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MEDIDAS INSTITUCIONALES SOBRE
   CONVIVENCIA, MEDIACIÓN Y
RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS EN EL
       ÁMBITO ESCOLAR

               Pedro Pablo Novillo Cicuéndez
               Viceconsejero de Educación
               Castilla-La Mancha

               Santiago de Chile, 14 de julio de 2009
Medidas institucionales sobre convivencia, mediación y
           resolución de conflictos en el ámbito escolar


1.    El compromiso público y expreso de toda la sociedad.
2.    La incorporación de la educación para la convivencia al currículo.
3.    Proporcionar herramientas a los docentes. La formación inicial. La
      autoridad.
4.    Llevar a la norma los propósitos y los objetivos.
5.    Trabajar con los medios de comunicación.
6.    La carta de convivencia, decisión autónoma de las comunidades
      educativas.
7.    La participación, factor clave para la convivencia.
8.    La autoridad de los equipos directivos con nuevas competencias.
9.    Medidas específicas de apoyo: aulas, formación, mediadores,
      atención directa.
10.   El observatorio de la convivencia. Analizar, impulsar y evaluar.
Un apoyo a los más vulnerables
“La convivencia no es sólo ausencia de violencia. Supone
principalmente el establecimiento de relaciones interpersonales y
grupales satisfactorias que contribuyan a un clima de confianza,
respeto y apoyo mutuo en la institución escolar. A su vez, el
funcionamiento democrático de la escuela va a favorecer la
existencia de relaciones positivas entre los miembros de la
comunidad escolar. Una convivencia así planteada reduce los
enfrentamientos y limita las acciones de maltrato. Una
convivencia satisfactoria es beneficiosa para el funcionamiento
de los centros y para que se alcancen mejor sus objetivos
educativos, pero lo es especialmente para aquellos alumnos con
mayor indefensión y vulnerabilidad social. Las normas que se
acuerdan, los mecanismos de control y el compromiso de la
mayoría de los alumnos con todo ello son un factor protector
importante para aquellos estudiantes con menor arraigo social.”
                                                        A. Marchesi.
1. El compromiso público y expreso de toda la
sociedad. O cómo combatir la soledad de la escuela.

   ‘Para educar a un niño hace falta toda la tribu’
   Las relaciones de convivencia en los centros escolares afectan y preocupan a
    toda la sociedad. Se trata de procesos que inciden en el ámbito educativo,
    pero también en aspectos fundamentales de nuestra propia convivencia
    democrática.
   Las causas de su ruptura son complejas, y no se encuentran sólo en los
    ámbitos educativos, sino que también subyacen en la compleja realidad
    social en que estamos inmersos: en carencias afectivas, en situaciones
    familiares complejas, en determinados contextos socioeconómicos y culturales,
    en ciertos mensajes y contravalores que a veces recogen los medios de
    comunicación, o que se difunden a través de productos audiovisuales que
    habitualmente consumen los más jóvenes.
   Para reforzar, por tanto, las buenas relaciones de convivencia entre los
    escolares, y educarlos en la solución dialogada y pacífica de los conflictos, es
    necesaria la participación de toda la sociedad.
El compromiso público y expreso de toda la sociedad
               El Pacto social por la convivencia escolar


   La convivencia es el cimiento de la sociedad. De ahí su importancia
    capital. De ahí que reforzar la convivencia sea, por ello mismo, una
    obligación de las sociedades que aspiren a su supervivencia y,
    más allá, a su cohesión. Y un reto para las sociedades
    democráticas, en las que el gobierno de intereses diversos, de
    objetivos y metas diferentes, de ideas y creencias dispares, constituye
    su esencia misma.
   La convivencia escolar es una exigencia para los gobiernos.
   Educar para la convivencia, aprender a vivir juntos, es una tarea
    compartida, una tarea de toda la sociedad, y no sólo de la escuela.
    En ese empeño, la escuela no puede estar sola.
   Traducir en un compromiso público y expreso este objetivo es
    una medida institucional de extraordinaria importancia.
   Una Declaración institucional que recoja acciones concretas y se
    difunda adecuadamente es una herramienta aconsejable.
2. Incorporación de la educación para
    la convivencia al currículo.

   El currículo es el conjunto de objetivos, competencias básicas,
    contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de
    cada una de las enseñanzas (LOE). La educación en valores y para
    la convivencia se debe reflejar en las programaciones didácticas de
    las distintas áreas y materias y, a pesar de que determinados
    aspectos de la educación en valores se relacionen más con los
    contenidos de una materia que con los de otra, la convivencia se ha
    de incluir en todas ellas.
   La convivencia, entre las competencias básicas. De ‘ser capaz de’ a
    ‘ser competente para’: del ‘saber’ al ‘saber hacer‘ y ‘querer hacer’.
Incorporación de la educación para la convivencia al currículo (II)


   En los sucesivos Decretos en que se ordena el
    curriculo, en el caso de Castilla-La Mancha se hace
    mención a la relación entre las distintas etapas
    educativas y el fomento de la convivencia. He aquí
    unos textos:

   Educación Primaria (Decreto 68/2007): Artículo 4.a. “La
    Educación primaria contribuirá a desarrollar en las niñas y
    niños las capacidades que les permitan conocer y apreciar los
    valores y las normas de convivencia, aprender a obrar de
    acuerdo con ellas, prepararse para el ejercicio activo de la
    ciudadanía y respetar los derechos humanos, así como el
    pluralismo propio de una sociedad democrática”.
Incorporación de la educación para la convivencia al currículo (III)


   Educación Secundaria Obligatoria (Decreto 69/2007): Artículo
    5.5. “Las Programaciones didácticas incorporarán contenidos
    orientados al desarrollo de valores y actitudes que promuevan
    la convivencia, la igualdad entre las personas y la no
    discriminación, la salud, el consumo responsable, el desarrollo
    sostenible y el conocimiento, valoración y conservación del
    patrimonio histórico, artístico, cultural y natural que constituye
    la identidad de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
    integrándolo en el contexto nacional e internacional”.
   Bachillerato (Decreto 85/2008): Artículo 6.7. “Los centros
    educativos fomentarán las medidas necesarias para el
    desarrollo de valores y actitudes que promuevan la
    convivencia, la igualdad entre las personas y la no
    discriminación”.
Incorporación de la educación para la convivencia al currículo (IV)


   En el currículo de Castilla-La Mancha aparecen nueve competencias
    básicas. Se trata de los conocimientos, destrezas y actitudes necesarios para
    que una persona alcance su desarrollo personal, escolar y social. Estas
    competencias las alcanza el alumnado a través del currículo formal, de las
    actividades no formales y de las distintas situaciones a las que se enfrenta en
    el día a día, tanto en la escuela como en casa o en la vida social.
   De estas nueve, las más relacionadas –aunque no en exclusiva- con la
    convivencia son las siguientes:

   Competencia social y ciudadana, que se refiere a comprender la realidad
    social, participar, convivir y ejercer la ciudadanía democrática en una sociedad
    plural.
   Competencia emocional, que se define por la “madurez” que la persona
    demuestra en sus actuaciones tanto consigo mismo y con los demás,
    especialmente a la hora de resolver los conflictos que el día a día le ofrece. El
    equilibrio emocional facilita o dificulta el rendimiento escolar en la medida que
    intensifica o reduce las interferencias en el aprendizaje.
Incorporación de la educación para la convivencia al currículo (V)


   La tarea de la educación para la convivencia requiere un trabajo
    interdisciplinar e integrador que no puede limitarse a una sola
    materia, ni se circunscribe a una sola competencia. Pero también
    es necesario un tratamiento académico sistemático que permita
    profundizar, desde la reflexión, en algunos de sus aspectos
    sustanciales.
   Por ello, resulta conveniente la existencia de materias con carácter
    universal y obligatorio para todos los alumnos y alumnas, como son
    Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos o
    Educación Ético-Cívica en Educación Primaria y Educación
    Secundaria Obligatoria, o Filosofía y ciudadanía en Bachillerato. El
    carácter común a todas las modalidades de Bachillerato de esta última
    facilita que este conocimiento tenga un fuerte componente reflexivo
    que permita la integración de los problemas y de las respuestas y su
    interpretación desde planteamientos diversos y análisis diferenciados.
Incorporación de la educación para la convivencia al currículo (y VI)


   “Su finalidad consiste en ofrecer a todos los estudiantes un espacio de
    reflexión, análisis y estudio acerca de las características fundamentales y el
    funcionamiento de un régimen democrático, de los principios y derechos
    establecidos en la Constitución española y en los tratados y las declaraciones
    universales de los derechos humanos, así como de los valores comunes que
    constituyen el sustrato de la ciudadanía democrática en un contexto global.
    Esta educación (…) no entra en contradicción con la práctica democrática que
    debe inspirar el conjunto de la vida escolar y que ha de desarrollarse como
    parte de la educación en valores con carácter transversal a todas las
    actividades escolares. La nueva materia permitirá profundizar en algunos
    aspectos relativos a nuestra vida en común, contribuyendo a formar a los
    nuevos ciudadanos.”
   En el camino hacia el éxito personal de todo nuestro alumnado, una parte
    importante del recorrido lo constituye la formación (y la puesta en práctica) de
    esos valores comunes que constituyen el sustrato de la ciudadanía
    democrática.
    Aprenderlos y ejercerlos es un reto y un requisito fundamental para la cohesión
    de nuestras sociedades. Aprender a vivir juntos ha de constituir uno de los más
    importantes objetivos del sistema educativo y de las acciones políticas de los
    sistemas democráticos.
3. Proporcionar herramientas a los
                      docentes.
                   I. La formación inicial (anticiparse al reto)


   Una de las carencias más acusadas de los docentes, que suele acompañar a
    estados de angustia e insatisfacción, es la de una adecuada formación para la
    intervención en las situaciones de conflicto. Por ello, se hace necesario un
    cambio en las estrategias y los contenidos de la formación inicial.
   En España, y en simultaneidad con el proceso de homologación y
    reconocimiento mutuo de la formación superior en el ámbito de 34 países
    europeos (Plan Bolonia), se ha abordado la reforma de la formación inicial
    de los docentes, que tienen a su cargo las Universidades:
     –   Con el incremento de un curso académico (cuatro años) en la de maestros, que pasa
         a tener la consideración de Grado, con un notable refuerzo del practicum y la
         supresión de especialidades, que se reducen a dos: Maestro de educación infantil y
         Maestro de educación primaria.
     –   Con el establecimiento de un Master de profesorado de secundaria que es requisito
         habilitante para el ejercicio de la profesión y se realiza una vez alcanzado el Grado.
     –   Con la exigencia de acreditación del nivel intermedio de una lengua extranjera.
     –   Con la definición de las siguientes competencias relacionadas con la convivencia.
I. La formación inicial (2)


   Maestro de educación infantil:
    “Diseñar y regular espacios de aprendizaje en contextos de diversidad que atiendan a las singulares
    necesidades educativas de los estudiantes, a la igualdad de género, a la equidad y al respeto a los
    derechos humanos.
    Fomentar la convivencia en el aula y fuera de ella y abordar la resolución pacífica de conflictos. Saber
    observar sistemáticamente contextos de aprendizaje y convivencia y saber reflexionar sobre ellos.”
   Maestro de educación primaria:
    Además de los anteriores, “Estimular y valorar el esfuerzo, la constancia y la disciplina personal en los
    estudiantes.”
   Profesor de enseñanza secundaria:
    “Diseñar y desarrollar espacios de aprendizaje con especial atención a la equidad, la educación
    emocional y en valores, la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres, la formación
    ciudadana y el respeto de los derechos humanos que faciliten la vida en sociedad, la toma de decisiones
    y la construcción de un futuro sostenible.
    Adquirir estrategias para estimular el esfuerzo del estudiante y promover su capacidad para aprender por
    sí mismo y con otros, y desarrollar habilidades de pensamiento y de decisión que faciliten la autonomía,
    la confianza e iniciativa personales.
    Conocer los procesos de interacción y comunicación en el aula, dominar destrezas y habilidades sociales
    necesarias para fomentar el aprendizaje y la convivencia en el aula, y abordar problemas de disciplina y
    resolución de conflictos.”
Proporcionar herramientas a los docentes.
                    II. La cuestión de la autoridad


   Ante el sentimiento generalizado de que el profesor ha perdido la autoridad sobre el
    alumnado, y el reconocimiento y la estima social hacia su tarea ha sufrido un
    retroceso, son precisas acciones públicas que inviertan esa situación. Unas acciones que
    deben formar parte del Pacto social por la convivencia escolar.
   Reforzar la autoridad del docente en el ejercicio de su profesión es una de ellas. Hacia
    los padres, madres y tutores debe encaminarse una parte del esfuerzo (compromisos de
    las familias, carta de convivencia). Hacia la sociedad en su conjunto, otra parte
    (campañas públicas, reconocimientos y premios, publicidad de las buenas
    prácticas).
   Caben medidas de corte legal, como la consideración del docente como autoridad
    pública en el desempeño de sus funciones. La cautela es aquí muy necesaria, para no
    saltar esa delicada línea que separa lo educativo de lo penal.
   Cabe reconsiderar la autopercepción del rol del docente. La autoridad se ejerce y se
    reconoce en todo el proceso educativo, y no sólo en la administración de los
    contenidos curriculares.
4. Llevar a la norma los propósitos y
                 los objetivos.

   Es preciso traducir en norma, para que constituya una guía de acción exigible a
    todos el objetivo del refuerzo de la convivencia y la prevención y resolución del
    conflicto. Sin norma es más difícil su consecución. En el caso de Castilla-La
    Mancha, un Decreto del gobierno de la Comunidad fue el instrumento.
   La norma debería recoger, al menos, los siguientes aspectos:
          las medidas y actuaciones de apoyo a los centros docentes
          las normas básicas de convivencia y la carta de convivencia
          los derechos y deberes de las personas que forman la comunidad
          las medidas preventivas del conflicto y las correctoras de las conductas
          los procedimientos de definición de la norma y aplicación de las medidas
          las garantías democráticas
          el mecanismo de la mediación y su ejercicio
          los órganos de supervisión y análisis
          los instrumentos de evaluación
5. Trabajar con los medios de
                  comunicación.

   Las sociedades democráticas avanzadas tienen en los medios de comunicación de
    masas un instrumento especialmente valioso de conformación de la opinión pública, de
    garantía de la libertad de expresión y de control de la acción de los poderes públicos. Sin
    embargo, no están al margen de intereses particulares de diferente signo: el
    sensacionalismo es, a veces, un exceso que la educación paga con creces.
   Trabajar con estos medios exige, ante todo, respetar su independencia. Se trata de
    sugerir, nunca de imponer, de informar y de formar a quienes los desarrollan, de colaborar
    con ellos. ¿Qué se puede intentar?:
            Avanzar hacia un código deontológico como aspiración: mecanismo de
    autorregulación, nunca de ocultación ni de censura.
            Garantizar la presencia de programas formativos y no violentos, en particular
            durante los horarios en que los niños y jóvenes puedan acceder a ellos.
            La elaboración y divulgación en los medios de comunicación de campañas que
            refuercen la función de los maestros y profesores, la educación en valores y la
                        implicación de las familias en los procesos educativos de sus hijos.
6. La Carta de convivencia y la
            autonomía de los centros.

   En la promoción de un clima positivo de convivencia se pone de manifiesto la
    potencialidad de la autonomía de los centros docentes: cada centro se da a sí mismo
    su proyecto educativo, su norma y su regla. La heteronomía más allá de los aspectos
    básicos comunes a todo el sistema es un factor de retroceso.
   Autonomía es libertad y participación, y es responsabilidad, rendición de cuentas y
    control.
   El Proyecto educativo de cada centro docente se configura como un auténtico Plan de
    convivencia que define los principios educativos que regulan la vida del centro y
    establece las líneas organizativas necesarias para su desarrollo.
   Los principios y valores que orientan la convivencia en el centro quedan recogidos en una
    Declaración que es elaborada en cada centro escolar con la participación del
    profesorado, el alumnado, las Asociaciones de madres y padres y el conjunto de las
    familias, y será firmada por los representantes de la comunidad educativa.
   Esta declaración, que se denominará ‘Carta de Convivencia’, será publicada y estará
    visible en un lugar relevante del centro.
7. La participación, factor clave para la
                      convivencia.

   Sentir como propia la norma, y no ajena o impuesta, ser sujeto activo de su elaboración y
    aprobación, es un requisito necesario para que su aplicación sea un elemento educativo
    de primer orden. En especial en el caso del alumnado. Y ello requiere un procedimiento
    en el que la participación es la clave.
   En la participación se movilizan el diálogo, el encuentro, la comunicación, la transacción y
    el pacto, la consideración de la opinión del otro. Es un proceso eminentemente educativo,
    en el que se muestra la organización democrática de la escuela y el respeto a los
    diferentes roles de la comunidad escolar.
   En el proceso intervienen todos los órganos de gobierno y participación de los centros:
            Las Normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro -y sus
    posibles modificaciones- serán elaboradas, con las aportaciones de la comunidad
    educativa, por el Equipo directivo, informadas por el Claustro y aprobadas por el
    Consejo escolar por mayoría de dos tercios de sus componentes con derecho a voto.
            Las Normas de convivencia, organización y funcionamiento específicas de
    cada aula serán elaboradas, revisadas y aprobadas anualmente por el profesorado y el
    alumnado que conviven en el aula, coordinados por el tutor o tutora del grupo. El Consejo
    escolar velará por que dichas Normas no vulneren las establecidas con carácter general
    para todo el centro.
   Una vez aprobadas, las Normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro
    pasarán a ser de obligado cumplimiento para toda la comunidad educativa. El
    director o directora del centro las hará públicas procurando la mayor difusión entre la
    comunidad educativa.
8. La autoridad de los equipos
    directivos con nuevas competencias.

   Corresponde a los equipos directivos de los centros, y en especial a los directores y
    directoras, el impulso y la coordinación de todas las acciones en materia de
    convivencia, la activación de los protocolos de actuación, la decisión sobre la imposición
    de medidas correctoras de las conductas que atentan contra la convivencia y el
    seguimiento y evaluación del Plan de Convivencia.
   La capacidad de liderazgo pedagógico y organizativo de los directores, que debe
    verse reconocida y alentada por la Administración, es un factor clave para el correcto
    desarrollo de los procesos de debate y elaboración de las Normas de convivencia.
   La agilidad y la prontitud en la adopción de las medidas oportunas requiere que los
    directores tengan competencias claras en materia de imposición de sanciones. Su
    autoridad se debe ver reforzada y su capacidad debe ser ejecutiva. Y todo ello sin
    menoscabo de la garantía de los derechos de reclamación o recurso de las personas
    afectadas por sus decisiones.
   La Comisión de Convivencia, órgano del Consejo escolar del centro, actúa como
    primera instancia de control de la adecuación a la norma de la decisión del director.
9. Medidas específicas de apoyo: aulas,
    formación, mediadores, atención directa.

   Como medida para ayudar a resolver las conductas disruptivas en la clase, se
    han establecido en la educación secundarias las llamadas ‘aulas de
    convivencia’, en las que el alumnado que ha sido apartado de clase en ese
    tiempo escolar realiza trabajos relacionados con el curriculo y acciones de
    reflexión sobre su conducta bajo la atención de profesorado del centro. A
    considerar luces y sombras.
   Una actuación eficaz la constituye la formación en materia de prevención de
    conflictos y de resolución dialogada y educativa de los mismos dirigida al
    profesorado (itinerario obligatoria de la formación permanente, investigación e
    innovación), a las familias (talleres, escuelas de padres) y al alumnado
    (talleres, cursos, formación para la mediación).
   La mediación escolar constituye un método de resolución de conflictos en el
    que, mediante la intervención imparcial de una tercera persona, se ayuda a las
    partes implicadas a alcanzar por sí mismas un acuerdo satisfactorio, salvo en
    el caso de que haya existido maltrato entre iguales o se trate de conductas con
    trascendencia penal.
   La ayuda y el consejo directos, que no debe sustituir ni anular el trabajo y la
    decisión del centro, ha constituido una experiencia notable en nuestro caso. El
    equipo de apoyo a la convivencia, formado por expertos en la materia, viene
    atendiendo telefónicamente doce horas al día todos los días lectivos las
    consultas de cualquier miembro de la comunidad escolar o orientando y
    asesorando en materia de intervención para la resolución de los conflictos.
10. El observatorio de la convivencia.
           Analizar, impulsar y evaluar.
   Su finalidad es la de analizar el fenómeno de la convivencia para buscar las causas y los
    efectos que provocan su ruptura en los centros educativos, elaborar propuestas para su
    promoción y mejora, y realizar el seguimiento de las medidas que para su refuerzo y
    mantenimiento se pongan en marcha.
   Son funciones del Observatorio:
    a. Realizar estudios e investigaciones, de manera periódica, relativos a la situación de la
    convivencia en los centros educativos e identificar los factores de riesgo existentes.
    b. Elaborar informes y hacer propuestas a la Administración educativa, teniendo en
    cuenta los estudios realizados, destinadas a fomentar la mejora de la convivencia en los
    centros.
    c. Promover la colaboración entre todas las instituciones implicadas en la convivencia
    escolar y su promoción.
    d. Proponer acciones formativas dirigidas a la comunidad educativa sobre el fomento de
    la convivencia y la intervención y mediación en los conflictos.
    e. Promover encuentros entre profesionales y expertos para facilitar el intercambio de
    experiencias, investigaciones y trabajos relacionados con la mejora de la convivencia
    escolar.
    f. Colaborar con el Observatorio Estatal de la convivencia escolar.
   Su composición, la más amplia posible sin pérdida de funcionalidad. El caso especial de
    los grupos parlamentarios y los medios de comunicación.
Las notas que definen a un centro como
    eficaz en la promoción de la convivencia.

   Existe una “idea de centro” y unos objetivos compartidos.
   El proceso de enseñanza y aprendizaje es el eje de la actividad escolar.
   El liderazgo profesional está asumido, y funciona el paradigma de la
    colegialidad o de trabajo en equipo.
   Existen unas expectativas elevadas hacia las posibilidades de aprendizaje
    del alumnado y la capacidad de enseñanza del centro y sus profesionales.
   Existe un clima de convivencia positivo basado en el respeto a los
    derechos y deberes del alumnado desde normas claras y justas, el
    ejercicio de la responsabilidad y el control del trabajo.
   La evaluación combina la iniciativa interna del centro con la ayuda de
    evaluadores externos, y es el punto de partida para la mejora.
   El centro se concibe como una organización que aprende mediante una
    formación del centrada en la práctica del aula y el centro, y en el
    crecimiento profesional de los docentes.
   Está abierto a la colaboración de la familias y otras instituciones en
    general.
Para concluir

El respeto mutuo, la construcción y el acatamiento responsable
de la norma, la cooperación y la tolerancia, la aceptación de la
diversidad, son otros tantos ejes de la convivencia, valores
comunes que constituyen el fundamento de la vida en común y
del civismo en democracia.
Y en ellos se han de formar nuestros más jóvenes para que
sean, de mayores, hombres y mujeres de provecho,
ciudadanos libres y responsables capaces de compartir –y, si
fuera preciso, transformar- un mundo en cambio.
Ciudadanas y ciudadanos libres, felices, iguales y solidarios
capaces de construir y de compartir un mundo más justo y en
paz.

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Acciones Y Medidas Institucionales Para Reforzar La Convivencia

  • 1. MEDIDAS INSTITUCIONALES SOBRE CONVIVENCIA, MEDIACIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS EN EL ÁMBITO ESCOLAR Pedro Pablo Novillo Cicuéndez Viceconsejero de Educación Castilla-La Mancha Santiago de Chile, 14 de julio de 2009
  • 2. Medidas institucionales sobre convivencia, mediación y resolución de conflictos en el ámbito escolar 1. El compromiso público y expreso de toda la sociedad. 2. La incorporación de la educación para la convivencia al currículo. 3. Proporcionar herramientas a los docentes. La formación inicial. La autoridad. 4. Llevar a la norma los propósitos y los objetivos. 5. Trabajar con los medios de comunicación. 6. La carta de convivencia, decisión autónoma de las comunidades educativas. 7. La participación, factor clave para la convivencia. 8. La autoridad de los equipos directivos con nuevas competencias. 9. Medidas específicas de apoyo: aulas, formación, mediadores, atención directa. 10. El observatorio de la convivencia. Analizar, impulsar y evaluar.
  • 3. Un apoyo a los más vulnerables “La convivencia no es sólo ausencia de violencia. Supone principalmente el establecimiento de relaciones interpersonales y grupales satisfactorias que contribuyan a un clima de confianza, respeto y apoyo mutuo en la institución escolar. A su vez, el funcionamiento democrático de la escuela va a favorecer la existencia de relaciones positivas entre los miembros de la comunidad escolar. Una convivencia así planteada reduce los enfrentamientos y limita las acciones de maltrato. Una convivencia satisfactoria es beneficiosa para el funcionamiento de los centros y para que se alcancen mejor sus objetivos educativos, pero lo es especialmente para aquellos alumnos con mayor indefensión y vulnerabilidad social. Las normas que se acuerdan, los mecanismos de control y el compromiso de la mayoría de los alumnos con todo ello son un factor protector importante para aquellos estudiantes con menor arraigo social.” A. Marchesi.
  • 4. 1. El compromiso público y expreso de toda la sociedad. O cómo combatir la soledad de la escuela.  ‘Para educar a un niño hace falta toda la tribu’  Las relaciones de convivencia en los centros escolares afectan y preocupan a toda la sociedad. Se trata de procesos que inciden en el ámbito educativo, pero también en aspectos fundamentales de nuestra propia convivencia democrática.  Las causas de su ruptura son complejas, y no se encuentran sólo en los ámbitos educativos, sino que también subyacen en la compleja realidad social en que estamos inmersos: en carencias afectivas, en situaciones familiares complejas, en determinados contextos socioeconómicos y culturales, en ciertos mensajes y contravalores que a veces recogen los medios de comunicación, o que se difunden a través de productos audiovisuales que habitualmente consumen los más jóvenes.  Para reforzar, por tanto, las buenas relaciones de convivencia entre los escolares, y educarlos en la solución dialogada y pacífica de los conflictos, es necesaria la participación de toda la sociedad.
  • 5. El compromiso público y expreso de toda la sociedad El Pacto social por la convivencia escolar  La convivencia es el cimiento de la sociedad. De ahí su importancia capital. De ahí que reforzar la convivencia sea, por ello mismo, una obligación de las sociedades que aspiren a su supervivencia y, más allá, a su cohesión. Y un reto para las sociedades democráticas, en las que el gobierno de intereses diversos, de objetivos y metas diferentes, de ideas y creencias dispares, constituye su esencia misma.  La convivencia escolar es una exigencia para los gobiernos.  Educar para la convivencia, aprender a vivir juntos, es una tarea compartida, una tarea de toda la sociedad, y no sólo de la escuela. En ese empeño, la escuela no puede estar sola.  Traducir en un compromiso público y expreso este objetivo es una medida institucional de extraordinaria importancia.  Una Declaración institucional que recoja acciones concretas y se difunda adecuadamente es una herramienta aconsejable.
  • 6. 2. Incorporación de la educación para la convivencia al currículo.  El currículo es el conjunto de objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de cada una de las enseñanzas (LOE). La educación en valores y para la convivencia se debe reflejar en las programaciones didácticas de las distintas áreas y materias y, a pesar de que determinados aspectos de la educación en valores se relacionen más con los contenidos de una materia que con los de otra, la convivencia se ha de incluir en todas ellas.  La convivencia, entre las competencias básicas. De ‘ser capaz de’ a ‘ser competente para’: del ‘saber’ al ‘saber hacer‘ y ‘querer hacer’.
  • 7. Incorporación de la educación para la convivencia al currículo (II)  En los sucesivos Decretos en que se ordena el curriculo, en el caso de Castilla-La Mancha se hace mención a la relación entre las distintas etapas educativas y el fomento de la convivencia. He aquí unos textos:  Educación Primaria (Decreto 68/2007): Artículo 4.a. “La Educación primaria contribuirá a desarrollar en las niñas y niños las capacidades que les permitan conocer y apreciar los valores y las normas de convivencia, aprender a obrar de acuerdo con ellas, prepararse para el ejercicio activo de la ciudadanía y respetar los derechos humanos, así como el pluralismo propio de una sociedad democrática”.
  • 8. Incorporación de la educación para la convivencia al currículo (III)  Educación Secundaria Obligatoria (Decreto 69/2007): Artículo 5.5. “Las Programaciones didácticas incorporarán contenidos orientados al desarrollo de valores y actitudes que promuevan la convivencia, la igualdad entre las personas y la no discriminación, la salud, el consumo responsable, el desarrollo sostenible y el conocimiento, valoración y conservación del patrimonio histórico, artístico, cultural y natural que constituye la identidad de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha integrándolo en el contexto nacional e internacional”.  Bachillerato (Decreto 85/2008): Artículo 6.7. “Los centros educativos fomentarán las medidas necesarias para el desarrollo de valores y actitudes que promuevan la convivencia, la igualdad entre las personas y la no discriminación”.
  • 9. Incorporación de la educación para la convivencia al currículo (IV)  En el currículo de Castilla-La Mancha aparecen nueve competencias básicas. Se trata de los conocimientos, destrezas y actitudes necesarios para que una persona alcance su desarrollo personal, escolar y social. Estas competencias las alcanza el alumnado a través del currículo formal, de las actividades no formales y de las distintas situaciones a las que se enfrenta en el día a día, tanto en la escuela como en casa o en la vida social.  De estas nueve, las más relacionadas –aunque no en exclusiva- con la convivencia son las siguientes:  Competencia social y ciudadana, que se refiere a comprender la realidad social, participar, convivir y ejercer la ciudadanía democrática en una sociedad plural.  Competencia emocional, que se define por la “madurez” que la persona demuestra en sus actuaciones tanto consigo mismo y con los demás, especialmente a la hora de resolver los conflictos que el día a día le ofrece. El equilibrio emocional facilita o dificulta el rendimiento escolar en la medida que intensifica o reduce las interferencias en el aprendizaje.
  • 10. Incorporación de la educación para la convivencia al currículo (V)  La tarea de la educación para la convivencia requiere un trabajo interdisciplinar e integrador que no puede limitarse a una sola materia, ni se circunscribe a una sola competencia. Pero también es necesario un tratamiento académico sistemático que permita profundizar, desde la reflexión, en algunos de sus aspectos sustanciales.  Por ello, resulta conveniente la existencia de materias con carácter universal y obligatorio para todos los alumnos y alumnas, como son Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos o Educación Ético-Cívica en Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, o Filosofía y ciudadanía en Bachillerato. El carácter común a todas las modalidades de Bachillerato de esta última facilita que este conocimiento tenga un fuerte componente reflexivo que permita la integración de los problemas y de las respuestas y su interpretación desde planteamientos diversos y análisis diferenciados.
  • 11. Incorporación de la educación para la convivencia al currículo (y VI)  “Su finalidad consiste en ofrecer a todos los estudiantes un espacio de reflexión, análisis y estudio acerca de las características fundamentales y el funcionamiento de un régimen democrático, de los principios y derechos establecidos en la Constitución española y en los tratados y las declaraciones universales de los derechos humanos, así como de los valores comunes que constituyen el sustrato de la ciudadanía democrática en un contexto global. Esta educación (…) no entra en contradicción con la práctica democrática que debe inspirar el conjunto de la vida escolar y que ha de desarrollarse como parte de la educación en valores con carácter transversal a todas las actividades escolares. La nueva materia permitirá profundizar en algunos aspectos relativos a nuestra vida en común, contribuyendo a formar a los nuevos ciudadanos.”  En el camino hacia el éxito personal de todo nuestro alumnado, una parte importante del recorrido lo constituye la formación (y la puesta en práctica) de esos valores comunes que constituyen el sustrato de la ciudadanía democrática. Aprenderlos y ejercerlos es un reto y un requisito fundamental para la cohesión de nuestras sociedades. Aprender a vivir juntos ha de constituir uno de los más importantes objetivos del sistema educativo y de las acciones políticas de los sistemas democráticos.
  • 12. 3. Proporcionar herramientas a los docentes. I. La formación inicial (anticiparse al reto)  Una de las carencias más acusadas de los docentes, que suele acompañar a estados de angustia e insatisfacción, es la de una adecuada formación para la intervención en las situaciones de conflicto. Por ello, se hace necesario un cambio en las estrategias y los contenidos de la formación inicial.  En España, y en simultaneidad con el proceso de homologación y reconocimiento mutuo de la formación superior en el ámbito de 34 países europeos (Plan Bolonia), se ha abordado la reforma de la formación inicial de los docentes, que tienen a su cargo las Universidades: – Con el incremento de un curso académico (cuatro años) en la de maestros, que pasa a tener la consideración de Grado, con un notable refuerzo del practicum y la supresión de especialidades, que se reducen a dos: Maestro de educación infantil y Maestro de educación primaria. – Con el establecimiento de un Master de profesorado de secundaria que es requisito habilitante para el ejercicio de la profesión y se realiza una vez alcanzado el Grado. – Con la exigencia de acreditación del nivel intermedio de una lengua extranjera. – Con la definición de las siguientes competencias relacionadas con la convivencia.
  • 13. I. La formación inicial (2)  Maestro de educación infantil: “Diseñar y regular espacios de aprendizaje en contextos de diversidad que atiendan a las singulares necesidades educativas de los estudiantes, a la igualdad de género, a la equidad y al respeto a los derechos humanos. Fomentar la convivencia en el aula y fuera de ella y abordar la resolución pacífica de conflictos. Saber observar sistemáticamente contextos de aprendizaje y convivencia y saber reflexionar sobre ellos.”  Maestro de educación primaria: Además de los anteriores, “Estimular y valorar el esfuerzo, la constancia y la disciplina personal en los estudiantes.”  Profesor de enseñanza secundaria: “Diseñar y desarrollar espacios de aprendizaje con especial atención a la equidad, la educación emocional y en valores, la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres, la formación ciudadana y el respeto de los derechos humanos que faciliten la vida en sociedad, la toma de decisiones y la construcción de un futuro sostenible. Adquirir estrategias para estimular el esfuerzo del estudiante y promover su capacidad para aprender por sí mismo y con otros, y desarrollar habilidades de pensamiento y de decisión que faciliten la autonomía, la confianza e iniciativa personales. Conocer los procesos de interacción y comunicación en el aula, dominar destrezas y habilidades sociales necesarias para fomentar el aprendizaje y la convivencia en el aula, y abordar problemas de disciplina y resolución de conflictos.”
  • 14. Proporcionar herramientas a los docentes. II. La cuestión de la autoridad  Ante el sentimiento generalizado de que el profesor ha perdido la autoridad sobre el alumnado, y el reconocimiento y la estima social hacia su tarea ha sufrido un retroceso, son precisas acciones públicas que inviertan esa situación. Unas acciones que deben formar parte del Pacto social por la convivencia escolar.  Reforzar la autoridad del docente en el ejercicio de su profesión es una de ellas. Hacia los padres, madres y tutores debe encaminarse una parte del esfuerzo (compromisos de las familias, carta de convivencia). Hacia la sociedad en su conjunto, otra parte (campañas públicas, reconocimientos y premios, publicidad de las buenas prácticas).  Caben medidas de corte legal, como la consideración del docente como autoridad pública en el desempeño de sus funciones. La cautela es aquí muy necesaria, para no saltar esa delicada línea que separa lo educativo de lo penal.  Cabe reconsiderar la autopercepción del rol del docente. La autoridad se ejerce y se reconoce en todo el proceso educativo, y no sólo en la administración de los contenidos curriculares.
  • 15. 4. Llevar a la norma los propósitos y los objetivos.  Es preciso traducir en norma, para que constituya una guía de acción exigible a todos el objetivo del refuerzo de la convivencia y la prevención y resolución del conflicto. Sin norma es más difícil su consecución. En el caso de Castilla-La Mancha, un Decreto del gobierno de la Comunidad fue el instrumento.  La norma debería recoger, al menos, los siguientes aspectos: las medidas y actuaciones de apoyo a los centros docentes las normas básicas de convivencia y la carta de convivencia los derechos y deberes de las personas que forman la comunidad las medidas preventivas del conflicto y las correctoras de las conductas los procedimientos de definición de la norma y aplicación de las medidas las garantías democráticas el mecanismo de la mediación y su ejercicio los órganos de supervisión y análisis los instrumentos de evaluación
  • 16. 5. Trabajar con los medios de comunicación.  Las sociedades democráticas avanzadas tienen en los medios de comunicación de masas un instrumento especialmente valioso de conformación de la opinión pública, de garantía de la libertad de expresión y de control de la acción de los poderes públicos. Sin embargo, no están al margen de intereses particulares de diferente signo: el sensacionalismo es, a veces, un exceso que la educación paga con creces.  Trabajar con estos medios exige, ante todo, respetar su independencia. Se trata de sugerir, nunca de imponer, de informar y de formar a quienes los desarrollan, de colaborar con ellos. ¿Qué se puede intentar?: Avanzar hacia un código deontológico como aspiración: mecanismo de autorregulación, nunca de ocultación ni de censura. Garantizar la presencia de programas formativos y no violentos, en particular durante los horarios en que los niños y jóvenes puedan acceder a ellos. La elaboración y divulgación en los medios de comunicación de campañas que refuercen la función de los maestros y profesores, la educación en valores y la implicación de las familias en los procesos educativos de sus hijos.
  • 17. 6. La Carta de convivencia y la autonomía de los centros.  En la promoción de un clima positivo de convivencia se pone de manifiesto la potencialidad de la autonomía de los centros docentes: cada centro se da a sí mismo su proyecto educativo, su norma y su regla. La heteronomía más allá de los aspectos básicos comunes a todo el sistema es un factor de retroceso.  Autonomía es libertad y participación, y es responsabilidad, rendición de cuentas y control.  El Proyecto educativo de cada centro docente se configura como un auténtico Plan de convivencia que define los principios educativos que regulan la vida del centro y establece las líneas organizativas necesarias para su desarrollo.  Los principios y valores que orientan la convivencia en el centro quedan recogidos en una Declaración que es elaborada en cada centro escolar con la participación del profesorado, el alumnado, las Asociaciones de madres y padres y el conjunto de las familias, y será firmada por los representantes de la comunidad educativa.  Esta declaración, que se denominará ‘Carta de Convivencia’, será publicada y estará visible en un lugar relevante del centro.
  • 18. 7. La participación, factor clave para la convivencia.  Sentir como propia la norma, y no ajena o impuesta, ser sujeto activo de su elaboración y aprobación, es un requisito necesario para que su aplicación sea un elemento educativo de primer orden. En especial en el caso del alumnado. Y ello requiere un procedimiento en el que la participación es la clave.  En la participación se movilizan el diálogo, el encuentro, la comunicación, la transacción y el pacto, la consideración de la opinión del otro. Es un proceso eminentemente educativo, en el que se muestra la organización democrática de la escuela y el respeto a los diferentes roles de la comunidad escolar.  En el proceso intervienen todos los órganos de gobierno y participación de los centros: Las Normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro -y sus posibles modificaciones- serán elaboradas, con las aportaciones de la comunidad educativa, por el Equipo directivo, informadas por el Claustro y aprobadas por el Consejo escolar por mayoría de dos tercios de sus componentes con derecho a voto. Las Normas de convivencia, organización y funcionamiento específicas de cada aula serán elaboradas, revisadas y aprobadas anualmente por el profesorado y el alumnado que conviven en el aula, coordinados por el tutor o tutora del grupo. El Consejo escolar velará por que dichas Normas no vulneren las establecidas con carácter general para todo el centro.  Una vez aprobadas, las Normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro pasarán a ser de obligado cumplimiento para toda la comunidad educativa. El director o directora del centro las hará públicas procurando la mayor difusión entre la comunidad educativa.
  • 19. 8. La autoridad de los equipos directivos con nuevas competencias.  Corresponde a los equipos directivos de los centros, y en especial a los directores y directoras, el impulso y la coordinación de todas las acciones en materia de convivencia, la activación de los protocolos de actuación, la decisión sobre la imposición de medidas correctoras de las conductas que atentan contra la convivencia y el seguimiento y evaluación del Plan de Convivencia.  La capacidad de liderazgo pedagógico y organizativo de los directores, que debe verse reconocida y alentada por la Administración, es un factor clave para el correcto desarrollo de los procesos de debate y elaboración de las Normas de convivencia.  La agilidad y la prontitud en la adopción de las medidas oportunas requiere que los directores tengan competencias claras en materia de imposición de sanciones. Su autoridad se debe ver reforzada y su capacidad debe ser ejecutiva. Y todo ello sin menoscabo de la garantía de los derechos de reclamación o recurso de las personas afectadas por sus decisiones.  La Comisión de Convivencia, órgano del Consejo escolar del centro, actúa como primera instancia de control de la adecuación a la norma de la decisión del director.
  • 20. 9. Medidas específicas de apoyo: aulas, formación, mediadores, atención directa.  Como medida para ayudar a resolver las conductas disruptivas en la clase, se han establecido en la educación secundarias las llamadas ‘aulas de convivencia’, en las que el alumnado que ha sido apartado de clase en ese tiempo escolar realiza trabajos relacionados con el curriculo y acciones de reflexión sobre su conducta bajo la atención de profesorado del centro. A considerar luces y sombras.  Una actuación eficaz la constituye la formación en materia de prevención de conflictos y de resolución dialogada y educativa de los mismos dirigida al profesorado (itinerario obligatoria de la formación permanente, investigación e innovación), a las familias (talleres, escuelas de padres) y al alumnado (talleres, cursos, formación para la mediación).  La mediación escolar constituye un método de resolución de conflictos en el que, mediante la intervención imparcial de una tercera persona, se ayuda a las partes implicadas a alcanzar por sí mismas un acuerdo satisfactorio, salvo en el caso de que haya existido maltrato entre iguales o se trate de conductas con trascendencia penal.  La ayuda y el consejo directos, que no debe sustituir ni anular el trabajo y la decisión del centro, ha constituido una experiencia notable en nuestro caso. El equipo de apoyo a la convivencia, formado por expertos en la materia, viene atendiendo telefónicamente doce horas al día todos los días lectivos las consultas de cualquier miembro de la comunidad escolar o orientando y asesorando en materia de intervención para la resolución de los conflictos.
  • 21. 10. El observatorio de la convivencia. Analizar, impulsar y evaluar.  Su finalidad es la de analizar el fenómeno de la convivencia para buscar las causas y los efectos que provocan su ruptura en los centros educativos, elaborar propuestas para su promoción y mejora, y realizar el seguimiento de las medidas que para su refuerzo y mantenimiento se pongan en marcha.  Son funciones del Observatorio: a. Realizar estudios e investigaciones, de manera periódica, relativos a la situación de la convivencia en los centros educativos e identificar los factores de riesgo existentes. b. Elaborar informes y hacer propuestas a la Administración educativa, teniendo en cuenta los estudios realizados, destinadas a fomentar la mejora de la convivencia en los centros. c. Promover la colaboración entre todas las instituciones implicadas en la convivencia escolar y su promoción. d. Proponer acciones formativas dirigidas a la comunidad educativa sobre el fomento de la convivencia y la intervención y mediación en los conflictos. e. Promover encuentros entre profesionales y expertos para facilitar el intercambio de experiencias, investigaciones y trabajos relacionados con la mejora de la convivencia escolar. f. Colaborar con el Observatorio Estatal de la convivencia escolar.  Su composición, la más amplia posible sin pérdida de funcionalidad. El caso especial de los grupos parlamentarios y los medios de comunicación.
  • 22. Las notas que definen a un centro como eficaz en la promoción de la convivencia.  Existe una “idea de centro” y unos objetivos compartidos.  El proceso de enseñanza y aprendizaje es el eje de la actividad escolar.  El liderazgo profesional está asumido, y funciona el paradigma de la colegialidad o de trabajo en equipo.  Existen unas expectativas elevadas hacia las posibilidades de aprendizaje del alumnado y la capacidad de enseñanza del centro y sus profesionales.  Existe un clima de convivencia positivo basado en el respeto a los derechos y deberes del alumnado desde normas claras y justas, el ejercicio de la responsabilidad y el control del trabajo.  La evaluación combina la iniciativa interna del centro con la ayuda de evaluadores externos, y es el punto de partida para la mejora.  El centro se concibe como una organización que aprende mediante una formación del centrada en la práctica del aula y el centro, y en el crecimiento profesional de los docentes.  Está abierto a la colaboración de la familias y otras instituciones en general.
  • 23. Para concluir El respeto mutuo, la construcción y el acatamiento responsable de la norma, la cooperación y la tolerancia, la aceptación de la diversidad, son otros tantos ejes de la convivencia, valores comunes que constituyen el fundamento de la vida en común y del civismo en democracia. Y en ellos se han de formar nuestros más jóvenes para que sean, de mayores, hombres y mujeres de provecho, ciudadanos libres y responsables capaces de compartir –y, si fuera preciso, transformar- un mundo en cambio. Ciudadanas y ciudadanos libres, felices, iguales y solidarios capaces de construir y de compartir un mundo más justo y en paz.