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Desarrollo , Tecnología y Planeación, S.A. de C.V.


Cambios relevantes del Reglamento de la
Ley    de   Obra    Pública   y   Servicios
Relacionados con la Misma D.O.F. 28 de
Julio de 2010 y nuevos lineamientos.


Fecha de publicación de lineamientos en el DOF   09 de Septiembre del 2010




      Ing. Melesio Gutierrez Pérez
Dentro de los estatutos que norman al Colegio de
Ingenieros Civiles de México, S.C. en sus objetivos
destaca:


Capitulo II, Objetivos, Responsabilidades y Políticas del
Colegio
Articulo 9°   Responsabilidad del Colegio Ante la Sociedad
Párrafo 6,     Promover la expedición y reforma de Leyes y
Reglamentos relativos al Ejercicio       Profesional de la
Ingeniería Civil.
CONTENIDO

 Cambios relevantes a la Ley de Obra Pública y Servicios
  Relacionados con las mismas, que tienen una relación directa
  con los nuevos lineamientos. (28 de mayo de 2009).
 Políticas, Bases y Lineamientos Generales.
 Principales cambios al Reglamento de la Ley de Obra Pública y
  Servicios Relacionados con la Misma. (28 de julio de 2010).
 Lineamientos en Materia de Adquisiciones , Arrendamientos y
  Servicios y de obra Pública y Servicios Relacionados con la
  Misma (9 de Septiembre 2010)
 Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de
  Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma
  (9 Agosto 2010)
Cambios relevantes a la Ley de Obra Pública y Servicios
Relacionados con las Mismas 1/2

Art 38    Permite utilizar puntos y porcentajes; en el caso de obras, se adjudica entre
          las propuestas solventes a la que asegure las mejores condiciones disponibles
          en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás
          circunstancias pertinentes.

Art. 42   Invitación a cuando menos tres personas o por asignación directa.
XIII.-    Cuando celebre alianza estratégica a fin de aplicar innovaciones tecnológicas
          en la infraestructura nacional.
XIV.-      Servicios para elaborar o concluir los estudios, planes o programas que
          permitan licitar obra pública asociada a proyectos de infraestructura, cuando el
          precio no sea mayor al 4% del monto total del proyecto o bien a 40 millones
          de pesos, debiéndose adjudicar directamente al contrato respectivo. (ver
          lineamientos de la Función Pública).

Art. 48   Garantías - Montos menores según cumplimiento de los contratistas (fianza de
          cumplimiento).
          Sin garantía de cumplimiento a juicio de la dependencia en casos de invitación
          a cuando menos tres o adjudicación directa dentro de los montos autorizados.

                                                                                       1
Cambios relevantes a la Ley de Obra Pública y Servicios
Relacionados con las Mismas 2/2


Art. 74       Sistema Electrónico de Información Pública y gubernamental sobre OPySR
              Define al contenido del sistema Incluye Registro Único de Contratistas.


Art. 74 bis   Clasificará al registro único de contratistas par, entre otros:
             Por actividad
             Datos Generales
             Nacionalidad
             Historial en materia de contrataciones y su cumplimiento


Art. 74       Inhabilitación Temporal
Se incluye a los que se determinó que se inconformaron para retrazar o entorpecer el
            procedimiento




                                                                                        2
Políticas, Bases y Lineamientos Generales.

De acuerdo con las Reformas de fines de mayo de 2009, a las LAASSP y a la LOPSRM,
se facultó a la Secretaría de la Función Pública a emitir, en materia de adquisiciones al
menos los siguientes lineamientos directrices:


  •   Lineamientos para la emisión de POBALINES.
  •   Lineamientos para la evaluación de propuestas a través de puntos y
      porcentajes.
  •    Lineamientos para determinar montos menores de garantías de
      cumplimiento que deben establecer los proveedores y contratistas.
  •    Lineamientos para la presentación de ofertas subsecuentes por medios
      electrónicos. Estos sólo resultan de aplicación en las contrataciones que regula
      la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
  •   Lineamientos para agilizar el pago a proveedores.
  •   Lineamientos para determinar los precios de los servicios que tengan por
      objeto elaborar o concluir los estudios, planes y programas para la
      contratación de obras públicas asociadas a proyectos de infraestructura.

                                                                                            3
Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios
(28 de julio de 2010).
* Se desglosan y especifican mas los artículos incrementándose de 230 ( en el
reglamento anterior de fecha 20 de agosto del año 2001) a 295( 28 de julio 2010)
cambiando la correlación numérica en la mayoría de ellos .
Titulo Primero: Disposiciones Generales

Art 2      Se aumentan de XIV a XXIX las definiciones , notándose la desaparición de definiciones
como son: Prebases , y adicionado otros de nueva connotación como son : Área técnica, Avances
Físico y Financiero , Estándar de desempeño, Inversionista contratista , MIPYMES, Obras de Gran
complejidad , Precio de Mercado.
Art. 4    PARA LAS DEPENDENCIAS O ENTIDADES QUE FUNJAN COMO CONTRATISTAS

En cumplimiento al párrafo cuarto del artículo 1 de la LOPSRM
Se deberá tener como mínimo el 51% de capacidad para ejecutar la obra ó el servicio, en base al
monto total del contrato.
   Se podrá contratar por terceros el 49% restante
Para la asignación del contrato la parte contratante solicitará la documentación que acredite que
cuenta con la capacidad técnica, materiales y humana para cumplir con el objetivo del contrato
Para  cumplir con la totalidad de los trabajos la contratista se sujetará a la disposiciones de Ley y
del presente reglamento


                                                                                                   4
Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios
(28 de julio de 2010).


Articulo 12.- Reglas emitidas por las Secretaria de Economía

   Las reglas que emita la Secretaría de Economía en términos del artículo 9 de la
    Ley, podrán establecer mecanismos, criterios o medidas tendientes a promover la
    participación de las MIPYMES en los procedimientos de contratación o su
    intervención en la ejecución de obras o servicios.

   Las MIPYMES podrán participar con ese carácter en los procedimientos de
    contratación o intervenir en la ejecución de obras y servicios cuando presenten a la
    dependencia o entidad convocante copia del documento expedido por autoridad
    competente que determine su estratificación como micro, pequeña o mediana
    empresa, o bien, un escrito en el cual manifiesten, bajo protesta de decir verdad,
    que cuentan con es carácter, utilizando para tal fin el formato que al efecto
    proporcione la convocante.

                                                                                     5
Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios
(28 de julio de 2010).

Cumplimiento de normas técnicas
Articulo 22 .-     Objeto.-Las dependencias y entidades que, por las características,
    complejidad y magnitud de las obras que realicen, cuenten o requieran de normas
    técnicas para que se apliquen en sus especificaciones generales de construcción,
    deberán exigir su cumplimiento

Comentarios.-      En el reglamento anterior el texto era lo escrito en el párrafo
    anterior.


En el nuevo reglamento se destaca :

*   El cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas

*   A la Falta de las NOM´s la aplicación de las Internacionales

*   A la Falta de las Normas Internacionales la aplicación del art. 53 y 55 de la Ley
    Federal Sobre Metrología y Normalización
                                                                                   6
Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios
(28 de julio de 2010).

Proceso de concurso

Registro único de contratistas



Articulo 43 del Nuevo Reglamento ( Reglamento anterior art. 25)

    En esencia lo fundamental no cambia, sin embargo el nuevo reglamento es explicito
    en procesos que ya se practicaban

    Para el caso de funciones de la SFP para con las entidades y se define el tener un
    historial del contratista

*   En el último párrafo del articulo se menciona que los antecedentes que se
    mencionen del contratista en este registro serán tomados como base para la
    reducción de los montos de garantía de cumplimiento a que hace referencia el art.
    48 de la LOPSRM
                                                                                   7
Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios
(28 de julio de 2010).

Proceso de concurso

Contenido de las proposiciones de los licitantes


Articulo 44 del Nuevo Reglamento ( Reglamento anterior art. 26)

   En esencia lo fundamental no cambia, sin embargo el nuevo reglamento adiciona a
   los ocho párrafos anteriores el “ IX” ; el cual dice:



   “ Documentos que acrediten el historial de cumplimiento satisfactorio de contratos
   suscritos con dependencias ó entidades, en caso de haberlos suscrito de otra
   manera el convocante manifestará por escrito la no existencia de dichos contratos.”




                                                                                     8
Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios
(28 de julio de 2010).

Proceso de concurso

Sección II .- De los Testigos Sociales

Articulo del 49 al 58 del Nuevo Reglamento ( Reglamento anterior no existe)
   Objeto .- Incorporación al proceso de Licitación Pública del testigo social
 Definición de Testigo Social .- Persona física ó Moral que cuenta con registro en el
   respectivo padrón ( SFP) .
 Características .- Personas que acrediten contar mediante documentación,
   experiencia de cuando menos tres años en la materia de contrataciones reguladas
   por Ley.
 Fundamento .- Art. 27 Bis Fracción III Inciso “f” de la LOPSRM
 Función.-El Testigo Social participará en todas las etapas de la licitación


   ¿ Quien lo asigna ? .- El Comité de Testigos Sociales ( formado por 5 servidores de
    la SFP y a invitación de ésta, por cinco representantes de la cámara competente,
    asociaciones empresariales ó colegios de profesionales)

                                                                                    9
Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios
(28 de julio de 2010).

Proceso de concurso
Sección IV .- De la Evaluación de las proposiciones
   Articulo del 63 ( Reglamento anterior lo definía de otra forma sin tener un artículo
   tan explicito como en el actual)

     Objeto .- Mecanismos de evaluación de la solvencia de las proposiciones
1.- Binario : Determina la solvencia a partir de verificar el cumplimiento de las
     condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante.
           Supuestos de aplicación de este mecanismo:
a).-       Cuando las Dependencias y entidades que contraten de manera ocasional no
     cuenten con áreas ó estructuras especializadas para tal fin.
b).-       Tratándose de obras y servicios cuyo monto máximo no exceda los diez mil
     días de salario mínimo del DF elevado la mes.
c).-En los casos en que atendiendo a la complejidad , características y magnitud, el
     área licitante justifique la conveniencia de aplicar este mecanismo.

2.- De Puntos y Porcentajes : Determina la solvencia de las propuestas a partir del
    número de puntos ó unidades porcentuales que obtengan las proposiciones
    conforme a lo estipulado en la licitación
                                                                                      10
Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios
(28 de julio de 2010).

Proceso de concurso
Sección IV .-ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
   Articulo del 67 ( Reglamento anterior art. 37 A)

      Reglamento anterior .- El criterio estaba definido en la bases de concurso y se
      tomaba el cumplimiento de los requisitos técnicos como base pero lo que realmente
      terminaba definiendo el concurso era la propuesta solvente mas económica.

      Reglamento actual .- L A ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS SE LE ASIGNA
      A LA PROPUESTA QUE EN BASE A LO DISPUESTO POR LAS BASES DE
      CONVOCATORIA DE FIJEN COMO MECANISMOS ES DECIR :

1.- LA PROPUESTA QUE OFERTE EL PRECIO MAS BAJO PARA EL MECANISMO
   DETERMINADO POR EL SISTEMA BINARIO.

2.-       LA PROPUESTA QUE HUBIERA OBTENIDO EL PUNTAJE MAS ALTO
      CUANDO SE APLIQUE EL MECANISMO POR PUNTOS Ó PORCENTAJES.

                                                                                    11
Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios
(28 de julio de 2010).

                                     Capitulo tercero
   Del contrato
   Articulo del 79 al 88 ( Reglamento anterior art.   49 al 58 )


   Entre el Reglamento anterior y el actual no existe diferencia sustancial lo que si se
   retira del articulado es el art. 52 en donde se define el pago de gastos no
   recuperables al contratista en cuando el contrato no sea firmado por la dependencia,
   no con esto se debe entender que se renuncia por parte del contratista a este
   derecho


   De las garantías
   Articulo del 89 al 98 ( Reglamento anterior art. 59 al 68 )

   Entre el Reglamento anterior y el actual destaca :
   Art.90 del nuevo reglamento en el cual se define la reducción del porcentaje de la
   garantía de cumplimiento en función de la actuación en contratos previos a la
   licitación de la obra , estos parámetros varían en reducir desde un 10% y hasta el
   50% de la garantía de convocatoria.
                                                                                     12
Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios
(28 de julio de 2010).

                                 Capitulo cuarto

         Sección II.- De la Bitácora

Art. 122.- Obligación de uso de la bitácora               sin cambio
Art. 123.- Reglas de uso ( electrónicas y conv.)         modificada
La modificación consiste en alterar el orden de los
incisos y el de desglosar en 13 los procesos que antes eran 12.
Art.- 124.-Uso de bitácoras convencionales                sin cambio
Art.- 125.- Registro en la bitácora mediante nota         se incluye
Se define de manera puntual que es lo que se debe

Registrar por :
                  a).- Residente            ( 11 aspectos)
                  b).- Superintendente      (07 aspectos)
                  c).- Supervisión          (04 aspectos)

                                                                       13
Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios
(28 de julio de 2010).

                                   Capitulo cuarto

Sección IV.- De los Anticipos
( artículos del 138 al 143 antes del 108 al 113 )


Cambios ó adiciones : No hay cambios sustanciales solamente se define que en caso
   de que se requiera dar un anticipo superior al 50 % del monto total de contrato, se
   deberá solicitar a la SFP autorización previo a su entrega, debiendo el área
   solicitante presentar la justificación correspondiente.




                                                                                   14
Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios
(28 de julio de 2010).

                                  Capitulo cuarto
         Sección VII.- Rescisión administrativa de contrato
         ( artículos del 154 al 163 antes del 124 al 134 )
   Cambios ó adiciones :
   * Art. 155.- Si el contratista es quien decide iniciar el proceso de rescisión de
   contrato , tendrá que acudir ante la autoridad judicial federal y obtener la declaración
   correspondiente

   * Art. 157 fracción XI.- Incumpla el compromiso de confidencialidad ó reserva de la
   información ó documentación proporcionada por la dependencia para la ejecución de
   los trabajos.

   *Art. 158 .- Se elimina el párrafo en donde iniciado el proceso de rescisión del
   contrato se pueda detener el proceso , ante un proceso de conciliación.

   *Art. 159 fracción X.- En el acta circunstanciada de rescisión de los trabajos se debe
   agregar una “ Constancia “ de que el contratista entrego toda la documentación
   necesaria para que la dependencia pueda hacerse cargo y continuar con los
   trabajos.
                                                                                        15
Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios
(28 de julio de 2010).

                                Capitulo Noveno


   De las obras Públicas asociadas a proyectos de Infraestructura.

   Artículos del 234 al 248 ( antes no existía )
   Cambios ó adiciones :

   * Se adicionan desde los art. 234 hasta el 248 las descripciones, contenidos,
   planes, disposiciones, responsables , aportaciones , obligaciones y forma de
   contratación de las obras públicas asociadas a proyectos de infraestructura.




                                                                             16
Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios
(28 de julio de 2010).
                         Titulo Cuarto , quinto y sexto
     Cuarto .-“De la Información y verificación”
    Quinto .- “ De las Infracciones y sanciones”
    Sexto .- “De la solución de controversias”
    Artículos del 264 al 295 ( antes 217 al 230 )
    Cambios ó adiciones :
*   Se incorpora en su totalidad el titulo cuarto
    Se incorporan las infracciones
*   Se desglosa de manera diferente las sanciones, sin modificar radicalmente la forma
    en que se venían aplicando.
*   Se incorpora el termino controversia
*   Se definen tiempo para la aportación de información y la entrega de fianzas para
    garantizar daños y perjuicios.
*   La forma de concluir el proceso de conciliación sigue siendo el mismo

         I.- La celebración de un convenio
         II.- La determinación de cualquiera de las partes de no conciliar
         III.- El desistimiento de la solicitud de conciliación.
                                                                                   17
Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios
(28 de julio de 2010).


                                   Titulo Sexto

   Sexto .- “De la solución de controversias”
   Artículo 295 ( antes no existía )
   Cambios ó adiciones :

   Se adiciona el art. 295 que al texto dice:



   “El servidor público facultado para determinar la conveniencia de incluir la
   clausula arbitral ó firmar el convenio correspondiente, en los términos del
   art. 99 de la LOPSRM deberá tener nivel jerárquico de director general en las
   dependencias ó equivalente en las entidades.”




                                                                             18
Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y
servicios y de obra pública y servicios relacionados con la misma.
( DOF 9 de Septiembre 2010)



Capitulo Segundo.-
  De los Lineamientos para la aplicación del criterio de evaluación de proposiciones a
  través del mecanismo de puntos ó porcentajes en los procedimientos de
  contratación
  Sección primera ( Disposiciones generales)

Art. Segundo .- Se emiten los lineamientos generales
   Inciso primero.- Los presentes lineamientos tienen por objeto establecer las
   disposiciones y los criterios que deberán observar los sujetos a que se refieren los
   art. 1 fracción I a V de la LOPSRM para utilizar el criterio de evaluación de
   proposiciones a través del mecanismo de            puntos o porcentajes en los
   procedimientos de contratación de licitaciones públicas y de invitaciones a cuando
   menos tres personas.




                                                                                    19
Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y
servicios y de obra pública y servicios relacionados con la misma.
( DOF 9 de Septiembre 2010)


Sección tercera ( Contratación de Obra)
Lineamientos para la evaluación por puntos ó unidades porcentuales
Art. Noveno .- Contratación de Obra.
* Propuesta Técnica                  50                   puntos ( para no ser desechada mín. 37.5 )
* Propuesta económica                50                   puntos

Art. Decimo .- Contratación de servicio relacionados con la Obra ( Distintos                            a
consultorías, asesorías , estudios e investigaciones ).
* Propuesta Técnica                   60 puntos ( para no ser desechada mín. 45)
* Propuesta económica                 40 puntos

Art. Decimo Primero .- Contratación de servicio relacionados con la Obra de consultorías,
asesorías , estudios e investigaciones . ( para no ser desechadas deben acumular el 75% del puntaje
total de la propuesta técnica)
Tipo de Propuesta                A                  B ( Personalizados )
                                     ( Estandarizados )                     C (Especializados)
*Propuesta Técnica                     70 puntos    80 puntos            90 puntos
*Propuesta Económica                   30 puntos 20 puntos               10 puntos

                                                                                                       20
Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y
servicios y de obra pública y servicios relacionados con la misma.
( DOF 9 de Septiembre 2010)

Sección tercera ( Contratación de Obra)
Lineamientos para la evaluación por puntos ó unidades porcentuales
Rubros a considerar
Art. Noveno “ Contratación de Obra “
Propuesta Técnica “ TPT “ ( 50 puntos)
1.- Calidad de la Obra    mín. 15 puntos máx. 20 puntos
2.-   Capacidad del licitante     mín. 10 puntos      máx. 20 puntos
3.-   Experiencia y especialidad del licitante        mín. 10 puntos   máx.   15   puntos
4.-   Cumplimiento de contratos                       mín. 03 puntos   máx.   06   puntos
5.-   Contenido Nacional                              mín. 03 puntos   máx.   05   puntos
6.-   Capacitación y transferencia de conocimientos   mín. 03 puntos   máx.   06   puntos


Propuesta Económica “ TPE “ ( 50 puntos)
1.- Precio                                mín. 40 puntos      máx. 50 puntos
2.- Financiamiento                                  mín. 0 puntos      máx. 10 puntos
Formula para la aplicación de la puntuación Total ( PTj ) = TPT + TPE

                                                                                            21
Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y
servicios y de obra pública y servicios relacionados con la misma.
( DOF 9 de Septiembre 2010)

Sección tercera ( Contratación de Obra)
Lineamientos para la evaluación por puntos ó unidades porcentuales
Rubros a considerar
Art. Decimo “ Contratación de servicios relacionados con Obras “
Propuesta Técnica “ TPT “ ( 60 puntos)
1.- Capacidad del Licitante mín. 12 puntos máx. 24 puntos
2.- Propuesta de trabajo       mín. 06 puntos   máx. 12 puntos
3.- Experiencia y especialidad del licitante    mín. 12 puntos       máx. 18 puntos
4.- Cumplimiento de contratos                   mín. 06 puntos       máx. 12 puntos


Propuesta Económica “ TPE “ ( 40 puntos)
1.- Precio                                               40 puntos
Formula para la aplicación de la puntuación Total ( PTj ) = TPT + TPE




                                                                                      22
Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y
servicios y de obra pública y servicios relacionados con la misma.
( DOF 9 de Septiembre 2010)

Sección tercera ( Contratación de Obra)
Lineamientos para la evaluación por puntos ó unidades porcentuales
Rubros a considerar
Art. Decimo primero “ Contratación de servicios de consultoría, asesorías , estudios e
investigaciones “
Propuesta Técnica “ TPT “ ( 70 puntos)
A.- Servicios estandarizados.- Aquellos que impliquen el desarrollo de soluciones ó metodologías
eficientes para resolver problemas comunes.
1.- Capacidad del licitante                               min.   35 % máx. 45 %
2.- Experiencia y especialidad del licitante              min.   7.5% máx. 15 %
3.- Propuesta de trabajo                                  min.   30% máx. 45%
4.- Capacitación ó transferencia de conocimientos         min.   03% máx. 09 %
5.- Cumplimiento de contratos                             min.   10% máx. 20 %
Propuesta Económica “ TPE “ ( 30 puntos)
1.-Precio ( propuesta económica mas baja)                 30 puntos
Formula para la aplicación de la puntuación Total ( PTj ) = TPT + TPE


                                                                                             23
Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y
servicios y de obra pública y servicios relacionados con la misma.
( DOF 9 de Septiembre 2010)

Sección tercera ( Contratación de Obra)
Lineamientos para la evaluación por puntos ó unidades porcentuales
Rubros a considerar
Art. Decimo primero “ Contratación de servicios de consultoría, asesorías , estudios e
investigaciones “
Propuesta Técnica “ TPT “ ( 80 puntos)
B.- Servicios personalizados.- Los que desarrollan soluciones ó metodologías eficientes diseñadas ó
creadas ex profeso para resolver problemas específicos no comunes en la Administración Pública
Federal.
1.- Capacidad del licitante                               min. 35 % máx. 45 %
2.- Experiencia y especialidad del licitante              min. 7.5% máx. 15 %
3.- Propuesta de trabajo                                  min. 30% máx. 45%
4.- Capacitación ó transferencia de conocimientos         min. 03% máx. 09 %
5.- Cumplimiento de contratos                             min. 10% máx. 20 %
Propuesta Económica “ TPE “ ( 20 puntos)
1.-Precio ( se le asigna a la propuesta mas baja)           20 puntos
Formula para la aplicación de la puntuación Total ( PTj. ) = TPT + TPE

                                                                                                24
Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y
servicios y de obra pública y servicios relacionados con la misma.
( DOF 9 de Septiembre 2010)

Sección tercera ( Contratación de Obra)
Lineamientos para la evaluación por puntos ó unidades porcentuales
Rubros a considerar
Art. Decimo primero “ Contratación de servicios de consultoría, asesorías , estudios e
investigaciones “
Propuesta Técnica “ TPT “ ( 90 puntos)
C.- Servicios Especializados.- Los trabajos que requieren alta especialización y se relacionan con un
determinado sector ó área de conocimiento para desarrollar soluciones o metodologías eficientes
para resolver problemas complejos y que puedan tener un alto impacto social.
1.- Capacidad del licitante                                min. 35 % máx. 45 %
2.- Experiencia y especialidad del licitante               min. 7.5% máx. 15 %
3.- Propuesta de trabajo                                   min. 30% máx. 45%
4.- Capacitación ó transferencia de conocimientos          min. 03% máx. 09 %
5.- Cumplimiento de contratos                              min. 10% máx. 20 %
Propuesta Económica “ TPE “ ( 10 puntos)
1.-Precio ( se le asigna a la propuesta mas baja)            10 puntos
Formula para la aplicación de la puntuación Total ( PTj. ) = TPT + TPE

                                                                                                  25
Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y
servicios y de obra pública y servicios relacionados con la misma.
( DOF 9 de Septiembre 2010)

Capitulo tercero.- Lineamientos para la reducción de los montos de garantía de
cumplimiento que deban constituir para los proveedores y contratistas
Art. Tercero.-Se expiden los lineamientos para reducir los montos de las garantías de
cumplimiento que deben de otorgar los proveedores y contratistas en los términos
siguientes:
Primero.- Los presentes lineamientos tienen por objeto establecer la disposición que
deben observar los sujetos a que se refiere el artículo 1 fracción I a VI de la LOPSRM
Tercero.- Para la reducción de los montos de garantía de cumplimiento de los
contratos, las dependencias y entidades deberán considerar la información sobre el
historial de cumplimiento favorable de los proveedores y contratistas que contengan
los registros conforme a las disposiciones emitidas por la SFP
Cuarto.- Para la reducción de los montos de las garantías de cumplimiento de los
contratos se realizará en función del grado de cumplimiento de contrataciones que
asignen los registros de la SFP.
Únicamente podrán ser sujetos de reducción de montos en las garantías de
cumplimiento de contratos los contratistas que obtengan un grado de cumplimiento
entre el 80% y el 100 %

                                                                                   26
Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y
servicios y de obra pública y servicios relacionados con la misma.
( DOF 9 de Septiembre 2010)


Los porcentaje de reducción de los montos de garantía de cumplimiento de los
proveedores que se ubiquen en el rango serán :

Grado de cumplimiento                      Porcentaje de reducción
Asignado en los registros                  de la garantía de cumplimiento
                  80 a 84 10%
                  85 a 89 20%
                  90 a 94 30%
                  95 a 99 40%
                    100 50%

La reducción del monto de garantía de cumplimiento se determinará y aplicará una vez
que se haya emitido el fallo correspondiente, al participante a quien se le haya
adjudicado el contrato, debiendo la dependencia dejar constancia en el expediente del
calculo que dio el grado de cumplimiento asignado.

                                                                                  27
Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y
servicios y de obra pública y servicios relacionados con la misma.
( DOF 9 de Septiembre 2010)
Capitulo Sexto.- Lineamientos para la determinación de los precios de los servicios que
tengan por objeto elaborar ó concluir los estudios, planes y programas para la
contratación de obras públicas asociadas a proyectos de infraestructura (Art. 42
Fracción 14 de la LOPySRM).
Art. Primero.-Finalidad de los lineamientos :
I.- Complementar los estudios, planes y programas presentados en términos del párrafo sexto del
     artículo 18 de la mencionada ley.
II.- Elaborar los estudios , planes o programas que requieran directamente las dependencias para
     ejecutar dichas obras.
 Art. Cuarto.- Forma de evaluación
Las dependencias realizarán las evaluaciones económicas del costo de los servicios considerando
     las disposiciones relativas a los “ Servicios relacionados con la Obra Pública “ previstos en el
     RLOPSRM. ( art. 63 evaluación por el método de puntos y porcentajes)
Art. Quinto .- Cuando el costo de los servicios no sea aceptable en términos de la LOPSRM y su
     reglamento, la dependencia llevará a cabo reuniones con el interesado a fin de acordar el
     importe total de las mismas.
Art. Sexto .- El monto total de los servicios no excederá del 4% del monto total del proyecto ó 40
     Millones de pesos , lo que resulte menor
Comentario :- Los artículos anteriores se aplican para supuestos de servicios por asignación
     directa en caso de exceder los limites ( 4% y 40 Millones ) se tendrá que recurrir a otro medio
     de asignación ( licitación a cuando menos tres participantes ó licitación pública.)
                                                                                                  28
Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras
    Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
                               ( DOF 9 Agosto 2010)




Objetivo .- Incrementar la eficiencia de los procesos y procedimientos que en
materia de obra pública y servicios relacionados con la misma lleven a cabo las
dependencias y entidades , a fin de desarrollar la infraestructura necesaria en el
tiempo y con el costo y calidad previstos.

Alcances :
1.- Planeación de proyectos de obra pública y servicios relacionados con las
mismas.
2.- Licitación y contratación.
3.- Ejecución de los trabajos.

Comentarios .- El presente manual es una guía para los servidores públicos con
ejemplos y tomas de decisiones de aspectos frecuentes en el desarrollo de contratos
de obra pública y de servicios, en los cuales se pretende estandarizar el criterio del
funcionario al momento de interpretar la Ley y el Reglamento de la materia.

                                                                                   29

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  • 1. Desarrollo , Tecnología y Planeación, S.A. de C.V. Cambios relevantes del Reglamento de la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma D.O.F. 28 de Julio de 2010 y nuevos lineamientos. Fecha de publicación de lineamientos en el DOF 09 de Septiembre del 2010 Ing. Melesio Gutierrez Pérez
  • 2. Dentro de los estatutos que norman al Colegio de Ingenieros Civiles de México, S.C. en sus objetivos destaca: Capitulo II, Objetivos, Responsabilidades y Políticas del Colegio Articulo 9° Responsabilidad del Colegio Ante la Sociedad Párrafo 6, Promover la expedición y reforma de Leyes y Reglamentos relativos al Ejercicio Profesional de la Ingeniería Civil.
  • 3. CONTENIDO  Cambios relevantes a la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con las mismas, que tienen una relación directa con los nuevos lineamientos. (28 de mayo de 2009).  Políticas, Bases y Lineamientos Generales.  Principales cambios al Reglamento de la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma. (28 de julio de 2010).  Lineamientos en Materia de Adquisiciones , Arrendamientos y Servicios y de obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma (9 de Septiembre 2010)  Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma (9 Agosto 2010)
  • 4. Cambios relevantes a la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con las Mismas 1/2 Art 38 Permite utilizar puntos y porcentajes; en el caso de obras, se adjudica entre las propuestas solventes a la que asegure las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes. Art. 42 Invitación a cuando menos tres personas o por asignación directa. XIII.- Cuando celebre alianza estratégica a fin de aplicar innovaciones tecnológicas en la infraestructura nacional. XIV.- Servicios para elaborar o concluir los estudios, planes o programas que permitan licitar obra pública asociada a proyectos de infraestructura, cuando el precio no sea mayor al 4% del monto total del proyecto o bien a 40 millones de pesos, debiéndose adjudicar directamente al contrato respectivo. (ver lineamientos de la Función Pública). Art. 48 Garantías - Montos menores según cumplimiento de los contratistas (fianza de cumplimiento). Sin garantía de cumplimiento a juicio de la dependencia en casos de invitación a cuando menos tres o adjudicación directa dentro de los montos autorizados. 1
  • 5. Cambios relevantes a la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con las Mismas 2/2 Art. 74 Sistema Electrónico de Información Pública y gubernamental sobre OPySR Define al contenido del sistema Incluye Registro Único de Contratistas. Art. 74 bis Clasificará al registro único de contratistas par, entre otros:  Por actividad  Datos Generales  Nacionalidad  Historial en materia de contrataciones y su cumplimiento Art. 74 Inhabilitación Temporal Se incluye a los que se determinó que se inconformaron para retrazar o entorpecer el procedimiento 2
  • 6. Políticas, Bases y Lineamientos Generales. De acuerdo con las Reformas de fines de mayo de 2009, a las LAASSP y a la LOPSRM, se facultó a la Secretaría de la Función Pública a emitir, en materia de adquisiciones al menos los siguientes lineamientos directrices: • Lineamientos para la emisión de POBALINES. • Lineamientos para la evaluación de propuestas a través de puntos y porcentajes. • Lineamientos para determinar montos menores de garantías de cumplimiento que deben establecer los proveedores y contratistas. • Lineamientos para la presentación de ofertas subsecuentes por medios electrónicos. Estos sólo resultan de aplicación en las contrataciones que regula la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. • Lineamientos para agilizar el pago a proveedores. • Lineamientos para determinar los precios de los servicios que tengan por objeto elaborar o concluir los estudios, planes y programas para la contratación de obras públicas asociadas a proyectos de infraestructura. 3
  • 7. Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios (28 de julio de 2010). * Se desglosan y especifican mas los artículos incrementándose de 230 ( en el reglamento anterior de fecha 20 de agosto del año 2001) a 295( 28 de julio 2010) cambiando la correlación numérica en la mayoría de ellos . Titulo Primero: Disposiciones Generales Art 2 Se aumentan de XIV a XXIX las definiciones , notándose la desaparición de definiciones como son: Prebases , y adicionado otros de nueva connotación como son : Área técnica, Avances Físico y Financiero , Estándar de desempeño, Inversionista contratista , MIPYMES, Obras de Gran complejidad , Precio de Mercado. Art. 4 PARA LAS DEPENDENCIAS O ENTIDADES QUE FUNJAN COMO CONTRATISTAS En cumplimiento al párrafo cuarto del artículo 1 de la LOPSRM Se deberá tener como mínimo el 51% de capacidad para ejecutar la obra ó el servicio, en base al monto total del contrato.  Se podrá contratar por terceros el 49% restante Para la asignación del contrato la parte contratante solicitará la documentación que acredite que cuenta con la capacidad técnica, materiales y humana para cumplir con el objetivo del contrato Para cumplir con la totalidad de los trabajos la contratista se sujetará a la disposiciones de Ley y del presente reglamento 4
  • 8. Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios (28 de julio de 2010). Articulo 12.- Reglas emitidas por las Secretaria de Economía  Las reglas que emita la Secretaría de Economía en términos del artículo 9 de la Ley, podrán establecer mecanismos, criterios o medidas tendientes a promover la participación de las MIPYMES en los procedimientos de contratación o su intervención en la ejecución de obras o servicios.  Las MIPYMES podrán participar con ese carácter en los procedimientos de contratación o intervenir en la ejecución de obras y servicios cuando presenten a la dependencia o entidad convocante copia del documento expedido por autoridad competente que determine su estratificación como micro, pequeña o mediana empresa, o bien, un escrito en el cual manifiesten, bajo protesta de decir verdad, que cuentan con es carácter, utilizando para tal fin el formato que al efecto proporcione la convocante. 5
  • 9. Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios (28 de julio de 2010). Cumplimiento de normas técnicas Articulo 22 .- Objeto.-Las dependencias y entidades que, por las características, complejidad y magnitud de las obras que realicen, cuenten o requieran de normas técnicas para que se apliquen en sus especificaciones generales de construcción, deberán exigir su cumplimiento Comentarios.- En el reglamento anterior el texto era lo escrito en el párrafo anterior. En el nuevo reglamento se destaca : * El cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas * A la Falta de las NOM´s la aplicación de las Internacionales * A la Falta de las Normas Internacionales la aplicación del art. 53 y 55 de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización 6
  • 10. Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios (28 de julio de 2010). Proceso de concurso Registro único de contratistas Articulo 43 del Nuevo Reglamento ( Reglamento anterior art. 25) En esencia lo fundamental no cambia, sin embargo el nuevo reglamento es explicito en procesos que ya se practicaban Para el caso de funciones de la SFP para con las entidades y se define el tener un historial del contratista * En el último párrafo del articulo se menciona que los antecedentes que se mencionen del contratista en este registro serán tomados como base para la reducción de los montos de garantía de cumplimiento a que hace referencia el art. 48 de la LOPSRM 7
  • 11. Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios (28 de julio de 2010). Proceso de concurso Contenido de las proposiciones de los licitantes Articulo 44 del Nuevo Reglamento ( Reglamento anterior art. 26) En esencia lo fundamental no cambia, sin embargo el nuevo reglamento adiciona a los ocho párrafos anteriores el “ IX” ; el cual dice: “ Documentos que acrediten el historial de cumplimiento satisfactorio de contratos suscritos con dependencias ó entidades, en caso de haberlos suscrito de otra manera el convocante manifestará por escrito la no existencia de dichos contratos.” 8
  • 12. Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios (28 de julio de 2010). Proceso de concurso Sección II .- De los Testigos Sociales Articulo del 49 al 58 del Nuevo Reglamento ( Reglamento anterior no existe) Objeto .- Incorporación al proceso de Licitación Pública del testigo social  Definición de Testigo Social .- Persona física ó Moral que cuenta con registro en el respectivo padrón ( SFP) .  Características .- Personas que acrediten contar mediante documentación, experiencia de cuando menos tres años en la materia de contrataciones reguladas por Ley.  Fundamento .- Art. 27 Bis Fracción III Inciso “f” de la LOPSRM  Función.-El Testigo Social participará en todas las etapas de la licitación  ¿ Quien lo asigna ? .- El Comité de Testigos Sociales ( formado por 5 servidores de la SFP y a invitación de ésta, por cinco representantes de la cámara competente, asociaciones empresariales ó colegios de profesionales) 9
  • 13. Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios (28 de julio de 2010). Proceso de concurso Sección IV .- De la Evaluación de las proposiciones Articulo del 63 ( Reglamento anterior lo definía de otra forma sin tener un artículo tan explicito como en el actual) Objeto .- Mecanismos de evaluación de la solvencia de las proposiciones 1.- Binario : Determina la solvencia a partir de verificar el cumplimiento de las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante. Supuestos de aplicación de este mecanismo: a).- Cuando las Dependencias y entidades que contraten de manera ocasional no cuenten con áreas ó estructuras especializadas para tal fin. b).- Tratándose de obras y servicios cuyo monto máximo no exceda los diez mil días de salario mínimo del DF elevado la mes. c).-En los casos en que atendiendo a la complejidad , características y magnitud, el área licitante justifique la conveniencia de aplicar este mecanismo. 2.- De Puntos y Porcentajes : Determina la solvencia de las propuestas a partir del número de puntos ó unidades porcentuales que obtengan las proposiciones conforme a lo estipulado en la licitación 10
  • 14. Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios (28 de julio de 2010). Proceso de concurso Sección IV .-ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Articulo del 67 ( Reglamento anterior art. 37 A) Reglamento anterior .- El criterio estaba definido en la bases de concurso y se tomaba el cumplimiento de los requisitos técnicos como base pero lo que realmente terminaba definiendo el concurso era la propuesta solvente mas económica. Reglamento actual .- L A ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS SE LE ASIGNA A LA PROPUESTA QUE EN BASE A LO DISPUESTO POR LAS BASES DE CONVOCATORIA DE FIJEN COMO MECANISMOS ES DECIR : 1.- LA PROPUESTA QUE OFERTE EL PRECIO MAS BAJO PARA EL MECANISMO DETERMINADO POR EL SISTEMA BINARIO. 2.- LA PROPUESTA QUE HUBIERA OBTENIDO EL PUNTAJE MAS ALTO CUANDO SE APLIQUE EL MECANISMO POR PUNTOS Ó PORCENTAJES. 11
  • 15. Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios (28 de julio de 2010). Capitulo tercero Del contrato Articulo del 79 al 88 ( Reglamento anterior art. 49 al 58 ) Entre el Reglamento anterior y el actual no existe diferencia sustancial lo que si se retira del articulado es el art. 52 en donde se define el pago de gastos no recuperables al contratista en cuando el contrato no sea firmado por la dependencia, no con esto se debe entender que se renuncia por parte del contratista a este derecho De las garantías Articulo del 89 al 98 ( Reglamento anterior art. 59 al 68 ) Entre el Reglamento anterior y el actual destaca : Art.90 del nuevo reglamento en el cual se define la reducción del porcentaje de la garantía de cumplimiento en función de la actuación en contratos previos a la licitación de la obra , estos parámetros varían en reducir desde un 10% y hasta el 50% de la garantía de convocatoria. 12
  • 16. Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios (28 de julio de 2010). Capitulo cuarto Sección II.- De la Bitácora Art. 122.- Obligación de uso de la bitácora sin cambio Art. 123.- Reglas de uso ( electrónicas y conv.) modificada La modificación consiste en alterar el orden de los incisos y el de desglosar en 13 los procesos que antes eran 12. Art.- 124.-Uso de bitácoras convencionales sin cambio Art.- 125.- Registro en la bitácora mediante nota se incluye Se define de manera puntual que es lo que se debe Registrar por : a).- Residente ( 11 aspectos) b).- Superintendente (07 aspectos) c).- Supervisión (04 aspectos) 13
  • 17. Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios (28 de julio de 2010). Capitulo cuarto Sección IV.- De los Anticipos ( artículos del 138 al 143 antes del 108 al 113 ) Cambios ó adiciones : No hay cambios sustanciales solamente se define que en caso de que se requiera dar un anticipo superior al 50 % del monto total de contrato, se deberá solicitar a la SFP autorización previo a su entrega, debiendo el área solicitante presentar la justificación correspondiente. 14
  • 18. Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios (28 de julio de 2010). Capitulo cuarto Sección VII.- Rescisión administrativa de contrato ( artículos del 154 al 163 antes del 124 al 134 ) Cambios ó adiciones : * Art. 155.- Si el contratista es quien decide iniciar el proceso de rescisión de contrato , tendrá que acudir ante la autoridad judicial federal y obtener la declaración correspondiente * Art. 157 fracción XI.- Incumpla el compromiso de confidencialidad ó reserva de la información ó documentación proporcionada por la dependencia para la ejecución de los trabajos. *Art. 158 .- Se elimina el párrafo en donde iniciado el proceso de rescisión del contrato se pueda detener el proceso , ante un proceso de conciliación. *Art. 159 fracción X.- En el acta circunstanciada de rescisión de los trabajos se debe agregar una “ Constancia “ de que el contratista entrego toda la documentación necesaria para que la dependencia pueda hacerse cargo y continuar con los trabajos. 15
  • 19. Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios (28 de julio de 2010). Capitulo Noveno De las obras Públicas asociadas a proyectos de Infraestructura. Artículos del 234 al 248 ( antes no existía ) Cambios ó adiciones : * Se adicionan desde los art. 234 hasta el 248 las descripciones, contenidos, planes, disposiciones, responsables , aportaciones , obligaciones y forma de contratación de las obras públicas asociadas a proyectos de infraestructura. 16
  • 20. Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios (28 de julio de 2010). Titulo Cuarto , quinto y sexto Cuarto .-“De la Información y verificación” Quinto .- “ De las Infracciones y sanciones” Sexto .- “De la solución de controversias” Artículos del 264 al 295 ( antes 217 al 230 ) Cambios ó adiciones : * Se incorpora en su totalidad el titulo cuarto Se incorporan las infracciones * Se desglosa de manera diferente las sanciones, sin modificar radicalmente la forma en que se venían aplicando. * Se incorpora el termino controversia * Se definen tiempo para la aportación de información y la entrega de fianzas para garantizar daños y perjuicios. * La forma de concluir el proceso de conciliación sigue siendo el mismo I.- La celebración de un convenio II.- La determinación de cualquiera de las partes de no conciliar III.- El desistimiento de la solicitud de conciliación. 17
  • 21. Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios (28 de julio de 2010). Titulo Sexto Sexto .- “De la solución de controversias” Artículo 295 ( antes no existía ) Cambios ó adiciones : Se adiciona el art. 295 que al texto dice: “El servidor público facultado para determinar la conveniencia de incluir la clausula arbitral ó firmar el convenio correspondiente, en los términos del art. 99 de la LOPSRM deberá tener nivel jerárquico de director general en las dependencias ó equivalente en las entidades.” 18
  • 22. Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obra pública y servicios relacionados con la misma. ( DOF 9 de Septiembre 2010) Capitulo Segundo.- De los Lineamientos para la aplicación del criterio de evaluación de proposiciones a través del mecanismo de puntos ó porcentajes en los procedimientos de contratación Sección primera ( Disposiciones generales) Art. Segundo .- Se emiten los lineamientos generales Inciso primero.- Los presentes lineamientos tienen por objeto establecer las disposiciones y los criterios que deberán observar los sujetos a que se refieren los art. 1 fracción I a V de la LOPSRM para utilizar el criterio de evaluación de proposiciones a través del mecanismo de puntos o porcentajes en los procedimientos de contratación de licitaciones públicas y de invitaciones a cuando menos tres personas. 19
  • 23. Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obra pública y servicios relacionados con la misma. ( DOF 9 de Septiembre 2010) Sección tercera ( Contratación de Obra) Lineamientos para la evaluación por puntos ó unidades porcentuales Art. Noveno .- Contratación de Obra. * Propuesta Técnica 50 puntos ( para no ser desechada mín. 37.5 ) * Propuesta económica 50 puntos Art. Decimo .- Contratación de servicio relacionados con la Obra ( Distintos a consultorías, asesorías , estudios e investigaciones ). * Propuesta Técnica 60 puntos ( para no ser desechada mín. 45) * Propuesta económica 40 puntos Art. Decimo Primero .- Contratación de servicio relacionados con la Obra de consultorías, asesorías , estudios e investigaciones . ( para no ser desechadas deben acumular el 75% del puntaje total de la propuesta técnica) Tipo de Propuesta A B ( Personalizados ) ( Estandarizados ) C (Especializados) *Propuesta Técnica 70 puntos 80 puntos 90 puntos *Propuesta Económica 30 puntos 20 puntos 10 puntos 20
  • 24. Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obra pública y servicios relacionados con la misma. ( DOF 9 de Septiembre 2010) Sección tercera ( Contratación de Obra) Lineamientos para la evaluación por puntos ó unidades porcentuales Rubros a considerar Art. Noveno “ Contratación de Obra “ Propuesta Técnica “ TPT “ ( 50 puntos) 1.- Calidad de la Obra mín. 15 puntos máx. 20 puntos 2.- Capacidad del licitante mín. 10 puntos máx. 20 puntos 3.- Experiencia y especialidad del licitante mín. 10 puntos máx. 15 puntos 4.- Cumplimiento de contratos mín. 03 puntos máx. 06 puntos 5.- Contenido Nacional mín. 03 puntos máx. 05 puntos 6.- Capacitación y transferencia de conocimientos mín. 03 puntos máx. 06 puntos Propuesta Económica “ TPE “ ( 50 puntos) 1.- Precio mín. 40 puntos máx. 50 puntos 2.- Financiamiento mín. 0 puntos máx. 10 puntos Formula para la aplicación de la puntuación Total ( PTj ) = TPT + TPE 21
  • 25. Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obra pública y servicios relacionados con la misma. ( DOF 9 de Septiembre 2010) Sección tercera ( Contratación de Obra) Lineamientos para la evaluación por puntos ó unidades porcentuales Rubros a considerar Art. Decimo “ Contratación de servicios relacionados con Obras “ Propuesta Técnica “ TPT “ ( 60 puntos) 1.- Capacidad del Licitante mín. 12 puntos máx. 24 puntos 2.- Propuesta de trabajo mín. 06 puntos máx. 12 puntos 3.- Experiencia y especialidad del licitante mín. 12 puntos máx. 18 puntos 4.- Cumplimiento de contratos mín. 06 puntos máx. 12 puntos Propuesta Económica “ TPE “ ( 40 puntos) 1.- Precio 40 puntos Formula para la aplicación de la puntuación Total ( PTj ) = TPT + TPE 22
  • 26. Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obra pública y servicios relacionados con la misma. ( DOF 9 de Septiembre 2010) Sección tercera ( Contratación de Obra) Lineamientos para la evaluación por puntos ó unidades porcentuales Rubros a considerar Art. Decimo primero “ Contratación de servicios de consultoría, asesorías , estudios e investigaciones “ Propuesta Técnica “ TPT “ ( 70 puntos) A.- Servicios estandarizados.- Aquellos que impliquen el desarrollo de soluciones ó metodologías eficientes para resolver problemas comunes. 1.- Capacidad del licitante min. 35 % máx. 45 % 2.- Experiencia y especialidad del licitante min. 7.5% máx. 15 % 3.- Propuesta de trabajo min. 30% máx. 45% 4.- Capacitación ó transferencia de conocimientos min. 03% máx. 09 % 5.- Cumplimiento de contratos min. 10% máx. 20 % Propuesta Económica “ TPE “ ( 30 puntos) 1.-Precio ( propuesta económica mas baja) 30 puntos Formula para la aplicación de la puntuación Total ( PTj ) = TPT + TPE 23
  • 27. Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obra pública y servicios relacionados con la misma. ( DOF 9 de Septiembre 2010) Sección tercera ( Contratación de Obra) Lineamientos para la evaluación por puntos ó unidades porcentuales Rubros a considerar Art. Decimo primero “ Contratación de servicios de consultoría, asesorías , estudios e investigaciones “ Propuesta Técnica “ TPT “ ( 80 puntos) B.- Servicios personalizados.- Los que desarrollan soluciones ó metodologías eficientes diseñadas ó creadas ex profeso para resolver problemas específicos no comunes en la Administración Pública Federal. 1.- Capacidad del licitante min. 35 % máx. 45 % 2.- Experiencia y especialidad del licitante min. 7.5% máx. 15 % 3.- Propuesta de trabajo min. 30% máx. 45% 4.- Capacitación ó transferencia de conocimientos min. 03% máx. 09 % 5.- Cumplimiento de contratos min. 10% máx. 20 % Propuesta Económica “ TPE “ ( 20 puntos) 1.-Precio ( se le asigna a la propuesta mas baja) 20 puntos Formula para la aplicación de la puntuación Total ( PTj. ) = TPT + TPE 24
  • 28. Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obra pública y servicios relacionados con la misma. ( DOF 9 de Septiembre 2010) Sección tercera ( Contratación de Obra) Lineamientos para la evaluación por puntos ó unidades porcentuales Rubros a considerar Art. Decimo primero “ Contratación de servicios de consultoría, asesorías , estudios e investigaciones “ Propuesta Técnica “ TPT “ ( 90 puntos) C.- Servicios Especializados.- Los trabajos que requieren alta especialización y se relacionan con un determinado sector ó área de conocimiento para desarrollar soluciones o metodologías eficientes para resolver problemas complejos y que puedan tener un alto impacto social. 1.- Capacidad del licitante min. 35 % máx. 45 % 2.- Experiencia y especialidad del licitante min. 7.5% máx. 15 % 3.- Propuesta de trabajo min. 30% máx. 45% 4.- Capacitación ó transferencia de conocimientos min. 03% máx. 09 % 5.- Cumplimiento de contratos min. 10% máx. 20 % Propuesta Económica “ TPE “ ( 10 puntos) 1.-Precio ( se le asigna a la propuesta mas baja) 10 puntos Formula para la aplicación de la puntuación Total ( PTj. ) = TPT + TPE 25
  • 29. Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obra pública y servicios relacionados con la misma. ( DOF 9 de Septiembre 2010) Capitulo tercero.- Lineamientos para la reducción de los montos de garantía de cumplimiento que deban constituir para los proveedores y contratistas Art. Tercero.-Se expiden los lineamientos para reducir los montos de las garantías de cumplimiento que deben de otorgar los proveedores y contratistas en los términos siguientes: Primero.- Los presentes lineamientos tienen por objeto establecer la disposición que deben observar los sujetos a que se refiere el artículo 1 fracción I a VI de la LOPSRM Tercero.- Para la reducción de los montos de garantía de cumplimiento de los contratos, las dependencias y entidades deberán considerar la información sobre el historial de cumplimiento favorable de los proveedores y contratistas que contengan los registros conforme a las disposiciones emitidas por la SFP Cuarto.- Para la reducción de los montos de las garantías de cumplimiento de los contratos se realizará en función del grado de cumplimiento de contrataciones que asignen los registros de la SFP. Únicamente podrán ser sujetos de reducción de montos en las garantías de cumplimiento de contratos los contratistas que obtengan un grado de cumplimiento entre el 80% y el 100 % 26
  • 30. Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obra pública y servicios relacionados con la misma. ( DOF 9 de Septiembre 2010) Los porcentaje de reducción de los montos de garantía de cumplimiento de los proveedores que se ubiquen en el rango serán : Grado de cumplimiento Porcentaje de reducción Asignado en los registros de la garantía de cumplimiento 80 a 84 10% 85 a 89 20% 90 a 94 30% 95 a 99 40% 100 50% La reducción del monto de garantía de cumplimiento se determinará y aplicará una vez que se haya emitido el fallo correspondiente, al participante a quien se le haya adjudicado el contrato, debiendo la dependencia dejar constancia en el expediente del calculo que dio el grado de cumplimiento asignado. 27
  • 31. Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obra pública y servicios relacionados con la misma. ( DOF 9 de Septiembre 2010) Capitulo Sexto.- Lineamientos para la determinación de los precios de los servicios que tengan por objeto elaborar ó concluir los estudios, planes y programas para la contratación de obras públicas asociadas a proyectos de infraestructura (Art. 42 Fracción 14 de la LOPySRM). Art. Primero.-Finalidad de los lineamientos : I.- Complementar los estudios, planes y programas presentados en términos del párrafo sexto del artículo 18 de la mencionada ley. II.- Elaborar los estudios , planes o programas que requieran directamente las dependencias para ejecutar dichas obras. Art. Cuarto.- Forma de evaluación Las dependencias realizarán las evaluaciones económicas del costo de los servicios considerando las disposiciones relativas a los “ Servicios relacionados con la Obra Pública “ previstos en el RLOPSRM. ( art. 63 evaluación por el método de puntos y porcentajes) Art. Quinto .- Cuando el costo de los servicios no sea aceptable en términos de la LOPSRM y su reglamento, la dependencia llevará a cabo reuniones con el interesado a fin de acordar el importe total de las mismas. Art. Sexto .- El monto total de los servicios no excederá del 4% del monto total del proyecto ó 40 Millones de pesos , lo que resulte menor Comentario :- Los artículos anteriores se aplican para supuestos de servicios por asignación directa en caso de exceder los limites ( 4% y 40 Millones ) se tendrá que recurrir a otro medio de asignación ( licitación a cuando menos tres participantes ó licitación pública.) 28
  • 32. Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas ( DOF 9 Agosto 2010) Objetivo .- Incrementar la eficiencia de los procesos y procedimientos que en materia de obra pública y servicios relacionados con la misma lleven a cabo las dependencias y entidades , a fin de desarrollar la infraestructura necesaria en el tiempo y con el costo y calidad previstos. Alcances : 1.- Planeación de proyectos de obra pública y servicios relacionados con las mismas. 2.- Licitación y contratación. 3.- Ejecución de los trabajos. Comentarios .- El presente manual es una guía para los servidores públicos con ejemplos y tomas de decisiones de aspectos frecuentes en el desarrollo de contratos de obra pública y de servicios, en los cuales se pretende estandarizar el criterio del funcionario al momento de interpretar la Ley y el Reglamento de la materia. 29