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Producciones el agrarista:
PRESENTA
Producciones el
agrarista:
PRESENTA
FI PP
Expediente FIPP
JUNIO 2009
I nt egr aci ón
document al
Expedi ent e FI PP
Si sabes enseña,
Si no sabes aprende.
Los derechos se
defienden
Ejerciéndolos
Ejerce los tuyos!!!
TU PUEDES MARCAR LA DIFERENCIA
¡¡SE DIFERENTE!!
TIENES QUE
CREERTELA!!!
TIENES QUE CREERTELA !!!
Advertencia:
ESTA PRESENTACION FUE
ARMADA CON MATERIAL
BAJADO DE INTERNET SIN FINES
DE LUCRO RESPETANDO LOS
DERECHOS DE AUTORIA.
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
MANUAL ÚNICO DE
PROCEDIMIENTOS
SUSTANTIVOS DE LA
PROCURADURÍA AGRARIA
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
PROCEDIMIENTO
Asesorar a los núcleos
agrarios en las asambleas
relativas
a las fracciones I a VI y XV
del Art. 23, 24 y 40 de la Ley
Agraria
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
RESIDENCIA CIUDAD ALTAMIRANO GRO. CAPACITACION AGRARIA.
CARTA DESCRIPTIVA.
NOMBRE DEL EVENTO______________________________________________________
TIPO DE EVENTO___________________________________________________________
OBJETIVO GENERAL.____________________________________________FECHA______
OBJETIVOS CONTENIDO ACTIVIDAD TIEMPO
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
RESIDENCIA CIUDAD ALTAMIRANO GRO. CAPACITACION AGRARIA.
PROGRAMA DE TRABAJO fecha
FACILITADOR._________________________________________________________________________
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
PROCEDIMIENTO
Asesorar a los núcleos
agrarios en las asambleas
relativas
a las fracciones I a VI y XV
del Art. 23, 24 y 40 de la Ley
Agraria
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
Objetivo del Procedimiento.
Otorgar certeza jurídica en la celebración
de las asambleas realizadas de acuerdo a
las fracciones I a VI y XV del artículo 23, 24
y 40 de la Ley Agraria en las cuales
participa la Procuraduría Agraria a petición
de los sujetos agrarios.
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
Normas de Operación.
La Procuraduría Agraria de conformidad a
las fracciones I a VI y XV del artículo 23
tendrá participación en la Asamblea
solicitadas por sujetos agrarios como:
1. Asesor jurídico, es decir para garantizar
la legalidad de la Asamblea y coadyuvar en
el desarrollo de la misma.
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
2. Convocante, cuando los Órganos de
Representación y Vigilancia no atendieron
en tiempo y forma, la solicitud planteada
por los ejidatarios o comuneros para
convocar a asamblea.
Cuando la Procuraduría Agraria sea
convocante se tendrá que observar el
siguiente procedimiento.
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
Etapa de recepción de la solicitud.
La solicitud de expedición de convocatoria
por parte de la Procuraduría Agraria, no
requerirá de formalidades especiales, podrá
realizarse por escrito o por comparecencia
de los interesados.
La Procuraduría elaborará el acta
correspondiente, asistiendo a los
promoventes en sus planteamientos.
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
El escrito o acta de comparecencia según
corresponda, contendrá los asuntos que se
someterán al conocimiento de la asamblea
que se pretenda convocar y estar firmada al
menos por veinte ejidatarios o comuneros ó
el veinte por ciento de los integrantes del
núcleo agrario de acuerdo al padrón
expedido por el Registro Agrario Nacional,
de acuerdo a las fracciones I a VI
y XV del artículo 23 y 24 de la Ley Agraria.
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
Cuando se trate de una remoción de los
miembros del Comisariado y/o Consejo de
Vigilancia, la solicitud será de por lo menos
el veinticinco por ciento de los ejidatarios o
comuneros del núcleo, en términos del
artículo 40 de la Ley Agraria.
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
Requisitos y documentos que deben
respaldar una solicitud para la emisión de
convocatoria a una asamblea:
1. Acreditar el interés jurídico, es decir, su
calidad de ejidatario o comunero
legalmente
reconocido, conforme a los artículos 16 y
150 de la Ley Agraria.
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
2. Acreditar que solicitaron la expedición de
convocatoria al Comisariado Ejidal o de
Bienes Comunales y al Consejo de
Vigilancia, conforme a lo establecido en el
artículo 24 de la Ley Agraria.
En este supuesto, se deberá de tomar en
cuenta el siguiente criterio:
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
• Que exista acuse de recibido de la
peticiones realizadas al Comisariado Ejidal
o de Bienes Comunales y al Consejo de
Vigilancia, en el término de cinco días
hábiles a partir de la solicitud, documentos
que deberán contener la firma de recibido
de los tres integrantes del Comisariado y
del Consejo de Vigilancia respectivamente.
(Art. 24 de la Ley Agraria). 1
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
• Cuando los integrantes de los Órganos de
Representación y Vigilancia se nieguen a
recibir la solicitud, se les tendrá por notificados:
1. Con la constancia de dos testigos ejidatarios,
comuneros o avecindados y con sus
derechos agrarios vigentes, diferentes a los solicitantes.
2. Con la certificación de autoridad o delegado
municipal.
3. Con la certificación de quien goce de Fe Pública,
conforme a lo previsto en la
legislación local.
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
Etapa de calificación de la solicitud.
Reunidos los requisitos requeridos, el
Delegado o Jefe de Residencia integrará el
expediente respectivo y procederá a
calificar la solicitud, en un término no mayor
a cinco días hábiles a partir de su
recepción.
En primer término, se analizará que los
solicitantes acrediten su personalidad con
cualquiera de los documentos siguientes:
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
• Certificado de derechos agrarios.
• Certificado de derechos parcelarios.
• Certificado sobre tierras de uso común.
• Sentencia o Resolución de los Tribunales
Agrarios.
• Constancia de vigencia de derechos
expedida por el Registro Agrario Nacional.
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
Se deberá observar que los promoventes reúnan
el número o porcentaje que la ley determina para
la emisión de la convocatoria.
Deberá observarse que haya transcurrido el
término de sesenta días a partir de la fecha en
que el Comisariado Ejidal o de Bienes
Comunales concluyó el periodo para el cual
fueron electos y el Consejo de Vigilancia haya
emitido la convocatoria (en términos del artículo
del 39 de la Ley
Agraria).
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
En este caso, la Procuraduría Agraria se abstendrá de
convocar a asamblea, no obstante exista
solicitud de por medio, a la que se dará seguimiento si
concluido el plazo citado en el párrafo
anterior no se ha convocado.
Para mayor certeza sobre la vigencia de derechos
agrarios de los solicitantes, la Procuraduría
Agraria solicitará al Registro Agrario Nacional, el padrón
de ejidatarios o comuneros, previo a la
celebración de la asamblea, en términos del artículo 138
de la Ley Agraria.
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
Integrado el expediente y analizadas las
constancias, podrá recaer algunos de los
acuerdos
siguientes:
• Acuerdo de desechamiento: Se dictará dicho
acuerdo cuando calificada la solicitud, se
desprenda la incompetencia de la Procuraduría a
convocar a Asamblea, o no fue
atendido el acuerdo de prevención, para acreditar
personalidad e interés jurídico.
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• Acuerdo de prevención: Se solicitará a los promoventes que
en un término de 15 días hábiles siguientes al de su notificación
acrediten su personalidad e interés jurídico.
• Acuerdo de admisión: Si del análisis de las constancias que
formen el expediente se desprende, de manera inobjetable, que
se encuentra debidamente integrado y que los
promoventes han satisfecho los requisitos exigidos por la ley o
bien, han atendido la prevención, el Delegado o Residente dictará
acuerdo de admisión de la solicitud
realizada, lo que dará lugar a que la Procuraduría expida la
convocatoria a Asamblea que conozca de los asuntos planteados.
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
Los acuerdos deberán ser notificados a los
solicitantes.
Emisión de la convocatoria.
Dictado el acuerdo de admisión de la solicitud, la
Procuraduría Agraria realizará la cédula de
convocatoria a Asamblea con no menos de ochos
días de anticipación ni más de quince, y
deberá publicarse en los lugares más visibles del
ejido o comunidad.
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
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FIPP
En el supuesto que el Tribunal Unitario Agrario instruya
a la Procuraduría convocar a Asamblea, se deberá
analizar el acuerdo o resolución por parte de los
encargados o áreas jurídicas de la Delegación o
Residencia y someter a consideración de sus superiores
el acuerdo que en derecho proceda.
La convocatoria deberá contener los requisitos
siguientes: (artículo 25 de la Ley Agraria y 10 del
Reglamento de la Ley Agraria en materia de
Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de
Solares):
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
a. Orden del día de los asuntos a tratar.
b. Lugar, fecha y hora de la celebración de
la asamblea.
c. La firma del convocante, o huella digital
cuando éste no pudiere hacerlo. Si éste
cuenta con sello deberá también
estamparlo; y,
d. Fecha de su expedición.
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
Los asuntos a tratar serán aquellos que fueron
planteados por los solicitantes en el escrito de
solicitud o en el acta de comparecencia, por lo
que la convocatoria a Asamblea deberá
apegarse a éstos; al momento de fijarse la
convocatoria en los lugares más visibles del
poblado,
el personal de la Institución elaborará la
constancia respectiva, con la participación de dos
testigos, autoridad municipal o fedatario público.
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
Para el establecimiento del lugar de la reunión para la
celebración de la Asamblea que sea
señalado en la cédula, se deberá cumplir con lo
siguiente:
• Celebrarse dentro del ejido o en lugar habitual, salvo
causa justificada (problemas
sociales al interior del núcleo agrario, número de
asistentes mayor al habitual,desastres naturales, etc.) y
en caso de existir el anterior supuesto, se hará del
conocimiento en el cuerpo de la convocatoria
justificando el cambio del lugar de
sesiones.
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
La convocatoria deberá estar firmada por el
Delegado Federal o Jefe de Residencia de
acuerdo
con el ámbito territorial asignado, de
conformidad con lo dispuesto por los
artículos 30 fracción
VIII y 31 del Reglamento Interior de la
Procuraduría Agraria.
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
Asistencia a Asamblea.
Transcurrido el término fijado en la convocatoria para la
celebración de la Asamblea y reunidos
en el lugar señalado para el mismo objeto, se procederá al
desahogo del orden del día.
Cuando la Procuraduría Agraria sea convocante, el personal de la
Procuraduría Agraria
verificará que se realice el pase de lista y se cuente con el
quórum legal para la instalación,
dependiendo si se trata de primera, de segunda o de ulterior
convocatoria, conforme al padrón
de comuneros o ejidatarios con derechos vigentes expedido por
el Registro Agrario Nacional,
hasta la instalación de la mesa de debates.
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
Cuando la Procuraduría acuda a la
asamblea como invitado, el comisionado
actuará como garante de la legalidad en el
desarrollo de la asamblea, en términos de
la fracción XV del artículo 5 del Reglamento
Interior de la Procuraduría Agraria;
debiendo levantar un informe de lo
acontecido en la misma.
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
El Quórum legal para la instalación de la Asamblea que
conozca de los asuntos señalados en
las fracciones I a VI y XV del artículo 23 de la Ley,
deberá hacerse conforme los asuntos que se
vayan a tratar:
• Cuando ésta se reúna en virtud de primera
convocatoria deberán estar presentes
cuando menos la mitad más uno de los ejidatarios o
comuneros.
• Cuando se realice por segunda o ulterior convocatoria,
se celebrará válidamente
cualquiera que sea el número de ejidatarios o
comuneros que concurran.
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
Si de la calificación del quórum se determina que
no se cumple con la mayoría de la asistencia
requerida para su validez, la Procuraduría
procederá a levantar el acta de no verificativo, en
la que se hará constar tal circunstancia y se
expedirá de inmediato una segunda convocatoria
a Asamblea, en la que se fijará un plazo para su
celebración no menor a ocho ni mayor a treinta
días, contados a partir de la expedición de la
segunda convocatoria (artículo 25 de la Ley
Agraria).
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
Es preciso hacer hincapié que cuando el
núcleo agrario invite a la Procuraduría
Agraria como
Asesor jurídico, se deberá participar, previo
análisis de la documentación que respalde
a la solicitud.
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
Asistencia de Mandatario
Solo es válida la asistencia de un mandatario a la
Asamblea que traten los asuntos de las
fracciones I a la VI del artículo 23 de la Ley
Agraria, con excepción de la fracción III, en la
que bastará una carta poder debidamente
suscrita por el titular ante dos testigos que sean
ejidatarios, comuneros o avecindados del mismo
núcleo al que pertenece el mandante.
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
En caso
de que el ejidatario o comunero mandante no pueda
firmar, imprimirá su huella digital en la carta y solicitará a
un tercero que firme la misma y asiente el nombre de
ambos (Artículo 30 de
la Ley Agraria).
Tratando de las Asambleas para la elección de los
órganos de representación y de vigilancia
(fracción III artículo 30 de la Ley Agraria), no se
aceptaran mandatarios, en los términos
expuestos.
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
Validez de los Acuerdos de Asamblea
Se tomaran válidamente por mayoría de
votos de los ejidatarios o comuneros
presentes y serán
obligatorias para los ausentes y disidentes.
En caso de empate, el presidente del
Comisariado Ejidal o de Bienes Comunales
tendrá el voto
de calidad (Artículo 27 de la Ley Agraria).
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
Tratándose de la fracción III del artículo 23 de la
Ley Agraria, respecto a la Elección de los
Órganos de Representación y Vigilancia, el voto
será secreto y el escrutinio será inmediato; en
caso de que la votación se empate, se repetirá
ésta y si volviera a empatarse se asignarán los
puestos por sorteo entre los individuos que
hubiesen obtenido el mismo número de votos
(Artículo 37 de la Ley Agraria).
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
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Del Acta de Asamblea
De toda asamblea se levantará el acta
correspondiente (artículo 31 de la Ley
Agraria), la cual deberá contener los
siguientes puntos:
• Lugar, día y hora de realización.
• Lista de asistentes.
• En su caso, la solicitud realizada a la
Procuraduría Agraria para convocar;
• Verificación del quórum legal.
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Pública y Privada en la
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• Declaración e instalación legal de la Asamblea.
• Elección de la mesa de debates.
• Lectura de los asuntos a tratar de acuerdo con la convocatoria
emitida.
• Presentación del representante de la Procuraduría Agraria.
• Por cada uno de los asuntos tratados, por la asamblea, se
deberá consignar el acuerdo respectivo, precisando en qué
sentido fue tomado éste y la votación obtenida para su
aprobación o desaprobación. En caso de que los integrantes de la
asamblea propongan declararla en sesión permanente deberá
establecerse en el acta el acuerdo recaído, así como la
información necesaria para su reanudación, destacando lugar y
hora.
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
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• Hora en que terminó la asamblea.
• Firma de los Órganos de Representación
y Vigilancia que hayan asistido, así como la
de • En caso de inconformidad sobre
cualquiera de los acuerdos asentados en el
acta, cualquier ejidatario o comunero podrá
firmar bajo protesta haciendo constar tal
hecho.los ejidatarios o comuneros
presentes que deseen hacerlo.
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
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De la Ejecución de los Acuerdos
El Comisariado Ejidal o de Bienes
Comunales es el órgano encargado de la
ejecución de los acuerdos de la Asamblea;
no obstante que haya convocado la
Procuraduría Agraria, la institución no tiene
responsabilidad en el cumplimiento de los
mismos (Artículo 32 de la Ley
Agraria).
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
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Integración del Expediente
Con base al procedimiento general “Asesoría y
Participación en Asambleas”, la Delegación será
responsable de integrar los expedientes con el siguiente
soporte documental:
1. Acuerdo de radicación (obligatorio).
2. Acuerdo de recepción de solicitud (obligatorio).
3. Solicitud (obligatorio).
4. Cédula de convocatoria para la realización de la
Asamblea (obligatorio).
5. Convocatoria(s) y acta de asamblea (en su caso).
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Pública y Privada en la
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6. Acta de no verificativo (en su caso).
7. Cédula de segunda convocatoria (en su
caso).
8. Acta de Asamblea (obligatorio).
9. Acuse de recibo ante el RAN o en su
caso informe de conclusión (obligatorio).
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Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
Seguimiento
El seguimiento al procedimiento de Asesorar a los
núcleos agrarios en las asambleas relativas a
las fracciones I a VI y XV del Art. 23 y 24 de la Ley, se
llevará a cabo a través del Centro de
Innovación e Información Agraria (CIIA), a través del
procedimiento 14 “Asesoría y participación
en la asamblea”, asunto 4102 “Solicitud para convocar a
Asamblea para tratar asuntos de las
fracciones II, IV, V, VI y XV del artículo 23 y 24 de la Ley
Agraria en virtud de haberse negado a
convocar”, abarcando las siguientes acciones:
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Pública y Privada en la
Propiedad Rural
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• 14000 Asesoría y participación en asambleas.
• 14001 Acuerdo de radicación.
• 14002 Integración documental.
• 14003 Emisión de Primera convocatoria.
• 14004 Asistencia a Asamblea de Primera convocatoria.
• 14005 Asamblea no celebrada en Primera
convocatoria.
• 14006 Emisión de Segunda convocatoria o ulterior
convocatoria.
• 14007 Asistencia de asamblea en Segunda
convocatoria o ulterior convocatoria
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
• 14008 Verificación del envío del acta en el RAN, para
su inscripción o en su caso informe de
conclusión (acción terminal).
5.12.3.3. Indicadores.
Tipo de indicador: Indicadores de desempeño
Atributo: Oportunidad.
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
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Estándar: El 95% de las asesorías solicitadas por los
núcleos agrarios o los Órganos de
Representación y Vigilancia se brindan antes de 5 días
naturales.
Fórmula del indicador: No. de asesorías brindadas
dentro del plazo máximo establecido X 100
/ total de asesorías brindadas.
Periodicidad: Mensual
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Pública y Privada en la
Propiedad Rural
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Narrativa del
procedimiento
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
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PROCEDIMIENTO
Asesorar a los núcleos
agrarios en las
asambleas relativas
a las fracciones I a VI y
XV del Art. 23, 24 y 40
de la Ley Agraria
RESPONSABLE
Coordinador de
Profesionales,
Dictaminador o
Personal
Responsable
NUMERO 1
ACTIVIDAD Recibe, da
bienvenida al
compareciente y solicita
datos generales.
Inicia Proceso de
Atención a Solicitudes.
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Pública y Privada en la
Propiedad Rural
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PROCEDIMIENTO
Asesorar a los núcleos
agrarios en las
asambleas relativas
a las fracciones I a VI y
XV del Art. 23, 24 y 40
de la Ley Agraria
RESPONSABLE
Visitador
Agrario
NUMERO 2
ACTIVIDAD Recibe y analiza escrito de
solicitud de asesoría sobre el
procedimiento de Asesoraría a los
núcleos agrarios en las asambleas
relativas a las fracciones I a VI y XV del
Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria, o acta
de comparecencia y, en su caso,
documentación anexa, verifica que la
documentación se encuentre completa.
¿Documentación completa?
Si: Pasa a la actividad 8.
No: Continúa procedimiento.
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PROCEDIMIENTO
Asesorar a los núcleos
agrarios en las
asambleas relativas
a las fracciones I a VI y
XV del Art. 23, 24 y 40
de la Ley Agraria
NUMERO 3
ACTIVIDAD Emite acuerdo
de prevención, recaba
firmas de los
promoventes e integra
expediente.
RESPONSABLE
Visitador
Agrario
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Pública y Privada en la
Propiedad Rural
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PROCEDIMIENTO
Asesorar a los núcleos
agrarios en las
asambleas relativas
a las fracciones I a VI y
XV del Art. 23, 24 y 40
de la Ley Agraria
NUMERO 4
ACTIVIDAD Registra acción
en el Centro de
Innovación e
Información Agraria
(CIIA).
RESPONSABLE
Visitador
Agrario
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Pública y Privada en la
Propiedad Rural
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PROCEDIMIENTO
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agrarios en las
asambleas relativas
a las fracciones I a VI y
XV del Art. 23, 24 y 40
de la Ley Agraria
NUMERO 5
ACTIVIDAD Verifica si el sujeto
agrario atiende la
prevención. ¿Se atendió la
prevención?
Si: Pasa a la actividad 8.
No: Continúa procedimiento.
RESPONSABLE
Visitador
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agrarios en las
asambleas relativas
a las fracciones I a VI y
XV del Art. 23, 24 y 40
de la Ley Agraria
NUMERO 6
ACTIVIDAD Emite acuerdo de
desechamiento, y en su
caso, recaba firmas de los
promoventes e integra
expediente.
RESPONSABLE
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Pública y Privada en la
Propiedad Rural
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agrarios en las
asambleas relativas
a las fracciones I a VI y
XV del Art. 23, 24 y 40
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NUMERO 7
Registra la acción en el
Centro de Innovación e
Información Agraria (CIIA).
Pasa a la actividad 25.
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agrarios en las
asambleas relativas
a las fracciones I a VI y
XV del Art. 23, 24 y 40
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NUMERO 8
ACTIVIDAD Emite acuerdo de
admisión, recaba firmas de
los promoventes e integra
expediente.
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NUMERO 9
ACTIVIDAD Registra en el
CIIA la acción e
imprime carátula de
expediente.
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agrarios en las
asambleas relativas
a las fracciones I a VI y
XV del Art. 23, 24 y 40
de la Ley Agraria
NUMERO
10
ACTIVIDAD Asesora a los ORV y/o
Núcleo Agrario en lo relativo al
procedimiento de las asambleas
relativas a las fracciones I a VI y
XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley
Agraria, según sea el caso.
¿Convoca a Asamblea el Núcleo
Agrario?
Si: Pasa a la actividad 14.
No: Continúa procedimiento.
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Visitador
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asambleas relativas
a las fracciones I a VI y
XV del Art. 23, 24 y 40
de la Ley Agraria
NUMERO
11
ACTIVIDAD Convoca la
Procuraduría Agraria. Elabora las
Cédulas
de Convocatorias y pega la
primera en los lugares más
visibles del núcleo agrario.
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PROCEDIMIENTO
Asesorar a los núcleos
agrarios en las
asambleas relativas
a las fracciones I a VI y
XV del Art. 23, 24 y 40
de la Ley Agraria
NUMERO
12
ACTIVIDAD Asiste a la Asamblea
relativa a las fracciones I a VI y
XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley
Agraria.
¿Existe quórum legal?
Si: Pasa a la actividad 19.
No: Continúa procedimiento.
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PROCEDIMIENTO
Asesorar a los núcleos
agrarios en las
asambleas relativas
a las fracciones I a VI y
XV del Art. 23, 24 y 40
de la Ley Agraria
NUMERO
13
Levanta el Acta de No
Verificativo y emite la
Segunda Convocatoria para
celebrar la Asamblea
relativas a las fracciones I a
VI y XV del Art. 23, 24 y 40
de la Ley Agraria.
Pasa a la actividad 19.
RESPONSABLE
Visitador
Agrario
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
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PROCEDIMIENTO
Asesorar a los núcleos
agrarios en las
asambleas relativas
a las fracciones I a VI y
XV del Art. 23, 24 y 40
de la Ley Agraria
NUMERO
14
ACTIVIDAD Asesora en la
elaboración de la Convocatoria
para celebrar la Asamblea.
Solicita que peguen las
convocatorias en los lugares más
visibles del núcleo
agrario.
RESPONSABLE
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PROCEDIMIENTO
Asesorar a los núcleos
agrarios en las
asambleas relativas
a las fracciones I a VI y
XV del Art. 23, 24 y 40
de la Ley Agraria
NUMERO
15
ACTIVIDAD Verifica la
emisión de la Primera
Convocatoria y
recaba la copia
correspondiente.
RESPONSABLE
Visitador
Agrario
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
PROCEDIMIENTO
Asesorar a los núcleos
agrarios en las
asambleas relativas
a las fracciones I a VI y
XV del Art. 23, 24 y 40
de la Ley Agraria
NUMERO
16
ACTIVIDAD Asiste a la Asamblea
relativa a las fracciones I a VI y
XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley
Agraria.
¿Existe quórum legal?
Si: Pasa a la actividad 19.
No: Continúa procedimiento.
RESPONSABLE
Visitador
Agrario
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
PROCEDIMIENTO
Asesorar a los núcleos
agrarios en las
asambleas relativas
a las fracciones I a VI y
XV del Art. 23, 24 y 40
de la Ley Agraria
NUMERO
17
Solicita se levante el Acta de
No Verificativo y asesora
en la elaboración de la
Segunda Convocatoria para
celebrar la Asamblea. Solicita
que peguen las
convocatorias en los lugares
más visibles del núcleo
agrario.
RESPONSABLE
Visitador
Agrario
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
PROCEDIMIENTO
Asesorar a los núcleos
agrarios en las
asambleas relativas
a las fracciones I a VI y
XV del Art. 23, 24 y 40
de la Ley Agraria
NUMERO
18
ACTIVIDAD Verifica la emisión
de la Segunda
Convocatoria y
recaba la copia
correspondiente.
RESPONSABLE
Visitador
Agrario
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
PROCEDIMIENTO
Asesorar a los núcleos
agrarios en las
asambleas relativas
a las fracciones I a VI y
XV del Art. 23, 24 y 40
de la Ley Agraria
NUMERO
19
ACTIVIDAD Participa en la celebración de
la Asamblea relativa a las fracciones I a VI
y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley
Agraria, asesora para la elaboración del
Acta de Asamblea correspondiente y se
recaban firmas de los participantes.
¿ORV solicita la inscripción al RAN del
Acta de Asamblea?
Si: Continúa procedimiento.
No: Pasa a la actividad 24.
RESPONSABLE
Visitador
Agrario
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
PROCEDIMIENTO
Asesorar a los núcleos
agrarios en las
asambleas relativas
a las fracciones I a VI y
XV del Art. 23, 24 y 40
de la Ley Agraria
NUMERO
20
ACTIVIDAD Recibe solicitud
verbal o escrita de los ORV
para ingresar al RAN el Acta de
Asamblea correspondiente
para su inscripción.
RESPONSABLE
Visitador
Agrario
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
PROCEDIMIENTO
Asesorar a los núcleos
agrarios en las
asambleas relativas
a las fracciones I a VI y
XV del Art. 23, 24 y 40
de la Ley Agraria
NUMERO
21
ACTIVIDAD Inicia proceso
de gestión administrativa.
RESPONSABLE
Visitador
Agrario
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
PROCEDIMIENTO
Asesorar a los núcleos
agrarios en las
asambleas relativas
a las fracciones I a VI y
XV del Art. 23, 24 y 40
de la Ley Agraria
NUMERO
22
ACTIVIDAD Recibe Acta inscrita en
el RAN.
RESPONSABLE
Visitador
Agrario
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Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
PROCEDIMIENTO
Asesorar a los núcleos
agrarios en las
asambleas relativas
a las fracciones I a VI y
XV del Art. 23, 24 y 40
de la Ley Agraria
NUMERO
23
ACTIVIDAD Hace del conocimiento
de los ORV.
RESPONSABLE
Visitador
Agrario
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Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
PROCEDIMIENTO
Asesorar a los núcleos
agrarios en las
asambleas relativas
a las fracciones I a VI y
XV del Art. 23, 24 y 40
de la Ley Agraria
NUMERO
24
ACTIVIDAD Elabora el informe final
e integra documentación en
expediente.
RESPONSABLE
Visitador
Agrario
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Propiedad Rural
FIPP
PROCEDIMIENTO
Asesorar a los núcleos
agrarios en las
asambleas relativas
a las fracciones I a VI y
XV del Art. 23, 24 y 40
de la Ley Agraria
NUMERO
25
ACTIVIDAD Registra acciones en el
Centro de Innovación e
Información Agraria (CIIA) y
concluye el expediente.
RESPONSABLE
Visitador
Agrario
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Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
PROCEDIMIENTO
Asesorar a los núcleos
agrarios en las
asambleas relativas
a las fracciones I a VI y
XV del Art. 23, 24 y 40
de la Ley Agraria
NUMERO
26
ACTIVIDAD Entrega el expediente
al Residente para su revisión y
rúbrica..
RESPONSABLE
Visitador
Agrario
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Propiedad Rural
FIPP
PROCEDIMIENTO
Asesorar a los núcleos
agrarios en las
asambleas relativas
a las fracciones I a VI y
XV del Art. 23, 24 y 40
de la Ley Agraria
NUMERO
27
ACTIVIDAD Recibe expediente y lo
revisa.
¿Expediente completo?
Si: Continúa procedimiento.
No: Regresa a la actividad 24.
RESPONSABLE
Visitador
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Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
PROCEDIMIENTO
Asesorar a los núcleos
agrarios en las
asambleas relativas
a las fracciones I a VI y
XV del Art. 23, 24 y 40
de la Ley Agraria
NUMERO
28
ACTIVIDAD Rubrica el expediente y
lo turna a la secretaria o
personal responsable para su
archivo.
RESPONSABLE
Residente
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
PROCEDIMIENTO
Asesorar a los núcleos
agrarios en las
asambleas relativas
a las fracciones I a VI y
XV del Art. 23, 24 y 40
de la Ley Agraria
NUMERO
29
ACTIVIDAD Archiva el expediente y
lo resguarda en los archivos de
la Residencia.
RESPONSABLE
Residente
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
RESIDENCIA CIUDAD ALTAMIRANO GRO. CAPACITACION AGRARIA.
TEMA._____________________________________________ FACILITADOR_____________________________TECNICA__________.
LUGAR.______________________________________________ FECHA_______________________________ HORA_________________.
NO. A S I S T E N T E S CARGO. POB./INST. FIRMA.
____ ______________________________________________________ ________________ _________________ _____________________
____ ______________________________________________________ ________________ _________________ _____________________
____ ______________________________________________________ ________________ _________________ _____________________
____ ______________________________________________________ ________________ _________________ _____________________
____ ______________________________________________________ ________________ _________________ _____________________
____ ______________________________________________________ ________________ _________________ _____________________
____ ______________________________________________________ ________________ _________________ _____________________
____ ______________________________________________________ ________________ _________________ _____________________
____ ______________________________________________________ ________________ _________________ _____________________
____ ______________________________________________________ ________________ _________________ _____________________
____ ______________________________________________________ ________________ _________________ _____________________
____ ______________________________________________________ ________________ _________________ _____________________
____ ______________________________________________________ ________________ _________________ _____________________
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
RESIDENCIA CIUDAD ALTAMIRANO GRO. CAPACITACION AGRARIA.
EVALUACION SOBRE EL EVENTO DE CAPACITACION
No. PREGUNTAS MALO REGULAR BUENO EXCELENTE
La información que le dieron sobre el curso, antes del inicio fue
Lo que esperaba del curso fue cubierto en forma
Los objetivos y contenidos académicos se cumplieron en forma
El material didáctico utilizado en el curso fue
El lugar en el que se llevo a cabo el curso fue
En general el expositor del curso fue
Evalúe de manera global el curso.
Comentarios y observaciones sobre el curso.___________________________________________________________________________
______________________________________________________________________________________________________________________
______________________________________________________________________________________________________________________
______________________________________________________________________________________________________________________
______________________________________________________________________________________________________________________
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
RESIDENCIA CIUDAD ALTAMIRANO GRO. CAPACITACION AGRARIA.
EVALUACION AL CAPACITADOR.
No. PREGUNTAS MALO REGULAR BUENO EXCELENTE
Explicó al grupo los objetivos del curso de manera
Explico y acordó las reglas del trabajo del curso
Procuró el objetivo del curso de manera
Propició un clima de armonía y respeto
Estimuló la participación del grupo en los temas de manera
Desarrolló en forma clara y comprensible los temas del curso
Aclaro las preguntas durante la impartición de los temas del curso
Mostró dominio de los temas de manera
Manejó el material didáctico de manera
Adecuó el desarrollo de los temas a las necesidades del grupo en
forma.
Asistió puntual y regularmente al curso
Aprovechó el tiempo programado para sus temas en forma
Aplicó variadas técnicas de enseñanza durante el curso de manera
Evalúe globalmente el desempeño del instructor.
Comentarios y observaciones sobre el curso.___________________________________________________________________________
______________________________________________________________________________________________________________________
______________________________________________________________________________________________________________________
______________________________________________________________________________________________________________________
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
RESIDENCIA CIUDAD ALTAMIRANO GRO. CAPACITACION AGRARIA
Fecha_____________________
Evaluación de los conocimientos aprendidos.
1.-¿ Cual fué el tema de la capacitación ?
_______________________________________________________________________________________________________________________
2.-¿ Cual fué el objetivo de la capacitación ?
_________________________________________________________________________________________________________________________________
3-¿ Cual fué lo principal que aprendió de la capacitación ?
_______________________________________________________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________________________________________________
4.-¿ enliste cuales fueron los tres conocimientos que aprendió con esta capacitación ?
_______________________________________________________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________________________________________________
5.- ¿ mencione en que mejorara su actuación a partir de esta capacitación?
_________________________________________________________________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________________________________________________________________
NOMBRE____________________________________________________________________________
elagraristambello@hotmail.com
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
RESIDENCIA CIUDAD ALTAMIRANO GRO. CAPACITACION AGRARIA.
CARTA COMPROMISO DEL CAPACITANDO
Tomando en consideración la misión, la visión y los valores que tiene nuestra institución al recibir el
taller de capacitación agraria asumo los siguientes compromisos:
_______________________________________________________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________________________________________________
__________________________________________________________________________________________________________________
NOMBRE_______________________________________________________________fecha_______________________________________
Fomento a la Inversión
Pública y Privada en la
Propiedad Rural
FIPP
elagraristambello@hotmail.com
AMIGOS:
ES HORA DE QUE
HABLEN SUS
HECHOS.
elagraristambello@hotmail.com

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FIPP documento capacitación agraria

  • 2. FI PP Expediente FIPP JUNIO 2009 I nt egr aci ón document al Expedi ent e FI PP Si sabes enseña, Si no sabes aprende. Los derechos se defienden Ejerciéndolos Ejerce los tuyos!!!
  • 3. TU PUEDES MARCAR LA DIFERENCIA ¡¡SE DIFERENTE!!
  • 5. Advertencia: ESTA PRESENTACION FUE ARMADA CON MATERIAL BAJADO DE INTERNET SIN FINES DE LUCRO RESPETANDO LOS DERECHOS DE AUTORIA.
  • 6. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP MANUAL ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS SUSTANTIVOS DE LA PROCURADURÍA AGRARIA
  • 7. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP PROCEDIMIENTO Asesorar a los núcleos agrarios en las asambleas relativas a las fracciones I a VI y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria
  • 8. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP RESIDENCIA CIUDAD ALTAMIRANO GRO. CAPACITACION AGRARIA. CARTA DESCRIPTIVA. NOMBRE DEL EVENTO______________________________________________________ TIPO DE EVENTO___________________________________________________________ OBJETIVO GENERAL.____________________________________________FECHA______ OBJETIVOS CONTENIDO ACTIVIDAD TIEMPO
  • 9. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP RESIDENCIA CIUDAD ALTAMIRANO GRO. CAPACITACION AGRARIA. PROGRAMA DE TRABAJO fecha FACILITADOR._________________________________________________________________________
  • 10. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP PROCEDIMIENTO Asesorar a los núcleos agrarios en las asambleas relativas a las fracciones I a VI y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria
  • 11. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP Objetivo del Procedimiento. Otorgar certeza jurídica en la celebración de las asambleas realizadas de acuerdo a las fracciones I a VI y XV del artículo 23, 24 y 40 de la Ley Agraria en las cuales participa la Procuraduría Agraria a petición de los sujetos agrarios.
  • 12. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP Normas de Operación. La Procuraduría Agraria de conformidad a las fracciones I a VI y XV del artículo 23 tendrá participación en la Asamblea solicitadas por sujetos agrarios como: 1. Asesor jurídico, es decir para garantizar la legalidad de la Asamblea y coadyuvar en el desarrollo de la misma.
  • 13. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP 2. Convocante, cuando los Órganos de Representación y Vigilancia no atendieron en tiempo y forma, la solicitud planteada por los ejidatarios o comuneros para convocar a asamblea. Cuando la Procuraduría Agraria sea convocante se tendrá que observar el siguiente procedimiento.
  • 14. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP Etapa de recepción de la solicitud. La solicitud de expedición de convocatoria por parte de la Procuraduría Agraria, no requerirá de formalidades especiales, podrá realizarse por escrito o por comparecencia de los interesados. La Procuraduría elaborará el acta correspondiente, asistiendo a los promoventes en sus planteamientos.
  • 15. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP El escrito o acta de comparecencia según corresponda, contendrá los asuntos que se someterán al conocimiento de la asamblea que se pretenda convocar y estar firmada al menos por veinte ejidatarios o comuneros ó el veinte por ciento de los integrantes del núcleo agrario de acuerdo al padrón expedido por el Registro Agrario Nacional, de acuerdo a las fracciones I a VI y XV del artículo 23 y 24 de la Ley Agraria.
  • 16. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP Cuando se trate de una remoción de los miembros del Comisariado y/o Consejo de Vigilancia, la solicitud será de por lo menos el veinticinco por ciento de los ejidatarios o comuneros del núcleo, en términos del artículo 40 de la Ley Agraria.
  • 17. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP Requisitos y documentos que deben respaldar una solicitud para la emisión de convocatoria a una asamblea: 1. Acreditar el interés jurídico, es decir, su calidad de ejidatario o comunero legalmente reconocido, conforme a los artículos 16 y 150 de la Ley Agraria.
  • 18. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP 2. Acreditar que solicitaron la expedición de convocatoria al Comisariado Ejidal o de Bienes Comunales y al Consejo de Vigilancia, conforme a lo establecido en el artículo 24 de la Ley Agraria. En este supuesto, se deberá de tomar en cuenta el siguiente criterio:
  • 19. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP • Que exista acuse de recibido de la peticiones realizadas al Comisariado Ejidal o de Bienes Comunales y al Consejo de Vigilancia, en el término de cinco días hábiles a partir de la solicitud, documentos que deberán contener la firma de recibido de los tres integrantes del Comisariado y del Consejo de Vigilancia respectivamente. (Art. 24 de la Ley Agraria). 1
  • 20. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP • Cuando los integrantes de los Órganos de Representación y Vigilancia se nieguen a recibir la solicitud, se les tendrá por notificados: 1. Con la constancia de dos testigos ejidatarios, comuneros o avecindados y con sus derechos agrarios vigentes, diferentes a los solicitantes. 2. Con la certificación de autoridad o delegado municipal. 3. Con la certificación de quien goce de Fe Pública, conforme a lo previsto en la legislación local.
  • 21. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP Etapa de calificación de la solicitud. Reunidos los requisitos requeridos, el Delegado o Jefe de Residencia integrará el expediente respectivo y procederá a calificar la solicitud, en un término no mayor a cinco días hábiles a partir de su recepción. En primer término, se analizará que los solicitantes acrediten su personalidad con cualquiera de los documentos siguientes:
  • 22. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP • Certificado de derechos agrarios. • Certificado de derechos parcelarios. • Certificado sobre tierras de uso común. • Sentencia o Resolución de los Tribunales Agrarios. • Constancia de vigencia de derechos expedida por el Registro Agrario Nacional.
  • 23. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP Se deberá observar que los promoventes reúnan el número o porcentaje que la ley determina para la emisión de la convocatoria. Deberá observarse que haya transcurrido el término de sesenta días a partir de la fecha en que el Comisariado Ejidal o de Bienes Comunales concluyó el periodo para el cual fueron electos y el Consejo de Vigilancia haya emitido la convocatoria (en términos del artículo del 39 de la Ley Agraria).
  • 24. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP En este caso, la Procuraduría Agraria se abstendrá de convocar a asamblea, no obstante exista solicitud de por medio, a la que se dará seguimiento si concluido el plazo citado en el párrafo anterior no se ha convocado. Para mayor certeza sobre la vigencia de derechos agrarios de los solicitantes, la Procuraduría Agraria solicitará al Registro Agrario Nacional, el padrón de ejidatarios o comuneros, previo a la celebración de la asamblea, en términos del artículo 138 de la Ley Agraria.
  • 25. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP Integrado el expediente y analizadas las constancias, podrá recaer algunos de los acuerdos siguientes: • Acuerdo de desechamiento: Se dictará dicho acuerdo cuando calificada la solicitud, se desprenda la incompetencia de la Procuraduría a convocar a Asamblea, o no fue atendido el acuerdo de prevención, para acreditar personalidad e interés jurídico.
  • 26. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP • Acuerdo de prevención: Se solicitará a los promoventes que en un término de 15 días hábiles siguientes al de su notificación acrediten su personalidad e interés jurídico. • Acuerdo de admisión: Si del análisis de las constancias que formen el expediente se desprende, de manera inobjetable, que se encuentra debidamente integrado y que los promoventes han satisfecho los requisitos exigidos por la ley o bien, han atendido la prevención, el Delegado o Residente dictará acuerdo de admisión de la solicitud realizada, lo que dará lugar a que la Procuraduría expida la convocatoria a Asamblea que conozca de los asuntos planteados.
  • 27. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP Los acuerdos deberán ser notificados a los solicitantes. Emisión de la convocatoria. Dictado el acuerdo de admisión de la solicitud, la Procuraduría Agraria realizará la cédula de convocatoria a Asamblea con no menos de ochos días de anticipación ni más de quince, y deberá publicarse en los lugares más visibles del ejido o comunidad.
  • 28. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP En el supuesto que el Tribunal Unitario Agrario instruya a la Procuraduría convocar a Asamblea, se deberá analizar el acuerdo o resolución por parte de los encargados o áreas jurídicas de la Delegación o Residencia y someter a consideración de sus superiores el acuerdo que en derecho proceda. La convocatoria deberá contener los requisitos siguientes: (artículo 25 de la Ley Agraria y 10 del Reglamento de la Ley Agraria en materia de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares):
  • 29. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP a. Orden del día de los asuntos a tratar. b. Lugar, fecha y hora de la celebración de la asamblea. c. La firma del convocante, o huella digital cuando éste no pudiere hacerlo. Si éste cuenta con sello deberá también estamparlo; y, d. Fecha de su expedición.
  • 30. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP Los asuntos a tratar serán aquellos que fueron planteados por los solicitantes en el escrito de solicitud o en el acta de comparecencia, por lo que la convocatoria a Asamblea deberá apegarse a éstos; al momento de fijarse la convocatoria en los lugares más visibles del poblado, el personal de la Institución elaborará la constancia respectiva, con la participación de dos testigos, autoridad municipal o fedatario público.
  • 31. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP Para el establecimiento del lugar de la reunión para la celebración de la Asamblea que sea señalado en la cédula, se deberá cumplir con lo siguiente: • Celebrarse dentro del ejido o en lugar habitual, salvo causa justificada (problemas sociales al interior del núcleo agrario, número de asistentes mayor al habitual,desastres naturales, etc.) y en caso de existir el anterior supuesto, se hará del conocimiento en el cuerpo de la convocatoria justificando el cambio del lugar de sesiones.
  • 32. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP La convocatoria deberá estar firmada por el Delegado Federal o Jefe de Residencia de acuerdo con el ámbito territorial asignado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 30 fracción VIII y 31 del Reglamento Interior de la Procuraduría Agraria.
  • 33. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP Asistencia a Asamblea. Transcurrido el término fijado en la convocatoria para la celebración de la Asamblea y reunidos en el lugar señalado para el mismo objeto, se procederá al desahogo del orden del día. Cuando la Procuraduría Agraria sea convocante, el personal de la Procuraduría Agraria verificará que se realice el pase de lista y se cuente con el quórum legal para la instalación, dependiendo si se trata de primera, de segunda o de ulterior convocatoria, conforme al padrón de comuneros o ejidatarios con derechos vigentes expedido por el Registro Agrario Nacional, hasta la instalación de la mesa de debates.
  • 34. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP Cuando la Procuraduría acuda a la asamblea como invitado, el comisionado actuará como garante de la legalidad en el desarrollo de la asamblea, en términos de la fracción XV del artículo 5 del Reglamento Interior de la Procuraduría Agraria; debiendo levantar un informe de lo acontecido en la misma.
  • 35. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP El Quórum legal para la instalación de la Asamblea que conozca de los asuntos señalados en las fracciones I a VI y XV del artículo 23 de la Ley, deberá hacerse conforme los asuntos que se vayan a tratar: • Cuando ésta se reúna en virtud de primera convocatoria deberán estar presentes cuando menos la mitad más uno de los ejidatarios o comuneros. • Cuando se realice por segunda o ulterior convocatoria, se celebrará válidamente cualquiera que sea el número de ejidatarios o comuneros que concurran.
  • 36. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP Si de la calificación del quórum se determina que no se cumple con la mayoría de la asistencia requerida para su validez, la Procuraduría procederá a levantar el acta de no verificativo, en la que se hará constar tal circunstancia y se expedirá de inmediato una segunda convocatoria a Asamblea, en la que se fijará un plazo para su celebración no menor a ocho ni mayor a treinta días, contados a partir de la expedición de la segunda convocatoria (artículo 25 de la Ley Agraria).
  • 37. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP Es preciso hacer hincapié que cuando el núcleo agrario invite a la Procuraduría Agraria como Asesor jurídico, se deberá participar, previo análisis de la documentación que respalde a la solicitud.
  • 38. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP Asistencia de Mandatario Solo es válida la asistencia de un mandatario a la Asamblea que traten los asuntos de las fracciones I a la VI del artículo 23 de la Ley Agraria, con excepción de la fracción III, en la que bastará una carta poder debidamente suscrita por el titular ante dos testigos que sean ejidatarios, comuneros o avecindados del mismo núcleo al que pertenece el mandante.
  • 39. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP En caso de que el ejidatario o comunero mandante no pueda firmar, imprimirá su huella digital en la carta y solicitará a un tercero que firme la misma y asiente el nombre de ambos (Artículo 30 de la Ley Agraria). Tratando de las Asambleas para la elección de los órganos de representación y de vigilancia (fracción III artículo 30 de la Ley Agraria), no se aceptaran mandatarios, en los términos expuestos.
  • 40. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP Validez de los Acuerdos de Asamblea Se tomaran válidamente por mayoría de votos de los ejidatarios o comuneros presentes y serán obligatorias para los ausentes y disidentes. En caso de empate, el presidente del Comisariado Ejidal o de Bienes Comunales tendrá el voto de calidad (Artículo 27 de la Ley Agraria).
  • 41. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP Tratándose de la fracción III del artículo 23 de la Ley Agraria, respecto a la Elección de los Órganos de Representación y Vigilancia, el voto será secreto y el escrutinio será inmediato; en caso de que la votación se empate, se repetirá ésta y si volviera a empatarse se asignarán los puestos por sorteo entre los individuos que hubiesen obtenido el mismo número de votos (Artículo 37 de la Ley Agraria).
  • 42. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP Del Acta de Asamblea De toda asamblea se levantará el acta correspondiente (artículo 31 de la Ley Agraria), la cual deberá contener los siguientes puntos: • Lugar, día y hora de realización. • Lista de asistentes. • En su caso, la solicitud realizada a la Procuraduría Agraria para convocar; • Verificación del quórum legal.
  • 43. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP • Declaración e instalación legal de la Asamblea. • Elección de la mesa de debates. • Lectura de los asuntos a tratar de acuerdo con la convocatoria emitida. • Presentación del representante de la Procuraduría Agraria. • Por cada uno de los asuntos tratados, por la asamblea, se deberá consignar el acuerdo respectivo, precisando en qué sentido fue tomado éste y la votación obtenida para su aprobación o desaprobación. En caso de que los integrantes de la asamblea propongan declararla en sesión permanente deberá establecerse en el acta el acuerdo recaído, así como la información necesaria para su reanudación, destacando lugar y hora.
  • 44. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP • Hora en que terminó la asamblea. • Firma de los Órganos de Representación y Vigilancia que hayan asistido, así como la de • En caso de inconformidad sobre cualquiera de los acuerdos asentados en el acta, cualquier ejidatario o comunero podrá firmar bajo protesta haciendo constar tal hecho.los ejidatarios o comuneros presentes que deseen hacerlo.
  • 45. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP De la Ejecución de los Acuerdos El Comisariado Ejidal o de Bienes Comunales es el órgano encargado de la ejecución de los acuerdos de la Asamblea; no obstante que haya convocado la Procuraduría Agraria, la institución no tiene responsabilidad en el cumplimiento de los mismos (Artículo 32 de la Ley Agraria).
  • 46. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP Integración del Expediente Con base al procedimiento general “Asesoría y Participación en Asambleas”, la Delegación será responsable de integrar los expedientes con el siguiente soporte documental: 1. Acuerdo de radicación (obligatorio). 2. Acuerdo de recepción de solicitud (obligatorio). 3. Solicitud (obligatorio). 4. Cédula de convocatoria para la realización de la Asamblea (obligatorio). 5. Convocatoria(s) y acta de asamblea (en su caso).
  • 47. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP 6. Acta de no verificativo (en su caso). 7. Cédula de segunda convocatoria (en su caso). 8. Acta de Asamblea (obligatorio). 9. Acuse de recibo ante el RAN o en su caso informe de conclusión (obligatorio).
  • 48. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP Seguimiento El seguimiento al procedimiento de Asesorar a los núcleos agrarios en las asambleas relativas a las fracciones I a VI y XV del Art. 23 y 24 de la Ley, se llevará a cabo a través del Centro de Innovación e Información Agraria (CIIA), a través del procedimiento 14 “Asesoría y participación en la asamblea”, asunto 4102 “Solicitud para convocar a Asamblea para tratar asuntos de las fracciones II, IV, V, VI y XV del artículo 23 y 24 de la Ley Agraria en virtud de haberse negado a convocar”, abarcando las siguientes acciones:
  • 49. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP • 14000 Asesoría y participación en asambleas. • 14001 Acuerdo de radicación. • 14002 Integración documental. • 14003 Emisión de Primera convocatoria. • 14004 Asistencia a Asamblea de Primera convocatoria. • 14005 Asamblea no celebrada en Primera convocatoria. • 14006 Emisión de Segunda convocatoria o ulterior convocatoria. • 14007 Asistencia de asamblea en Segunda convocatoria o ulterior convocatoria
  • 50. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP • 14008 Verificación del envío del acta en el RAN, para su inscripción o en su caso informe de conclusión (acción terminal). 5.12.3.3. Indicadores. Tipo de indicador: Indicadores de desempeño Atributo: Oportunidad.
  • 51. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP Estándar: El 95% de las asesorías solicitadas por los núcleos agrarios o los Órganos de Representación y Vigilancia se brindan antes de 5 días naturales. Fórmula del indicador: No. de asesorías brindadas dentro del plazo máximo establecido X 100 / total de asesorías brindadas. Periodicidad: Mensual
  • 52. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP Narrativa del procedimiento
  • 53. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP PROCEDIMIENTO Asesorar a los núcleos agrarios en las asambleas relativas a las fracciones I a VI y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria RESPONSABLE Coordinador de Profesionales, Dictaminador o Personal Responsable NUMERO 1 ACTIVIDAD Recibe, da bienvenida al compareciente y solicita datos generales. Inicia Proceso de Atención a Solicitudes.
  • 54. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP PROCEDIMIENTO Asesorar a los núcleos agrarios en las asambleas relativas a las fracciones I a VI y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria RESPONSABLE Visitador Agrario NUMERO 2 ACTIVIDAD Recibe y analiza escrito de solicitud de asesoría sobre el procedimiento de Asesoraría a los núcleos agrarios en las asambleas relativas a las fracciones I a VI y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria, o acta de comparecencia y, en su caso, documentación anexa, verifica que la documentación se encuentre completa. ¿Documentación completa? Si: Pasa a la actividad 8. No: Continúa procedimiento.
  • 55. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP PROCEDIMIENTO Asesorar a los núcleos agrarios en las asambleas relativas a las fracciones I a VI y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria NUMERO 3 ACTIVIDAD Emite acuerdo de prevención, recaba firmas de los promoventes e integra expediente. RESPONSABLE Visitador Agrario
  • 56. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP PROCEDIMIENTO Asesorar a los núcleos agrarios en las asambleas relativas a las fracciones I a VI y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria NUMERO 4 ACTIVIDAD Registra acción en el Centro de Innovación e Información Agraria (CIIA). RESPONSABLE Visitador Agrario
  • 57. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP PROCEDIMIENTO Asesorar a los núcleos agrarios en las asambleas relativas a las fracciones I a VI y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria NUMERO 5 ACTIVIDAD Verifica si el sujeto agrario atiende la prevención. ¿Se atendió la prevención? Si: Pasa a la actividad 8. No: Continúa procedimiento. RESPONSABLE Visitador Agrario
  • 58. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP PROCEDIMIENTO Asesorar a los núcleos agrarios en las asambleas relativas a las fracciones I a VI y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria NUMERO 6 ACTIVIDAD Emite acuerdo de desechamiento, y en su caso, recaba firmas de los promoventes e integra expediente. RESPONSABLE Visitador Agrario
  • 59. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP PROCEDIMIENTO Asesorar a los núcleos agrarios en las asambleas relativas a las fracciones I a VI y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria NUMERO 7 Registra la acción en el Centro de Innovación e Información Agraria (CIIA). Pasa a la actividad 25. RESPONSABLE Visitador Agrario
  • 60. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP PROCEDIMIENTO Asesorar a los núcleos agrarios en las asambleas relativas a las fracciones I a VI y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria NUMERO 8 ACTIVIDAD Emite acuerdo de admisión, recaba firmas de los promoventes e integra expediente. RESPONSABLE Visitador Agrario
  • 61. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP PROCEDIMIENTO Asesorar a los núcleos agrarios en las asambleas relativas a las fracciones I a VI y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria NUMERO 9 ACTIVIDAD Registra en el CIIA la acción e imprime carátula de expediente. RESPONSABLE Visitador Agrario
  • 62. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP PROCEDIMIENTO Asesorar a los núcleos agrarios en las asambleas relativas a las fracciones I a VI y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria NUMERO 10 ACTIVIDAD Asesora a los ORV y/o Núcleo Agrario en lo relativo al procedimiento de las asambleas relativas a las fracciones I a VI y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria, según sea el caso. ¿Convoca a Asamblea el Núcleo Agrario? Si: Pasa a la actividad 14. No: Continúa procedimiento. RESPONSABLE Visitador Agrario
  • 63. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP PROCEDIMIENTO Asesorar a los núcleos agrarios en las asambleas relativas a las fracciones I a VI y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria NUMERO 11 ACTIVIDAD Convoca la Procuraduría Agraria. Elabora las Cédulas de Convocatorias y pega la primera en los lugares más visibles del núcleo agrario. RESPONSABLE Visitador Agrario
  • 64. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP PROCEDIMIENTO Asesorar a los núcleos agrarios en las asambleas relativas a las fracciones I a VI y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria NUMERO 12 ACTIVIDAD Asiste a la Asamblea relativa a las fracciones I a VI y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria. ¿Existe quórum legal? Si: Pasa a la actividad 19. No: Continúa procedimiento. RESPONSABLE Visitador Agrario
  • 65. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP PROCEDIMIENTO Asesorar a los núcleos agrarios en las asambleas relativas a las fracciones I a VI y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria NUMERO 13 Levanta el Acta de No Verificativo y emite la Segunda Convocatoria para celebrar la Asamblea relativas a las fracciones I a VI y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria. Pasa a la actividad 19. RESPONSABLE Visitador Agrario
  • 66. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP PROCEDIMIENTO Asesorar a los núcleos agrarios en las asambleas relativas a las fracciones I a VI y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria NUMERO 14 ACTIVIDAD Asesora en la elaboración de la Convocatoria para celebrar la Asamblea. Solicita que peguen las convocatorias en los lugares más visibles del núcleo agrario. RESPONSABLE Visitador Agrario
  • 67. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP PROCEDIMIENTO Asesorar a los núcleos agrarios en las asambleas relativas a las fracciones I a VI y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria NUMERO 15 ACTIVIDAD Verifica la emisión de la Primera Convocatoria y recaba la copia correspondiente. RESPONSABLE Visitador Agrario
  • 68. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP PROCEDIMIENTO Asesorar a los núcleos agrarios en las asambleas relativas a las fracciones I a VI y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria NUMERO 16 ACTIVIDAD Asiste a la Asamblea relativa a las fracciones I a VI y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria. ¿Existe quórum legal? Si: Pasa a la actividad 19. No: Continúa procedimiento. RESPONSABLE Visitador Agrario
  • 69. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP PROCEDIMIENTO Asesorar a los núcleos agrarios en las asambleas relativas a las fracciones I a VI y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria NUMERO 17 Solicita se levante el Acta de No Verificativo y asesora en la elaboración de la Segunda Convocatoria para celebrar la Asamblea. Solicita que peguen las convocatorias en los lugares más visibles del núcleo agrario. RESPONSABLE Visitador Agrario
  • 70. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP PROCEDIMIENTO Asesorar a los núcleos agrarios en las asambleas relativas a las fracciones I a VI y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria NUMERO 18 ACTIVIDAD Verifica la emisión de la Segunda Convocatoria y recaba la copia correspondiente. RESPONSABLE Visitador Agrario
  • 71. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP PROCEDIMIENTO Asesorar a los núcleos agrarios en las asambleas relativas a las fracciones I a VI y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria NUMERO 19 ACTIVIDAD Participa en la celebración de la Asamblea relativa a las fracciones I a VI y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria, asesora para la elaboración del Acta de Asamblea correspondiente y se recaban firmas de los participantes. ¿ORV solicita la inscripción al RAN del Acta de Asamblea? Si: Continúa procedimiento. No: Pasa a la actividad 24. RESPONSABLE Visitador Agrario
  • 72. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP PROCEDIMIENTO Asesorar a los núcleos agrarios en las asambleas relativas a las fracciones I a VI y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria NUMERO 20 ACTIVIDAD Recibe solicitud verbal o escrita de los ORV para ingresar al RAN el Acta de Asamblea correspondiente para su inscripción. RESPONSABLE Visitador Agrario
  • 73. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP PROCEDIMIENTO Asesorar a los núcleos agrarios en las asambleas relativas a las fracciones I a VI y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria NUMERO 21 ACTIVIDAD Inicia proceso de gestión administrativa. RESPONSABLE Visitador Agrario
  • 74. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP PROCEDIMIENTO Asesorar a los núcleos agrarios en las asambleas relativas a las fracciones I a VI y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria NUMERO 22 ACTIVIDAD Recibe Acta inscrita en el RAN. RESPONSABLE Visitador Agrario
  • 75. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP PROCEDIMIENTO Asesorar a los núcleos agrarios en las asambleas relativas a las fracciones I a VI y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria NUMERO 23 ACTIVIDAD Hace del conocimiento de los ORV. RESPONSABLE Visitador Agrario
  • 76. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP PROCEDIMIENTO Asesorar a los núcleos agrarios en las asambleas relativas a las fracciones I a VI y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria NUMERO 24 ACTIVIDAD Elabora el informe final e integra documentación en expediente. RESPONSABLE Visitador Agrario
  • 77. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP PROCEDIMIENTO Asesorar a los núcleos agrarios en las asambleas relativas a las fracciones I a VI y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria NUMERO 25 ACTIVIDAD Registra acciones en el Centro de Innovación e Información Agraria (CIIA) y concluye el expediente. RESPONSABLE Visitador Agrario
  • 78. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP PROCEDIMIENTO Asesorar a los núcleos agrarios en las asambleas relativas a las fracciones I a VI y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria NUMERO 26 ACTIVIDAD Entrega el expediente al Residente para su revisión y rúbrica.. RESPONSABLE Visitador Agrario
  • 79. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP PROCEDIMIENTO Asesorar a los núcleos agrarios en las asambleas relativas a las fracciones I a VI y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria NUMERO 27 ACTIVIDAD Recibe expediente y lo revisa. ¿Expediente completo? Si: Continúa procedimiento. No: Regresa a la actividad 24. RESPONSABLE Visitador Agrario
  • 80. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP PROCEDIMIENTO Asesorar a los núcleos agrarios en las asambleas relativas a las fracciones I a VI y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria NUMERO 28 ACTIVIDAD Rubrica el expediente y lo turna a la secretaria o personal responsable para su archivo. RESPONSABLE Residente
  • 81. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP PROCEDIMIENTO Asesorar a los núcleos agrarios en las asambleas relativas a las fracciones I a VI y XV del Art. 23, 24 y 40 de la Ley Agraria NUMERO 29 ACTIVIDAD Archiva el expediente y lo resguarda en los archivos de la Residencia. RESPONSABLE Residente
  • 82. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP RESIDENCIA CIUDAD ALTAMIRANO GRO. CAPACITACION AGRARIA. TEMA._____________________________________________ FACILITADOR_____________________________TECNICA__________. LUGAR.______________________________________________ FECHA_______________________________ HORA_________________. NO. A S I S T E N T E S CARGO. POB./INST. FIRMA. ____ ______________________________________________________ ________________ _________________ _____________________ ____ ______________________________________________________ ________________ _________________ _____________________ ____ ______________________________________________________ ________________ _________________ _____________________ ____ ______________________________________________________ ________________ _________________ _____________________ ____ ______________________________________________________ ________________ _________________ _____________________ ____ ______________________________________________________ ________________ _________________ _____________________ ____ ______________________________________________________ ________________ _________________ _____________________ ____ ______________________________________________________ ________________ _________________ _____________________ ____ ______________________________________________________ ________________ _________________ _____________________ ____ ______________________________________________________ ________________ _________________ _____________________ ____ ______________________________________________________ ________________ _________________ _____________________ ____ ______________________________________________________ ________________ _________________ _____________________ ____ ______________________________________________________ ________________ _________________ _____________________
  • 83. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP RESIDENCIA CIUDAD ALTAMIRANO GRO. CAPACITACION AGRARIA. EVALUACION SOBRE EL EVENTO DE CAPACITACION No. PREGUNTAS MALO REGULAR BUENO EXCELENTE La información que le dieron sobre el curso, antes del inicio fue Lo que esperaba del curso fue cubierto en forma Los objetivos y contenidos académicos se cumplieron en forma El material didáctico utilizado en el curso fue El lugar en el que se llevo a cabo el curso fue En general el expositor del curso fue Evalúe de manera global el curso. Comentarios y observaciones sobre el curso.___________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________________________
  • 84. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP RESIDENCIA CIUDAD ALTAMIRANO GRO. CAPACITACION AGRARIA. EVALUACION AL CAPACITADOR. No. PREGUNTAS MALO REGULAR BUENO EXCELENTE Explicó al grupo los objetivos del curso de manera Explico y acordó las reglas del trabajo del curso Procuró el objetivo del curso de manera Propició un clima de armonía y respeto Estimuló la participación del grupo en los temas de manera Desarrolló en forma clara y comprensible los temas del curso Aclaro las preguntas durante la impartición de los temas del curso Mostró dominio de los temas de manera Manejó el material didáctico de manera Adecuó el desarrollo de los temas a las necesidades del grupo en forma. Asistió puntual y regularmente al curso Aprovechó el tiempo programado para sus temas en forma Aplicó variadas técnicas de enseñanza durante el curso de manera Evalúe globalmente el desempeño del instructor. Comentarios y observaciones sobre el curso.___________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________________________
  • 85. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP RESIDENCIA CIUDAD ALTAMIRANO GRO. CAPACITACION AGRARIA Fecha_____________________ Evaluación de los conocimientos aprendidos. 1.-¿ Cual fué el tema de la capacitación ? _______________________________________________________________________________________________________________________ 2.-¿ Cual fué el objetivo de la capacitación ? _________________________________________________________________________________________________________________________________ 3-¿ Cual fué lo principal que aprendió de la capacitación ? _______________________________________________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________________________________________ 4.-¿ enliste cuales fueron los tres conocimientos que aprendió con esta capacitación ? _______________________________________________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________________________________________ 5.- ¿ mencione en que mejorara su actuación a partir de esta capacitación? _________________________________________________________________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________________________________________________________________ NOMBRE____________________________________________________________________________ elagraristambello@hotmail.com
  • 86. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP RESIDENCIA CIUDAD ALTAMIRANO GRO. CAPACITACION AGRARIA. CARTA COMPROMISO DEL CAPACITANDO Tomando en consideración la misión, la visión y los valores que tiene nuestra institución al recibir el taller de capacitación agraria asumo los siguientes compromisos: _______________________________________________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________________________________________ NOMBRE_______________________________________________________________fecha_______________________________________
  • 87. Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural FIPP elagraristambello@hotmail.com
  • 88. AMIGOS: ES HORA DE QUE HABLEN SUS HECHOS. elagraristambello@hotmail.com