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PROPUESTA DE ESTATUTOS




CAPITULO I. DE LA ORGANIZACION EN GENERAL

Artículo 1.

Con la denominación de : “Comunidad Avanza”, se constituye una
Organización de interés general y sin ánimo de lucro, con
personalidad jurídica propia (en tramites) y plena capacidad de
obrar de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica …………….y
demás normativas que pudieran serle de aplicación.

(Definir área geográfica) Zona sur, Santiago, El cibao, República
Dominicana o internacional

Artículo 2.

Los fines de la asociación tenderán a promover el interés general
y, en concreto, serán: Promover el desarrollo de la cultura en los
barrios y sectores mas vulnerables, desarrollando programas en
las áreas de:
Educacion,Teatro,Danza,Deportes,Folklor,Musica,Pintura,Dibujo,
Artesanía,Canto,Charlas de orientación vocacional, familiar,
valores, patriotismo, entre otros.

(Artículo 3.

Misión, Visión, Principios y Valores de Comunidad Avanza:

MISION
Desarrollar propuestas culturales, técnicas, educativas y sociales
que promuevan cambios significativos en el desarrollo de los
niños y jóvenes de los barrios marginados de la zona sur de
Santiago, a partir de la implementación de programas sociales,
educativos, culturales, técnicos y deportivos que conduzcan la
comunidad a una rápida mejoría de su calidad de vida, desde una
perspectiva voluntaria y solidaria.

VISION

Ser una institución generadora de cambios en el entorno cultural,
académico y social en base a una propuesta en continua
renovación, que centra su atención en el desarrollo y la
superación de una nueva generación.

PRINCIPIOS Y VALORES

Las experiencias en el trabajo voluntario y solidario nos imprimen
los principios y valores que fundamentan el quehacer educativo y
cultural: Responsabilidad, Solidaridad, Tolerancia, Justicia,
Servicio, Honestidad, Respeto.




Artículo 4.

La duración de la Asociación será por tiempo indefinido. El
acuerdo de disolución se adoptará conforme a los presentes
estatutos.

Artículo 5.

El domicilio social se establece en , La zona sur de Santiago.
Poner dirección

La Asamblea General podrá, en su caso, modificar dicho domicilio.

Artículo 6.

CAPITULO II. DE LOS miembros.
Artículo 7.

La organización interna y el funcionamiento de comunidad avanza
será libre, plural y democrático, y los miembros lo serán en
condiciones de igualdad al objeto de evitar cualquier posición de
dominio en su funcionamiento.

Podrán ingresar como miembros todas aquellas personas, sin
ninguna clase de distinción, que asuman y respeten los presentes
estatutos y estén dispuestos a colaborar en el desarrollo de
nuestros proyectos y programas.

Artículo 8.

Podrán ser miembros de Comunidad Avanza, las personas con
edad mínima de? (…)con la salvedad de no disponer de voto en los
órganos reglamentarios, hasta tanto no cumpla con la edad
requerida para ello que es 18 años.

Artículo 9.

Los miembros saldrán de Comunidad Avanza, por alguna de
las siguientes razones:

      Por voluntad propia.
  •
      Por falta de pago de cuotas. (aquí conviene establecer un
  •
      número de ellas)
      Por comisión de acciones que perjudiquen gravemente los
  •
      intereses de la asociación, mediante acuerdo de Asamblea
      General Extraordinaria debidamente motivado, y adoptado
      tras ser informado y oído con carácter previo el asociado.
      Por fallecimiento.
  •
      Por faltas graves en perjuicio de Comunidad Avanza.
  •


Artículo 10.

Los miembros tienen los siguientes derechos:

      Tomar parte en las Asambleas Generales con voz y con
  •
      voto.
      Elegir y ser elegido para cargos directivos.
  •
Proponer cuantas sugerencias consideren oportunas a los
  •
      cargos directivos en aras a un mejor funcionamiento de la
      organización.
      Solicitar información a los órganos directivos sobre la
  •
      marcha de la organización.
      Disfrutar de todos los derechos que como miembro de la
  •
      organización le corresponde, según lo establecido por los
      presentes estatutos.

Artículo 11.

Son obligaciones de los miembros:

      Participar en las actividades de la organización y trabajar
  •
      para el logro de sus fines.
      Prestar cuantos servicios determinen los estatutos, las
  •
      normas disciplinarias y los acuerdos de los órganos
      directivos.
      Desempeñar los cargos para los que fuese elegido.
  •
      Asistir a las Asambleas Generales.
  •
      Satisfacer las cuotas que se establezcan.
  •


           Respetar los presentes estatutos

CAPITULO III. DE LOS ORGANOS DE DIRECCION Y
REPRESENTACION.

Artículo 12.

Serán órganos de la asociación, como mínimo, los siguientes:

      La Asamblea General…………………..
  •
      La Junta Directiva. ………………………
  •
      Las gerencias
  •
      Las subgerencias
  •
      otras
  •


(Puede ser interesante y positivo determinar otros posibles
órganos de la asociación, en los que pueden tomar parte los
miembros, como por ejemplo, comisiones de trabajo, equipos de
apoyo, voceros de diferentes temas o actividades que desarrolle
Comunidad Avanza y que puedan ser un cauce de participación
     ¡   ¢   £   ¤   ¥   ¦   §   ¦   ¨   ©   §   ¤      §




    interna de los miembros).

    Artículo 13.

    La Asamblea General de miembros es el órgano supremo de
    gobierno y de expresión de la voluntad de Comunidad
    Avanza. Estará integrada por todos los miembros.

    Las reuniones de la Asamblea General pueden ser ordinarias y
    extraordinarias

    La ordinaria se celebrará…… (Veces) al año( ) dentro de
    los………siguientes al cierre del ejercicio anual.

    La extraordinaria se celebrará cuantas veces lo acuerde la Junta
    directiva o lo soliciten la décima parte de los miembros por
    medio de escrito dirigido al consejo directivo, autorizado con las
    firmas correspondientes, en el que se exponga el motivo de la
    convocatoria y el orden del día.

    El Presidente y Secretario de la Asamblea serán los mismos que
    en la Junta Directiva.

    Artículo 14.

    La Asamblea General, tanto ordinaria como extraordinaria, será
    convocada por la Junta Directiva con al menos quince días de
    antelación a su celebración mediante anuncios en el domicilio
    social, citación personal y otros medios que garanticen el
    conocimiento de la convocatoria.

    La convocatoria expresará el lugar, día y hora de la reunión en
    primera y segunda convocatoria así como el orden del día.

    Artículo 15.

    Son facultades de la Asamblea Ordinaria:

                 El examen y aprobación de las cuotas.
         •
                 Aprobación de la gestión de la Junta Directiva.
         •
Aprobación del acta de la reunión anterior y de la memoria
  •
      anual de actividades.
      Decidir sobre la aplicación concreta de los fondos
  •
      disponibles.
      Aprobar los presupuestos de ingresos y gastos para cada
  •
      ejercicio y hacer el balance anual del mismo.
      Aprobar el plan de actividades.
  •
      Aprobar el reglamento interno o disciplinario.
  •
      Acordar las distinciones y sanciones a que se hagan
  •
      acreedores los miembros. Con carácter previo a la adopción
      de medidas disciplinarias el miembro será informado de los
      hechos que den lugar a tales medidas y será oído
      previamente a su adopción que se hará de forma
      debidamente motivada.
      Resolver los asuntos que resultan de los Estatutos y que
  •
      estén atribuidos expresamente a la Asamblea General o a la
      Junta Directiva.
      El estudio, deliberación y aprobación, en su caso, de las
  •
      propuestas que sean presentadas por la Junta Directiva.
      La Asamblea ratificará, en su caso, a propuesta de la Junta
  •
      Directiva, la firma de convenios y acuerdos entre otras
      entidades y comunidad avanza.

Artículo 16.

Son facultades de la Asamblea Extraordinaria:

      Modificar y reformar los estatutos y el reglamento interno.
  •
      Elegir a los miembros de la Junta Directiva cuando se trate
  •
      de vacantes producidas antes del final del plazo del
      mandato, los elegidos lo serán sólo por el tiempo que reste
      para la renovación.
      Aprobar la federación con otras asociaciones.
  •
      Acordar la disolución de la organización.
  •
      Los demás asuntos que a petición escrita de la tercera
  •
      parte de los miembros se inscriban en el orden del día.
      Todos los conferidos expresamente a la Asamblea General
  •
      Extraordinaria o a la Junta Directiva.

Artículo 17.
Para que la Asamblea, tanto ordinaria como extraordinaria pueda
tomar acuerdos, será necesario que asistan en primera
convocatoria la mitad más uno de los miembros de la misma con
derecho a voto. Si no asisten ese número, transcurridos treinta
minutos se celebrarán las reuniones en segunda convocatoria,
siendo válidos el acuerdo con una asistencia de 25% del total de
miembros.

Artículo 18.

Los acuerdos se toman por mayoría simple. En caso de empate se
dará un turno de motivación a las dos propuestas con mayoría de
votos y se votara de nuevo.

No obstante será necesario el voto favorable de la mayoría
absoluta de los miembros para la disposición o enajenación de
bienes, solicitud de Utilidad Pública, acuerdo para constituir una
Federación o para ingresar en ella, modificación de estatutos o
disolución de la asociación.

Artículo 19.

Los acuerdos adoptados conforme a los preceptos anteriores
obligarán a todos los miembros, incluso a los no asistentes. Los
asociados podrán hacer constar en acta su oposición expresa a la
adopción de acuerdos e impugnarlos en los plazos y a los efectos
previstos por las leyes.

Artículo 20.

La Junta Directiva estará compuesta, como mínimo, cada gerente
de cada programa, los miembros de la comisión de planificación y
estrategia y los demás miembros que sean necesarios a criterio
de la Asamblea General.

La Junta Directiva podrá designar entre los miembros quienes
hayan de sustituir a alguno de los gerentes, de manera
provisional, en caso de ausencia por cualquier causa.

Art. 21.
Podrá ser miembro de la Junta Directiva cualquier asociado. En el
caso de que alguno de los miembros de la Junta Directiva no sea
mayor de edad, la Asociación deberá nombrar un representante
mayor de edad, con plena capacidad de obrar, que tendrá la
función de sustituto en todos los casos que sea necesario.

Este representante con plena capacidad de obrar, será designado
por la Junta Directiva, mediante acuerdo adoptado por mayoría
absoluta de sus integrantes.

En todo caso, el representante mayor de edad, deberá aceptar
expresamente, por escrito debidamente firmado, su cargo de
representación de la asociación, y su función de sustituto. Su
función que finalizará en el momento que acceda a la mayoría de
edad el miembro al que sustituye, o llegado el momento de la
nueva elección.

Artículo 22.

Los cargos de la Junta Directiva tendrán una duración de _____
años, pudiendo ser reelegidos sus miembros al final de su
mandato. Los cambios de identidad de los cargos de la Junta
Directiva se notificarán al registro de asociaciones
correspondiente.

El desempeño de los cargos no será en ningún caso remunerado.

Artículo 23.

Las vacantes que pudieran producirse en la Junta Directiva, se
cubrirán provisionalmente por designación de la Junta Directiva
hasta tanto la Asamblea General elija los nuevos miembros o
confirme en sus puestos a los designados.

Articulo 24.

La Junta Directiva se reunirá cada 15 días, o a solicitud de
alguno de sus miembros de forma extraordinaria.

Artículo 25.
Los acuerdos se toman por mayoría simple y para su validez
requerirá la presencia de la mitad más uno de los componentes.
En caso de empate decidirá una nueva votación, previa motivación
de las propuestas.

Artículo 26.

La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:

      Convocar y fijar la fecha de la Asamblea General.
  •
      Confeccionar el plan de actividades.
  •
      Organizar y desarrollar las actividades aprobadas por la
  •
      Asamblea General.
      Elaboración de los presupuestos y balances.
  •
      Fijar las cuotas ordinarias y extraordinarias que se
  •
      aprueben.
      Designar las comisiones de trabajo o secciones que se
  •
      estimen oportunas para el buen funcionamiento de la org.
      Interpretar los estatutos y el reglamento interno y velar
  •
      por su cumplimiento.
      Proponer a la Asamblea, en su caso, la contratación de
  •
      personal según sea necesario.
      Dictar normas interiores de organización y ejercer cuantas
  •
      funciones no estén expresamente asignadas a la Asamblea
      general.

En cualquier caso, la gestión y representación de los intereses de
Comunidad Avanza se hará siempre de acuerdo con las
disposiciones y directivas de la Asamblea General.

Artículo 27.

Las reuniones de la Junta Directiva deberán convocarse con la
antelación suficiente y se celebrarán conforme al orden del día.

Artículo 28.

Son facultades la dirección colegiada:
Ostentar la representación de Comunidad Avanza
  •
      ante cualquier organismo público o privado, así como asumir
      la dirección y gestión de la misma.
      Ejecutar los acuerdos adoptados por la Asamblea General o
  •
      la Junta Directiva, incluyendo la capacidad para instar la
      elevación a Escritura Pública de cualquier acuerdo
      válidamente adoptado por los órganos de gobierno de la
      org., a partir del Acta o Certificado del Acta de la reunión
      en que se adoptó el acuerdo, firmada por el pleno de la
      junta directiva, en los términos previstos en los Estatutos.
      Tener capacidad para otorgar poderes de representación
  •
      procesal a favor de procuradores y abogados para la
      defensa de los intereses de la organización ante todo tipo
      de tribunales.
      Velar por el cumplimiento de los fines de Comunidad Avanza
  •
      Fijar, convocar y presidir las reuniones de la Asamblea
  •
      General y de la Junta Directiva así como dirigir las
      deliberaciones de una y otra.
      Acordar el orden del día de las reuniones.
  •
      Ejecutar los acuerdos adoptados por la Asamblea General o
  •
      la Junta Directiva.
      Autorizar con su visto bueno las certificaciones que expida
  •
      el Secretario.
      Ordenar los pagos válidamente acordados.
  •
      Adoptar las medidas urgentes necesarias para la buena
  •
      marcha de la org., sin perjuicio de dar posterior cuenta a la
      Junta Directiva.



Gerencia Legal:

  • La gerencia legal tendrá bajo su responsabilidad la
    preparación de todos los documentos, su revisión y
    tramitación.
  • Realizar los trabajos de asesoría legal
    correspondientes a trámites oficiales, convenios
    bilaterales, normativas legales, entre otros.
• Preparar la documentación necesaria para los
  tramites que requiera la organización en todo su
  accionar.
• Firmar conjuntamente con el pleno de directivos, los
  escritos y documentos relativos al desempeño de sus
  funciones.
• Firmar conjuntamente con el pleno de directivos, los
  convenios de colaboración con otras entidades.

    Gerencia de Comunicaciones:

    Actuar como secretario en las reuniones, levantando acta
•
    de las mismas.
    Asistir al gerente que dirige la asamblea para fijar el orden
•
    del día y cursar las convocatorias.
    Expedir certificaciones.
•
    Custodiar y llevar los libros, documentos y sello de la
•
    asociación.
    Llevar el registro y ficheros.
•
    Redactar la memoria anual y los planes de actividades y los
•
    documentos que sean necesarios.

    Gerencia de Finanzas:

• Llevar los libros de contabilidad.
• Programar en conjunto a la dirección colegiada, los
  programas de captación de fondos y actividades económicas
  que garanticen la sostenibilidad de la organización.
• Expedir los recibos de las cuotas ordinarias y
  extraordinarias.
• Redactar los presupuestos y balances anuales.
• Llevar un inventario de los bienes sociales.
• Firmar, conjuntamente con el pleno de directivos, los
  escritos, cheques y documentos de crédito



    Gerencia de Deportes:
• Coordinar, gestionar y preparar los programas deportivos
  en las diferentes disciplinas: Basket
• softbol, beisbol, Tae kwon do, Tablero,Ajedrez, Domino,
  atletismo, ciclismo, boxeo y las disciplinas que pudieren ser
  aplicadas.
• Firmar conjuntamente con el pleno de directivos, los
  escritos y documentos relativos al desempeño de su
  gerencia.
• Firmar conjuntamente con el pleno de directivos, los
  convenios de colaboración con otras entidades en el área
  deportiva y las reglas para el uso de los espacios destinados
  a tales fines.
• Propiciar esquemas de trabajo que proyecten la
  organización hacia la comunidad.



   Gerencia de Cultura:

• Coordinar, gestionar y preparar los programas culturales en
  las diferentes áreas: (Teatro, Danza, Artesanía, Música,
  Canto, Pintura, Dibujo, programas educativos entre otros.
• Firmar conjuntamente con el pleno de directivos, los
  escritos y documentos relativos al desempeño de su
  gerencia y los convenios de colaboración con otras
  entidades en el área cultural y las reglas para el uso de los
  espacios destinados a tales fines.
• Crear equipos de apoyo para el mejor desempeño de sus
  funciones.

• Propiciar esquemas de trabajo que proyecten la
  organización hacia la comunidad.



Gerencia de planificación y estrategia:

• Definir los aspectos en donde se debe potenciar el trabajo
• Visualizar los programas de mayor efectividad en la
  comunidad
• Enfocar resultados en base a necesidades puntuales
• Realizar estudios estratégicos de aspectos de mayor
    impacto del trabajo social de la organización.
  • Definir una estrategia de desarrollo de la organización a
    corto mediano y largo plazo.
  • Firmar conjuntamente con el pleno de directivos, los
    escritos y documentos relativos al desempeño de su
    gerencia,
  • Crear equipos de apoyo para el mejor desempeño de sus
    funciones.
  • Propiciar esquemas de trabajo que proyecten la
    organización hacia la comunidad.

        Gerencia de relaciones interinstitucional

  • Negociar convenios de colaboración y ayuda mutua entre
    Comunidad Avanza y las demás organizaciones de la
    comunidad.
  • Establecer acuerdos sobre el uso de los espacios y
    facilidades técnicas y físicas de las organizaciones y
    entidades de la comunidad, públicas y privadas.
  • Establecer vínculos de relaciones armoniosas y de
    colaboración entre personalidades y entidades locales,
    nacionales e internacionales.
  • Propiciar una integración horizontal con las organizaciones
    de base en aras de establecer lazos de entendimiento y
    solidaridad.
  • Firmar conjuntamente con el pleno de directivos, los
    escritos y documentos relativos al desempeño de su
    gerencia y los convenios de colaboración con otras
    entidades en todas las áreas de trabajo de la organización.



Artículo 29.

Serán facultades de los sub-gerentes el realizar programas y
propuestas en su área de actuación, así como desempeñar los
trabajos que le sean encomendados por el gerente que
corresponda o por la Junta Directiva.

Son facultades de los sub-gerentes
La sustitución de los gerentes en caso de ausencia, enfermedad
o vacantes, así como asumir todas aquellas funciones que le sean
asignadas por la Junta Directiva.

CAPITULO IV. DEL REGIMEN ECONOMICO Y DE
ADMINISTRACION.

Artículo 30.

Comunidad Avanza tendrá patrimonio propio e independiente.
Funcionará en régimen de presupuesto anual y su cierre tendrá
lugar el 31 de diciembre de cada año. El patrimonio inicial será de
$.......pesos.

(Nota: En este apartado de patrimonio inicial incluiremos el
dinero con el que comienza a funcionar la org. para asumir sus
primeros gastos, aunque sea una cantidad pequeña. O también
alguna donación de utilería que se haya recibido).

Llevará una contabilidad que permita obtener la imagen fiel del
patrimonio, del resultado y de la situación financiera de la
entidad, así como las actividades realizadas. Asimismo dispondrá
de un inventario actualizado de sus bienes.

Artículo 31.

Los medios económicos para atender a sus fines serán los
siguientes:

      Los aportes de los miembros,
  •
      Los ingresos del patrimonio que pueda poseer.
  •
      Los donativos o subvenciones que les puedan ser concedidos
  •
      por organismos públicos, entidades privadas y/o
      particulares.
      Los ingresos que puedan recibir por el desarrollo de sus
  •
      actividades.

Los beneficios que pudiera obtener la organización, serán
destinados exclusivamente al cumplimiento de los fines de la
asociación, sin que en ningún caso quepa su reparto entre los
miembros, sus cónyuges, parejas o parientes, ni sucesión gratuita
a personas físicas o jurídicas con interés lucrativo.
Artículo 32.

La Junta Directiva confeccionará todos los años un proyecto de
presupuesto, que presentará a la aprobación de la Asamblea
General. Asimismo, presentará la liquidación de las cuentas del
año anterior para la aprobación por la misma.

Artículo 33.

La asociación dispondrá de una relación actualizada de miembros,
así como de un libro - memoria de las actividades que se realicen.
Dispondrá también de un libro que recogerá las reuniones de sus
órganos de dirección y representación, en el que se detallarán
expresamente los acuerdos adoptados.

Artículo 34.

Los miembros podrán acceder a toda la documentación de la
organización a través de los órganos de representación, con las
limitaciones previstas por las leyes en cuanto a protección de
datos de carácter personal.

CAPITULO V. DEL REGLAMENTO DE DISCIPLINARIO.

Artículo 35.

El reglamento disciplinario, desarrollará aquellas materias no
contempladas directamente en los presentes Estatutos, no
pudiendo ir en contra en ningún caso de lo estipulado en los
Estatutos.

CAPITULO VI. DE LA DISOLUCION.

Artículo 36.

La Asociación se disolverá por las causas siguientes:

      Por acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria
  •
      convocada al efecto.
      Por las causas que determine el Código Civil.
  •
      Por sentencia judicial.
  •


Artículo 37.
Acordada o decretada la disolución, la Junta Directiva efectuará
la liquidación, enajenando los bienes sociales, pagando sus
deudas, en su caso, cobrando sus créditos y fijando el haber
liquido resultante, si lo hubiere.

Artículo 38.

El haber resultante, si lo hubiere, se donará a una entidad con
fines similares a los de la Asociación.

                    DISPOSICIÓN ADICIONAL

En todo cuanto no esté previsto en los presentes Estatutos se
aplicará la vigente Ley Orgánica reguladora del Derecho de
Asociación y la normativa complementaria que pudiera
desarrollarla.



Preparado por:



            Edwin Severino                    Gregorio Castillo

               Gerencia Legal                   Gerencia de Cultura


           Cristian Ventura                     Apolinar Paulino

            Gerencia de Finanzas              Gerencia de Rel. Interinstitucionales


            José Tavarez                          Lisandro Báez

          Gerencia de Comunicaciones            Gerencia de Deportes


                                Hassiel Balbuena

                                 José Paredes

                                Alexis González

                      Gerencia de Planificación y estrategia

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  • 1. PROPUESTA DE ESTATUTOS CAPITULO I. DE LA ORGANIZACION EN GENERAL Artículo 1. Con la denominación de : “Comunidad Avanza”, se constituye una Organización de interés general y sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia (en tramites) y plena capacidad de obrar de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica …………….y demás normativas que pudieran serle de aplicación. (Definir área geográfica) Zona sur, Santiago, El cibao, República Dominicana o internacional Artículo 2. Los fines de la asociación tenderán a promover el interés general y, en concreto, serán: Promover el desarrollo de la cultura en los barrios y sectores mas vulnerables, desarrollando programas en las áreas de: Educacion,Teatro,Danza,Deportes,Folklor,Musica,Pintura,Dibujo, Artesanía,Canto,Charlas de orientación vocacional, familiar, valores, patriotismo, entre otros. (Artículo 3. Misión, Visión, Principios y Valores de Comunidad Avanza: MISION
  • 2. Desarrollar propuestas culturales, técnicas, educativas y sociales que promuevan cambios significativos en el desarrollo de los niños y jóvenes de los barrios marginados de la zona sur de Santiago, a partir de la implementación de programas sociales, educativos, culturales, técnicos y deportivos que conduzcan la comunidad a una rápida mejoría de su calidad de vida, desde una perspectiva voluntaria y solidaria. VISION Ser una institución generadora de cambios en el entorno cultural, académico y social en base a una propuesta en continua renovación, que centra su atención en el desarrollo y la superación de una nueva generación. PRINCIPIOS Y VALORES Las experiencias en el trabajo voluntario y solidario nos imprimen los principios y valores que fundamentan el quehacer educativo y cultural: Responsabilidad, Solidaridad, Tolerancia, Justicia, Servicio, Honestidad, Respeto. Artículo 4. La duración de la Asociación será por tiempo indefinido. El acuerdo de disolución se adoptará conforme a los presentes estatutos. Artículo 5. El domicilio social se establece en , La zona sur de Santiago. Poner dirección La Asamblea General podrá, en su caso, modificar dicho domicilio. Artículo 6. CAPITULO II. DE LOS miembros.
  • 3. Artículo 7. La organización interna y el funcionamiento de comunidad avanza será libre, plural y democrático, y los miembros lo serán en condiciones de igualdad al objeto de evitar cualquier posición de dominio en su funcionamiento. Podrán ingresar como miembros todas aquellas personas, sin ninguna clase de distinción, que asuman y respeten los presentes estatutos y estén dispuestos a colaborar en el desarrollo de nuestros proyectos y programas. Artículo 8. Podrán ser miembros de Comunidad Avanza, las personas con edad mínima de? (…)con la salvedad de no disponer de voto en los órganos reglamentarios, hasta tanto no cumpla con la edad requerida para ello que es 18 años. Artículo 9. Los miembros saldrán de Comunidad Avanza, por alguna de las siguientes razones: Por voluntad propia. • Por falta de pago de cuotas. (aquí conviene establecer un • número de ellas) Por comisión de acciones que perjudiquen gravemente los • intereses de la asociación, mediante acuerdo de Asamblea General Extraordinaria debidamente motivado, y adoptado tras ser informado y oído con carácter previo el asociado. Por fallecimiento. • Por faltas graves en perjuicio de Comunidad Avanza. • Artículo 10. Los miembros tienen los siguientes derechos: Tomar parte en las Asambleas Generales con voz y con • voto. Elegir y ser elegido para cargos directivos. •
  • 4. Proponer cuantas sugerencias consideren oportunas a los • cargos directivos en aras a un mejor funcionamiento de la organización. Solicitar información a los órganos directivos sobre la • marcha de la organización. Disfrutar de todos los derechos que como miembro de la • organización le corresponde, según lo establecido por los presentes estatutos. Artículo 11. Son obligaciones de los miembros: Participar en las actividades de la organización y trabajar • para el logro de sus fines. Prestar cuantos servicios determinen los estatutos, las • normas disciplinarias y los acuerdos de los órganos directivos. Desempeñar los cargos para los que fuese elegido. • Asistir a las Asambleas Generales. • Satisfacer las cuotas que se establezcan. • Respetar los presentes estatutos CAPITULO III. DE LOS ORGANOS DE DIRECCION Y REPRESENTACION. Artículo 12. Serán órganos de la asociación, como mínimo, los siguientes: La Asamblea General………………….. • La Junta Directiva. ……………………… • Las gerencias • Las subgerencias • otras • (Puede ser interesante y positivo determinar otros posibles órganos de la asociación, en los que pueden tomar parte los miembros, como por ejemplo, comisiones de trabajo, equipos de apoyo, voceros de diferentes temas o actividades que desarrolle
  • 5. Comunidad Avanza y que puedan ser un cauce de participación   ¡ ¢ £ ¤ ¥ ¦ § ¦ ¨ © § ¤ § interna de los miembros). Artículo 13. La Asamblea General de miembros es el órgano supremo de gobierno y de expresión de la voluntad de Comunidad Avanza. Estará integrada por todos los miembros. Las reuniones de la Asamblea General pueden ser ordinarias y extraordinarias La ordinaria se celebrará…… (Veces) al año( ) dentro de los………siguientes al cierre del ejercicio anual. La extraordinaria se celebrará cuantas veces lo acuerde la Junta directiva o lo soliciten la décima parte de los miembros por medio de escrito dirigido al consejo directivo, autorizado con las firmas correspondientes, en el que se exponga el motivo de la convocatoria y el orden del día. El Presidente y Secretario de la Asamblea serán los mismos que en la Junta Directiva. Artículo 14. La Asamblea General, tanto ordinaria como extraordinaria, será convocada por la Junta Directiva con al menos quince días de antelación a su celebración mediante anuncios en el domicilio social, citación personal y otros medios que garanticen el conocimiento de la convocatoria. La convocatoria expresará el lugar, día y hora de la reunión en primera y segunda convocatoria así como el orden del día. Artículo 15. Son facultades de la Asamblea Ordinaria: El examen y aprobación de las cuotas. • Aprobación de la gestión de la Junta Directiva. •
  • 6. Aprobación del acta de la reunión anterior y de la memoria • anual de actividades. Decidir sobre la aplicación concreta de los fondos • disponibles. Aprobar los presupuestos de ingresos y gastos para cada • ejercicio y hacer el balance anual del mismo. Aprobar el plan de actividades. • Aprobar el reglamento interno o disciplinario. • Acordar las distinciones y sanciones a que se hagan • acreedores los miembros. Con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias el miembro será informado de los hechos que den lugar a tales medidas y será oído previamente a su adopción que se hará de forma debidamente motivada. Resolver los asuntos que resultan de los Estatutos y que • estén atribuidos expresamente a la Asamblea General o a la Junta Directiva. El estudio, deliberación y aprobación, en su caso, de las • propuestas que sean presentadas por la Junta Directiva. La Asamblea ratificará, en su caso, a propuesta de la Junta • Directiva, la firma de convenios y acuerdos entre otras entidades y comunidad avanza. Artículo 16. Son facultades de la Asamblea Extraordinaria: Modificar y reformar los estatutos y el reglamento interno. • Elegir a los miembros de la Junta Directiva cuando se trate • de vacantes producidas antes del final del plazo del mandato, los elegidos lo serán sólo por el tiempo que reste para la renovación. Aprobar la federación con otras asociaciones. • Acordar la disolución de la organización. • Los demás asuntos que a petición escrita de la tercera • parte de los miembros se inscriban en el orden del día. Todos los conferidos expresamente a la Asamblea General • Extraordinaria o a la Junta Directiva. Artículo 17.
  • 7. Para que la Asamblea, tanto ordinaria como extraordinaria pueda tomar acuerdos, será necesario que asistan en primera convocatoria la mitad más uno de los miembros de la misma con derecho a voto. Si no asisten ese número, transcurridos treinta minutos se celebrarán las reuniones en segunda convocatoria, siendo válidos el acuerdo con una asistencia de 25% del total de miembros. Artículo 18. Los acuerdos se toman por mayoría simple. En caso de empate se dará un turno de motivación a las dos propuestas con mayoría de votos y se votara de nuevo. No obstante será necesario el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros para la disposición o enajenación de bienes, solicitud de Utilidad Pública, acuerdo para constituir una Federación o para ingresar en ella, modificación de estatutos o disolución de la asociación. Artículo 19. Los acuerdos adoptados conforme a los preceptos anteriores obligarán a todos los miembros, incluso a los no asistentes. Los asociados podrán hacer constar en acta su oposición expresa a la adopción de acuerdos e impugnarlos en los plazos y a los efectos previstos por las leyes. Artículo 20. La Junta Directiva estará compuesta, como mínimo, cada gerente de cada programa, los miembros de la comisión de planificación y estrategia y los demás miembros que sean necesarios a criterio de la Asamblea General. La Junta Directiva podrá designar entre los miembros quienes hayan de sustituir a alguno de los gerentes, de manera provisional, en caso de ausencia por cualquier causa. Art. 21.
  • 8. Podrá ser miembro de la Junta Directiva cualquier asociado. En el caso de que alguno de los miembros de la Junta Directiva no sea mayor de edad, la Asociación deberá nombrar un representante mayor de edad, con plena capacidad de obrar, que tendrá la función de sustituto en todos los casos que sea necesario. Este representante con plena capacidad de obrar, será designado por la Junta Directiva, mediante acuerdo adoptado por mayoría absoluta de sus integrantes. En todo caso, el representante mayor de edad, deberá aceptar expresamente, por escrito debidamente firmado, su cargo de representación de la asociación, y su función de sustituto. Su función que finalizará en el momento que acceda a la mayoría de edad el miembro al que sustituye, o llegado el momento de la nueva elección. Artículo 22. Los cargos de la Junta Directiva tendrán una duración de _____ años, pudiendo ser reelegidos sus miembros al final de su mandato. Los cambios de identidad de los cargos de la Junta Directiva se notificarán al registro de asociaciones correspondiente. El desempeño de los cargos no será en ningún caso remunerado. Artículo 23. Las vacantes que pudieran producirse en la Junta Directiva, se cubrirán provisionalmente por designación de la Junta Directiva hasta tanto la Asamblea General elija los nuevos miembros o confirme en sus puestos a los designados. Articulo 24. La Junta Directiva se reunirá cada 15 días, o a solicitud de alguno de sus miembros de forma extraordinaria. Artículo 25.
  • 9. Los acuerdos se toman por mayoría simple y para su validez requerirá la presencia de la mitad más uno de los componentes. En caso de empate decidirá una nueva votación, previa motivación de las propuestas. Artículo 26. La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: Convocar y fijar la fecha de la Asamblea General. • Confeccionar el plan de actividades. • Organizar y desarrollar las actividades aprobadas por la • Asamblea General. Elaboración de los presupuestos y balances. • Fijar las cuotas ordinarias y extraordinarias que se • aprueben. Designar las comisiones de trabajo o secciones que se • estimen oportunas para el buen funcionamiento de la org. Interpretar los estatutos y el reglamento interno y velar • por su cumplimiento. Proponer a la Asamblea, en su caso, la contratación de • personal según sea necesario. Dictar normas interiores de organización y ejercer cuantas • funciones no estén expresamente asignadas a la Asamblea general. En cualquier caso, la gestión y representación de los intereses de Comunidad Avanza se hará siempre de acuerdo con las disposiciones y directivas de la Asamblea General. Artículo 27. Las reuniones de la Junta Directiva deberán convocarse con la antelación suficiente y se celebrarán conforme al orden del día. Artículo 28. Son facultades la dirección colegiada:
  • 10. Ostentar la representación de Comunidad Avanza • ante cualquier organismo público o privado, así como asumir la dirección y gestión de la misma. Ejecutar los acuerdos adoptados por la Asamblea General o • la Junta Directiva, incluyendo la capacidad para instar la elevación a Escritura Pública de cualquier acuerdo válidamente adoptado por los órganos de gobierno de la org., a partir del Acta o Certificado del Acta de la reunión en que se adoptó el acuerdo, firmada por el pleno de la junta directiva, en los términos previstos en los Estatutos. Tener capacidad para otorgar poderes de representación • procesal a favor de procuradores y abogados para la defensa de los intereses de la organización ante todo tipo de tribunales. Velar por el cumplimiento de los fines de Comunidad Avanza • Fijar, convocar y presidir las reuniones de la Asamblea • General y de la Junta Directiva así como dirigir las deliberaciones de una y otra. Acordar el orden del día de las reuniones. • Ejecutar los acuerdos adoptados por la Asamblea General o • la Junta Directiva. Autorizar con su visto bueno las certificaciones que expida • el Secretario. Ordenar los pagos válidamente acordados. • Adoptar las medidas urgentes necesarias para la buena • marcha de la org., sin perjuicio de dar posterior cuenta a la Junta Directiva. Gerencia Legal: • La gerencia legal tendrá bajo su responsabilidad la preparación de todos los documentos, su revisión y tramitación. • Realizar los trabajos de asesoría legal correspondientes a trámites oficiales, convenios bilaterales, normativas legales, entre otros.
  • 11. • Preparar la documentación necesaria para los tramites que requiera la organización en todo su accionar. • Firmar conjuntamente con el pleno de directivos, los escritos y documentos relativos al desempeño de sus funciones. • Firmar conjuntamente con el pleno de directivos, los convenios de colaboración con otras entidades. Gerencia de Comunicaciones: Actuar como secretario en las reuniones, levantando acta • de las mismas. Asistir al gerente que dirige la asamblea para fijar el orden • del día y cursar las convocatorias. Expedir certificaciones. • Custodiar y llevar los libros, documentos y sello de la • asociación. Llevar el registro y ficheros. • Redactar la memoria anual y los planes de actividades y los • documentos que sean necesarios. Gerencia de Finanzas: • Llevar los libros de contabilidad. • Programar en conjunto a la dirección colegiada, los programas de captación de fondos y actividades económicas que garanticen la sostenibilidad de la organización. • Expedir los recibos de las cuotas ordinarias y extraordinarias. • Redactar los presupuestos y balances anuales. • Llevar un inventario de los bienes sociales. • Firmar, conjuntamente con el pleno de directivos, los escritos, cheques y documentos de crédito Gerencia de Deportes:
  • 12. • Coordinar, gestionar y preparar los programas deportivos en las diferentes disciplinas: Basket • softbol, beisbol, Tae kwon do, Tablero,Ajedrez, Domino, atletismo, ciclismo, boxeo y las disciplinas que pudieren ser aplicadas. • Firmar conjuntamente con el pleno de directivos, los escritos y documentos relativos al desempeño de su gerencia. • Firmar conjuntamente con el pleno de directivos, los convenios de colaboración con otras entidades en el área deportiva y las reglas para el uso de los espacios destinados a tales fines. • Propiciar esquemas de trabajo que proyecten la organización hacia la comunidad. Gerencia de Cultura: • Coordinar, gestionar y preparar los programas culturales en las diferentes áreas: (Teatro, Danza, Artesanía, Música, Canto, Pintura, Dibujo, programas educativos entre otros. • Firmar conjuntamente con el pleno de directivos, los escritos y documentos relativos al desempeño de su gerencia y los convenios de colaboración con otras entidades en el área cultural y las reglas para el uso de los espacios destinados a tales fines. • Crear equipos de apoyo para el mejor desempeño de sus funciones. • Propiciar esquemas de trabajo que proyecten la organización hacia la comunidad. Gerencia de planificación y estrategia: • Definir los aspectos en donde se debe potenciar el trabajo • Visualizar los programas de mayor efectividad en la comunidad • Enfocar resultados en base a necesidades puntuales
  • 13. • Realizar estudios estratégicos de aspectos de mayor impacto del trabajo social de la organización. • Definir una estrategia de desarrollo de la organización a corto mediano y largo plazo. • Firmar conjuntamente con el pleno de directivos, los escritos y documentos relativos al desempeño de su gerencia, • Crear equipos de apoyo para el mejor desempeño de sus funciones. • Propiciar esquemas de trabajo que proyecten la organización hacia la comunidad. Gerencia de relaciones interinstitucional • Negociar convenios de colaboración y ayuda mutua entre Comunidad Avanza y las demás organizaciones de la comunidad. • Establecer acuerdos sobre el uso de los espacios y facilidades técnicas y físicas de las organizaciones y entidades de la comunidad, públicas y privadas. • Establecer vínculos de relaciones armoniosas y de colaboración entre personalidades y entidades locales, nacionales e internacionales. • Propiciar una integración horizontal con las organizaciones de base en aras de establecer lazos de entendimiento y solidaridad. • Firmar conjuntamente con el pleno de directivos, los escritos y documentos relativos al desempeño de su gerencia y los convenios de colaboración con otras entidades en todas las áreas de trabajo de la organización. Artículo 29. Serán facultades de los sub-gerentes el realizar programas y propuestas en su área de actuación, así como desempeñar los trabajos que le sean encomendados por el gerente que corresponda o por la Junta Directiva. Son facultades de los sub-gerentes
  • 14. La sustitución de los gerentes en caso de ausencia, enfermedad o vacantes, así como asumir todas aquellas funciones que le sean asignadas por la Junta Directiva. CAPITULO IV. DEL REGIMEN ECONOMICO Y DE ADMINISTRACION. Artículo 30. Comunidad Avanza tendrá patrimonio propio e independiente. Funcionará en régimen de presupuesto anual y su cierre tendrá lugar el 31 de diciembre de cada año. El patrimonio inicial será de $.......pesos. (Nota: En este apartado de patrimonio inicial incluiremos el dinero con el que comienza a funcionar la org. para asumir sus primeros gastos, aunque sea una cantidad pequeña. O también alguna donación de utilería que se haya recibido). Llevará una contabilidad que permita obtener la imagen fiel del patrimonio, del resultado y de la situación financiera de la entidad, así como las actividades realizadas. Asimismo dispondrá de un inventario actualizado de sus bienes. Artículo 31. Los medios económicos para atender a sus fines serán los siguientes: Los aportes de los miembros, • Los ingresos del patrimonio que pueda poseer. • Los donativos o subvenciones que les puedan ser concedidos • por organismos públicos, entidades privadas y/o particulares. Los ingresos que puedan recibir por el desarrollo de sus • actividades. Los beneficios que pudiera obtener la organización, serán destinados exclusivamente al cumplimiento de los fines de la asociación, sin que en ningún caso quepa su reparto entre los miembros, sus cónyuges, parejas o parientes, ni sucesión gratuita a personas físicas o jurídicas con interés lucrativo.
  • 15. Artículo 32. La Junta Directiva confeccionará todos los años un proyecto de presupuesto, que presentará a la aprobación de la Asamblea General. Asimismo, presentará la liquidación de las cuentas del año anterior para la aprobación por la misma. Artículo 33. La asociación dispondrá de una relación actualizada de miembros, así como de un libro - memoria de las actividades que se realicen. Dispondrá también de un libro que recogerá las reuniones de sus órganos de dirección y representación, en el que se detallarán expresamente los acuerdos adoptados. Artículo 34. Los miembros podrán acceder a toda la documentación de la organización a través de los órganos de representación, con las limitaciones previstas por las leyes en cuanto a protección de datos de carácter personal. CAPITULO V. DEL REGLAMENTO DE DISCIPLINARIO. Artículo 35. El reglamento disciplinario, desarrollará aquellas materias no contempladas directamente en los presentes Estatutos, no pudiendo ir en contra en ningún caso de lo estipulado en los Estatutos. CAPITULO VI. DE LA DISOLUCION. Artículo 36. La Asociación se disolverá por las causas siguientes: Por acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria • convocada al efecto. Por las causas que determine el Código Civil. • Por sentencia judicial. • Artículo 37.
  • 16. Acordada o decretada la disolución, la Junta Directiva efectuará la liquidación, enajenando los bienes sociales, pagando sus deudas, en su caso, cobrando sus créditos y fijando el haber liquido resultante, si lo hubiere. Artículo 38. El haber resultante, si lo hubiere, se donará a una entidad con fines similares a los de la Asociación. DISPOSICIÓN ADICIONAL En todo cuanto no esté previsto en los presentes Estatutos se aplicará la vigente Ley Orgánica reguladora del Derecho de Asociación y la normativa complementaria que pudiera desarrollarla. Preparado por: Edwin Severino Gregorio Castillo Gerencia Legal Gerencia de Cultura Cristian Ventura Apolinar Paulino Gerencia de Finanzas Gerencia de Rel. Interinstitucionales José Tavarez Lisandro Báez Gerencia de Comunicaciones Gerencia de Deportes Hassiel Balbuena José Paredes Alexis González Gerencia de Planificación y estrategia