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DERECHO EMPRESARIAL CONTRATO DE LEASING
MAESTRIA EN GESTION EMPRESARIAL - UNJBG
1. INTRODUCCION
En el presente trabajo del curso de Derecho Empresarial, analizaremos el tema de
Arrendamiento Financiero, conocido también como Leasing.
Trataremos de sintetizar aspectos básicos e importantes de esta figura contractual
moderna, que se ha venido abriendo paso en el mundo moderno y cada vez mas
competitivo, siendo una de las operaciones de financiamiento más popular dentro
de los países competitivos.
Considero que es de suma importancia el estudio de este instrumento, así como los
demás contratos modernos que estamos estudiando, los cuales responden a las
necesidades propias del dinámicotráfico comercial, y son manifestación elocuente
de la contratación en masa y de la cooperación empresarial.
Por medio de estos contratos se satisfacen y programan intereses económicos muy
particulares, para el desarrollo de la industria y el comercio. Asimismo es uno de los
instrumentos mas solicitados por las compañías y PYMEs para solucionar sus
necesidades de liquides y adquirir los bienes que requiere para aumentar su
producción.
Puesto que como estudiantes ahora, y futuros Magísteres en Gestión Empresarial,
ejerceremos en un mundo competitivo, y como vemos ahora avanzamos hacia
nuevas tecnologías y nuevas formas de generar ganancias. Es en este contexto que
profesionales como nosotros para ser competitivos debemos estar en capacidad de
manejar diversos instrumentos de financiación.
Este contrato moderno se encuentra regulado en el ordenamiento jurídico peruano
en primer lugar por el artículo 1677 del Código Civil de 1984 el cual señala: "El
contrato de arrendamiento financiero se rige por su legislación especial y
supletoriamente, por el presente título y los artículos 1419 a 1425 y posteriormente
se reguló específicamente en el El Decreto Legislativo Nº 299 y su reglamento
Decreto Supremo Nº 559-84-EFC.
DERECHO EMPRESARIAL CONTRATO DE LEASING
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2. CONCEPTO
De acuerdo al artículo l del Decreto Legislativo N° 299, el Arrendamiento Financiero
o Leasing es un contrato mercantil que tiene como finalidad la locación de bienes
muebles o inmuebles por una empresa locadora para el uso de una parte
arrendataria, mediante un pago de cuotas periódicas y con opción a favor de la
arrendataria de comprar dichos bienes por un valor pactado al inicio del contrato.
3. CLASES DE LEASING
De las diversas formas de clasificar el Leasing, la más importante es la que se
hace por su finalidad. Según este criterio se clasifica en:
a. Leasing Operativo
Es la forma más tradicional del leasing. En ella una compañía o fabricante o
proveedora(arrendador), cede a una persona natural o jurídica(arrendatario),
durante un plazo determinado el uso de uno de los bienes que produce o
comercializa, a cambio del pago de una renta periódica.
Las características de esta modalidad son:
Se realiza con bienes de mucha demanda, como computadoras y vehículos,
que pueden volver a ser arrendados fácilmente, a través de nuevos
contratos.
El arrendador es responsable de la instalación, elbuen funcionamiento, los
gastos referidos al derechode propiedad, y, cuando así se estipule, delos
gastos derivados del normal uso del bien. Elconvenio puede ser revocado
por el arrendatarioantes del vencimiento del plazo, previo aviso.
No incluye la opción de compra.
Es un contrato de corta duración, inferior al tiempode vida útil del bien
arrendado.
Los pagos generalmente incluyen una cuota fija,por concepto de la
amortización del bien, y unavariable, por la recuperación del costo y
utilidaddel arrendador.
b. Leasing Financiero
Es la forma moderna del leasing y recoge el espíritu original de este método de
financiación. A diferencia del leasing operativo, intervienen tres participantes:
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El arrendador, el arrendatario y la empresa proveedora del bien materia del
leasing.
Mediante este producto, el arrendador adquiere de la compañía proveedora el
bien que el arrendatario ha elegido previamente, y lo pone en sus manos, para
que haga uso de él, recibiendo a cambio el pago de cuotas periódicas, por un
periodo y montos acordados.
El plazo del contrato suele establecerse según el periodo estimado de vida útil
del bien. En ese lapso de tiempo, el convenio no puede ser modificado, salvo por
acuerdo entre ambas partes. Asimismo, al finalizar dicho plazo, el arrendatario
puede elegir entre devolver el bien, prorrogar el acuerdo o comprar el bien al
valor residual establecido en el contrato.
Las principales características de esta modalidad son:
Se lleva a cabo principalmente con bienes muy especializados, tales como
máquinas de fabricación, equipos o vehículos especiales, adecuados a la
particular necesidad de la empresa arrendataria.
El plazo del contrato suele ser similar al tiempo esperado de vida útil del
bien arrendado.
Generalmente, el documento es irrevocable durante un periodo
determinado. En este lapso, el convenio únicamente puede ser resuelto por
el arrendador y debido, exclusivamente, al incumplimiento de pago por
parte del arrendatario.
Permite, cuando así esta estipulado, que el bien sea reemplazado por uno
tecnológicamente más avanzado.
A la finalización del contrato, existe la opción de compra por parte del
arrendatario, la que se realiza por el valor residual acordado inicialmente. De
no ejercerla, puede prorrogar el convenio, pagando un precio menor, o
devolver el bien.
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c. Diferencias entre Leasing Operativo y Leasing Financiero
LEASING OPERATIVO LEASING FINANCIERO
NATURALEZA Locación de Cosas Financiación
VOCACION Rentística Financiera
PLAZO Sin relación con la vida útil En relación a la vida útil
CONSERVACION A cargo del locador A cargo del tomador
RENOVACION Habitual No habitual
RIESGO OPERATIVO Estado del bien Solvencia del Tomador
RIESGOS JURIDICOS A cargo del locador A cargo del tomador
CONTABILIZACION
DE INGRESOS
Modelo Tradicional Método Financiero
AMORTIZACION
FISCAL
Lineal (según vida útil) Acelerada (según contrato
OPCION DE COMPRA No SI
4. TIPOS DE LEASING
a. Es un tipo de arrendamiento mediante el cual, una empresa
financiera adquiere directamente de un proveedor local, designado por su
cliente, los bienes que requiere para su inversión. De esta manera, la compañía
no distrae capital de trabajo. en la operación de financiamiento.
b. : Por medio de este producto, el arrendatario adquiere, a
través de una entidad bancaria de su elección, un activo fijo de un proveedor
extranjero. La institución financiera se encarga de todo e proceso de importación
y, además, solventa el valor CIF del activo importado, los fletes, las comisiones
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de aduanas, los derechos de importación y demás costos relacionados a estas
operaciones.
c. Es una variante del leasing que permite al tenedor del activo ser
proveedor y arrendatario a la vez, proporcionando a su negocio los aumentos de
capital que requiera a través de sus propios recursos. En otras palabras, el
arrendatario adquiere del locador, el bien que posteriormente se le otorgará en
arrendamiento. De esta manera, el contratante del producto obtiene liquidez
por la venta del activo; ya su vez, lo alquila de la entidad, cediéndole esta última
recuperar la inversión realizada por medio de sus recursos propios, dinamizando
la liquidez del negocio. A diferencia de las otras modalidades de arrendamiento,
este tipo no otorga el beneficio de depreciación acelerada debiéndose
depreciarlo en la forma convencional.
d. Es una operación de leasing que se utiliza para financiar
la construcción de un inmueble (locales industriales o comerciales, oficinas) y se
firman dos contratos: Uno de leasing y otro de compra y venta. Además, se
solicita una carta fianza al constructor por cada desembolso o la contratación de
un seguro de casco, con la finalidad de proteger la inversión del arrendatario. En
determinados casos, el arrendatario necesita la firma de un contrato de
construcción, en el que se estipulan los puntos que deben cumplirse para cada
pago, entre otros costos.
e. Es un tipo de arrendamiento que ofrece exclusivamente en el
BBVA Banco continental en soles, con el valor agregado de combinar este
producto con un derivado financiero, sin costo, denominado “Cross Currency
Swap4”.
Esta mixtura permite que se genere para el cliente un flujo de pago en dólares
como si fuese una operación de leasing en dólares. Esta dirigida a las empresas
que necesitan financiamiento por montos mayores a los US$ 200,000 y se
recomienda que el arrendataria tenga como moneda funcional el dólar. Este
producto tiene la ventaja de amortiguar los riesgos que pudieran surgir por
variaciones de tipo de cambio o tasas de interés.
f. Es un contrato que suscribe la entidad con una
persona natural por la adquisición de un bien mueble. El producto que se brinda,
está orientado específicamente al arrendamiento de vehículos nuevos,
permitiendo, incluso, dejar valores de opción de compra más elevados al final
del contrato, reduciendo el Importe de las cuotas mensuales permitiendo al
cliente renovar el bien luego de concluido el período del contrato.
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5. BIENES QUE SE FINANCIAN
En el mercado peruano, los sectores que demandan este producto son: Transporte,
comunicaciones, comercio, industria, manufactura, construcción, electricidad, agua,
minería y los sectores de actividades inmobiliarias, empresariales y de alquiler.
Normalmente, las empresas del sistema financiero y las especializadas en
operaciones de leasing ofrecen los siguientes tipos de bienes en arrendamiento:
Inmuebles: Construcción de oficinas o sucursales, terrenos, ampliación de
locales comerciales, industriales y plantas de procesamiento, proyectos en
construcción, acondicionamiento de almacenes, entre otros requerimientos
de infraestructura.
Maquinaria y equipo en general (industrial, de construcción movimiento de
tierras, de oficina, etc.).
Vehículos o unidades de transporte (flotas de vehículos, camiones,
camioneta de reparto, tracción simple o doble tracción, entre otros).
Muebles y enseres.
Embarcaciones y Aeronaves.
Obras civiles, entre otros.
6. REQUISITOS
Los requisitos y documentos que requieren las empresas del sistema financiero para
otorgar un leasing varían de acuerdo a cada institución, al tamaño y giro de las firmas.
Entre los más comunes tenemos:
Una carta solicitud; proforma del bien solicitado con
sello y Visto Bueno de la empresa, entre otros.
Testimonio de constitución de la empresa; copia de la
vigencia de poderes de los representantes para firmar contratos de
arrendamiento financiero (antigüedad menor a 03 meses); giro del negocio,
principales clientes, proveedores competidores; carta solicitud detallando la
Razón Social de la empresa, el número de RUC o copia, monto y objeto de la
operación; formato de información básica de clientes completamente llenarlo;
último aumento de capital y/o modificación de estatutos (adecuación a la nueva
ley general de sociedades); proforma de proveedor, en el caso de maquinarias y
equipos; y copia de la declaración jurada de autoevalúo, en el caso de inmuebles;
etc.
Estados Financieros de los tres últimos ejercicios
auditados, o en su defecto con firmas del gerente general y contador, con notas
y anexos de las principales cuentas; Estados Financieros de los dos últimos
trimestres con firmas del gerente general y contador; flujo de caja proyectado
por el plazo total de la operación, detallando los supuestos empleados para su
elaboración; ventas mensuales del año anterior al préstamo y en el presente;
copia de las declaraciones de los pagos del IGV de los 3 últimos meses del
Impuesto a la Renta de los dos últimos años; entre otros.
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7. TASAS DE MERCADO
Para realizar un contrato de Leasing Una de las variables que reduce el costo
financierode un contrato de leasing, por ende favorece al gasto de la empresa, es la
tasa de interés que cobran las entidades por aquellas colocaciones; la cual, desde el
2007, viene disminuyendo como respuesta a los resultados positivos de los diferentes
sectores de la actividad económica y a las proyecciones de crecimiento que se esperan
para los siguientes años; todo ello, respaldado por las cifras ascendentes de los
balances de las firmas.
Sin embargo, estas tasas no son uniformes ni constantes en el sistema financiero;
varían de acuerdo ala envergadura de la firma (grande, mediana o pequeña),el plazo
de financiamiento (mediano o largoplazo), el flujo de caja del negocio, monto de
financiamiento,tipo de bien (mueble o inmueble), y tipo deleasing (vehicular,
hipotecario, etc.); además de otrasconsideraciones y requisitos que estipula el
arrendadorcomo: Tope mínimo de ventas anuales, antigüedaddel negocio, entre otros.
En el cuadro N° 1, presentamos un rango promedio de las tasas que cobran las
empresas del sistema financiero por la opción de arrendamiento.
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ANALISIS CONTRACTUAL
LEASING FINANCIERO
1. CONCEPTO
Leasing puede definirse como una buena alternativa de financiamiento de equipamiento
e innovación de las empresas, el cual se materializa a través de un Contrato de
Arrendamiento, en virtud del cual una de las partes (arrendador), adquiere a solicitud de
la otra(arrendatario), bienes para el uso de éste, a cambio de pagos periódicos por un
plazo determinado. Al termino del período el arrendatario tiene la opción de comprar el
bien o devolverlo (el plazo del contrato generalmente coincide con la vida útil del bien).
2. NATURALEZA JURIDICA
a. Teoría del Arrendamiento.
b. Teoría del Arrendamiento Venta
c. Teoría de la Compraventa a plazos
d. Teoría de la Compraventa a plazos con reserva de la propiedad.
e. Teoría del deposito
f. Teoría del Préstamo
3. PARTES
a. El arrendatario o Empresa usuario.
Es el cliente que determina sus necesidades de requerimiento de maquinaria y
equipo o inmuebles para una industria, y que solicita el financiamiento,
comprometiéndose en tomarlos en arrendamiento con el pacto de compraventa
futura.
Es a quien se le cede el uso o goce de la cosa objeto del contrato a cambio de
una renta mensual por un periodo determinado y es quien al término del
contrato puede optar ya sea por devolver el bien, prorrogar el plazo del contrato
o adquirir para si el bien arrendado. Esta persona puede ser natural o jurídica.
b. El Arrendador, Banco o Sociedad de Leasing.
Es quien cede el uso o goce de la cosa objeto del contrato al arrendatario y es
quien recibe la renta mensual de este por un periodo determinado y está
obligado a respetar los derecho del usuario quien podrá adquirir el bien para sí
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mismo, prorrogar el plazo del contrato o simplemente devolver el bien al
termino del contrato.
Los Bancos están autorizados a realizar esta operación a través de un
departamentoespecializado o a través de una empresa subsidiaria. También
están facultadas lassociedades de Leasing creadas con este objeto. Las
obligaciones de estas entidades es lade financiar la compra de los bienes objeto
del contrato directamente al proveedorelegido por el usuario o cliente, a darlo
en arrendamientoy a la decisión del cliente, proceder en todo caso a la venta de
los bienes en el precioestipulado anteladamente.
c. El proveedor.
Si bien es cierto tiene una participación marginal, pero puede serlo si una de las
partes solicita de estas garantías, mantenimiento de equipos,capacitación,
asesoría técnica, venta de repuestos y otros de tipo técnico.
Entonces se incorpora al contrato como parte, pero su participación no es
indispensable para la existencia del contrato de arrendamiento financiero
4. OBJETO DEL CONTRATO
En el concepto objeto de estudio en nuestro informe también encontramos un
elemento principal del contrato arrendamiento financiero. Elemento, sin el cual el
contrato no tendría razón de ser, en este caso nos referimos a la cosa objeto del
contrato, que es el bien que solicita el usuario a la sociedad de leasing y que esta
adquiere de una tercera parte que es el proveedor. Pero esto, lo deducimos
anteriormente cuando nos referimos a las partes, lo que por ahora nos interesa es que
requisitos o mejor dicho como debe ser la cosa objeto del contrato, puesto que no todas
las cosas pueden ser objeto del contrato de arrendamiento financiero.
Encontramos que el contrato se desarrolla sobre bienes de equipos o bienes de capital;
bienes muebles e inmuebles no consumibles que pueden ser objeto de amortización,
por lo que queda excluida la materia prima. Son bienes de utilización industrial de los
cuales se espera un incremento adicional de sus ingresos.
Como ejemplos podemos enumerar:
Bienes muebles e inmuebles, marcas, patentes o modelos industriales y software, de
propiedad del Dador o sobre los que el Dador tenga la facultad de dar en leasing.
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5. RENTA
Como en la figura del arrendamiento y como vemos en el concepto el arrendatario esta
obligado al pago del precio renta. El pago del precio o renta se hará en los periodos
estipulados entre las partes.
6. OBLIGACIONES
a. Las Obligaciones del arrendador, Banco o Empresa de Leasing.
Adquirir los bienes solicitados por la Empresa Usuaria.
Entregar y poner a disposición de la Empresa Usuaria el bien.
Asegurar el goce pacifico de los bienes.
Respetar la opción de compra.
Restituir al final del plazo contractual el dinero bienes que hayasolicitado
como garantía del cumplimiento del contrato de Leasing.
b. Las obligaciones la Empresa Usuaria
Abonar en Tiempo, forma y lugar los cánones establecidos en el contrato.
Contratar un seguro contra todo riesgo para el bien o bienes otorgados en
leasing.
Dar a los bienes el uso establecido en el contrato
Mantener en buen estado de uso y hacer las reparaciones necesarias para la
adecuada conservación del bien
Pagar los tributos y demás derechos derivados del contrato de leasing.
Responder por los daños y perjuicios que se ocasione con los bienes materia
del contrato de Leasing.
7. CARACTERISTICAS SEGÚN NUESTRA LEGISLACION
Según lo estipulado en nuestra legislación, específicamente en el D.L. N° 299, podemos
decir que el contrato de Leasing se caracteriza por:
a. Oneroso.-Al representar un sacrificio patrimonial que experimenta la
empresapor la adquisición del bien que se ve compensado por el canon que
recibe.
b. Conmutativo.-La empresa de Leasing y la usuaria realizan la valoración del
sacrificio y la ventaja que depara su celebración.
c. Prestaciones Recíprocas.- Estas prestaciones se dan en cuanto la empresa de
Leasing es acreedora de los cánones y deudora de los bienes, los que tiene que
ponerlos a disposición del usuario; por otra parte el usuario es acreedor de los
bienes y deudor de los cánones.
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d. Contrato mercantil.-Un sector de la doctrina considera el contrato de Leasing
como un contrato mercantil. Nuestra legislación lo considera como tal a tenor de
lo mencionado en el artículo 1° D.L. N° 299.
e. Mérito Ejecutivo.-en nuestra legislación el incumplimiento de las obligaciones
derivadas del contrato de Leasing, incluyendo la realización de las garantías
otorgadas y su resolución se tramitaran con arreglo a las normas del juicio
ejecutivo.
f. Es un contrato Principal.-porque no depende de ningún otro celebrado con
anterioridad a él.
g. Es un contrato Consensual.-porque se perfecciona por el simple acuerdo de
voluntad. El mandato de la ley para que se celebre el contrato de arrendamiento
financiero es por escritura pública, debe entenderse como una formalidadad
probationem. Al respecto, es propio traer a colación la STC. recaída en el Exp.
2565-98/LIMA, de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, la cual refiere:
“…la formalidad establecida para el contrato deLeasing(escritura pública)
constituye una formaad probationem, por cuanto su inobservancia no se
encuentra sancionada con nulidad”
h. Es un contrato de Tracto Sucesivo y de Ejecución Continuada.-Por ser un contrato
de este tipo se puede presentar en el la figura de la excesiva onerosidad de la
prestación.
i. Es un contrato celebrado por Adhesión.- en la generalidad de los casos, el
contrato de arrendamiento financiero se presenta de esta manera, de tal modo
que queda perfeccionado con la aceptación por parte de la arrendataria de las
estipulaciones fijadas por la empresa locadora, normalmente en formularios
impresos.
j. Es un contrato de Cambio.- pues tiene como propósito la circulación de la
riqueza, “al estar dirigido a ceder el uso y goce económico de un bien, transferir
luego la totalidad de los poderes económicos sobre el bien que es objeto del
contrato”.
8. VENTAJAS Y DESVENTAJAS.-
Enumeraremos losmúltiples beneficios que ofrece este instrumento financiero, los
mismos que han hecho de este tipo de operación sea tan popular hoy en día y que sea
uno de los contratos modernos de mas rápida expansión en las ultimas décadas.
a. El mas importante es el costo financiero, el cual es menor en comparación a
otras fuentes de financiamiento, este se mantiene fijo durante el contrato.
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b. Proporciona flexibilidad en la estructuración de las cuotas periódicas de acuerdo
al flujo de caja del negocio. En este sentido el pago de las cuotas se adecua a la
dinámica del negocio (de las ventas o el ingreso que se recauda), incluso si es
estacional. De esta manera permite al arrendatario cancelar sus pagos en cuotas
crecientes, decrecientes, adelantadas, estacionales, gozar de periodos libres, etc;
optimizando de esta forma, el gasto financiero de la empresa.
c. Igualmente, permite a las empresas modernizar sus maquinarias y equipos
obteniendo mayores rendimientos y reduciendo los costos de mantenimiento.
d. Por otro lado, incrementa los activos de la empresa y su capacidad de operación.
e. Da solidez en el balance económico de la empresa al adquirir bienes bajo la
figura de un gasto operacional; de esta forma incrementa los flujos de caja del
negocio.
f. Proporciona disponibilidad de las líneas crédito que a firma mantiene con otras
instituciones; esto quiere decir, que la deuda que la empresa mantiene por el
leasing no afecta a otros financiamientos.
g. Optimiza el gasto financiero total y contribuye a crear un mayor valor para los
accionistas.
h. En caso de un contrato de leaseback, la empresa solicitante se dota de capital de
trabajo, es decir, podrá convertir el activo en efectivom obteniendo de esa
manera liquidez.
i. Particularmente, lasempresas del sector inmobiliario se benefician porque
pueden adquirir financiamientos de mediano y largo plazo en línea con los flujos
de caja de su negocio,
j. Las instituciones financieras cumplen la función de tesorería en el negocio del
arrendatario, ya que al adquirir el activo solicitado evitan que este destine o
pierda capital de trabajo en la obtención del mismo.
k. Las entidades del sistema financiero ofrecen seguros que el arrendatario debe
contratar para que el bien cuente con coberturas de seguro apropiadas;
protegiendo, asi, la inversión realizada.
l. El contrato de leasing, facilita la adquisición de bienes o el uso de estos sin la
necesidad de recurrir a otros tipos de financiamiento o créditos que requieran el
pago de altas tasas de intereses.
Dentro de las Desventajas tenemos:
a. El valor residual pertenece al arrendador y si el arrendatario ejerce la opción de
compra, este deberá desembolsar nuevamente cierta cantidad de su activo.
b. Se accede a la propiedad del bien, a veces al final del contrato, al ejercer la
opción de compra.
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c. No permite entregar el bien hasta la finalización del contrato.
d. Existencia de cláusulas penales previstas por incumplimiento de obligaciones
contractuales.
e. El coste a veces mayor que el de otras formas de financiación.
9. TERMINACION DEL CONTRATO
Al término del contrato, el Leasing ofrece una gama de posibilidades en beneficio de
la empresa usuaria, las cuales están inmersas dentro de lo que se les denomina;
terminación normal y terminación anticipada, la primera se ejecuta una vez
finalizado el contrato, salvo pacto en contrario y la terminación anticipada, opera
cuando las partes no llegan a respetar el contrato. Sin embargo a parte de ésta,
existen algunas situaciones que determinan la terminación anticipada del vínculo
jurídico entre la empresa de Leasing y la usuaria
a. TERMINACION NORMAL.
i. Opción de Compra.-
Esta opción siempre va a ejercerse antes de que finalice el termino estipulado
en el contrato, pagando un precio llamado valor residual.Este precio puede
estar fijado en el contrato o puede fijarse mediante un procedimiento o
pautas pactadas.
ii. Devolución del Bien.-
Considerada como una alternativa a la terminación del contrato. Una vex
concluido el contrato, si la empresa usuaria opta por esta alternativa,
lógicamente tendrá que hacer efectiva la devolución del bien, según lo
acordado en el contrato. Siempre en los contratos de Leasing, en caso de
devolución del bien, se pacta el lugar, fecha y hora de entrega entre otros.
La doctrina manifiesta que una vez que la empresa usuaria entrega el bien,
tiene que esperar a que la empresa de Leasing lo venda al mejor postor. El
producto o precio obtenido de esa venta se compara con el valor residual
fijado en el propio contrato y la diferencia será a favor o a cargo de la empresa
usuaria; es decir, si el precio de venta es mayor que el valor residual, el
excedente es reembolsado a la usuaria; en cambio, si es menor, la usuaria
está en la obligación de hacer efectiva la diferencia.
iii. Prórroga del Contrato.-
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La prórroga del contrato deviene en acuerdos de un nuevo plazo y nuevas
condiciones, por lo que hemos considerado que la prórroga del contrato no es
más que un nuevo contrato, ya que serán nuevas condiciones, nuevas
clausulas, por que el bien ya no se encuentra en óptimas condiciones.
La prórroga del contrato no es una opción beneficiosa para la empresa
usuaria, al menos no, en nuestro país. Por que si la empresa usuaria ha venido
cumpliendo con los cánones hasta finalizado el contrato, interpretando así,
que su nivel económico es estable, pues le resultaría mejor, que el bien sea
sustituido por uno nuevo, en optimas condiciones, a uno que ya ha sido
explotado y que por consiguiente puede tener fallas futuras y por lo tanto
generar gastos de mantenimiento y reparación para la empresa.
iv. Sustitución del bien.-
La sustitución del bien es otra de las alternativas que demuestran que el
Leasing debe adecuarse a las necesidades que presenta la empresa. Es un
contrato a la medida, es decir, es un contrato flexible y adaptable a las
necesidades financieras de las empresas del sector productivo
Esta alternativa que tiene la empresa usuaria se puede aplicar no solo al
momento de finalizar el contrato, sino que las partes pueden pactar, que se
de en cualquier momento durante la ejecución del contrato. La empresa
usuaria puede hacer uso de esta alternativa adicional a las enunciadas
anteriormente en beneficio de la empresa usuaria. El objetivo es la sustitución
del bien por otro más moderno antes de la expiración del plazo contractual.
Está cláusula permite ver al Leasing como un eficiente instrumento financiero,
enmarcando dentro de ella a la sustitución del bien, la cual tiene por finalidad
enfrentar la obsolescencia prematura de los bienes dados en el leasing.
b. TERMINACION ANTICIPADA
i. Resolución del contrato por incumplimiento.-
Esto depende del cumplimiento de ciertas condiciones o circunstancias
establecidas en el contrato que implican causales para la terminación del
mismo, que generalmente implican el incumplimiento de obligaciones de una
de las partes.
ii. Resolución expresa del contrato
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La resolución expresa del contrato opera cuando las partes estipulan ciertas
cláusulas de exoneración de responsabilidad, las cuales les permite resolver el
contrato de pleno derecho.
iii. Cláusulas de exoneración a favor de la Empresa de Leasing.
Las empresas de Leasing nacionales e internacionales, algunas veces por
recomendación de sus asociaciones y de sus asesores, acostumbran incluir
dentro de las cláusulas generales del contenido contractual, una cláusula
resolutoria expresa que contiene un conjunto de supuestos de
incumplimiento de la usuaria, más no de la empresa concedente del bien.
iv. Cláusula resolutoria por incumplimiento de la empresa usuaria
La concedente podrá dar por terminado el presente contrato, de pleno
derecho y en forma automática, sin necesidad de declaración judicial previa, y
solicitar la devolución del bien en leasing mediante comunicación escrita sea
por vía notarial, télex, fax o cualquier otro medio que permita asegurar la
recepción de tal comunicación por la usuaria en los siguientes casos:
1. Falta de pago de dos o más cuotas;
2. No concertar y no mantener los seguros establecidos en el
contrato a favor de la empresa de Leasing;
3. Incumplimiento de las garantías;
4. El hecho que la usuaria se encuentre en situación de insolvencia,
suspensión o cesación de la actividad, o amenaza que esto ocurra;
5. Confiscación, embargo, ejecución de garantías o cualquier otra
circunstancia que afecta la propiedad del bien;
6. El incumplimiento de las restantes obligaciones, si tal
incumplimiento no es subsanado dentro del plazo establecido por
la empresa de Leasing.
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10. CONCLUSIONES
a. El contrato de Leasing está considerado por la doctrina como un contrato sui
generis –único e inclasificable- y que a través del paso del tiempo dejo de ser
moderno, para ser simplemente un contrato de Leasing, utilizado con gran arraigo
en la práctica comercial.
b. El contrato de leasing ofrece mas ventajas que desventajas para los usuario que no
disponen del capital suficiente para destinar parte del mismo a la adquisición de
bienes necesarios para el funcionamiento de sus empresas, y es por eso que es hoy
en día un contrato sumamente utilizado el países industrializados.
c. Aunque es similar al arrendamiento y similar a la figura del renting, constituye un
contrato autónomo que existe por si mismo y no es por lo tanto una modalidad de
las figuras antes mencionadas, no es regulado por el derecho común y en aquellos
países donde se contempla, es sujeto de una ley especial y aquellos en donde es
todavía un contrato atípico se regula por la costumbre internacional.
d. El contrato de leasing, por lo general será aplicado por plazos largos por lo general
de mas de 10 años y esto puede crear una desventaja para el usuario que al verse
obliado a explotar dichos bienes por tanto tiempo, no puede (si el contrato no lo
permite) cambiar los bienes arrendados por otros que le permitan competir con los
avances tecnológicos.
e. La regulación del Arrendamiento Financiero a través del DL N° 299, presenta
omisiones en temas de suma importancia, como la responsabilidad de daños
ocasionados por el bien dado en leasing, el tema de la indemnización del seguro
entre otros.
f. El DL. N° 299 data del año 1984, anterior a la última publicación vigente del Código
Civil. Es por ellos que se confunde las instituciones de la recisión con la resolución.
El incumplimiento de una de las partes genera Resolución, más no recisión. La
Recisión opera básicamente sobre una lesión, donde una parte tiene cierta ventaja
sobre la otra en la relación contractual. Por estas razones consideramos que la
vigente regulación sobre Leasing deviene en obsoleta, siendo menester una
modificatoria que recoja lo que se viene estableciendo en la práctica comercial.
g. El Leasing fue creado y pensado para satisfacer las necesidades de las empresas, las
cuales, ven en este una opción de financiamiento, que permite solucionar
problemas de equipamiento e innovación, u otros. Por lo tanto, son las partes las
que ejercen su autonomía contractual. Con lo cual la ley no debe restringir esa
autonomía, sino respetarla, de acuerdo al principio de la autonomía de la voluntad
de las partes.
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11. BIBLIOGRAFIA
LIBROS.-
 ACQUARONE Maria y EMBON Leonardo, El Leasing, Buenos Aires, Editorial Ábaco de
Rodolfo Depalma, 2004.
 Código Civil Comentado. Comentan 209 especialistas en las diversas materias de
Derecho Civil, Tomo I, 2da Ed., Lima, Gaceta Jurídica, 2007.
 ARIAS - SCHREIBER PEZET, Max. Contratos Modernos, 1era
ed., Lima, Gaceta Jurídica,
1999.
 BRAVO MELGAR, Sydney A. Contratos Modernos Empresariales, Tomo I, 2da
ed., Lima,
San Marcos, 1998
 ESPINOZA ESPINOZA, Juan. Acto Jurídico Negocial, Lima, Gaceta Jurídica, 2008.
 LEYVA SAAVEDRA, José. El contrato de Leasing, Lima, Distribución Jurídica, 1995.
ARTICULOS
 ALVA MATTEUCCI, Mario; NORTHCOTE SANDOVAL, Cristhian; GARCIA QUISPE, José;
HIRACHE FLORES, Luz. “Opciones de Financiamiento”, Actualidad Empresarial, marzo
2011.
 BEAUMONT CALLIRGOS, Ricardo; PALMA NAVEA Jose. “Comentarios a La Nueva Ley
General Del Sistema Concursal”, Lima, Gaceta Jurídica, 2002.
 “La Mejor Alternativa. El Leasing se expande junto conlosproyectos de
inversiónenactivosempresariales”. BUSINESS. Año XII, Nº 135, Abril 2006.
TESIS
 INGA VÁSQUEZ, Harry Isaias; “El Leasing y su Regulación en el Ordenamiento Jurídico
Peruano”. Diciembre 2011

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  • 1. DERECHO EMPRESARIAL CONTRATO DE LEASING MAESTRIA EN GESTION EMPRESARIAL - UNJBG 1. INTRODUCCION En el presente trabajo del curso de Derecho Empresarial, analizaremos el tema de Arrendamiento Financiero, conocido también como Leasing. Trataremos de sintetizar aspectos básicos e importantes de esta figura contractual moderna, que se ha venido abriendo paso en el mundo moderno y cada vez mas competitivo, siendo una de las operaciones de financiamiento más popular dentro de los países competitivos. Considero que es de suma importancia el estudio de este instrumento, así como los demás contratos modernos que estamos estudiando, los cuales responden a las necesidades propias del dinámicotráfico comercial, y son manifestación elocuente de la contratación en masa y de la cooperación empresarial. Por medio de estos contratos se satisfacen y programan intereses económicos muy particulares, para el desarrollo de la industria y el comercio. Asimismo es uno de los instrumentos mas solicitados por las compañías y PYMEs para solucionar sus necesidades de liquides y adquirir los bienes que requiere para aumentar su producción. Puesto que como estudiantes ahora, y futuros Magísteres en Gestión Empresarial, ejerceremos en un mundo competitivo, y como vemos ahora avanzamos hacia nuevas tecnologías y nuevas formas de generar ganancias. Es en este contexto que profesionales como nosotros para ser competitivos debemos estar en capacidad de manejar diversos instrumentos de financiación. Este contrato moderno se encuentra regulado en el ordenamiento jurídico peruano en primer lugar por el artículo 1677 del Código Civil de 1984 el cual señala: "El contrato de arrendamiento financiero se rige por su legislación especial y supletoriamente, por el presente título y los artículos 1419 a 1425 y posteriormente se reguló específicamente en el El Decreto Legislativo Nº 299 y su reglamento Decreto Supremo Nº 559-84-EFC.
  • 2. DERECHO EMPRESARIAL CONTRATO DE LEASING MAESTRIA EN GESTION EMPRESARIAL - UNJBG 2. CONCEPTO De acuerdo al artículo l del Decreto Legislativo N° 299, el Arrendamiento Financiero o Leasing es un contrato mercantil que tiene como finalidad la locación de bienes muebles o inmuebles por una empresa locadora para el uso de una parte arrendataria, mediante un pago de cuotas periódicas y con opción a favor de la arrendataria de comprar dichos bienes por un valor pactado al inicio del contrato. 3. CLASES DE LEASING De las diversas formas de clasificar el Leasing, la más importante es la que se hace por su finalidad. Según este criterio se clasifica en: a. Leasing Operativo Es la forma más tradicional del leasing. En ella una compañía o fabricante o proveedora(arrendador), cede a una persona natural o jurídica(arrendatario), durante un plazo determinado el uso de uno de los bienes que produce o comercializa, a cambio del pago de una renta periódica. Las características de esta modalidad son: Se realiza con bienes de mucha demanda, como computadoras y vehículos, que pueden volver a ser arrendados fácilmente, a través de nuevos contratos. El arrendador es responsable de la instalación, elbuen funcionamiento, los gastos referidos al derechode propiedad, y, cuando así se estipule, delos gastos derivados del normal uso del bien. Elconvenio puede ser revocado por el arrendatarioantes del vencimiento del plazo, previo aviso. No incluye la opción de compra. Es un contrato de corta duración, inferior al tiempode vida útil del bien arrendado. Los pagos generalmente incluyen una cuota fija,por concepto de la amortización del bien, y unavariable, por la recuperación del costo y utilidaddel arrendador. b. Leasing Financiero Es la forma moderna del leasing y recoge el espíritu original de este método de financiación. A diferencia del leasing operativo, intervienen tres participantes:
  • 3. DERECHO EMPRESARIAL CONTRATO DE LEASING MAESTRIA EN GESTION EMPRESARIAL - UNJBG El arrendador, el arrendatario y la empresa proveedora del bien materia del leasing. Mediante este producto, el arrendador adquiere de la compañía proveedora el bien que el arrendatario ha elegido previamente, y lo pone en sus manos, para que haga uso de él, recibiendo a cambio el pago de cuotas periódicas, por un periodo y montos acordados. El plazo del contrato suele establecerse según el periodo estimado de vida útil del bien. En ese lapso de tiempo, el convenio no puede ser modificado, salvo por acuerdo entre ambas partes. Asimismo, al finalizar dicho plazo, el arrendatario puede elegir entre devolver el bien, prorrogar el acuerdo o comprar el bien al valor residual establecido en el contrato. Las principales características de esta modalidad son: Se lleva a cabo principalmente con bienes muy especializados, tales como máquinas de fabricación, equipos o vehículos especiales, adecuados a la particular necesidad de la empresa arrendataria. El plazo del contrato suele ser similar al tiempo esperado de vida útil del bien arrendado. Generalmente, el documento es irrevocable durante un periodo determinado. En este lapso, el convenio únicamente puede ser resuelto por el arrendador y debido, exclusivamente, al incumplimiento de pago por parte del arrendatario. Permite, cuando así esta estipulado, que el bien sea reemplazado por uno tecnológicamente más avanzado. A la finalización del contrato, existe la opción de compra por parte del arrendatario, la que se realiza por el valor residual acordado inicialmente. De no ejercerla, puede prorrogar el convenio, pagando un precio menor, o devolver el bien.
  • 4. DERECHO EMPRESARIAL CONTRATO DE LEASING MAESTRIA EN GESTION EMPRESARIAL - UNJBG c. Diferencias entre Leasing Operativo y Leasing Financiero LEASING OPERATIVO LEASING FINANCIERO NATURALEZA Locación de Cosas Financiación VOCACION Rentística Financiera PLAZO Sin relación con la vida útil En relación a la vida útil CONSERVACION A cargo del locador A cargo del tomador RENOVACION Habitual No habitual RIESGO OPERATIVO Estado del bien Solvencia del Tomador RIESGOS JURIDICOS A cargo del locador A cargo del tomador CONTABILIZACION DE INGRESOS Modelo Tradicional Método Financiero AMORTIZACION FISCAL Lineal (según vida útil) Acelerada (según contrato OPCION DE COMPRA No SI 4. TIPOS DE LEASING a. Es un tipo de arrendamiento mediante el cual, una empresa financiera adquiere directamente de un proveedor local, designado por su cliente, los bienes que requiere para su inversión. De esta manera, la compañía no distrae capital de trabajo. en la operación de financiamiento. b. : Por medio de este producto, el arrendatario adquiere, a través de una entidad bancaria de su elección, un activo fijo de un proveedor extranjero. La institución financiera se encarga de todo e proceso de importación y, además, solventa el valor CIF del activo importado, los fletes, las comisiones
  • 5. DERECHO EMPRESARIAL CONTRATO DE LEASING MAESTRIA EN GESTION EMPRESARIAL - UNJBG de aduanas, los derechos de importación y demás costos relacionados a estas operaciones. c. Es una variante del leasing que permite al tenedor del activo ser proveedor y arrendatario a la vez, proporcionando a su negocio los aumentos de capital que requiera a través de sus propios recursos. En otras palabras, el arrendatario adquiere del locador, el bien que posteriormente se le otorgará en arrendamiento. De esta manera, el contratante del producto obtiene liquidez por la venta del activo; ya su vez, lo alquila de la entidad, cediéndole esta última recuperar la inversión realizada por medio de sus recursos propios, dinamizando la liquidez del negocio. A diferencia de las otras modalidades de arrendamiento, este tipo no otorga el beneficio de depreciación acelerada debiéndose depreciarlo en la forma convencional. d. Es una operación de leasing que se utiliza para financiar la construcción de un inmueble (locales industriales o comerciales, oficinas) y se firman dos contratos: Uno de leasing y otro de compra y venta. Además, se solicita una carta fianza al constructor por cada desembolso o la contratación de un seguro de casco, con la finalidad de proteger la inversión del arrendatario. En determinados casos, el arrendatario necesita la firma de un contrato de construcción, en el que se estipulan los puntos que deben cumplirse para cada pago, entre otros costos. e. Es un tipo de arrendamiento que ofrece exclusivamente en el BBVA Banco continental en soles, con el valor agregado de combinar este producto con un derivado financiero, sin costo, denominado “Cross Currency Swap4”. Esta mixtura permite que se genere para el cliente un flujo de pago en dólares como si fuese una operación de leasing en dólares. Esta dirigida a las empresas que necesitan financiamiento por montos mayores a los US$ 200,000 y se recomienda que el arrendataria tenga como moneda funcional el dólar. Este producto tiene la ventaja de amortiguar los riesgos que pudieran surgir por variaciones de tipo de cambio o tasas de interés. f. Es un contrato que suscribe la entidad con una persona natural por la adquisición de un bien mueble. El producto que se brinda, está orientado específicamente al arrendamiento de vehículos nuevos, permitiendo, incluso, dejar valores de opción de compra más elevados al final del contrato, reduciendo el Importe de las cuotas mensuales permitiendo al cliente renovar el bien luego de concluido el período del contrato.
  • 6. DERECHO EMPRESARIAL CONTRATO DE LEASING MAESTRIA EN GESTION EMPRESARIAL - UNJBG 5. BIENES QUE SE FINANCIAN En el mercado peruano, los sectores que demandan este producto son: Transporte, comunicaciones, comercio, industria, manufactura, construcción, electricidad, agua, minería y los sectores de actividades inmobiliarias, empresariales y de alquiler. Normalmente, las empresas del sistema financiero y las especializadas en operaciones de leasing ofrecen los siguientes tipos de bienes en arrendamiento: Inmuebles: Construcción de oficinas o sucursales, terrenos, ampliación de locales comerciales, industriales y plantas de procesamiento, proyectos en construcción, acondicionamiento de almacenes, entre otros requerimientos de infraestructura. Maquinaria y equipo en general (industrial, de construcción movimiento de tierras, de oficina, etc.). Vehículos o unidades de transporte (flotas de vehículos, camiones, camioneta de reparto, tracción simple o doble tracción, entre otros). Muebles y enseres. Embarcaciones y Aeronaves. Obras civiles, entre otros. 6. REQUISITOS Los requisitos y documentos que requieren las empresas del sistema financiero para otorgar un leasing varían de acuerdo a cada institución, al tamaño y giro de las firmas. Entre los más comunes tenemos: Una carta solicitud; proforma del bien solicitado con sello y Visto Bueno de la empresa, entre otros. Testimonio de constitución de la empresa; copia de la vigencia de poderes de los representantes para firmar contratos de arrendamiento financiero (antigüedad menor a 03 meses); giro del negocio, principales clientes, proveedores competidores; carta solicitud detallando la Razón Social de la empresa, el número de RUC o copia, monto y objeto de la operación; formato de información básica de clientes completamente llenarlo; último aumento de capital y/o modificación de estatutos (adecuación a la nueva ley general de sociedades); proforma de proveedor, en el caso de maquinarias y equipos; y copia de la declaración jurada de autoevalúo, en el caso de inmuebles; etc. Estados Financieros de los tres últimos ejercicios auditados, o en su defecto con firmas del gerente general y contador, con notas y anexos de las principales cuentas; Estados Financieros de los dos últimos trimestres con firmas del gerente general y contador; flujo de caja proyectado por el plazo total de la operación, detallando los supuestos empleados para su elaboración; ventas mensuales del año anterior al préstamo y en el presente; copia de las declaraciones de los pagos del IGV de los 3 últimos meses del Impuesto a la Renta de los dos últimos años; entre otros.
  • 7. DERECHO EMPRESARIAL CONTRATO DE LEASING MAESTRIA EN GESTION EMPRESARIAL - UNJBG 7. TASAS DE MERCADO Para realizar un contrato de Leasing Una de las variables que reduce el costo financierode un contrato de leasing, por ende favorece al gasto de la empresa, es la tasa de interés que cobran las entidades por aquellas colocaciones; la cual, desde el 2007, viene disminuyendo como respuesta a los resultados positivos de los diferentes sectores de la actividad económica y a las proyecciones de crecimiento que se esperan para los siguientes años; todo ello, respaldado por las cifras ascendentes de los balances de las firmas. Sin embargo, estas tasas no son uniformes ni constantes en el sistema financiero; varían de acuerdo ala envergadura de la firma (grande, mediana o pequeña),el plazo de financiamiento (mediano o largoplazo), el flujo de caja del negocio, monto de financiamiento,tipo de bien (mueble o inmueble), y tipo deleasing (vehicular, hipotecario, etc.); además de otrasconsideraciones y requisitos que estipula el arrendadorcomo: Tope mínimo de ventas anuales, antigüedaddel negocio, entre otros. En el cuadro N° 1, presentamos un rango promedio de las tasas que cobran las empresas del sistema financiero por la opción de arrendamiento.
  • 8. DERECHO EMPRESARIAL CONTRATO DE LEASING MAESTRIA EN GESTION EMPRESARIAL - UNJBG ANALISIS CONTRACTUAL LEASING FINANCIERO 1. CONCEPTO Leasing puede definirse como una buena alternativa de financiamiento de equipamiento e innovación de las empresas, el cual se materializa a través de un Contrato de Arrendamiento, en virtud del cual una de las partes (arrendador), adquiere a solicitud de la otra(arrendatario), bienes para el uso de éste, a cambio de pagos periódicos por un plazo determinado. Al termino del período el arrendatario tiene la opción de comprar el bien o devolverlo (el plazo del contrato generalmente coincide con la vida útil del bien). 2. NATURALEZA JURIDICA a. Teoría del Arrendamiento. b. Teoría del Arrendamiento Venta c. Teoría de la Compraventa a plazos d. Teoría de la Compraventa a plazos con reserva de la propiedad. e. Teoría del deposito f. Teoría del Préstamo 3. PARTES a. El arrendatario o Empresa usuario. Es el cliente que determina sus necesidades de requerimiento de maquinaria y equipo o inmuebles para una industria, y que solicita el financiamiento, comprometiéndose en tomarlos en arrendamiento con el pacto de compraventa futura. Es a quien se le cede el uso o goce de la cosa objeto del contrato a cambio de una renta mensual por un periodo determinado y es quien al término del contrato puede optar ya sea por devolver el bien, prorrogar el plazo del contrato o adquirir para si el bien arrendado. Esta persona puede ser natural o jurídica. b. El Arrendador, Banco o Sociedad de Leasing. Es quien cede el uso o goce de la cosa objeto del contrato al arrendatario y es quien recibe la renta mensual de este por un periodo determinado y está obligado a respetar los derecho del usuario quien podrá adquirir el bien para sí
  • 9. DERECHO EMPRESARIAL CONTRATO DE LEASING MAESTRIA EN GESTION EMPRESARIAL - UNJBG mismo, prorrogar el plazo del contrato o simplemente devolver el bien al termino del contrato. Los Bancos están autorizados a realizar esta operación a través de un departamentoespecializado o a través de una empresa subsidiaria. También están facultadas lassociedades de Leasing creadas con este objeto. Las obligaciones de estas entidades es lade financiar la compra de los bienes objeto del contrato directamente al proveedorelegido por el usuario o cliente, a darlo en arrendamientoy a la decisión del cliente, proceder en todo caso a la venta de los bienes en el precioestipulado anteladamente. c. El proveedor. Si bien es cierto tiene una participación marginal, pero puede serlo si una de las partes solicita de estas garantías, mantenimiento de equipos,capacitación, asesoría técnica, venta de repuestos y otros de tipo técnico. Entonces se incorpora al contrato como parte, pero su participación no es indispensable para la existencia del contrato de arrendamiento financiero 4. OBJETO DEL CONTRATO En el concepto objeto de estudio en nuestro informe también encontramos un elemento principal del contrato arrendamiento financiero. Elemento, sin el cual el contrato no tendría razón de ser, en este caso nos referimos a la cosa objeto del contrato, que es el bien que solicita el usuario a la sociedad de leasing y que esta adquiere de una tercera parte que es el proveedor. Pero esto, lo deducimos anteriormente cuando nos referimos a las partes, lo que por ahora nos interesa es que requisitos o mejor dicho como debe ser la cosa objeto del contrato, puesto que no todas las cosas pueden ser objeto del contrato de arrendamiento financiero. Encontramos que el contrato se desarrolla sobre bienes de equipos o bienes de capital; bienes muebles e inmuebles no consumibles que pueden ser objeto de amortización, por lo que queda excluida la materia prima. Son bienes de utilización industrial de los cuales se espera un incremento adicional de sus ingresos. Como ejemplos podemos enumerar: Bienes muebles e inmuebles, marcas, patentes o modelos industriales y software, de propiedad del Dador o sobre los que el Dador tenga la facultad de dar en leasing.
  • 10. DERECHO EMPRESARIAL CONTRATO DE LEASING MAESTRIA EN GESTION EMPRESARIAL - UNJBG 5. RENTA Como en la figura del arrendamiento y como vemos en el concepto el arrendatario esta obligado al pago del precio renta. El pago del precio o renta se hará en los periodos estipulados entre las partes. 6. OBLIGACIONES a. Las Obligaciones del arrendador, Banco o Empresa de Leasing. Adquirir los bienes solicitados por la Empresa Usuaria. Entregar y poner a disposición de la Empresa Usuaria el bien. Asegurar el goce pacifico de los bienes. Respetar la opción de compra. Restituir al final del plazo contractual el dinero bienes que hayasolicitado como garantía del cumplimiento del contrato de Leasing. b. Las obligaciones la Empresa Usuaria Abonar en Tiempo, forma y lugar los cánones establecidos en el contrato. Contratar un seguro contra todo riesgo para el bien o bienes otorgados en leasing. Dar a los bienes el uso establecido en el contrato Mantener en buen estado de uso y hacer las reparaciones necesarias para la adecuada conservación del bien Pagar los tributos y demás derechos derivados del contrato de leasing. Responder por los daños y perjuicios que se ocasione con los bienes materia del contrato de Leasing. 7. CARACTERISTICAS SEGÚN NUESTRA LEGISLACION Según lo estipulado en nuestra legislación, específicamente en el D.L. N° 299, podemos decir que el contrato de Leasing se caracteriza por: a. Oneroso.-Al representar un sacrificio patrimonial que experimenta la empresapor la adquisición del bien que se ve compensado por el canon que recibe. b. Conmutativo.-La empresa de Leasing y la usuaria realizan la valoración del sacrificio y la ventaja que depara su celebración. c. Prestaciones Recíprocas.- Estas prestaciones se dan en cuanto la empresa de Leasing es acreedora de los cánones y deudora de los bienes, los que tiene que ponerlos a disposición del usuario; por otra parte el usuario es acreedor de los bienes y deudor de los cánones.
  • 11. DERECHO EMPRESARIAL CONTRATO DE LEASING MAESTRIA EN GESTION EMPRESARIAL - UNJBG d. Contrato mercantil.-Un sector de la doctrina considera el contrato de Leasing como un contrato mercantil. Nuestra legislación lo considera como tal a tenor de lo mencionado en el artículo 1° D.L. N° 299. e. Mérito Ejecutivo.-en nuestra legislación el incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de Leasing, incluyendo la realización de las garantías otorgadas y su resolución se tramitaran con arreglo a las normas del juicio ejecutivo. f. Es un contrato Principal.-porque no depende de ningún otro celebrado con anterioridad a él. g. Es un contrato Consensual.-porque se perfecciona por el simple acuerdo de voluntad. El mandato de la ley para que se celebre el contrato de arrendamiento financiero es por escritura pública, debe entenderse como una formalidadad probationem. Al respecto, es propio traer a colación la STC. recaída en el Exp. 2565-98/LIMA, de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, la cual refiere: “…la formalidad establecida para el contrato deLeasing(escritura pública) constituye una formaad probationem, por cuanto su inobservancia no se encuentra sancionada con nulidad” h. Es un contrato de Tracto Sucesivo y de Ejecución Continuada.-Por ser un contrato de este tipo se puede presentar en el la figura de la excesiva onerosidad de la prestación. i. Es un contrato celebrado por Adhesión.- en la generalidad de los casos, el contrato de arrendamiento financiero se presenta de esta manera, de tal modo que queda perfeccionado con la aceptación por parte de la arrendataria de las estipulaciones fijadas por la empresa locadora, normalmente en formularios impresos. j. Es un contrato de Cambio.- pues tiene como propósito la circulación de la riqueza, “al estar dirigido a ceder el uso y goce económico de un bien, transferir luego la totalidad de los poderes económicos sobre el bien que es objeto del contrato”. 8. VENTAJAS Y DESVENTAJAS.- Enumeraremos losmúltiples beneficios que ofrece este instrumento financiero, los mismos que han hecho de este tipo de operación sea tan popular hoy en día y que sea uno de los contratos modernos de mas rápida expansión en las ultimas décadas. a. El mas importante es el costo financiero, el cual es menor en comparación a otras fuentes de financiamiento, este se mantiene fijo durante el contrato.
  • 12. DERECHO EMPRESARIAL CONTRATO DE LEASING MAESTRIA EN GESTION EMPRESARIAL - UNJBG b. Proporciona flexibilidad en la estructuración de las cuotas periódicas de acuerdo al flujo de caja del negocio. En este sentido el pago de las cuotas se adecua a la dinámica del negocio (de las ventas o el ingreso que se recauda), incluso si es estacional. De esta manera permite al arrendatario cancelar sus pagos en cuotas crecientes, decrecientes, adelantadas, estacionales, gozar de periodos libres, etc; optimizando de esta forma, el gasto financiero de la empresa. c. Igualmente, permite a las empresas modernizar sus maquinarias y equipos obteniendo mayores rendimientos y reduciendo los costos de mantenimiento. d. Por otro lado, incrementa los activos de la empresa y su capacidad de operación. e. Da solidez en el balance económico de la empresa al adquirir bienes bajo la figura de un gasto operacional; de esta forma incrementa los flujos de caja del negocio. f. Proporciona disponibilidad de las líneas crédito que a firma mantiene con otras instituciones; esto quiere decir, que la deuda que la empresa mantiene por el leasing no afecta a otros financiamientos. g. Optimiza el gasto financiero total y contribuye a crear un mayor valor para los accionistas. h. En caso de un contrato de leaseback, la empresa solicitante se dota de capital de trabajo, es decir, podrá convertir el activo en efectivom obteniendo de esa manera liquidez. i. Particularmente, lasempresas del sector inmobiliario se benefician porque pueden adquirir financiamientos de mediano y largo plazo en línea con los flujos de caja de su negocio, j. Las instituciones financieras cumplen la función de tesorería en el negocio del arrendatario, ya que al adquirir el activo solicitado evitan que este destine o pierda capital de trabajo en la obtención del mismo. k. Las entidades del sistema financiero ofrecen seguros que el arrendatario debe contratar para que el bien cuente con coberturas de seguro apropiadas; protegiendo, asi, la inversión realizada. l. El contrato de leasing, facilita la adquisición de bienes o el uso de estos sin la necesidad de recurrir a otros tipos de financiamiento o créditos que requieran el pago de altas tasas de intereses. Dentro de las Desventajas tenemos: a. El valor residual pertenece al arrendador y si el arrendatario ejerce la opción de compra, este deberá desembolsar nuevamente cierta cantidad de su activo. b. Se accede a la propiedad del bien, a veces al final del contrato, al ejercer la opción de compra.
  • 13. DERECHO EMPRESARIAL CONTRATO DE LEASING MAESTRIA EN GESTION EMPRESARIAL - UNJBG c. No permite entregar el bien hasta la finalización del contrato. d. Existencia de cláusulas penales previstas por incumplimiento de obligaciones contractuales. e. El coste a veces mayor que el de otras formas de financiación. 9. TERMINACION DEL CONTRATO Al término del contrato, el Leasing ofrece una gama de posibilidades en beneficio de la empresa usuaria, las cuales están inmersas dentro de lo que se les denomina; terminación normal y terminación anticipada, la primera se ejecuta una vez finalizado el contrato, salvo pacto en contrario y la terminación anticipada, opera cuando las partes no llegan a respetar el contrato. Sin embargo a parte de ésta, existen algunas situaciones que determinan la terminación anticipada del vínculo jurídico entre la empresa de Leasing y la usuaria a. TERMINACION NORMAL. i. Opción de Compra.- Esta opción siempre va a ejercerse antes de que finalice el termino estipulado en el contrato, pagando un precio llamado valor residual.Este precio puede estar fijado en el contrato o puede fijarse mediante un procedimiento o pautas pactadas. ii. Devolución del Bien.- Considerada como una alternativa a la terminación del contrato. Una vex concluido el contrato, si la empresa usuaria opta por esta alternativa, lógicamente tendrá que hacer efectiva la devolución del bien, según lo acordado en el contrato. Siempre en los contratos de Leasing, en caso de devolución del bien, se pacta el lugar, fecha y hora de entrega entre otros. La doctrina manifiesta que una vez que la empresa usuaria entrega el bien, tiene que esperar a que la empresa de Leasing lo venda al mejor postor. El producto o precio obtenido de esa venta se compara con el valor residual fijado en el propio contrato y la diferencia será a favor o a cargo de la empresa usuaria; es decir, si el precio de venta es mayor que el valor residual, el excedente es reembolsado a la usuaria; en cambio, si es menor, la usuaria está en la obligación de hacer efectiva la diferencia. iii. Prórroga del Contrato.-
  • 14. DERECHO EMPRESARIAL CONTRATO DE LEASING MAESTRIA EN GESTION EMPRESARIAL - UNJBG La prórroga del contrato deviene en acuerdos de un nuevo plazo y nuevas condiciones, por lo que hemos considerado que la prórroga del contrato no es más que un nuevo contrato, ya que serán nuevas condiciones, nuevas clausulas, por que el bien ya no se encuentra en óptimas condiciones. La prórroga del contrato no es una opción beneficiosa para la empresa usuaria, al menos no, en nuestro país. Por que si la empresa usuaria ha venido cumpliendo con los cánones hasta finalizado el contrato, interpretando así, que su nivel económico es estable, pues le resultaría mejor, que el bien sea sustituido por uno nuevo, en optimas condiciones, a uno que ya ha sido explotado y que por consiguiente puede tener fallas futuras y por lo tanto generar gastos de mantenimiento y reparación para la empresa. iv. Sustitución del bien.- La sustitución del bien es otra de las alternativas que demuestran que el Leasing debe adecuarse a las necesidades que presenta la empresa. Es un contrato a la medida, es decir, es un contrato flexible y adaptable a las necesidades financieras de las empresas del sector productivo Esta alternativa que tiene la empresa usuaria se puede aplicar no solo al momento de finalizar el contrato, sino que las partes pueden pactar, que se de en cualquier momento durante la ejecución del contrato. La empresa usuaria puede hacer uso de esta alternativa adicional a las enunciadas anteriormente en beneficio de la empresa usuaria. El objetivo es la sustitución del bien por otro más moderno antes de la expiración del plazo contractual. Está cláusula permite ver al Leasing como un eficiente instrumento financiero, enmarcando dentro de ella a la sustitución del bien, la cual tiene por finalidad enfrentar la obsolescencia prematura de los bienes dados en el leasing. b. TERMINACION ANTICIPADA i. Resolución del contrato por incumplimiento.- Esto depende del cumplimiento de ciertas condiciones o circunstancias establecidas en el contrato que implican causales para la terminación del mismo, que generalmente implican el incumplimiento de obligaciones de una de las partes. ii. Resolución expresa del contrato
  • 15. DERECHO EMPRESARIAL CONTRATO DE LEASING MAESTRIA EN GESTION EMPRESARIAL - UNJBG La resolución expresa del contrato opera cuando las partes estipulan ciertas cláusulas de exoneración de responsabilidad, las cuales les permite resolver el contrato de pleno derecho. iii. Cláusulas de exoneración a favor de la Empresa de Leasing. Las empresas de Leasing nacionales e internacionales, algunas veces por recomendación de sus asociaciones y de sus asesores, acostumbran incluir dentro de las cláusulas generales del contenido contractual, una cláusula resolutoria expresa que contiene un conjunto de supuestos de incumplimiento de la usuaria, más no de la empresa concedente del bien. iv. Cláusula resolutoria por incumplimiento de la empresa usuaria La concedente podrá dar por terminado el presente contrato, de pleno derecho y en forma automática, sin necesidad de declaración judicial previa, y solicitar la devolución del bien en leasing mediante comunicación escrita sea por vía notarial, télex, fax o cualquier otro medio que permita asegurar la recepción de tal comunicación por la usuaria en los siguientes casos: 1. Falta de pago de dos o más cuotas; 2. No concertar y no mantener los seguros establecidos en el contrato a favor de la empresa de Leasing; 3. Incumplimiento de las garantías; 4. El hecho que la usuaria se encuentre en situación de insolvencia, suspensión o cesación de la actividad, o amenaza que esto ocurra; 5. Confiscación, embargo, ejecución de garantías o cualquier otra circunstancia que afecta la propiedad del bien; 6. El incumplimiento de las restantes obligaciones, si tal incumplimiento no es subsanado dentro del plazo establecido por la empresa de Leasing.
  • 16. DERECHO EMPRESARIAL CONTRATO DE LEASING MAESTRIA EN GESTION EMPRESARIAL - UNJBG 10. CONCLUSIONES a. El contrato de Leasing está considerado por la doctrina como un contrato sui generis –único e inclasificable- y que a través del paso del tiempo dejo de ser moderno, para ser simplemente un contrato de Leasing, utilizado con gran arraigo en la práctica comercial. b. El contrato de leasing ofrece mas ventajas que desventajas para los usuario que no disponen del capital suficiente para destinar parte del mismo a la adquisición de bienes necesarios para el funcionamiento de sus empresas, y es por eso que es hoy en día un contrato sumamente utilizado el países industrializados. c. Aunque es similar al arrendamiento y similar a la figura del renting, constituye un contrato autónomo que existe por si mismo y no es por lo tanto una modalidad de las figuras antes mencionadas, no es regulado por el derecho común y en aquellos países donde se contempla, es sujeto de una ley especial y aquellos en donde es todavía un contrato atípico se regula por la costumbre internacional. d. El contrato de leasing, por lo general será aplicado por plazos largos por lo general de mas de 10 años y esto puede crear una desventaja para el usuario que al verse obliado a explotar dichos bienes por tanto tiempo, no puede (si el contrato no lo permite) cambiar los bienes arrendados por otros que le permitan competir con los avances tecnológicos. e. La regulación del Arrendamiento Financiero a través del DL N° 299, presenta omisiones en temas de suma importancia, como la responsabilidad de daños ocasionados por el bien dado en leasing, el tema de la indemnización del seguro entre otros. f. El DL. N° 299 data del año 1984, anterior a la última publicación vigente del Código Civil. Es por ellos que se confunde las instituciones de la recisión con la resolución. El incumplimiento de una de las partes genera Resolución, más no recisión. La Recisión opera básicamente sobre una lesión, donde una parte tiene cierta ventaja sobre la otra en la relación contractual. Por estas razones consideramos que la vigente regulación sobre Leasing deviene en obsoleta, siendo menester una modificatoria que recoja lo que se viene estableciendo en la práctica comercial. g. El Leasing fue creado y pensado para satisfacer las necesidades de las empresas, las cuales, ven en este una opción de financiamiento, que permite solucionar problemas de equipamiento e innovación, u otros. Por lo tanto, son las partes las que ejercen su autonomía contractual. Con lo cual la ley no debe restringir esa autonomía, sino respetarla, de acuerdo al principio de la autonomía de la voluntad de las partes.
  • 17. DERECHO EMPRESARIAL CONTRATO DE LEASING MAESTRIA EN GESTION EMPRESARIAL - UNJBG 11. BIBLIOGRAFIA LIBROS.-  ACQUARONE Maria y EMBON Leonardo, El Leasing, Buenos Aires, Editorial Ábaco de Rodolfo Depalma, 2004.  Código Civil Comentado. Comentan 209 especialistas en las diversas materias de Derecho Civil, Tomo I, 2da Ed., Lima, Gaceta Jurídica, 2007.  ARIAS - SCHREIBER PEZET, Max. Contratos Modernos, 1era ed., Lima, Gaceta Jurídica, 1999.  BRAVO MELGAR, Sydney A. Contratos Modernos Empresariales, Tomo I, 2da ed., Lima, San Marcos, 1998  ESPINOZA ESPINOZA, Juan. Acto Jurídico Negocial, Lima, Gaceta Jurídica, 2008.  LEYVA SAAVEDRA, José. El contrato de Leasing, Lima, Distribución Jurídica, 1995. ARTICULOS  ALVA MATTEUCCI, Mario; NORTHCOTE SANDOVAL, Cristhian; GARCIA QUISPE, José; HIRACHE FLORES, Luz. “Opciones de Financiamiento”, Actualidad Empresarial, marzo 2011.  BEAUMONT CALLIRGOS, Ricardo; PALMA NAVEA Jose. “Comentarios a La Nueva Ley General Del Sistema Concursal”, Lima, Gaceta Jurídica, 2002.  “La Mejor Alternativa. El Leasing se expande junto conlosproyectos de inversiónenactivosempresariales”. BUSINESS. Año XII, Nº 135, Abril 2006. TESIS  INGA VÁSQUEZ, Harry Isaias; “El Leasing y su Regulación en el Ordenamiento Jurídico Peruano”. Diciembre 2011