SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 29
•La culpabilidad como categoría de la teoría del delito
•Evolución de la categoría de la teoría del delito
                  •Grados o tipos de culpabilidad
   •Presupuestos y elementos de la culpabilidad
•El fundamentos de la existencia de culpabilidad
               •La culpabilidad material y formal
La culpabilidad como
 categoría de la teoría
      del delito
 Como elementos del delito , nos remite al concepto
  de “culpabilidad” la existencia de una acción típica y
  antijurídica.
 La culpabilidad encuentra su fundamento en la
  doctrina:
    “Mientras la antijuridicidad constituye un juicio
   despersonalizado de desaprobación sobre el hecho, la
     culpabilidad requiere, además , la posibilidad de
      atribución de ese echo desvalorado de su autor”
 La culpabilidad relevante
 para el derecho penal es
 la    que     reúne     la
 perspectiva jurídica, mas
 no desde le punto de
 vista moral, es decir, no
 interesara              la
 circunstancia de una
 persona        ni      su
 sentimiento            de
 culpabilidad si no el
 reproche dirigido en su
 contra       por        el
 comportamiento
 desplegado .
 Resulta cierto que los mandatos y prohibiciones que
  ampara el derecho penal coinciden con las normas de
  lo moral .
 La culpabilidad jurídica tiene tal carácter que se mide
  con formulas jurídicas, así como por la circunstancia
  de que ha de ser constatada públicamente ante la
  instancia de un órgano jurisdiccional, con sujeción a
  un procedimiento jurídico.
La culpabilidad podemos definirla como :
    “EL JUICIO DE REPROCHE QUE SE DIRIGE EN
    CONTRA DEL SUJETO ACTIVO DE UN DELITO, E
    VIRTUD DE HABER OCASIONADO LA LESION O
      PUESTA EN PELIGRO DE UN BIEN JURIDICO”
Evolución de la categoría de
culpabilidad en la teoría del delito
       A) Teoría Sicologista
     B)La teoría normativista
  C)La teoría normativa ante el
             finalismo
Evolución de la categoría de culpabilidad
         en la teoría del delito
         Durante la época antigua se gesto el principio “nullum
         crimen sine culpa” el cual determina que no hay delito sin
         culpabilidad, El resultado típico solo era punible cuando
         causaban un daño ,se sancionaba tanto al inocente como al
         responsable a sus descendientes, es decir existían y se
         aplicaban con gran normalidad lo que hoy esta plenamente
         prohibido .

         En la antigua Grecia, la idea de la justicia empezó a
         perfilarse fundada ya en la culpa, pero a partir de la Ley de
         las Doce Tablas, En la antigua Roma “El concepto de delito
         requirió la existencia de una voluntad contraria a la ley en la
         persona capaz de obrar”
 A la caída del Imperio Romano se dio un
  retroceso al surgir la responsabilidad por el
  resultado según el cual habrá culpabilidad
  no solamente cuando existan dolo o culpa en
  el agente, si no también cuando hay
  intención de realizar algo no permitido y se
  produce un resultado dañoso por mero caso
  fortuito esta idea perduro hasta el inicio de la
  Revolución Francesa .
 Fue hasta la Edad Media que encontramos
  una mejor estructura siendo el derecho penal
  italiano el que lo introdujo en los siglos XVI y
  XVII
 Posteriormente      Samuel Pufendorf cobro
  influencia de la culpabilidad en el derecho
  natural    ,ofreciendo el       concepto de
  imputación concepto que identificaba la
  acción libremente producida a cargo del autor
  y por ende como fundamento de su
  responsabilidad.
 En el siglo XVIII Kleinschrod atribuyo como causa de
 imputación el hecho de que la acción se emprendió
 con libertad , descansando la totalidad del sistema
 del derecho penal en la imputación subjetiva
 concepción que llevo Binding a la dogmatica actual
 vinculada al presupuesto de la libertad de voluntad
Los postulados provocaron decadencia al concepto de
 culpabilidad basado en el derecho natural como
 consecuencia de la crisis de la teoría de la libertad de
 voluntad .En su lugar apareció la concepción sicológica
 de la culpabilidad .
La separación entre
         El Delito                resultado y su causa
Como un ente jurídico y       El delito es el producto
 creo la teoría de las          del choque al que
 fuerzas del delito, con lo     concurren 2 fuerzas :
 cual estableció una           La Moral Subjetiva que
 separación absoluta            consiste en la voluntad
 entre la responsabilidad       inteligente que obro
 por las conductas             Física Subjetiva
 procedentes de una             representada por la
 voluntad libre e               acción corporal de
 inteligente                    naturaleza externa
Ferri negó la libertad del hombre, al considerara
  absurdo que pueda responsabilizársele por aquello
  que no le estaba precisamente determinado , como
  todo hecho natural.
El individuo fue considerado solamente como parte de
  una sociedad y se llego a la conclusión de que el
  hombre es responsable al orden social , y a la acción
  (conducta individual), por lo que viene a ser la
  responsabilidad por el hecho realizado
Teoría sicologista                 Teoría normativa               Teoría normativa ante el
                                                                                finalismo
     Relación hecho –autor           La culpabilidad como juicio de    Sustrae el dolo y la culpa de su
                                                  valor                       sede tradicional

   Vinculo subjetivo y objetivo          El dolo y la culpa como      La culpabilidad deja de cobijar la
                                      elementos de l culpabilidad         parte subjetiva de hecho

  El dolo y la culpa constituyen:       Requiere la presencia de:          Se limita a reunir aquellas
a)Relación síquica entre el autor   a)Imputabilidad como capacidad     circunstancias que condicionan
y su hecho                          de culpabilidad                      la reprochabilidad del hecho
b)Especies de la culpabilidad       b)El dolo o la culpa                          antijurídico
                                    c)Ausencia de causas de
                                    exculpación
 Conexión de causalidad síquica          Mantiene el contenido        Los elementos de la culpabilidad:
     implica culpabilidad              sistemático del causalismo     a)La imputabilidad, de
                                                                      presupuesto pasa a ser condición
                                                                      central de reprochabilidad
                                                                      b)Posibilidad de conocimiento
                                                                      de la antijuricidad del hecho
                                                                      c)Ausencia de causas de
                                                                      exculpación


Imputabilidad como presupuesto
       de culpabilidad
Grados o tipos de culpabilidad
 Concepto : Consiste en causar intencionalmente el
  resultado típico, con conocimiento y conciencia de la
  antijurícidad del hecho . La doctrina lo llama delito
  intencional o doloso .
 Elementos: son 2 ético, que consiste en saber que se
  infringe la norma y volutivo, que es la voluntad de
  realizar la conducta antijurídica .
Directo: El Sujeto activo
                                Indirecto: El sujeto desea      Genérico: Es la intención
  tiene intención de causar
                                   un resultado típico, a          de causar un daño o
 un daño determinado y lo
                                   sabiendas de que hay        afectación o sea la voluntad
 hace, de manera que existe
                                posibilidades de que surjan       consiente encaminado
identidad entre la intención
                                      otros diferentes              producir el delito
     y el resultado típico


                Especifico: es la intención
                                               Indeterminado: Consiste
                  de causar daño con una
                                               en la intención de delinquir
                  especial voluntad que la
                                               de manera impresa, sin que
                propia norma exige en cada
                                                el agente desee causar un
                 caso, de modo que deberá
                                                   delito determinado.
                    ser objeto de prueba
 Es el segundo grado de       Elementos :
  culpabilidad y ocurre       a)Conducta (acción u
  cuando se causa un            omisión)
  resultado típico sin        b)Carencia de cuidado,
  intención de producirlo,      cautela o precaución
  pero se ocasiona solo por
  imprudencia o falta de      c)Resultado previsible y
  cuidado o de precaución,      evitable
  debiendo ser previsible y   d)Tipificacion del resultado
  evitable. La doctrina le    Nexo o relación de causalidad
  llama delito culposo,
  imprudencial o no
  intencional.
• También llamada con previsión o con
                 representación, existe cundo el activo prevé
                 como posible resultado típico, pero no lo
 Consiente       quiere y tiene la esperanza de que no se
                 producirá




               • Conocida como culpa sin previsión o sin
                 representación, existe cuando el agente no
                 prevé el resultado típico, así realiza la
Inconsciente     conducta sin pensar que puede ocurrir el
                 resultado típico y sin proveer lo posible y
                 evitable
               • Dicha culpa puede ser lata, leve y levísima
 También             llamada
  ultraintencion, la      cual
  consiste en producir un
  resultado     de      mayor
  gravedad que el deseado.
 Elementos:
a) Intención o dolo de
    causar un resultado
    típico
b) Imprudencia en la
    conducta
c) Resultado mayor que el
    querido
Presupuestos y
elementos de la
  culpabilidad
En consecuencia          los    En el aspecto relativo a los
 presupuestos y elementos        elementos que integran a la
 de la culpabilidad son : la     culpabilidad en el estado
 acción, la tipicidad, la        actual de la evolución de la
 antijuricidad y la ausencia     teoría del delito son:
 de       eximentes       de    A)La imputabilidad, no a
 culpabilidad .                  nivel de presupuesto, sino
                                 como condición de la
                                 culpabilidad .
                                B) La posibilidad de
                                 conocimiento de la
                                 antijuridicidad del hecho
                                C)la ausencia de causas de
                                 exculpación
 El Fundamento de la Exigencia de
                 culpabilidad
 A) El principio de culpabilidad y libertad
                 de voluntad
         B) La necesidad de la pena
 C) La motivación como fundamento de la
                 culpabilidad
A. El principio de culpabilidad y libertad de voluntad
La culpabilidad se rige fundamentalmente por el
   principio del derecho Romano :Poena non quam
   suos teneat auctores, nadie puede ser responsable
   por las acciones de terceros que no ha podido
   impedir .
Establecer si la culpabilidad surge del hecho realizado, o
   bien si su realización permite           para efectos
   determinar la culpabilidad , si la voluntad es
   plenamente para obtener el resultado prohibido o
   transgredir lo mandado en el tipo penal .
La voluntad exteriorizada por
  el sujeto activo y el
  resultado típico se
  encuentran exactamente
  en la misma relación tanto
  en los delitos dolosos como
  en los culposos .
El fundamento de la
  culpabilidad radique
  básicamente en la
  posibilidad de actuar de
  modo distinto(libertad de
  voluntad-conciencia del
  ciudadano)
B) La necesidad de la pena
La culpabilidad se establece en la
  ley penal como el limite de la
  pena, es decir esta graduada con
  base en aquella, lo cual solo
  resulta valido para el caso de los
  sujetos normales en los cuales
  existe la ausencia de una causa
  de inculpabilidad .
Donde la pena es justificable por
  un fin de prevención penal, para
  el caso de los sujetos que hayan
  delinquido, a diferencia de las
  medidas de seguridad que deben
  aplicar a los sujetos peligrosos,
  pero para un sujeto culpable a la
  vez que peligroso, debe serle
  aplicada una pena y una medida
  de seguridad
C) La motivación como                  Cuando existe la imposibilidad
  fundamento de la culpabilidad         de motivar l sujeto, entonces
Muñoz Conde menciona que la             resulta conveniente prohibirle el
  culpabilidad es la ultima fase        hecho
  del proceso de motivación que
  comienza con la educación
  paterna y prosigue durante toda
  la vida del individuo, cuando no
  existe dicha participación en los
  bienes jurídicos , falta todo
  sentimiento de culpabilidad en
  el sujeto, en consecuencia , la
  razón para formularle un
  reproche
Mir Puig señala que existe
  culpabilidad cuando el autor de
  un       hecho        penalmente
  antijurídico      actúan       en
  condiciones de motivabilidad
  normal, lo que sucede si no es
  imputable, ni obra en situación
  de no exigibilidad
El tener conocimiento y existencia de    La posibilidad del conocimiento del deber
   la norma que le sujeto conozca la     en el momento del hecho, la capacidad de
 proposición jurídica que contiene la    recordar la prohibición como el mandato o
    prohibición o mandato que va a             bien de construirlos mediante
              contrariar                         consideraciones racionales

                                La capacidad de
                            autodeterminación, vista
                               como la libertad de
                              voluntad, resulta un
                           presupuesto indispensable
                                  para actuar

 La capacidad de guiarse por la norma,    Capacidad para el cumplimiento del
   el sujeto tenga madurez mental a        deber , el sujeto tiene que planear
efecto de que pueda actuar conforme al     correctamente el contenido se su
                 deber                                   voluntad
La culpabilidad material y
    culpabilidad formal
El dolo: se entendía como
                          falta de sentimiento .De la    La culpabilidad: en
La culpa: como falta de     expresión latina dolus      general como falla a la
    entendimiento           quiere decir que actúa      disposición social del
                          malévola o maliciosamente           individuo
                            para captar la voluntad



        Son herencia de los postulados construidos en el siglo XIX.
Material                          Formal
 Sera el contenido               Se reúnen los presupuestos
  explicativo de la                que un determinado sistema
  culpabilidad, el por que de      penal requiere para que
  la culpabilidad formal           pueda ser imputado un hecho
 Tiene el carácter de un          a un sujeto
  postulado según el cual         Abarca aquellos elementos
  solo pueden entrar en            síquicos del hecho en que un
  consideración como               ordenamiento jurídico dado
  fundamento del juicio la         se exigen positivamente como
  culpabilidad características     presupuesto de la imputación
  muy precisas de la acción o      subjetiva .
  del autor

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Participacion instigador y complice derecho penal
Participacion instigador y complice derecho penalParticipacion instigador y complice derecho penal
Participacion instigador y complice derecho penal
Kelvin Claro
 
La punibilidad y excusas absolutorias o eximentes
La punibilidad y excusas absolutorias o eximentesLa punibilidad y excusas absolutorias o eximentes
La punibilidad y excusas absolutorias o eximentes
BlancaSosa
 
Trabajo de accion pauliana
Trabajo de accion paulianaTrabajo de accion pauliana
Trabajo de accion pauliana
Selva Alejandra
 

La actualidad más candente (20)

La antijuricidad
La antijuricidad La antijuricidad
La antijuricidad
 
Estado de necesidad
Estado de necesidadEstado de necesidad
Estado de necesidad
 
Participacion instigador y complice derecho penal
Participacion instigador y complice derecho penalParticipacion instigador y complice derecho penal
Participacion instigador y complice derecho penal
 
Derecho penal i sesion 5 y 6 culpabilidad
Derecho penal i sesion 5 y 6 culpabilidadDerecho penal i sesion 5 y 6 culpabilidad
Derecho penal i sesion 5 y 6 culpabilidad
 
El error de prohibición
El error de prohibiciónEl error de prohibición
El error de prohibición
 
La punibilidad y excusas absolutorias o eximentes
La punibilidad y excusas absolutorias o eximentesLa punibilidad y excusas absolutorias o eximentes
La punibilidad y excusas absolutorias o eximentes
 
Doctrina penal
Doctrina penalDoctrina penal
Doctrina penal
 
Act 2 semana 1 procesal penal
Act 2 semana 1 procesal penalAct 2 semana 1 procesal penal
Act 2 semana 1 procesal penal
 
Trabajo de accion pauliana
Trabajo de accion paulianaTrabajo de accion pauliana
Trabajo de accion pauliana
 
ENJ-2-301: Presentación Módulo VII: Antijuricidad y Justificación Curso Teorí...
ENJ-2-301: Presentación Módulo VII: Antijuricidad y Justificación Curso Teorí...ENJ-2-301: Presentación Módulo VII: Antijuricidad y Justificación Curso Teorí...
ENJ-2-301: Presentación Módulo VII: Antijuricidad y Justificación Curso Teorí...
 
Grados de autoria
Grados de autoriaGrados de autoria
Grados de autoria
 
Iter criminis
Iter criminisIter criminis
Iter criminis
 
Imputabilidad e Inimputabilidad Venezolana
Imputabilidad e Inimputabilidad Venezolana Imputabilidad e Inimputabilidad Venezolana
Imputabilidad e Inimputabilidad Venezolana
 
Evolución histórica del derecho penal
Evolución histórica del derecho penalEvolución histórica del derecho penal
Evolución histórica del derecho penal
 
Teoría del delito
Teoría del delito Teoría del delito
Teoría del delito
 
ESTADO DE NECESIDAD.
ESTADO DE NECESIDAD.ESTADO DE NECESIDAD.
ESTADO DE NECESIDAD.
 
Como se estudia la teoria del delito
Como se estudia la teoria del delitoComo se estudia la teoria del delito
Como se estudia la teoria del delito
 
Hechos punibles
Hechos puniblesHechos punibles
Hechos punibles
 
TEORIA DEL DELITO
TEORIA DEL DELITOTEORIA DEL DELITO
TEORIA DEL DELITO
 
DELITO.ppt
DELITO.pptDELITO.ppt
DELITO.ppt
 

Destacado (11)

Revista de derecho
Revista de derechoRevista de derecho
Revista de derecho
 
ENJ-300 El Tipo Subjetivo: El Dolo y la Imprudencia/ curso Teoría General del...
ENJ-300 El Tipo Subjetivo: El Dolo y la Imprudencia/ curso Teoría General del...ENJ-300 El Tipo Subjetivo: El Dolo y la Imprudencia/ curso Teoría General del...
ENJ-300 El Tipo Subjetivo: El Dolo y la Imprudencia/ curso Teoría General del...
 
Filmina responsabilidad
Filmina responsabilidadFilmina responsabilidad
Filmina responsabilidad
 
Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, Junio 2007 Chile Francisco Estrada
Ley de Responsabilidad  Penal Adolescente, Junio 2007 Chile Francisco EstradaLey de Responsabilidad  Penal Adolescente, Junio 2007 Chile Francisco Estrada
Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, Junio 2007 Chile Francisco Estrada
 
Responsabilidad penal
Responsabilidad penalResponsabilidad penal
Responsabilidad penal
 
Cuadro sinoptico diferencias entre derecho penal objetivo y subjetivo
Cuadro sinoptico diferencias entre derecho penal objetivo y subjetivoCuadro sinoptico diferencias entre derecho penal objetivo y subjetivo
Cuadro sinoptico diferencias entre derecho penal objetivo y subjetivo
 
Guia Penal II completa
Guia Penal II completaGuia Penal II completa
Guia Penal II completa
 
Exposición sobre derechos subjetivos, objetivos, y derecho y ley penal
Exposición sobre derechos subjetivos, objetivos, y derecho y ley penalExposición sobre derechos subjetivos, objetivos, y derecho y ley penal
Exposición sobre derechos subjetivos, objetivos, y derecho y ley penal
 
Cuadro comparativo responsabilidad civil y penal
Cuadro comparativo responsabilidad civil y penalCuadro comparativo responsabilidad civil y penal
Cuadro comparativo responsabilidad civil y penal
 
Derecho objetivo y derecho subjetivo
Derecho objetivo y derecho subjetivoDerecho objetivo y derecho subjetivo
Derecho objetivo y derecho subjetivo
 
Derecho subjetivo
Derecho subjetivoDerecho subjetivo
Derecho subjetivo
 

Similar a Presentación1

Teoría del delito
Teoría del delitoTeoría del delito
Teoría del delito
bv
 
TEORÍA DEL DELITO 2020.pptx.pptx
TEORÍA DEL DELITO 2020.pptx.pptxTEORÍA DEL DELITO 2020.pptx.pptx
TEORÍA DEL DELITO 2020.pptx.pptx
LouisCharger
 
Dolo eventual y culpa consciente
Dolo eventual y culpa conscienteDolo eventual y culpa consciente
Dolo eventual y culpa consciente
alexandritah
 
Ucc negob responsabilidad civil
Ucc negob responsabilidad civilUcc negob responsabilidad civil
Ucc negob responsabilidad civil
Alvaro Mejia
 
Dolo eventual-y-culpa-con-representacion.
Dolo eventual-y-culpa-con-representacion.Dolo eventual-y-culpa-con-representacion.
Dolo eventual-y-culpa-con-representacion.
pracmariahernandez
 

Similar a Presentación1 (20)

Teoría del delito
Teoría del delitoTeoría del delito
Teoría del delito
 
ENJ-2-301: Presentación Módulo VIII: La Culpabilidad Curso Teoría del Delito AJP
ENJ-2-301: Presentación Módulo VIII: La Culpabilidad Curso Teoría del Delito AJPENJ-2-301: Presentación Módulo VIII: La Culpabilidad Curso Teoría del Delito AJP
ENJ-2-301: Presentación Módulo VIII: La Culpabilidad Curso Teoría del Delito AJP
 
La culpabilidad2_IAFJSR
La culpabilidad2_IAFJSRLa culpabilidad2_IAFJSR
La culpabilidad2_IAFJSR
 
TEORÍA DEL DELITO 2020.pptx.pptx
TEORÍA DEL DELITO 2020.pptx.pptxTEORÍA DEL DELITO 2020.pptx.pptx
TEORÍA DEL DELITO 2020.pptx.pptx
 
Exp0 penal.[1]
Exp0 penal.[1]Exp0 penal.[1]
Exp0 penal.[1]
 
Angel ntics
Angel nticsAngel ntics
Angel ntics
 
Angel ntics
Angel nticsAngel ntics
Angel ntics
 
Alvaro peraza (cuadro comparativo)
Alvaro  peraza (cuadro comparativo)Alvaro  peraza (cuadro comparativo)
Alvaro peraza (cuadro comparativo)
 
Culpabilidad
CulpabilidadCulpabilidad
Culpabilidad
 
Culpabilidad
CulpabilidadCulpabilidad
Culpabilidad
 
Culpabilidad
CulpabilidadCulpabilidad
Culpabilidad
 
informe de Derecho penal sobre el primer elemento del delito y el segundo ele...
informe de Derecho penal sobre el primer elemento del delito y el segundo ele...informe de Derecho penal sobre el primer elemento del delito y el segundo ele...
informe de Derecho penal sobre el primer elemento del delito y el segundo ele...
 
Trabajo 2 de penal de la universidad fermin toro
Trabajo 2 de penal de la universidad fermin toro Trabajo 2 de penal de la universidad fermin toro
Trabajo 2 de penal de la universidad fermin toro
 
Dolo eventual y culpa consciente
Dolo eventual y culpa conscienteDolo eventual y culpa consciente
Dolo eventual y culpa consciente
 
Regimen legal de radio
Regimen legal de radioRegimen legal de radio
Regimen legal de radio
 
Tipicidad
TipicidadTipicidad
Tipicidad
 
Delito
DelitoDelito
Delito
 
Ucc negob responsabilidad civil
Ucc negob responsabilidad civilUcc negob responsabilidad civil
Ucc negob responsabilidad civil
 
Dolo eventual-y-culpa-con-representacion.
Dolo eventual-y-culpa-con-representacion.Dolo eventual-y-culpa-con-representacion.
Dolo eventual-y-culpa-con-representacion.
 
Definiciones contenido
Definiciones contenidoDefiniciones contenido
Definiciones contenido
 

Presentación1

  • 1. •La culpabilidad como categoría de la teoría del delito •Evolución de la categoría de la teoría del delito •Grados o tipos de culpabilidad •Presupuestos y elementos de la culpabilidad •El fundamentos de la existencia de culpabilidad •La culpabilidad material y formal
  • 2. La culpabilidad como categoría de la teoría del delito
  • 3.  Como elementos del delito , nos remite al concepto de “culpabilidad” la existencia de una acción típica y antijurídica.  La culpabilidad encuentra su fundamento en la doctrina: “Mientras la antijuridicidad constituye un juicio despersonalizado de desaprobación sobre el hecho, la culpabilidad requiere, además , la posibilidad de atribución de ese echo desvalorado de su autor”
  • 4.  La culpabilidad relevante para el derecho penal es la que reúne la perspectiva jurídica, mas no desde le punto de vista moral, es decir, no interesara la circunstancia de una persona ni su sentimiento de culpabilidad si no el reproche dirigido en su contra por el comportamiento desplegado .
  • 5.  Resulta cierto que los mandatos y prohibiciones que ampara el derecho penal coinciden con las normas de lo moral .  La culpabilidad jurídica tiene tal carácter que se mide con formulas jurídicas, así como por la circunstancia de que ha de ser constatada públicamente ante la instancia de un órgano jurisdiccional, con sujeción a un procedimiento jurídico. La culpabilidad podemos definirla como : “EL JUICIO DE REPROCHE QUE SE DIRIGE EN CONTRA DEL SUJETO ACTIVO DE UN DELITO, E VIRTUD DE HABER OCASIONADO LA LESION O PUESTA EN PELIGRO DE UN BIEN JURIDICO”
  • 6. Evolución de la categoría de culpabilidad en la teoría del delito  A) Teoría Sicologista  B)La teoría normativista  C)La teoría normativa ante el finalismo
  • 7. Evolución de la categoría de culpabilidad en la teoría del delito Durante la época antigua se gesto el principio “nullum crimen sine culpa” el cual determina que no hay delito sin culpabilidad, El resultado típico solo era punible cuando causaban un daño ,se sancionaba tanto al inocente como al responsable a sus descendientes, es decir existían y se aplicaban con gran normalidad lo que hoy esta plenamente prohibido . En la antigua Grecia, la idea de la justicia empezó a perfilarse fundada ya en la culpa, pero a partir de la Ley de las Doce Tablas, En la antigua Roma “El concepto de delito requirió la existencia de una voluntad contraria a la ley en la persona capaz de obrar”
  • 8.  A la caída del Imperio Romano se dio un retroceso al surgir la responsabilidad por el resultado según el cual habrá culpabilidad no solamente cuando existan dolo o culpa en el agente, si no también cuando hay intención de realizar algo no permitido y se produce un resultado dañoso por mero caso fortuito esta idea perduro hasta el inicio de la Revolución Francesa .  Fue hasta la Edad Media que encontramos una mejor estructura siendo el derecho penal italiano el que lo introdujo en los siglos XVI y XVII  Posteriormente Samuel Pufendorf cobro influencia de la culpabilidad en el derecho natural ,ofreciendo el concepto de imputación concepto que identificaba la acción libremente producida a cargo del autor y por ende como fundamento de su responsabilidad.
  • 9.  En el siglo XVIII Kleinschrod atribuyo como causa de imputación el hecho de que la acción se emprendió con libertad , descansando la totalidad del sistema del derecho penal en la imputación subjetiva concepción que llevo Binding a la dogmatica actual vinculada al presupuesto de la libertad de voluntad Los postulados provocaron decadencia al concepto de culpabilidad basado en el derecho natural como consecuencia de la crisis de la teoría de la libertad de voluntad .En su lugar apareció la concepción sicológica de la culpabilidad .
  • 10. La separación entre El Delito resultado y su causa Como un ente jurídico y El delito es el producto creo la teoría de las del choque al que fuerzas del delito, con lo concurren 2 fuerzas : cual estableció una  La Moral Subjetiva que separación absoluta consiste en la voluntad entre la responsabilidad inteligente que obro por las conductas  Física Subjetiva procedentes de una representada por la voluntad libre e acción corporal de inteligente naturaleza externa
  • 11. Ferri negó la libertad del hombre, al considerara absurdo que pueda responsabilizársele por aquello que no le estaba precisamente determinado , como todo hecho natural. El individuo fue considerado solamente como parte de una sociedad y se llego a la conclusión de que el hombre es responsable al orden social , y a la acción (conducta individual), por lo que viene a ser la responsabilidad por el hecho realizado
  • 12. Teoría sicologista Teoría normativa Teoría normativa ante el finalismo Relación hecho –autor La culpabilidad como juicio de Sustrae el dolo y la culpa de su valor sede tradicional Vinculo subjetivo y objetivo El dolo y la culpa como La culpabilidad deja de cobijar la elementos de l culpabilidad parte subjetiva de hecho El dolo y la culpa constituyen: Requiere la presencia de: Se limita a reunir aquellas a)Relación síquica entre el autor a)Imputabilidad como capacidad circunstancias que condicionan y su hecho de culpabilidad la reprochabilidad del hecho b)Especies de la culpabilidad b)El dolo o la culpa antijurídico c)Ausencia de causas de exculpación Conexión de causalidad síquica Mantiene el contenido Los elementos de la culpabilidad: implica culpabilidad sistemático del causalismo a)La imputabilidad, de presupuesto pasa a ser condición central de reprochabilidad b)Posibilidad de conocimiento de la antijuricidad del hecho c)Ausencia de causas de exculpación Imputabilidad como presupuesto de culpabilidad
  • 13. Grados o tipos de culpabilidad
  • 14.  Concepto : Consiste en causar intencionalmente el resultado típico, con conocimiento y conciencia de la antijurícidad del hecho . La doctrina lo llama delito intencional o doloso .  Elementos: son 2 ético, que consiste en saber que se infringe la norma y volutivo, que es la voluntad de realizar la conducta antijurídica .
  • 15. Directo: El Sujeto activo Indirecto: El sujeto desea Genérico: Es la intención tiene intención de causar un resultado típico, a de causar un daño o un daño determinado y lo sabiendas de que hay afectación o sea la voluntad hace, de manera que existe posibilidades de que surjan consiente encaminado identidad entre la intención otros diferentes producir el delito y el resultado típico Especifico: es la intención Indeterminado: Consiste de causar daño con una en la intención de delinquir especial voluntad que la de manera impresa, sin que propia norma exige en cada el agente desee causar un caso, de modo que deberá delito determinado. ser objeto de prueba
  • 16.  Es el segundo grado de  Elementos : culpabilidad y ocurre a)Conducta (acción u cuando se causa un omisión) resultado típico sin b)Carencia de cuidado, intención de producirlo, cautela o precaución pero se ocasiona solo por imprudencia o falta de c)Resultado previsible y cuidado o de precaución, evitable debiendo ser previsible y d)Tipificacion del resultado evitable. La doctrina le Nexo o relación de causalidad llama delito culposo, imprudencial o no intencional.
  • 17. • También llamada con previsión o con representación, existe cundo el activo prevé como posible resultado típico, pero no lo Consiente quiere y tiene la esperanza de que no se producirá • Conocida como culpa sin previsión o sin representación, existe cuando el agente no prevé el resultado típico, así realiza la Inconsciente conducta sin pensar que puede ocurrir el resultado típico y sin proveer lo posible y evitable • Dicha culpa puede ser lata, leve y levísima
  • 18.  También llamada ultraintencion, la cual consiste en producir un resultado de mayor gravedad que el deseado.  Elementos: a) Intención o dolo de causar un resultado típico b) Imprudencia en la conducta c) Resultado mayor que el querido
  • 19. Presupuestos y elementos de la culpabilidad
  • 20. En consecuencia los  En el aspecto relativo a los presupuestos y elementos elementos que integran a la de la culpabilidad son : la culpabilidad en el estado acción, la tipicidad, la actual de la evolución de la antijuricidad y la ausencia teoría del delito son: de eximentes de  A)La imputabilidad, no a culpabilidad . nivel de presupuesto, sino como condición de la culpabilidad .  B) La posibilidad de conocimiento de la antijuridicidad del hecho  C)la ausencia de causas de exculpación
  • 21.  El Fundamento de la Exigencia de culpabilidad  A) El principio de culpabilidad y libertad de voluntad  B) La necesidad de la pena  C) La motivación como fundamento de la culpabilidad
  • 22. A. El principio de culpabilidad y libertad de voluntad La culpabilidad se rige fundamentalmente por el principio del derecho Romano :Poena non quam suos teneat auctores, nadie puede ser responsable por las acciones de terceros que no ha podido impedir . Establecer si la culpabilidad surge del hecho realizado, o bien si su realización permite para efectos determinar la culpabilidad , si la voluntad es plenamente para obtener el resultado prohibido o transgredir lo mandado en el tipo penal .
  • 23. La voluntad exteriorizada por el sujeto activo y el resultado típico se encuentran exactamente en la misma relación tanto en los delitos dolosos como en los culposos . El fundamento de la culpabilidad radique básicamente en la posibilidad de actuar de modo distinto(libertad de voluntad-conciencia del ciudadano)
  • 24. B) La necesidad de la pena La culpabilidad se establece en la ley penal como el limite de la pena, es decir esta graduada con base en aquella, lo cual solo resulta valido para el caso de los sujetos normales en los cuales existe la ausencia de una causa de inculpabilidad . Donde la pena es justificable por un fin de prevención penal, para el caso de los sujetos que hayan delinquido, a diferencia de las medidas de seguridad que deben aplicar a los sujetos peligrosos, pero para un sujeto culpable a la vez que peligroso, debe serle aplicada una pena y una medida de seguridad
  • 25. C) La motivación como  Cuando existe la imposibilidad fundamento de la culpabilidad de motivar l sujeto, entonces Muñoz Conde menciona que la resulta conveniente prohibirle el culpabilidad es la ultima fase hecho del proceso de motivación que comienza con la educación paterna y prosigue durante toda la vida del individuo, cuando no existe dicha participación en los bienes jurídicos , falta todo sentimiento de culpabilidad en el sujeto, en consecuencia , la razón para formularle un reproche Mir Puig señala que existe culpabilidad cuando el autor de un hecho penalmente antijurídico actúan en condiciones de motivabilidad normal, lo que sucede si no es imputable, ni obra en situación de no exigibilidad
  • 26. El tener conocimiento y existencia de La posibilidad del conocimiento del deber la norma que le sujeto conozca la en el momento del hecho, la capacidad de proposición jurídica que contiene la recordar la prohibición como el mandato o prohibición o mandato que va a bien de construirlos mediante contrariar consideraciones racionales La capacidad de autodeterminación, vista como la libertad de voluntad, resulta un presupuesto indispensable para actuar La capacidad de guiarse por la norma, Capacidad para el cumplimiento del el sujeto tenga madurez mental a deber , el sujeto tiene que planear efecto de que pueda actuar conforme al correctamente el contenido se su deber voluntad
  • 27. La culpabilidad material y culpabilidad formal
  • 28. El dolo: se entendía como falta de sentimiento .De la La culpabilidad: en La culpa: como falta de expresión latina dolus general como falla a la entendimiento quiere decir que actúa disposición social del malévola o maliciosamente individuo para captar la voluntad Son herencia de los postulados construidos en el siglo XIX.
  • 29. Material Formal  Sera el contenido  Se reúnen los presupuestos explicativo de la que un determinado sistema culpabilidad, el por que de penal requiere para que la culpabilidad formal pueda ser imputado un hecho  Tiene el carácter de un a un sujeto postulado según el cual  Abarca aquellos elementos solo pueden entrar en síquicos del hecho en que un consideración como ordenamiento jurídico dado fundamento del juicio la se exigen positivamente como culpabilidad características presupuesto de la imputación muy precisas de la acción o subjetiva . del autor