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derechos y deberes
1. Aprendiz: Ana Yilena Moran Narvaez
Programa: Gestión de Mercados
CASO #1
Federico manifiesta que nunca ha tenido
carné y que en dos oportunidades se lo ha
solicitado a la líder de bienestar, ella le ha
explicado que los carnés son para los
aprendices de la modalidad presencial.
¿Qué respuesta la daría usted a Federico y en qué
capítulo del Reglamento se basaría?
En los derechos del aprendiz Sena encontramos en el numeral
4:
“Recibir en el momento de la legalización su matrícula, el
carné que lo acredite como Aprendiz del SENA.”
Por lo que Federico en el momento de legalizar su matrícula
debía obtener un carnet en el que se lo identificaría como
aprendiz Sena con el que obtendría benéficos en las
instalaciones Sena y luego no presentaría mayores
inconvenientes a la hora de su etapa productiva ya que en el
artículo 3 de los principios generales menciona:
“Se considera aprendiz SENA a toda persona matriculada en
los programas de formación profesional de la entidad, en
cualquier tipo de formación: Titulada o Complementaria, desde
las diferentes modalidades Presencial, Virtual o Combinada,
por consiguiente debe ser consciente y vivenciar que derechos
2. y deberes son correlativos e inseparables en su proceso
formativo.”
Por ello debería agilizar cuanto antes su carnet que lo
identifique como aprendiz Sena para que no pierda la
oportunidad de terminar su etapa productiva.
En relación con la líder de bienestar, ¿qué
opina acerca de la respuesta que le dio la
funcionaria al aprendiz? ¿Fue acertada o
equivocada? Expliqué por qué.
La respuesta de la líder de bienestar fue equivocada ya que en
el artículo 3 de los principios generales menciona:
“Se considera aprendiz SENA a toda persona matriculada en
los programas de formación profesional de la entidad, en
cualquier tipo de formación: Titulada o Complementaria, desde
las diferentes modalidades Presencial, Virtual o
Combinada, por consiguiente debe ser consciente y vivenciar
que derechos y deberes son correlativos e inseparables en
su proceso formativo.”
Resaltando que el aprendiz en cualquiera de sus modalidades
cuenta con los mismos derechos y deberes, por consiguiente
se encuentra en la obligación de facilitar el carnet al aprendiz.
3. CASO #2
Nicolás decide de manera respetuosa
solicitar por escrito los juicios de
evaluación de sus evidencias y quiere
hacerlo cumpliendo con la normatividad
del SENA.
¿En qué capítulo, artículo e ítems del Reglamento de
Aprendices, se debe amparar Nicolás para hacer dicha
solicitud de manera respetuosa y formal?
En el numeral 8 de los derechos de aprendiz
Sena esta:
“Ser escuchado y atendido en sus peticiones
respetuosas, por parte de los directivos,
Instructores y personal administrativo, ante
las dificultades que se puedan presentar en
su proceso de formación.”
En este derecho él puede refugiarse ya que
hace referencia a ser atendido y escuchado
en sus peticiones en este caso del instructor
para que él tenga plena garantía de su
desempeños académico y no presente dificultades en su
proceso de formación como solución solicitar nuevamente un
informe de sus notas recordándole al instructor que como
aprendiz Sena tiene el derecho a ser escuchado y atendido en
pro de su bienestar formativo
4. CASO #3
El instructor les ha
manifestado a tres
aprendices que deben traer
la cédula de ciudadanía,
porque cuando ingresaron a
la institución, lo hicieron con
tarjeta de identidad, uno de ellos no quiere participar en salidas
técnicas, personas ajenas al curso están ingresando a la
plataforma virtual con el usuario y la contraseña de uno de
ellos.
El instructor le solicita al representante de los aprendices que
les ayude a identificar en qué parte del reglamento se está
fallando.
¿En qué capitulo y en qué artículos se debe apoyar el
representante para que los aprendices identifiquen sus
faltas?
En el capítulo III artículo 9. En los deberes de
aprendiz Sena encontramos las faltas en que
han incurrido los aprendices.
5. ¿Qué dice dicho reglamento frente a la responsabilidad
de los datos básicos actualizados?
En el numeral 3. De los deberes del aprendiz Sena dice:
“Verificar en el sistema que sus datos básicos, se encuentren
totalmente diligenciados y/o actualizarlos de acuerdo con el
trámite administrativo correspondiente.”
En el caso se menciona a tres aprendices que aun registran
con tarjeta de identidad y ellos ya cumplieron su mayoría de
edad por lo que deben actualizar su documento respectivo en
este caso cedula de ciudadanía.
¿Están obligados lo aprendices a participar en la visita
técnica?
En los mismos deberes de aprendiz en el numeral 1. Menciona:
“Cumplir con todas las actividades propias de su proceso de
aprendizaje o del plan de mejoramiento, Definidas durante su
etapa lectiva y productiva”
De lo que puedo desglosar que como aprendices y para
nuestro propio beneficio en formación debemos cumplir con
actividades en pro de nuestro mejoramiento competitivo.
6. CASO #4
Uno de los aprendices plantea que no recuerda
en qué consiste las faltas académicas y
disciplinarias.
¿Cuáles son las medidas formativas y en qué consisten?
En el capítulo IX de medidas formativa y sancionarías plantea
que son fallas de bajo grado, no afectan directamente a los
deberes, derechos y prohibiciones establecidos en el
reglamento del aprendiz Sena y que en alguno de los casos
son ejecutadas en forma preventiva a una ocurrencia mayor o
de mayor gravedad mejorando el comportamiento disciplinario
de aprendiz y son :
- Llamado de atención verbal: es cuando el instructor,
coordinador, subdirector o encargado de bienestar hace
este llamado con el fin de mejorar el comportamiento
disciplinario o académico para que no se presente
afectaciones mayores.
- Plan de mejoramiento académico: es una medida para
la consignación escrita de las faltas académicas
cometidas por parte del aprendiz se lleva a cabo con unas
estrategias de mejoramiento las cuales tendrán
seguimiento por parte del instructor, coordinador,
subdirector o encargado de bienestar que en 1 mes a
partir de la concertación de las partes tendrán que dar
resultado obteniendo solo resultados positivos para el
aprendiz.
7. - Plan de mejoramiento disciplinario: este plan de
mejoramiento también es una consignación en
documento escrito que se lleva a cabo con el fin de
mejorar actitudes comportamentales propias del
aprendiz, generando cambios positivamente bajo el
seguimiento del instructor, subdirector, coordinador o
encargado de bienestar en un periodo de un mes como
máximo para evidenciar los cambios estratégicos de
mejoramiento anteriormente estipulados
¿Cuáles son las sanciones que pueden imponerse a los
aprendices por faltas académicas o disciplinarias?
En el artículo 28 en sanciones describe las faltas académicas
o disciplinarias y están:
Llamado de atención escrito: es una consignación escrita
dirigida por el coordinador académico o por el centro de
formación al aprendiz con copia a la hoja de vida en donde se
encuentra la falta cometida, los compromisos y el seguimiento
dado según la gravedad del caso.
Condicionamiento de la matrícula: sanción impuesta por la
incurrencia y agotamiento de planes de mejoramiento de una
falta académica o disciplinaria. Con esta sanción se pierde los
incentivos que hasta el momento se ese recibiendo y según la
gravedad de la falta la cancelación de la matricula además de
tiempo exonerado para poder acceder cualquier tipo de
formación.
8. Mencione por lo menos dos estímulos o incentivos que el
SENA ha adoptado para beneficio de los aprendices y qué
casos se otorgan
*a los aprendices que se destaquen en su proceso formativo y
se inscriban en la convocatoria para tutorías se les pagara un
5%, 15% del salario mínimo vigente según las horas que el
ejecute en el horario opuesto a su jornada de formación
*a los aprendices de escasos
recursos que sean
convocador y aprobados se
les dará un incentivo
mensual