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4. EL MARCO NORMATIVO PARA LA APLICACIÓN DEL ENFOQUE AMBIENTAL
4.1.

Los compromisos internacionales

a) Carta de Otawa (1986): Plantea que la salud no es la ausencia de enfermedad sino
un estado de bienestar general de la persona. En este sentido, propone la
promoción de la salud como un vehículo hacia una conciencia sanitaria que
trascienda la preocupación por la cura e incluya la prevención, la información y el
conocimiento para una vida saludable. A partir de la Carta de Otawa, en 1990, la
Organización Mundial de la Salud (OMS) propone la elaboración de políticas
públicas saludables con el propósito de favorecer la creación de ambientes que
favorezcan la salud, el refuerzo de la acción comunitaria, el desarrollo de
habilidades personales (mediante procesos educativos) y la reorientación de los
servicios de salud hacia la prevención, entre otras. Un hito importante en este
proceso fue la Quinta Conferencia Mundial de Promoción de la Salud, "Promoción

de la salud: hacia una mayor equidad", celebrada en junio de 2000, en México. Allí,
delegaciones de la mayor parte de los países de la Región firmaron la "Declaración
ministerial de México para la promoción de la salud: de las ideas a la acción",
conocida como la Declaración de México, a través de la cual los Estados Miembros
de la OPS se comprometieron a fortalecer la planificación de actividades de
promoción de la salud, dándoles más espacio en las agendas políticas y en los
programas locales, regionales, nacionales e internacionales. En este marco, las

Escuelas Promotoras de Salud, una de las iniciativas puestas en práctica,
representan un espacio de formación de futuros ciudadanos que cuiden de su
salud y de la de sus seres queridos, y que protejan responsablemente su entorno
ambiental. En estas escuelas, actualmente, se unen los sectores de salud y
educación para propiciar la adopción de hábitos saludables, favorecer la
autoestima y fomentar el cuidado de la salud ambiental.
b) Nuestro futuro común. Informe de la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y

el Desarrollo (1987). Conocido como el Informe Brundtland, define la idea de
desarrollo sostenible que se ha incorporado progresivamente en casi todos los
programas políticos, económicos y educativos del mundo. Propone el desarrollo
sostenible como la capacidad que tienen las sociedades, los gobiernos y los
estados para satisfacer las necesidades de su generación presente, sin poner en
riesgo la capacidad de satisfacción de sus generaciones futuras. Es más,
recomienda a los Estados y gobiernos del mundo iniciar acciones de educación
ambiental, generar debates y promover la participación ciudadana para fomentar
los valores, las actitudes y las prácticas humanas que contribuyan a la mejora de
las condiciones de vida en el planeta.
c) Agenda 21 (Cumbre de Río, 1992). Señala los ámbitos y problemas de actuación
prioritaria, define los objetivos, establece las recomendaciones para la acción e
identifica los recursos e instrumentos necesarios para la movilización internacional
en busca de un modelo de desarrollo sostenible. El Artículo 36 afirma que "La
educación es de importancia crítica para promover el desarrollo sostenible y
aumentar la capacidad de las poblaciones para abordar cuestiones ambientales y
de desarrollo". También que "la educación es igualmente fundamental para adquirir
conciencia, valores y actitudes, técnicas y comportamientos ecológicos y éticos en
consonancia con el desarrollo sostenible, y que favorezcan la participación pública
efectiva en el proceso de toma de decisiones".
d) Objetivos de Desarrollo del Milenio (2000). Los Objetivos de Desarrollo del Milenio
(ODM) fueron aprobados por 189 países y firmada por 147 jefes de estado y de
gobierno en la Cumbre del Milenio de las Naciones Unidas celebrada en septiembre
de 2000. Los ODM se componen de 8 objetivos y 21 metas cuantificables que se
supervisan mediante 60 indicadores y que se espera alcanzar en el año 2015. Estos
ODM son: erradicar la pobreza extrema y el hambre, lograr la enseñanza primaria
universal, promover la igualdad entre los géneros y la autonomía de la mujer,
reducir la mortalidad infantil, mejorar la salud materna, combatir el VIH/SIDA, el
paludismo y otras enfermedades; garantizar la sostenibilidad del medio ambiente,
fomentar una asociación mundial para el desarrollo.

En el año 2001, como

seguimiento a la Cumbre del Milenio, el Secretario General de las Naciones Unidas
presentó la Guía general para la aplicación de la Declaración del Milenio. La guía
constituye una revisión integrada y comprensiva de la situación e identifica
potenciales

estrategias

de

acción

diseñadas

para

lograr

los

objetivos

y

compromisos de la Declaración del Milenio.
e) Decenio de las Naciones Unidas de la Educación para el Desarrollo Sostenible

2005-2014 (Cumbre de Johannesburgo, 2002). Es el marco general de la EDS.
Propone integrar los principios, valores y prácticas del desarrollo sostenible en
todos los aspectos de la educación y del aprendizaje, con miras a abordar los
problemas sociales, económicos, culturales y medioambientales del siglo XXI. Así
mismo, exhorta a todos los estados y gobiernos del mundo a que inicien acciones
de educación ambiental, generen debates y promuevan la participación ciudadana
para fomentar los valores, las actitudes y las prácticas humanas que contribuyan a
la mejora de las condiciones de vida en el planeta.
f)

Marco de Acción de Hyogo. Aumento de la Resiliencia de las Naciones y las
Comunidades ante los Desastres (2005). Apunta al desarrollo de acciones para que
la reducción de los riesgos de desastres constituya una prioridad nacional y local;
se identifique, evalúe y vigile los riesgos de desastres y se potencie la alerta
temprana; se utilicen los conocimientos, las innovaciones y la educación para crear
una cultura de seguridad y de resiliencia a todo nivel; se reduzcan los factores de
riesgo subyacentes y que se fortalezca la preparación para casos de desastres a fin
de lograr una respuesta eficaz.
4.2.

Las normas y compromisos nacionales
El Estado peruano, considerando los problemas educativos y ambientales que
enfrentan actualmente nuestras poblaciones y teniendo en cuenta los propósitos y
recomendaciones de los organismos supranacionales en materia educacional y
ambiental, ha ido generando diversos documentos de carácter normativo que rigen
y orientan las acciones. Entre los documentos más importantes, tenemos:

a) Constitución Política del Perú (1993). Plantea que el estado determina la
política nacional del ambiente y promueve el uso sostenible de los recursos
naturales (Art. 67º). Así mismo, propone que el estado está obligado a
promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales
protegidas (Art. 68º).

b) Ley Nº 26842, Ley General de Salud (1997). Plantea que los problemas de la
salud pública no están separados de los temas de la educación, del desarrollo
tecnológico y del desarrollo económico mismo.
c) El Acuerdo Nacional (2002). Incorpora la dimensión ambiental en la gestión
pública.
d) Ley Nº 28044, Ley General de Educación (2003). Considera que la educación
peruana tiene a la persona como centro y agente fundamental del proceso
educativo y se sustenta, entre otros, en el principio de la conciencia ambiental
que motive el respeto, cuidado y conservación del entorno natural como
garantía para el desenvolvimiento de la vida (Art. 8º). Así mismo, menciona que
uno de los fines de la educación peruana es el contribuir a formar una sociedad
democrática, solidaria, justa, inclusiva, próspera, tolerante y forjadora de una
cultura de paz que afirme la identidad nacional sustentada en la diversidad
cultural, étnica, lingüística, supere la pobreza e impulse el desarrollo sostenible
del país y fomente la integración latinoamericana teniendo en cuenta los retos
de mundo globalizado (Art. 9º). Finalmente, menciona que las empresas, como
parte de la sociedad, contribuyen al desarrollo de la educación nacional y que
le corresponde participar en el desarrollo de servicios y programas educativos y
culturales, prioritariamente en el ámbito territorial de su asentamiento en
armonía con su entorno social y natural (Art. 24º).
e) Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente (2005): reconoce la importancia de la
tecnología y de la educación ambiental para el desarrollo. Así mismo, propone
elaborar políticas, proyectos y programas de educación ambiental.
f)

Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental (2004) y
su Reglamento (D.S. Nº 008-2005-PCM): establece que uno de los
instrumentos de gestión y planificación ambiental es la elaboración de
propuestas en materia de investigación y educación ambiental (Art. 6º). Así
mismo, propone que una de las funciones del CONAM (hoy Ministerio del
Ambiente) es fomentar la educación ambiental y la participación ciudadana en
todos los niveles (Art. 9º). También plantea que el Ministerio de Educación en
coordinación con el CONAM (hoy Ministerio del Ambiente), elabora la Política
Nacional de Educación Ambiental (Art. 36º). Finalmente, propone que las
universidades promoverán el desarrollo de programas de formación profesional
en gestión ambiental de carácter multidisciplinario y que en coordinación con
el CONAM (hoy Ministerio del Ambiente) y la Asamblea Nacional de Rectores,
elaborarán propuestas de políticas que promuevan la incorporación de
profesionales especializados a la gestión ambiental del país (Art. 37º).

g) El Proyecto Educativo Nacional (2006). Plantea que la educación ambiental es
una de las herramientas claves para promover entornos comunitarios
saludables que contribuyan a la mejora del estado de bienestar de la población.
4.3.

Las normas y orientaciones sectoriales

4.3.1. A nivel del Ministerio de Educación
a) Diseño Curricular Nacional (2008). Establece el desarrollo de la conciencia
ambiental como uno de los principios educativos básicos, lo incorpora en los
propósitos educativos y en la formulación de los temas transversales.
b) RVM Nº 017-2007-ED: La MS ESLS es una actividad permanente.
c) Influenza
d) RM 425-2007-ED: Normas para realización de simulacros.

BIBLIOGRAFÍA DE LECTURA OBLIGATORIA:
1. Convención Marco de las Naciones Unidas Sobre el Cambio Climático.
2. Informe de la Conferencia de las partes sobre su 13° Periodo de Sesiones
Celebrado en Bali del 03 al 15 de diciembre del 2007.
3. Protocolo de Kyoto de la convención Marco de las Naciones Unidas Sobre
Cambio Climático
4. Resolución viceministerial N° 006-2012-ED (Ministerio de Educación del Perú)
5. Brújula, Bastón y Lámpara para transigir en la Educación Ambiental (Ministerio
de Educación de Colombia)
6. Cambio Climático como transforman nuestras vidas (Ministerio de Educación
del Perú).
7. Cambio climático conocimientos ancestrales y contemporáneos en la región
andina – Soluciones Prácticas ITDG.
8. Política Ambiental del Perú.
9. Constitución Política del Perú
10. Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental (2004) y
su Reglamento (D.S. Nº 008-2005-PCM
11. Ley Nº 28044, Ley General de Educación (2003).
12. Carta de Otawa (1986)
13. Nuestro futuro común. Informe de la Comisión Mundial sobre el Medio
Ambiente y el Desarrollo (1987). Conocido como el Informe Brundtland
14. Objetivos de Desarrollo del Milenio (2000)

NOTA.- Las evaluaciones tendrán como base las lecturas señaladas.

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4. el marco normativo para la aplicacion del enfoque ambiental

  • 1. 1. X 2. X 3. x 4. EL MARCO NORMATIVO PARA LA APLICACIÓN DEL ENFOQUE AMBIENTAL 4.1. Los compromisos internacionales a) Carta de Otawa (1986): Plantea que la salud no es la ausencia de enfermedad sino un estado de bienestar general de la persona. En este sentido, propone la promoción de la salud como un vehículo hacia una conciencia sanitaria que trascienda la preocupación por la cura e incluya la prevención, la información y el conocimiento para una vida saludable. A partir de la Carta de Otawa, en 1990, la Organización Mundial de la Salud (OMS) propone la elaboración de políticas públicas saludables con el propósito de favorecer la creación de ambientes que favorezcan la salud, el refuerzo de la acción comunitaria, el desarrollo de habilidades personales (mediante procesos educativos) y la reorientación de los servicios de salud hacia la prevención, entre otras. Un hito importante en este proceso fue la Quinta Conferencia Mundial de Promoción de la Salud, "Promoción de la salud: hacia una mayor equidad", celebrada en junio de 2000, en México. Allí, delegaciones de la mayor parte de los países de la Región firmaron la "Declaración ministerial de México para la promoción de la salud: de las ideas a la acción", conocida como la Declaración de México, a través de la cual los Estados Miembros de la OPS se comprometieron a fortalecer la planificación de actividades de promoción de la salud, dándoles más espacio en las agendas políticas y en los programas locales, regionales, nacionales e internacionales. En este marco, las Escuelas Promotoras de Salud, una de las iniciativas puestas en práctica, representan un espacio de formación de futuros ciudadanos que cuiden de su salud y de la de sus seres queridos, y que protejan responsablemente su entorno ambiental. En estas escuelas, actualmente, se unen los sectores de salud y educación para propiciar la adopción de hábitos saludables, favorecer la autoestima y fomentar el cuidado de la salud ambiental. b) Nuestro futuro común. Informe de la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (1987). Conocido como el Informe Brundtland, define la idea de desarrollo sostenible que se ha incorporado progresivamente en casi todos los programas políticos, económicos y educativos del mundo. Propone el desarrollo sostenible como la capacidad que tienen las sociedades, los gobiernos y los estados para satisfacer las necesidades de su generación presente, sin poner en riesgo la capacidad de satisfacción de sus generaciones futuras. Es más, recomienda a los Estados y gobiernos del mundo iniciar acciones de educación ambiental, generar debates y promover la participación ciudadana para fomentar
  • 2. los valores, las actitudes y las prácticas humanas que contribuyan a la mejora de las condiciones de vida en el planeta. c) Agenda 21 (Cumbre de Río, 1992). Señala los ámbitos y problemas de actuación prioritaria, define los objetivos, establece las recomendaciones para la acción e identifica los recursos e instrumentos necesarios para la movilización internacional en busca de un modelo de desarrollo sostenible. El Artículo 36 afirma que "La educación es de importancia crítica para promover el desarrollo sostenible y aumentar la capacidad de las poblaciones para abordar cuestiones ambientales y de desarrollo". También que "la educación es igualmente fundamental para adquirir conciencia, valores y actitudes, técnicas y comportamientos ecológicos y éticos en consonancia con el desarrollo sostenible, y que favorezcan la participación pública efectiva en el proceso de toma de decisiones". d) Objetivos de Desarrollo del Milenio (2000). Los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) fueron aprobados por 189 países y firmada por 147 jefes de estado y de gobierno en la Cumbre del Milenio de las Naciones Unidas celebrada en septiembre de 2000. Los ODM se componen de 8 objetivos y 21 metas cuantificables que se supervisan mediante 60 indicadores y que se espera alcanzar en el año 2015. Estos ODM son: erradicar la pobreza extrema y el hambre, lograr la enseñanza primaria universal, promover la igualdad entre los géneros y la autonomía de la mujer, reducir la mortalidad infantil, mejorar la salud materna, combatir el VIH/SIDA, el paludismo y otras enfermedades; garantizar la sostenibilidad del medio ambiente, fomentar una asociación mundial para el desarrollo. En el año 2001, como seguimiento a la Cumbre del Milenio, el Secretario General de las Naciones Unidas presentó la Guía general para la aplicación de la Declaración del Milenio. La guía constituye una revisión integrada y comprensiva de la situación e identifica potenciales estrategias de acción diseñadas para lograr los objetivos y compromisos de la Declaración del Milenio. e) Decenio de las Naciones Unidas de la Educación para el Desarrollo Sostenible 2005-2014 (Cumbre de Johannesburgo, 2002). Es el marco general de la EDS. Propone integrar los principios, valores y prácticas del desarrollo sostenible en todos los aspectos de la educación y del aprendizaje, con miras a abordar los problemas sociales, económicos, culturales y medioambientales del siglo XXI. Así mismo, exhorta a todos los estados y gobiernos del mundo a que inicien acciones de educación ambiental, generen debates y promuevan la participación ciudadana para fomentar los valores, las actitudes y las prácticas humanas que contribuyan a la mejora de las condiciones de vida en el planeta. f) Marco de Acción de Hyogo. Aumento de la Resiliencia de las Naciones y las Comunidades ante los Desastres (2005). Apunta al desarrollo de acciones para que la reducción de los riesgos de desastres constituya una prioridad nacional y local; se identifique, evalúe y vigile los riesgos de desastres y se potencie la alerta temprana; se utilicen los conocimientos, las innovaciones y la educación para crear una cultura de seguridad y de resiliencia a todo nivel; se reduzcan los factores de
  • 3. riesgo subyacentes y que se fortalezca la preparación para casos de desastres a fin de lograr una respuesta eficaz. 4.2. Las normas y compromisos nacionales El Estado peruano, considerando los problemas educativos y ambientales que enfrentan actualmente nuestras poblaciones y teniendo en cuenta los propósitos y recomendaciones de los organismos supranacionales en materia educacional y ambiental, ha ido generando diversos documentos de carácter normativo que rigen y orientan las acciones. Entre los documentos más importantes, tenemos: a) Constitución Política del Perú (1993). Plantea que el estado determina la política nacional del ambiente y promueve el uso sostenible de los recursos naturales (Art. 67º). Así mismo, propone que el estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas (Art. 68º). b) Ley Nº 26842, Ley General de Salud (1997). Plantea que los problemas de la salud pública no están separados de los temas de la educación, del desarrollo tecnológico y del desarrollo económico mismo. c) El Acuerdo Nacional (2002). Incorpora la dimensión ambiental en la gestión pública. d) Ley Nº 28044, Ley General de Educación (2003). Considera que la educación peruana tiene a la persona como centro y agente fundamental del proceso educativo y se sustenta, entre otros, en el principio de la conciencia ambiental que motive el respeto, cuidado y conservación del entorno natural como garantía para el desenvolvimiento de la vida (Art. 8º). Así mismo, menciona que uno de los fines de la educación peruana es el contribuir a formar una sociedad democrática, solidaria, justa, inclusiva, próspera, tolerante y forjadora de una cultura de paz que afirme la identidad nacional sustentada en la diversidad cultural, étnica, lingüística, supere la pobreza e impulse el desarrollo sostenible del país y fomente la integración latinoamericana teniendo en cuenta los retos de mundo globalizado (Art. 9º). Finalmente, menciona que las empresas, como parte de la sociedad, contribuyen al desarrollo de la educación nacional y que le corresponde participar en el desarrollo de servicios y programas educativos y culturales, prioritariamente en el ámbito territorial de su asentamiento en armonía con su entorno social y natural (Art. 24º). e) Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente (2005): reconoce la importancia de la tecnología y de la educación ambiental para el desarrollo. Así mismo, propone elaborar políticas, proyectos y programas de educación ambiental. f) Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental (2004) y su Reglamento (D.S. Nº 008-2005-PCM): establece que uno de los instrumentos de gestión y planificación ambiental es la elaboración de
  • 4. propuestas en materia de investigación y educación ambiental (Art. 6º). Así mismo, propone que una de las funciones del CONAM (hoy Ministerio del Ambiente) es fomentar la educación ambiental y la participación ciudadana en todos los niveles (Art. 9º). También plantea que el Ministerio de Educación en coordinación con el CONAM (hoy Ministerio del Ambiente), elabora la Política Nacional de Educación Ambiental (Art. 36º). Finalmente, propone que las universidades promoverán el desarrollo de programas de formación profesional en gestión ambiental de carácter multidisciplinario y que en coordinación con el CONAM (hoy Ministerio del Ambiente) y la Asamblea Nacional de Rectores, elaborarán propuestas de políticas que promuevan la incorporación de profesionales especializados a la gestión ambiental del país (Art. 37º). g) El Proyecto Educativo Nacional (2006). Plantea que la educación ambiental es una de las herramientas claves para promover entornos comunitarios saludables que contribuyan a la mejora del estado de bienestar de la población. 4.3. Las normas y orientaciones sectoriales 4.3.1. A nivel del Ministerio de Educación a) Diseño Curricular Nacional (2008). Establece el desarrollo de la conciencia ambiental como uno de los principios educativos básicos, lo incorpora en los propósitos educativos y en la formulación de los temas transversales. b) RVM Nº 017-2007-ED: La MS ESLS es una actividad permanente. c) Influenza d) RM 425-2007-ED: Normas para realización de simulacros. BIBLIOGRAFÍA DE LECTURA OBLIGATORIA: 1. Convención Marco de las Naciones Unidas Sobre el Cambio Climático. 2. Informe de la Conferencia de las partes sobre su 13° Periodo de Sesiones Celebrado en Bali del 03 al 15 de diciembre del 2007. 3. Protocolo de Kyoto de la convención Marco de las Naciones Unidas Sobre Cambio Climático 4. Resolución viceministerial N° 006-2012-ED (Ministerio de Educación del Perú) 5. Brújula, Bastón y Lámpara para transigir en la Educación Ambiental (Ministerio de Educación de Colombia) 6. Cambio Climático como transforman nuestras vidas (Ministerio de Educación del Perú).
  • 5. 7. Cambio climático conocimientos ancestrales y contemporáneos en la región andina – Soluciones Prácticas ITDG. 8. Política Ambiental del Perú. 9. Constitución Política del Perú 10. Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental (2004) y su Reglamento (D.S. Nº 008-2005-PCM 11. Ley Nº 28044, Ley General de Educación (2003). 12. Carta de Otawa (1986) 13. Nuestro futuro común. Informe de la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (1987). Conocido como el Informe Brundtland 14. Objetivos de Desarrollo del Milenio (2000) NOTA.- Las evaluaciones tendrán como base las lecturas señaladas.