2. CASO1
Federico es aprendiz de un programa de formación de
nivel técnico en el SENA en modalidad virtual y a
distancia. Hace cuatro meses inició su proceso de
formación y su instructor le ha solicitado que visite una
empresa para observar el espacio donde permanece la
maquinaria y para que analice el mantenimiento que se
le hace a la misma.
Federico llega a la empresa a efectuar la visita
planeada, pero el jefe de mantenimiento le solicita que
presente el carné personal que lo acredita como
aprendiz SENA. Federico manifiesta que nunca ha
tenido carné y que en dos oportunidades se lo ha
solicitado a la líder de bienestar, ella le ha explicado que
los carnes son para los aprendices de la modalidad
presencial
3. ¿QUÉ RESPUESTA LA DARÍA USTED A FEDERICO
Y EN QUÉ CAPÍTULO DEL REGLAMENTO SE
BASARÍA
RTA/ Como primera medida para el caso en comento debemos remitirnos
al reglamento del aprendiz SENA, en su artículo 3. Lo cual nos manifiesta
“se considera aprendiz SENA A TODA PERSONA MATRICULADA EN
LOS PROGRMAS DE FORMACIÒN profesional de la entidad , en
cualquier tipo de formación titulada o complementaria desde las
diferentes modalidades presencial virtual o combinada , por consiguiente
debe ser consiente y vivenciar que deberes y derechos son correlativos e
inseparables en su proceso de formación , en este entendido , se
evidencia de forma clara la igualdad existente entre las modalidades
presencial , virtual o combinada esto significa que el aprendiz bajo
cualquiera de estas modalidades ostenta los mismos derechos y deberes
de su proceso de formativo ,resaltando bien el articulo 7 . DERECHOS Y
DEBERES DEL APRENDIZ SENA .donde da a conocer lo siguiente el
derecho a la potestad que tiene el aprendiz de gozar libertades y
oportunidades sin exclusión por razones degenero , raza , origen familiar
discapacidad , nacionalidad lengua religión, opinión política o filosófica .
Principalmente todas las personas tienen derecho a la educación y
desarrollo de su personalidad, garantizando a su vez su desarrollo
armónico e integral así mismo damos a resaltar el número 4 donde nos
informa y nos da a conocer el derecho a “recibir en el momento de
legalización de la matrícula, el carne que lo acredite como aprendiz
SENA. Por lo consiguiente Federico en calidad de aprendiz en la
modalidad virtual, está en su derecho y deber de recibir el carne que lo
4. 2. EN RELACIÓN CON EL LÍDER DE BIENESTAR, ¿QUÉ
OPINA ACERCA DE LA RESPUESTA QUE LE DIO LA
FUNCIONARIA AL APRENDIZ? ¿FUE ACERTADA O
EQUIVOCADA? EXPLIQUÉ POR QUÉ.
Considero que la respuesta dada por la funcionaria líder de bienestar,
fue, equivocada toda vez revisado el reglamento del aprendiz SENA ,no
establece de forma directa que el uso del carne sea uso exclusivo en
modalidad presencial , el aprendiz en modalidad presencial, virtual o
combinada goza de los mismos derechos y deberes .
En relación a lo antes anotado, la funcionaria líder del bienestar,
considero que cometió una falta al omitir una de sus funciones, que es
excluir a Federico de hacer entrega de un elemento de identificación
que lo identifica y acredita como aprendiz Sena. al anterior dicho
relaciónanos el numeral 14 del artículo 9” portar permanente en un
lugar visible el carne que lo identifica como aprendiz Sena, durante su
proceso de aprendizaje, renovarlo de acuerdo
Con las disposiciones vigentes y devolverlo al finalizar el programa o
cuando se presente retiro, aplazamiento o cancelación del programa de
formación.
Federico deberá solicitar a la líder de bienestar, le sea entregado el
carne que lo acredita como aprendiz Sena. Basándose en los
lineamientos establecidos en los derechos del aprendiz SENA, dando a
conocer que La funcionaria que erro en la aplicación del procedimiento
entrega del documento establecido.
5. CASO 2
Descripción caso Nicolás es un aprendiz del programa de
Tecnología en Multimedia, desde el inicio de su formación
hace tres meses y medio, ha sido muy dedicado y cuidadoso
en realizar las actividades de formación que le han planteado
sus tutores en la guías de aprendizaje. Nicolás desea recibir
la retroalimentación correspondiente de los trabajos
presentados para conocer cómo le ha ido a lo largo de su
proceso. Sin embargo, cuando le solicita a su tutor dicha
retroalimentación, este le responde: “Usted debe saber cómo
va, para eso hizo las actividades”. Nicolás está muy
preocupado porque teme encontrar algunas sorpresas,
además su tutor le ha comentado que solo estará en el SENA
por dos meses más, porque debe irse para otra región a
encontrarse con su familia. Nicolás decide de manera
respetuosa solicitar por escrito los juicios de evaluación de
sus evidencias y quiere hacerlo cumpliendo con la
normatividad del SENA.
6. ¿EN QUÉ CAPÍTULO, ARTÍCULO E ÍTEMS DEL
REGLAMENTO DE APRENDICES, SE DEBE AMPARAR
NICOLÁS PARA HACER DICHA SOLICITUD DE MANERA
RESPETUOSA Y FORMAL?
RTA/: Para el presente caso , la respuesta al interrogante , se
encuentra contenida en el capítulo 7, PROCESO DE FORMACIÒN ,
IMCUMPLIMIENTO ,DESECION , MAS DIRECTAMENTE EN EL
ARTICLO 22, NUMERAL 3. revisión de los resultados de evaluación:
el instructor debe analizar el avance del proceso de formación
identificado con el aprendiz sus logros dificultades retroalimentando
de manera permanente y ajustando las estrategias desarrollas, en
los casos que se requiera en caso que el aprendiz no logre el
resultado de aprendizaje, el instructor realiza actividades
pedagógicas complementarias el aprendiz que este en desacuerdo
con la evaluación de su formación emitida por el instructor, podrá
ejercer el derecho a que se le revisen los resultados: dando el
procedimiento adecuado.
Presentar solicitud de manera escrita al instructor y atreves del
sistema de gestión de la formación, para la revisión por el instructor
orientador del proceso de aprendizaje que emitió la evaluación,
dentro de los dos días hábiles siguientes a la publicación
7. Argumentando los fundamentos de su desacuerdo.
Si la solicitud no es contestada, o persiste el
desacuerdo con la respuesta recibida, el aprendiz
podrá solicitar de manera escrito al coordinador
académico o al rol correspondiente a la modalidad del
programa de formación dentro de los dos días hábiles
la asignación de un segundo evaluador que revisa la
evaluación realizada anterior mente; la decisión del
segundo evaluador es definitiva para la evaluación del
aprendiz y debe ser emitida a más tardar dentro de los
dos días hábiles
8. CASO 3
Descripción caso El instructor les ha manifestado a tres aprendices
del programa de formación Tecnología en Contabilidad y Finanzas
que deben traer la cédula de ciudadanía, porque cuando ingresaron
a la institución, lo hicieron con tarjeta de identidad y ya hace un año
cumplieron la mayoría de edad, lo que significa que este documento
ya no es válido. Adicionalmente, a pesar de que tienen un plan de
mejoramiento, no han cumplido con este y uno de ellos no quiere
participar en salidas técnicas. Además el Tutor encontró que
personas ajenas al curso están ingresando a la plataforma virtual con
el usuario y la contraseña de uno de ellos. El instructor le solicita al
representante de los aprendices que les ayude a identificar en qué
parte del reglamento se está fallando.
Adicionalmente, a pesar de que tienen un plan de mejoramiento, no
han cumplido con este y uno de ellos no quiere participar en salidas
técnicas. Además el Tutor encontró que personas ajenas al curso
están ingresando a la plataforma virtual con el usuario y la
contraseña de uno de ellos. El instructor le solicita al representante
de los aprendices que les ayude a identificar en qué parte del
reglamento se está fallando.
9. ¿EN QUÉ CAPÍTULO Y EN QUÉ ARTÍCULOS SE DEBE
APOYAR EL REPRESENTANTE PARA QUE LOS
APRENDICES IDENTIFIQUEN SUS FALTAS?
Dentro del artículo 9 Deberes del Aprendiz, en el punto 3, se
establece. “Verificar en el sistema que sus datos básicos, se
encuentren totalmente diligenciados y/o actualizarlos de acuerdo con
el trámite administrativo correspondiente”, por otro lado teniendo en
cuenta el mismo artículo numeral 14, el cual cita “Portar
permanentemente y en lugar visible el carné que lo identifica como
Aprendiz SENA….”, por tal razón se puede decir que los aprendices
del programa de Tecnología en Contabilidad y Finanzas deberían
portar el carné actualizado en lugar de identificarse con le tarjeta de
identidad o cedula de ciudadanía.
En lo que respecta al ingreso a la plataforma por personas diferentes
al aprendiz; dentro de los Deberes del aprendiz, parágrafo 1, literal c.
se establece “Ingresar a la plataforma virtual, debidamente
identificado con el respectivo código de acceso, personal e
intransferible. El Usuario y la Contraseña suministrado al aprendiz
por la Entidad, para el acceso a la plataforma virtual son de uso
personal exclusivo, por lo tanto no debe transferirse a otras personas.
El mal uso de esta información es de su competencia directa y
asumirá por ello las responsabilidades correspondientes”
10. 2. ¿QUÉ DICE DICHO REGLAMENTO FRENTE A
LA RESPONSABILIDAD DE LOS DATOS BÁSICOS
ACTUALIZADOS?
RTA/rente a la responsabilidad de los datos
básicos actualizados, el reglamento identifica que
dicha actividad se requiere para acceder a los
diferentes trámites administrativos. Aunque hace un
énfasis especial en el Desarrollo de la Etapa
Productiva artículo 13, donde se menciona “El
Aprendiz es responsable de actualizar
permanentemente los datos que registre en este
sistema, verificar que correspondan a los
registrados en el sistema para la gestión de la
formación y consultar periódicamente las
oportunidades de contrato de aprendizaje que
reportan los empresarios”
11. 3. ¿ESTÁN OBLIGADOS LO APRENDICES A PARTICIPAR
EN LA VISITA TÉCNICA?
RTA/En el artículo 9 sobre los deberes del Aprendiz SENA, ciertos
numerales establecen:
1. “Cumplir con todas las actividades propias de su proceso de
aprendizaje o del plan de mejoramiento, definidas durante su etapa
lectiva y productiva”
4. “Participar en las actividades complementarias o de
profundización, relacionadas con el programa de
formación, con el fin de gestionar su proceso de aprendizaje”
9. “Asumir con responsabilidad su participación en las actividades
programadas como salidas, pasantías técnicas, intercambios de
aprendices a nivel nacional e internacional, así como en las demás
de carácter lúdico - pedagógico”
Según lo anterior no se establece textualmente una obligatoriedad
al respecto, pero si se requiere el cumplimiento y responsabilidad
por el cumplimiento a este tipo de actividades.
12. CASO 4
Descripción caso El comité de evaluación y seguimiento
está reunido para analizar unas situaciones que se han
presentado con algunos aprendices. Al finalizar la
reunión, uno de los miembros del equipo les manifiesta
a los aprendices que formalmente el subdirector del
centro les enviará un comunicado con la información
pertinente, pero como conclusión, les puede adelantar
que se aplicarán a tres aprendices las medidas
formativas necesarias. Las medidas serán: dos por
faltas académicas y una por falta disciplinarias.
Adicionalmente, se va a brindar estímulos a dos
aprendices por su buen desempeño. Uno de los
aprendices plantea que no recuerda en qué consisten
las faltas académicas y disciplinarias.
13. ¿CUÁLES SON LAS MEDIDAS FORMATIVAS Y EN
QUÉ CONSISTEN?
RTA/De acuerdo al artículo 28 que respecta a las
sanciones, por faltas académicas y disciplinarias
los aprendices se pueden hacer acreedores a las
siguientes sanciones:
Llamado de atención escrito
Condicionamiento de la matricula
Cancelación de la matricula