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PRESTACIONES SOCIALES
PRESTACIONES
SOCIALES
Presentado por:
Silenth Marleys Hernández Pertuz.
Docente:
Álvaro Osorio Sierra.
Asignatura derecho laboral
Valledupar
2023
PRESTACIONES SOCIALES
Las prestaciones sociales son beneficios adicionales que
la empresa debe pagar a sus colaboradores. Las
principales incluyen la prima de servicios, las cesantías y
sus intereses, la dotación y la seguridad social. Estas son
importantes, ya que aportan beneficios a las empresas,
como reducir el ausentismo.
CLASIFICACION DE LAS PRESTACIONES
SOCIALES
• PRESTACIONES
SOCIALES LEGALES
Deben estar
consagradas en la
legislación laboral,
especialmente en le
Código Sustantivo del
Trabajo. y cuyo pago
es obligatorio por
parte del empleador .
• PRESTACIONES SOCIALES
EXTRALEGALES
Son aquellas que
sobrepasan el valor a
las prestaciones sociales
legales y son concedidas
unilateralmente , no se
encuentran contenidas
en la legislación laboral,
y son pactadas. Pero no
pueden ser inferiores a
las legales.
PRESTACIONES LEGALES PUEDEN SER :
las prestaciones legales pueden ser comunes o especiales
prestaciones comunes están reguladas en los artículos 193 a
258 del Código Sustantivo del Trabajo entre las que se
encuentran:
• dotación
• el auxilio funerario
• el auxilio de cesantía
• el interés de cesantías
• el subsidio familiar
Las prestaciones especiales están normadas en los artículos
259 y siguientes del mismo ordenamiento y de las leyes
especiales que han modificado la legislación laboral en los
últimos años, entre las que podemos señalar:
• la prima de servicios .
• el seguro colectivo de vida.
Dotación,
una de las prestaciones sociales obligatorias la dotación
es una de las prestaciones sociales que los empleadores
deben suministrar a cada colaborador. Corresponde a un
par de zapatos y un vestido cada cuatro meses.
Intereses sobre de cesantias
Los intereses de cesantías también son un
reconocimiento que recibe el colaborador por el tiempo
trabajado. Estos son calculados sobre las cesantías que
tenga acumuladas al 31 de diciembre de cada año.
Además, se pagan a más tardar el 31 de enero del
siguiente año y a una tasa del 12% anual.
Auxilio de cesantías
Las cesantías son un aporte creado con la finalidad de
que el colaborador tenga un auxilio adicional de su
salario. Son prestaciones sociales que se hacen para
cuando el colaborador quede cesante. Este aporte
consiste en un mes de salario por cada año de trabajo o
la fracción correspondiente, si es menor a un año
La prima de servicio
La prima de servicios es una de las principales prestaciones
sociales y se debe a la participación del colaborador en las
utilidades de la empresa. Es un beneficio que se le debe pagar
directamente a este a través de la nómina.
Se paga en dos cuotas, una a mitad del año y la otra al final de
este, o en caso de desvinculación laboral, en la liquidación. Los
primeros quince días se deben pagar máximo el 30 de junio y los
restantes quince días en los primeros 20 días del mes de
diciembre.
Características y protección de las prestaciones
sociales.
Irrenunciabilidad
Prohibición de cesión
Inembargabilidad
Privilegio excluyente en el pago de otros créditos
Prescripción
REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS
 https://www.fna.gov.co/Blog/Paginas/Prestaciones-sociales-ventajas-de-su-cumplimiento-para-la-
empresa.aspx#:~:text=Seg%C3%BAn%20el%20C%C3%B3digo%20Sustantivo%20del,que%20el%20c
olaborador%20lleve%20vinculado.
 https://www.eltiempo.com/justicia/servicios/en-que-casos-no-tiene-derecho-al-auxilio-de-transporte-
598432
 https://www.gerencie.com/auxilio-de-transporte.html#:~:text=social%20y%20parafiscales.-
,%C2%BFEl%20auxilio%20de%20transporte%20es%20obligatorio%3F,el%20transporte%20completo%
20al%20trabajador.
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  • 2. PRESTACIONES SOCIALES Presentado por: Silenth Marleys Hernández Pertuz. Docente: Álvaro Osorio Sierra. Asignatura derecho laboral Valledupar 2023
  • 3. PRESTACIONES SOCIALES Las prestaciones sociales son beneficios adicionales que la empresa debe pagar a sus colaboradores. Las principales incluyen la prima de servicios, las cesantías y sus intereses, la dotación y la seguridad social. Estas son importantes, ya que aportan beneficios a las empresas, como reducir el ausentismo.
  • 4.
  • 5. CLASIFICACION DE LAS PRESTACIONES SOCIALES
  • 6. • PRESTACIONES SOCIALES LEGALES Deben estar consagradas en la legislación laboral, especialmente en le Código Sustantivo del Trabajo. y cuyo pago es obligatorio por parte del empleador . • PRESTACIONES SOCIALES EXTRALEGALES Son aquellas que sobrepasan el valor a las prestaciones sociales legales y son concedidas unilateralmente , no se encuentran contenidas en la legislación laboral, y son pactadas. Pero no pueden ser inferiores a las legales.
  • 7. PRESTACIONES LEGALES PUEDEN SER : las prestaciones legales pueden ser comunes o especiales prestaciones comunes están reguladas en los artículos 193 a 258 del Código Sustantivo del Trabajo entre las que se encuentran: • dotación • el auxilio funerario • el auxilio de cesantía • el interés de cesantías • el subsidio familiar Las prestaciones especiales están normadas en los artículos 259 y siguientes del mismo ordenamiento y de las leyes especiales que han modificado la legislación laboral en los últimos años, entre las que podemos señalar: • la prima de servicios . • el seguro colectivo de vida.
  • 8. Dotación, una de las prestaciones sociales obligatorias la dotación es una de las prestaciones sociales que los empleadores deben suministrar a cada colaborador. Corresponde a un par de zapatos y un vestido cada cuatro meses. Intereses sobre de cesantias Los intereses de cesantías también son un reconocimiento que recibe el colaborador por el tiempo trabajado. Estos son calculados sobre las cesantías que tenga acumuladas al 31 de diciembre de cada año. Además, se pagan a más tardar el 31 de enero del siguiente año y a una tasa del 12% anual.
  • 9. Auxilio de cesantías Las cesantías son un aporte creado con la finalidad de que el colaborador tenga un auxilio adicional de su salario. Son prestaciones sociales que se hacen para cuando el colaborador quede cesante. Este aporte consiste en un mes de salario por cada año de trabajo o la fracción correspondiente, si es menor a un año La prima de servicio La prima de servicios es una de las principales prestaciones sociales y se debe a la participación del colaborador en las utilidades de la empresa. Es un beneficio que se le debe pagar directamente a este a través de la nómina. Se paga en dos cuotas, una a mitad del año y la otra al final de este, o en caso de desvinculación laboral, en la liquidación. Los primeros quince días se deben pagar máximo el 30 de junio y los restantes quince días en los primeros 20 días del mes de diciembre.
  • 10. Características y protección de las prestaciones sociales. Irrenunciabilidad Prohibición de cesión Inembargabilidad Privilegio excluyente en el pago de otros créditos Prescripción
  • 11. REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS  https://www.fna.gov.co/Blog/Paginas/Prestaciones-sociales-ventajas-de-su-cumplimiento-para-la- empresa.aspx#:~:text=Seg%C3%BAn%20el%20C%C3%B3digo%20Sustantivo%20del,que%20el%20c olaborador%20lleve%20vinculado.  https://www.eltiempo.com/justicia/servicios/en-que-casos-no-tiene-derecho-al-auxilio-de-transporte- 598432  https://www.gerencie.com/auxilio-de-transporte.html#:~:text=social%20y%20parafiscales.- ,%C2%BFEl%20auxilio%20de%20transporte%20es%20obligatorio%3F,el%20transporte%20completo% 20al%20trabajador.