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IV
IV-6 Instituto Pacífico N° 234 Primera Quincena - Julio 2011
		
		
								
AplicaciónPráctica
Arrendamiento financiero o
leasing - NIC 17 Arrendamientos
Autor	:	C.P. Luz Hirache Flores
Título	:	 Arrendamiento financiero o leasing - NIC
17 Arrendamientos
Fuente	:	 Actualidad Empresarial, Nº 234 - Primera
Quincena de Julio 2011
Ficha Técnica
I.	Introducción
En este informe pretendemos dilucidar
las dudas tenidas para el registro de los
contratos de arrendamiento financieros,
así como la oportunidad de su reco-
nocimiento en aplicación a las normas
contables vigentes (NIIF’s).
II.	Marco general
La NIC 17 denominada Arrendamiento
fue oficializada en Perú, mediante la
Resolución N° 034-2005-EF/93.01,
siendo de aplicación obligatoria a partir
del 01.01.06, la misma que ha sufri-
do modificaciones hasta diciembre
2009, cuya vigencia se aplica a partir
del 01.01.11, mediante Resolución
N° 044.2010-EF/94.01; el alcance de
esta norma es aplicable para el registro
de operaciones de arrendamientos,
sean estos operativos o financieros
(leasing).
Proceso de un contrato de arrendamiento
financiero o leasing financiero:
Arrendataria
Proveedor
“Maquinarias”
Bien de Capital
Arrendador
Bank Leasing (entidad financiera)
Empresa Perolitos SAC
Se contacta con institucio-
nes financieras que otorgan
este producto financiero.
La empresa de leasing
adquiere el bien de
capital, lo cede para
su uso a Perolitos SAC
a cambio del pago de
cuotas periódicas.
La empresa requiere adquirir un
activo y accede a un financiamien-
to mediante contrato leasing.
Aplicación Práctica
IVÁrea Contabilidad y Costos
IV-7Actualidad EmpresarialN° 234 Primera Quincena - Julio 2011
Por tanto un contrato leasing es un contrato de arrendamiento
de bienes muebles o inmuebles (bienes de Capital) donde,
el arrendador es la entidad financiera de leasing, y quien
adquiere un bien para ceder su uso y disfrute, durante un
plazo de tiempo determinado contractualmente a un tercero,
denominado arrendatario. El arrendatario o usuario del bien
a cambio está obligado a pagar una cantidad periódica como
contraprestación. Al finalizar el contrato el arrendatario puede
ejercer o no la opción de compra del bien a su valor residual.
Los contratos leasing representan una opción de financiamiento
para aquellas empresas que no cuentan con capital de inversión
necesario para adquirir un activo inmovilizado.
III.	Definiciones:
Resulta necesario tener en cuenta las siguientes definiciones para
una mejor comprensión de la NIC 17 y su aplicación.
Términos Definición:
A)	 Arrendamiento
Es un acuerdo de cesión de un bien a cambio de dinero
(único pago o en cuotas), el mismo que le otorga el
derecho a utilizar dicho activo durante un período de
tiempo determinado.
Intervienen dos sujetos : Arrendador y Arrendatario
B)	 Arrendamiento fi-
nanciero
Es una modalidad de arrendamiento, por el cual se
transfieren sustancialmente todos los riesgos y ventajas
inherentes a la propiedad del activo. Pudiendo optar
o no, por adquirir dicho bien sujeto a arrendamiento.
C)	 Comienzo del plazo
del arrendamiento
Es la fecha a partir de la cual el arrendatario tiene el
derecho de utilizar el activo arrendado. En esta fecha
se realiza el reconocimiento de los activos y pasivos
generados así como de cualquier ingreso o gasto
derivado del arrendamiento.
D)	 Costos directos ini-
ciales
Se refieren a los costos incrementales directamente
imputables a la negociación y contratación de un
arrendamiento, salvo si tales costos han sido incu-
rridos por un arrendador que sea a la vez fabricante
o distribuidor.
E)	 Cuotas contingen-
tes del arrenda-
miento
Se refieren a aquella parte de los pagos por arrenda-
miento cuyo importe no es fijo, sino que se basa en
el importe futuro de un factor que varía por razones
distintas del paso del tiempo.
Ejemplo: porcentaje de ventas futuras, grado de
utilización futura, índices de precios futuros, tasas de
interés de mercado futuras, etc.
F)	 Inversión bruta
La Inversión bruta en el arrendamiento representa a:
Pagos mínimos a recibir por el arrendamiento fi-
nanciero (+)
Valor residual no garantizado que corresponda al
arrendador.
G)	 Inversión neta
La Inversión neta en el arrendamiento es:
Inversión Bruta del arrendamiento descontada a la
tasa de interés implícita en el arrendamiento.
H)	 Ingresos financieros
no devengados
Son la diferencia entre:
Inversión Bruta en el arrendamiento (-)
Inversión Neta en el arrendamiento.
I)	 Tasa de interés im-
plícita
Es la tasa de descuento que, al inicio del arrendamien-
to, produce la igualdad entre el valor presente total
de los pagos mínimos por el arrendamiento y el valor
residual no garantizado, y la suma del valor razonable
del activo arrendado y cualquier costo directo inicial
del arrendador.
J)	 Tasa de interés in-
cremental del en-
deudamiento
Es aquella tasa de interés que habría de pagarse en un
arrendamiento similar o la tasa en el que incurriría, en
plazos y garantías similares, de solicitar un préstamo
para adquirir dicho activo.
K)	 Valor razonable
Es el importe por el cual puede ser intercambiado un
activo, o cancelado un pasivo, entre partes interesa-
das y debidamente informadas, en una transacción
realizada en condiciones de independencia mutua.
IV.	Registro y presentación en los estados financie-
ros
Se deberá clasificar como un Arrendamiento Financiero, a
aquellos contratos en el cual se transfiere sustancialmente todos
los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad del bien arren-
dado, para ello se deberá tener en consideración las siguientes
características:
-	 El arrendador transfiere la propiedad del activo al arrenda-
tario al finalizar el plazo del arrendamiento.
-	 El arrendatario tiene la opción de comprar el activo, el mis-
mo que se manifiesta en el contrato de modo que, al inicio
del arrendamiento, se prevea con razonable certeza que tal
opción será ejercida.
-	 El plazo del arrendamiento cubre la mayor parte de la vida
económica del activo.
-	 Al inicio del arrendamiento, el valor presente de los pagos
mínimos por el arrendamiento es al menos equivalente a la
práctica totalidad del valor razonable del activo objeto de
la operación.
-	 Los activos arrendados son de una naturaleza tan especiali-
zada que sólo el arrendatario tiene la posibilidad de usarlos
sin realizar en ellos modificaciones importantes.
Por ende, el registro de un arrendamiento financiero u operativo
dependerá de la esencia económica y naturaleza de la transac-
ción, más que de su forma legal.
1.	 Reconocimiento inicial:
Las empresas que adquieran para efectos de financiamiento
contratos leasing, deberán aplicar lo indicado en la NIC 17,
párrafo 20 para el reconocimiento inicial de dicha operación y
su presentación en los estados financieros.
Por ende, se registrará en el mes en que se dé comienzo el
plazo de arrendamiento1, en los estados financieros del arren-
datario, utilizando el plan de cuentas contable que se encuentre
vigente (PCGE2); considerando para su reconocimiento el Valor
razonable del bien arrendado o el valor presente de los pagos
mínimos por el arrendamiento, el menor entre ellos al inicio
del arrendamiento.
1	 Ver en Definiciones, c)
2	Mediante Resolución N° 042-2010-EF/94, prorrogó su vigencia obligatoria a partir del ejercicio 2011.
Términos Definición:
L)	 Vida Económica
Es el período durante el cual se espera que un activo
sea utilizable económicamente, o la cantidad de
unidades de producción que se espera obtener del
activo, por parte de uno o más usuarios.
Ll)	 Valor residual
Es el importe estimado que la entidad podría obtener
actualmente por desapropiarse del elemento, después
de deducir los costos estimados por tal desapropia-
ción, si el activo ya hubiera alcanzado la antigüedad
y las demás condiciones esperadas al término de su
vida útil.
En el caso de los bienes adquiridos bajo la modalidad
de contratos de arrendamiento, podemos identificar:
1.	Valor residual garantizado: Es el valor residual
garantizado por el arrendatario o por una parte
vinculada con él (garantía máxima que tendrían
que pagar); y
2.	Valor residual no garantizado: Es el valor residual
del activo arrendado, cuya realización por parte
del arrendador no está asegurada.
M)	 Vida útil
Es el período de tiempo estimado que se extiende,
desde el inicio del plazo del arrendamiento, pero sin
estar limitado por éste, a lo largo del cual la entidad
espera consumir los beneficios económicos incorpo-
rados al activo arrendado.
IV
IV-8 Instituto Pacífico N° 234 Primera Quincena - Julio 2011
Para calcular el valor presente de los pagos mínimos por el
arrendamiento, se tomará como factor de descuento la tasa de
interés implícita en el arrendamiento, siempre que sea practi-
cable determinarla; de lo contrario se usará la tasa de interés
incremental de los préstamos del arrendatario.
Para efectos de la valoración del bien arrendado (Activo), se
tendrá en cuenta lo siguiente:
-	 Valor Razonable del bien o Valor Presente de los pagos míni-
mos por el arrendamiento, el menor entre ellos. y
-	 Cualquier costo directo inicial en que se haya incurrido,
siempre que sea directamente atribuido a la operación del
leasing, tal es el caso de la comisión por reestructuración.
2.	 Fondo económico y realidad financiera:
Como se indicaba inicialmente, la contabilización y presentación
de un contrato de arrendamiento financiero se realiza de acuerdo
a su esencia económica y realidad financiera, y no solamente a su
forma legal, siendo que legalmente un contrato de arrendamiento
no otorga la titularidad jurídica del bien al arrendatario, sino hasta
que haya ejercido la opción de compra; sin embargo, mediante
este contrato el arrendatario adquiere los beneficios económicos
derivados de su uso y disfrute respecto del bien arrendado durante
la mayor parte de su vida útil, a cambio de una contraprestación
económica por dicho derecho.
3.	 Presentación en el estado de situación financiera:
El contrato leasing implica su reconocimiento en los estados finan-
cieros del arrendatario, utilizando una cuenta del activo (Cuenta
32 del PCGE) para reflejar el recurso económico adquirido y otra
del pasivo (Cuenta 45 del PCGE) que refleja la obligación con el
arrendador, ambos por el mismo valor, con la finalidad de no dis-
torsionar las variables relativas a la evaluación financiera mediante
ratios financieros.
Esta condición tiene una excepción en el caso de que se haya
reconocido costos incrementales atribuibles al leasing, por ende
estos importes se añadirán al importe del activo reconocido.
4.	 Medición posterior, reconocimiento de las cargas finan-
cieras:
Luego del reconocimiento inicial del leasing, se identificará en
los estados financieros lo siguiente:
-	 Deuda conformada en cuotas pendientes de amortización
-	 Cargas financieras (intereses)
Los intereses pactados en un contrato leasing se distribuirá entre
los períodos que constituyen el plazo del arrendamiento, de
manera que se obtenga una tasa de interés constante en cada
período, sobre el saldo de la deuda pendiente de amortizar,
reconociéndose como gasto en la oportunidad de su devengo3.
De presentarse pagos contingentes se reconocerán como gastos
en los períodos en los que se incurran.
5.	 Depreciación o amortización:
Un contrato leasing, dará lugar a un cargo por depreciación
respecto de los bienes o activos depreciables sujetos al con-
trato, por ende la empresa deberá aplicar una política de
depreciación para activos arrendados, la misma que debe
ser coherente con la aplicada al resto de activos que posea la
empresa (arrendatario).
Asimismo, la depreciación a contabilizarse se calculará sobre las
bases establecidas en la NIC 16, Propiedades, Planta y Equipo
y en la NIC 38, Activos Intangibles: Costo o Valor Revaluado.
3	 Devengo, el reconocimiento de los gastos e ingresos se realizan cuando éstos ocurren sin interesar que se
hayan cobrado o pagado. Párrafo 22 del Marco Conceptual de las NIIF.
En el caso que el arrendatario no tuviese la certeza razonable
de que ejercerá la opción de compra y por ende obtendrá la
propiedad del bien al término del contrato leasing, se depreciará
considerando el menor entre la vida útil del bien o el plazo del
arrendamiento.
6.	 Deterioro del valor del bien arrendado:
En el caso que el bien o activo arrendado ha ya sufrido deterioro
de su valor, el arrendatario aplicará lo indicado en la NIC 36
Deterioro del Valor de los Activos; por ende, deberá comparar
el Valor en libros respecto de su Importe Recuperable, si el pri-
mero resultase mayor a su Importe Recuperable, el arrendatario
deberá reconocer dicho deterioro del valor (Párrafo 8), debiendo
considerarse además el concepto de Materialidad (concepto
definido en el Marco Conceptual de las NIIF), para identificar si
es necesario realizar la estimación del Importe Recuperable del
activo y reconocer la pérdida por deterioro del valor.
7.	 Información a revelar en los estados financieros del
arrendatario:
Según lo indica la NIC 32 Instrumentos Financieros: Presen-
tación e Información a Revelar, los arrendatarios revelarán en
sus estados financieros la siguiente información, referida a los
arrendamientos financieros:
•	 Para cada clase de activos, el Importe Neto en libros a la
fecha del balance.
•	 Una conciliación entre el importe total de los pagos del
arrendamiento y su valor presente, en la fecha del balance.
Además, la entidad informará de los pagos mínimos del
arrendamiento en la fecha del balance, y de su correspon-
diente valor presente, para cada uno de los siguientes plazos:
-	 Hasta un año;
-	 Entre uno y cinco años;
-	 Más de cinco años;
•	 Cuotas contingentes reconocidas como gasto en el período.
•	 Importe total de los pagos mínimos por subarriendos que se
esperan recibir, en la fecha del balance, por los subarriendos
financieros no cancelables que la entidad posea.
•	 Descripción general de los acuerdos significativos de arrenda-
miento donde se incluirán, sin limitarse a ellos, los siguientes
datos:
-	 Bases para la determinación de cualquier cuota de carácter
contingente que se haya pactado;
-	 Plazos de renovación de los contratos, así como de las
opciones de compra y las cláusulas de actualización o esca-
lonamiento de precios; y
-	 Restricciones impuestas a la entidad en virtud de los con-
tratos de arrendamiento, tales como las que se refieran a la
distribución de dividendos, al endeudamiento adicional o
a nuevos contratos de arrendamiento.
V.	 Caso práctico
La empresa Tableros Push S.A., cuya actividad es la fabricación
de muebles en melanine, ha formulado la adquisición de una
máquina cortadora de madera, mediante un contrato de leasing
financiero con Leasing BDP S.A., con las siguientes condiciones:
Fecha de inicio del contrato 02.01.11
Importe financiado (costo
total de la maquinaria)
S/. 120,000
Duración del contrato 8 años Comisión de estructuración S/. 1,200
Tasa de interés implícita
anual
10% Valor de cada cuota anual S/. 15,000
Vida útil del activo 10 años Opción de compra S/ 2,000
Se requiere realizar la contabilización del contrato leasing:
Aplicación Práctica
IVÁrea Contabilidad y Costos
IV-9Actualidad EmpresarialN° 234 Primera Quincena - Julio 2011
———————————— 3 ————————————	 DEBE	HABER
———————————— 4 ————————————	 DEBE	HABER
———————————— x ————————————	
———————————— 1 ————————————	 DEBE	HABER
———————————— 2 ————————————	 DEBE	HABER
45	OBLIGACIONES FINANCIERAS		 15,000.00
	 452	 Contratos de arrend. financiero	 S/.6,904.31
	 455	 Costos de financiación por pagar 	S/.8,095.69
40	TRIB., CONTRAPRESTAC. Y APOR. AL SIST. PRIV.
	 DE PENS. Y SALUD		 2,850.00
	 401	 Gobierno Central
	 4011	IGV6
46	CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS – TERCEROS	 17,850.00
	 469	 Otras cuentas por pagar diversas
Por la facturación de la 1.ª cuota (capital+interés+IGV).
67	GASTOS FINANCIEROS	 8,095.69
	 671	 Gastos en operaciones de endeud. y otros
	 6712	Contratos de arrendamiento financiero
37	Activo Diferido			 8,095.69
	 373	 Intereses diferidos
Por la provisión del gasto financiero devengado en el 1.er año.
94	GASTOS FINANCIEROS		 8,095.69
79	CARGAS IMPUT. A CUENTA DE CTOS. Y GTOS.	 8095.69
Por el destino de los gastos financieros.
32	Activos Adquiridos En Arrendamiento
	Financiero		 80,956.91
	 322	 Inmuebles, maquinaria y equipo
	 3223	Maquinarias y equipos de explotación
37	Activo Diferido		 41,043.09
	 373	 Intereses diferidos
45	Obligaciones Financieras			 122,000.00
	 452	 Contratos de arrendamiento
		 financiero	 S/.80,956.91
	 455	 Ctos. de financiación por pagar	 S/.41,043.09
Por el registro del contrato de arrendamiento, según el valor actual
de los pagos mínimos.
32	ACTIVOS ADQUIRIDOS EN ARRENDAMIENTO
	FINANCIERO		 1,200.00
	 322	 Inmuebles, maquinaria y equipo
	 3223	Maquinarias y equipos de explotación
40	TRIB., CONTRAPRESTAC. Y APOR. AL SIST. PRIV.
	 DE PENS. Y SALUD		 228.00
	 4011	IGV
10	EFECTIVO Y EQUIVALENTE DE EFECTIVO 		 1,428.00
	 104	 Cuentas ctes. en instituciones financieras
Por el registro de la comisión de reestructuración del contrato leasing,
siendo un costo directamente atribuible al costo del bien.
El capital financiado, por el leasing firmado se determina de la
siguiente manera:
Valor actual4 = > 15,000*{((1+0.10)8 – 1)/
(0.10(1+0.10)8)}
= S/. 80,023.89
Valor presente5 = > 2,000* {1/(1+0.10)8 } = S/. 933.01
Total capital financiado ==> S/. 80,956.91
4	 Valor Actual: Corresponde al determinación del importe con el cual se liquida la operación en la fecha de
evaluación o de vencimiento, su fórmula es:
5	 Valor Presente: Es el valor actual de un Capital que no es inmediatamente exigible es (por oposición al
valor nominal) la suma que, colocada a Interés Compuesto hasta su vencimiento, se convertiría en una
cantidad igual a aquel en la época de pago. Comúnmente se conoce como el valor del Dinero en Función
del Tiempo, su fórmula es: VP = 1/ (1+i)n; donde: i: Tasa de Interés; n: Tiempo del arrendamiento.
	 Donde: K: Cuota del arrendamiento; i: Tasa de Interés; n: Tiempo del arrendamiento
VALOR ACTUAL: K *
(1+i)n -1
(i(1+i)n)
6	 Respecto del IGV, éste se reconocerá como Crédito Fiscal, según lo establece la Ley del IGV, de cumplir con
los requisitos formales y sustanciales indicados en los artículos 18º y 19º; esto quiere decir en la oportunidad
en que se emita el comprobante de pago, en el cual consigne de manera desagregada el importe del IGV,
así mismo de resultar el gasto deducible para efectos del Impuesto a la Renta.
Costo del Activo sujeto a arrendamiento comprende la opción
de compra y cualquier otro costo directamente atribuible al
contrato leasing:
S/.120,000 (8 cuotas de S/.15,000) + S/.2,000 (opción de
compra) = S/.122,000
Los gastos financieros ascienden a:
S/.122,000 (15,000 x 8 cuotas) – S/.80,956.91 (capital finan-
ciado) = S/.41,043.09
b)	 La contabilización de lo operación será:
Siendo la comisión de estructuración del contrato leasing, un
gasto directamente atribuible a la operación, éste se reconoce
como parte del Costo del activo arrendado.
La amortización de las cuotas se reconoce de la siguiente manera:
Reconocimiento de los gastos financieros devengados:
En cada ejercicio económico gravable se deberá provisionar los
intereses devengados, afectando a resultados y disminuyendo
los intereses diferidos, provisionado inicialmente.
Siendo que Tableros Push S.A. tiene la firme intención de ejercer
la opción de compra, el tiempo de vida útil considerada, basada
en la información del fabricante es de 10 años; por tanto, se
deberá aplicar la depreciación distribuida en dicho tiempo.
Según lo señala la NIC 17, en su párrafo 28:
“El importe depreciable del activo arrendado se distribuirá entre
cada uno de los períodos de uso esperado, de acuerdo con una
base sistemática,coherente con la política de depreciación que
el arrendatario haya adoptado con respecto a los demás activos
depreciables que posea.En caso de que exista certeza razonable
de que el arrendatario obtendrá la propiedad al finalizar el plazo
del arrendamiento,el período de utilización esperado será la vida
útil del activo; en otro caso, el activo se depreciará a lo largo de su
vida útil o en el plazo del arrendamiento, según cual sea menor”.
a)	 El valor actual de las cuotas se determina de la siguiente
manera:
Ctas.
Saldo
Capital
Amortización
Total cuota IGV Total
Capital Interés
0 S/.80,956.91         S/.80,956.91
1 S/.74,052.60 S/.6,904.31 S/.8,095.69 15,000.00 2,850.00 17,850.00
2 S/.66,457.86 S/.7,594.74 S/.7,405.26 15,000.00 2,850.00 17,850.00
3 S/.58,103.64 S/.8,354.21 S/.6,645.79 15,000.00 2,850.00 17,850.00
4 S/.48,914.01 S/.9,189.64 S/.5,810.36 15,000.00 2,850.00 17,850.00
5 S/.38,805.41 S/.10,108.60 S/.4,891.40 15,000.00 2,850.00 17,850.00
6 S/.27,685.95 S/.11,119.46 S/.3,880.54 15,000.00 2,850.00 17,850.00
7 S/.15,454.55 S/.12,231.40 S/.2,768.60 15,000.00 2,850.00 17,850.00
8 S/.2,000.00 S/.13,454.55 S/.1,545.45 15,000.00 2,850.00 17,850.00
  S/.2,000.00 S/.2,000.00   2,000.00 380.00 2,380.00
    S/.80,956.91 S/.41,043.09 122,000.00 11,400.00 71,400.00

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  • 1. IV IV-6 Instituto Pacífico N° 234 Primera Quincena - Julio 2011 AplicaciónPráctica Arrendamiento financiero o leasing - NIC 17 Arrendamientos Autor : C.P. Luz Hirache Flores Título : Arrendamiento financiero o leasing - NIC 17 Arrendamientos Fuente : Actualidad Empresarial, Nº 234 - Primera Quincena de Julio 2011 Ficha Técnica I. Introducción En este informe pretendemos dilucidar las dudas tenidas para el registro de los contratos de arrendamiento financieros, así como la oportunidad de su reco- nocimiento en aplicación a las normas contables vigentes (NIIF’s). II. Marco general La NIC 17 denominada Arrendamiento fue oficializada en Perú, mediante la Resolución N° 034-2005-EF/93.01, siendo de aplicación obligatoria a partir del 01.01.06, la misma que ha sufri- do modificaciones hasta diciembre 2009, cuya vigencia se aplica a partir del 01.01.11, mediante Resolución N° 044.2010-EF/94.01; el alcance de esta norma es aplicable para el registro de operaciones de arrendamientos, sean estos operativos o financieros (leasing). Proceso de un contrato de arrendamiento financiero o leasing financiero: Arrendataria Proveedor “Maquinarias” Bien de Capital Arrendador Bank Leasing (entidad financiera) Empresa Perolitos SAC Se contacta con institucio- nes financieras que otorgan este producto financiero. La empresa de leasing adquiere el bien de capital, lo cede para su uso a Perolitos SAC a cambio del pago de cuotas periódicas. La empresa requiere adquirir un activo y accede a un financiamien- to mediante contrato leasing. Aplicación Práctica
  • 2. IVÁrea Contabilidad y Costos IV-7Actualidad EmpresarialN° 234 Primera Quincena - Julio 2011 Por tanto un contrato leasing es un contrato de arrendamiento de bienes muebles o inmuebles (bienes de Capital) donde, el arrendador es la entidad financiera de leasing, y quien adquiere un bien para ceder su uso y disfrute, durante un plazo de tiempo determinado contractualmente a un tercero, denominado arrendatario. El arrendatario o usuario del bien a cambio está obligado a pagar una cantidad periódica como contraprestación. Al finalizar el contrato el arrendatario puede ejercer o no la opción de compra del bien a su valor residual. Los contratos leasing representan una opción de financiamiento para aquellas empresas que no cuentan con capital de inversión necesario para adquirir un activo inmovilizado. III. Definiciones: Resulta necesario tener en cuenta las siguientes definiciones para una mejor comprensión de la NIC 17 y su aplicación. Términos Definición: A) Arrendamiento Es un acuerdo de cesión de un bien a cambio de dinero (único pago o en cuotas), el mismo que le otorga el derecho a utilizar dicho activo durante un período de tiempo determinado. Intervienen dos sujetos : Arrendador y Arrendatario B) Arrendamiento fi- nanciero Es una modalidad de arrendamiento, por el cual se transfieren sustancialmente todos los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad del activo. Pudiendo optar o no, por adquirir dicho bien sujeto a arrendamiento. C) Comienzo del plazo del arrendamiento Es la fecha a partir de la cual el arrendatario tiene el derecho de utilizar el activo arrendado. En esta fecha se realiza el reconocimiento de los activos y pasivos generados así como de cualquier ingreso o gasto derivado del arrendamiento. D) Costos directos ini- ciales Se refieren a los costos incrementales directamente imputables a la negociación y contratación de un arrendamiento, salvo si tales costos han sido incu- rridos por un arrendador que sea a la vez fabricante o distribuidor. E) Cuotas contingen- tes del arrenda- miento Se refieren a aquella parte de los pagos por arrenda- miento cuyo importe no es fijo, sino que se basa en el importe futuro de un factor que varía por razones distintas del paso del tiempo. Ejemplo: porcentaje de ventas futuras, grado de utilización futura, índices de precios futuros, tasas de interés de mercado futuras, etc. F) Inversión bruta La Inversión bruta en el arrendamiento representa a: Pagos mínimos a recibir por el arrendamiento fi- nanciero (+) Valor residual no garantizado que corresponda al arrendador. G) Inversión neta La Inversión neta en el arrendamiento es: Inversión Bruta del arrendamiento descontada a la tasa de interés implícita en el arrendamiento. H) Ingresos financieros no devengados Son la diferencia entre: Inversión Bruta en el arrendamiento (-) Inversión Neta en el arrendamiento. I) Tasa de interés im- plícita Es la tasa de descuento que, al inicio del arrendamien- to, produce la igualdad entre el valor presente total de los pagos mínimos por el arrendamiento y el valor residual no garantizado, y la suma del valor razonable del activo arrendado y cualquier costo directo inicial del arrendador. J) Tasa de interés in- cremental del en- deudamiento Es aquella tasa de interés que habría de pagarse en un arrendamiento similar o la tasa en el que incurriría, en plazos y garantías similares, de solicitar un préstamo para adquirir dicho activo. K) Valor razonable Es el importe por el cual puede ser intercambiado un activo, o cancelado un pasivo, entre partes interesa- das y debidamente informadas, en una transacción realizada en condiciones de independencia mutua. IV. Registro y presentación en los estados financie- ros Se deberá clasificar como un Arrendamiento Financiero, a aquellos contratos en el cual se transfiere sustancialmente todos los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad del bien arren- dado, para ello se deberá tener en consideración las siguientes características: - El arrendador transfiere la propiedad del activo al arrenda- tario al finalizar el plazo del arrendamiento. - El arrendatario tiene la opción de comprar el activo, el mis- mo que se manifiesta en el contrato de modo que, al inicio del arrendamiento, se prevea con razonable certeza que tal opción será ejercida. - El plazo del arrendamiento cubre la mayor parte de la vida económica del activo. - Al inicio del arrendamiento, el valor presente de los pagos mínimos por el arrendamiento es al menos equivalente a la práctica totalidad del valor razonable del activo objeto de la operación. - Los activos arrendados son de una naturaleza tan especiali- zada que sólo el arrendatario tiene la posibilidad de usarlos sin realizar en ellos modificaciones importantes. Por ende, el registro de un arrendamiento financiero u operativo dependerá de la esencia económica y naturaleza de la transac- ción, más que de su forma legal. 1. Reconocimiento inicial: Las empresas que adquieran para efectos de financiamiento contratos leasing, deberán aplicar lo indicado en la NIC 17, párrafo 20 para el reconocimiento inicial de dicha operación y su presentación en los estados financieros. Por ende, se registrará en el mes en que se dé comienzo el plazo de arrendamiento1, en los estados financieros del arren- datario, utilizando el plan de cuentas contable que se encuentre vigente (PCGE2); considerando para su reconocimiento el Valor razonable del bien arrendado o el valor presente de los pagos mínimos por el arrendamiento, el menor entre ellos al inicio del arrendamiento. 1 Ver en Definiciones, c) 2 Mediante Resolución N° 042-2010-EF/94, prorrogó su vigencia obligatoria a partir del ejercicio 2011. Términos Definición: L) Vida Económica Es el período durante el cual se espera que un activo sea utilizable económicamente, o la cantidad de unidades de producción que se espera obtener del activo, por parte de uno o más usuarios. Ll) Valor residual Es el importe estimado que la entidad podría obtener actualmente por desapropiarse del elemento, después de deducir los costos estimados por tal desapropia- ción, si el activo ya hubiera alcanzado la antigüedad y las demás condiciones esperadas al término de su vida útil. En el caso de los bienes adquiridos bajo la modalidad de contratos de arrendamiento, podemos identificar: 1. Valor residual garantizado: Es el valor residual garantizado por el arrendatario o por una parte vinculada con él (garantía máxima que tendrían que pagar); y 2. Valor residual no garantizado: Es el valor residual del activo arrendado, cuya realización por parte del arrendador no está asegurada. M) Vida útil Es el período de tiempo estimado que se extiende, desde el inicio del plazo del arrendamiento, pero sin estar limitado por éste, a lo largo del cual la entidad espera consumir los beneficios económicos incorpo- rados al activo arrendado.
  • 3. IV IV-8 Instituto Pacífico N° 234 Primera Quincena - Julio 2011 Para calcular el valor presente de los pagos mínimos por el arrendamiento, se tomará como factor de descuento la tasa de interés implícita en el arrendamiento, siempre que sea practi- cable determinarla; de lo contrario se usará la tasa de interés incremental de los préstamos del arrendatario. Para efectos de la valoración del bien arrendado (Activo), se tendrá en cuenta lo siguiente: - Valor Razonable del bien o Valor Presente de los pagos míni- mos por el arrendamiento, el menor entre ellos. y - Cualquier costo directo inicial en que se haya incurrido, siempre que sea directamente atribuido a la operación del leasing, tal es el caso de la comisión por reestructuración. 2. Fondo económico y realidad financiera: Como se indicaba inicialmente, la contabilización y presentación de un contrato de arrendamiento financiero se realiza de acuerdo a su esencia económica y realidad financiera, y no solamente a su forma legal, siendo que legalmente un contrato de arrendamiento no otorga la titularidad jurídica del bien al arrendatario, sino hasta que haya ejercido la opción de compra; sin embargo, mediante este contrato el arrendatario adquiere los beneficios económicos derivados de su uso y disfrute respecto del bien arrendado durante la mayor parte de su vida útil, a cambio de una contraprestación económica por dicho derecho. 3. Presentación en el estado de situación financiera: El contrato leasing implica su reconocimiento en los estados finan- cieros del arrendatario, utilizando una cuenta del activo (Cuenta 32 del PCGE) para reflejar el recurso económico adquirido y otra del pasivo (Cuenta 45 del PCGE) que refleja la obligación con el arrendador, ambos por el mismo valor, con la finalidad de no dis- torsionar las variables relativas a la evaluación financiera mediante ratios financieros. Esta condición tiene una excepción en el caso de que se haya reconocido costos incrementales atribuibles al leasing, por ende estos importes se añadirán al importe del activo reconocido. 4. Medición posterior, reconocimiento de las cargas finan- cieras: Luego del reconocimiento inicial del leasing, se identificará en los estados financieros lo siguiente: - Deuda conformada en cuotas pendientes de amortización - Cargas financieras (intereses) Los intereses pactados en un contrato leasing se distribuirá entre los períodos que constituyen el plazo del arrendamiento, de manera que se obtenga una tasa de interés constante en cada período, sobre el saldo de la deuda pendiente de amortizar, reconociéndose como gasto en la oportunidad de su devengo3. De presentarse pagos contingentes se reconocerán como gastos en los períodos en los que se incurran. 5. Depreciación o amortización: Un contrato leasing, dará lugar a un cargo por depreciación respecto de los bienes o activos depreciables sujetos al con- trato, por ende la empresa deberá aplicar una política de depreciación para activos arrendados, la misma que debe ser coherente con la aplicada al resto de activos que posea la empresa (arrendatario). Asimismo, la depreciación a contabilizarse se calculará sobre las bases establecidas en la NIC 16, Propiedades, Planta y Equipo y en la NIC 38, Activos Intangibles: Costo o Valor Revaluado. 3 Devengo, el reconocimiento de los gastos e ingresos se realizan cuando éstos ocurren sin interesar que se hayan cobrado o pagado. Párrafo 22 del Marco Conceptual de las NIIF. En el caso que el arrendatario no tuviese la certeza razonable de que ejercerá la opción de compra y por ende obtendrá la propiedad del bien al término del contrato leasing, se depreciará considerando el menor entre la vida útil del bien o el plazo del arrendamiento. 6. Deterioro del valor del bien arrendado: En el caso que el bien o activo arrendado ha ya sufrido deterioro de su valor, el arrendatario aplicará lo indicado en la NIC 36 Deterioro del Valor de los Activos; por ende, deberá comparar el Valor en libros respecto de su Importe Recuperable, si el pri- mero resultase mayor a su Importe Recuperable, el arrendatario deberá reconocer dicho deterioro del valor (Párrafo 8), debiendo considerarse además el concepto de Materialidad (concepto definido en el Marco Conceptual de las NIIF), para identificar si es necesario realizar la estimación del Importe Recuperable del activo y reconocer la pérdida por deterioro del valor. 7. Información a revelar en los estados financieros del arrendatario: Según lo indica la NIC 32 Instrumentos Financieros: Presen- tación e Información a Revelar, los arrendatarios revelarán en sus estados financieros la siguiente información, referida a los arrendamientos financieros: • Para cada clase de activos, el Importe Neto en libros a la fecha del balance. • Una conciliación entre el importe total de los pagos del arrendamiento y su valor presente, en la fecha del balance. Además, la entidad informará de los pagos mínimos del arrendamiento en la fecha del balance, y de su correspon- diente valor presente, para cada uno de los siguientes plazos: - Hasta un año; - Entre uno y cinco años; - Más de cinco años; • Cuotas contingentes reconocidas como gasto en el período. • Importe total de los pagos mínimos por subarriendos que se esperan recibir, en la fecha del balance, por los subarriendos financieros no cancelables que la entidad posea. • Descripción general de los acuerdos significativos de arrenda- miento donde se incluirán, sin limitarse a ellos, los siguientes datos: - Bases para la determinación de cualquier cuota de carácter contingente que se haya pactado; - Plazos de renovación de los contratos, así como de las opciones de compra y las cláusulas de actualización o esca- lonamiento de precios; y - Restricciones impuestas a la entidad en virtud de los con- tratos de arrendamiento, tales como las que se refieran a la distribución de dividendos, al endeudamiento adicional o a nuevos contratos de arrendamiento. V. Caso práctico La empresa Tableros Push S.A., cuya actividad es la fabricación de muebles en melanine, ha formulado la adquisición de una máquina cortadora de madera, mediante un contrato de leasing financiero con Leasing BDP S.A., con las siguientes condiciones: Fecha de inicio del contrato 02.01.11 Importe financiado (costo total de la maquinaria) S/. 120,000 Duración del contrato 8 años Comisión de estructuración S/. 1,200 Tasa de interés implícita anual 10% Valor de cada cuota anual S/. 15,000 Vida útil del activo 10 años Opción de compra S/ 2,000 Se requiere realizar la contabilización del contrato leasing: Aplicación Práctica
  • 4. IVÁrea Contabilidad y Costos IV-9Actualidad EmpresarialN° 234 Primera Quincena - Julio 2011 ———————————— 3 ———————————— DEBE HABER ———————————— 4 ———————————— DEBE HABER ———————————— x ———————————— ———————————— 1 ———————————— DEBE HABER ———————————— 2 ———————————— DEBE HABER 45 OBLIGACIONES FINANCIERAS 15,000.00 452 Contratos de arrend. financiero S/.6,904.31 455 Costos de financiación por pagar S/.8,095.69 40 TRIB., CONTRAPRESTAC. Y APOR. AL SIST. PRIV. DE PENS. Y SALUD 2,850.00 401 Gobierno Central 4011 IGV6 46 CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS – TERCEROS 17,850.00 469 Otras cuentas por pagar diversas Por la facturación de la 1.ª cuota (capital+interés+IGV). 67 GASTOS FINANCIEROS 8,095.69 671 Gastos en operaciones de endeud. y otros 6712 Contratos de arrendamiento financiero 37 Activo Diferido 8,095.69 373 Intereses diferidos Por la provisión del gasto financiero devengado en el 1.er año. 94 GASTOS FINANCIEROS 8,095.69 79 CARGAS IMPUT. A CUENTA DE CTOS. Y GTOS. 8095.69 Por el destino de los gastos financieros. 32 Activos Adquiridos En Arrendamiento Financiero 80,956.91 322 Inmuebles, maquinaria y equipo 3223 Maquinarias y equipos de explotación 37 Activo Diferido 41,043.09 373 Intereses diferidos 45 Obligaciones Financieras 122,000.00 452 Contratos de arrendamiento financiero S/.80,956.91 455 Ctos. de financiación por pagar S/.41,043.09 Por el registro del contrato de arrendamiento, según el valor actual de los pagos mínimos. 32 ACTIVOS ADQUIRIDOS EN ARRENDAMIENTO FINANCIERO 1,200.00 322 Inmuebles, maquinaria y equipo 3223 Maquinarias y equipos de explotación 40 TRIB., CONTRAPRESTAC. Y APOR. AL SIST. PRIV. DE PENS. Y SALUD 228.00 4011 IGV 10 EFECTIVO Y EQUIVALENTE DE EFECTIVO 1,428.00 104 Cuentas ctes. en instituciones financieras Por el registro de la comisión de reestructuración del contrato leasing, siendo un costo directamente atribuible al costo del bien. El capital financiado, por el leasing firmado se determina de la siguiente manera: Valor actual4 = > 15,000*{((1+0.10)8 – 1)/ (0.10(1+0.10)8)} = S/. 80,023.89 Valor presente5 = > 2,000* {1/(1+0.10)8 } = S/. 933.01 Total capital financiado ==> S/. 80,956.91 4 Valor Actual: Corresponde al determinación del importe con el cual se liquida la operación en la fecha de evaluación o de vencimiento, su fórmula es: 5 Valor Presente: Es el valor actual de un Capital que no es inmediatamente exigible es (por oposición al valor nominal) la suma que, colocada a Interés Compuesto hasta su vencimiento, se convertiría en una cantidad igual a aquel en la época de pago. Comúnmente se conoce como el valor del Dinero en Función del Tiempo, su fórmula es: VP = 1/ (1+i)n; donde: i: Tasa de Interés; n: Tiempo del arrendamiento. Donde: K: Cuota del arrendamiento; i: Tasa de Interés; n: Tiempo del arrendamiento VALOR ACTUAL: K * (1+i)n -1 (i(1+i)n) 6 Respecto del IGV, éste se reconocerá como Crédito Fiscal, según lo establece la Ley del IGV, de cumplir con los requisitos formales y sustanciales indicados en los artículos 18º y 19º; esto quiere decir en la oportunidad en que se emita el comprobante de pago, en el cual consigne de manera desagregada el importe del IGV, así mismo de resultar el gasto deducible para efectos del Impuesto a la Renta. Costo del Activo sujeto a arrendamiento comprende la opción de compra y cualquier otro costo directamente atribuible al contrato leasing: S/.120,000 (8 cuotas de S/.15,000) + S/.2,000 (opción de compra) = S/.122,000 Los gastos financieros ascienden a: S/.122,000 (15,000 x 8 cuotas) – S/.80,956.91 (capital finan- ciado) = S/.41,043.09 b) La contabilización de lo operación será: Siendo la comisión de estructuración del contrato leasing, un gasto directamente atribuible a la operación, éste se reconoce como parte del Costo del activo arrendado. La amortización de las cuotas se reconoce de la siguiente manera: Reconocimiento de los gastos financieros devengados: En cada ejercicio económico gravable se deberá provisionar los intereses devengados, afectando a resultados y disminuyendo los intereses diferidos, provisionado inicialmente. Siendo que Tableros Push S.A. tiene la firme intención de ejercer la opción de compra, el tiempo de vida útil considerada, basada en la información del fabricante es de 10 años; por tanto, se deberá aplicar la depreciación distribuida en dicho tiempo. Según lo señala la NIC 17, en su párrafo 28: “El importe depreciable del activo arrendado se distribuirá entre cada uno de los períodos de uso esperado, de acuerdo con una base sistemática,coherente con la política de depreciación que el arrendatario haya adoptado con respecto a los demás activos depreciables que posea.En caso de que exista certeza razonable de que el arrendatario obtendrá la propiedad al finalizar el plazo del arrendamiento,el período de utilización esperado será la vida útil del activo; en otro caso, el activo se depreciará a lo largo de su vida útil o en el plazo del arrendamiento, según cual sea menor”. a) El valor actual de las cuotas se determina de la siguiente manera: Ctas. Saldo Capital Amortización Total cuota IGV Total Capital Interés 0 S/.80,956.91         S/.80,956.91 1 S/.74,052.60 S/.6,904.31 S/.8,095.69 15,000.00 2,850.00 17,850.00 2 S/.66,457.86 S/.7,594.74 S/.7,405.26 15,000.00 2,850.00 17,850.00 3 S/.58,103.64 S/.8,354.21 S/.6,645.79 15,000.00 2,850.00 17,850.00 4 S/.48,914.01 S/.9,189.64 S/.5,810.36 15,000.00 2,850.00 17,850.00 5 S/.38,805.41 S/.10,108.60 S/.4,891.40 15,000.00 2,850.00 17,850.00 6 S/.27,685.95 S/.11,119.46 S/.3,880.54 15,000.00 2,850.00 17,850.00 7 S/.15,454.55 S/.12,231.40 S/.2,768.60 15,000.00 2,850.00 17,850.00 8 S/.2,000.00 S/.13,454.55 S/.1,545.45 15,000.00 2,850.00 17,850.00   S/.2,000.00 S/.2,000.00   2,000.00 380.00 2,380.00     S/.80,956.91 S/.41,043.09 122,000.00 11,400.00 71,400.00