Dinámicas sociales urbanas conflicto público-mediador en la ciudad - liliana ...
Diego buitrago botero
1.
2. Mediación Virtual
¿Una nueva opción?
Caso Colombia
DIEGO MARTIN BUITRAGO BOTERO
Coordinador Grupo de Estudios Jurídicos
Facultad de Derecho
Linea Estudios Jurídicos en Informática y Tecnología
–GEJIT-
3. A MODO DE INTRODUCCION
¿Qué es “real”, Neo?, ¿De qué modo definirías
“real”?.
Si te refieres a lo que puedes sentir, a lo que
puedes oler, a lo que puedes saborear y ver,
entonces el término “real” Son señales eléctricas
interpretadas por tu cerebro…
Bienvenido al “desierto de lo real”.
Morfeo en Matrix
6. MEDIACION
En la actualidad no hay conflicto
cotidiano en el que no pueda
tener cabida la intervención de un
buen Mediador
7. PREGUNTA DE INVESTIGACIÓN
¿Es posible la luz de la normatividad
Colombiana, en materia de MASC, la
RESOLUCIÓN DE DISPUTAS EN LINEA?
8. TRANSFORMANDO LA JUSTICIA
Crisis judicial
Reformas
Judiciales
Justicia Justicia
Hetero Auto
compositiva compositiva
(impuesta (concertada
por otro) con el otro)
MASC
MEDIACION
10. • Decreto 2272 de 1989 Jurisdicción especial de familia e introdujo la celebración de
la audiencia de Conciliación.
• Decreto 2282 de 1989 reforma el procedimiento Civil. Introduce la celebración
obligatoria de la Audiencia de Conciliación.
• ley 23 de 1991 denominada de “descongestión de los despachos Judiciales”.
• Constitución Nacional Articulo 116 Conciliación (en derecho y en equidad) y
Arbitraje.
• Decreto transitorio 2651 de 1991, amplia la aplicación de la Conciliación a los
asuntos susceptibles de transacción,
11. • Decreto 173 de 1993 Conciliación Prejudicial en materia Contencioso administrativa en los
conflictos de carácter particular y de contenido patrimonial.
• Ley 80 de 1993 Estatuto de Contratación Administrativa. Utilización de Mecanismos de
Resolución de Conflictos.
• Ley 222 de 1995, Procesos Concúrsales los organismos de control y vigilancia podrían actuar
como entes Conciliadores.
• Ley 446 de 1998 descongestión, eficiencia y acceso a la Justicia.
• Decreto1818 de 1998 Compilatorio de los Mecanismos de Resolución de conflictos existentes
(Conciliación, Arbitraje, Amigable Composición y Conciliación en equidad.
• Decreto 2511 de 1998 reglamenta la Conciliación Extrajudicial Contencioso Administrativa y
en materia Laboral.
12. • Ley 497 de 1999 Crea la Jurisdicción de Paz y se les da la facultad de Conciliar .
• Ley 640 del 2001 Ley de Conciliación.
• Ley 906 del 2005 Sistema Penal acusatorio
• Establece por primera vez en Colombia la consagración legal de la figura de la Mediación.
• ley 1341 de 2009 Ley de TIC.
• Definen principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las TIC
• Crea la agencia nacional de espectro
14. CAMBIO DE PARADIGMA
Si ha sido posible que el paradigma de
resolución de las diferencias de las
personas en Colombia cambie con la
implementación de dispositivos diferentes
al proceso judicial, porqué no entregarles
una alternativa diferente - innovadora:
La alternativa virtual de resolver las
diferencias o conflictos.
15. VENTAJAS
• FLEXIBILIZACION EN EL MEDIO O
MECANISMO DE COMUNICACIÓN.
• AHORRO DE TIEMPO Y DINERO.
• MAYOR CONTROL DE LAS PARTES
SOBRE EL TRAMITE.
• NO HAY CONFRONTACION “CARA A
CARA”.
• CONFIABILIDAD Y CONFIDENCIALIDAD
16. DIFICULTADES
• Resistencia al cambio por la forma o
medio por el que se comunican las partes.
• Las partes tiende a verse como extraños
• Puede dificultar el ambiente de confianza
• Puede dificultar el ambiente de
comunicación abierta.
17. DIFICULTADES
• NEGATIVA Y RESISTENCIA DE LOS
ACTORES JUDICIALES EN ACEPTAR
LA ODR.
LA LEY COLOMBIANA TIENE RESUELTO
EL PROBLEMA PERO LOS
ADMINISTRADORES NO LA APLICAN
18. DEC. 2328 DE 1982 (Agosto 2)
• "por medio del cual se dictan normas
sobre el servicio de transmisión o
recepción de información codificada
(datos) entre equipos informáticos, es
decir, computadoras y/o terminales en el
territorio nacional"
19. DEC. 148 de 1984 (enero 24)
• "por el cual se dictan normas sobre los servicios
de transmisión de información codificada (datos)
para correspondencia publica.
• Ya desde la década de los 80 se hace mención
a los servicios de transmisión de información
codificada (datos - hoy mensajes de datos),
inclusive se habla de correo electrónico.
20. DECRETO 2150 DE 1995
• ARTÍCULO 26: Utilización de sistemas electrónicos de
archivo y transmisión de datos. Las entidades de la
administración pública deberán habilitar sistemas de
transmisión electrónica de datos para que los usuarios
envíen o reciban información requerida en sus
actuaciones frente a la administración.
• En ningún caso las entidades públicas podrán
limitar el uso de tecnologías para el archivo
documental por parte de los particulares sin perjuicio
de los estándares tecnológicos que las entidades
públicas adopten para el cumplimiento de algunas de las
obligaciones legales a cargo de los particulares.
21. LEY 527 DE 1999
• Acceso y uso de los mensajes de datos,
del comercio electrónico y de las firmas
digitales.
• No se negarán efectos jurídicos,
validez o fuerza obligatoria a todo tipo
de información por la sola razón de que
esté en forma de mensaje de datos.
22. DECRETO 266 DE 2000
• ARTÍCULO 26: Medios tecnológicos.
• Se autoriza a la administración pública
para el empleo de cualquier medio
tecnológico o documento electrónico.
• Toda persona podrá en su relación
con la administración hacer uso de
cualquier medio técnico o electrónico.
23. EL PAPEL DE LOS ACTORES Y EL
PROCESO MISMO SOLO CAMBIA EN
CUANTO A LA FORMA DE
COMUNICACIÓN Y EL MEDIO QUE SE
UTILIZA