2. ACCIDENTE DE TRABAJO
Definición desde el punto de vista de la seguridad
Para la Seguridad del Trabajo se define el accidente
como la concreción o materialización de un riesgo, en
«un suceso Imprevisto, que Interrumpe o Interfiere la
continuidad del trabajo, que puede suponer un daño
para las personas o a la propiedad».
3. ACCIDENTE DE TRABAJO
Definición desde el punto de vista médico
Desde el punto de vista médico el accidente de trabajo se
define como una «patología traumática quirúrgica aguda
provocada generalmente por factores mecánicos
ambientales».
Médicamente, se habla de accidente de trabajo o de
accidentado, cuando algún trabajador ha sufrido una lesión
como consecuencia del trabajo que realiza. Para el médico
sólo existe accidente si se produce lesión.
4. ACCIDENTE DE TRABAJO
DEFINICIÓN DESDE EL PUNTO DE VISTA LEGAL
GLOSARIO DEL REGLAMENTO DE LA LEY 29783 –D.S. 005-TR-2012
Accidente de Trabajo (AT): Todo suceso repentino que
sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y que
produzca en el trabajador una lesión orgánica, una
perturbación funcional, una invalidez o la muerte.
Es también accidente de trabajo aquel que se produce
durante la ejecución de órdenes del empleador, o durante
la ejecución de una labor bajo su autoridad, y aun fuera
del lugar y horas de trabajo.
5. SEGÚN SU GRAVEDAD, LOS ACCIDENTES DE
TRABAJO CON LESIONES PERSONALES
PUEDEN SER
1. Accidente Leve: Suceso cuya lesión, resultado
de la evaluación médica, que genera en el
accidentado un descanso breve con retorno
máximo al día siguiente a sus labores habituales.
6. SEGÚN SU GRAVEDAD, LOS ACCIDENTES DE
TRABAJO CON LESIONES PERSONALES PUEDEN
SER
2 . Accidente Incapacitante: suceso cuya lesión, resultado
de la evaluación médica, da lugar a descanso, ausencia
justificada al trabajo y tratamiento. Para fines estadísticos,
no se tomará en cuenta el día de ocurrido el accidente.
Según el grado de incapacidad los accidentes de trabajo
pueden ser:
2.1. Total Temporal: cuando la lesión genera en el accidentado la
imposibilidad de utilizar su organismo; se otorgará tratamiento médico
hasta su plena recuperación.
2.2. Parcial Permanente: cuando la lesión genera la pérdida parcial de
un miembro u órgano o de las funciones del mismo.
2.3. Total Permanente: cuando la lesión genera la pérdida anatómica o
funcional total de un miembro u órgano; o de las funciones del mismo.
Se considera a partir de la pérdida del dedo meñique.
7. SEGÚN SU GRAVEDAD, LOS ACCIDENTES DE
TRABAJO CON LESIONES PERSONALES PUEDEN
SER
3. Accidente Mortal: Suceso cuyas lesiones
producen la muerte del trabajador. Para efectos
estadísticos debe considerarse la fecha del deceso.
8. D.S 003-98-SA.
ES EL SEGURO QUE BRINDA
COBERTURA POR ACCIDENTE DE
TRABAJO Y ENFERMEDAD
PROFESIONAL A LOS
TRABAJADORES EMPLEADOS Y
OBREROS AFILIADOS REGULARES DEL
SEGURO SOCIAL DE SALUD.
SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE
RIESGO-SCTR
9. ¿ QUÉ ES UN ACCIDENTE DE TRABAJO?
Se considera accidente de trabajo, toda lesión orgánica o perturbación
funcional causada en el centro de trabajo o con ocasión del trabajo,
por acción imprevista, fortuita u ocasional de una fuerza externa, repentina
y violenta que obra súbitamente sobre la persona del trabajador o debida
al esfuerzo del mismo.
10. ¿ Qué se considera Accidente de Trabajo?
El causado en el centro de trabajo o con ocasión de este.
Durante la ejecución de órdenes o bajo autoridad del empleador aún
fuera del centro y de las horas de trabajo.
Antes, durante o después de la jornada laboral, si el trabajador se
hallara en cualquier centro de trabajo aunque no se trate de un centro
de trabajo de riesgo.
El que sobrevenga por acción del empleador o tercera persona
durante el trabajo.
11. Trayecto de ida y de retorno del trabajo.
El provocado intencionalmente.
Por incumplimiento del trabajador de una orden escrita específica
del Empleador.
En ocasión de actividades recreativas, deportivas o culturales.
Durante permisos, licencias, vacaciones.
Uso de sustancias alcohólicas o drogas.
Guerra, conmoción civil o terrorismo.
Convulsión de la naturaleza.
Fusión nuclear.
¿ Qué no se considera Accidente de
Trabajo?
12. ¿ CUÁL ES LA TASA QUE SE TIENE QUE APORTAR PARA
CONTRATAR EL SCRT EN ESSALUD ?
Tasa de aportación ESSALUD
En función al nivel de riesgo de la actividad que realice la entidad
empleadora
Actividad
Nivel de
Riesgo
Tasa de
Aportación
(con IGV)
Actividades de limpieza; servicios sociales de salud;
eliminación de desperdicios y aguas residuales,
saneamiento y actividades similares.
I 0.63%
Industrias manufacturera; suministro de electricidad,
gas y agua; transporte, almacenamiento y
comunicaciones.
II 1.24%
Construcción, pesca y extracción de madera III 1.55%
Explotación de minas y canteras IV 1.84%
TASA DE APORTACION
13. SEGURIDAD DEL TRABAJO
Por Seguridad del Trabajo entendemos la «técnica
no médica de prevención cuya finalidad se centra
en la lucha contra los accidentes de trabajo,
evitando y controlando sus consecuencias».
Es precisamente su objetivo, la lucha contra los
accidentes de trabajo, la que permite distinguir la
Seguridad de otras técnicas no médicas de
prevención, como la Higiene o la Ergonomía.
14. DOS SON LAS FORMAS FUNDAMENTALES DE
ACTUACIÓN DE LA SEGURIDAD:
Prevención: Actúa sobre las causas desencadenantes
del accidente.
Protección: Actúa sobre los equipos de trabajo o las
personas expuestas al riesgo para aminorar las
consecuencias del accidente.
15. SEGURIDAD CIENTÍFICA
De todas las técnicas de lucha contra los accidentes de trabajo
son las técnicas de seguridad las que proporcionan un mayor
rendimiento, actuando en un menor espacio de tiempo.
La Seguridad que actúa sobre las causas, identificándolas,
recibe el nombre de «seguridad científica», en cuanto que basa
su actuación sobre fenómenos naturales que pueden ser
conocidos científica y experimentalmente, constituyendo en
realidad una Ingeniería de Seguridad, como especialidad
aplicada de la ingeniería.
Entendiendo por causas de accidente, las diferentes
condiciones o circunstancias materiales o humanas que
aparecen en el análisis de las diferentes fases del mismo.
16. TEORÍA DE LA CAUSALIDAD
Esta teoría, expuesta por Baselga Monte, M., en la
que se fundamenta la seguridad científica, afirma que
todos los accidentes tienen su explicación en
múltiples causas naturales y su interrelación entre
ellas, pudiendo expresarse por los tres postulados o
principios siguientes:
17. PRINCIPIO DE CAUSALIDAD NATURAL:
«Todo accidente, como fenómeno natural tiene
unas causas naturales». Este principio sienta las
bases de la seguridad científica.
De este principio se desprenden dos importantes
consecuencias:
La única forma racional y científica de prevención de
los accidentes consiste en actuar sobre sus causas.
La actuación debe ser natural, dado el carácter
natural de las causas que lo producen.
18. PRINCIPIO DE MULTICAUSALIDAD:
«En la mayoría de los accidentes no existe una
causa concreta, sino que existen muchas causas
interrelacionadas y conectadas entre sí», lo que
dificulta la actuación de la seguridad científica ante la
imposibilidad de poder actuar sobre múltiples causas
simultáneamente, para evitar el accidente.
Es precisamente este principio el que explica que
todos los accidentes son distintos, debido a la
diferente combinación de causas.
19. PRINCIPIO ECONÓMICO DE LA SEGURIDAD:
«Entre las múltiples causas, existen causas
principales o primarias que actúan como factores
de un producto, de forma que eliminando una de
ellas, se puede evitar el accidente».
20. La identificación de estas causas principales
permitirá seleccionar sobre cuál de ellas debemos
actuar, la más fácil de corregir o eliminar y la más
viable económicamente.
La filosofía de este principio coincide con la que
HEINRICH, expone en su obra Industrial Accident
Prevention y que denomina «teoría del dominó»,
según la cual, en todo accidente se produce un
fenómeno parecido al comportamiento de las fichas
del dominó colocadas una junto a otra, que basta
empujar la primera para que se produzca la caída en
cadena de todas ellas, siendo suficiente separar una
para que la reacción se detenga.
21. SEGURIDAD INTEGRADA
Recientemente la Ley de SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO Ley 29783 contempla entre los
principios de la acción preventiva, que el
empresario deberá planificar la prevención
buscando un conjunto coherente que integre en
ella la técnica, la organización del trabajo, las
condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la
influencia de los factores ambientales en el trabajo
(seguridad o prevención integrada).
22. CAUSAS DE LOS ACCIDENTES
Definidas las causas de los accidentes como las
diferentes condiciones o circunstancias materiales o
humanas que aparecen en el análisis de las
diferentes fases del mismo, es posible deducir una
primera e Importante clasificación dependiendo del
origen de las mismas: causas humanas y causas
técnicas, a las que también se les denomina
«condiciones inseguras» y «prácticas inseguras».
23. CONDICION INSEGURA:
Comprende el conjunto de circunstancias o
condiciones materiales que pueden ser origen de
accidente.
Se les denomina también condiciones materiales o
factor técnico.
24. ACTO INSEGURO:
Comprende el conjunto de actuaciones humanas que
pueden ser origen de accidente. Se les denomina
también actos peligrosos o prácticas inseguras o
factor humano. .
25.
26. EL FACTOR HUMANO Y SU RELACIÓN
CON LA PREVENCIÓN
Uno de los modelos más aceptados sobre la forma
en que se producen los accidentes se representa
en el siguiente esquema, donde se aprecia que una
actuación administrativa deficiente puede dar lugar
a una serie de «causas básicas» (factores
personales o de trabajo Inadecuados) o «causas
Inmediatas» (práctica o condición insegura)
desencadenantes del accidente, con sus conocidas
consecuencias o pérdidas.
27. SEGÚN BIRD (INSURANCE COMPANY OF AMÉRICA. INTERNATIONAL SAFETY ACADEMY:
SAFETY TRAINING MANUAL. MACÓN GEORGIA 1971), A MODO DE EJEMPLO UNA DE
LAS MÚLTIPLES CLASIFICACIONES DE CAUSAS (FACTORES HUMANOS Y TÉCNICOS)
DESENCADENANTES DE ACCIDENTES