El documento discute el valor probatorio de los documentos electrónicos. Explica que los documentos electrónicos carecen de una base material tangible aunque siempre tienen un soporte físico como un disco magnético. También describe métodos como la criptografía y sistemas biométricos para autenticar documentos electrónicos. Concluye que la jurisprudencia varía en cuanto al valor probatorio que se les da a los documentos electrónicos y depende de factores como la habilidad del juez y las leyes de cada país.
La esteganografía (del griego στεγανος (steganos):cubierto u oculto, y γραφος (graphos): escritura), está enmarcada en el área de seguridad informática, trata el estudio y aplicación
de técnicas que permiten ocultar mensajes u objetos, dentro de otros, llamados portadores, de modo que no se perciba su existencia. Es decir, se trata de ocultar mensajes dentro de
otros objetos y de esta forma establecer un canal encubierto de comunicación, de modo que el propio acto de la comunicación pase inadvertido para observadores que tienen acceso a
ese canal. Para que pueda hablarse de esteganografía debe haber voluntad de comunicación encubierta entre el emisor y el receptor.
La esteganografía (del griego στεγανος (steganos):cubierto u oculto, y γραφος (graphos): escritura), está enmarcada en el área de seguridad informática, trata el estudio y aplicación
de técnicas que permiten ocultar mensajes u objetos, dentro de otros, llamados portadores, de modo que no se perciba su existencia. Es decir, se trata de ocultar mensajes dentro de
otros objetos y de esta forma establecer un canal encubierto de comunicación, de modo que el propio acto de la comunicación pase inadvertido para observadores que tienen acceso a
ese canal. Para que pueda hablarse de esteganografía debe haber voluntad de comunicación encubierta entre el emisor y el receptor.
Correo electrónico como prueba en un proceso judicialMiguel Ramírez
El uso constante de medios digitales de comunicación alternativos, como correos electrónicos, pone en evidencia cada vez más que la tecnología ya es una necesidad dentro de la vida diaria. El e-mail o correo electrónico es usado por una cantidad casi indescifrable de personas como medio de comunicación, similar a una carta o postal, pero digital. Por ende, constituye en ámbitos judiciales una prueba válida en un proceso contra una persona, entidad o institución.
La Prueba Documental Electrónica en el Proceso Civil (Ley 439)Fernando Barrientos
Refiere los elementos que la componen y los requisitos que deben observar los actores y la autoridad judicial a la hora de considerar su aplicación en el proceso.
2. INTRODUCCION
Es aceptable que el derecho a la prueba va unido al derecho
fundamental a la defensa.
Aquel que tiene un derecho, necesariamente tiene el deber de
probarlo ante un juez y mediante un procedimiento
determinado, si no se puede probar un derecho,
consecuentemente no existirá tal.
3. Problemática de la
prueba.
Reside en el hecho
de que generalmente
es asimilada a una
prueba escrita.
Por eso es preciso
distinguir el concepto
de documento, por
que no debemos
restringir el
documento escrito
como único elemento
material.
4. Documento escrito y documento
informático. El documento escrito
se caracteriza por que es
confiable, es complicado de
falsificar y no se puede modificar
muy fácil, tiene una base material y
es tangible.
Por otro lado el documento
informático se caracteriza por su
desmaterialización o
inmaterializacion, aunque por ello
no deja de ser concreto, visible,
perceptible, pues siempre habrá un
soporte material (disco magnético,
disco óptico numérico etc.)
5. La criptografía : consiste en la
codificación del texto que se va a
transmitir (incluyendo elemento
de identificación) con la ayuda de
claves el algoritmos, realmente
incomprensible para el que no
posee la clave.
Sistema biométrico: Toma como
elementos identificatorios los
rasgos y características físicas
del ser humano.
A partir de la unión de la
informática con otras tecnologías
de telecomunicación, surge la
transferencia electrónica de
datos informatizados (TEDI) que
permite reemplazar el documento
papel en las transacciones
comerciales a nivel internacional.
Consecuencia: ésta radica en la
desmaterialización de los
documentos. A partir del (TEDI)
se suprimen documentos que
podrían servir de prueba en caso
de litigio o controversia.
6. CONCLUSIONES
Hoy en día las nuevas tecnologías de la información se basan en el
peritaje como medio de búsqueda atribuible al juez, con la duda de
su eficacia, puesto que no siempre el juez tendrá habilidades en
materia informática.
En algunas legislaciones no se valora el poder probatorio de la
informática y solo se toman en cuenta los registros escritos en
papel. La jurisprudencia en algunos países de la comunidad
europea, ha constatado en el caso del TEDI la imposibilidad de
construir un escrito y considera los registros y documentos de
naturaleza informática como un principio de prueba por escrito.
A pesar de lo anterior algunos países les reconocen igual valor
probatorio que los documentos escritos; otros hacen depender
dicho valor con base en la convención entre las partes, y en su
mayoría se inclinan por permitir al juez amplia libertad para decidir
su valor o no.