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1
PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD
2007 (normas de valoración)
TEMA 6
ARRENDAMIENTOS
6.1.Financiero (contabilidad arrendatario)
6.2. Operativo (contabilidad arrendatario)
2
PGC 2007
CONCEPTO DE ARRENDAMIENTO:
 Se entiende por arrendamiento, a efectos de la norma contable,
cualquier ACUERDO, con independencia de su instrumentación
jurídica, por el que el arrendador cede al arrendatario, a cambio de
percibir una suma única de dinero o una serie de pagos o cuotas,
el derecho a utilizar un activo durante un período de tiempo
determinado, con independencia de que el arrendador deba
prestar algún servicio en el activo arrendado.
3
PGC 2007
ARRENDAMIENTO FINANCIERO:
Se producen cambios en el tratamiento contable en relación al PGC
anterior, motivados por la aplicación del principio de prevalencia de la
realidad económica (fondo) sobre la forma. Esto implica que NO
influye la instrumentación jurídica del acuerdo.
Estamos ante un Arrendamiento Financiero, a nivel contable:
 Cuando de las condiciones económicas de un acuerdo de arrendamiento, se
deduzca que se transfieren sustancialmente todos los riesgos y beneficios
inherentes a la propiedad del activo subyacente del contrato, dicho acuerdo
deberá calificarse como arrendamiento financiero,
 En un acuerdo de arrendamiento de un activo con opción de compra, se
presumirá que se transfieren sustancialmente todos los riesgos y beneficios
inherentes a la propiedad, cuando no existan dudas razonables de que se va a
ejercitar dicha opción.
4
PGC 2007
ARRENDAMIENTO FINANCIERO:
También se presumirá, salvo prueba en contrario, dicha transferencia, aunque no exista
opción de compra, entre otros, en los siguientes casos:
 Contratos de arrendamiento en los que la propiedad del activo se transfiere al arrendatario al
finalizar el plazo del arrendamiento.
 Contratos de arrendamiento en los que el período de alquiler coincida o cubra la mayor parte de
la vida económica del activo, y siempre que de las condiciones pactadas se desprenda la
racionalidad económica del mantenimiento de dicho arrendamiento.
 En aquellos casos en los que, al comienzo del arrendamiento, el valor actual de las cantidades a
pagar suponga la práctica totalidad del valor razonable del activo arrendado.
 Cuando las especiales características de los activos objeto del arrendamiento hacen que su
utilidad quede restringida al arrendatario.
 El arrendatario puede cancelar el contrato de arrendamiento y las pérdidas sufridas por el
arrendador a causa de tal cancelación fueran asumidas por el arrendatario.
 Los resultados derivados de las fluctuaciones en el valor razonable del importe residual
recaen sobre el arrendatario.
 El arrendatario tiene la posibilidad de prorrogar el arrendamiento durante un segundo periodo,
con unos pagos por arrendamiento que sean sustancialmente inferiores a los habituales del
mercado.
5
PGC 2007
ARRENDAMIENTO FINANCIERO:
Contabilización ARRENDATARIO:
 El valor del bien, en el momento inicial, por el que debe figurar el Activo se registra
como inmovilizado según su naturaleza (MATERIAL/INTANGIBLE/…).
 El importe por el que figurará en el Activo del balance será el MENOR entre el valor
razonable del activo y el valor actual al inicio del arrendamiento de los pagos mínimos
incluyendo la opción de compra utilizando el tipo de interés del contrato.
 En el Pasivo, el registro de la deuda, distinguiendo entre corto y largo plazo, se
realiza por el mismo importe que figura en el Activo el bien objeto del contrato.
 Adicionalmente, los gastos iniciales en que incurra el arrendatario deben considerarse
MAYOR valor del Activo.
 Con el pago de cada una de las cuotas se devengarán los gastos financieros
aplicando el método del tipo de interés efectivo, además del correspondiente IVA.
 Con el cierre del ejercicio se registrará la amortización contable del bien adquirido en
AF en función de su vida útil y el posible deterioro sufrido.
6
PGC 2007
ARRENDAMIENTO OPERATIVO:
Se trata de un acuerdo por el que el arrendatario tiene el derecho a usar
un activo por un período de tiempo determinado, a cambio de realizar
unos pagos, único ó cuotas, SIN QUE SE TRATE DE UN
ARRENDAMIENTO DE CARÁCTER FINANCIERO (tal como se define en
la normativa contable, es decir, cuando NO se transfieren todos los
riesgos y beneficios inherentes a la propiedad).
Contabilización ARRENDATARIO:
 Los gastos derivados del acuerdo de arrendamiento son gastos del ejercicio en
que se devenguen, imputándose a la cuenta de P. y G. Los cargos se realizarán,
normalmente, a la cuenta 621. Arrendamientos y cánones y los abonos irán a
la cuenta 572. Bancos, c/c ó a cuentas de Acreedores.
 Cualquier pago que se realice al inicio del acuerdo de arrendamiento se tratará
como un PAGO ANTICIPADO por el arrendamiento, imputándose a resultados a lo
largo del período de arrendamiento.
7
PGC 2007
SUPUESTO-1. ARRENDAMIENTO FINANCIERO (I)
La sociedad XXX se dedica a servicios de acceso a Internet y contrata con la sociedad ZZZ la
cesión de uso de la práctica totalidad de la red de fibra óptica de esta última a cambio de un
importe anual de 100.000 euros. (En 20 años, el importe total es de 2.000.000 euros).
El acuerdo tiene una duración de 20 años que coincide aproximadamente con la vida económica
de las instalaciones cedidas. Asimismo se considera que el valor residual es 0 y no hay IVA.
Según el contrato suscrito la sociedad XXX se encargará del mantenimiento y conservación de
la red.
El tipo de interés aplicable (EFECTIVO) es del 6,5%.
El valor razonable del activo en la fecha de firma del contrato es de 1.000.000 euros (que vamos
a suponer que coincide con el valor actual de los pagos mínimos a efectuar).
Contabilización inicial, en la sociedad XXX:
DEBE HABER
1.000.000 20. Inmovilizado intangible
174. Acreedores por arrendamiento financiero a largo plazo 965.000
524. Acreedores por arrendamiento financiero a corto plazo 35.000
8
PGC 2007
SUPUESTO-1. ARRENDAMIENTO FINANCIERO (II)
DEBE HABER
35.000 524. Acreedores por arrendamiento financiero a corto plazo
65.000 662X. Intereses de deudas de arrendamiento financiero (1.000.000 x 0,065)
572. Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros 100.000
DEBE HABER
50.000 680. Amortización del inmovilizado intangible ( 1.000.000 / 20)
280. Amortización acumulada del inmovilizado intangible 50.000
Al pago de cada anualidad, en la sociedad XXX:
Por la amortización del ejercicio, en la sociedad XXX:

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Tema6

  • 1. 1 PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD 2007 (normas de valoración) TEMA 6 ARRENDAMIENTOS 6.1.Financiero (contabilidad arrendatario) 6.2. Operativo (contabilidad arrendatario)
  • 2. 2 PGC 2007 CONCEPTO DE ARRENDAMIENTO:  Se entiende por arrendamiento, a efectos de la norma contable, cualquier ACUERDO, con independencia de su instrumentación jurídica, por el que el arrendador cede al arrendatario, a cambio de percibir una suma única de dinero o una serie de pagos o cuotas, el derecho a utilizar un activo durante un período de tiempo determinado, con independencia de que el arrendador deba prestar algún servicio en el activo arrendado.
  • 3. 3 PGC 2007 ARRENDAMIENTO FINANCIERO: Se producen cambios en el tratamiento contable en relación al PGC anterior, motivados por la aplicación del principio de prevalencia de la realidad económica (fondo) sobre la forma. Esto implica que NO influye la instrumentación jurídica del acuerdo. Estamos ante un Arrendamiento Financiero, a nivel contable:  Cuando de las condiciones económicas de un acuerdo de arrendamiento, se deduzca que se transfieren sustancialmente todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad del activo subyacente del contrato, dicho acuerdo deberá calificarse como arrendamiento financiero,  En un acuerdo de arrendamiento de un activo con opción de compra, se presumirá que se transfieren sustancialmente todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad, cuando no existan dudas razonables de que se va a ejercitar dicha opción.
  • 4. 4 PGC 2007 ARRENDAMIENTO FINANCIERO: También se presumirá, salvo prueba en contrario, dicha transferencia, aunque no exista opción de compra, entre otros, en los siguientes casos:  Contratos de arrendamiento en los que la propiedad del activo se transfiere al arrendatario al finalizar el plazo del arrendamiento.  Contratos de arrendamiento en los que el período de alquiler coincida o cubra la mayor parte de la vida económica del activo, y siempre que de las condiciones pactadas se desprenda la racionalidad económica del mantenimiento de dicho arrendamiento.  En aquellos casos en los que, al comienzo del arrendamiento, el valor actual de las cantidades a pagar suponga la práctica totalidad del valor razonable del activo arrendado.  Cuando las especiales características de los activos objeto del arrendamiento hacen que su utilidad quede restringida al arrendatario.  El arrendatario puede cancelar el contrato de arrendamiento y las pérdidas sufridas por el arrendador a causa de tal cancelación fueran asumidas por el arrendatario.  Los resultados derivados de las fluctuaciones en el valor razonable del importe residual recaen sobre el arrendatario.  El arrendatario tiene la posibilidad de prorrogar el arrendamiento durante un segundo periodo, con unos pagos por arrendamiento que sean sustancialmente inferiores a los habituales del mercado.
  • 5. 5 PGC 2007 ARRENDAMIENTO FINANCIERO: Contabilización ARRENDATARIO:  El valor del bien, en el momento inicial, por el que debe figurar el Activo se registra como inmovilizado según su naturaleza (MATERIAL/INTANGIBLE/…).  El importe por el que figurará en el Activo del balance será el MENOR entre el valor razonable del activo y el valor actual al inicio del arrendamiento de los pagos mínimos incluyendo la opción de compra utilizando el tipo de interés del contrato.  En el Pasivo, el registro de la deuda, distinguiendo entre corto y largo plazo, se realiza por el mismo importe que figura en el Activo el bien objeto del contrato.  Adicionalmente, los gastos iniciales en que incurra el arrendatario deben considerarse MAYOR valor del Activo.  Con el pago de cada una de las cuotas se devengarán los gastos financieros aplicando el método del tipo de interés efectivo, además del correspondiente IVA.  Con el cierre del ejercicio se registrará la amortización contable del bien adquirido en AF en función de su vida útil y el posible deterioro sufrido.
  • 6. 6 PGC 2007 ARRENDAMIENTO OPERATIVO: Se trata de un acuerdo por el que el arrendatario tiene el derecho a usar un activo por un período de tiempo determinado, a cambio de realizar unos pagos, único ó cuotas, SIN QUE SE TRATE DE UN ARRENDAMIENTO DE CARÁCTER FINANCIERO (tal como se define en la normativa contable, es decir, cuando NO se transfieren todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad). Contabilización ARRENDATARIO:  Los gastos derivados del acuerdo de arrendamiento son gastos del ejercicio en que se devenguen, imputándose a la cuenta de P. y G. Los cargos se realizarán, normalmente, a la cuenta 621. Arrendamientos y cánones y los abonos irán a la cuenta 572. Bancos, c/c ó a cuentas de Acreedores.  Cualquier pago que se realice al inicio del acuerdo de arrendamiento se tratará como un PAGO ANTICIPADO por el arrendamiento, imputándose a resultados a lo largo del período de arrendamiento.
  • 7. 7 PGC 2007 SUPUESTO-1. ARRENDAMIENTO FINANCIERO (I) La sociedad XXX se dedica a servicios de acceso a Internet y contrata con la sociedad ZZZ la cesión de uso de la práctica totalidad de la red de fibra óptica de esta última a cambio de un importe anual de 100.000 euros. (En 20 años, el importe total es de 2.000.000 euros). El acuerdo tiene una duración de 20 años que coincide aproximadamente con la vida económica de las instalaciones cedidas. Asimismo se considera que el valor residual es 0 y no hay IVA. Según el contrato suscrito la sociedad XXX se encargará del mantenimiento y conservación de la red. El tipo de interés aplicable (EFECTIVO) es del 6,5%. El valor razonable del activo en la fecha de firma del contrato es de 1.000.000 euros (que vamos a suponer que coincide con el valor actual de los pagos mínimos a efectuar). Contabilización inicial, en la sociedad XXX: DEBE HABER 1.000.000 20. Inmovilizado intangible 174. Acreedores por arrendamiento financiero a largo plazo 965.000 524. Acreedores por arrendamiento financiero a corto plazo 35.000
  • 8. 8 PGC 2007 SUPUESTO-1. ARRENDAMIENTO FINANCIERO (II) DEBE HABER 35.000 524. Acreedores por arrendamiento financiero a corto plazo 65.000 662X. Intereses de deudas de arrendamiento financiero (1.000.000 x 0,065) 572. Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros 100.000 DEBE HABER 50.000 680. Amortización del inmovilizado intangible ( 1.000.000 / 20) 280. Amortización acumulada del inmovilizado intangible 50.000 Al pago de cada anualidad, en la sociedad XXX: Por la amortización del ejercicio, en la sociedad XXX: