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Secretaría Técnica de los Órganos
Resolutivos
Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios - JARU
DIRECTIVA
“Procedimiento Administrativo de Atención de
Reclamos de los Usuarios de los Servicios
Públicos de Electricidad y Gas Natural”
Resolución N° 269-2014-OS/CD
Fecha de Publicación: 23 de enero de 2015
Fecha en que entró en vigencia: 23 de mayo de
2015
Capítulo I:
Disposiciones
Generales
Art. 1° Objetivo
Garantizar
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expeditivos y
efectivos
Atención de
reclamos y
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Art. 2° Alcance
Reclamos
Solicitudes
de MC
Quejas
Cumplimientos
Art. 3° Principios
Art. 64° CPDC
Art. IV TP LPAG
Art. 4°
Definiciones
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Art. 6°
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Abogado
Art. 7°
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Art. 8° Acceso
al Expediente
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Computador con
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portal de Osinergmin
(IMPLEMENTACIÓN
PROGRESIVA)
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Resoluciones
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resolución a ser
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Art. 11°
Notificación
Papel autocopiativo: original (cargo)
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2016
Descripción características:
numeración, color, indicación de
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Capítulo II: Atención
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Empresas
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Art. 13°
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Recupero
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Corte de servicio
Reembolso de aportes o contribuciones
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Art. 14°
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Reclamo
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Directiva de reclamos 2015 (vigente)

  • 1. Secretaría Técnica de los Órganos Resolutivos Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios - JARU
  • 2. DIRECTIVA “Procedimiento Administrativo de Atención de Reclamos de los Usuarios de los Servicios Públicos de Electricidad y Gas Natural” Resolución N° 269-2014-OS/CD Fecha de Publicación: 23 de enero de 2015 Fecha en que entró en vigencia: 23 de mayo de 2015
  • 4. Art. 1° Objetivo Garantizar normas Procedimientos expeditivos y efectivos Atención de reclamos y trámites afines
  • 6. Art. 3° Principios Art. 64° CPDC Art. IV TP LPAG
  • 7. Art. 4° Definiciones Art. 5° Gratuidad Art. 6° Intervención de Abogado Art. 7° Representación Art. 8° Acceso al Expediente
  • 8. Art. 9° Servicios al Usuario Computador con acceso a su portal y al portal de Osinergmin (IMPLEMENTACIÓN PROGRESIVA) Habilitar correo electrónico para reclamos
  • 9. Art. 10° Resoluciones Considerar Precedentes. Sanción y nulidad Formatos de resolución a ser aprobados
  • 10. Art. 11° Notificación Papel autocopiativo: original (cargo) y copia (usuario) EXIGIBLE A PARTIR DEL PRIMER DÍA ÚTIL DE ABRIL DE 2016 Descripción características: numeración, color, indicación de suministro (factible) Predios multifamiliares Fotografías y videos
  • 13. Art. 13° Materias Reclamables Negativa instalación/incremento potencia/cambio opción Excesivo consumo/Excesiva facturación Recupero Cobro indebido Corte de servicio Reembolso de aportes o contribuciones Reubicación de instalaciones bajo resp. de concesionaria Mala calidad: tensión/interrupciones Deuda de terceros Otras cuestiones vinculadas a la prestación del SPE y GN
  • 14. Art. 13° Materias Reclamables Materias de alcance particular SI Cuestiones de alcance general (intereses difusos o colectivos) NO
  • 16. Art. 15° Recepción y Registro del Reclamo Empresa Proporciona N° de registro de reclamo Se considera presentado en la fecha que es recibido Remitir N° de registro a los 2 días hábiles (cuando es presentado por otros medios) Reclamos telefónicos: obligación de leer la transcripción e incorporar grabación a expediente Dejar constancia de documentos presentados indicando los folios
  • 17. Art. 16° Garantías a favor del reclamante No condicionar reclamo al pago del monto reclamadoNo incorporar en recibos posteriores deuda reclamada (solo informativo). Tampoco efectuar gestión de cobro de deuda reclamada No cortar el servicio No proceder a la instalación o reinstalación en casos de oposición
  • 18. Art. 17° Requisitos de Admisibilidad El domicilio debe ubicarse en la ciudad donde se ubica el suministro. De no ser posible, en la ciudad en que se encuentra el ámbito de acción de la empresa. Casilla Electrónica
  • 19. Art. 18° Acuerdo de Partes No podrán celebrarse acuerdos durante las inspecciones de campo
  • 20. Art. 19° Medios Probatorios Empresa debe acreditar cumplimiento de obligaciones impuestas por normativa respecto de la materia reclamada Empresa debe actuar medios ofrecidos por usuario: pertinentes/se ajusten a la naturaleza de reclamo En casos sobre excesivo consumo de energía eléctrica: i) efectuar inspección de campo (datos de medidor y parámetros utilizados para facturación y descartar errores de lecturas), salvo que cuente con una de fecha posterior; ii) descartar en gabinete todo tipo de error de facturación. No debe intervenir ni manipular el sistema de medición ni conexionado. Si con lo anterior verifica un error que originó el exceso de consumo, emite resolución
  • 21. Art. 19° Medios Probatorios En caso no advierta ningún error, la empresa deberá: i) informar prueba de contraste (salvo cuente con informe de contraste posterior al periodo reclamado); ii) contratar a la empresa contrastadora elegida; iii) de no optar por contraste, siempre que consumo reclamado exceda 40% 12 últimos meses (sin estacionales) deberá a su costo efectuar una prueba técnica de campo similar al contraste y realizar prueba de aislamiento, salvo oposición expresa de usuario En caso de reclamos por corte de servicio, la empresa deberá realizar, bajo sanción de nulidad la evaluación conforme al Reporte 2, Anexo 3.
  • 22. Art. 20° Resolución del Reclamo (Improcedencia) Pedido vinculado a materia no reclamable Carecer de interés o legitimidad Pedido física o jurídicamente imposible Existencia de acuerdos sobre la misma materia Materia reclamada ya resuelta/en trámite en otro procedimiento
  • 23. Art. 20° Resolución del reclamo (plazos) 10 días hábiles Corte y Reposición del servicio Exceso BT5B (error facturación) 30 días hábiles Exceso BT5B (no error de facturación) Demás materias
  • 24. Art. 20° Resolución del Reclamo (Fondo) Fundado Fundado en parte Infundado
  • 25. Art. 21° Silencio Administrativo Positivo No se pronuncia dentro de los plazos de Directiva No se pronuncia dentro del plazo establecido por JARU (nulidad) No se pronuncia sobre reconsideración dentro del plazo No notifica resolución dentro del plazo (5 días) Efectos Pronunciamiento fuera de plazo: NULO Notificación fuera de plazo: INEFICAZ JARU declara aplicación de SAP: fundado reclamo (fin de procedimiento) Se declara SAP sólo si no contraviene ordenamiento Jurídico
  • 26. Art. 22° Recursos Administrativos Reconsideración: Resuelto por la propia empresa, requiere nueva prueba, no es requisito para apelar. Es resuelto en 10 días hábiles Apelación: Resuelto por JARU Se presentan ante la empresa, plazo máximo de 15 días hábiles. Si es presentado ante Osinergmin, corre traslado. Se considera presentado en la fecha de recepción en distribuidora u Osinergmin. Plazo corre desde que distribuidora lo recibe Requisitos admisibilidad Nombre completo/representante debe acreditarse si no lo hizo anteriormente Numero de Resolución cuestionada Firma o huella digital
  • 27. Art. 23° Remisión de Expediente Administrativo Art. 24° Audiencia de Conciliación
  • 28. Art. 25° Resolución de JARU (plazos) 10 días hábiles: corte y reposición 15 días hábiles: Exceso BT5B 30 días hábiles: demás materias
  • 29. Art. 25° Resolución de JARU (pronunciamiento) Confirmar Revocar Declarar Nula
  • 30. Art. 26° Suspensión del Plazo del Procedimiento Art. 27° Silencio Administrativo Negativo Art. 28° Agotamiento de la Vía Administrativa
  • 32. Art. 29° Órgano Competente y Plazo JARU 5 días hábiles
  • 33. Art. 30° Trámite de las Solicitudes Cumplir requisitos de admisibilidad Requerir cumplimiento de requisitos. De no hacerlo, declara inadmisible Pueden ser declaradas improcedentes
  • 34. Art. 31° Requisitos de la Medida Cautelar Apariencia del derecho invocado Perjuicio en la demora o daño irreparable Contracautela: requisito para su ejecución
  • 35. Art. 32° Provisionalidad de la MC Queda sin efecto automáticamente al concluir el reclamo Puede ser levantada en cualquier momento por JARU Si es otorgada antes de iniciado el reclamo, deberá formularlo dentro de 10 días Art. 33° Recurso de Reconsideración
  • 37. Art. 34° Supuestos de Queja Art. 35° Lugar de Presentación de la Queja Art. 36° Requisitos de Admisibilidad Art. 37° Trámite de la Queja (declaración de Improcedencia) Art. 39° Resolución de la Queja
  • 39. Art. 39° Cumplimiento de Resoluciones y Actas Resoluciones de primera instancia Medidas dispuestas por JARU en resoluciones de reclamo, queja y medida cautelar Actas de acuerdo o actas de conciliación suscritas en el marco de un procedimiento de reclamo
  • 40. Supervisión del cumplimiento de Resoluciones de JARU De oficio Riesgo para la seguridad pública Calidad de servicio A solicitud del usuario Aquellas que no involucren las materias anteriores
  • 41. Supervisión del cumplimiento de Resoluciones de Primera Instancia y Actas de Acuerdo A solicitud del usuario Debe ser formulado dentro del año de vencido el plazo para que se ejecuten las medidas dispuestas
  • 42. Verificado Incumplimiento Resoluciones de Primera Instancia o actas de acuerdo Inicio de Procedimiento Administrativo Sancionador Resoluciones emitidas por JARU Aplicación de multas coercitivas Sin perjuicio de iniciar PAS correspondiente