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VIOLACIONES DE DERECHOS HUMANOS EN EL ECUADOR
El Ecuador ha sido condenado en 13 ocasiones por la Corte IDH.
El Estado ecuatoriano ha sido condenado en 13 ocasiones por la Corte Interamericana
de Derechos Humanos (Corte IDH), desde 1998. Aunque la cifra de los casos que han
llegado hasta el organismo supera los 15. A estos se sumará el que presentará esta
semana la familia de Andrea (nombre protegido) porque el Estado supuestamente
violó sus derechos. La demanda se planteó luego de que la Función Judicial del país
no diera una solución legal a su caso. Ella fue contagiada en 1998, cuando tenía 4
años de edad, con VIH, luego de que recibiera una donación sanguínea. La sangre
fue provista por la Cruz Roja, que, según el expediente del caso, no garantizó la
calidad del fluido. El derecho a la salud es uno de los temas por los que el Ecuador ha
sido demandado anteriormente. En el caso Albán Cornejo del 2007, y en el Suárez
Peralta del 2013, el Estado fue declarado culpable de no garantizar "el derecho a la
integridad personal respecto de la atención médica brindada, tanto en lo que refiere al
control de las prestaciones brindadas en la entidad estatal como en lo que respecta a
la institución privada", según consta en la sentencia del caso seguido por Melba
Suárez. Por este proceso, el Estado fue sentenciado a pagar USD 281 000, como
reparación por los daños causados. En el caso Albán Cornejo, la cifra de la
indemnización fue mucho menor. El organismo dispuso el pago de USD 50 000. Ante
el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, los ciudadanos pueden presentar
demandas por violaciones a cualquiera de los derechos consagrados en la
Convención Americana de DD.HH. Entre ellos, la libertad de expresión, a la integridad
personal, a la igualdad ante la Ley... Según el constitucionalista Juan Francisco
Guerrero, la mayor cantidad de denuncias que se presentan ante el Sistema
Interamericano está ligada a violaciones a los derechos civiles, como el acceso a
educación, a salud y las libertades. Sin embargo, para que se pueda llegar a esta
instancia, los demandantes deben haber agotado todas las instancias judiciales del
país. "El último responsable porque los derechos de las personas se cumplan es el
Estado. Solo cuando el Estado no ha proveído las garantías de los derechos, una
persona puede demandar la obligación que tiene para resarcir los derechos
afectados", señaló Guerrero. Según lo establecido en la Convención Americana de
DD.HH., para que un caso llegue a la Corte Interamericana, primero debe pasar por
una valoración de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que
califica si una demanda cumple con los requisitos necesarios para ser tramitada. Uno
de ellos es precisamente que al interior del país se hayan agotado todas las instancias
jurisdiccionales. Entre el 2009 y el 2013, la CIDH admitió a trámite 40 procesos en
contra del Ecuador. De ellos, nueve pasaron a la Corte IDH. Asimismo, la Comisión
resolvió el archivo de 16 procesos, porque no cumplían con los parámetros
establecidos para su tratamiento. En años previos, el máximo Tribunal de Justicia del
continente resolvió ocho demandas planteadas. Una de ellas es el caso iniciado por
la detención ilegal, tortura y asesinato de la profesora Consuelo Benavides, en 1985.
Por este proceso el Estado pagó una compensación de USD 1 millón. Esta cifra luego
se aplicó también en el caso por la desaparición de los hermanos Restrepo. Aunque
este juicio nunca llegó a sentencia de la Corte IDH, porque el Estado firmó un acuerdo
compensatorio extrajudicial con la familia de los hermanos Carlos y Andrés Restrepo,
una vez que la CIDH determinara la responsabilidad estatal en el hecho. Como parte
de las resoluciones judiciales, la Corte continental ha establecido la obligación de
todos los estados miembros del Pacto de San José, de reparar integralmente a las
víctimas de las violaciones a los DD.HH. Esto consiste en garantizar la no repetición
de los hechos, el apoyo psicológico y la creación de instrumentos que permitan
garantizar a futuro el respeto de los derechos ciudadanos en todas las instancias
judiciales y estatales. Así, por ejemplo, en el caso Albán Cornejo (2007), la resolución
tomada por la Corte Interamericana estableció la obligación del país de "realizar, en
un plazo razonable, un programa para la formación y capacitación a los operadores
de justicia y a los profesionales de la salud sobre la normativa que el Ecuador ha
implementado relativa a los derechos de los pacientes, y a la sanción por su
incumplimiento". Dos de los últimos casos en ser resueltos por la Corte fueron los
iniciados por la destitución ilegal de los exmagistrados de la extinta Corte Suprema de
Justicia y del transformado Tribunal Constitucional. Ellos fueron removidos de sus
funciones en el 2004, por una mayoría legislativa integrada por Sociedad Patriótica,
PRIAN, PRE y un grupo de independientes. El Estado deberá pagar USD 400 000 a
cada exfuncionario.
Ocho de los casos en los que se condenó al Estado.
Caso Mejía Idrovo. El 5 de julio de 2011, la Corte IDH sentenció al Estado
ecuatoriano a pagar USD 433 000 al coronel del Ejército Mejía Idrovo. En el
2002, el oficial presentó la queja por haber sido dado de baja de las FF.AA.
Caso Pueblo Sarayaku. El 27 de junio del 2012, los jueces de la Corte IDH
resolvieron que el país debía cancelar USD 1 398 000 al pueblo indígena de
Sarayaku por los daños ocasionados por las actividades petroleras.
Caso Vera. El 19 de mayo del 2011, la Corte IDH obligó al Ecuador a pagar
USD 62 000 a la familia de Miguel Vera. Según la denuncia, hubo falta de
atención médica adecuada. La víctima estaba bajo custodia estatal.
Caso Acosta Calderón. El 24 de junio del 2005, la Corte IDH fijó en USD 69
200 la indemnización al extranjero Acosta Calderón por una detención ilegal
relacionada con tráfico de drogas. Fue arrestado en 1989.
Caso Chaparro-Lapo. En 1998, Juan Chaparro y Freddy Lapo fueron
aprehendidos con fines investigativos y permanecieron incomunicados 5 días.
Los jueces sentenciaron, en el 2007, al Ecuador con el pago de USD 394 115.
Caso Zambrano y otros. USD 685 000 fue el monto a pagar que fijó la Corte
IDH al Estado ecuatoriano, como indemnización para los familiares de tres
hombres que fueron ejecutados durante un operativo militar y policial, en 1993.
Caso Salvador Chiriboga. En 1991, el Municipio expropió el terreno que hoy
es el parque Metropolitano, sin pagar el precio real. La Corte dispuso el 2011
que el país pague USD 9,4 millones como reparación.
El caso pasó a revisión. Caso Tibi. La Corte Interamericana determinó, en el
2004, que el Estado pagara a la familia de Daniel Tibi 207 123 e uros como
reparación, por haber sufrido torturas y privación prolongada de su libertad. El
hecho se produjo en 1995.
VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS EN ECUADOR
TEMA:
SARAYAKU, HISTORIA DE UNA SENTENCIA DE LA CORTE
INTERAMERICANA DE LOS DERECHOS HUMANOS
INTRODUCCIÓN:
El ser humano tiene una característica que lo determinan como un ser racional y lo
diferencia de los animales o los seres irracionales. Lo cual nos lleva a pesar porque
ya no somos capaces de respetarnos entre personas y con nuestra misma especie.
Con el paso del tiempo los derechos humanos han ido cambiando y evolucionando
para proteger a las personas en todo el mundo y aunque es uno de los más conocidos,
son los que menos se aplican o menos conocimiento y significado tienen de ellos las
personas, y la manera correcta de su aplicación.
Por lo cual en este trabajo hablare de uno de los derechos que ha sido violado en
nuestro país.
DESARROLLO:
La historia del pueblo Sarayaku es uno de los casos emblemáticos de la resistencia
indígena por la defensa de su territorio. Este pueblo kichwa de Pastaza, luego de una
larga lucha, consigue del gobierno de Rodrigo Borja el título propiedad de más de un
millón de hectáreas, en 1992.
Sin embargo, cuatro años más tarde, el Estado concesionó a favor de la Compañía
General de Combustibles (C.G.C.) el bloque petrolero 23, que comprendía 200 000
hectáreas. El 65% de esa concesión afectó al territorio de Sarayaku, sin haberlo
consultado y menos aún pedir consentimiento al pueblo.
En el 2002, Sarayaku se declara en emergencia durante siete meses para detener la
campaña sísmica. Hombres, mujeres, jóvenes y niños se movilizaron y establecieron
los denominados “campos de vida” en medio de la selva.
Las cosas se complicaron el 25 de enero del 2003: efectivos del Ejército y trabajadores
de la C.G.C secuestraron a cuatro jóvenes de la comunidad.
Ese mismo año, los dirigentes de la población acudieron ante la Comisión
Interamericana de los Derechos Humanos y solicitan su intervención para
salvaguardar sus derechos.
La Comisiónacogió su pedido en mayo de ese mismo año y dictó medidas cautelares,
pero el Estado ecuatoriano las desoyó. En julio del 2004, la Corte Interamericana de
Derechos humanos dictó medidas provisionales favor de los Sarayakus. Estas
medidas buscan proteger la vida e integridad de los miembros de Sarayaku.
La investigación de los hechos de violencia cometidos en su contra y la garantía
efectiva del derecho al libre tránsito violentado por el arbitrario bloqueo del Río
Bobonaza efectuado por aliados de la petrolera, sirvió como medida de presión para
que Sarayaku desista de las acciones legales emprendidas.
El Estado ecuatoriano no cumplió ninguna disposición de la Corte que no solamente
ratificó las medidas, sino que dispuso que, además, se retirasen, de manera urgente,
los explosivos dejador por la C.G.C
El Estado tomó su propia iniciativa en el 2006 y presentó, en una nueva audiencia, a
kichwas de Pastaza para que declarasen en su contra. Con ello, la Procuraduría
General del Estado propuso una solución: retiro voluntario de la empresa C.G.C del
bloque 23 y reconocimiento y disculpas públicas por violaciones de Derechos
Humanos cometidas en contra de Sarayaku.
Sarayaku se prepara para recibir disculpas públicas del Estado Cuatro ministros
ofrecerán disculpas a Sarayaku en nombre del Estado. Las disculpas a Sarayaku
sentarán precedente las disculpas a Sarayaku llegarán dos años después.
El 6 de julio del 2011 se realizó una audiencia entre el Estado y el pueblo indígena
Sarayaku, en la Corte Interamericana de Derechos Humanos con el fin de juzgar al
Estado Ecuatoriano por el otorgamiento de una concesión petrolera en tierras
ancestrales del pueblo Sarayaku, sin contar con el consentimiento previo de las
comunidades y la violación de los derechos humanos de los indígenas.
La audiencia duró dos días y se desarrolló en la ciudad de San José en Costa Rica.
El 26 de julio de 2012, la comunidad indígena Sarayaku, asentada en el centro de la
Amazonía, expresó su satisfacción por la condena emitida por la Corte Interamericana
de Derechos Humanos (CIDH) contra el Estado, por la vulneración de sus derechos.
Ese tribunal condenó a Ecuador por otorgar a inicios de los años 90 una concesión
petrolera en territorios de los Sarayaku sin consultar con las comunidades nativas,
opuestas al proyecto.
La sentencia obliga al Estado a organizar un acto público de reconocimiento de su
responsabilidad en este caso, el pago de una indemnización y el retiro de todos los
explosivos “sembrados” por la petrolera en la selva. Dos años después, el Estado
cumplirá con la sentencia.
LAS DISCULPAS A SARAYAKU SENTARÁN PRECEDENTE
El evento de disculpas públicas que se desarrollará el miércoles 1 de octubre en
Sarayaku.
Esta será la primera vez en el continente americano que un Estado ofrecerá disculpas
y reconocerá vulneraciones a los derechos humanos de un pueblo indígena. Por esa
razón, los dirigentes de Sarayaku planean un evento por todo lo alto. Así, recibirán a
cuatro ministros y al procurador Diego García, quienes en nombre del Estado
ecuatoriano se disculparán públicamente por la violación de sus derechos, en un acto
que llega más de dos años después de la sentencia de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos (Corte IDH) que así lo dispone.
En noviembre pasado, el entonces ministro de Justicia, Lenin Lara, apareció en una
cadena nacional de radio y televisión, en la que pidió disculpas al pueblo indígena.
Sin embargo, Sarayaku mantuvo su posición de realizar un evento público en su
territorio. Ahora, más de un año después de vencido el plazo, la comunidad está presta
a organizar el evento que, según la misma sentencia de la Corte IDH, debe tener una
amplia cobertura en los medios de comunicación.
Frente a este retraso, la Corte IDH es la única que puede tomar alguna decisión. Que
esa instancia hace un seguimiento periódico de sus sentencias, con lo cual va
cerrando los puntos que el Estado ya ha cumplido. Sin embargo, aún quedan otros
temas pendientes en el cumplimiento cabal de la sentencia. El más complejo es el
retiro de la pentolita (explosivos) en la superficie del territorio y enterrada.
La resolución ordenaba al Estado el pago de USD 1 390 000, de indemnización,
cantidad que fue cancelada el 26 de julio del año pasado. Asimismo, se dialogará
sobre el retiro de la pentolita (explosivos) de una vasta extensión de tierras de dominio
ancestral, ubicadas en el norte de la provincia de Pastaza, localizada en la Amazonía
del Ecuador.
CONCLUSIÓN
Los derechos humanos son importantes para las personas en todo el mundo,
y el deber de todos es respetarlos sin distinción de raza, religión, etnias y
costumbres.
Nadie está en la condición de hacer caso omiso de los mismos.
Hay q tomar conciencia, para que en el mundo haya avance y no vayamos de
retroceso, de la gran importancia que tienen los derechos humanos respetando
la dignidad de todos nuestros semejantes.
Los derechos deben ser para todas las personas, no solo para quienes está
reconocidos como autoridades, ya que ellos son los representantes de toda la
sociedad.
Los derechos son importantes para lograr la armonía dentro de la convivencia
social.
RECOMENDACIONES
Es preciso implementar en nuestra vida diaria la práctica de todos los
derechos para poder poder convivir en armonía con toda la sociedad.
Es preciso educar a las nuevas generaciones, y dotarlas de conocimientos
para que promuevan el respeto y la práctica de los derechos humanos.
Se recomiendo que en el caso de que haya habido una violación de los
derechos denunciarlos y pedir la sanción correspondiente a la persona que
los haya pasado por alto.

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Violaciones de derechos

  • 1. VIOLACIONES DE DERECHOS HUMANOS EN EL ECUADOR El Ecuador ha sido condenado en 13 ocasiones por la Corte IDH. El Estado ecuatoriano ha sido condenado en 13 ocasiones por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), desde 1998. Aunque la cifra de los casos que han llegado hasta el organismo supera los 15. A estos se sumará el que presentará esta semana la familia de Andrea (nombre protegido) porque el Estado supuestamente violó sus derechos. La demanda se planteó luego de que la Función Judicial del país no diera una solución legal a su caso. Ella fue contagiada en 1998, cuando tenía 4 años de edad, con VIH, luego de que recibiera una donación sanguínea. La sangre fue provista por la Cruz Roja, que, según el expediente del caso, no garantizó la calidad del fluido. El derecho a la salud es uno de los temas por los que el Ecuador ha sido demandado anteriormente. En el caso Albán Cornejo del 2007, y en el Suárez Peralta del 2013, el Estado fue declarado culpable de no garantizar "el derecho a la integridad personal respecto de la atención médica brindada, tanto en lo que refiere al control de las prestaciones brindadas en la entidad estatal como en lo que respecta a la institución privada", según consta en la sentencia del caso seguido por Melba Suárez. Por este proceso, el Estado fue sentenciado a pagar USD 281 000, como reparación por los daños causados. En el caso Albán Cornejo, la cifra de la indemnización fue mucho menor. El organismo dispuso el pago de USD 50 000. Ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, los ciudadanos pueden presentar demandas por violaciones a cualquiera de los derechos consagrados en la Convención Americana de DD.HH. Entre ellos, la libertad de expresión, a la integridad personal, a la igualdad ante la Ley... Según el constitucionalista Juan Francisco Guerrero, la mayor cantidad de denuncias que se presentan ante el Sistema Interamericano está ligada a violaciones a los derechos civiles, como el acceso a
  • 2. educación, a salud y las libertades. Sin embargo, para que se pueda llegar a esta instancia, los demandantes deben haber agotado todas las instancias judiciales del país. "El último responsable porque los derechos de las personas se cumplan es el Estado. Solo cuando el Estado no ha proveído las garantías de los derechos, una persona puede demandar la obligación que tiene para resarcir los derechos afectados", señaló Guerrero. Según lo establecido en la Convención Americana de DD.HH., para que un caso llegue a la Corte Interamericana, primero debe pasar por una valoración de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que califica si una demanda cumple con los requisitos necesarios para ser tramitada. Uno de ellos es precisamente que al interior del país se hayan agotado todas las instancias jurisdiccionales. Entre el 2009 y el 2013, la CIDH admitió a trámite 40 procesos en contra del Ecuador. De ellos, nueve pasaron a la Corte IDH. Asimismo, la Comisión resolvió el archivo de 16 procesos, porque no cumplían con los parámetros establecidos para su tratamiento. En años previos, el máximo Tribunal de Justicia del continente resolvió ocho demandas planteadas. Una de ellas es el caso iniciado por la detención ilegal, tortura y asesinato de la profesora Consuelo Benavides, en 1985. Por este proceso el Estado pagó una compensación de USD 1 millón. Esta cifra luego se aplicó también en el caso por la desaparición de los hermanos Restrepo. Aunque este juicio nunca llegó a sentencia de la Corte IDH, porque el Estado firmó un acuerdo compensatorio extrajudicial con la familia de los hermanos Carlos y Andrés Restrepo, una vez que la CIDH determinara la responsabilidad estatal en el hecho. Como parte de las resoluciones judiciales, la Corte continental ha establecido la obligación de todos los estados miembros del Pacto de San José, de reparar integralmente a las víctimas de las violaciones a los DD.HH. Esto consiste en garantizar la no repetición de los hechos, el apoyo psicológico y la creación de instrumentos que permitan garantizar a futuro el respeto de los derechos ciudadanos en todas las instancias judiciales y estatales. Así, por ejemplo, en el caso Albán Cornejo (2007), la resolución tomada por la Corte Interamericana estableció la obligación del país de "realizar, en un plazo razonable, un programa para la formación y capacitación a los operadores de justicia y a los profesionales de la salud sobre la normativa que el Ecuador ha implementado relativa a los derechos de los pacientes, y a la sanción por su incumplimiento". Dos de los últimos casos en ser resueltos por la Corte fueron los iniciados por la destitución ilegal de los exmagistrados de la extinta Corte Suprema de Justicia y del transformado Tribunal Constitucional. Ellos fueron removidos de sus
  • 3. funciones en el 2004, por una mayoría legislativa integrada por Sociedad Patriótica, PRIAN, PRE y un grupo de independientes. El Estado deberá pagar USD 400 000 a cada exfuncionario. Ocho de los casos en los que se condenó al Estado. Caso Mejía Idrovo. El 5 de julio de 2011, la Corte IDH sentenció al Estado ecuatoriano a pagar USD 433 000 al coronel del Ejército Mejía Idrovo. En el 2002, el oficial presentó la queja por haber sido dado de baja de las FF.AA. Caso Pueblo Sarayaku. El 27 de junio del 2012, los jueces de la Corte IDH resolvieron que el país debía cancelar USD 1 398 000 al pueblo indígena de Sarayaku por los daños ocasionados por las actividades petroleras. Caso Vera. El 19 de mayo del 2011, la Corte IDH obligó al Ecuador a pagar USD 62 000 a la familia de Miguel Vera. Según la denuncia, hubo falta de atención médica adecuada. La víctima estaba bajo custodia estatal. Caso Acosta Calderón. El 24 de junio del 2005, la Corte IDH fijó en USD 69 200 la indemnización al extranjero Acosta Calderón por una detención ilegal relacionada con tráfico de drogas. Fue arrestado en 1989. Caso Chaparro-Lapo. En 1998, Juan Chaparro y Freddy Lapo fueron aprehendidos con fines investigativos y permanecieron incomunicados 5 días. Los jueces sentenciaron, en el 2007, al Ecuador con el pago de USD 394 115. Caso Zambrano y otros. USD 685 000 fue el monto a pagar que fijó la Corte IDH al Estado ecuatoriano, como indemnización para los familiares de tres hombres que fueron ejecutados durante un operativo militar y policial, en 1993. Caso Salvador Chiriboga. En 1991, el Municipio expropió el terreno que hoy es el parque Metropolitano, sin pagar el precio real. La Corte dispuso el 2011 que el país pague USD 9,4 millones como reparación. El caso pasó a revisión. Caso Tibi. La Corte Interamericana determinó, en el 2004, que el Estado pagara a la familia de Daniel Tibi 207 123 e uros como reparación, por haber sufrido torturas y privación prolongada de su libertad. El hecho se produjo en 1995.
  • 4. VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS EN ECUADOR TEMA: SARAYAKU, HISTORIA DE UNA SENTENCIA DE LA CORTE INTERAMERICANA DE LOS DERECHOS HUMANOS INTRODUCCIÓN: El ser humano tiene una característica que lo determinan como un ser racional y lo diferencia de los animales o los seres irracionales. Lo cual nos lleva a pesar porque ya no somos capaces de respetarnos entre personas y con nuestra misma especie. Con el paso del tiempo los derechos humanos han ido cambiando y evolucionando para proteger a las personas en todo el mundo y aunque es uno de los más conocidos, son los que menos se aplican o menos conocimiento y significado tienen de ellos las personas, y la manera correcta de su aplicación. Por lo cual en este trabajo hablare de uno de los derechos que ha sido violado en nuestro país. DESARROLLO:
  • 5. La historia del pueblo Sarayaku es uno de los casos emblemáticos de la resistencia indígena por la defensa de su territorio. Este pueblo kichwa de Pastaza, luego de una larga lucha, consigue del gobierno de Rodrigo Borja el título propiedad de más de un millón de hectáreas, en 1992. Sin embargo, cuatro años más tarde, el Estado concesionó a favor de la Compañía General de Combustibles (C.G.C.) el bloque petrolero 23, que comprendía 200 000 hectáreas. El 65% de esa concesión afectó al territorio de Sarayaku, sin haberlo consultado y menos aún pedir consentimiento al pueblo. En el 2002, Sarayaku se declara en emergencia durante siete meses para detener la campaña sísmica. Hombres, mujeres, jóvenes y niños se movilizaron y establecieron los denominados “campos de vida” en medio de la selva. Las cosas se complicaron el 25 de enero del 2003: efectivos del Ejército y trabajadores de la C.G.C secuestraron a cuatro jóvenes de la comunidad. Ese mismo año, los dirigentes de la población acudieron ante la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos y solicitan su intervención para salvaguardar sus derechos. La Comisiónacogió su pedido en mayo de ese mismo año y dictó medidas cautelares, pero el Estado ecuatoriano las desoyó. En julio del 2004, la Corte Interamericana de Derechos humanos dictó medidas provisionales favor de los Sarayakus. Estas medidas buscan proteger la vida e integridad de los miembros de Sarayaku. La investigación de los hechos de violencia cometidos en su contra y la garantía efectiva del derecho al libre tránsito violentado por el arbitrario bloqueo del Río Bobonaza efectuado por aliados de la petrolera, sirvió como medida de presión para que Sarayaku desista de las acciones legales emprendidas. El Estado ecuatoriano no cumplió ninguna disposición de la Corte que no solamente ratificó las medidas, sino que dispuso que, además, se retirasen, de manera urgente, los explosivos dejador por la C.G.C El Estado tomó su propia iniciativa en el 2006 y presentó, en una nueva audiencia, a kichwas de Pastaza para que declarasen en su contra. Con ello, la Procuraduría General del Estado propuso una solución: retiro voluntario de la empresa C.G.C del
  • 6. bloque 23 y reconocimiento y disculpas públicas por violaciones de Derechos Humanos cometidas en contra de Sarayaku. Sarayaku se prepara para recibir disculpas públicas del Estado Cuatro ministros ofrecerán disculpas a Sarayaku en nombre del Estado. Las disculpas a Sarayaku sentarán precedente las disculpas a Sarayaku llegarán dos años después. El 6 de julio del 2011 se realizó una audiencia entre el Estado y el pueblo indígena Sarayaku, en la Corte Interamericana de Derechos Humanos con el fin de juzgar al Estado Ecuatoriano por el otorgamiento de una concesión petrolera en tierras ancestrales del pueblo Sarayaku, sin contar con el consentimiento previo de las comunidades y la violación de los derechos humanos de los indígenas. La audiencia duró dos días y se desarrolló en la ciudad de San José en Costa Rica. El 26 de julio de 2012, la comunidad indígena Sarayaku, asentada en el centro de la Amazonía, expresó su satisfacción por la condena emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) contra el Estado, por la vulneración de sus derechos. Ese tribunal condenó a Ecuador por otorgar a inicios de los años 90 una concesión petrolera en territorios de los Sarayaku sin consultar con las comunidades nativas, opuestas al proyecto. La sentencia obliga al Estado a organizar un acto público de reconocimiento de su responsabilidad en este caso, el pago de una indemnización y el retiro de todos los explosivos “sembrados” por la petrolera en la selva. Dos años después, el Estado cumplirá con la sentencia. LAS DISCULPAS A SARAYAKU SENTARÁN PRECEDENTE
  • 7. El evento de disculpas públicas que se desarrollará el miércoles 1 de octubre en Sarayaku. Esta será la primera vez en el continente americano que un Estado ofrecerá disculpas y reconocerá vulneraciones a los derechos humanos de un pueblo indígena. Por esa razón, los dirigentes de Sarayaku planean un evento por todo lo alto. Así, recibirán a cuatro ministros y al procurador Diego García, quienes en nombre del Estado ecuatoriano se disculparán públicamente por la violación de sus derechos, en un acto que llega más de dos años después de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) que así lo dispone. En noviembre pasado, el entonces ministro de Justicia, Lenin Lara, apareció en una cadena nacional de radio y televisión, en la que pidió disculpas al pueblo indígena. Sin embargo, Sarayaku mantuvo su posición de realizar un evento público en su territorio. Ahora, más de un año después de vencido el plazo, la comunidad está presta a organizar el evento que, según la misma sentencia de la Corte IDH, debe tener una amplia cobertura en los medios de comunicación. Frente a este retraso, la Corte IDH es la única que puede tomar alguna decisión. Que esa instancia hace un seguimiento periódico de sus sentencias, con lo cual va cerrando los puntos que el Estado ya ha cumplido. Sin embargo, aún quedan otros temas pendientes en el cumplimiento cabal de la sentencia. El más complejo es el retiro de la pentolita (explosivos) en la superficie del territorio y enterrada. La resolución ordenaba al Estado el pago de USD 1 390 000, de indemnización, cantidad que fue cancelada el 26 de julio del año pasado. Asimismo, se dialogará
  • 8. sobre el retiro de la pentolita (explosivos) de una vasta extensión de tierras de dominio ancestral, ubicadas en el norte de la provincia de Pastaza, localizada en la Amazonía del Ecuador. CONCLUSIÓN Los derechos humanos son importantes para las personas en todo el mundo, y el deber de todos es respetarlos sin distinción de raza, religión, etnias y costumbres. Nadie está en la condición de hacer caso omiso de los mismos. Hay q tomar conciencia, para que en el mundo haya avance y no vayamos de retroceso, de la gran importancia que tienen los derechos humanos respetando la dignidad de todos nuestros semejantes. Los derechos deben ser para todas las personas, no solo para quienes está reconocidos como autoridades, ya que ellos son los representantes de toda la sociedad. Los derechos son importantes para lograr la armonía dentro de la convivencia social. RECOMENDACIONES Es preciso implementar en nuestra vida diaria la práctica de todos los derechos para poder poder convivir en armonía con toda la sociedad. Es preciso educar a las nuevas generaciones, y dotarlas de conocimientos para que promuevan el respeto y la práctica de los derechos humanos. Se recomiendo que en el caso de que haya habido una violación de los derechos denunciarlos y pedir la sanción correspondiente a la persona que los haya pasado por alto.