TTE. (EJ) DARREN GONZALEZ PADILLA
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA
BOLIVARIANA DE VENEZUELA
G.O.N° 5453 DEL 24MAR2000
LEY ORGÁNICA DE DROGAS
DIRECTIVA OAFANB
PLAN NACIONAL
ANTIDROGAS
2015-2019
INSTRUCTIVO DE LA
OFICINA ANTIDROGAS DEL
EJERCITO BOLIVARIANO
En el Artículo N° 2 de la Carta Magna,
establece que Venezuela se constituye en un
estado democrático y social de derecho y de
Justicia, que propugna como valores superiores
de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la
vida, la libertad, la igualdad, la justicia, la
Solidaridad, la Democracia, la Responsabilidad
Social y en general… La preeminencia de los
Derechos Humanos, la Ética y el Pluralismo
Político
En nuestra carta magna en su Art. 55.
Textualmente indica que toda persona tiene
derecho a la protección por parte del Estado, a
través de los órganos de seguridad ciudadana
regulados por ley, frente a situaciones que
constituyan amenazas, vulnerabilidad o riesgo
para la integridad física de las personas, sus
propiedades, el disfrute de sus derechos y el
cumplimiento de sus deberes.
Art. 55. LA participación de
los ciudadanos y ciudadanas
en los programas destinados a
la prevención
Los cuerpos de seguridad del Estado
respetarán la dignidad y los derechos humanos
de todas las personas. El uso de armas o
sustancias tóxicas por parte del funcionario
policial y de seguridad estará limitado por
principios de necesidad, convivencia,
oportunidad y proporcionalidad, conforme a la
ley.
Artículo 10. Se declara de interés público la
prevención integral y la prevención del tráfico
ilícito de drogas. El Estado implementará las
estrategias, planes y medidas que considere
necesarias para prevenir el tráfico ilícito y uso
indebido de drogas en coordinación con el
órgano rector, dando prioridad absoluta a los
niños, niñas y adolescentes.
TITULO III
DE LA PREVENCIÓN
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Interés Público
Desarrollar conjuntamente con el MPPES los
planes y programas de prevención con el tráfico
ilícito y el consumo de drogas en los Centros de
Educación Universitarios públicos y privados
ARTICULO 5.- ATRIBUCIONES COMO ÓRGANO RECTOR
Ordinal 14°
Fomentar el desarrollo de planes y programas de
prevención contra el tráfico ilícito y el consumo
de drogas en los Institutos encargados de
fomentarla cultura, el deporte, la protección del
niño, niña y adolescente, la familia y cualquier
otra institución de promoción social.
Ordinal 15°
Art. 17.
Obligación
de
Colaborar
Art. 17.
Obligación
de
Colaborar
Toda
Persona
Natural o
Jurídica
Toda
Persona
Natural o
Jurídica
Colaborar con
la prevención
integral de
drogas con
prioridad a
niños, niñas y
adolescentes.
Colaborar con
la prevención
integral de
drogas con
prioridad a
niños, niñas y
adolescentes.
Art. 18.
Unidades
Administrativas
de Prevención
Integral
Art. 18.
Unidades
Administrativas
de Prevención
Integral
Crear a
través de
un
reglamento
Crear a
través de
un
reglamento
Unidad administrativa
cuya función consista
en la prevención
integral contra el
consumo de drogas,
orientada atender al
personal funcionarial,
laboral y obrero, así
como su entorno
familiar.
Unidad administrativa
cuya función consista
en la prevención
integral contra el
consumo de drogas,
orientada atender al
personal funcionarial,
laboral y obrero, así
como su entorno
familiar.
ESTA
OBLIGADO
Lo órganos y
entes de la
Administració
n Pública
MPPEU
• El diseño y formulación del Plan Nacional Antidrogas 2015-2019 tiene
su fundamento jurídico en LOD (2010)
• Este diseño y formulación están atribuidos a la ONA (Art. 4, LOD,
2010).
• El órgano rector en materia de drogas fue creado mediante decreto N°
38.363 del 23 de enero del año 2006, como un órgano desconcentrado
dependiente jerárquicamente del ministerio de competencia en materia
interior y justicia y alcanza el estatus de Oficina Nacional en el año
2010 con la promulgación de la LOD.
• En la formulación PNA 2015-2019, la ONA tomó los valores superiores
recogidos en el artículo 2 de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela (CRBV): la vida, la libertad, la justicia, la
igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en
general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el
pluralismo político, como marco orientador del fin último de la política
pública aquí desarrollada.
• Este PNA 2015-2019 contempla la implementación de mecanismos y
medidas de control, vigilancia, fiscalización en lo concerniente al tráfico
ilícito de drogas, así como lo atinente a la prevención del consumo de
drogas, el tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las
personas con problemas de adicción en el territorio nacional.
Normas y procedimientos a seguir, en
materia de prevención integral, para el control
efectivo del tráfico, posesión y consumo licito e
ilícito de sustancias estupefacientes y
psicotrópicas, así como el tratamiento y la
rehabilitación de la persona consumidora del
sector defensa.
• La directiva tiene su basamento legal en:
• Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela G.O.N° 5453 de fecha 24MAR2000.
• Ley Orgánica de Drogas G.O.N° 39.546 de fecha
05NOV2010.
• Decreto con rango valor y fuerza de la Ley Orgánica
de la administración pública G.O.N° 5.890 de fecha
31JUL2008.
• Decreto con rango valor y fuerza de la Ley Orgánica
de la Fuerza Armada Bolivariana G.O.N° 6.020 de
fecha 21MAR2011.
• Código Orgánico Procesal Penal.
• Reglamento Orgánico del Ministerio del Poder
Popular para la defensa G.O.N° 39.137 de fecha
12MAR2009.
• Decreto N° 8225, mediante el cual se crea el sistema
público nacional para la adicción y tratamiento de las
adicciones G.O.N° 36.676 de 26MAY2011.
• Decreto N° 506, mediante el cual se crea el
despacho del Viceministro para la Suprema Felicidad
del pueblo, integridad a la estructura organizacional
del Ministerio del Poder Popular del despacho de la
presidencia y seguimiento de la gestión de gobierno
G.O.N° 40.283 de fecha 30OCT2013.
PROCEDIMIENTOS EN MATERIA DE DROGAS QUE
APLICARAN LOS COMITES ANTIDROGAS (COAD) EN LAS
UNIDADES Y DEPENDENCIAS DEL EJÉRCITO
BOLIVARIANO
Tte. darren gonzalez
Tte. darren gonzalez

Tte. darren gonzalez

  • 1.
    TTE. (EJ) DARRENGONZALEZ PADILLA
  • 2.
    CONSTITUCIÓN DE LAREPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA G.O.N° 5453 DEL 24MAR2000 LEY ORGÁNICA DE DROGAS DIRECTIVA OAFANB PLAN NACIONAL ANTIDROGAS 2015-2019 INSTRUCTIVO DE LA OFICINA ANTIDROGAS DEL EJERCITO BOLIVARIANO
  • 3.
    En el ArtículoN° 2 de la Carta Magna, establece que Venezuela se constituye en un estado democrático y social de derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la igualdad, la justicia, la Solidaridad, la Democracia, la Responsabilidad Social y en general… La preeminencia de los Derechos Humanos, la Ética y el Pluralismo Político
  • 4.
    En nuestra cartamagna en su Art. 55. Textualmente indica que toda persona tiene derecho a la protección por parte del Estado, a través de los órganos de seguridad ciudadana regulados por ley, frente a situaciones que constituyan amenazas, vulnerabilidad o riesgo para la integridad física de las personas, sus propiedades, el disfrute de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes.
  • 5.
    Art. 55. LAparticipación de los ciudadanos y ciudadanas en los programas destinados a la prevención Los cuerpos de seguridad del Estado respetarán la dignidad y los derechos humanos de todas las personas. El uso de armas o sustancias tóxicas por parte del funcionario policial y de seguridad estará limitado por principios de necesidad, convivencia, oportunidad y proporcionalidad, conforme a la ley.
  • 6.
    Artículo 10. Sedeclara de interés público la prevención integral y la prevención del tráfico ilícito de drogas. El Estado implementará las estrategias, planes y medidas que considere necesarias para prevenir el tráfico ilícito y uso indebido de drogas en coordinación con el órgano rector, dando prioridad absoluta a los niños, niñas y adolescentes. TITULO III DE LA PREVENCIÓN CAPÍTULO I Disposiciones Generales Interés Público
  • 7.
    Desarrollar conjuntamente conel MPPES los planes y programas de prevención con el tráfico ilícito y el consumo de drogas en los Centros de Educación Universitarios públicos y privados ARTICULO 5.- ATRIBUCIONES COMO ÓRGANO RECTOR Ordinal 14° Fomentar el desarrollo de planes y programas de prevención contra el tráfico ilícito y el consumo de drogas en los Institutos encargados de fomentarla cultura, el deporte, la protección del niño, niña y adolescente, la familia y cualquier otra institución de promoción social. Ordinal 15°
  • 8.
    Art. 17. Obligación de Colaborar Art. 17. Obligación de Colaborar Toda Persona Naturalo Jurídica Toda Persona Natural o Jurídica Colaborar con la prevención integral de drogas con prioridad a niños, niñas y adolescentes. Colaborar con la prevención integral de drogas con prioridad a niños, niñas y adolescentes. Art. 18. Unidades Administrativas de Prevención Integral Art. 18. Unidades Administrativas de Prevención Integral Crear a través de un reglamento Crear a través de un reglamento Unidad administrativa cuya función consista en la prevención integral contra el consumo de drogas, orientada atender al personal funcionarial, laboral y obrero, así como su entorno familiar. Unidad administrativa cuya función consista en la prevención integral contra el consumo de drogas, orientada atender al personal funcionarial, laboral y obrero, así como su entorno familiar. ESTA OBLIGADO Lo órganos y entes de la Administració n Pública MPPEU
  • 9.
    • El diseñoy formulación del Plan Nacional Antidrogas 2015-2019 tiene su fundamento jurídico en LOD (2010) • Este diseño y formulación están atribuidos a la ONA (Art. 4, LOD, 2010). • El órgano rector en materia de drogas fue creado mediante decreto N° 38.363 del 23 de enero del año 2006, como un órgano desconcentrado dependiente jerárquicamente del ministerio de competencia en materia interior y justicia y alcanza el estatus de Oficina Nacional en el año 2010 con la promulgación de la LOD.
  • 10.
    • En laformulación PNA 2015-2019, la ONA tomó los valores superiores recogidos en el artículo 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV): la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político, como marco orientador del fin último de la política pública aquí desarrollada.
  • 11.
    • Este PNA2015-2019 contempla la implementación de mecanismos y medidas de control, vigilancia, fiscalización en lo concerniente al tráfico ilícito de drogas, así como lo atinente a la prevención del consumo de drogas, el tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas con problemas de adicción en el territorio nacional.
  • 13.
    Normas y procedimientosa seguir, en materia de prevención integral, para el control efectivo del tráfico, posesión y consumo licito e ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, así como el tratamiento y la rehabilitación de la persona consumidora del sector defensa.
  • 14.
    • La directivatiene su basamento legal en: • Constitución de la República Bolivariana de Venezuela G.O.N° 5453 de fecha 24MAR2000. • Ley Orgánica de Drogas G.O.N° 39.546 de fecha 05NOV2010. • Decreto con rango valor y fuerza de la Ley Orgánica de la administración pública G.O.N° 5.890 de fecha 31JUL2008. • Decreto con rango valor y fuerza de la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Bolivariana G.O.N° 6.020 de fecha 21MAR2011.
  • 15.
    • Código OrgánicoProcesal Penal. • Reglamento Orgánico del Ministerio del Poder Popular para la defensa G.O.N° 39.137 de fecha 12MAR2009. • Decreto N° 8225, mediante el cual se crea el sistema público nacional para la adicción y tratamiento de las adicciones G.O.N° 36.676 de 26MAY2011. • Decreto N° 506, mediante el cual se crea el despacho del Viceministro para la Suprema Felicidad del pueblo, integridad a la estructura organizacional del Ministerio del Poder Popular del despacho de la presidencia y seguimiento de la gestión de gobierno G.O.N° 40.283 de fecha 30OCT2013.
  • 16.
    PROCEDIMIENTOS EN MATERIADE DROGAS QUE APLICARAN LOS COMITES ANTIDROGAS (COAD) EN LAS UNIDADES Y DEPENDENCIAS DEL EJÉRCITO BOLIVARIANO