personas que no
trabajan en la mina ni ejercen una función de dirección, es decir a los
contadores, secretarias , chóferes, ingenieros, personal de seguridad,
etc. Ese personal de apoyo puede ser socio de la cooperativa, pero en
general son sólo asalariados, con una paga fija
SITUACIÓN LABORAL
Ingresos
Los cooperativistas no tienen salario fijo. Los ingresos que obtienen dependen
directamente de su producción y de factores exógenos, como las cotizaciones
internacionales, el estado general de la mina y sobre todo las posibilidades
azarosas de hallar parajes con mineral de buena ley. Como ya lo hemos
mencionado, los socios buscan el paraje donde van a trabajar.
Aportes
Como ya hemos visto, los socios realizan varios aportes a partir de la producción que
obtienen, que son centralizadas por las comercializadoras que actúan como
agentes de retención impositiva, o de las mismas cooperativas cuando estas no
comercializan a través de una intermediaría. El primer aporte es el canón de
arrendamiento a la Comibol, o sea el alquiler que pagan las cooperativas para
poder explotar sus yacimientos que pertenecen a la Comibol, que es del orden del
1% sobre el valor de la producción. Otro aporte del 1% es el aporte a la
Federación Nacional de Cooperativas, que permite su funcionamiento, la
organización de talleres, seminarios o movilizaciones sociales. Se aporta también
a las federaciones departamentales o regionales, con un descuento entorno al
1,5% en general. Después se aporta a la cooperativa, cada una fija el monto del
aporte, que puede ir del 2 al 20% del valor de la producción, monto que sirve para
el funcionamiento de la cooperativa, o sea para pagar las asignaciones de los
dirigentes, los gastos de energía que pueden alcanzar los 50.000 Bs. al mes, el
mantenimiento de las maquinas y movilidades, etc.
Seguridad social
El último aporte que realizan las cooperativas es a la Caja Nacional de Salud,
CNS, por un monto del 1,8% del valor de su producción, y permite tener
atención médica en caso de enfermedad o de accidente. En muchas
cooperativas este aporte es obligatorio, y todos los socios deben realizarlo
Condiciones de trabajo y seguridad industrial
El tema de la seguridad industrial es muy importante para los mineros, dadas las
precarias condiciones en las cuales desenvuelven su actividad, tienen un alto
riesgo de enfermarse o sufrir un accidente. En efecto, las condiciones de
trabajo dentro de la mina son absolutamente distintas a las de la epoca de la
mineria estatal cuando los trabajadores se movían dentro de una mina
mantenida y segura, con equipamiento adaptado. Hoy en día, es el mismo
socio quien debe procurarse sus condiciones de trabajo (del modo que
pueda), aunque algunas cooperativas tengan una política colectiva de
seguridad industrial
“SITUACION DE LAS MUJERES EN COOPERATIVAS MINERA ”
En la minería corporativizada, alrededor de 10% de los socios son mujeres, llamadas
palliris. Este número reducido de mujeres involucradas en las cooperativas tiene
que ver –además de las causas estructurales de profunda discriminación de
genero en el país– con una particular a la creencia de los mineros, según la cual,
la presencia de una mujer en la mina trae mala suerte (se cree por ejemplo que
las vetas desaparecen, etc.)
Las cooperativas mineras admitían a las mujeres solamente como palliris 5 en los
desmontes, sin embargo en los últimos años su presencia en las galerías o en
interior mina es frecuente, es el caso de la Cooperativa Minera Chorolque
MUJERES EN INTERIOR MINA
Las mujeres trabajan en cuadrillas. La cuadrilla está conformada por tres a cinco
personas, en su mayoría varones, y tienen un jefe que dirige y asigna tareas a sus
integrantes. Al jefe de la cuadrilla se lo elige por votos, su cargo dura un año y
puede ser reelegido por el buen desempeño o cambiado. Generalmente los jefes
de cuadrilla son varones. Las mujeres no participan en toda la cadena productiva:
localización de la veta, perforación, selección y comercialización del mineral.
Tampoco realizan trabajos
La Cooperativa Minera Chorolque se encuentra ubicada en el departamento de Potosí y
cuenta con tres campamentos: Santa Bárbara, Sagrario y Fierro Uno, en este último
se ubica el ingenio donde se procesa el mineral. Según datos de las mujeres mineras
de la cooperativa, actualmente tiene alrededor de 1.000 asociados y 150 asociadas.
Entre los minerales que explota están el estaño y en menor medida
TENSIONES EN EL TRABAJO MINERO ITINERANTE
El trabajo minero itinerante que realizan las mujeres mineras no está al margen de
tensiones, en especial con los mineros que trabajan en las galerías, para quienes las
relaveras obtienen mineral de alta ley, por tanto generan ingresos superiores
La breve descripción y el análisis del presente artículo han permitido mostrar algunos
ejemplos de los cambios que se van generando en el interior del trabajo minero. Si
hasta hace algunos años las mujeres podían trabajar solamente como palliris, hoy lo
hacen en interior mina. Poco a poco, ellas han ido desarrollando diferentes formas de
trabajo, como el “trabajo minero itinerante”, es decir, desplazarse de manera eventual
de interior mina a superficie, o viceversa, práctica que las diferencia del trabajo minero
de los varones
Capítulo VII
Funcionamiento de las cooperativas
Artículo 33°.- (Asambleas de delegados)
Artículo 34°.- (Atribuciones adicionales de la Asamblea
General Ordinaria)
Artículo 35°.- (Atribuciones adicionales de la Asamblea
General Extraordinaria)
Artículo 36°.- (Convocatoria a las asambleas)
REGLAMENTO DE LA LEY Nº 356, LEY GENERAL DE
COOPERATIVAS, DS Nº 1995, 15 DE MAYO DE 2014
Artículo 37°.- (Elección de los Consejos de
Administración y Vigilancia)
Artículo 38°.- (Independencia de gestión de los
Consejos)
Artículo 39°.- (Reelección de Consejeras o Consejeros)
Artículo 40°.- (Derechos de las Consejeras o
Consejeros, comisionadas o comisionados y
delegadas o delegados)
Artículo 41°.- (Presidencia del Consejo de
Administración
Artículo 43°.- (Número de miembros del Consejo de
Administración y Representación)
Artículo 44°.- (Facultades, deberes y derechos del
Consejo de Administración)
Artículo 45°.- (Número, facultades, deberes y
derechos de los miembros del Consejo de
Vigilancia)
Artículo 46°.- (Prohibición para ser miembro del
Consejo de Administración y de Vigilancia)
Artículo 47°.- (Remoción de Consejeras y
Consejeros)
ANEXSOS

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  • 1. COOPERATIVA MINERA ESCEA R.L. F O R M A C I O N D E U N A C O O P E R AT I VA MATERIA: DERECHO COOPERATIVO DOCENTE: Dra. Laura Cervantes INTEGRANTES: Edgar Jharol Boyerman Borda Sebastián Salinas avalos Carlos Luis Tancara Villacorta Eduardo Roy Bonifaz Galvis. Anghelo Jesús Guzmán Sosa Gloria Alejandra Justiniano Roció Mejía Méndez
  • 2. Títulos: -Maestría en derecho Procesal Penal -Maestría En derecho Procesal Civil Experiencia Laboral -Asesor Jurídico de la Subgobernación Ñuflo de Chávez (actual) -Docente de la Universidad Gabriel Rene Moreno -Asesor Jurídico Ministerio de Economía y Finanzas publicas
  • 3. ¿CÓMO FUNCIONA UNA COOPERATIVA MINERA? cooperativas mineras; la mayoría está dedicada a la explotación de oro. En estas cooperativas trabajan, según estimación de fuentes oficiales, 100.000 personas de manera directa. La cantidad de personas ligadas de manera indirecta es una incertidumbre, dada la gran informalidad asociada a esta minería. La Federación Nacional de Cooperativas Mineras (Fencomin) tiene unos 60.000 afiliados. Las cooperativas son pequeñas asociaciones autónomas "sin fines de lucro«, Se estima un total de 1300 cooperativas en Bolivia, de los cuales algunos se encuentran adecuando sus títulos mineros.
  • 4. COMO CONFORMAR UNA COOPERATIVA Los pasos principales son los siguientes: Paso 1.- Tener necesidad de trabajar y no contar con recursos económicos para poder emprender operaciones mineras individualmente. Paso 2.- Reunir a personas que estén interesadas en formar una cooperativa en el rubro productivo minero, mejor si saben algo de minería, sin ser este requisito excluyente para los que deseen participar de este emprendimiento. Paso 3.- Tener información o conocimiento de un yacimiento minero susceptible de ser explotado y que no esté cedido por COMIBOL en calidad de concesión o contrato. Luego debe ser solicitado a COMIBOL para obtener su respectivo contrato.
  • 5. Paso 4.- Identificar con claridad el mineral a explotar y las condiciones y requerimientos técnicos para lograrlo. Paralelamente, se debe elegir a un comité organizador que tiene ser del grupo interesado en formar parte de la cooperativa y cuya función es gestionar la constitución de la cooperativa. Paso 5.- Recibir la capacitación y la orientación correspondiente para la formación de la cooperativa. Esta capacitación se solicita a la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas (AFCOOP) del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social. Paso 6.- Terminada la capacitación sobre cooperativismo se debe lanzar la convocatoria a la Asamblea de Constitución, es decir una reunión de donde nacerá la cooperativa y en la que se elegirá su nombre, para luego iniciar los trámites correspondientes para la obtención de la personería jurídica. Paso 7.- Llevar adelante la Asamblea de Constitución de la Cooperativa y elaborar la documentación pertinente: actas de la reunión reuniones que muestren las actividades que se realizaron para la conformación de la cooperativa
  • 6. Paso 8.- Presentar la documentación a la Dirección General de Cooperativas (Ministerio de Trabajo): Tomar muy en cuenta los siguientes requisitos: • Solicitud de Personería jurídica dirigida al Director General de Cooperativas (DI.GE.CO). ahora AFCOOP • Convocatoria a asamblea constitutiva. • Certificado de curso de cooperativismo y el Acta de la constitución de la cooperativa. • Nómina de afiliación de socios de la cooperativa. (Un mínimo de 10 Socios y/o socias). • Fotocopia de C.I. de cada uno de los socios y/o socias. • Cuadro de fondo social de la cooperativa (el dinero que han aportado todos los socios). • Certificado del tesorero por la tenencia del fondo social. • Estatuto orgánico y reglamentos de la cooperativa. • Datos para el estudio socio-económico. • Plan operativo (qué van hacer y cómo en los trabajos del primer año). • Balance de apertura. • Vº Bº de la Federación Departamental a la que pertenecerán.
  • 7. Paso 9.- Luego de la presentación de los documentos a la AFCOOP (antes DI.GE.CO), tendrán que esperar un tiempo de 30 días hábiles. Paso 10.- Adquirir los valores previa orden de pago. Paso 11.- Realizar la apertura de los 5 libros y recoger la personería jurídica, que es la fecha de nacimiento de la cooperativa que se sustenta en los principios de solidaridad, igualdad, reciprocidad, equidad en la distribución, finalidad social y no lucro de sus asociados Paso 12.- Así, la cooperativa constituida, con nombre propio, personalidad jurídica e inscripción en la Federación de Cooperativas del departamento o zona, puede empezar a operar con el requisito imprescindible de tener el contrato de arrendamiento del yacimiento, obtenido en la COMIBOL. NOTA: Toda esta documentación deberá ser presentada en tres fólderes: dos originales y una copia debidamente perforados y foliados, con las firmas correspondientes en cada documento.
  • 8. SIMBOLOS DE UNA COOPERATIVA
  • 9. OTORGACION PERSONALIDAD JURÍDICA AFCOOP PASO 1 VERIFICACIÓN Y RESERVA DE DENOMINACIÓN DESCRIPCIÓN Regular y Aprobar el uso de denominaciones y logotipos, a fin de lograr la diferenciación entre cooperativas, siendo atribución de la AFCOOP verificar dicho extremo antes de la otorgación de la personalidad jurídica.
  • 10. PASO 2 OTORGACIÓN DE PERSONALIDAD JURÍDICA DE 1ER GRADO DESCRIPCIÓN Otorgar personalidad jurídica a las Cooperativas para su funcionamiento, misma que, tendrá vigencia a partir de la fecha en que la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas – AFCOOP, emita la respectiva Resolución e inscriba en el Registro Estatal de Cooperativas (Artículo 12 de la Ley Nº 356)
  • 11. PASO 3 FICHA DE PERSONERÍA JURÍDICA DESCRIPCIÓN Realizar certificaciones respecto de la documentación cursante en el Registro estatal de Cooperativas de la AFCOOP.
  • 12. MODELO DE CUADRO DE NOMINA DE ASOCIADAS Y ASOCIADOS Y FONDO SOCIAL
  • 13. CERTIFICADO DE APORTACION COOPERATIVA MINERA ESCEA R.L. SANTA CRUZ - BOLIVIA COMPROBANTE DE INGRESO FONDO SOCIAL N° : 01-0011
  • 14. DERECHOS Y OBLIGACIONES 1.2. Los trabajadores La actividad minera, en general, se transmite a través de la familia: muchos cooperativistas son hijos de mineros, y tienen hermanos, primos o hijos en la misma cooperativa. Eso se debe por una parte a la ausencia de fuentes alter- Muchos de los mineros relocalizados, al no encontrar alternativas laborales en las ciudades donde habían migrado, decidieron retornar a la mina, a pesar de las cotizaciones bajísimas de los minerales en esa época, para poder sostener a sus familias. 1.3. Condiciones de ingreso El número de socios de las cooperativas es muy volátil, hecho relacionado directamente a las cotizaciones de los minerales: en tiempo de cotizaciones bajas disminuye el número de socios, que vuelve a aumentar en tiempo de precios altos.
  • 15. 1.4. Los niveles de decisión Los socios, una vez que han ingresado a la cooperativa, tienen derecho a participar en las asambleas generales de su institución. La asamblea general es Organización interna, donde se toman todas las decisiones, sobre una base democrática: cada socio tiene un voto, independientemente del capital aportado, y con un derecho ilimitado a participar en las discusiones. Las asambleas son en general obligatorias 1.5. Personal de apoyo En las cooperativas se denomina personal de apoyo a las personas que no trabajan en la mina ni ejercen una función de dirección, es decir a los contadores, secretarias , chóferes, ingenieros, personal de seguridad, etc. Ese personal de apoyo puede ser socio de la cooperativa, pero en general son sólo asalariados, con una paga fija
  • 16. SITUACIÓN LABORAL Ingresos Los cooperativistas no tienen salario fijo. Los ingresos que obtienen dependen directamente de su producción y de factores exógenos, como las cotizaciones internacionales, el estado general de la mina y sobre todo las posibilidades azarosas de hallar parajes con mineral de buena ley. Como ya lo hemos mencionado, los socios buscan el paraje donde van a trabajar. Aportes Como ya hemos visto, los socios realizan varios aportes a partir de la producción que obtienen, que son centralizadas por las comercializadoras que actúan como agentes de retención impositiva, o de las mismas cooperativas cuando estas no comercializan a través de una intermediaría. El primer aporte es el canón de arrendamiento a la Comibol, o sea el alquiler que pagan las cooperativas para poder explotar sus yacimientos que pertenecen a la Comibol, que es del orden del 1% sobre el valor de la producción. Otro aporte del 1% es el aporte a la Federación Nacional de Cooperativas, que permite su funcionamiento, la organización de talleres, seminarios o movilizaciones sociales. Se aporta también a las federaciones departamentales o regionales, con un descuento entorno al 1,5% en general. Después se aporta a la cooperativa, cada una fija el monto del aporte, que puede ir del 2 al 20% del valor de la producción, monto que sirve para el funcionamiento de la cooperativa, o sea para pagar las asignaciones de los dirigentes, los gastos de energía que pueden alcanzar los 50.000 Bs. al mes, el mantenimiento de las maquinas y movilidades, etc.
  • 17. Seguridad social El último aporte que realizan las cooperativas es a la Caja Nacional de Salud, CNS, por un monto del 1,8% del valor de su producción, y permite tener atención médica en caso de enfermedad o de accidente. En muchas cooperativas este aporte es obligatorio, y todos los socios deben realizarlo Condiciones de trabajo y seguridad industrial El tema de la seguridad industrial es muy importante para los mineros, dadas las precarias condiciones en las cuales desenvuelven su actividad, tienen un alto riesgo de enfermarse o sufrir un accidente. En efecto, las condiciones de trabajo dentro de la mina son absolutamente distintas a las de la epoca de la mineria estatal cuando los trabajadores se movían dentro de una mina mantenida y segura, con equipamiento adaptado. Hoy en día, es el mismo socio quien debe procurarse sus condiciones de trabajo (del modo que pueda), aunque algunas cooperativas tengan una política colectiva de seguridad industrial
  • 18. “SITUACION DE LAS MUJERES EN COOPERATIVAS MINERA ” En la minería corporativizada, alrededor de 10% de los socios son mujeres, llamadas palliris. Este número reducido de mujeres involucradas en las cooperativas tiene que ver –además de las causas estructurales de profunda discriminación de genero en el país– con una particular a la creencia de los mineros, según la cual, la presencia de una mujer en la mina trae mala suerte (se cree por ejemplo que las vetas desaparecen, etc.) Las cooperativas mineras admitían a las mujeres solamente como palliris 5 en los desmontes, sin embargo en los últimos años su presencia en las galerías o en interior mina es frecuente, es el caso de la Cooperativa Minera Chorolque MUJERES EN INTERIOR MINA Las mujeres trabajan en cuadrillas. La cuadrilla está conformada por tres a cinco personas, en su mayoría varones, y tienen un jefe que dirige y asigna tareas a sus integrantes. Al jefe de la cuadrilla se lo elige por votos, su cargo dura un año y puede ser reelegido por el buen desempeño o cambiado. Generalmente los jefes de cuadrilla son varones. Las mujeres no participan en toda la cadena productiva: localización de la veta, perforación, selección y comercialización del mineral. Tampoco realizan trabajos
  • 19. La Cooperativa Minera Chorolque se encuentra ubicada en el departamento de Potosí y cuenta con tres campamentos: Santa Bárbara, Sagrario y Fierro Uno, en este último se ubica el ingenio donde se procesa el mineral. Según datos de las mujeres mineras de la cooperativa, actualmente tiene alrededor de 1.000 asociados y 150 asociadas. Entre los minerales que explota están el estaño y en menor medida TENSIONES EN EL TRABAJO MINERO ITINERANTE El trabajo minero itinerante que realizan las mujeres mineras no está al margen de tensiones, en especial con los mineros que trabajan en las galerías, para quienes las relaveras obtienen mineral de alta ley, por tanto generan ingresos superiores La breve descripción y el análisis del presente artículo han permitido mostrar algunos ejemplos de los cambios que se van generando en el interior del trabajo minero. Si hasta hace algunos años las mujeres podían trabajar solamente como palliris, hoy lo hacen en interior mina. Poco a poco, ellas han ido desarrollando diferentes formas de trabajo, como el “trabajo minero itinerante”, es decir, desplazarse de manera eventual de interior mina a superficie, o viceversa, práctica que las diferencia del trabajo minero de los varones
  • 20. Capítulo VII Funcionamiento de las cooperativas Artículo 33°.- (Asambleas de delegados) Artículo 34°.- (Atribuciones adicionales de la Asamblea General Ordinaria) Artículo 35°.- (Atribuciones adicionales de la Asamblea General Extraordinaria) Artículo 36°.- (Convocatoria a las asambleas) REGLAMENTO DE LA LEY Nº 356, LEY GENERAL DE COOPERATIVAS, DS Nº 1995, 15 DE MAYO DE 2014
  • 21. Artículo 37°.- (Elección de los Consejos de Administración y Vigilancia) Artículo 38°.- (Independencia de gestión de los Consejos) Artículo 39°.- (Reelección de Consejeras o Consejeros) Artículo 40°.- (Derechos de las Consejeras o Consejeros, comisionadas o comisionados y delegadas o delegados) Artículo 41°.- (Presidencia del Consejo de Administración
  • 22. Artículo 43°.- (Número de miembros del Consejo de Administración y Representación) Artículo 44°.- (Facultades, deberes y derechos del Consejo de Administración) Artículo 45°.- (Número, facultades, deberes y derechos de los miembros del Consejo de Vigilancia) Artículo 46°.- (Prohibición para ser miembro del Consejo de Administración y de Vigilancia) Artículo 47°.- (Remoción de Consejeras y Consejeros)