VOLUMEN 1 COLECCION PRODUCCION BOVINA . SERIE SANIDAD ANIMAL
Resolucion 2400 1979 taller
1.
2. Conocer la Resolución 2400 de 1.979
Identificar cuales son los aspectos
mas importantes tratados en la
Resolución 2400 de 1.979
Ampliar nuestros conocimientos sobre
la normativa colombiana en Salud
Ocupacional
3. PATRONES:
Dar cumplimiento a lo establecido en la presente Resolución
Proveer y mantener el medio ambiente ocupacional
Establecer un servicio médico
Organizar y desarrollar programas permanentes de Medicina preventiva
Elaborar Reglamento de Higiene y Seguridad
Aplicar y mantener en forma eficiente los sistemas de control
Suministrar instrucción adecuada a los trabajadores
TRABAJADORES
Dar cumplimiento a las obligaciones que les correspondan en materia de
Medicina, Higiene y Seguridad Industrial
Utilizar y mantener adecuadamente las instalaciones
Abstenerse de operar sin la debida autorización
Dar aviso inmediato a sus superiores sobre la existencia de condiciones
defectuosos
Acatar las indicaciones de los servicios de Medicina Preventiva
y Seguridad Industrial
No introducir bebidos u otras substancias no autorizadas
4. Edificios y locales Temporal – Permanente
Garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores
Evitar riegos desplome
Techos - cerchas: estructura metálica
Resistencia efectos de viento
espacio cómodo y seguro
para el tránsito o acceso de los trabajadores.
buena iluminación
en cantidad y calidad
dimensiones necesarias
paredes serán lisas, protegidas y pintadas en tonos claros
Pasillos: ancho 1.20 metros
Entre maquina y maquina: 0.80 metros
5. 1 baño por cada 15 empleados
Espacio entre Lavamanos y Orinales 60 cms.
Duchas (agua fría y caliente)
Inodoro 80 cms X 180 cms
Lockers
Fuentes de agua -1 suministro por cada 50 trabajadores
Anchura Mínima Profundidad Mínima Espacio Mínimo
Inodoros 80 Cms 120 Cms 0.96 m2
Orinales 60 Cms
Lavamanos 60 Cms
6. buenas condiciones de higiene y limpieza
El piso de las salas de trabajo se mantendrá limpio y seco
No se permite la limpieza en lugares susceptibles al polvo
medidas efectivas para evitar la entrada o procreación de insectos
U otras plagas
La limpieza debe efectuarse fuera de las horas de trabajo
7. La temperatura y el grado de humedad
aislamiento del calor
Protección de cambios bruscos de temperatura
Utilizar la vestimenta y elementos de protección adecuados según la
temperatura del sitio de trabajo
duchas con agua fría y caliente
Instalar calefacción y/o aire acondicionado si es necesario
8. En los locales cerrados o en los lugares de trabajo y dependencias
anexas, deberá renovarse el aire de manera uniforme y constante con
el objeto de proporcionar al trabajador un ambiente inofensivo y
cómodo
9. Todos los lugares de trabajo tendrán la iluminación
adecuada e indispensable de acuerdo a la clase de
labor que se realice según la modalidad de la industria;
deberán satisfacer las condiciones de seguridad para
todo el personal.
La iluminación podrá ser natural o artificial, o de ambos
tipos.
La iluminación natural debe disponer de una superficie de
iluminación (ventanas, claraboyas
lumbreras, tragaluces, techos en diente de serrucho, etc.)
proporcional a la del local y clase de trabajo que se
ejecute, complementándose cuando sea necesario con
luz artificial.
10. Reducir
Amortiguar
Revisar maquinaria en mal estado
Protección:
* tapones
* orejeras
Exposición:
* audiometrías semestrales
11. En los trabajos de soldaduras u otros que conlleven el riesgo de emisión
de radiaciones ultravioletas en cantidad nociva, se tomarán las
precauciones necesarias para evitar la difusión de dichas radiaciones
o disminuir su producción, mediante la colocación de pantallas
alrededor del punto de origen o entre este y los puestos de trabajo.
Siempre deberá limitarse al mínimo la superficie sobre la que incidan
estas radiaciones
12. Es la concentración atmosférica de un material peligroso que
no alcanza a afectar la salud de un trabajador a ella expuesto
en jornada diaria de ocho horas, durante un prolongado
periodo de tiempo.
se fijarán los niveles máximos permisibles de exposición a
substancias tóxicas, inflamables o contaminantes
atmosféricos industriales
13. Para obtener en los establecimientos de trabajo un medio
ambiente que no perjudique la salud de los trabajadores, por los
riesgos químicos a que están expuestos, se deberán adoptar
todos las medidas necesarias para controlar en forma efectiva
los agentes nocivas preferentemente en su origen
14. En todos los establecimientos de trabajo se suministrará a los
trabajadores ropa de trabajo adecuada según los riesgos a que estén
expuestos, y de acuerdo a la naturaleza del trabajo que se realice. Las ropas de
trabajo deberán ajustar bien; no deberán tener partes flexibles que cuelguen,
cordones sueltos, ni bolsillos demasiado grandes
15. En todos los establecimientos de trabajo en donde los trabajadores
estén expuestos a riesgos físicos, mecánicos, químicos, biológicos, etc,
los patronos suministrarán los equipos de protección adecuados, según
la naturaleza del riesgo, que reúnan condiciones de seguridad y
eficiencia para el usuario.
16. 1. El color rojo se empleará para señalar:
Elementos y equipos de protección contra el fuego, tales como extinguidores,
hidrantes y tuberías de alimentación de los mismos, cajas para
mangueras, baldes
2.El color naranja se empleará para señalar:
) Partes peligrosas de maquinaria y/o equipos cuyas operaciones mecánicas
puedan triturar, cortar, golpear, prensar, etc.
17. En todos los establecimientos de trabajo que ofrezcan peligro de
incendio, ya sea por emplearse elementos combustibles o
explosivos o por cualquier otra circunstancia, se tomarán medidas
para evitar estos riesgos, disponiéndose de suficiente número de
tomas de agua con sus correspondientes mangueras, tanques de
depósito de reserva o aparatos extinguidores, con personal
debidamente entrenado en extinción incendios
En los trabajos relacionados con el manejo de explosivos, deberá
evitarse la presencia de toda fuente de calor que pueda dar lugar
a una explosión. Queda terminantemente prohibido exponer los
explosivos a la luz directa del sol, portar fósforos o encendedores, o
efectuar trabajo en caliente, hasta una distancia de 20 metros de
dichos explosivos
18. Las máquinasherramientas, motores y transmisiones estarán provistos de
desembragues u otros dispositivos similares que permitan pararlas
instantáneamente, y de forma tal que resulte imposible todo embrague
accidental.
Los tanques, recipientes, cubas y pailas utilizadas como mezcladoras,
agitadoras, o para depositar (almacenar) líquidos calientes, corrosivos ácidos
o alcalinos) o venenosos, instalados a menos de dos metros de altura sobre el
piso o nivel de trabajo, deberán cubrirse con tapas ajustables de material
antitérmico o anticorrosivo, o cercarse con barandas de material adecuado.
En caso de que existan pasillos de menos de 80 centímetros de ancho, entre
uno o más recipientes de almacenamiento, deberá cerrarse el paso a las
personas.
Los conductos "sistemas de tuberías" usados para el transporte de gases,
vapores, líquidos, substancias semilíquidas o plásticas que puedan ofrecer
algún peligro, deberán ser instaladas de acuerdo a las recomendaciones
dadas para estos casos y en especial las relacionadas con la instalación o
vigilancia.
19. LAS HERRAMIENTAS DE MANO
Las herramientas manuales que se utilicen en los
establecimientos de trabajo serán de mate ríales de buena calidad y
apropiadas al trabajo para el cual han sido fabricadas
LAS HERRAMIENTAS DE FUERZA MOTRIZ
Las herramientas portátiles accionadas por fuera motriz, estarán
construidas sin proyecciones de las partes expuestas con movimiento
giratorio o alternativo.
20. Las normas consignadas en esta Resolución
estarán sujetas a posteriores modificaciones,
y serán complementadas con otras
disposiciones, teniendo en cuenta el
desarrollo industrial, comercial y
agroindustrial, y los nuevos riesgos que se
originen como consecuencia del avance
tecnológico del país.