2. INTRODUCIÓN
Como nuevos integrantes de la comunidad Sena debemos conocer los
lineamientos a seguir para lograr una sana convivencia dentro del centro, es de
nuestro conocimiento que al momento de convertirnos en aprendices debemos
cumplir con ciertos requisitos que son básicos dentro de nuestra formación
Todos los aprendices vinculados al Sena poseemos Deberes y Derechos los
cuales el instituto brinda para crear un ambiente sano, podemos definir derecho
como la potestad que tiene el aprendiz de hacer o exigir lo establecido en la ley y
en la normativa Sena vigente, sin exclusión alguna por razones de género, raza,
origen familiar o nacional, política, credo o lenguaje.
3. DESCRIPCIÓN CASO 1
Federico es aprendiz de un programa de formación de nivel técnico en el SENA en
modalidad virtual y a distancia. Hace cuatro meses inició su proceso de formación
y su instructor le ha solicitado que visite una empresa para observar el espacio
donde permanece la maquinaria y para que analice el mantenimiento que se le hace
a la misma.
Federico llega a la empresa a efectuar la visita planeada, pero el jefe de
mantenimiento le solicita que presente el carné personal que lo acredita como
aprendiz SENA.
Federico manifiesta que nunca ha tenido carné y que en dos oportunidades se lo
ha solicitado a la líder de bienestar, ella le ha explicado que los carnés son para los
aprendices de la modalidad presencial.
4. ANÁLISIS DEL CASO
1.¿Qué respuesta la daría usted a Federico y en qué capítulo del Reglamento se
basaría?
2. En relación con la líder de bienestar, ¿qué opina acerca de la respuesta que le
dio la funcionaria al aprendiz? ¿Fue acertada o equivocada? Expliqué por qué.
5. RESPUESTAS ANÁLISIS 1
La respuesta que le daría a Federico respetosamente es que esta equivocado y lo invitaría a
que consultara el reglamento de aprendices para que se diera cuenta de su equivoco
Me basaría en el capitulo 2: derechos del aprendiz SENA del articulo 7 donde dice: Recibir en
el momento de la legalización de su matricula, el carne que lo acredite como aprendiz del
SENA. En ningún momento dicen que los estudiamos en modalidad virtual no tienen derecho al
carne que nos acredite como aprendiz del SENA.
En cuanto a la líder la invitaría respetuosamente a leer el capitulo1, articulo 3 principios
generales donde dice:
Se considera aprendiz SENA a toda persona matriculada en los programas de
formación profesional de la entidad, en cualquier tipo de formación: Titulada o Complementaria,
desde las diferentes modalidades Presencial, Virtual o Combinada, por consiguiente debe
ser consciente y vivenciar que derechos y deberes son correlativos e inseparables en su
proceso formativo.
6. DESPCRICIÓN CASO 4
El comité de evaluación y seguimiento está reunido para analizar unas
situaciones que se han presentado con algunos aprendices.
Al finalizar la reunión, uno de los miembros del equipo les manifiesta a los
aprendices que formalmente el subdirector del centro les enviará un comunicado
con la información pertinente, pero como conclusión, les puede adelantar que se
aplicarán a tres aprendices las medidas formativas correspondientes.
Las medidas serán: dos por faltas académicas, y una por falta disciplinaria.
Adicionalmente, se va a brindar estímulos a dos aprendices por su buen
desempeño. Uno de los aprendices plantea que no recuerda en qué consiste las
faltas académicas y disciplinarias.
7. ANÁLISIS DEL CASO
1. ¿Cuáles son las medidas formativas y en qué consisten?
1. Llamado de atención verbal:
2. Plan de Mejoramiento académico:
Plan de mejoramiento disciplinario:
2. ¿Cuáles son las sanciones que pueden imponerse a los aprendices por faltas académicas o disciplinarias?
a. Llamado de atención escrito: Medida sancionatoria que se impone a través de comunicación
escrita dirigida por el Coordinador Académico o de Formación del Centro al Aprendiz, con copia
a la hoja de vida, como resultado del procedimiento establecido en este Reglamento, por la falta
académica o disciplinaria cometida por un aprendiz. Los llamados de atención escrito implican
compromisos escritos por parte del aprendiz en el proceso de formación.
b. Condicionamiento de la matrícula: Acto académico sancionatorio que se impone al Aprendiz
que incurra en una falta académica o disciplinaria, previo agotamiento del procedimiento
establecido en este Reglamento.
8. RESPUESTAS ANÁLISIS 4
CAPITULO VIII. Faltas Académicas y Disciplinarias
MEDIDAS FORMATIVAS Y SANCIONES
ARTÍCULO 27. Medidas Formativas. Las medidas formativas son
aquellas acciones que se
aplican al Aprendiz SENA cuando se trate de hechos que contraríen en
menor grado el orden
académico o disciplinario, sin afectar los deberes, derechos y
prohibiciones, o que se adopta
con el fin de prevenir su ocurrencia, o con el fin de generar cambios en
el desempeño académico
o en el comportamiento disciplinario del Aprendiz.