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datos abiertos
Índice general
1 Introducción 1
1.1 Conocimiento libre . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1
1.1.1 Fundamentos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1
1.1.2 Sostenibilidad del conocimiento libre . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1
1.1.3 Libertades del conocimiento libre . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1
1.1.4 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2
1.1.5 Temas relacionados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3
1.1.6 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3
2 Datos abiertos 4
2.1 Datos abiertos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4
2.1.1 Introducción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4
2.1.2 Relación con otras actividades abiertas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4
2.1.3 Adecuaciones legales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5
2.1.4 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5
2.1.5 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5
2.1.6 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6
2.2 Creative Commons . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6
2.2.1 Objetivos e influencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6
2.2.2 Gobernanza . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7
2.2.3 Creative Commons International . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8
2.2.4 Red de afiliados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8
2.2.5 Patrocinadores de Creative Commons . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8
2.2.6 Licencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8
2.2.7 Uso y lista de proyectos que han sacado contenidos bajo licencias Creative Commons . . . 9
2.2.8 Jurisdicciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10
2.2.9 Crítica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10
2.2.10 Palabras clave (terminología) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12
2.2.11 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12
2.2.12 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12
2.2.13 Bibliografía . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14
2.2.14 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14
i
ii ÍNDICE GENERAL
3 Base de datos 15
3.1 Base de datos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15
3.1.1 Clasificación de bases de datos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16
3.1.2 Modelos de bases de datos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16
3.1.3 Consulta a base de datos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19
3.1.4 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19
3.1.5 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19
3.1.6 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19
4 Ejemplos de organizaciones que disponen de datos abiertos 20
4.1 Portal de datos abiertos de la UE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20
4.1.1 Base jurídica y orígenes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20
4.1.2 Características . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20
4.1.3 Condiciones de uso . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21
4.1.4 Datos disponibles . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21
4.1.5 Arquitectura del portal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21
4.1.6 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21
4.1.7 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21
4.1.8 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21
4.2 Space App Challenge . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22
4.2.1 Referencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22
4.2.2 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22
4.3 Open Data Institute . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22
4.3.1 Liderazgo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22
4.3.2 Afiliación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22
4.3.3 Instituciones asociadas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22
4.3.4 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23
4.3.5 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23
4.4 Proyecto Aporta . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23
4.4.1 Funciones encomendadas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23
4.4.2 Líneas básicas de actuación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23
4.4.3 Conferencias nacionales e internacionales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24
4.4.4 Guías . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24
4.4.5 Materiales formativos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24
4.4.6 Catálogo de datos abiertos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24
4.4.7 Referencias legales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24
4.4.8 Otros documentos de interés . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25
4.4.9 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25
4.4.10 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25
4.5 Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (SNPS) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26
4.5.1 El Portal del SNPS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26
4.5.2 Componentes del SNPS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26
ÍNDICE GENERAL iii
4.5.3 Sistemas similares en otras jurisdicciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27
4.5.4 Video Tutoriales sobre el SNPS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28
4.5.5 Bibliografía-Normativa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28
4.5.6 Enlaces . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28
4.5.7 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28
4.6 Wikidata . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28
4.6.1 Historia del desarrollo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28
4.6.2 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29
4.6.3 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29
4.6.4 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29
4.7 Freebase . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29
4.7.1 Información general . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30
4.7.2 Desarrollo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30
4.7.3 Organización y política . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30
4.7.4 Negocio y comunidad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31
4.7.5 Crítica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31
4.7.6 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31
4.7.7 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31
4.7.8 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32
4.8 Maritimum . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32
4.8.1 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32
4.9 OpenEI . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32
4.9.1 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32
4.9.2 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32
5 Datos enlazados y ejemplos de uso 33
5.1 Datos enlazados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33
5.1.1 Principios . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33
5.1.2 Componentes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33
5.1.3 Proyecto de comunidad para la inter-conexión de datos abiertos . . . . . . . . . . . . . . . 33
5.1.4 Ejemplos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33
5.1.5 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34
5.1.6 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34
5.1.7 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34
5.2 DBpedia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35
5.2.1 Contenido del dataset . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35
5.2.2 Tecnologías . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35
5.2.3 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35
5.2.4 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35
5.2.5 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35
5.3 GeoNames . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35
5.3.1 Base de datos y servicios de Internet . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35
iv ÍNDICE GENERAL
5.3.2 Web de Integración Semántica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36
5.3.3 Interfaz de Programación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36
5.3.4 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36
6 Otras actividades abiertas 37
6.1 Conocimiento abierto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37
6.1.1 Líneas de actuación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37
6.1.2 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37
6.1.3 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37
6.1.4 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37
6.2 Open Knowledge Foundation . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37
6.2.1 Conocimiento abierto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38
6.2.2 Proyectos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38
6.2.3 Organización . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39
6.2.4 Capítulo español . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39
6.2.5 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39
6.2.6 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39
6.2.7 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40
6.3 Acceso abierto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40
6.3.1 Detalles . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40
6.3.2 Iniciativas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40
6.3.3 Declaraciones del Movimiento Internacional de Acceso Abierto . . . . . . . . . . . . . . . 41
6.3.4 Ejemplos de publicaciones de acceso abierto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 41
6.3.5 Usos ilegítimos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 42
6.3.6 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 42
6.3.7 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 42
6.3.8 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43
6.4 Publicación de acceso abierto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43
6.4.1 Clasificación de publicaciones de acceso abierto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43
6.4.2 Financiación de publicaciones de acceso abierto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43
6.4.3 Debate . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43
6.4.4 Ventajas e inconvenientes de las variantes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44
6.4.5 Problemas y proyectos actuales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44
6.4.6 Historia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45
6.4.7 Punto sin retorno . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45
6.4.8 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45
6.4.9 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45
6.4.10 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46
6.4.11 Más lecturas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46
6.4.12 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46
6.5 Contenido abierto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47
6.5.1 Algunos proyectos de contenidos abiertos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47
ÍNDICE GENERAL v
6.5.2 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47
6.5.3 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48
6.5.4 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48
6.6 Código abierto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48
6.6.1 Historia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48
6.6.2 Cronología . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 49
6.6.3 Movimiento del código abierto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 49
6.6.4 Programas en código abierto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50
6.6.5 Extensiones del concepto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50
6.6.6 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50
6.6.7 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50
6.6.8 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50
6.7 CKAN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51
6.7.1 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51
6.7.2 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51
6.8 Open science . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51
6.8.1 Historia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51
6.8.2 Política . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52
6.8.3 Principios de la ciencia abierta . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52
6.8.4 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52
6.8.5 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52
6.9 Open notebook science . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52
6.9.1 Historia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53
6.9.2 Beneficios de la ciencia del Open Notebook . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53
6.9.3 Argumentos contra la ciencia de Open Notebook . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53
6.9.4 Financiación y patrocinio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 54
6.9.5 Logos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 54
6.9.6 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 54
6.9.7 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 54
6.10 Software libre . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 55
6.10.1 Historia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 55
6.10.2 Las cuatro libertades del software libre . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 56
6.10.3 Tipos de licencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 57
6.10.4 Comparación con el software de código abierto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 59
6.10.5 Implicaciones económico-políticas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 60
6.10.6 Software libre en la Administración Pública . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 60
6.10.7 Ventajas del Software libre en la educación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 61
6.10.8 Motivaciones del software libre . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 62
6.10.9 Regulación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 62
6.10.10 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 63
6.10.11 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 64
vi ÍNDICE GENERAL
6.10.12 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 65
6.11 Gobierno abierto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 65
6.11.1 Gobierno Abierto, Innovación, Modernización . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 66
6.11.2 Conceptos Clave del Gobierno Abierto[9][10]
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 66
6.11.3 Contenido . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 67
6.11.4 Ventajas e inconvenientes del Gobierno Abierto[14]
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 67
6.11.5 Antecedentes e Iniciativas de Gobierno Abierto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 67
6.11.6 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 70
6.11.7 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 70
6.11.8 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 70
6.12 Carta Internacional de los Datos Abiertos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71
6.12.1 Principios . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71
6.12.2 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71
6.12.3 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71
6.13 Diseño abierto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71
6.13.1 Historia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72
6.13.2 Diseño abierto de máquina en comparación con el software de fuente abierta . . . . . . . . 72
6.13.3 Organizaciones de diseño abierto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 73
6.13.4 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 73
6.13.5 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74
6.13.6 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74
6.14 Formato abierto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75
6.14.1 Usos y ventajas de los formatos abiertos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75
6.14.2 Software no libre y formatos abiertos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75
6.14.3 Software libre y formatos cerrados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75
6.14.4 Formatos cerrados que pasaron a ser formatos abiertos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75
6.14.5 Políticas públicas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 76
6.14.6 Ejemplos de formatos abiertos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 76
6.14.7 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 76
6.14.8 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77
6.14.9 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77
7 Origen del texto y las imágenes, colaboradores y licencias 78
7.1 Texto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78
7.2 Imágenes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 81
7.3 Licencia del contenido . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 83
Capítulo 1
Introducción
1.1 Conocimiento libre
El conocimiento libre es una corriente epistemológica
que estudia el origen histórico y el valor del conocimiento
considerándolo como un bien público que beneficia a la
colectividad en general y permite el desarrollo igualitario.
1.1.1 Fundamentos
El conocimiento ha estado presente desde los principios
de la humanidad; y, conforme avanza el conocimiento,
hemos evolucionado como especie. El ser humano apren-
de, enseña y hace uso del conocimiento en la medida de
la libertad que tenga para hacerlo.
Hasta hace pocas décadas el conocimiento era patrimo-
nio de la humanidad, y existía libertad de uso y acceso al
mismo. Con la aparición de límites artificiales como las
patentes y los derechos de autor entre otros (en conjun-
to denominados como propiedad intelectual), el conoci-
miento perdió esta característica. En la actualidad, mien-
tras que el avance de la tecnología por lograr una sociedad
digitalizada y conectada brinda al conocimiento humano
nuevas posibilidades de crecimiento.
El conocimiento, según FIAP,[1]
es un atributo estricta-
mente humano que, sin embargo, requiere determinadas
condiciones sociales y amplios espacios de libertad para
su generación, aprendizaje, interiorización, sistematiza-
ción, transmisión y aplicación.
El conocimiento es libre por naturaleza[1]
y puede gene-
rarse en soledad, pero solo es fecundo dentro de un con-
texto social porque tiene la capacidad intrínseca de adqui-
rir su máximo valor en tanto se transmite y es compartido
de forma libre y abierta. Por eso, cuanta más libertad y
sociabilidad, hay más conocimiento, y por eso, también,
es una aberración pretender cosificarlo y hacer de él una
mercancía privativa orientada al lucro y la exclusión, en
vez de considerarlo un patrimonio colectivo de la huma-
nidad.
1.1.2 Sostenibilidad del conocimiento libre
Pero, si la generación y uso del conocimiento deman-
dan libertad y sociedad --sostiene fiap , también es cier-
to que toda sociedad requiere organización, lo que supo-
ne inevitablemente admitir ciertas estructuras de poder
que, en determinadas circunstancias, pueden limitar o,
al menos, condicionar la libertad. A nadie se le oculta
que el poder --ya sea político, económico, o de cualquier
otra naturaleza-- necesita del conocimiento y que, cuando
esa instancia de poder no está suficientemente controla-
da, acaba privatizando el conocimiento y apropiándose de
aquello que es patrimonio colectivo. Ha ocurrido siempre
y, lamentablemente, seguirá ocurriendo, pero ahora tene-
mos en nuestras manos la posibilidad de romper en parte
esa dinámica perversa.
1.1.3 Libertades del conocimiento libre
Las libertades y derechos con respecto al software libre,
se han expandido al terreno del conocimiento, colman-
do la siguiente noción, muy extendida, de conocimiento
libre:[2]
• El conocimiento libre puede ser libremente adquiri-
do y libremente usado, con cualquier propósito y sin
necesitar permiso de nadie (libertad 0).
• El conocimiento libre puede adaptarse libremente a
las necesidades del adquisidor (libertad 1). El acceso
a una fuente modificable del conocimiento es una
precondición para ello.
• El conocimiento libre puede compartirse libremente
con los demás (libertad 2).
• El conocimiento libre es tal que puede mejorarse y
sus versiones adaptadas y mejoradas pueden com-
partirse libremente con los demás, para que así se
beneficie la comunidad entera (libertad 3). El acce-
so a una fuente modificable del conocimiento es una
precondición para ello.
Suele entenderse por contenido o conocimiento abierto
aquel que disfruta de las libertades 0 y 2, y eventualmente
1
2 CAPÍTULO 1. INTRODUCCIÓN
Richard Stallman, el padre del software libre
de las 1 y 3. No debemos confundir este término con el
de acceso abierto al conocimiento.
La anterior es sin duda, la máxima expresión del conoci-
miento libre, otorgándose libertad para ser utilizado, re-
distribuido, mejorado y compartido. Esto incluye a todos
los dominios del saber, y se particulariza en ellos, en si-
tuaciones concretas, a través de formalizaciones por es-
crito de actos «inter vivos» de transmisión de derechos,
conocidas popularmente como licencias.
Una licencia de software libre, según el movimiento del
software libre, es cualquier licencia de software que res-
pete las cuatro libertades del software libre, enuncia-
das anteriormente. Una licencia de software de código
abierto, según el Movimiento por el Software de Códi-
go Abierto, es cualquier licencia de software elaborada
según las directrices de software de código abierto de la
Open Source Initiative.
Al igual que las libertades y derechos con respecto al soft-
ware se han expandido al terreno del conocimiento, tam-
bién lo han hecho las licencias que recogen las cesiones
de tales libertades y derechos. Denominaciones frecuen-
tes son las siguientes:[2]
• Licencia abierta (de contenido abierto): toda aque-
lla formalización por escrito, por parte del titular,
originario o no, de los derechos de propiedad inte-
lectual de una obra, que recoja necesariamente la
cesión explícita en exclusiva, con ámbito territorial
mundial y por tiempo ilimitado —esto es, por el pe-
ríodo correspondiente a toda la vigencia de los dere-
chos de propiedad intelectual—, de los derechos pa-
trimoniales de reproducción, distribución y comu-
nicación pública de la obra, incluyendo la puesta a
disposición interactiva. Las licencias abiertas satis-
facen las libertades 0 y 2.
• Licencia semiabierta: limita lo que permite una li-
cencia de contenido abierto al caso único de actos
de explotación a título gratuito, sin ninguna finali-
dad lucrativa.
• Licencia libre: toda aquella licencia de contenido
abierto que además recoja la cesión en exclusiva del
derecho de transformación. Las licencias libres sa-
tisfacen las libertades 0, 1, 2 y 3.
• Licencia semilibre: impone la no cesión exclusiva
del derecho de transformación o de alguno de los de-
rechos patrimoniales de reproducción, distribución
y comunicación pública, incluyendo la puesta a dis-
posición interactiva, en cuanto a su consideración
como derechos de explotación.
Además, para cualquier licencia, quedan reservados to-
dos los derechos no cedidos expresamente en la formali-
zación de la misma, pudiendo el cesionario ejercitar los
derechos cedidos en cualquier medio o formato, tangible
o intangible, quedando autorizado además a efectuar las
modificaciones técnicas precisas para el ejercicio de los
derechos cedidos en tales medios y formatos.
De este modo se ha llegado a la noción de obra o
contenido abierto (resp. semiabierto, libre o semilibre):
toda obra o contenido protegido por una licencia abierta
(resp. semiabierta, libre o semilibre).
Así, según la anterior categorización, por ejemplo, cual-
quier contribución a Wikipedia, al publicarse bajo los tér-
minos de la licencia de documentación libre GNU es una
obra libre, mientras que una obra publicada bajo la licen-
cia CC Reconocimiento-NoComercial-CompartirIgual
(by-nc-sa) de Creative Commons es una obra semilibre.
De igual modo, una obra publicada bajo los términos de
la CC Reconocimiento-SinObraDerivada (by-nd) es una
obra abierta y si está publicada bajo los términos de la CC
Reconocimiento-NoComercial (by-nc) es una obra semi-
abierta.
1.1.4 Referencias
[1] Sitio Web de FIAP
[2] León Rojas, J. M. (2005). Liberalidad del conocimiento
desde la cesión de derechos de propiedad intelectual. En
Encuentro Internacional sobre Conocimiento Libre. II Con-
ferencia Internacional de Software Libre. Badajoz: Junta
de Extremadura. ISBN 84-689-6551-0
1.1. CONOCIMIENTO LIBRE 3
1.1.5 Temas relacionados
Wikipedia es una expresión del conocimiento libre dado
que está basado en contenido libre, bajo la filosofía del
Copyleft.
• Propiedad intelectual
• Derechos de autor
• Patente
• Marca registrada
• Software libre
• Periodismo de investigación
• Autoaprendizaje
• Ética hacker
• Sociedad abierta
• Tecnología libre
• Concurso Universitario de Software Libre
• Proyecto Gleducar
• Declaración de Berlín (conocimiento científico)
1.1.6 Enlaces externos
• Inteligencia Colectiva, la revolución invisible - Jean-
François Noubel
• Hipatia, Conocimiento libre en acción para los pue-
blos del mundo
• Un gran repositorio de conocimiento humano
• Wikipedias versus blogs. La creación colectiva y el
acceso universal al conocimiento.. Casassas Canals,
Xavier. ISBN 978-84-9916-853-1
• Políticas de promoción de acceso abierto de la Unes-
co
Capítulo 2
Datos abiertos
2.1 Datos abiertos
El concepto datos abiertos (open data, en inglés) es una
filosofía y práctica que persigue que determinados tipos
de datos estén disponibles de forma libre para todo el
mundo, sin restricciones de derechos de autor, de patentes
o de otros mecanismos de control.[1]
Tiene una ética simi-
lar a otros movimientos y comunidades abiertos, como el
software libre, el código abierto (open source, en inglés)
y el acceso libre (open access, en inglés).
2.1.1 Introducción
Son considerados datos abiertos todos aquellos datos ac-
cesibles y reutilizables, sin exigencia de permisos especí-
ficos.
Los datos abiertos están centrados en material no
documental como información geográfica, el genoma,
compuestos químicos, fórmulas matemáticas y científi-
cas, datos médicos, biodiversidad, etc.[cita requerida]
Se tra-
ta de fuentes de datos que históricamente han estado ba-
jo el control de organizaciones -públicas o privadas- y
cuyo acceso ha estado restringido mediante limitacio-
nes, licencias, copyright y patentes. Los partidarios de
los datos abiertos argumentan que estas limitaciones van
en contra del bien común y que estos datos tienen que
ser puestos en disposición del público sin limitaciones de
acceso, dado que se trata de información que pertenece
a la sociedad -como el genoma- o que ha sido genera-
da u obtenida por administraciones públicas financiadas
por la ciudadanía;[2]
por ejemplo, información geográfi-
ca, cartográfica o meteorológica generada por organismos
públicos.
El 30 de septiembre de 2010 es una fecha importante para
la historia de los datos abiertos: el Archivo Nacional del
Reino Unido liberó una licencia gubernamental de reuti-
lización de los datos generados por esa nación.[3]
Una descripción representativa de la necesidad de datos
abiertos:
Numerosos científicos han subrayado la
ironía de que precisamente en el momento histó-
rico en el que tenemos tecnologías para permitir
la disponibilidad y el proceso distribuido de da-
tos científicos a nivel mundial, aumentando la
colaboración e incrementando el ritmo y la pro-
fundidad del descubrimiento... estamos ocupa-
dos confinando esos datos y vetando el uso de
las pertinentes nuevas tecnologías sobre el co-
nocimiento.[cita requerida]
Numerosas revistas científicas han empezado a publicar
sus artículos con libre acceso, en lo que se denomina
publicaciones de acceso abierto. Las universidades tam-
bién se están sumando a esta iniciativa, y están publi-
cando los resultados de sus investigaciones en lo que se
conoce como repositorios abiertos (open repository). Al-
gunos ejemplos de estos repositorios son el Repositorio
Institucional de la Universidad de Granada[4]
(España)
o el University of Arizona Campus Repository (Estados
Unidos).[5]
2.1.2 Relación con otras actividades abier-
tas
Los objetivos del movimiento de datos abiertos (Open
Data movement, en inglés) son similares a los de otros
movimientos “abiertos”.
• El llamado acceso abierto (Open access, en inglés)
se preocupa de hacer públicas y libres las publica-
ciones técnicas universitarias, en internet. En algu-
nos casos, estos artículos incluyen conjuntos de da-
tos abiertos (open datasets, en inglés).
• El contenido abierto (Open content, en inglés) se
ocupa de dirigir los recursos para un público hu-
mano (recursos como texto, fotos, o videos) acce-
sible de forma libre.
• En cuanto al conocimiento abierto (Open knowledge,
en inglés), la Fundación de Conocimiento Abierto
(Open Knowledge Foundation, en inglés) proclama la
“apertura” en varios temas, entre los que se incluyen
los datos abiertos. Cubre los temas (a) científicos,
históricos, geográficos, o por otro lado, (b) conteni-
dos como música, películas, libros, (c) información
de administraciones públicas y gobierno. Los datos
4
2.1. DATOS ABIERTOS 5
abiertos están incluidos en el alcance de la definición
de conocimiento abierto, que se cita en el protocolo
para la implementación de acceso a datos abiertos
en Science Commons.[6]
• La llamada ciencia de datos abiertos (open notebook
science) se identifica con la aplicación de conceptos
de datos abiertos a métodos científicos tanto como se
pueda, incluyendo experimentos fallidos y conjuntos
grandes de datos experimentales.[7]
• El software libre (open source software, en inglés) se
relaciona con las licencias bajo las cuales se pueden
distribuir programas informáticos, y no está directa-
mente relacionado, habitualmente, con los datos en
sí.
• El término ciencia abierta (open science, en inglés)
se refiere a una aproximación para los conjuntos de
datos científicos interrelacionados, métodos y herra-
mientas de técnicas (Linked Data) para conseguir
transparencia, escalabilidad e investigaciones entre
distintas disciplinas.[8]
2.1.3 Adecuaciones legales
México En México, el 20 de mayo de 2014 se publica-
ron reformas a disposiciones diversas de la Ley de Cien-
cia y Tecnología, de la Ley General de Educación y de
la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tec-
nología, según las cuales se garantiza el acceso abierto a
la información científica.[9]
La primera incluye ahora las
disposiciones generales para la creación de una platafor-
ma digital de acuerdo con los más altos estándares inter-
nacionales, y describe algunas características que tendrá,
entre las que sobresale la creación de bases de datos por
instituciones, así como redes entre éstas para crear el re-
positorio nacional centralizado.[10]
Argentina En noviembre de 2013 se aprobó la Ley
26.899: Creación de Repositorios Digitales Instituciona-
les de Acceso Abierto, Propios o Compartidos, la cual
sienta las bases para una política de ciencia y datos abier-
tos en el marco de los organismos nacionales de ciencia y
tecnología. La ley establece que los mismos:
deberán desarrollar repositorios digitales
institucionales de acceso abierto, propios o
compartidos, en los que se depositará la pro-
ducción científico-tecnológica resultante del
trabajo, formación y/o proyectos, financiados
total o parcialmente con fondos públicos, de
sus investigadores, tecnólogos, docentes, beca-
rios de posdoctorado y estudiantes de maes-
tría y doctorado. Esta producción científico-
tecnológica abarcará al conjunto de documen-
tos (artículos de revistas, trabajos técnico-
científicos, tesis académicas, entre otros), que
sean resultado de la realización de actividades
de investigación. (Art. 1)[11]
2.1.4 Véase también
• Acceso abierto
• Datos enlazados
• Gobierno abierto
• Open Database License[12]
• OpenEI[13]
• Medios sociales
• Internet de las cosas
• Centros Multimedia
• Personalización de contenidos
• Sistema de recomendación ó Sistema recomendador
2.1.5 Referencias
[1] Definición de Conocimiento Abierto v.1.0 Open Know-
ledge Foundation Consultado el 30 de enero de 2011
[2] «Origen, consolidación, expansión e implicancias del Ac-
ceso Abierto (Open Access) en América Latina y el Cari-
be. Revista ESS, Vol 16, Nro 2, 2011».
[3] [National Archives. http://archive.is/20120630100024/
www.nationalarchives.gov.uk/news/498.htm]
[4] Repositorio Institucional de la Universidad de Granada
[5] Repositorio del Campus de la Universidad de Arizona, Es-
tados Unidos (en inglés)
[6] Protocolo para la implementación de datos de acceso
abierto (Protocol for Implementing Open Access Data)
(en inglés)
[7] http://drexel-coas-elearning.blogspot.com/2006/09/
open-notebook-science.html Creación del término (en
inglés)
[8] Kauppinen, T; Espíndola, G.M.D. (2011). «Lin-
ked Open Science-Communicating, Sharing and
Evaluating Data, Methods and Results for Execu-
table Papers». Procedia Computer Science (4): 726.
doi:10.1016/j.procs.2011.04.076.
[9] Poder Ejecutivo; Secretaría de Educación Pública (20).
«Decreto por el que se reforman y adicionan diversas dis-
posiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología, de la Ley
General de Educación y de la Ley Orgánica del Consejo
Nacional de Ciencia y Tecnología». Diario Oficial: 2-6.
Consultado el 19 de junio de 2014.
[10] Flores, J. (10 de junio de 2014). «Acceso abierto a la in-
formación científica». La Jornada. Consultado el 10 de
junio de 2014. «Modificaciones Ley de Ciencia y Tecno-
logía (México)».
6 CAPÍTULO 2. DATOS ABIERTOS
[11] «Sistema Nacional de Repositorios Digitales - República
Argentina». repositorios.mincyt.gob.ar. Consultado el 1 de
septiembre de 2016.
[12] Open Database License (en inglés)
[13] OpenEI (en inglés)
2.1.6 Enlaces externos
• Datos abiertos del Gobierno de España
• Datos abiertos del municipio de Tigre
• Datos abiertos del Gobierno de México
• Aragón Open Data, portal de datos abiertos del Go-
bierno de Aragón
• Open Government. 10 ideas para hacer tu Ayunta-
miento abierto
• Portal de Datos Abiertos de la Junta de Castilla y
León
• Plataforma ciudadana Govern Obert en la Comuni-
tat Valenciana
• Proyecto Linking Open Data
• Aplicaciones prácticas de ayuda social con he-
rramientas de datos abiertos como LinkedData-
Tools.com
• Documentación de Visualizar'09: Datos públicos,
datos en público, celebrado en Medialab-Prado
• Resumen de la situación de OpenData en España y
propuesta de road-map
• 5 Estrellas del OpenData (en inglés)
2.2 Creative Commons
Creative Commons (CC) ―que en español significa
‘[bienes] comunes creativos’― es una organización cu-
ya oficina central está ubicada en la ciudad de Mountain
View, en el estado de California (Estados Unidos). Dicha
organización permite usar y compartir tanto la creativi-
dad como el conocimiento a través de una serie de instru-
mentos jurídicos de carácter gratuito.[1]
Dichos instrumentos jurídicos consisten en un conjunto
de “modelos de contratos de licenciamiento” o licencias
de derechos de autor (licencias Creative Commons o li-
cencias “CC”) que ofrecen al autor de una obra una ma-
nera simple y estandarizada de otorgar permiso al público
en general de compartir y usar su trabajo creativo bajo los
términos y condiciones de su elección. En este sentido,
las licencias Creative Commons permiten al autor cam-
biar fácilmente los términos y condiciones de derechos
de autor de su obra de “todos los derechos reservados” a
“algunos derechos reservados”.
Las licencias Creative Commons no reemplazan a los
derechos de autor, sino que se apoyan en estos para per-
mitir modificar los términos y condiciones de la licencia
de su obra de la manera que mejor satisfaga sus necesi-
dades.
La organización fue fundada en 2001 por Lawrence Les-
sig (exprofesor de derecho de la Universidad de Stanford
y especialista en ciberderecho), Hal Abelson y Eric El-
dred[2]
con el soporte del Center for the Public Domain.
El primer artículo bajo la licencia Creative Commons en
una publicación de interés general fue escrito por Hal
Plotkin, y fue divulgada en febrero de 2002.[3]
El primer
conjunto de licencias de copyright fue lanzado en diciem-
bre de 2002.[4]
En 2008, había estimados unos 130 millo-
nes de trabajos bajo licencias Creative Commons.[5]
En
octubre de 2011, solo Flickr albergaba más de 200 millo-
nes de fotos con licencias Creative Commons.[6]
A fines
de 2015 había más de 1.100 millones de trabajos bajo li-
cencias Creative Commons en todo el mundo.[7]
Creative
Commons está dirigida por una junta directiva y un con-
sejo consultivo. Estas licencias han sido entendidas por
muchos como una manera que tienen los autores de to-
mar el control de cómo quieren compartir su propiedad
intelectual.
2.2.1 Objetivos e influencias
Creative Commons se destaca por estar al frente del mo-
vimiento copyleft, que tiene como objetivo apoyar a cons-
truir un dominio público más rico proporcionando una al-
ternativa al “todos los derechos reservados” del copyright,
el denominado “algunos derechos reservados”.[8]
David
Berry y Giles Moss han acreditado a Creative Commons
con la generación de interés en el tema de la propiedad
intelectual y la contribución al replanteamiento del papel
de los “bienes comunes” en la “era de la información”.
Más allá de eso, Creative Commons ha proporcionado
institucional, práctica y legalmente soporte a individuos
y grupos que buscan experimentar y comunicarse con la
cultura con una mayor libertad.[9]
Creative Commons pretende contrastar lo que Lawrence
Lessig, fundador de Creative Commons, considera que es
una cultura dominante y cada vez más restrictiva. Lessig
describe esto como “a culture in which creators get to crea-
te only with the permission of the powerful, or of creators
from the past”[10]
que significa “una cultura cuyos autores
logran crear solo con el permiso de los poderosos o de au-
tores anteriores”. Lessig sostiene que la cultura moderna
está dominada por distribuidores de contenido tradicio-
nales con el fin de mantener y reforzar sus monopolios
en los productos culturales como la música, fotografía, y
el cine, pero que Creative Commons puede proporcionar
alternativas a estas restricciones.[11][12]
2.2. CREATIVE COMMONS 7
Premio Golden Nica recibido en 2004 por Creative Commons.
Otorgado por Prix Ars Electronica a lo más destacado en el cam-
po del arte electrónico e interactivo, la animación por ordenador,
la cultura digital y la música.
Seminario de Creative Commons Japan, Tokio 2007
2.2.2 Gobernanza
Junta directiva de Creative Commons
La junta directiva de Creative Commons actualmente está
integrada por:
• Ben Adida
• Renata Avila
• Paul Brest (presidente)
• Dorothy Gordon
• Paul Keller
• Ryan Merkley (CEO)
• Johnathan Nightingale
• Thomas Rubin
• Kate Spelman
• Chris Sprigman
• Christopher Thorne (vice-presidente)
• Jongsoo Yoon
• Diane Peters (secretaria)
Emérito
• Lawrence Lessig
Consejo Consultivo
Está formado por:
• John Abele
• Hal Abelson
• Michael Carroll
• Catherine Casserly
• Brian Fitzgerald
• Sue Gardner
• Spencer Hyman
• Joi Ito
• Lawrence Lessig
• Mohamed Nanabhay
• Laurie Racine
• Eric Saltzman
• Annette Thomas
• Molly Van Houweling
• Jimmy Wales
• Esther Wojcicki
Comité de auditoría
Formado por tres miembros:
• Dorothy Gordon
• Johnathan Nightingale
• Chris Sprigman (presidente)[13]
8 CAPÍTULO 2. DATOS ABIERTOS
2.2.3 Creative Commons International
El proyecto Creative Commons International es un apén-
dice del proyecto mayor de Creative Commons. Tiene
por objetivo traducir tanto idiomática como legalmente
las licencias Creative Commons a las diferentes jurisdic-
ciones alrededor del mundo. Este trabajo está liderado
por Diane Peters y por equipos de voluntarios en los di-
ferentes países.
Actualmente cuenta con 28 países que están en proceso
de traducción de las licencias, aunque se sabe que más de
70 países están interesados en comenzar a colaborar para
alcanzar sus respectivas versiones y capítulos locales.
2.2.4 Red de afiliados
Charla de Creative Commons Uruguay en el evento FLISOL 2014
en Facultad de Arquitectura de la UDELAR, Montevideo, Uru-
guay.
En 2016 había más de 100 organizaciones afiliadas traba-
jando en más de 79 jurisdicciones para apoyar y promo-
ver las actividades de Creative Commons alrededor del
mundo.[14]
Existen coordinaciones regionales para Amé-
rica Latina, Asia-Pacífico, Europa y Mundo Árabe.
Creative Commons Asia-Pacífico
Corea del Sur Creative Commons Korea (CC Ko-
rea) es una red de afiliados de Creative Commons en
Corea del Sur. En marzo del 2005, CC Korea fue funda-
da por Jongsoo Yoon (en Coreano: ), Juez Presidente
de la corte del distrito de Incheon, como un proyecto de
la Korea Association for Infomedia Law (Asociación por
la ley de infomedia de Corea). Los principales portales
coreanos, incluyendo Daum y Naver, han estado partici-
pando en el uso de licencias Creative Commons. En enero
de 2009, la asociación Creative Commons Korea fue en
consecuencia fundada como una asociación incorporada
sin ánimo de lucro. Desde entonces, CC Korea ha estado
promoviendo activamente la cultura libre así como lide-
rando la difusión de Creative Commons en su país.
• Creative Commons Korea[15]
• Creative Commons Conferencia Asia 2010[16]
2.2.5 Patrocinadores de Creative Com-
mons
Creative Commons es una organización sin fines de lu-
cro que para su funcionamiento cuenta con el apoyo de
donantes institucionales y a título personal.
Apoyo institucional
Donantes de más de 100.000 dólares
• Arcadia Fund
• Brin Wojcicki Foundation
• Ford Foundation
• Google
• The William and Flora Hewlett Foundation
• Institute of Museum and Library Services
• Nature Publishing Group
• Private Internet Access
• Wikimedia Foundation
La lista completa de donantes puede consultarse en el sitio
web de Creative Commons.
2.2.6 Licencias
Esquema sobre Creative Commons: Copyright todos los derechos
reservados Licencias de Creative Commons restrictivas Licen-
cias Creative Commons abiertas y declaración CC0
2.2. CREATIVE COMMONS 9
Las licencias Creative Commons o CC están inspiradas
en la licencia GPL (General Public License) de la Free
Software Foundation, compartiendo buena parte de su fi-
losofía. La idea principal detrás de ellas es posibilitar un
modelo legal ayudado por herramientas informáticas, pa-
ra así facilitar la distribución y el uso de contenidos.
Existe una serie de licencias Creative Commons, cada una
con diferentes configuraciones, que permite a los auto-
res poder decidir la manera en la que su obra va a circu-
lar en internet, entregando libertad para citar, reproducir,
crear obras derivadas y ofrecerla públicamente, bajo cier-
tas restricciones.
Aunque originalmente fueron redactadas en inglés, las li-
cencias han sido adaptadas a varias legislaciones en otros
países del mundo. Entre otros idiomas, han sido tradu-
cidas al español, al portugués, al gallego, al euskera y
al catalán a través del proyecto Creative Commons In-
ternational. Existen varios países de habla hispana que
están involucrados en este proceso: Argentina, Chile,
Colombia, Ecuador, El Salvador, España, Guatemala,
México, Perú y Puerto Rico que ya tienen las licencias
traducidas y en funcionamiento, en tanto que Venezuela
se encuentra en proceso de traducción e implementación
de las mismas. Asimismo, Brasil también tiene las licen-
cias traducidas y adaptadas a su legislación.
Las licencias Creative Commons están compuestas por
cuatro módulos de condiciones:
• Attribution / Atribución (BY), requiere la referencia
al autor original.
• Share Alike / Compartir Igual (SA), permite obras
derivadas bajo la misma licencia o similar (posterior
u otra versión por estar en distinta jurisdicción).
• Non-Commercial / No Comercial (NC), obliga a que
la obra no sea utilizada con fines comerciales.
• No Derivative Works / No Derivadas (ND), no per-
mite modificar la obra de ninguna manera.
Estos módulos se combinan para dar lugar a las seis li-
cencias de Creative Commons:[17]
• Attribution / Atribución (CC BY).
• Attribution Share Alike / Atribución-CompartirIgual
(CC BY-SA).
• Attribution NoDerivatives / Atribución-NoDerivadas
(CC BY-ND).
• Attribution Non-Commercial / Atribución-
NoComercial (CC BY-NC).
• Attribution Non-Commercial Share Alike /
Atribución-NoComercial-CompartirIgual (CC
BY-NC-SA).
• Attribution Non-Commercial No Derivatives /
Atribución-NoComercial-NoDerivadas (CC BY-
NC-ND).
Todas las licencias Creative Commons permiten el “de-
recho fundamental” de redistribuir la obra con fines no
comerciales y sin modificaciones. Las opciones NC y ND
hacen que la obra no sea libre de acuerdo con la definición
de obras culturales libres.
Una licencia contractual especial es la opción CC0, o “Sin
derechos reservados”.[18]
Esta licencia cede la obra al do-
minio público (o un estado equivalente en jurisdicciones
donde el dominio público no es posible). Comparado a
una declaración de dominio público cedida a la obra, la
declaración CC0 es menos ambigua y consigue el efecto
deseado a escala global, en lugar de limitarse a algunas
jurisdicciones.
En mundo del software, Creative Commons respalda tres
licencias creadas por otras instituciones: la licencia BSD,
la licencia CC GNU LGPL y la CC GNU GPL.[19][20]
2.2.7 Uso y lista de proyectos que han saca-
do contenidos bajo licencias Creative
Commons
Creative Commons dispone de un directorio de conteni-
do wiki de las organizaciones y proyectos que usan sus
licencias.[21]
En su web también proporcionan casos de
estudio de los proyectos bajo dichas licencias alrededor
del mundo.[22]
Los contenidos bajo estas licencias tam-
bién puede ser consultado a través de directorios de con-
tenidos y motores de búsqueda.
El 13 de enero de 2009, algunos contenidos de radiodi-
fusión de Al Jazeera en el conflicto 2008-2009 Israel-
Gaza fueron lanzados bajo una licencia de Attribution
3.0.[23][24][25][26][27][28]
Algunas otras organizaciones que también han puesto
contenidos bajo licencias CC son:
• Arduino (CC BY-SA).
• Citizendium (CC-BY-SA).
• Knol (la mayoría CC BY-SA o CC BY-NC-SA).
• Ninjam (CC BY-SA).
• The Saylor Foundation (CC BY).
• Wikipedia (CC BY-SA desde junio de 2009).
• Wikimedia Commons (licencia CC entre otras op-
ciones).
• Wikia (CC BY-SA, desde junio de 2009).
• Home of the Mozilla Project (CC BY-SA).
10 CAPÍTULO 2. DATOS ABIERTOS
2.2.8 Jurisdicciones
Países a los que las licencias Creative Commons han sido adap-
tadas (verde) o si están en proceso de serlo (azul).
Las licencias Creative Commons sin localización origina-
les fueron escritas teniendo en cuenta el sistema legal de
Estados Unidos, de tal manera que su utilización podría
ser incompatible con las diferentes legislaciones locales
y hacer que las licencias no se pudiesen aplicar en algu-
nas jurisdicciones. Para solucionar este problema, la red
de afiliados de Creative Commons realizó un proceso de
portado de las licencias para acomodarlas a las leyes loca-
les de derecho de autor. En mayo de 2010 había 52 licen-
cias específicas para distintas jurisdicciones, con otras 9
en proceso de redacción.[29]
La versión 4 del conjunto de licencias, lanzada a fines de
2013, permite la utilización de las licencias en todas las
jurisdicciones sin necesidad de ser portadas.[30]
2.2.9 Crítica
Crítica general
Péter Benjamin Tóth afirma que los objetivos de Creative
Commons ya están atendidos por el sistema de copyright,
y que el eslogan de “algunos derechos reservados”, en lu-
gar del principio “todos los derechos reservados”, crea
una falsa dicotomía. El copyright proporciona una lista
de derechos exclusivos al autor, de los cuales él decide
cuáles quiere vender o donar y cuáles quiere mantener.
Por lo tanto el concepto de “algunos derechos reserva-
dos” no es una alternativa, sino que es la misma idea que
el clásico copyright.[31]
Otros críticos temen que Creative
Commons podría erosionar el sistema del copyright,[32]
o
permitir que la creatividad de las personas pase a ser un
“bien común” para ser explotado por cualquier persona
que tenga tiempo libre y un rotulador.[33]
Algunos críticos
cuestionan cómo estas licencias son útiles para los auto-
res y sugieren que Creative Commons sirve a una “cultura
remix” y no responde a las necesidades reales de com-
pensación financiera y reconocimiento de los artistas,[33]
como tampoco se preocupa por la falta de recompensas
para productores de contenido que disuadirá a los artistas
a publicar su obra.[34]
Algunos críticos sostienen que el sistema de licencias de
Creative Commons disuade a los productores de conteni-
do a hacer esfuerzos coordinados para modernizar la ley
de copyright.[32]
El fundador de Creative Commons Lawrence Lessig res-
ponde que las leyes de copyright no siempre han ofreci-
do la protección fuerte y aparentemente indefinida que
proporcionan las leyes de hoy en día.[35]
Por el contrario,
la duración del copyright solía estar limitada a términos
mucho más cortos (de años), y muchas obras nunca con-
siguieron protección por no seguir el formato obligatorio
ahora abandonado.[35]
También se cuestiona si Creative Commons es el “bien
común” que pretender ser, dado que al menos algunas
de las restricciones se aplican a la capacidad de las per-
sonas para usar los recursos dentro del campo del “bien
común”.[34]
Esto está enteramente delimitado por los de-
rechos privados y no tiene nada que ver con los derechos
compartidos por todos.[36]
Creative Commons tampoco
defiende la “creatividad” o qué aspectos requiere una obra
para llegar a ser parte del “bien común”.[34]
Críticos como Giles Moss sostienen que la fundación de
Creative Commons no es el mecanismo apropiado para
crear “bienes comunes” de contenido original.[36]
Por el
contrario, un bien común debe ser creado y mantenida su
presencia, a través del proceso y el activismo político, no
a través de los abogados “redactando nuevas reglas”.[36]
También se critica que cuatro de las seis licencias no son
ni libres ni abiertas por las restricciones que imponen a la
reutilización, de acuerdo con la definición de libre “una
obra es libre si cualquiera es libre de utilizar, reutilizar y
redistribuir dicha obra”, esta definición solo la cumplen
las restricciones Atribución y CompartirIgual.[37]
Expansión de las licencias e incompatibilidades
Los críticos también argumentan que Creative Commons
ha empeorado la expansión de las licencias, por pro-
porcionar licencias incompatibles entre sí.[38]
La web
de Creative Commons afirma: “Dado que cada una de
las seis licencias Creative Commons funcionan de dis-
tinta manera, los recursos puestos bajo distintas licen-
cias no necesariamente tienen que poder ser combina-
dos entre sí sin violar los términos de alguna de ellas”.[39]
Obras con licencias incompatibles no podrán ser recom-
binadas para formar una obra derivada sin conseguir el
permiso del propietario del copyright.[40][41][42]
Una de
las preocupaciones es que sin un mismo marco legal las
obras que mezclan licencias involuntariamente no se pue-
de compartir.[43]
El asunto de la compatibilidad es especialmente rele-
vante porque las licencias más usadas son las no-libres
“NoComercial” (CC BY-NC-SA o CC BY-NC-ND) y
no pueden ser combinadas con las libres “Atribución-
CompartirIgual” (CC BY-SA, usada por ejemplo por la
Wikipedia).
2.2. CREATIVE COMMONS 11
Mal uso de licencias
Creative Commons guiando a los contribuyentes. Esta imagen
es un producto derivado de La Libertad guiando al pueblo de
Eugène Delacroix.
Puesto que Creative Commons solo es un servicio que
proporciona licencias estandarizadas, no es parte de nin-
gún acuerdo, usuarios podrían poner bajo una licencia
Creative Commons una obra con copyright y redistribuir
estas obras en Internet. No existe una base de datos de
Creative Commons con las obras bajo sus licencias y to-
da la responsabilidad de su sistema recae por completo
en aquellos que las usan.[44]
Sin embargo esta situación
no es específica de Creative Commons. Todos los pro-
pietarios de copyright deben defender sus derechos indi-
vidualmente y tampoco existe una base de datos central
con todos las obras. La oficina de copyright de Estados
Unidos mantiene una base de datos con todas las obras
registradas, pero la ausencia de registro no implica la au-
sencia de copyright.
Aunque Creative Commons ofrece varias licencias para
diferentes usos, algunos sugieren que las licencias siguen
sin ofrecer diferencias entre los medios y las preocupa-
ciones que los diferentes autores tienen.[34]
Por ejemplo
un documentalista puede tener preocupaciones muy dife-
rentes respecto a un diseñador de software o un profesor
de derecho.[34]
Adicionalmente, la gente que desee usar
una obra bajo una de estas licencias necesitará determi-
nar si para ese uso en particular la licencia lo permite o
se necesita algún permiso adicional.[34]
Lessig comentó que la intención de Creative Commons es
proporcionar un punto intermedio entre dos extremos de
la protección del copyright, uno demanda que todos los
derechos deben ser controlados y el otro que ninguno de
ellos debe ser controlado.[35]
Creative Commons propor-
ciona una tercera opción que permite a los autores elegir
que derechos quieren controlar y cuales quieren ceder.[35]
La multitud de licencias refleja la variedad de derechos
que pueden ser transmitidos a los autores venideros.[35]
La Free Software Foundation
Algunas licencias de Creative Commons han sido de-
nunciadas por el fundador de la FSF Richard Stallman
porque, según dice “do not give everyone [...] mini-
mum freedom to share, noncommercially, any published
work”,[45]
esto es, que CC no proporciona a todo el mundo
una mínima libertad para compartir cualquier obra publi-
cada (no comercialmente). Mako Hill asegura que Crea-
tive Commons no acierta al establecer un “nivel base de
libertad” que todas estas licencias deberían reflejar y con
las cuales los poseedores de los derechos y los usuarios
deberían cumplir. “By failing to take any firm ethical po-
sition and draw any line in the sand, CC is a missed op-
portunity... CC has replaced what could have been a call
for a world where ‘essential rights are unreservable’ with
the relatively hollow call for ‘some rights reserved.’”, es
decir, al no tener una posición ética firme y no marcar
una clara línea divisoria, CC pierde la oportunidad y re-
emplaza lo que tendría que haber sido un llamado al mun-
do donde ‘los derechos esenciales no pueden reservarse’
con una llamada relativamente vacía a ‘algunos derechos
reservados’. Algunos temen que la popularidad de CC po-
dría restar importancia a los objetivos estrictos de otras
organizaciones de contenido libre.[38]
Otras críticas a la licencia NoComercial
Otros críticos, como Erik Möller, plantean algunos pro-
blemas sobre el uso de la licencia Creative Commons No-
Comercial. Las obras distribuidas bajo esta licencia no
son compatibles con muchas webs de contenido abier-
to, incluyendo Wikipedia, que explícitamente permiten
y fomentan algunos usos comerciales. Möller explica que
“the people who are likely to be hurt by an -NC licen-
se are not large corporations, but small publications li-
ke weblogs, advertising-funded radio stations, or local
newspapers”,[46]
es decir, los más vulnerables a la licencia
NC no son grandes corporaciones, sino pequeñas publi-
caciones como weblogs, estaciones de radio financiadas
por publicidad, o periódicos locales.
Lessig responde que el régimen actual de copyright tam-
bién perjudica la compatibilidad y los autores pueden dis-
minuir esta incompatibilidad eligiendo una licencia me-
nos restrictiva.[47]
Además, la licencia NoComercial es
útil para prevenir que alguien comercialice el trabajo de
un autor cuando él planea hacerlo en un futuro.[47]
Debian
Los desarrolladores de Debian, una distribución de
GNU/Linux conocidos por su rígida adhesión a la defi-
nición de software libre,[cita requerida]
rechazan incluso la
licencia de Atribución antes de la versión 3 por ser in-
compatible con las directrices de software libre de Debian
debido a la disposición anti-gestión digital de derechos de
la licencia y la exigencia de los intermediarios que quitan
12 CAPÍTULO 2. DATOS ABIERTOS
crédito al autor a petición suya.[48]
En cualquier caso, la
versión 3.0 de la licencia añade estos puntos[49]
y es con-
siderada compatible con dichas directrices.[50]
2.2.10 Palabras clave (terminología)
• Dominio público: es un concepto utilizado en dos
áreas del derecho: el derecho administrativo y el
derecho de autor.
• en:Developing Nations (devnations) (En Inglés): es-
tablece condiciones especiales para naciones en
desarrollo.
• Sampling o muestreo: es la acción de grabar un so-
nido en cualquier tipo de soporte para poder reutili-
zarlo posteriormente como parte de una nueva gra-
bación sonora. Utilizando esta técnica musical, mu-
chos compositores han realizado diversos trabajos
artísticos.
• CC-GNU GPL: licencia de software que garantiza
a los usuarios finales la libertad de usar, estudiar,
compartir (copiar) y modificar el software.
• CC-GNU LGPL: licencia de software que preten-
de garantizar la libertad de compartir y modificar el
software cubierto por ella.
• Intercambio de archivos: es proveer acceso a infor-
mación almacenada digitalmente, como programas
informáticos, obras multimedia (audio, video), etc.
• ColorIURIS: es un sistema internacional de gestión
y cesión de derechos de autor.
2.2.11 Véase también
• Cultura libre
• Música libre
• Radio libre
• Recursos educativos abiertos
• Software libre
• Diseño abierto
• Copyleft
• Bien común (Economía política)
• Dominio público
• Contenido libre
• Open content
• Video libre
• Hardware libre
• Formato abierto
• Biblioteca libre
• ColorIURIS
• Free Culture Forum
• Datos abiertos
• Publicaciones de acceso abierto
• Asociación de Publicaciones Académicas de Acceso
Abierto
• Contenido abierto
• Archive.org
2.2.12 Referencias
[1] «About - Creative Commons:». Creative Commons. Con-
sultado el 9 de diciembre de 2012.
[2] «Creative Commons: History». Consultado el 9 de octubre
de 2011.
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gal insurrection». SFGate.com. Consultado el 8 de marzo
de 2011.
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[5] «History of Creative Commons». Consultado el 5 de fe-
brero de 2010.
[6] Kremerskothen, Kay (5 de octubre de 2011). «200 million
Creative Commons photos and counting!». Flickr Blog.
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Commons and the Remix Culture» (mp3). Talking with
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julio de 2010. Consultado el 20 de diciembre de 2011.
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[18] «About CC0 — “No Rights Reserved”». Consultado el 20
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original el 22 de junio de 2009. Consultado el 20 de julio
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[21] «Content Directories». creativecommons.org. Consultado
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[26] «Al Jazeera Announces Launch of Free Footage under
Creative Commons License». Al Jazeera Creative Com-
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[29] «Worldwide». Creative Commons. Archivado desde el
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[33] Schaeffer, Maritza (2009). «Note and Comment: Contem-
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Creative Commons Licenses?». Journal of Law and Po-
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[34] Elkin-Koren, Niva (2006). «Exploring Creative Com-
mons: A Skeptical View of a Worthy Pursuit». The Futu-
re of the Public Domain (P. Bernt Hugenholtz and Lucie
Guibault, eds.).
[35] Lessig, Lawrence (2004). «The Creative Commons». 65
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[36] Moss, Giles (2005). «On the Creative Commons: A Criti-
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[39] «CC Learn Explanations: Remixing OER: A guide to Li-
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[49] Garlick, Mia (23 de febrero de 2007). «Version 3.0 Laun-
ched». Creative Commons. Consultado el 5 de julio de
2007.
[50] «The DFSG and Software Licenses - Creative Commons
Share-Alike (CC-SA) v3.0». Debian Wiki. Consultado el
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14 CAPÍTULO 2. DATOS ABIERTOS
2.2.13 Bibliografía
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• Propiedad intelectual y sociedad civil: Right or left?
• Videos del lanzamiento de Creative Commons Ar-
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• Blog del grupo de apoyo a las licencias Creative
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En inglés
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http://www.biomedcentral.com/openaccess/
archive/?page=features&issue=16
2.2.14 Enlaces externos
• Wikimedia Commons alberga contenido multi-
media sobre Creative Commons. Commons
• Sitio de Creative Commons
• Esta obra contiene una traducción derivada de
Creative Commons de Wikipedia en inglés, publica-
da por sus editores bajo la Licencia de documenta-
ción libre de GNU y la Licencia Creative Commons
Atribución-CompartirIgual 3.0 Unported.
• Creative Commons Uruguay
Capítulo 3
Base de datos
3.1 Base de datos
OpenOffice.org Base es un sistema de gestión de bases de datos
de software libre.
Se le llama base de datos a los bancos de información
que contienen datos relativos a diversas temáticas y cate-
gorizados de distinta manera, pero que comparten entre
sí algún tipo de vínculo o relación que busca ordenarlos
y clasificarlos en conjunto.
Una base de datos o banco de datos es un conjunto de
datos pertenecientes a un mismo contexto y almacena-
dos sistemáticamente para su posterior uso. En este sen-
tido; una biblioteca puede considerarse una base de datos
compuesta en su mayoría por documentos y textos impre-
sos en papel e indexados para su consulta. Actualmente,
y debido al desarrollo tecnológico de campos como la
informática y la electrónica, la mayoría de las bases de
datos están en formato digital, siendo este un componen-
te electrónico, por tanto se ha desarrollado y se ofrece
un amplio rango de soluciones al problema del almace-
namiento de datos.
Existen programas denominados sistemas gestores de ba-
ses de datos, abreviado SGBD (del inglés database mana-
gement system o DBMS), que permiten almacenar y pos-
teriormente acceder a los datos de forma rápida y estruc-
turada. Las propiedades de estos DBMS, así como su uti-
lización y administración, se estudian dentro del ámbito
de la informática.
Las aplicaciones más usuales son para la gestión de em-
presas e instituciones públicas; También son ampliamen-
te utilizadas en entornos científicos con el objeto de al-
macenar la información experimental.
Aunque las bases de datos pueden contener muchos ti-
pos de datos, algunos de ellos se encuentran mutuamen-
te protegidos por las leyes de varios países. Por ejemplo
en España, los datos personales se encuentran protegidos
por la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carác-
ter Personal (LOPD), en México por la Ley Federal de
Transparencia y Acceso a la Información Pública Guber-
namental y en Argentina la Ley de Protección de Datos
Personales.[1]
15
16 CAPÍTULO 3. BASE DE DATOS
Base de datos de particulares
3.1.1 Clasificación de bases de datos
Las bases de datos pueden clasificarse de varias maneras,
de acuerdo al contexto que se esté manejando, la utilidad
de las mismas o las necesidades que satisfagan.
Según la variabilidad de la base de datos
Bases de datos estáticas Son bases de datos única-
mente de lectura, utilizadas primordialmente para alma-
cenar datos históricos que posteriormente se pueden uti-
lizar para estudiar el comportamiento de un conjunto de
datos a través del tiempo, realizar proyecciones, tomar
decisiones y realizar análisis de datos para inteligencia
empresarial.
Bases de datos dinámicas Son bases de datos don-
de la información almacenada se modifica con el tiempo,
permitiendo operaciones como actualización, borrado y
edición de datos, además de las operaciones fundamen-
tales de consulta. Un ejemplo, puede ser la base de datos
utilizada en un sistema de información de un supermer-
cado.
Según el contenido
Bases de datos bibliográficas Solo contienen un su-
brogante (representante) de la fuente primaria, que per-
mite localizarla. Un registro típico de una base de datos
bibliográfica contiene información sobre el autor, fecha
de publicación, editorial, título, edición, de una determi-
nada publicación, etc. Puede contener un resumen o ex-
tracto de la publicación original, pero nunca el texto com-
pleto, porque si no, estaríamos en presencia de una base
de datos a texto completo (o de fuentes primarias —ver
más abajo). Como su nombre lo indica, el contenido son
cifras o números. Por ejemplo, una colección de resulta-
dos de análisis de laboratorio, entre otras.
Bases de datos de texto completo Almacenan las
fuentes primarias, como por ejemplo, todo el contenido
de todas las ediciones de una colección de revistas cien-
tíficas.
Directorios Un ejemplo son las guías telefónicas en
formato electrónico.
Estos directorios se pueden clasificar en dos grandes tipos
dependiendo de si son personales o empresariales (llama-
das páginas blancas o amarillas respectivamente)
Los directorios empresariales hay de tres tipos
1. Tienen nombre de la empresa y dirección Ejemplo
2. Contienen teléfono y los más avanzado contienen
correo electrónico Ejemplo
3. Contienen datos como facturación o número de em-
pleados además de códigos nacionales que ayudan a
su distinción Ejemplo
Los directorios personales solo hay de un tipo, ya que le-
yes como la LOPD en España protege la privacidad de
los usuarios pertenecientes al directorio
La búsqueda inversa está prohibida en los directorios per-
sonales (a partir de un número de teléfono saber el titular
de la línea)
Bases de datos o “bibliotecas” de información quími-
ca o biológica Son bases de datos que almacenan di-
ferentes tipos de información proveniente de la química,
las ciencias de la vida o médicas. Se pueden considerar
en varios subtipos:
• Las que almacenan secuencias de nucleótidos o pro-
teínas.
• Las bases de datos de rutas metabólicas.
• Bases de datos de estructura, comprende los regis-
tros de datos experimentales sobre estructuras 3D
de biomoléculas-
• Bases de datos clínicas.
• Bases de datos bibliográficas (biológicas, químicas,
médicas y de otros campos): PubChem, Medline,
EBSCOhost.
3.1.2 Modelos de bases de datos
Además de la clasificación por la función de las bases de
datos, estas también se pueden clasificar de acuerdo a su
modelo de administración de datos.
Un modelo de datos es básicamente una “descripción” de
algo conocido como contenedor de datos (algo en don-
de se guarda la información), así como de los métodos
3.1. BASE DE DATOS 17
para almacenar y recuperar información de esos conte-
nedores. Los modelos de datos no son cosas físicas: son
abstracciones que permiten la implementación de un sis-
tema eficiente de base de datos; por lo general se refieren
a algoritmos, y conceptos matemáticos.
Algunos modelos con frecuencia utilizados en las bases
de datos:
Bases de datos jerárquicas
En este modelo los datos se organizan en forma de árbol
invertido (algunos dicen raíz), en donde un nodo padre
de información puede tener varios hijos. El nodo que no
tiene padres es llamado raíz, y a los nodos que no tienen
hijos se los conoce como hojas.
Las bases de datos jerárquicas son especialmente útiles en
el caso de aplicaciones que manejan un gran volumen de
información y datos muy compartidos permitiendo crear
estructuras estables y de gran rendimiento.
Una de las principales limitaciones de este modelo es su
incapacidad de representar eficientemente la redundancia
de datos.
Base de datos de red
Este es un modelo ligeramente distinto del jerárquico; su
diferencia fundamental es la modificación del concepto de
nodo: se permite que un mismo nodo tenga varios padres
(posibilidad no permitida en el modelo jerárquico).
Fue una gran mejora con respecto al modelo jerárqui-
co, ya que ofrecía una solución eficiente al problema de
redundancia de datos; pero, aun así, la dificultad que sig-
nifica administrar la información en una base de datos de
red ha significado que sea un modelo utilizado en su ma-
yoría por programadores más que por usuarios finales.
Bases de datos transaccionales
Son bases de datos cuyo único fin es el envío y recep-
ción de datos a grandes velocidades, estas bases son muy
poco comunes y están dirigidas por lo general al entorno
de análisis de calidad, datos de producción e industrial,
es importante entender que su fin único es recolectar y
recuperar los datos a la mayor velocidad posible, por lo
tanto la redundancia y duplicación de información no es
un problema como con las demás bases de datos, por lo
general para poderlas aprovechar al máximo permiten al-
gún tipo de conectividad a bases de datos relacionales.
Un ejemplo habitual de transacción es el traspaso de una
cantidad de dinero entre cuentas bancarias. Normalmen-
te se realiza mediante dos operaciones distintas, una en la
que se debita el saldo de la cuenta origen y otra en la que
acreditamos el saldo de la cuenta destino. Para garantizar
la atomicidad del sistema (es decir, para que no aparez-
ca o desaparezca dinero), las dos operaciones deben ser
atómicas, es decir, el sistema debe garantizar que, bajo
cualquier circunstancia (incluso una caída del sistema),
el resultado final es que, o bien se han realizado las dos
operaciones, o bien no se ha realizado ninguna.
Bases de datos relacionales
Este es el modelo utilizado en la actualidad para represen-
tar problemas reales y administrar datos dinámicamente.
Tras ser postulados sus fundamentos en 1970 por Edgar
Frank Codd, de los laboratorios IBM en San José (Cali-
fornia), no tardó en consolidarse como un nuevo paradig-
ma en los modelos de base de datos. Su idea fundamental
es el uso de “relaciones”. Estas relaciones podrían consi-
derarse en forma lógica como conjuntos de datos llama-
dos "tuplas". Pese a que esta es la teoría de las bases de
datos relacionales creadas por Codd, la mayoría de las ve-
ces se conceptualiza de una manera más fácil de imaginar.
Esto es pensando en cada relación como si fuese una tabla
que está compuesta por registros (las filas de una tabla),
que representarían las tuplas, y campos (las columnas de
una tabla).
En este modelo, el lugar y la forma en que se almace-
nen los datos no tienen relevancia (a diferencia de otros
modelos como el jerárquico y el de red). Esto tiene la
considerable ventaja de que es más fácil de entender y de
utilizar para un usuario esporádico de la base de datos.
La información puede ser recuperada o almacenada me-
diante “consultas” que ofrecen una amplia flexibilidad y
poder para administrar la información.
El lenguaje más habitual para construir las consultas a ba-
ses de datos relacionales es SQL, Structured Query Lan-
guage o Lenguaje Estructurado de Consultas, un estándar
implementado por los principales motores o sistemas de
gestión de bases de datos relacionales.
Durante su diseño, una base de datos relacional pasa por
un proceso al que se le conoce como normalización de
una base de datos.
Bases de datos multidimensionales
Son bases de datos ideadas para desarrollar aplicaciones
muy concretas, como creación de Cubos OLAP. Básica-
mente no se diferencian demasiado de las bases de datos
relacionales (una tabla en una base de datos relacional po-
dría serlo también en una base de datos multidimensio-
nal), la diferencia está más bien a nivel conceptual; en las
bases de datos multidimensionales los campos o atributos
de una tabla pueden ser de dos tipos, o bien representan
dimensiones de la tabla, o bien representan métricas que
se desean aprender.
18 CAPÍTULO 3. BASE DE DATOS
Bases de datos orientadas a objetos
Este modelo, bastante reciente, y propio de los modelos
informáticos orientados a objetos, trata de almacenar en
la base de datos los objetos completos (estado y compor-
tamiento).
Una base de datos orientada a objetos es una base de da-
tos que incorpora todos los conceptos importantes del pa-
radigma de objetos:
• Encapsulación - Propiedad que permite ocultar la in-
formación al resto de los objetos, impidiendo así ac-
cesos incorrectos o conflictos.
• Herencia - Propiedad a través de la cual los objetos
heredan comportamiento dentro de una jerarquía de
clases.
• Polimorfismo - Propiedad de una operación median-
te la cual puede ser aplicada a distintos tipos de ob-
jetos.
En bases de datos orientadas a objetos, los usuarios pue-
den definir operaciones sobre los datos como parte de la
definición de la base de datos. Una operación (llamada
función) se especifica en dos partes. La interfaz (o signa-
tura) de una operación incluye el nombre de la operación
y los tipos de datos de sus argumentos (o parámetros). La
implementación (o método) de la operación se especifica
separadamente y puede modificarse sin afectar la inter-
faz. Los programas de aplicación de los usuarios pueden
operar sobre los datos invocando a dichas operaciones a
través de sus nombres y argumentos, sea cual sea la forma
en la que se han implementado. Esto podría denominarse
independencia entre programas y operaciones.
SQL:2003, es el estándar de SQL92 ampliado, soporta
los conceptos orientados a objetos y mantiene la compa-
tibilidad con SQL92.
Bases de datos documentales
Permiten la indexación a texto completo, y en líneas gene-
rales realizar búsquedas más potentes, sirven para alma-
cenar grandes volúmenes de información de antecedentes
históricos. Tesaurus es un sistema de índices optimizado
para este tipo de bases de datos.
Bases de datos deductivas
Un sistema de base de datos deductiva, es un sistema de
base de datos pero con la diferencia de que permite ha-
cer deducciones a través de inferencias. Se basa princi-
palmente en reglas y hechos que son almacenados en la
base de datos. Las bases de datos deductivas son también
llamadas bases de datos lógicas, a raíz de que se basa en
lógica matemática. Este tipo de base de datos surge de-
bido a las limitaciones de la Base de Datos Relacional de
responder a consultas recursivas y de deducir relaciones
indirectas de los datos almacenados en la base de datos.
Lenguaje Utiliza un subconjunto del lenguaje Prolog
llamado Datalog el cual es declarativo y permite al orde-
nador hacer deducciones para contestar a consultas ba-
sándose en los hechos y reglas almacenados.
Ventajas
• Uso de reglas lógicas para expresar las consultas.
• Permite responder consultas recursivas.
• Cuenta con negaciones estratificadas
• Capacidad de obtener nueva información a través de
la ya almacenada en la base de datos mediante infe-
rencia.
• Uso de algoritmos que optimizan las consultas.
• Soporta objetos y conjuntos complejos.
Fases
• Fase de Interrogación: se encarga de buscar en la
base de datos informaciones deducibles implícitas.
Las reglas de esta fase se denominan reglas de deri-
vación.
• Fase de Modificación: se encarga de añadir a la
base de datos nuevas informaciones deducibles. Las
reglas de esta fase se denominan reglas de genera-
ción.
Interpretación Encontramos dos teorías de interpre-
tación de las bases de datos deductiva por lo cual conside-
ramos las reglas y los hechos como axiomas. Los hechos
son axiomas base que se consideran como verdaderos y
no contienen variables. Las reglas son axiomas deducti-
vos ya que se utilizan para deducir nuevos hechos.
• Teoría de Modelos: una interpretación es llamada
modelo cuando para un conjunto específico de re-
glas, estas se cumplen siempre para esa interpreta-
ción. Consiste en asignar a un predicado todas las
combinaciones de valores y argumentos de un do-
minio de valores constantes dado. A continuación se
debe verificar si ese predicado es verdadero o falso.
Mecanismos Existen dos mecanismos de inferencia:
• Ascendente: donde se parte de los hechos y se ob-
tiene nuevos aplicando reglas de inferencia.
• Descendente: donde se parte del predicado (obje-
tivo de la consulta realizada) e intenta encontrar si-
militudes entre las variables que nos lleven a hechos
correctos almacenados en la base de datos.
3.1. BASE DE DATOS 19
Sistema de Gestión de bases de datos distribuida
(SGBD)
La base de datos y el software SGBD pueden estar dis-
tribuidos en múltiples sitios conectados por una red. Hay
de dos tipos:
1. Distribuidos homogéneos: utilizan el mismo SGBD en
múltiples sitios.
2. Distribuidos heterogéneos: Da lugar a los SGBD fede-
rados o sistemas multibase de datos en los que los SGBD
participantes tienen cierto grado de autonomía local y tie-
nen acceso a varias bases de datos autónomas preexisten-
tes almacenados en los SGBD, muchos de estos emplean
una arquitectura cliente-servidor.
Estas surgen debido a la existencia física de organismos
descentralizados. Esto les da la capacidad de unir las ba-
ses de datos de cada localidad y acceder así a distintas
universidades, sucursales de tiendas, etc.
3.1.3 Consulta a base de datos
Una consulta es el método para acceder a los datos en
las bases de datos. Con las consultas se puede modifi-
car, borrar, mostrar y agregar datos en una base de datos,
también pueden utilizarse como origen de registro para
formularios. Para esto se utiliza un Lenguaje de consulta.
Las consultas a la base de datos se realizan a través de un
Lenguaje de manipulación de datos, el lenguaje de con-
sultas a base de datos más utilizado es SQL.
3.1.4 Véase también
• Sistema de gestión de base de datos
• Modelo relacional, normalización de bases de datos
• Base de datos orientada a objetos
• Almacén de datos
• Minería de datos
• Base de datos biológica
• Base de datos probabilística
3.1.5 Referencias
[1] «PROTECCION DE LOS DATOS». 4 de octubre de
2000. Consultado el 10 de abril de 2016.
3.1.6 Enlaces externos
• Wikimedia Commons alberga contenido multi-
media sobre Base de datos. Commons
• Base de datos en Open Directory Project
• Introducción a la Ciencia de Datos y Herramientas
de Análisis para Investigación
Capítulo 4
Ejemplos de organizaciones que disponen
de datos abiertos
4.1 Portal de datos abiertos de la
UE
El portal de datos abiertos de la UE es el punto de ac-
ceso único a una gran variedad de datos elaborados por
las instituciones, agencias y otros organismos de la Unión
Europea. Es un elemento esencial de la estrategia de la
UE en materia de datos abiertos.
4.1.1 Base jurídica y orígenes
El portal se creó oficialmente mediante la Decisión
2011/833/UE de la Comisión, de 12 de diciembre de
2011, relativa a la reutilización de los documentos de la
Comisión, con objeto de fomentar el acceso y la reutili-
zación de dichos documentos, y empezó a funcionar en
versión beta en diciembre de 2012.[1]
La gestión operativa del portal la lleva la Oficina de Publi-
caciones de la Unión Europea, y la Dirección General de
Redes de Comunicación, Contenido y Tecnologías de la
Comisión Europea es responsable de la política de datos
abiertos.
4.1.2 Características
El portal permite al usuario buscar, explorar, enlazar, des-
cargar y reutilizar fácilmente los datos, para fines comer-
ciales o no comerciales, a través de un catálogo de me-
tadatos comunes que facilita el acceso a los datos alma-
cenados en las webs de las instituciones, agencias y otros
organismos de la UE.
Las tecnologías semánticas ofrecen nuevas funciones. Los
metadatos pueden buscarse con un buscador interactivo
(en la pestaña “Datos”) y mediante consultas SPARQL
(en la pestaña “Datos vinculados”).
También hay un muestrario de aplicaciones de visualiza-
ción (en la pestaña “Aplicaciones”) de las diversas insti-
tuciones, agencias y organismos de la UE.
Los usuarios pueden proponer que se añadan al portal da-
La sección de términos populares es otra manera de ver los datos
existentes en el portal y cuáles son los más consultados.
tos de su interés, opinar sobre la calidad de los datos que
encuentran e intercambiar información con otros usuarios
sobre el uso del portal.
Se invita a los usuarios a proponer datos que deseen ver en el
portal.
La interfaz está en las 24 lenguas oficiales de la UE, pero
actualmente la mayoría de los metadatos solo se encuen-
tran en un número limitado de lenguas (alemán, francés
e inglés). Algunos (como los nombres de los proveedores
de datos o la cobertura geográfica) están traducidos a las
24 lenguas según las listas de vocabulario controladas que
utiliza el portal.[2]
20
4.1. PORTAL DE DATOS ABIERTOS DE LA UE 21
4.1.3 Condiciones de uso
La mayoría de los datos accesibles a través del portal de
datos abiertos de la UE se atienen al aviso jurídico de la
web EUROPA[3]
EUROPA y pueden reutilizarse gratui-
tamente, con fines comerciales o no comerciales, siempre
que se cite la fuente. Hay unos pocos datos a los que se
aplican condiciones específicas de reutilización, la mayo-
ría relacionadas con la protección de derechos de propie-
dad intelectual de terceros.
4.1.4 Datos disponibles
El portal contiene una gran variedad de datos abiertos de
gran valor añadido, como ha confirmado recientemente
la carta del G8 sobre datos abiertos, en diversos ámbitos
de actividad de la UE, como economía, empleo, ciencia,
medio ambiente y educación. The number of data provi-
ders — which include Eurostat, the European Environ-
ment Agency and the Joint Research Centre — continues
to grow.
Hasta el momento se dispone de un total de más de 7.800
datos procedentes de unos 56 organismos, instituciones o
departamentos de la UE, como Eurostat, la Agencia Eu-
ropea de Medio Ambiente, el Centro Común de Inves-
tigación y diversas direcciones generales de la Comisión
Europea y Agencias de la UE.
Además de permitir el acceso a los datos, el portal es un
cómodo punto de entrada a toda una gama de aplicaciones
de visualización que ofrecen datos de la UE y que se pre-
sentan tanto por su valor informativo como por constituir
ejemplos del tipo de aplicaciones en que pueden utilizarse
los datos.
El visor de mapas del EFDAC es una aplicación web cartográfica
personalizada que permite al usuario visualizar, navegar y con-
sultar mapas y otros conjuntos de datos geográficos disponibles
producidos por el Centro Común de Investigación.
4.1.5 Arquitectura del portal
El portal se basa en soluciones abiertas como el sistema
de gestión de contenidos Drupal y el catálogo de datos
CKAN, desarrollados por la Open Knowledge Founda-
tion. Utiliza la base de datos RDF Virtuoso y un editor
SPARQL.
El catálogo de metadatos se basa en normas internaciona-
les como Dublin Core, el vocabulario DCAT y el esquema
de descripción de metadatos ADMS.[4]
4.1.6 Véase también
• Open data
• Institutions of the European Union
• Agencies of the European Union
• Bodies of the European Union
4.1.7 Referencias
[1] «Decisión de la Comisión, de 12 de diciembre de 2011
(2011/833/UE)».
[2] «UE listas de vocabulario controladas».
[3] «aviso jurídico EUROPA».
[4] «Open Data Portals in Europe».
4.1.8 Enlaces externos
• Europe 2020 – Official EU Site
• Digital Agenda for Europe
• Open Data section of above site
• Joinup community on EU open data
• Communication ‘Open data — An engine for inno-
vation, growth and transparent governance’
• Legal rules on public services information
• Open Knowledge Foundation
• Dublin Core
• Publication and usage of linked data on the Web
• Data catalogues
• Open data classification by Tim Berners Lee
• Open Data Challenge (now over)
Datos abiertos organizaciones
Datos abiertos organizaciones
Datos abiertos organizaciones
Datos abiertos organizaciones
Datos abiertos organizaciones
Datos abiertos organizaciones
Datos abiertos organizaciones
Datos abiertos organizaciones
Datos abiertos organizaciones
Datos abiertos organizaciones
Datos abiertos organizaciones
Datos abiertos organizaciones
Datos abiertos organizaciones
Datos abiertos organizaciones
Datos abiertos organizaciones
Datos abiertos organizaciones
Datos abiertos organizaciones
Datos abiertos organizaciones
Datos abiertos organizaciones
Datos abiertos organizaciones
Datos abiertos organizaciones
Datos abiertos organizaciones
Datos abiertos organizaciones
Datos abiertos organizaciones
Datos abiertos organizaciones
Datos abiertos organizaciones
Datos abiertos organizaciones
Datos abiertos organizaciones
Datos abiertos organizaciones
Datos abiertos organizaciones
Datos abiertos organizaciones
Datos abiertos organizaciones
Datos abiertos organizaciones
Datos abiertos organizaciones
Datos abiertos organizaciones
Datos abiertos organizaciones
Datos abiertos organizaciones
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Datos abiertos organizaciones
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Datos abiertos organizaciones
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  • 2. Índice general 1 Introducción 1 1.1 Conocimiento libre . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 1.1.1 Fundamentos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 1.1.2 Sostenibilidad del conocimiento libre . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 1.1.3 Libertades del conocimiento libre . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 1.1.4 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2 1.1.5 Temas relacionados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 1.1.6 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 2 Datos abiertos 4 2.1 Datos abiertos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4 2.1.1 Introducción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4 2.1.2 Relación con otras actividades abiertas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4 2.1.3 Adecuaciones legales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5 2.1.4 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5 2.1.5 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5 2.1.6 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6 2.2 Creative Commons . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6 2.2.1 Objetivos e influencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6 2.2.2 Gobernanza . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7 2.2.3 Creative Commons International . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8 2.2.4 Red de afiliados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8 2.2.5 Patrocinadores de Creative Commons . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8 2.2.6 Licencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8 2.2.7 Uso y lista de proyectos que han sacado contenidos bajo licencias Creative Commons . . . 9 2.2.8 Jurisdicciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10 2.2.9 Crítica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10 2.2.10 Palabras clave (terminología) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12 2.2.11 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12 2.2.12 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12 2.2.13 Bibliografía . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14 2.2.14 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14 i
  • 3. ii ÍNDICE GENERAL 3 Base de datos 15 3.1 Base de datos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15 3.1.1 Clasificación de bases de datos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16 3.1.2 Modelos de bases de datos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16 3.1.3 Consulta a base de datos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19 3.1.4 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19 3.1.5 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19 3.1.6 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19 4 Ejemplos de organizaciones que disponen de datos abiertos 20 4.1 Portal de datos abiertos de la UE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20 4.1.1 Base jurídica y orígenes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20 4.1.2 Características . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20 4.1.3 Condiciones de uso . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21 4.1.4 Datos disponibles . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21 4.1.5 Arquitectura del portal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21 4.1.6 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21 4.1.7 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21 4.1.8 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21 4.2 Space App Challenge . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22 4.2.1 Referencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22 4.2.2 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22 4.3 Open Data Institute . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22 4.3.1 Liderazgo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22 4.3.2 Afiliación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22 4.3.3 Instituciones asociadas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22 4.3.4 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23 4.3.5 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23 4.4 Proyecto Aporta . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23 4.4.1 Funciones encomendadas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23 4.4.2 Líneas básicas de actuación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23 4.4.3 Conferencias nacionales e internacionales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24 4.4.4 Guías . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24 4.4.5 Materiales formativos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24 4.4.6 Catálogo de datos abiertos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24 4.4.7 Referencias legales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24 4.4.8 Otros documentos de interés . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25 4.4.9 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25 4.4.10 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25 4.5 Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (SNPS) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26 4.5.1 El Portal del SNPS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26 4.5.2 Componentes del SNPS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26
  • 4. ÍNDICE GENERAL iii 4.5.3 Sistemas similares en otras jurisdicciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27 4.5.4 Video Tutoriales sobre el SNPS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28 4.5.5 Bibliografía-Normativa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28 4.5.6 Enlaces . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28 4.5.7 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28 4.6 Wikidata . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28 4.6.1 Historia del desarrollo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28 4.6.2 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29 4.6.3 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29 4.6.4 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29 4.7 Freebase . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29 4.7.1 Información general . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30 4.7.2 Desarrollo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30 4.7.3 Organización y política . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30 4.7.4 Negocio y comunidad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31 4.7.5 Crítica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31 4.7.6 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31 4.7.7 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31 4.7.8 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32 4.8 Maritimum . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32 4.8.1 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32 4.9 OpenEI . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32 4.9.1 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32 4.9.2 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32 5 Datos enlazados y ejemplos de uso 33 5.1 Datos enlazados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33 5.1.1 Principios . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33 5.1.2 Componentes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33 5.1.3 Proyecto de comunidad para la inter-conexión de datos abiertos . . . . . . . . . . . . . . . 33 5.1.4 Ejemplos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33 5.1.5 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34 5.1.6 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34 5.1.7 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34 5.2 DBpedia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35 5.2.1 Contenido del dataset . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35 5.2.2 Tecnologías . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35 5.2.3 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35 5.2.4 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35 5.2.5 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35 5.3 GeoNames . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35 5.3.1 Base de datos y servicios de Internet . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35
  • 5. iv ÍNDICE GENERAL 5.3.2 Web de Integración Semántica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36 5.3.3 Interfaz de Programación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36 5.3.4 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36 6 Otras actividades abiertas 37 6.1 Conocimiento abierto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37 6.1.1 Líneas de actuación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37 6.1.2 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37 6.1.3 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37 6.1.4 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37 6.2 Open Knowledge Foundation . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37 6.2.1 Conocimiento abierto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38 6.2.2 Proyectos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38 6.2.3 Organización . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39 6.2.4 Capítulo español . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39 6.2.5 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39 6.2.6 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39 6.2.7 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40 6.3 Acceso abierto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40 6.3.1 Detalles . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40 6.3.2 Iniciativas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40 6.3.3 Declaraciones del Movimiento Internacional de Acceso Abierto . . . . . . . . . . . . . . . 41 6.3.4 Ejemplos de publicaciones de acceso abierto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 41 6.3.5 Usos ilegítimos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 42 6.3.6 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 42 6.3.7 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 42 6.3.8 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43 6.4 Publicación de acceso abierto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43 6.4.1 Clasificación de publicaciones de acceso abierto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43 6.4.2 Financiación de publicaciones de acceso abierto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43 6.4.3 Debate . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43 6.4.4 Ventajas e inconvenientes de las variantes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44 6.4.5 Problemas y proyectos actuales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44 6.4.6 Historia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45 6.4.7 Punto sin retorno . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45 6.4.8 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45 6.4.9 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45 6.4.10 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46 6.4.11 Más lecturas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46 6.4.12 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46 6.5 Contenido abierto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47 6.5.1 Algunos proyectos de contenidos abiertos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47
  • 6. ÍNDICE GENERAL v 6.5.2 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47 6.5.3 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48 6.5.4 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48 6.6 Código abierto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48 6.6.1 Historia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48 6.6.2 Cronología . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 49 6.6.3 Movimiento del código abierto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 49 6.6.4 Programas en código abierto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50 6.6.5 Extensiones del concepto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50 6.6.6 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50 6.6.7 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50 6.6.8 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50 6.7 CKAN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51 6.7.1 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51 6.7.2 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51 6.8 Open science . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51 6.8.1 Historia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51 6.8.2 Política . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52 6.8.3 Principios de la ciencia abierta . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52 6.8.4 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52 6.8.5 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52 6.9 Open notebook science . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52 6.9.1 Historia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53 6.9.2 Beneficios de la ciencia del Open Notebook . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53 6.9.3 Argumentos contra la ciencia de Open Notebook . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53 6.9.4 Financiación y patrocinio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 54 6.9.5 Logos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 54 6.9.6 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 54 6.9.7 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 54 6.10 Software libre . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 55 6.10.1 Historia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 55 6.10.2 Las cuatro libertades del software libre . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 56 6.10.3 Tipos de licencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 57 6.10.4 Comparación con el software de código abierto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 59 6.10.5 Implicaciones económico-políticas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 60 6.10.6 Software libre en la Administración Pública . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 60 6.10.7 Ventajas del Software libre en la educación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 61 6.10.8 Motivaciones del software libre . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 62 6.10.9 Regulación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 62 6.10.10 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 63 6.10.11 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 64
  • 7. vi ÍNDICE GENERAL 6.10.12 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 65 6.11 Gobierno abierto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 65 6.11.1 Gobierno Abierto, Innovación, Modernización . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 66 6.11.2 Conceptos Clave del Gobierno Abierto[9][10] . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 66 6.11.3 Contenido . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 67 6.11.4 Ventajas e inconvenientes del Gobierno Abierto[14] . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 67 6.11.5 Antecedentes e Iniciativas de Gobierno Abierto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 67 6.11.6 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 70 6.11.7 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 70 6.11.8 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 70 6.12 Carta Internacional de los Datos Abiertos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71 6.12.1 Principios . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71 6.12.2 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71 6.12.3 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71 6.13 Diseño abierto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71 6.13.1 Historia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72 6.13.2 Diseño abierto de máquina en comparación con el software de fuente abierta . . . . . . . . 72 6.13.3 Organizaciones de diseño abierto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 73 6.13.4 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 73 6.13.5 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74 6.13.6 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74 6.14 Formato abierto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75 6.14.1 Usos y ventajas de los formatos abiertos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75 6.14.2 Software no libre y formatos abiertos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75 6.14.3 Software libre y formatos cerrados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75 6.14.4 Formatos cerrados que pasaron a ser formatos abiertos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75 6.14.5 Políticas públicas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 76 6.14.6 Ejemplos de formatos abiertos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 76 6.14.7 Véase también . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 76 6.14.8 Referencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77 6.14.9 Enlaces externos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77 7 Origen del texto y las imágenes, colaboradores y licencias 78 7.1 Texto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78 7.2 Imágenes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 81 7.3 Licencia del contenido . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 83
  • 8. Capítulo 1 Introducción 1.1 Conocimiento libre El conocimiento libre es una corriente epistemológica que estudia el origen histórico y el valor del conocimiento considerándolo como un bien público que beneficia a la colectividad en general y permite el desarrollo igualitario. 1.1.1 Fundamentos El conocimiento ha estado presente desde los principios de la humanidad; y, conforme avanza el conocimiento, hemos evolucionado como especie. El ser humano apren- de, enseña y hace uso del conocimiento en la medida de la libertad que tenga para hacerlo. Hasta hace pocas décadas el conocimiento era patrimo- nio de la humanidad, y existía libertad de uso y acceso al mismo. Con la aparición de límites artificiales como las patentes y los derechos de autor entre otros (en conjun- to denominados como propiedad intelectual), el conoci- miento perdió esta característica. En la actualidad, mien- tras que el avance de la tecnología por lograr una sociedad digitalizada y conectada brinda al conocimiento humano nuevas posibilidades de crecimiento. El conocimiento, según FIAP,[1] es un atributo estricta- mente humano que, sin embargo, requiere determinadas condiciones sociales y amplios espacios de libertad para su generación, aprendizaje, interiorización, sistematiza- ción, transmisión y aplicación. El conocimiento es libre por naturaleza[1] y puede gene- rarse en soledad, pero solo es fecundo dentro de un con- texto social porque tiene la capacidad intrínseca de adqui- rir su máximo valor en tanto se transmite y es compartido de forma libre y abierta. Por eso, cuanta más libertad y sociabilidad, hay más conocimiento, y por eso, también, es una aberración pretender cosificarlo y hacer de él una mercancía privativa orientada al lucro y la exclusión, en vez de considerarlo un patrimonio colectivo de la huma- nidad. 1.1.2 Sostenibilidad del conocimiento libre Pero, si la generación y uso del conocimiento deman- dan libertad y sociedad --sostiene fiap , también es cier- to que toda sociedad requiere organización, lo que supo- ne inevitablemente admitir ciertas estructuras de poder que, en determinadas circunstancias, pueden limitar o, al menos, condicionar la libertad. A nadie se le oculta que el poder --ya sea político, económico, o de cualquier otra naturaleza-- necesita del conocimiento y que, cuando esa instancia de poder no está suficientemente controla- da, acaba privatizando el conocimiento y apropiándose de aquello que es patrimonio colectivo. Ha ocurrido siempre y, lamentablemente, seguirá ocurriendo, pero ahora tene- mos en nuestras manos la posibilidad de romper en parte esa dinámica perversa. 1.1.3 Libertades del conocimiento libre Las libertades y derechos con respecto al software libre, se han expandido al terreno del conocimiento, colman- do la siguiente noción, muy extendida, de conocimiento libre:[2] • El conocimiento libre puede ser libremente adquiri- do y libremente usado, con cualquier propósito y sin necesitar permiso de nadie (libertad 0). • El conocimiento libre puede adaptarse libremente a las necesidades del adquisidor (libertad 1). El acceso a una fuente modificable del conocimiento es una precondición para ello. • El conocimiento libre puede compartirse libremente con los demás (libertad 2). • El conocimiento libre es tal que puede mejorarse y sus versiones adaptadas y mejoradas pueden com- partirse libremente con los demás, para que así se beneficie la comunidad entera (libertad 3). El acce- so a una fuente modificable del conocimiento es una precondición para ello. Suele entenderse por contenido o conocimiento abierto aquel que disfruta de las libertades 0 y 2, y eventualmente 1
  • 9. 2 CAPÍTULO 1. INTRODUCCIÓN Richard Stallman, el padre del software libre de las 1 y 3. No debemos confundir este término con el de acceso abierto al conocimiento. La anterior es sin duda, la máxima expresión del conoci- miento libre, otorgándose libertad para ser utilizado, re- distribuido, mejorado y compartido. Esto incluye a todos los dominios del saber, y se particulariza en ellos, en si- tuaciones concretas, a través de formalizaciones por es- crito de actos «inter vivos» de transmisión de derechos, conocidas popularmente como licencias. Una licencia de software libre, según el movimiento del software libre, es cualquier licencia de software que res- pete las cuatro libertades del software libre, enuncia- das anteriormente. Una licencia de software de código abierto, según el Movimiento por el Software de Códi- go Abierto, es cualquier licencia de software elaborada según las directrices de software de código abierto de la Open Source Initiative. Al igual que las libertades y derechos con respecto al soft- ware se han expandido al terreno del conocimiento, tam- bién lo han hecho las licencias que recogen las cesiones de tales libertades y derechos. Denominaciones frecuen- tes son las siguientes:[2] • Licencia abierta (de contenido abierto): toda aque- lla formalización por escrito, por parte del titular, originario o no, de los derechos de propiedad inte- lectual de una obra, que recoja necesariamente la cesión explícita en exclusiva, con ámbito territorial mundial y por tiempo ilimitado —esto es, por el pe- ríodo correspondiente a toda la vigencia de los dere- chos de propiedad intelectual—, de los derechos pa- trimoniales de reproducción, distribución y comu- nicación pública de la obra, incluyendo la puesta a disposición interactiva. Las licencias abiertas satis- facen las libertades 0 y 2. • Licencia semiabierta: limita lo que permite una li- cencia de contenido abierto al caso único de actos de explotación a título gratuito, sin ninguna finali- dad lucrativa. • Licencia libre: toda aquella licencia de contenido abierto que además recoja la cesión en exclusiva del derecho de transformación. Las licencias libres sa- tisfacen las libertades 0, 1, 2 y 3. • Licencia semilibre: impone la no cesión exclusiva del derecho de transformación o de alguno de los de- rechos patrimoniales de reproducción, distribución y comunicación pública, incluyendo la puesta a dis- posición interactiva, en cuanto a su consideración como derechos de explotación. Además, para cualquier licencia, quedan reservados to- dos los derechos no cedidos expresamente en la formali- zación de la misma, pudiendo el cesionario ejercitar los derechos cedidos en cualquier medio o formato, tangible o intangible, quedando autorizado además a efectuar las modificaciones técnicas precisas para el ejercicio de los derechos cedidos en tales medios y formatos. De este modo se ha llegado a la noción de obra o contenido abierto (resp. semiabierto, libre o semilibre): toda obra o contenido protegido por una licencia abierta (resp. semiabierta, libre o semilibre). Así, según la anterior categorización, por ejemplo, cual- quier contribución a Wikipedia, al publicarse bajo los tér- minos de la licencia de documentación libre GNU es una obra libre, mientras que una obra publicada bajo la licen- cia CC Reconocimiento-NoComercial-CompartirIgual (by-nc-sa) de Creative Commons es una obra semilibre. De igual modo, una obra publicada bajo los términos de la CC Reconocimiento-SinObraDerivada (by-nd) es una obra abierta y si está publicada bajo los términos de la CC Reconocimiento-NoComercial (by-nc) es una obra semi- abierta. 1.1.4 Referencias [1] Sitio Web de FIAP [2] León Rojas, J. M. (2005). Liberalidad del conocimiento desde la cesión de derechos de propiedad intelectual. En Encuentro Internacional sobre Conocimiento Libre. II Con- ferencia Internacional de Software Libre. Badajoz: Junta de Extremadura. ISBN 84-689-6551-0
  • 10. 1.1. CONOCIMIENTO LIBRE 3 1.1.5 Temas relacionados Wikipedia es una expresión del conocimiento libre dado que está basado en contenido libre, bajo la filosofía del Copyleft. • Propiedad intelectual • Derechos de autor • Patente • Marca registrada • Software libre • Periodismo de investigación • Autoaprendizaje • Ética hacker • Sociedad abierta • Tecnología libre • Concurso Universitario de Software Libre • Proyecto Gleducar • Declaración de Berlín (conocimiento científico) 1.1.6 Enlaces externos • Inteligencia Colectiva, la revolución invisible - Jean- François Noubel • Hipatia, Conocimiento libre en acción para los pue- blos del mundo • Un gran repositorio de conocimiento humano • Wikipedias versus blogs. La creación colectiva y el acceso universal al conocimiento.. Casassas Canals, Xavier. ISBN 978-84-9916-853-1 • Políticas de promoción de acceso abierto de la Unes- co
  • 11. Capítulo 2 Datos abiertos 2.1 Datos abiertos El concepto datos abiertos (open data, en inglés) es una filosofía y práctica que persigue que determinados tipos de datos estén disponibles de forma libre para todo el mundo, sin restricciones de derechos de autor, de patentes o de otros mecanismos de control.[1] Tiene una ética simi- lar a otros movimientos y comunidades abiertos, como el software libre, el código abierto (open source, en inglés) y el acceso libre (open access, en inglés). 2.1.1 Introducción Son considerados datos abiertos todos aquellos datos ac- cesibles y reutilizables, sin exigencia de permisos especí- ficos. Los datos abiertos están centrados en material no documental como información geográfica, el genoma, compuestos químicos, fórmulas matemáticas y científi- cas, datos médicos, biodiversidad, etc.[cita requerida] Se tra- ta de fuentes de datos que históricamente han estado ba- jo el control de organizaciones -públicas o privadas- y cuyo acceso ha estado restringido mediante limitacio- nes, licencias, copyright y patentes. Los partidarios de los datos abiertos argumentan que estas limitaciones van en contra del bien común y que estos datos tienen que ser puestos en disposición del público sin limitaciones de acceso, dado que se trata de información que pertenece a la sociedad -como el genoma- o que ha sido genera- da u obtenida por administraciones públicas financiadas por la ciudadanía;[2] por ejemplo, información geográfi- ca, cartográfica o meteorológica generada por organismos públicos. El 30 de septiembre de 2010 es una fecha importante para la historia de los datos abiertos: el Archivo Nacional del Reino Unido liberó una licencia gubernamental de reuti- lización de los datos generados por esa nación.[3] Una descripción representativa de la necesidad de datos abiertos: Numerosos científicos han subrayado la ironía de que precisamente en el momento histó- rico en el que tenemos tecnologías para permitir la disponibilidad y el proceso distribuido de da- tos científicos a nivel mundial, aumentando la colaboración e incrementando el ritmo y la pro- fundidad del descubrimiento... estamos ocupa- dos confinando esos datos y vetando el uso de las pertinentes nuevas tecnologías sobre el co- nocimiento.[cita requerida] Numerosas revistas científicas han empezado a publicar sus artículos con libre acceso, en lo que se denomina publicaciones de acceso abierto. Las universidades tam- bién se están sumando a esta iniciativa, y están publi- cando los resultados de sus investigaciones en lo que se conoce como repositorios abiertos (open repository). Al- gunos ejemplos de estos repositorios son el Repositorio Institucional de la Universidad de Granada[4] (España) o el University of Arizona Campus Repository (Estados Unidos).[5] 2.1.2 Relación con otras actividades abier- tas Los objetivos del movimiento de datos abiertos (Open Data movement, en inglés) son similares a los de otros movimientos “abiertos”. • El llamado acceso abierto (Open access, en inglés) se preocupa de hacer públicas y libres las publica- ciones técnicas universitarias, en internet. En algu- nos casos, estos artículos incluyen conjuntos de da- tos abiertos (open datasets, en inglés). • El contenido abierto (Open content, en inglés) se ocupa de dirigir los recursos para un público hu- mano (recursos como texto, fotos, o videos) acce- sible de forma libre. • En cuanto al conocimiento abierto (Open knowledge, en inglés), la Fundación de Conocimiento Abierto (Open Knowledge Foundation, en inglés) proclama la “apertura” en varios temas, entre los que se incluyen los datos abiertos. Cubre los temas (a) científicos, históricos, geográficos, o por otro lado, (b) conteni- dos como música, películas, libros, (c) información de administraciones públicas y gobierno. Los datos 4
  • 12. 2.1. DATOS ABIERTOS 5 abiertos están incluidos en el alcance de la definición de conocimiento abierto, que se cita en el protocolo para la implementación de acceso a datos abiertos en Science Commons.[6] • La llamada ciencia de datos abiertos (open notebook science) se identifica con la aplicación de conceptos de datos abiertos a métodos científicos tanto como se pueda, incluyendo experimentos fallidos y conjuntos grandes de datos experimentales.[7] • El software libre (open source software, en inglés) se relaciona con las licencias bajo las cuales se pueden distribuir programas informáticos, y no está directa- mente relacionado, habitualmente, con los datos en sí. • El término ciencia abierta (open science, en inglés) se refiere a una aproximación para los conjuntos de datos científicos interrelacionados, métodos y herra- mientas de técnicas (Linked Data) para conseguir transparencia, escalabilidad e investigaciones entre distintas disciplinas.[8] 2.1.3 Adecuaciones legales México En México, el 20 de mayo de 2014 se publica- ron reformas a disposiciones diversas de la Ley de Cien- cia y Tecnología, de la Ley General de Educación y de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tec- nología, según las cuales se garantiza el acceso abierto a la información científica.[9] La primera incluye ahora las disposiciones generales para la creación de una platafor- ma digital de acuerdo con los más altos estándares inter- nacionales, y describe algunas características que tendrá, entre las que sobresale la creación de bases de datos por instituciones, así como redes entre éstas para crear el re- positorio nacional centralizado.[10] Argentina En noviembre de 2013 se aprobó la Ley 26.899: Creación de Repositorios Digitales Instituciona- les de Acceso Abierto, Propios o Compartidos, la cual sienta las bases para una política de ciencia y datos abier- tos en el marco de los organismos nacionales de ciencia y tecnología. La ley establece que los mismos: deberán desarrollar repositorios digitales institucionales de acceso abierto, propios o compartidos, en los que se depositará la pro- ducción científico-tecnológica resultante del trabajo, formación y/o proyectos, financiados total o parcialmente con fondos públicos, de sus investigadores, tecnólogos, docentes, beca- rios de posdoctorado y estudiantes de maes- tría y doctorado. Esta producción científico- tecnológica abarcará al conjunto de documen- tos (artículos de revistas, trabajos técnico- científicos, tesis académicas, entre otros), que sean resultado de la realización de actividades de investigación. (Art. 1)[11] 2.1.4 Véase también • Acceso abierto • Datos enlazados • Gobierno abierto • Open Database License[12] • OpenEI[13] • Medios sociales • Internet de las cosas • Centros Multimedia • Personalización de contenidos • Sistema de recomendación ó Sistema recomendador 2.1.5 Referencias [1] Definición de Conocimiento Abierto v.1.0 Open Know- ledge Foundation Consultado el 30 de enero de 2011 [2] «Origen, consolidación, expansión e implicancias del Ac- ceso Abierto (Open Access) en América Latina y el Cari- be. Revista ESS, Vol 16, Nro 2, 2011». [3] [National Archives. http://archive.is/20120630100024/ www.nationalarchives.gov.uk/news/498.htm] [4] Repositorio Institucional de la Universidad de Granada [5] Repositorio del Campus de la Universidad de Arizona, Es- tados Unidos (en inglés) [6] Protocolo para la implementación de datos de acceso abierto (Protocol for Implementing Open Access Data) (en inglés) [7] http://drexel-coas-elearning.blogspot.com/2006/09/ open-notebook-science.html Creación del término (en inglés) [8] Kauppinen, T; Espíndola, G.M.D. (2011). «Lin- ked Open Science-Communicating, Sharing and Evaluating Data, Methods and Results for Execu- table Papers». Procedia Computer Science (4): 726. doi:10.1016/j.procs.2011.04.076. [9] Poder Ejecutivo; Secretaría de Educación Pública (20). «Decreto por el que se reforman y adicionan diversas dis- posiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología, de la Ley General de Educación y de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología». Diario Oficial: 2-6. Consultado el 19 de junio de 2014. [10] Flores, J. (10 de junio de 2014). «Acceso abierto a la in- formación científica». La Jornada. Consultado el 10 de junio de 2014. «Modificaciones Ley de Ciencia y Tecno- logía (México)».
  • 13. 6 CAPÍTULO 2. DATOS ABIERTOS [11] «Sistema Nacional de Repositorios Digitales - República Argentina». repositorios.mincyt.gob.ar. Consultado el 1 de septiembre de 2016. [12] Open Database License (en inglés) [13] OpenEI (en inglés) 2.1.6 Enlaces externos • Datos abiertos del Gobierno de España • Datos abiertos del municipio de Tigre • Datos abiertos del Gobierno de México • Aragón Open Data, portal de datos abiertos del Go- bierno de Aragón • Open Government. 10 ideas para hacer tu Ayunta- miento abierto • Portal de Datos Abiertos de la Junta de Castilla y León • Plataforma ciudadana Govern Obert en la Comuni- tat Valenciana • Proyecto Linking Open Data • Aplicaciones prácticas de ayuda social con he- rramientas de datos abiertos como LinkedData- Tools.com • Documentación de Visualizar'09: Datos públicos, datos en público, celebrado en Medialab-Prado • Resumen de la situación de OpenData en España y propuesta de road-map • 5 Estrellas del OpenData (en inglés) 2.2 Creative Commons Creative Commons (CC) ―que en español significa ‘[bienes] comunes creativos’― es una organización cu- ya oficina central está ubicada en la ciudad de Mountain View, en el estado de California (Estados Unidos). Dicha organización permite usar y compartir tanto la creativi- dad como el conocimiento a través de una serie de instru- mentos jurídicos de carácter gratuito.[1] Dichos instrumentos jurídicos consisten en un conjunto de “modelos de contratos de licenciamiento” o licencias de derechos de autor (licencias Creative Commons o li- cencias “CC”) que ofrecen al autor de una obra una ma- nera simple y estandarizada de otorgar permiso al público en general de compartir y usar su trabajo creativo bajo los términos y condiciones de su elección. En este sentido, las licencias Creative Commons permiten al autor cam- biar fácilmente los términos y condiciones de derechos de autor de su obra de “todos los derechos reservados” a “algunos derechos reservados”. Las licencias Creative Commons no reemplazan a los derechos de autor, sino que se apoyan en estos para per- mitir modificar los términos y condiciones de la licencia de su obra de la manera que mejor satisfaga sus necesi- dades. La organización fue fundada en 2001 por Lawrence Les- sig (exprofesor de derecho de la Universidad de Stanford y especialista en ciberderecho), Hal Abelson y Eric El- dred[2] con el soporte del Center for the Public Domain. El primer artículo bajo la licencia Creative Commons en una publicación de interés general fue escrito por Hal Plotkin, y fue divulgada en febrero de 2002.[3] El primer conjunto de licencias de copyright fue lanzado en diciem- bre de 2002.[4] En 2008, había estimados unos 130 millo- nes de trabajos bajo licencias Creative Commons.[5] En octubre de 2011, solo Flickr albergaba más de 200 millo- nes de fotos con licencias Creative Commons.[6] A fines de 2015 había más de 1.100 millones de trabajos bajo li- cencias Creative Commons en todo el mundo.[7] Creative Commons está dirigida por una junta directiva y un con- sejo consultivo. Estas licencias han sido entendidas por muchos como una manera que tienen los autores de to- mar el control de cómo quieren compartir su propiedad intelectual. 2.2.1 Objetivos e influencias Creative Commons se destaca por estar al frente del mo- vimiento copyleft, que tiene como objetivo apoyar a cons- truir un dominio público más rico proporcionando una al- ternativa al “todos los derechos reservados” del copyright, el denominado “algunos derechos reservados”.[8] David Berry y Giles Moss han acreditado a Creative Commons con la generación de interés en el tema de la propiedad intelectual y la contribución al replanteamiento del papel de los “bienes comunes” en la “era de la información”. Más allá de eso, Creative Commons ha proporcionado institucional, práctica y legalmente soporte a individuos y grupos que buscan experimentar y comunicarse con la cultura con una mayor libertad.[9] Creative Commons pretende contrastar lo que Lawrence Lessig, fundador de Creative Commons, considera que es una cultura dominante y cada vez más restrictiva. Lessig describe esto como “a culture in which creators get to crea- te only with the permission of the powerful, or of creators from the past”[10] que significa “una cultura cuyos autores logran crear solo con el permiso de los poderosos o de au- tores anteriores”. Lessig sostiene que la cultura moderna está dominada por distribuidores de contenido tradicio- nales con el fin de mantener y reforzar sus monopolios en los productos culturales como la música, fotografía, y el cine, pero que Creative Commons puede proporcionar alternativas a estas restricciones.[11][12]
  • 14. 2.2. CREATIVE COMMONS 7 Premio Golden Nica recibido en 2004 por Creative Commons. Otorgado por Prix Ars Electronica a lo más destacado en el cam- po del arte electrónico e interactivo, la animación por ordenador, la cultura digital y la música. Seminario de Creative Commons Japan, Tokio 2007 2.2.2 Gobernanza Junta directiva de Creative Commons La junta directiva de Creative Commons actualmente está integrada por: • Ben Adida • Renata Avila • Paul Brest (presidente) • Dorothy Gordon • Paul Keller • Ryan Merkley (CEO) • Johnathan Nightingale • Thomas Rubin • Kate Spelman • Chris Sprigman • Christopher Thorne (vice-presidente) • Jongsoo Yoon • Diane Peters (secretaria) Emérito • Lawrence Lessig Consejo Consultivo Está formado por: • John Abele • Hal Abelson • Michael Carroll • Catherine Casserly • Brian Fitzgerald • Sue Gardner • Spencer Hyman • Joi Ito • Lawrence Lessig • Mohamed Nanabhay • Laurie Racine • Eric Saltzman • Annette Thomas • Molly Van Houweling • Jimmy Wales • Esther Wojcicki Comité de auditoría Formado por tres miembros: • Dorothy Gordon • Johnathan Nightingale • Chris Sprigman (presidente)[13]
  • 15. 8 CAPÍTULO 2. DATOS ABIERTOS 2.2.3 Creative Commons International El proyecto Creative Commons International es un apén- dice del proyecto mayor de Creative Commons. Tiene por objetivo traducir tanto idiomática como legalmente las licencias Creative Commons a las diferentes jurisdic- ciones alrededor del mundo. Este trabajo está liderado por Diane Peters y por equipos de voluntarios en los di- ferentes países. Actualmente cuenta con 28 países que están en proceso de traducción de las licencias, aunque se sabe que más de 70 países están interesados en comenzar a colaborar para alcanzar sus respectivas versiones y capítulos locales. 2.2.4 Red de afiliados Charla de Creative Commons Uruguay en el evento FLISOL 2014 en Facultad de Arquitectura de la UDELAR, Montevideo, Uru- guay. En 2016 había más de 100 organizaciones afiliadas traba- jando en más de 79 jurisdicciones para apoyar y promo- ver las actividades de Creative Commons alrededor del mundo.[14] Existen coordinaciones regionales para Amé- rica Latina, Asia-Pacífico, Europa y Mundo Árabe. Creative Commons Asia-Pacífico Corea del Sur Creative Commons Korea (CC Ko- rea) es una red de afiliados de Creative Commons en Corea del Sur. En marzo del 2005, CC Korea fue funda- da por Jongsoo Yoon (en Coreano: ), Juez Presidente de la corte del distrito de Incheon, como un proyecto de la Korea Association for Infomedia Law (Asociación por la ley de infomedia de Corea). Los principales portales coreanos, incluyendo Daum y Naver, han estado partici- pando en el uso de licencias Creative Commons. En enero de 2009, la asociación Creative Commons Korea fue en consecuencia fundada como una asociación incorporada sin ánimo de lucro. Desde entonces, CC Korea ha estado promoviendo activamente la cultura libre así como lide- rando la difusión de Creative Commons en su país. • Creative Commons Korea[15] • Creative Commons Conferencia Asia 2010[16] 2.2.5 Patrocinadores de Creative Com- mons Creative Commons es una organización sin fines de lu- cro que para su funcionamiento cuenta con el apoyo de donantes institucionales y a título personal. Apoyo institucional Donantes de más de 100.000 dólares • Arcadia Fund • Brin Wojcicki Foundation • Ford Foundation • Google • The William and Flora Hewlett Foundation • Institute of Museum and Library Services • Nature Publishing Group • Private Internet Access • Wikimedia Foundation La lista completa de donantes puede consultarse en el sitio web de Creative Commons. 2.2.6 Licencias Esquema sobre Creative Commons: Copyright todos los derechos reservados Licencias de Creative Commons restrictivas Licen- cias Creative Commons abiertas y declaración CC0
  • 16. 2.2. CREATIVE COMMONS 9 Las licencias Creative Commons o CC están inspiradas en la licencia GPL (General Public License) de la Free Software Foundation, compartiendo buena parte de su fi- losofía. La idea principal detrás de ellas es posibilitar un modelo legal ayudado por herramientas informáticas, pa- ra así facilitar la distribución y el uso de contenidos. Existe una serie de licencias Creative Commons, cada una con diferentes configuraciones, que permite a los auto- res poder decidir la manera en la que su obra va a circu- lar en internet, entregando libertad para citar, reproducir, crear obras derivadas y ofrecerla públicamente, bajo cier- tas restricciones. Aunque originalmente fueron redactadas en inglés, las li- cencias han sido adaptadas a varias legislaciones en otros países del mundo. Entre otros idiomas, han sido tradu- cidas al español, al portugués, al gallego, al euskera y al catalán a través del proyecto Creative Commons In- ternational. Existen varios países de habla hispana que están involucrados en este proceso: Argentina, Chile, Colombia, Ecuador, El Salvador, España, Guatemala, México, Perú y Puerto Rico que ya tienen las licencias traducidas y en funcionamiento, en tanto que Venezuela se encuentra en proceso de traducción e implementación de las mismas. Asimismo, Brasil también tiene las licen- cias traducidas y adaptadas a su legislación. Las licencias Creative Commons están compuestas por cuatro módulos de condiciones: • Attribution / Atribución (BY), requiere la referencia al autor original. • Share Alike / Compartir Igual (SA), permite obras derivadas bajo la misma licencia o similar (posterior u otra versión por estar en distinta jurisdicción). • Non-Commercial / No Comercial (NC), obliga a que la obra no sea utilizada con fines comerciales. • No Derivative Works / No Derivadas (ND), no per- mite modificar la obra de ninguna manera. Estos módulos se combinan para dar lugar a las seis li- cencias de Creative Commons:[17] • Attribution / Atribución (CC BY). • Attribution Share Alike / Atribución-CompartirIgual (CC BY-SA). • Attribution NoDerivatives / Atribución-NoDerivadas (CC BY-ND). • Attribution Non-Commercial / Atribución- NoComercial (CC BY-NC). • Attribution Non-Commercial Share Alike / Atribución-NoComercial-CompartirIgual (CC BY-NC-SA). • Attribution Non-Commercial No Derivatives / Atribución-NoComercial-NoDerivadas (CC BY- NC-ND). Todas las licencias Creative Commons permiten el “de- recho fundamental” de redistribuir la obra con fines no comerciales y sin modificaciones. Las opciones NC y ND hacen que la obra no sea libre de acuerdo con la definición de obras culturales libres. Una licencia contractual especial es la opción CC0, o “Sin derechos reservados”.[18] Esta licencia cede la obra al do- minio público (o un estado equivalente en jurisdicciones donde el dominio público no es posible). Comparado a una declaración de dominio público cedida a la obra, la declaración CC0 es menos ambigua y consigue el efecto deseado a escala global, en lugar de limitarse a algunas jurisdicciones. En mundo del software, Creative Commons respalda tres licencias creadas por otras instituciones: la licencia BSD, la licencia CC GNU LGPL y la CC GNU GPL.[19][20] 2.2.7 Uso y lista de proyectos que han saca- do contenidos bajo licencias Creative Commons Creative Commons dispone de un directorio de conteni- do wiki de las organizaciones y proyectos que usan sus licencias.[21] En su web también proporcionan casos de estudio de los proyectos bajo dichas licencias alrededor del mundo.[22] Los contenidos bajo estas licencias tam- bién puede ser consultado a través de directorios de con- tenidos y motores de búsqueda. El 13 de enero de 2009, algunos contenidos de radiodi- fusión de Al Jazeera en el conflicto 2008-2009 Israel- Gaza fueron lanzados bajo una licencia de Attribution 3.0.[23][24][25][26][27][28] Algunas otras organizaciones que también han puesto contenidos bajo licencias CC son: • Arduino (CC BY-SA). • Citizendium (CC-BY-SA). • Knol (la mayoría CC BY-SA o CC BY-NC-SA). • Ninjam (CC BY-SA). • The Saylor Foundation (CC BY). • Wikipedia (CC BY-SA desde junio de 2009). • Wikimedia Commons (licencia CC entre otras op- ciones). • Wikia (CC BY-SA, desde junio de 2009). • Home of the Mozilla Project (CC BY-SA).
  • 17. 10 CAPÍTULO 2. DATOS ABIERTOS 2.2.8 Jurisdicciones Países a los que las licencias Creative Commons han sido adap- tadas (verde) o si están en proceso de serlo (azul). Las licencias Creative Commons sin localización origina- les fueron escritas teniendo en cuenta el sistema legal de Estados Unidos, de tal manera que su utilización podría ser incompatible con las diferentes legislaciones locales y hacer que las licencias no se pudiesen aplicar en algu- nas jurisdicciones. Para solucionar este problema, la red de afiliados de Creative Commons realizó un proceso de portado de las licencias para acomodarlas a las leyes loca- les de derecho de autor. En mayo de 2010 había 52 licen- cias específicas para distintas jurisdicciones, con otras 9 en proceso de redacción.[29] La versión 4 del conjunto de licencias, lanzada a fines de 2013, permite la utilización de las licencias en todas las jurisdicciones sin necesidad de ser portadas.[30] 2.2.9 Crítica Crítica general Péter Benjamin Tóth afirma que los objetivos de Creative Commons ya están atendidos por el sistema de copyright, y que el eslogan de “algunos derechos reservados”, en lu- gar del principio “todos los derechos reservados”, crea una falsa dicotomía. El copyright proporciona una lista de derechos exclusivos al autor, de los cuales él decide cuáles quiere vender o donar y cuáles quiere mantener. Por lo tanto el concepto de “algunos derechos reserva- dos” no es una alternativa, sino que es la misma idea que el clásico copyright.[31] Otros críticos temen que Creative Commons podría erosionar el sistema del copyright,[32] o permitir que la creatividad de las personas pase a ser un “bien común” para ser explotado por cualquier persona que tenga tiempo libre y un rotulador.[33] Algunos críticos cuestionan cómo estas licencias son útiles para los auto- res y sugieren que Creative Commons sirve a una “cultura remix” y no responde a las necesidades reales de com- pensación financiera y reconocimiento de los artistas,[33] como tampoco se preocupa por la falta de recompensas para productores de contenido que disuadirá a los artistas a publicar su obra.[34] Algunos críticos sostienen que el sistema de licencias de Creative Commons disuade a los productores de conteni- do a hacer esfuerzos coordinados para modernizar la ley de copyright.[32] El fundador de Creative Commons Lawrence Lessig res- ponde que las leyes de copyright no siempre han ofreci- do la protección fuerte y aparentemente indefinida que proporcionan las leyes de hoy en día.[35] Por el contrario, la duración del copyright solía estar limitada a términos mucho más cortos (de años), y muchas obras nunca con- siguieron protección por no seguir el formato obligatorio ahora abandonado.[35] También se cuestiona si Creative Commons es el “bien común” que pretender ser, dado que al menos algunas de las restricciones se aplican a la capacidad de las per- sonas para usar los recursos dentro del campo del “bien común”.[34] Esto está enteramente delimitado por los de- rechos privados y no tiene nada que ver con los derechos compartidos por todos.[36] Creative Commons tampoco defiende la “creatividad” o qué aspectos requiere una obra para llegar a ser parte del “bien común”.[34] Críticos como Giles Moss sostienen que la fundación de Creative Commons no es el mecanismo apropiado para crear “bienes comunes” de contenido original.[36] Por el contrario, un bien común debe ser creado y mantenida su presencia, a través del proceso y el activismo político, no a través de los abogados “redactando nuevas reglas”.[36] También se critica que cuatro de las seis licencias no son ni libres ni abiertas por las restricciones que imponen a la reutilización, de acuerdo con la definición de libre “una obra es libre si cualquiera es libre de utilizar, reutilizar y redistribuir dicha obra”, esta definición solo la cumplen las restricciones Atribución y CompartirIgual.[37] Expansión de las licencias e incompatibilidades Los críticos también argumentan que Creative Commons ha empeorado la expansión de las licencias, por pro- porcionar licencias incompatibles entre sí.[38] La web de Creative Commons afirma: “Dado que cada una de las seis licencias Creative Commons funcionan de dis- tinta manera, los recursos puestos bajo distintas licen- cias no necesariamente tienen que poder ser combina- dos entre sí sin violar los términos de alguna de ellas”.[39] Obras con licencias incompatibles no podrán ser recom- binadas para formar una obra derivada sin conseguir el permiso del propietario del copyright.[40][41][42] Una de las preocupaciones es que sin un mismo marco legal las obras que mezclan licencias involuntariamente no se pue- de compartir.[43] El asunto de la compatibilidad es especialmente rele- vante porque las licencias más usadas son las no-libres “NoComercial” (CC BY-NC-SA o CC BY-NC-ND) y no pueden ser combinadas con las libres “Atribución- CompartirIgual” (CC BY-SA, usada por ejemplo por la Wikipedia).
  • 18. 2.2. CREATIVE COMMONS 11 Mal uso de licencias Creative Commons guiando a los contribuyentes. Esta imagen es un producto derivado de La Libertad guiando al pueblo de Eugène Delacroix. Puesto que Creative Commons solo es un servicio que proporciona licencias estandarizadas, no es parte de nin- gún acuerdo, usuarios podrían poner bajo una licencia Creative Commons una obra con copyright y redistribuir estas obras en Internet. No existe una base de datos de Creative Commons con las obras bajo sus licencias y to- da la responsabilidad de su sistema recae por completo en aquellos que las usan.[44] Sin embargo esta situación no es específica de Creative Commons. Todos los pro- pietarios de copyright deben defender sus derechos indi- vidualmente y tampoco existe una base de datos central con todos las obras. La oficina de copyright de Estados Unidos mantiene una base de datos con todas las obras registradas, pero la ausencia de registro no implica la au- sencia de copyright. Aunque Creative Commons ofrece varias licencias para diferentes usos, algunos sugieren que las licencias siguen sin ofrecer diferencias entre los medios y las preocupa- ciones que los diferentes autores tienen.[34] Por ejemplo un documentalista puede tener preocupaciones muy dife- rentes respecto a un diseñador de software o un profesor de derecho.[34] Adicionalmente, la gente que desee usar una obra bajo una de estas licencias necesitará determi- nar si para ese uso en particular la licencia lo permite o se necesita algún permiso adicional.[34] Lessig comentó que la intención de Creative Commons es proporcionar un punto intermedio entre dos extremos de la protección del copyright, uno demanda que todos los derechos deben ser controlados y el otro que ninguno de ellos debe ser controlado.[35] Creative Commons propor- ciona una tercera opción que permite a los autores elegir que derechos quieren controlar y cuales quieren ceder.[35] La multitud de licencias refleja la variedad de derechos que pueden ser transmitidos a los autores venideros.[35] La Free Software Foundation Algunas licencias de Creative Commons han sido de- nunciadas por el fundador de la FSF Richard Stallman porque, según dice “do not give everyone [...] mini- mum freedom to share, noncommercially, any published work”,[45] esto es, que CC no proporciona a todo el mundo una mínima libertad para compartir cualquier obra publi- cada (no comercialmente). Mako Hill asegura que Crea- tive Commons no acierta al establecer un “nivel base de libertad” que todas estas licencias deberían reflejar y con las cuales los poseedores de los derechos y los usuarios deberían cumplir. “By failing to take any firm ethical po- sition and draw any line in the sand, CC is a missed op- portunity... CC has replaced what could have been a call for a world where ‘essential rights are unreservable’ with the relatively hollow call for ‘some rights reserved.’”, es decir, al no tener una posición ética firme y no marcar una clara línea divisoria, CC pierde la oportunidad y re- emplaza lo que tendría que haber sido un llamado al mun- do donde ‘los derechos esenciales no pueden reservarse’ con una llamada relativamente vacía a ‘algunos derechos reservados’. Algunos temen que la popularidad de CC po- dría restar importancia a los objetivos estrictos de otras organizaciones de contenido libre.[38] Otras críticas a la licencia NoComercial Otros críticos, como Erik Möller, plantean algunos pro- blemas sobre el uso de la licencia Creative Commons No- Comercial. Las obras distribuidas bajo esta licencia no son compatibles con muchas webs de contenido abier- to, incluyendo Wikipedia, que explícitamente permiten y fomentan algunos usos comerciales. Möller explica que “the people who are likely to be hurt by an -NC licen- se are not large corporations, but small publications li- ke weblogs, advertising-funded radio stations, or local newspapers”,[46] es decir, los más vulnerables a la licencia NC no son grandes corporaciones, sino pequeñas publi- caciones como weblogs, estaciones de radio financiadas por publicidad, o periódicos locales. Lessig responde que el régimen actual de copyright tam- bién perjudica la compatibilidad y los autores pueden dis- minuir esta incompatibilidad eligiendo una licencia me- nos restrictiva.[47] Además, la licencia NoComercial es útil para prevenir que alguien comercialice el trabajo de un autor cuando él planea hacerlo en un futuro.[47] Debian Los desarrolladores de Debian, una distribución de GNU/Linux conocidos por su rígida adhesión a la defi- nición de software libre,[cita requerida] rechazan incluso la licencia de Atribución antes de la versión 3 por ser in- compatible con las directrices de software libre de Debian debido a la disposición anti-gestión digital de derechos de la licencia y la exigencia de los intermediarios que quitan
  • 19. 12 CAPÍTULO 2. DATOS ABIERTOS crédito al autor a petición suya.[48] En cualquier caso, la versión 3.0 de la licencia añade estos puntos[49] y es con- siderada compatible con dichas directrices.[50] 2.2.10 Palabras clave (terminología) • Dominio público: es un concepto utilizado en dos áreas del derecho: el derecho administrativo y el derecho de autor. • en:Developing Nations (devnations) (En Inglés): es- tablece condiciones especiales para naciones en desarrollo. • Sampling o muestreo: es la acción de grabar un so- nido en cualquier tipo de soporte para poder reutili- zarlo posteriormente como parte de una nueva gra- bación sonora. Utilizando esta técnica musical, mu- chos compositores han realizado diversos trabajos artísticos. • CC-GNU GPL: licencia de software que garantiza a los usuarios finales la libertad de usar, estudiar, compartir (copiar) y modificar el software. • CC-GNU LGPL: licencia de software que preten- de garantizar la libertad de compartir y modificar el software cubierto por ella. • Intercambio de archivos: es proveer acceso a infor- mación almacenada digitalmente, como programas informáticos, obras multimedia (audio, video), etc. • ColorIURIS: es un sistema internacional de gestión y cesión de derechos de autor. 2.2.11 Véase también • Cultura libre • Música libre • Radio libre • Recursos educativos abiertos • Software libre • Diseño abierto • Copyleft • Bien común (Economía política) • Dominio público • Contenido libre • Open content • Video libre • Hardware libre • Formato abierto • Biblioteca libre • ColorIURIS • Free Culture Forum • Datos abiertos • Publicaciones de acceso abierto • Asociación de Publicaciones Académicas de Acceso Abierto • Contenido abierto • Archive.org 2.2.12 Referencias [1] «About - Creative Commons:». Creative Commons. Con- sultado el 9 de diciembre de 2012. [2] «Creative Commons: History». Consultado el 9 de octubre de 2011. [3] Plotkin, Hal (2002-2-11). «All Hail Creative Commons Stanford professor and author Lawrence Lessig plans a le- gal insurrection». SFGate.com. Consultado el 8 de marzo de 2011. [4] «History of Creative Commons». Consultado el 8 de no- viembre de 2009. [5] «History of Creative Commons». Consultado el 5 de fe- brero de 2010. [6] Kremerskothen, Kay (5 de octubre de 2011). «200 million Creative Commons photos and counting!». Flickr Blog. Consultado el 20 de diciembre de 2011. [7] «Creative Commons - State of the Commons 2015 - Da- ta». Consultado el 15 de mayo de 2016. [8] Broussard, Sharee L. (September 2007). «The copyleft movement: creative commons licensing». Communica- tion Research Trends. Archivado desde el original el 10 de julio de 2012. [9] Berry, David (15 de julio de 2005). «On the “Creative Commons”: a critique of the commons without commo- nalty». Free Software Magazine. Consultado el 20 de di- ciembre de 2011. [10] Lessig, Lawrence (2004). Free Culture (PDF). New York: Penguin Press. p. 8. ISBN 1-59420-006-8. [11] Ermert, Monika (15 de junio de 2004). «Germany debuts Creative Commons». The Register. [12] Lessig, Lawrence (2006). «Lawrence Lessig on Creative Commons and the Remix Culture» (mp3). Talking with Talis. Archivado desde el original el 5 de febrero de 2008. Consultado el 7 de abril de 2006. [13] «Board of Directors - Creative Commons». Consultado el 15 de mayo de 2016.
  • 20. 2.2. CREATIVE COMMONS 13 [14] «CC Affiliate Network». Creative Commons. Archivado desde el original el 2 de enero de 2016. [15] «Creative Commons Korea». CCkorea.org. Consultado el 20 de diciembre de 2011. [16] «CC Asia Conference 2010». Creative Commons. 21 de julio de 2010. Consultado el 20 de diciembre de 2011. [17] «Licenses - Creative Commons». Consultado el 20 de ju- lio de 2009. [18] «About CC0 — “No Rights Reserved”». Consultado el 20 de julio de 2009. [19] «Creative Commons GNU LGPL». Archivado desde el original el 22 de junio de 2009. Consultado el 20 de julio de 2009. [20] «Creative Commons GNU GPL». Archivado desde el ori- ginal el 22 de junio de 2009. Consultado el 20 de julio de 2009. [21] «Content Directories». creativecommons.org. Consultado el 24 de abril de 2009. [22] «Case Studies». Creative Commons. Consultado el 20 de diciembre de 2011. [23] Benenson, Fred (13 de enero de 2009). «Al Jazeera Launches Creative Commons Repository». creativecom- mons.org. Consultado el 19 de enero de 2009. [24] Steuer, Eric (13 de enero de 2009). «Al Jazeera Announ- ces Launch of Free Footage Under Creative Commons Li- cense». creativecommons.org. Consultado el 19 de enero de 2009. [25] Cohen, Noam (11 de enero de 2009). «Al Jazeera provi- des an inside look at Gaza conflict». International Herald Tribune. Consultado el 19 de enero de 2009. [26] «Al Jazeera Announces Launch of Free Footage under Creative Commons License». Al Jazeera Creative Com- mons Repository. Archivado desde el original el 26 de no- viembre de 2015. Consultado el 19 de enero de 2009. [27] Andrews, Robert (14 de noviembre de 2009). «Al Jazeera Offers Creative Commons Video, Lessig Lends Backing». paidcontent.co.uk. Archivado desde el original el 26 de noviembre de 2015. Consultado el 19 de enero de 2009. [28] Ito, Joi (14 de enero de 2009). «Al Jazeera Launches Creative Commons Repository». joi.ito.com. Consultado el 19 de enero de 2009. [29] «Worldwide». Creative Commons. Archivado desde el original el 21 de diciembre de 2009. [30] «What’s New in 4.0». Creative Commons. [31] Tóth, Péter Benjamin (2009). «Creative Humbug». Indi- care Project. [32] John Dvorak (July 2005). «Creative Commons Humbug». PC Magazine. [33] Schaeffer, Maritza (2009). «Note and Comment: Contem- porary Issues in the Visual Art World: How Useful are Creative Commons Licenses?». Journal of Law and Po- licy. Archivado desde el original el 10 de julio de 2012. [34] Elkin-Koren, Niva (2006). «Exploring Creative Com- mons: A Skeptical View of a Worthy Pursuit». The Futu- re of the Public Domain (P. Bernt Hugenholtz and Lucie Guibault, eds.). [35] Lessig, Lawrence (2004). «The Creative Commons». 65 Mont. L. Rev. 1. [36] Moss, Giles (2005). «On the Creative Commons: A Criti- que of the Commons Without Commonality». Free Soft- ware Magazine. [37] «Open Definition». [38] Benjamin Mako Hill (29 de julio de 2005). «Towards a Standard of Freedom: Creative Commons and the Free Software Movement». [39] «CC Learn Explanations: Remixing OER: A guide to Li- cense Compatibility». Creative Commons CC Learn. Con- sultado el 29 de noviembre de 2010. [40] «Can I combine two different Creative Commons licen- sed works? Can I combine a Creative Commons licensed work with another non-CC licensed work?». FAQ. Crea- tive Commons. Consultado el 16 de septiembre de 2009. [41] «Creative Commons Attribution ShareAlike 3.0 Unpor- ted». Creative Commons. Consultado el 18 de noviembre de 2009. [42] «Creative Commons Attribution Share-Alike 3.0 Unpor- ted». Creative Commons. Consultado el 18 de noviembre de 2009. [43] Michael Fitzgerald (December 2005). «Copyleft Hits a Snag». [44] Orlowski, Andrew (July 2009). «The Tragedy of the Crea- tive Commons». [45] Stallman, Richard M. «Fireworks in Montreal». FSF Blogs. Consultado el 18 de noviembre de 2009. [46] Erik Moeller (2006). «The Case for Free Use: Reasons Not to Use a Creative Commons -NC License». Open Source Jahrbuch. [47] Lessig, Lawrence (2005). «CC in Review: Lawrence Les- sig on Important Freedoms». Creative Commons. [48] Evan Prodromou (3 de abril de 2005). «Summary of Creative Commons 2.0 Licenses». debian-legal (mailing list). Archivado desde el original el 26 de noviembre de 2015. [49] Garlick, Mia (23 de febrero de 2007). «Version 3.0 Laun- ched». Creative Commons. Consultado el 5 de julio de 2007. [50] «The DFSG and Software Licenses - Creative Commons Share-Alike (CC-SA) v3.0». Debian Wiki. Consultado el 16 de marzo de 2009.
  • 21. 14 CAPÍTULO 2. DATOS ABIERTOS 2.2.13 Bibliografía En español • Aliprandi, Simone (2012). Creative Commons: guía de usuario. Ledizioni/Copyleft-Italia.it. ISBN 978‐88‐6705‐057‐4 |isbn= incorrecto (ayuda). • Artículo sobre Creative Commons, del navegan- te.com • Propiedad intelectual y sociedad civil: Right or left? • Videos del lanzamiento de Creative Commons Ar- gentina • Blog del grupo de apoyo a las licencias Creative Commons en Colombia • Traducción al español de “Get Creative”, un vídeo que explica qué son estas licencias. En inglés • Aliprandi, Simone (2011). Creative Commons: a user guide. Ledizioni/Copyleft-Italia.it. ISBN 978- 88-95994-55-0. Also available on Wikimedia Com- mons, here • Ardito, Stephanie C. “Public-Domain Advocacy Flourishes”. Information Today 20, no. 7 (2003): 17,19. • Asschenfeldt, Christiane. “Copyright and Licensing Issues—The International Commons”. In CERN Workshop Series on Innovations in Scholarly Com- munication: Implementing the Benefits of OAI (OAI3), 12 de febrero-14 de febrero de 2004 at CERN, Geneva, Switzerland. Geneva: CERN, 2004. http://agenda.cern.ch/askArchive.php?base= agenda&categ=a035925&id=a035925s5t6/ video • Brown, Glenn Otis. “Academic Digital Rights: A Walk on the Creative Commons”. Syllabus Magazi- ne (abril de 2003). http://www.syllabus.com/article. asp?id=7475 • ———. “Out of the Way: How the Next Copy- right Revolution Can Help the Next Scientific Revolution”. PLoS Biology 1, no. 1 (2003): 30-31. http://www.plosbiology.org/plosonline/?request= get-document&doi=10.1371%2Fjournal.pbio. 0000009 • Chillingworth, Mark. “Creative Commons Attracts BBC’s Attention”. Information World Review, 11 de junio de 2004. http://www.iwr.co.uk/iwreview/ 1155821 • Conhaim, Wallys W. “Creative Commons Nurtu- res the Public Domain”. Information Today 19, no. 7 (2002): 52, 54. http://www.infotoday.com/ newsbreaks/nb020603-2.htm • “Delivering Classics Resources with TEI-XML, Open Source, and Creative Commons Licenses”. Cover Pages, 28 de abril de 2004. http://xml. coverpages.org/ni2004-04-28-a.html • Denison, D.C. “For Creators, An Argument for Alienable Rights”. Boston Globe, 22 de diciembre de 2002, E2. • Ermert, Monika. “Germany Debuts Creative Commons”. The Register, 15 de junio de 2004. http://www.theregister.co.uk/2004/06/15/german_ creative_commons/ • Fitzgerald, Brian, and Ian Oi. “Free Culture: Cul- tivating the Creative Commons”. (2004). http:// eprints.qut.edu.au/archive/00000122/ • Johnstone, Sally M. “Sharing Educational Materials Without Losing Rights”. Change 35, no. 6 (2003): 49-51. • Lessig, Lawrence. “The Creative Commons” (1994) vol.55 Florida Law Review 763. • Plotkin, Hal. “All Hail Creative Commons: Stan- ford Professor and Author Lawrence Lessig Plans a Legal Insurrection”. SFGate.com, 11 de febre- ro de 2002. http://www.sfgate.com/cgi-bin/article. cgi?file=/gate/archive/2002/02/11/creatcom.DTL • Schloman, Barbara F. “Creative Commons: An Opportunity to Extend the Public Domain”. On- line Journal of Issues in Nursing, 13 de oc- tubre de 2003. http://www.nursingworld.org/ojin/ infocol/info_12.htm • Stix, Gary. “Some Rights Reserved”. Scientific Ame- rican 288, no. 3 (2003): 46. http://www.sciam.com/ article.cfm?chanID=sa006&colID=7&articleID= 000C2691-4F88-1E40-89E0809EC588EEDF • Weitzman, Jonathan B., and Lawrence Lessig. “Open Access and Creative Common Sen- se”. Open Access Now, 10 de mayo de 2004. http://www.biomedcentral.com/openaccess/ archive/?page=features&issue=16 2.2.14 Enlaces externos • Wikimedia Commons alberga contenido multi- media sobre Creative Commons. Commons • Sitio de Creative Commons • Esta obra contiene una traducción derivada de Creative Commons de Wikipedia en inglés, publica- da por sus editores bajo la Licencia de documenta- ción libre de GNU y la Licencia Creative Commons Atribución-CompartirIgual 3.0 Unported. • Creative Commons Uruguay
  • 22. Capítulo 3 Base de datos 3.1 Base de datos OpenOffice.org Base es un sistema de gestión de bases de datos de software libre. Se le llama base de datos a los bancos de información que contienen datos relativos a diversas temáticas y cate- gorizados de distinta manera, pero que comparten entre sí algún tipo de vínculo o relación que busca ordenarlos y clasificarlos en conjunto. Una base de datos o banco de datos es un conjunto de datos pertenecientes a un mismo contexto y almacena- dos sistemáticamente para su posterior uso. En este sen- tido; una biblioteca puede considerarse una base de datos compuesta en su mayoría por documentos y textos impre- sos en papel e indexados para su consulta. Actualmente, y debido al desarrollo tecnológico de campos como la informática y la electrónica, la mayoría de las bases de datos están en formato digital, siendo este un componen- te electrónico, por tanto se ha desarrollado y se ofrece un amplio rango de soluciones al problema del almace- namiento de datos. Existen programas denominados sistemas gestores de ba- ses de datos, abreviado SGBD (del inglés database mana- gement system o DBMS), que permiten almacenar y pos- teriormente acceder a los datos de forma rápida y estruc- turada. Las propiedades de estos DBMS, así como su uti- lización y administración, se estudian dentro del ámbito de la informática. Las aplicaciones más usuales son para la gestión de em- presas e instituciones públicas; También son ampliamen- te utilizadas en entornos científicos con el objeto de al- macenar la información experimental. Aunque las bases de datos pueden contener muchos ti- pos de datos, algunos de ellos se encuentran mutuamen- te protegidos por las leyes de varios países. Por ejemplo en España, los datos personales se encuentran protegidos por la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carác- ter Personal (LOPD), en México por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Guber- namental y en Argentina la Ley de Protección de Datos Personales.[1] 15
  • 23. 16 CAPÍTULO 3. BASE DE DATOS Base de datos de particulares 3.1.1 Clasificación de bases de datos Las bases de datos pueden clasificarse de varias maneras, de acuerdo al contexto que se esté manejando, la utilidad de las mismas o las necesidades que satisfagan. Según la variabilidad de la base de datos Bases de datos estáticas Son bases de datos única- mente de lectura, utilizadas primordialmente para alma- cenar datos históricos que posteriormente se pueden uti- lizar para estudiar el comportamiento de un conjunto de datos a través del tiempo, realizar proyecciones, tomar decisiones y realizar análisis de datos para inteligencia empresarial. Bases de datos dinámicas Son bases de datos don- de la información almacenada se modifica con el tiempo, permitiendo operaciones como actualización, borrado y edición de datos, además de las operaciones fundamen- tales de consulta. Un ejemplo, puede ser la base de datos utilizada en un sistema de información de un supermer- cado. Según el contenido Bases de datos bibliográficas Solo contienen un su- brogante (representante) de la fuente primaria, que per- mite localizarla. Un registro típico de una base de datos bibliográfica contiene información sobre el autor, fecha de publicación, editorial, título, edición, de una determi- nada publicación, etc. Puede contener un resumen o ex- tracto de la publicación original, pero nunca el texto com- pleto, porque si no, estaríamos en presencia de una base de datos a texto completo (o de fuentes primarias —ver más abajo). Como su nombre lo indica, el contenido son cifras o números. Por ejemplo, una colección de resulta- dos de análisis de laboratorio, entre otras. Bases de datos de texto completo Almacenan las fuentes primarias, como por ejemplo, todo el contenido de todas las ediciones de una colección de revistas cien- tíficas. Directorios Un ejemplo son las guías telefónicas en formato electrónico. Estos directorios se pueden clasificar en dos grandes tipos dependiendo de si son personales o empresariales (llama- das páginas blancas o amarillas respectivamente) Los directorios empresariales hay de tres tipos 1. Tienen nombre de la empresa y dirección Ejemplo 2. Contienen teléfono y los más avanzado contienen correo electrónico Ejemplo 3. Contienen datos como facturación o número de em- pleados además de códigos nacionales que ayudan a su distinción Ejemplo Los directorios personales solo hay de un tipo, ya que le- yes como la LOPD en España protege la privacidad de los usuarios pertenecientes al directorio La búsqueda inversa está prohibida en los directorios per- sonales (a partir de un número de teléfono saber el titular de la línea) Bases de datos o “bibliotecas” de información quími- ca o biológica Son bases de datos que almacenan di- ferentes tipos de información proveniente de la química, las ciencias de la vida o médicas. Se pueden considerar en varios subtipos: • Las que almacenan secuencias de nucleótidos o pro- teínas. • Las bases de datos de rutas metabólicas. • Bases de datos de estructura, comprende los regis- tros de datos experimentales sobre estructuras 3D de biomoléculas- • Bases de datos clínicas. • Bases de datos bibliográficas (biológicas, químicas, médicas y de otros campos): PubChem, Medline, EBSCOhost. 3.1.2 Modelos de bases de datos Además de la clasificación por la función de las bases de datos, estas también se pueden clasificar de acuerdo a su modelo de administración de datos. Un modelo de datos es básicamente una “descripción” de algo conocido como contenedor de datos (algo en don- de se guarda la información), así como de los métodos
  • 24. 3.1. BASE DE DATOS 17 para almacenar y recuperar información de esos conte- nedores. Los modelos de datos no son cosas físicas: son abstracciones que permiten la implementación de un sis- tema eficiente de base de datos; por lo general se refieren a algoritmos, y conceptos matemáticos. Algunos modelos con frecuencia utilizados en las bases de datos: Bases de datos jerárquicas En este modelo los datos se organizan en forma de árbol invertido (algunos dicen raíz), en donde un nodo padre de información puede tener varios hijos. El nodo que no tiene padres es llamado raíz, y a los nodos que no tienen hijos se los conoce como hojas. Las bases de datos jerárquicas son especialmente útiles en el caso de aplicaciones que manejan un gran volumen de información y datos muy compartidos permitiendo crear estructuras estables y de gran rendimiento. Una de las principales limitaciones de este modelo es su incapacidad de representar eficientemente la redundancia de datos. Base de datos de red Este es un modelo ligeramente distinto del jerárquico; su diferencia fundamental es la modificación del concepto de nodo: se permite que un mismo nodo tenga varios padres (posibilidad no permitida en el modelo jerárquico). Fue una gran mejora con respecto al modelo jerárqui- co, ya que ofrecía una solución eficiente al problema de redundancia de datos; pero, aun así, la dificultad que sig- nifica administrar la información en una base de datos de red ha significado que sea un modelo utilizado en su ma- yoría por programadores más que por usuarios finales. Bases de datos transaccionales Son bases de datos cuyo único fin es el envío y recep- ción de datos a grandes velocidades, estas bases son muy poco comunes y están dirigidas por lo general al entorno de análisis de calidad, datos de producción e industrial, es importante entender que su fin único es recolectar y recuperar los datos a la mayor velocidad posible, por lo tanto la redundancia y duplicación de información no es un problema como con las demás bases de datos, por lo general para poderlas aprovechar al máximo permiten al- gún tipo de conectividad a bases de datos relacionales. Un ejemplo habitual de transacción es el traspaso de una cantidad de dinero entre cuentas bancarias. Normalmen- te se realiza mediante dos operaciones distintas, una en la que se debita el saldo de la cuenta origen y otra en la que acreditamos el saldo de la cuenta destino. Para garantizar la atomicidad del sistema (es decir, para que no aparez- ca o desaparezca dinero), las dos operaciones deben ser atómicas, es decir, el sistema debe garantizar que, bajo cualquier circunstancia (incluso una caída del sistema), el resultado final es que, o bien se han realizado las dos operaciones, o bien no se ha realizado ninguna. Bases de datos relacionales Este es el modelo utilizado en la actualidad para represen- tar problemas reales y administrar datos dinámicamente. Tras ser postulados sus fundamentos en 1970 por Edgar Frank Codd, de los laboratorios IBM en San José (Cali- fornia), no tardó en consolidarse como un nuevo paradig- ma en los modelos de base de datos. Su idea fundamental es el uso de “relaciones”. Estas relaciones podrían consi- derarse en forma lógica como conjuntos de datos llama- dos "tuplas". Pese a que esta es la teoría de las bases de datos relacionales creadas por Codd, la mayoría de las ve- ces se conceptualiza de una manera más fácil de imaginar. Esto es pensando en cada relación como si fuese una tabla que está compuesta por registros (las filas de una tabla), que representarían las tuplas, y campos (las columnas de una tabla). En este modelo, el lugar y la forma en que se almace- nen los datos no tienen relevancia (a diferencia de otros modelos como el jerárquico y el de red). Esto tiene la considerable ventaja de que es más fácil de entender y de utilizar para un usuario esporádico de la base de datos. La información puede ser recuperada o almacenada me- diante “consultas” que ofrecen una amplia flexibilidad y poder para administrar la información. El lenguaje más habitual para construir las consultas a ba- ses de datos relacionales es SQL, Structured Query Lan- guage o Lenguaje Estructurado de Consultas, un estándar implementado por los principales motores o sistemas de gestión de bases de datos relacionales. Durante su diseño, una base de datos relacional pasa por un proceso al que se le conoce como normalización de una base de datos. Bases de datos multidimensionales Son bases de datos ideadas para desarrollar aplicaciones muy concretas, como creación de Cubos OLAP. Básica- mente no se diferencian demasiado de las bases de datos relacionales (una tabla en una base de datos relacional po- dría serlo también en una base de datos multidimensio- nal), la diferencia está más bien a nivel conceptual; en las bases de datos multidimensionales los campos o atributos de una tabla pueden ser de dos tipos, o bien representan dimensiones de la tabla, o bien representan métricas que se desean aprender.
  • 25. 18 CAPÍTULO 3. BASE DE DATOS Bases de datos orientadas a objetos Este modelo, bastante reciente, y propio de los modelos informáticos orientados a objetos, trata de almacenar en la base de datos los objetos completos (estado y compor- tamiento). Una base de datos orientada a objetos es una base de da- tos que incorpora todos los conceptos importantes del pa- radigma de objetos: • Encapsulación - Propiedad que permite ocultar la in- formación al resto de los objetos, impidiendo así ac- cesos incorrectos o conflictos. • Herencia - Propiedad a través de la cual los objetos heredan comportamiento dentro de una jerarquía de clases. • Polimorfismo - Propiedad de una operación median- te la cual puede ser aplicada a distintos tipos de ob- jetos. En bases de datos orientadas a objetos, los usuarios pue- den definir operaciones sobre los datos como parte de la definición de la base de datos. Una operación (llamada función) se especifica en dos partes. La interfaz (o signa- tura) de una operación incluye el nombre de la operación y los tipos de datos de sus argumentos (o parámetros). La implementación (o método) de la operación se especifica separadamente y puede modificarse sin afectar la inter- faz. Los programas de aplicación de los usuarios pueden operar sobre los datos invocando a dichas operaciones a través de sus nombres y argumentos, sea cual sea la forma en la que se han implementado. Esto podría denominarse independencia entre programas y operaciones. SQL:2003, es el estándar de SQL92 ampliado, soporta los conceptos orientados a objetos y mantiene la compa- tibilidad con SQL92. Bases de datos documentales Permiten la indexación a texto completo, y en líneas gene- rales realizar búsquedas más potentes, sirven para alma- cenar grandes volúmenes de información de antecedentes históricos. Tesaurus es un sistema de índices optimizado para este tipo de bases de datos. Bases de datos deductivas Un sistema de base de datos deductiva, es un sistema de base de datos pero con la diferencia de que permite ha- cer deducciones a través de inferencias. Se basa princi- palmente en reglas y hechos que son almacenados en la base de datos. Las bases de datos deductivas son también llamadas bases de datos lógicas, a raíz de que se basa en lógica matemática. Este tipo de base de datos surge de- bido a las limitaciones de la Base de Datos Relacional de responder a consultas recursivas y de deducir relaciones indirectas de los datos almacenados en la base de datos. Lenguaje Utiliza un subconjunto del lenguaje Prolog llamado Datalog el cual es declarativo y permite al orde- nador hacer deducciones para contestar a consultas ba- sándose en los hechos y reglas almacenados. Ventajas • Uso de reglas lógicas para expresar las consultas. • Permite responder consultas recursivas. • Cuenta con negaciones estratificadas • Capacidad de obtener nueva información a través de la ya almacenada en la base de datos mediante infe- rencia. • Uso de algoritmos que optimizan las consultas. • Soporta objetos y conjuntos complejos. Fases • Fase de Interrogación: se encarga de buscar en la base de datos informaciones deducibles implícitas. Las reglas de esta fase se denominan reglas de deri- vación. • Fase de Modificación: se encarga de añadir a la base de datos nuevas informaciones deducibles. Las reglas de esta fase se denominan reglas de genera- ción. Interpretación Encontramos dos teorías de interpre- tación de las bases de datos deductiva por lo cual conside- ramos las reglas y los hechos como axiomas. Los hechos son axiomas base que se consideran como verdaderos y no contienen variables. Las reglas son axiomas deducti- vos ya que se utilizan para deducir nuevos hechos. • Teoría de Modelos: una interpretación es llamada modelo cuando para un conjunto específico de re- glas, estas se cumplen siempre para esa interpreta- ción. Consiste en asignar a un predicado todas las combinaciones de valores y argumentos de un do- minio de valores constantes dado. A continuación se debe verificar si ese predicado es verdadero o falso. Mecanismos Existen dos mecanismos de inferencia: • Ascendente: donde se parte de los hechos y se ob- tiene nuevos aplicando reglas de inferencia. • Descendente: donde se parte del predicado (obje- tivo de la consulta realizada) e intenta encontrar si- militudes entre las variables que nos lleven a hechos correctos almacenados en la base de datos.
  • 26. 3.1. BASE DE DATOS 19 Sistema de Gestión de bases de datos distribuida (SGBD) La base de datos y el software SGBD pueden estar dis- tribuidos en múltiples sitios conectados por una red. Hay de dos tipos: 1. Distribuidos homogéneos: utilizan el mismo SGBD en múltiples sitios. 2. Distribuidos heterogéneos: Da lugar a los SGBD fede- rados o sistemas multibase de datos en los que los SGBD participantes tienen cierto grado de autonomía local y tie- nen acceso a varias bases de datos autónomas preexisten- tes almacenados en los SGBD, muchos de estos emplean una arquitectura cliente-servidor. Estas surgen debido a la existencia física de organismos descentralizados. Esto les da la capacidad de unir las ba- ses de datos de cada localidad y acceder así a distintas universidades, sucursales de tiendas, etc. 3.1.3 Consulta a base de datos Una consulta es el método para acceder a los datos en las bases de datos. Con las consultas se puede modifi- car, borrar, mostrar y agregar datos en una base de datos, también pueden utilizarse como origen de registro para formularios. Para esto se utiliza un Lenguaje de consulta. Las consultas a la base de datos se realizan a través de un Lenguaje de manipulación de datos, el lenguaje de con- sultas a base de datos más utilizado es SQL. 3.1.4 Véase también • Sistema de gestión de base de datos • Modelo relacional, normalización de bases de datos • Base de datos orientada a objetos • Almacén de datos • Minería de datos • Base de datos biológica • Base de datos probabilística 3.1.5 Referencias [1] «PROTECCION DE LOS DATOS». 4 de octubre de 2000. Consultado el 10 de abril de 2016. 3.1.6 Enlaces externos • Wikimedia Commons alberga contenido multi- media sobre Base de datos. Commons • Base de datos en Open Directory Project • Introducción a la Ciencia de Datos y Herramientas de Análisis para Investigación
  • 27. Capítulo 4 Ejemplos de organizaciones que disponen de datos abiertos 4.1 Portal de datos abiertos de la UE El portal de datos abiertos de la UE es el punto de ac- ceso único a una gran variedad de datos elaborados por las instituciones, agencias y otros organismos de la Unión Europea. Es un elemento esencial de la estrategia de la UE en materia de datos abiertos. 4.1.1 Base jurídica y orígenes El portal se creó oficialmente mediante la Decisión 2011/833/UE de la Comisión, de 12 de diciembre de 2011, relativa a la reutilización de los documentos de la Comisión, con objeto de fomentar el acceso y la reutili- zación de dichos documentos, y empezó a funcionar en versión beta en diciembre de 2012.[1] La gestión operativa del portal la lleva la Oficina de Publi- caciones de la Unión Europea, y la Dirección General de Redes de Comunicación, Contenido y Tecnologías de la Comisión Europea es responsable de la política de datos abiertos. 4.1.2 Características El portal permite al usuario buscar, explorar, enlazar, des- cargar y reutilizar fácilmente los datos, para fines comer- ciales o no comerciales, a través de un catálogo de me- tadatos comunes que facilita el acceso a los datos alma- cenados en las webs de las instituciones, agencias y otros organismos de la UE. Las tecnologías semánticas ofrecen nuevas funciones. Los metadatos pueden buscarse con un buscador interactivo (en la pestaña “Datos”) y mediante consultas SPARQL (en la pestaña “Datos vinculados”). También hay un muestrario de aplicaciones de visualiza- ción (en la pestaña “Aplicaciones”) de las diversas insti- tuciones, agencias y organismos de la UE. Los usuarios pueden proponer que se añadan al portal da- La sección de términos populares es otra manera de ver los datos existentes en el portal y cuáles son los más consultados. tos de su interés, opinar sobre la calidad de los datos que encuentran e intercambiar información con otros usuarios sobre el uso del portal. Se invita a los usuarios a proponer datos que deseen ver en el portal. La interfaz está en las 24 lenguas oficiales de la UE, pero actualmente la mayoría de los metadatos solo se encuen- tran en un número limitado de lenguas (alemán, francés e inglés). Algunos (como los nombres de los proveedores de datos o la cobertura geográfica) están traducidos a las 24 lenguas según las listas de vocabulario controladas que utiliza el portal.[2] 20
  • 28. 4.1. PORTAL DE DATOS ABIERTOS DE LA UE 21 4.1.3 Condiciones de uso La mayoría de los datos accesibles a través del portal de datos abiertos de la UE se atienen al aviso jurídico de la web EUROPA[3] EUROPA y pueden reutilizarse gratui- tamente, con fines comerciales o no comerciales, siempre que se cite la fuente. Hay unos pocos datos a los que se aplican condiciones específicas de reutilización, la mayo- ría relacionadas con la protección de derechos de propie- dad intelectual de terceros. 4.1.4 Datos disponibles El portal contiene una gran variedad de datos abiertos de gran valor añadido, como ha confirmado recientemente la carta del G8 sobre datos abiertos, en diversos ámbitos de actividad de la UE, como economía, empleo, ciencia, medio ambiente y educación. The number of data provi- ders — which include Eurostat, the European Environ- ment Agency and the Joint Research Centre — continues to grow. Hasta el momento se dispone de un total de más de 7.800 datos procedentes de unos 56 organismos, instituciones o departamentos de la UE, como Eurostat, la Agencia Eu- ropea de Medio Ambiente, el Centro Común de Inves- tigación y diversas direcciones generales de la Comisión Europea y Agencias de la UE. Además de permitir el acceso a los datos, el portal es un cómodo punto de entrada a toda una gama de aplicaciones de visualización que ofrecen datos de la UE y que se pre- sentan tanto por su valor informativo como por constituir ejemplos del tipo de aplicaciones en que pueden utilizarse los datos. El visor de mapas del EFDAC es una aplicación web cartográfica personalizada que permite al usuario visualizar, navegar y con- sultar mapas y otros conjuntos de datos geográficos disponibles producidos por el Centro Común de Investigación. 4.1.5 Arquitectura del portal El portal se basa en soluciones abiertas como el sistema de gestión de contenidos Drupal y el catálogo de datos CKAN, desarrollados por la Open Knowledge Founda- tion. Utiliza la base de datos RDF Virtuoso y un editor SPARQL. El catálogo de metadatos se basa en normas internaciona- les como Dublin Core, el vocabulario DCAT y el esquema de descripción de metadatos ADMS.[4] 4.1.6 Véase también • Open data • Institutions of the European Union • Agencies of the European Union • Bodies of the European Union 4.1.7 Referencias [1] «Decisión de la Comisión, de 12 de diciembre de 2011 (2011/833/UE)». [2] «UE listas de vocabulario controladas». [3] «aviso jurídico EUROPA». [4] «Open Data Portals in Europe». 4.1.8 Enlaces externos • Europe 2020 – Official EU Site • Digital Agenda for Europe • Open Data section of above site • Joinup community on EU open data • Communication ‘Open data — An engine for inno- vation, growth and transparent governance’ • Legal rules on public services information • Open Knowledge Foundation • Dublin Core • Publication and usage of linked data on the Web • Data catalogues • Open data classification by Tim Berners Lee • Open Data Challenge (now over)