1. Materia:Teoría General del Derecho
penal
Clase 10
Lunes 30 de septiembre de 2013
Subtemas:
3.1 Antecedentes en México
3.1.1 Época precortesiana
3.1.2 Época novohispana
Profesor: José Alfredo Rangel García
2. El surgimiento del derecho penal obedece a
la necesidad de regular el comportamiento
del hombre en sociedad para controlar sus
acciones y proteger al grupo social.
El crimen nace con el hombre; cuando aún no
existía un orden jurídico, ni una sociedad
organizada, el delito ya se manifestaba en su
forma más rudimentaria.
3. La trayectoria que ha seguido esta ciencia es
similar a la de cualquier otro país: inicia con e
castigo más cruel hasta llegar a una fase más
humanizada.
4. Antes de la Conquista, debido a la
religiosidad y severa educación de los
habitantes del territorio de lo que hoy es
México, el crimen era un fenómeno poco
común, ya que el castigo resultaba muy
severo.
5. En el aspecto jurídico, los aztecas conocían figuras que se
encuentran vigentes en el Derecho penal mexicano.
Las principales figuras que prevalecen , según
Castellanos Tena son:
Diferencia entre delitos culposos y dolosos
Circunstancias atenuantes y agravantes de la pena
Excluyentes de responsabilidad
Acumulación de sanciones
Reincidencia
Indulto
Amnistía
6. Los delitos principales en la civilización Azteca
eran la alcahuetería, el peculado, el cohecho de
jueces, la traición en la guerra, la deserción, la
malversación, el adulterio, el homicidio y el
espionaje entre otros.
Las penas más aplicadas estaban la muerte por
medio de ahorcadura, la hoguera, el degüello, el
descuartizamiento, el desollamiento; la
esclavitud, los castigos infamantes las penas
corporales, el destierro y el encarcelamiento.
7. Asimismo existían ya “cárceles” de madera
como si fueran palomares denominadas
“telpiloyan” también llamadas “cuauhcalli”,
donde eran encerrados los condenados a
muerte o a sacrificio.
Para los condenados por faltas leves existía
el “petlacalli” donde también eran
encerrados o eran condenados con trabajos.
8. A la llegada de los españoles, las costumbre y
manifestaciones de la cultura indígena fueron
abolidas y se impusieron las del pueblo
conquistador.
Las leyes de las IndiasLas leyes de las Indias constituían el
principal cuerpo de la Colonia que se aplicó
en la Nueva España.
9. Otras legislaciones, como las Ordenanzas
Reales de Castilla, la Legislación de Castilla
(Leyes de Torro), las Ordenanzas Reales de
Bilbao, así como el Fuero Real, las Partidas, los
Autos Acordados, y la Nueva y la Novísima
Recopilación estuvieron vigentes en la época
colonial.
10. Otras legislaciones, como las Ordenanzas
Reales de Castilla, la Legislación de Castilla
(Leyes de Torro), las Ordenanzas Reales de
Bilbao, así como el Fuero Real, las Partidas, los
Autos Acordados, y la Nueva y la Novísima
Recopilación estuvieron vigentes en la época
colonial.