1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICERECTORADOACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICASYPOLITICAS
ESCUELADE DERECHO
Documentación Electrónica de los
Actos Jurídicos
AUTOR:
ALEGULLAR P.
RONAYKEL J.
C.I: 27.210.848
PROFESORA:
EMILY RAMIREZ
SAIAA
BARQUISIMETO, MAYO 2019
2. INTRODUCCION
En el siguiente ensayo hablare sobre la Documentación Electrónica de los
Actos Jurídicos, la cual conlleva una serie de temas que voy a explicar a continuación el
más importante es el dar a entender que es el documento electrónico los cuales están
conformados por una serie de objetos que llevan grabada una serie de información
susceptible de ser decodificada exclusivamente por medios electrónicos, estos medios
permiten descifrar la información contenida en los documentos dando acceso a actividades
previamente programadas, estos son los denominados documentos electrónicos en sentido
estricto; explicando esto también se podrá determinar cuáles son sus características, su
clasificación las teorías que existe respectivamente analizadas, el soporte, la autenticidad, y
debidamente lo que una documentación electrónica hoy día.
3. ¿QUE ES UN DOCUMENTO ELECTRÓNICO?
Para comenzar, un documento electrónico es un documento cuyo soporte material
es algún tipo de dispositivo electrónico o magnético, y en el que el contenido está
codificado mediante algún tipo de código digital, que puede ser leído, interpretado, o
reproducido, mediante el auxilio de detectores de magnetización.
Contienen datos textuales o gráficos creados desde una computadora mediante
un software. El archivo recibe un nombre y un formato para guardarlo y se puede accedes a
su contenido cuantas veces queramos, y ase para modificarlo, imprimirlo, copiarlo,
eliminarlo, etc.
Los documentos administrativos electrónicos son los emitidos por medios electrónicos,
informáticos y telemáticos, y gozan de la validez y eficacia de documento original siempre
que quede garantizada su autenticidad, integridad y conservación, y en su caso, la recepción
del interesado.
Cuando estén autentificados con la firma electrónica avanzada, basada en un certificado
reconocido, tendrán el mismo valor que los firmados con firma manuscrita en documentos
en soporte papel.
De esta forma, los protegen del paso del tiempo, los comparten con mayor cantidad
de personas y disponen de ellos de una forma mucho más cómoda. Hoy en día,
los documentos electrónicos se han transformado, más que en una moda, en una necesidad.
Por consiguiente, Aguirre y Manasía (2007) señalan que el documento en soporte
electrónico, informático y telemático, es un documento con las mismas características, en
principio y en cuanto a su validez jurídica, que cualquier otro de los que tradicionalmente
se aceptan en soporte papel, es decir que para estos autores se le podría dar, a este tipo de
herramienta, el mismo tratamiento que se le otorgaría a cualquier otro tipificado en el
código civil y de comercio venezolano.
CARACTERÍSTICAS
Capaz de almacenar información ya sea por imágenes, texto o diagrama.
No tiene límite de caracteres Optimiza los recursos de recuperación de la información
en cuanto formato y tiempo.
Eficacia de realizar transacciones en la información.
4. Así vemos que el documento electrónico es un documento eminentemente privado, siendo
su característica más propia la capacidad reproductiva, la posibilidad de ser confesorios, e
incluso dispositivos, e igualmente adecuándose a los requerimientos legales de firma
autógrafa a través de la Firma Electrónica, la cual no es más que otro documento
electrónico, que deberá ser certificada por un Servidores de certificación, los cuales a modo
de notaría darán fe (no pública) de la autenticidad, previa revisión del cumplimiento de
ciertos requisitos.
CLASIFICACIÓN
Los documentos electrónicos pueden ser de dos tipos:
1. Documentos Electrónicos en sentido estricto.
2. Documentos Electrónicos en sentido amplio.
Documentos electrónicos en sentido estricto: Pueden a su vez clasificarse en aquellos
denominados circuírteles o aquellos constituidos por mensajes electrónicos en bandas
magnéticas. Ambos contienen una información que puede ser decodificada a través de
aparatos electrónicos diseñados a tales efectos, limitándose exclusivamente a documentar
datos fundamentales que permiten acceso a una serie de actividades programadas.
Documentos electrónicos en sentido amplio: Son aquellos formados por el sistema que
los elabora, el cual no solo se limita a recoger las voluntades de las partes sino que escoge
las cláusulas y regulaciones. Es decir documenta todo el proceso de formación; Por ello, en
todo caso y a los efectos de insertar el documento electrónico dentro de la clasificación de
los documentos relevantes jurídicamente presentada anteriormente, puede decirse que los
documentos electrónicos pueden ser por la naturaleza del hecho representado de carácter
eminentemente dispositivos y/o reproductivos, así mismo desde el punto de vista de su
autor son eminentemente documentos privados, ahora bien no puede descartarse la
posibilidad de que el documento electrónico sustituya por completo las demás fuentes
documentales dado el enorme avance de la tecnología, sobre todo abierta la puerta legal a
los denominados Órganos o Servidores de Certificación de Firmas Electrónicas previstos en
el Real Decreto-ley 14/1999, de 17 de septiembre, sobre Firma Electrónica, aun cuando no
ha tenido aún el auge esperado.
5. TEORÍA SOBRE LA EXISTENCIA DEL DOCUMENTO ELECTRÓNICO
1. Teoría Tradicional: En esta teoría el documento se identifica como un escrito
contenido en su soporte permanente, material y físicamente tangible. Esto quiere
decir que excluye al documento electrónico y a los demás documentos que no lleven
estas características.
2. Teoría Moderna: Esta teoría se basa en la representación de los hechos, es decir,
que según esta teoría el documento es todo objeto representativo que pueda
informar sobre un hecho, independientemente de su soporte material, sea este
tangible o no.
SOPORTE ELECTRÓNICO COMO MEDIO DE PRUEBA
En consecuencia, el valor probatorio de los documentos electrónicos de
conformidad con lo establecido en la ley sobre mensajes de datos y firmas electrónicas será
de plena prueba como elementos de convicción valorable conforme a las reglas de la sana
crítica o tendrán el valor de simple indicio.
Es por ello, que el valor probatorio otorgado a los documentos electrónicos en el
proceso Venezolano dependerá de si el documento ha sido firmado o no, en todo caso de su
reconocimiento por parte de la persona a quien se le opone, el documento electrónico
adquiere el valor de prueba documental, al ser equiparado a cualquier otro documento
privado, cuya eficacia probatoria no sería inmediata, ya que estaría supeditada a su
reconocimiento por parte de la persona a quien se le opone.
AUTENTICIDAD DE UN DOCUMENTO ELECTRÓNICO
Es preciso demostrar la autenticidad del documento electrónico o bien, algunas
propiedades conexas, como la fecha de creación o publicación, el autor, el expedidor, o el
titular del documento (a los efectos de atribuirle un derecho), o bien otra información
registrada en sus datos; Con ese objeto, la autenticidad de los documentos electrónicos se
refuerza en base a dos mecanismos complementarios:
La firma electrónica.
La referencia a una base de datos documental secularizada que se atribuye como de
referencia para un documento dado. En la moderna normativa de la administración
6. electrónica la sede electrónica permite gestionar la referencia, y el código de
seguridad y verificación la individualizar del documengram: to en la sede
electrónica.
DOCUMENTACIÓN ELECTRÓNICA
Finalmente, la documentación electrónica es de gran utilidad, y necesidad, en estos
tiempos en los cuales la generación de documentos en formato digital crece de manera
constante. Y es que son tiempos en los cuales a los archivos les toca convivir con lo digital
y lo analógico (archivos híbridos). También son tiempos, para algunos archivos, en los que
se tiende a la digitalización de la documentación analógica para convertirla en
documentación electrónica, y tiempos en los cuales tratan de hacer que la nueva
documentación nazca ya de manera electrónica (documentos nativos electrónicos) para no
tener que digitalizarla posteriormente.
Por ello, hoy en día es común hablar de la facturación electrónica y un número cada
vez mayor de empresas se adhieren a esta nueva realidad por los claros beneficios que la
acompañan. Sin embargo, lo que le da sentido es el curso natural que se dirige hacia un
futuro marcado por el intercambio de información basada únicamente en los documentos
electrónicos, en detrimento de los documentos en papel; Los avances tecnológicos permiten
a las empresas y las organizaciones crear un espacio virtual propio, similar a la realidad
física, no menos singular, individual o útil. La posibilidad de crear una identidad en
Internet, singular para cada uno, a través de la introducción de la Firma Digital, permite
incorporar nuestro sello distintivo en cada documento, por lo que es personal y fácilmente
reconocida como nuestra, exactamente del mismo modo que una firma en un documento lo
permite.
7. CONCLUCION:
Finalmente, el objeto principal de este trabajo es establecer claramente y dejar
sobreentendido que son los documentos electrónicos en los actos jurídicos puestos que
estos son de gran importancia a la hora de establecer las pruebas o de mostrar hechos que
están transcurriendo dentro de ellos, puesto que los documentos electrónico han hecho que
el usuario trabaje de manera más fácil en distintos ámbitos; A causado un gran impacto en
muchos aspectos que ahora los usuarios los utilizan como herramientas esenciales para
empresas, trabajos , estudio , publicidad y comunicación, ya que estos documentos, se
concibe como un medio de expresión de la voluntad con efectos de creación, modificación
y obligaciones por medio de la electrónica, informática y telemática.