2. ¿Qué es la propiedad
intelectual?
La propiedad intelectual (P.I.) se relaciona con las creaciones de
la mente: invenciones, obras literarias y artísticas, así como
símbolos, nombres e imágenes utilizados en el comercio.
3. ¿Qué protege?
La legislación protege la P.I., por ejemplo, mediante las patentes,
el derecho de autor y las marcas, que permiten obtener
reconocimiento o ganancias por las invenciones o creaciones. Al
equilibrar el interés de los innovadores y el interés público, el
sistema de P.I. procura fomentar un entorno propicio para que
prosperen la creatividad y la innovación.
4. Derecho de autor
En la terminología jurídica, la expresión derecho de autor se utiliza
para describir los derechos de los creadores sobre sus obras
literarias y artísticas. Las obras que abarca el derecho de autor
van desde los libros, la música, la pintura, la escultura y las
películas hasta los programas informáticos, las bases de datos, las
publicidades, los mapas y los dibujos técnicos.
5. ¿Cómo se encuentran regulados
los derechos de autor?
En México, se encuentra en el Código Penal Federal, titulo Vigésimo
Sexto, De Los Delitos en Materia de Derechos de Autor, del articulo
424 al 429.
También existe la Ley Federal del Derecho de Autor, que dice que es
el reconocimiento que hace el Estado a favor de todo creador de
obras literarias y artísticas previstas en el artículo 13 de su misma
Ley, en virtud del cual otorga su protección para que el autor goce de
prerrogativas y privilegios exclusivos de carácter personal y
patrimonial. Los primeros integran el llamado derecho moral y los
segundos, el patrimonial.
6. Derecho moral
Consiste en el derecho de todo autor a ser reconocido como tal, a
decidir el momento de la divulgación y evitar deformaciones o
mutilaciones a su obra, entre otras. Es inalienable, imprescriptible,
irrenunciable e inembargable.
7. Derecho patrimonial
Consiste en la facultad que tiene el autor para explotar por sí
mismo su obra, así como para autorizar o prohibir a terceros
dicha explotación en cualquier forma dentro de los límites que
establece la Ley Federal del Derecho de Autor. Este derecho es
transmisible por escrito y debe ser oneroso y temporal.
8. ¿Cómo proteger tus obras?
La protección se obtiene en el momento en que las ideas son
plasmadas en un soporte material susceptible de ser reproducido,
independientemente del merito o destino de las mismas, pero se
recomienda ampliamente el registro en el Instituto Nacional del
Derecho de Autor, ya que el certificado de registro, es una
documental pública que en caso de litigio se convierte en la base de
la acción para iniciar acción civil o penal.
9. ¿Cuánto dura la protección del
derecho de autor?
La protección que otorga la Ley Federal del Derecho de Autor
a las obras es la vida del autor y cien años después de su
muerte, en caso de coautoría, este termino se computa a
partir de la muerte del último autor.
10. Link de información
http://www.indautor.gob.mx/documentos_normas/
leyfederal.pdf
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/122
_130116.pdf
http://www.indautor.gob.mx/
http://www.indautor.gob.mx/accesibilidad/accesibil
idad_autor.html
http://mexico.justia.com/federales/codigos/codigo
-penal-federal/libro-segundo/titulo-vigesimo-
sexto/