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FORMACION DE SEGURIDAD EN
    LA AVIACION CIVIL Y
     AEROPORTUARIA




 LA SEGURIDAD ES COSA DE
         TODOS
¿Qué es Seguridad?
• El término seguridad proviene de la
  palabra del latín securitas. Cotidianamente
  se puede referir a la seguridad como la
  ausencia de riesgo o también a la
  confianza en algo o alguien.
• La seguridad es un estado de ánimo, una
  sensación, una cualidad intangible.
• Se puede entender como un objetivo y un
  fin que el hombre anhela constantemente
  como una necesidad primaria.
LA SEGURIDAD ES COSA DE
            TODOS
• La Seguridad en los Aeropuertos no afecta
    solamente a las Fuerzas de Seguridad, sino a
    todos los que estamos trabajando para su buen
    funcionamiento y de todo el que se encuentre
    en las instalaciones para uso.
•   La mejor manera que tenemos para evitar los
    actos de interferencia ilícita es LA PREVENCION.
•   Colaboramos con la prevención CUMPLIENDO
    LAS NORMAS DE SEGURIDAD.
NORMATIVA BASICA
• ANEXO 17 DEL CONVENIO DE CHICAGO.
  – Se acordó constituir un organismo permanente que
    continuase la tarea de 1919, llamado
    inicialmente Organización Provisional de Aviación
    Civil Internacional (OPACI), y hasta que en el
    año 1947 pasó a denominarse Organización de
    Aviación Civil Internacional (OACI).
  – Este anexo se creo a raíz de la II guerra
    mundial, creando así normas y procedimientos para
    la protección de los empleados, pasajeros y todas
    las personas e instituciones que se vieran afectadas
    por un acto ilícito.
• REGLAMENTO 300/2008 DE LA U.E.
   – Este reglamento se creo a raíz del atentado del
     11 de Septiembre (las torres
     gemelas, EEUU), por ese motivo, se han
     extremado las medidas de seguridad en todos
     los aeropuertos del mundo.
   – Ejem: No se puede pasar con líquidos.
   – En los equipajes no se puede llevar artículos
     de aseo personal que superen los 100 ml.
   – En el equipaje de mano exactamente igual.
   – No se puede llevar objetos punzantes, etc.
• LEY 21/2003 DE SEGURIDAD AEREA
  – Esta Ley tiene por objeto determinar las
    competencias de los órganos de la Administración
    General del Estado en materia de aviación
    civil, regular la investigación técnica de los accidentes
    e incidentes aéreos civiles y establecer el régimen
    jurídico de la inspección aeronáutica, las obligaciones
    por razones de seguridad aérea y el régimen de
    infracciones y sanciones en materia de aviación civil.
  – Sus disposiciones tienen por finalidad preservar la
    seguridad, el orden y la fluidez del tráfico y del
    transporte aéreos, de acuerdo con los principios y
    normas de Derecho internacional reguladores de la
    aviación civil.
• REGLAMENTO 185/2010 DE LA U.E.
  – Los métodos y tecnologías para la detección
    de explosivos líquidos se desarrollarán con el
    tiempo. De acuerdo con los avances
    tecnológicos y experiencias de funcionamiento
    a escala comunitaria y mundial, la
    Comisión, cuando proceda, presentará
    propuestas de revisión de las disposiciones
    técnicas y de funcionamiento sobre el control
    de líquidos, aerosoles y geles.
LOS AEROPUERTOS
• Los Aeropuertos constituyen un entorno
 singular de trabajo. Son instalaciones
 afectadas por una amplia normativa ,
 tanto nacional como europea, en las que
 se desarrollan simultáneamente un gran
 numero de actividades diferentes.
ZONAS DE LOS AEROPUERTOS
ZONAS DE LOS AEROPUERTOS
• Z.R.S = Zona Restringida de Seguridad
     – Los accesos restringidos estarán sujetos a un control
       de seguridad
•   C.S.P. = Control Personal/tripulacion
     – estarán sujetos a un control de seguridad
•   C.S.PAX = Control Pasajeros (zona Critica)
     – Por donde pasan los pasajeros que estarán sujetos
       al control de seguridad, y pasan hasta la aeronave.
•   E.B.= Equipaje/bodega
     – Por donde pasa los equipajes, etc., que estarán
       sujetos al control de seguridad, y pasan hasta la
       aeronave.
•   Z.P.= Zona Publica
     – Es un Acceso sin restricción, de libre acceso al
       publico en general.
ZONAS PUBLICAS
CONTROLES DE SEGURIDAD
LADO AIRE
ACREDITACION PERSONAL
• Tarjeta de Identificación Aeroportuaria
 que se utiliza para acreditar a una persona
 que esta autorizada a acceder a ciertas
 zonas del aeropuerto. Es concedida y
 emitida por la Autoridad aeroportuaria.
                                 31/12/2011
                                     H
                                    Aena
                            Jefe de Servicios
                                   Eulen
                     Nº 12345


          Massiel
          Gutiérrez Espinosa
                                  11
          43381927     Aeropuerto Reina Sofia
ACREDITACIONES PERSONALES
• TODOS debemos estar identificados, las
    acreditaciones identifican a su titular, estas
    deben estar acompañadas por su DNI o
    autorización de Residencia.
•   Los colores de las Acreditaciones indican el lugar
    a que estamos autorizados a acceder.
•   Todas las zonas Criticas (zcs) son restringidas de
    seguridad.
•   Lo que define esencialmente a la zona critica es
    que en ellas equipajes y pasajeros ya están
    inspeccionados.
• Son de uso obligatorio
• Es personal e intransferible
• Objeto de custodia por su titular
• Debe llevarla visible
• Siempre en vigor
• Atención a zonas restringidas
• Denunciar de inmediato su extravío
• Acceder solo por razones de trabajo (en
 horas de trabajo)
PROHIBICIONES

• Utilización para facilitar el acceso a otro.
• Utilización estando caducada.
• No visible.
• Cederla a otra persona
• Usarla sin estar trabajando.
• Usar la de otro empleado.
• Uso en la zona distinta a la autorizada.
• La Acreditación debe devolverse si esta
  caducada o si cesa la actividad.
• Dentro del aeropuerto las acreditaciones
  son de uso obligatorio mientras se
  desarrolla la actividad laboral.
• Si observamos a alguien en la zona
  restringida sin autorización hay que
  comunicarlo.
ACREDITACIONES
              PERSONALES II
• ROJO: Zonas Publicas y oficinas
• BLANCO: Zonas Restringidas del Terminal, Zona
    aeronáutica excepto aérea de maniobras.
•   AZUL: Zonas Publicas, oficinas y Instalaciones concretas
    (TWR, etc)
•   VERDE: Todas excepto área de maniobras, y VERDE con
    una P Zona de maniobras.
•   AMARILLO: Zonas Publicas, oficinas y zona aeronáuticas
    (lado aire, excepto área de maniobras).
• AMARILLO Y VERDE con la letra P (pista)
  en NEGRO: permite el acceso a la zona de
  maniobras.
• AMARILLO Y VERDE: para permitir el
  acceso al patio de carrillos, deberán llevar
  impresa una banda en color ROJO.
• TARJETAS PROVISIONALES: llevara un P
  en la tarjeta y su color indicara la zona a
  visitar..
TARJETA DE AUTORIZACION DE
            VEHICULOS
• Permite el acceso y permanencia del vehiculo
    autorizado a ciertas áreas de la zona
    aeronáuticas.
•   La autorización del vehiculo es independiente de
    las acreditaciones de las personas que van en el.
•   Para la conducción de vehículos en la zona
    aeronáutica es obligatorio poseer, además de la
    acreditación personal y la del vehiculo, el
    Permiso de Circulación en Plataforma (P.C.P.) en
    vigor.
AUTORIZACIONES DE
             VEHICULOS
• TODO vehiculo que circule por el lado aire debe
    portar su AUTORIZACION.
•   Las letras impresas y el color de la autorización
    determinan la zona a que autoriza el acceso.
•   Letra A en fondo VERDE: Lado Aire excepto
    zona de maniobras, salvo letra P en negro
    añadida.
•   Letra A en fondo AZUL: Lado Aire excepto área
    de maniobra y plataforma.
TARJETA DE AUTORIZACION
    PARA VEHICULOS
   Matricula: ABC-123
   Empresa: EULEN,S.A.

                         Aeropuerto Reina Sofía




   Valido Hasta: 31/12/2011
• Letra R en fondo BLANCO: plataforma y
  zona de servicios.
• Letra S en fondo ROJO: Zona de servicios.
• Letra P grande en color: Provisional.
• Al igual que las Acreditaciones del personal, las
    Autorizaciones de los coches son de uso Obligatorio.
•   Intransferibles
•   Se deben colocar visibles, en el cristal delantero.
•   Denunciar en caso de Extravío.
•   Entregar una vez caducada.
•   Queda PROHIBIDO:
     – Uso para facilitar acceso a otro vehiculo.
     – Utilizar Caducada
     – No llevarla visible
     – Uso en zona distinta a la Autorizada.
INFRACCIONES Y SANCIONES

• El incumplimiento de las normas de
  Identificación, causa la sanción de que el
  personal de seguridad del aeropuerto nos
  retenga la acreditación y no nos permita
  trabajar mas en el mismo.
• Esto se aplica igualmente a las
  Autorizaciones de los Vehículos.
• La autoridad aeroportuaria tendrá la potestad de retirar
  la acreditación personal por incumplimiento de las
  normas de utilización o por mal uso de las mismas, en
  los siguientes términos:
   – Se podrá retirar la acreditación personal de uno a
     siete días por:
       • Dejar una puerta abierta cuando se ha accedido a
         través de ella utilizando la acreditación.
       • Utilizar la propia acreditación para facilitar el
         acceso a otra persona que este autorizada.
       • Utilizar la acreditación de otra persona para
         acceder aun estando autorizado.
       • Utilización de acreditaciones que estén caducadas
         menos de 15 días.
       • No llevar la acreditación bien visible, siempre que
         se lleve en otro lugar.
•     Utilizar la acreditación no encontrándose de servicio.
•     Presentarse a trabajar mas de tres veces sin la
      acreditación.
Se   podrá retirar la acreditación de siete a treinta días por:
•     Utilizar la propia acreditación para facilitar el acceso a
      otra persona que no este autorizada.
•     Dejar un acceso a zona restringida de seguridad
      abierto.
•     Acceder a la zona restringida evitando un control de
      seguridad.
•     Acceder a la zona restringida empleando accesos o
      medios de forma diferente a la establecida (como
      forzar puertas de emergencias, activación de
      pulsadores de emergencias…..).
•     Oponerse a pasar las medidas de seguridad
      establecidas (coaccionando al personal de seguridad
      con amenazas, insultos, agresiones….)
• Negarse a mostrar la acreditación al personal de
    seguridad.
•   Utilizar la acreditación de otra persona.
•   Utilizar la acreditación en zonas distintas para las que se
    encuentra autorizado.



    Si detectamos a alguna persona sin acreditación en las
    zonas restringidas de seguridad u otra situación de
    irregularidad que le produzca dudas o levante
    sospechas, estamos en la obligación de comunicarlo a la
    oficina de seguridad del aeropuerto.
CONTROL DE SEGURIDAD
• Al igual que los pasajeros, todo el personal que
  labore en el aeropuerto y tenga que pasar a una
  zona critica o restringida, esta en la obligación
  de pasar el control de seguridad.
• El control de seguridad es para todo el personal.
• Debemos mostrar la Acreditación y además el
  DNI o pasaporte si nos lo requieren.
• Todos los Objetos que se porten
deben pasar por el Rayos X (scanner).
• Alguien puede introducirse simulando ser
  un empleado.
• Pueden haber coaccionado a un empleado
  a introducir algo prohibido.
• Pueden haber colocado un objeto
  prohibido sin conocimiento del empleado.
LA SEGURIDAD ES COSA DE
          TODOS
• RECORDAR:
  – NO SOMOS VIGILANTES DE SEGURIDAD.
  – Pero somos importantes para la seguridad de
    todos, cumpliendo las normas.
  – Cada aeropuerto tiene su comité de seguridad
    conformado por la Guardia Civil, Policía
    Nacional, Director de Seguridad del
    Aeropuerto, Protección Civil, entre otros.
  – Ante una sospecha de acto ilícito se deberá
    comunicar a su superior, que a su vez procederá a
    dar parte a los organismos correspondientes.
LA SEGURIDAD ES COSA DE
          TODOS
• Si se detecta algún paquete u objeto
  abandonado, no cojerlo, notificarlo a su
  jefe inmediato.
• Al pasar por un control de seguridad NO
  molestarse si deben inspeccionarles,
  recordad que es nuestro deber y
  obligación, dejen que nos revisen.
LA SEGURIDAD ES COSA DE
        TODOS

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  • 1. FORMACION DE SEGURIDAD EN LA AVIACION CIVIL Y AEROPORTUARIA LA SEGURIDAD ES COSA DE TODOS
  • 2. ¿Qué es Seguridad? • El término seguridad proviene de la palabra del latín securitas. Cotidianamente se puede referir a la seguridad como la ausencia de riesgo o también a la confianza en algo o alguien. • La seguridad es un estado de ánimo, una sensación, una cualidad intangible. • Se puede entender como un objetivo y un fin que el hombre anhela constantemente como una necesidad primaria.
  • 3. LA SEGURIDAD ES COSA DE TODOS • La Seguridad en los Aeropuertos no afecta solamente a las Fuerzas de Seguridad, sino a todos los que estamos trabajando para su buen funcionamiento y de todo el que se encuentre en las instalaciones para uso. • La mejor manera que tenemos para evitar los actos de interferencia ilícita es LA PREVENCION. • Colaboramos con la prevención CUMPLIENDO LAS NORMAS DE SEGURIDAD.
  • 4. NORMATIVA BASICA • ANEXO 17 DEL CONVENIO DE CHICAGO. – Se acordó constituir un organismo permanente que continuase la tarea de 1919, llamado inicialmente Organización Provisional de Aviación Civil Internacional (OPACI), y hasta que en el año 1947 pasó a denominarse Organización de Aviación Civil Internacional (OACI). – Este anexo se creo a raíz de la II guerra mundial, creando así normas y procedimientos para la protección de los empleados, pasajeros y todas las personas e instituciones que se vieran afectadas por un acto ilícito.
  • 5. • REGLAMENTO 300/2008 DE LA U.E. – Este reglamento se creo a raíz del atentado del 11 de Septiembre (las torres gemelas, EEUU), por ese motivo, se han extremado las medidas de seguridad en todos los aeropuertos del mundo. – Ejem: No se puede pasar con líquidos. – En los equipajes no se puede llevar artículos de aseo personal que superen los 100 ml. – En el equipaje de mano exactamente igual. – No se puede llevar objetos punzantes, etc.
  • 6. • LEY 21/2003 DE SEGURIDAD AEREA – Esta Ley tiene por objeto determinar las competencias de los órganos de la Administración General del Estado en materia de aviación civil, regular la investigación técnica de los accidentes e incidentes aéreos civiles y establecer el régimen jurídico de la inspección aeronáutica, las obligaciones por razones de seguridad aérea y el régimen de infracciones y sanciones en materia de aviación civil. – Sus disposiciones tienen por finalidad preservar la seguridad, el orden y la fluidez del tráfico y del transporte aéreos, de acuerdo con los principios y normas de Derecho internacional reguladores de la aviación civil.
  • 7. • REGLAMENTO 185/2010 DE LA U.E. – Los métodos y tecnologías para la detección de explosivos líquidos se desarrollarán con el tiempo. De acuerdo con los avances tecnológicos y experiencias de funcionamiento a escala comunitaria y mundial, la Comisión, cuando proceda, presentará propuestas de revisión de las disposiciones técnicas y de funcionamiento sobre el control de líquidos, aerosoles y geles.
  • 8. LOS AEROPUERTOS • Los Aeropuertos constituyen un entorno singular de trabajo. Son instalaciones afectadas por una amplia normativa , tanto nacional como europea, en las que se desarrollan simultáneamente un gran numero de actividades diferentes.
  • 9. ZONAS DE LOS AEROPUERTOS
  • 10. ZONAS DE LOS AEROPUERTOS • Z.R.S = Zona Restringida de Seguridad – Los accesos restringidos estarán sujetos a un control de seguridad • C.S.P. = Control Personal/tripulacion – estarán sujetos a un control de seguridad • C.S.PAX = Control Pasajeros (zona Critica) – Por donde pasan los pasajeros que estarán sujetos al control de seguridad, y pasan hasta la aeronave. • E.B.= Equipaje/bodega – Por donde pasa los equipajes, etc., que estarán sujetos al control de seguridad, y pasan hasta la aeronave. • Z.P.= Zona Publica – Es un Acceso sin restricción, de libre acceso al publico en general.
  • 14. ACREDITACION PERSONAL • Tarjeta de Identificación Aeroportuaria que se utiliza para acreditar a una persona que esta autorizada a acceder a ciertas zonas del aeropuerto. Es concedida y emitida por la Autoridad aeroportuaria. 31/12/2011 H Aena Jefe de Servicios Eulen Nº 12345 Massiel Gutiérrez Espinosa 11 43381927 Aeropuerto Reina Sofia
  • 15. ACREDITACIONES PERSONALES • TODOS debemos estar identificados, las acreditaciones identifican a su titular, estas deben estar acompañadas por su DNI o autorización de Residencia. • Los colores de las Acreditaciones indican el lugar a que estamos autorizados a acceder. • Todas las zonas Criticas (zcs) son restringidas de seguridad. • Lo que define esencialmente a la zona critica es que en ellas equipajes y pasajeros ya están inspeccionados.
  • 16. • Son de uso obligatorio • Es personal e intransferible • Objeto de custodia por su titular • Debe llevarla visible • Siempre en vigor • Atención a zonas restringidas • Denunciar de inmediato su extravío • Acceder solo por razones de trabajo (en horas de trabajo)
  • 17. PROHIBICIONES • Utilización para facilitar el acceso a otro. • Utilización estando caducada. • No visible. • Cederla a otra persona • Usarla sin estar trabajando. • Usar la de otro empleado. • Uso en la zona distinta a la autorizada.
  • 18. • La Acreditación debe devolverse si esta caducada o si cesa la actividad. • Dentro del aeropuerto las acreditaciones son de uso obligatorio mientras se desarrolla la actividad laboral. • Si observamos a alguien en la zona restringida sin autorización hay que comunicarlo.
  • 19. ACREDITACIONES PERSONALES II • ROJO: Zonas Publicas y oficinas • BLANCO: Zonas Restringidas del Terminal, Zona aeronáutica excepto aérea de maniobras. • AZUL: Zonas Publicas, oficinas y Instalaciones concretas (TWR, etc) • VERDE: Todas excepto área de maniobras, y VERDE con una P Zona de maniobras. • AMARILLO: Zonas Publicas, oficinas y zona aeronáuticas (lado aire, excepto área de maniobras).
  • 20. • AMARILLO Y VERDE con la letra P (pista) en NEGRO: permite el acceso a la zona de maniobras. • AMARILLO Y VERDE: para permitir el acceso al patio de carrillos, deberán llevar impresa una banda en color ROJO. • TARJETAS PROVISIONALES: llevara un P en la tarjeta y su color indicara la zona a visitar..
  • 21. TARJETA DE AUTORIZACION DE VEHICULOS • Permite el acceso y permanencia del vehiculo autorizado a ciertas áreas de la zona aeronáuticas. • La autorización del vehiculo es independiente de las acreditaciones de las personas que van en el. • Para la conducción de vehículos en la zona aeronáutica es obligatorio poseer, además de la acreditación personal y la del vehiculo, el Permiso de Circulación en Plataforma (P.C.P.) en vigor.
  • 22. AUTORIZACIONES DE VEHICULOS • TODO vehiculo que circule por el lado aire debe portar su AUTORIZACION. • Las letras impresas y el color de la autorización determinan la zona a que autoriza el acceso. • Letra A en fondo VERDE: Lado Aire excepto zona de maniobras, salvo letra P en negro añadida. • Letra A en fondo AZUL: Lado Aire excepto área de maniobra y plataforma.
  • 23. TARJETA DE AUTORIZACION PARA VEHICULOS Matricula: ABC-123 Empresa: EULEN,S.A. Aeropuerto Reina Sofía Valido Hasta: 31/12/2011
  • 24. • Letra R en fondo BLANCO: plataforma y zona de servicios. • Letra S en fondo ROJO: Zona de servicios. • Letra P grande en color: Provisional.
  • 25. • Al igual que las Acreditaciones del personal, las Autorizaciones de los coches son de uso Obligatorio. • Intransferibles • Se deben colocar visibles, en el cristal delantero. • Denunciar en caso de Extravío. • Entregar una vez caducada. • Queda PROHIBIDO: – Uso para facilitar acceso a otro vehiculo. – Utilizar Caducada – No llevarla visible – Uso en zona distinta a la Autorizada.
  • 26. INFRACCIONES Y SANCIONES • El incumplimiento de las normas de Identificación, causa la sanción de que el personal de seguridad del aeropuerto nos retenga la acreditación y no nos permita trabajar mas en el mismo. • Esto se aplica igualmente a las Autorizaciones de los Vehículos.
  • 27. • La autoridad aeroportuaria tendrá la potestad de retirar la acreditación personal por incumplimiento de las normas de utilización o por mal uso de las mismas, en los siguientes términos: – Se podrá retirar la acreditación personal de uno a siete días por: • Dejar una puerta abierta cuando se ha accedido a través de ella utilizando la acreditación. • Utilizar la propia acreditación para facilitar el acceso a otra persona que este autorizada. • Utilizar la acreditación de otra persona para acceder aun estando autorizado. • Utilización de acreditaciones que estén caducadas menos de 15 días. • No llevar la acreditación bien visible, siempre que se lleve en otro lugar.
  • 28. Utilizar la acreditación no encontrándose de servicio. • Presentarse a trabajar mas de tres veces sin la acreditación. Se podrá retirar la acreditación de siete a treinta días por: • Utilizar la propia acreditación para facilitar el acceso a otra persona que no este autorizada. • Dejar un acceso a zona restringida de seguridad abierto. • Acceder a la zona restringida evitando un control de seguridad. • Acceder a la zona restringida empleando accesos o medios de forma diferente a la establecida (como forzar puertas de emergencias, activación de pulsadores de emergencias…..). • Oponerse a pasar las medidas de seguridad establecidas (coaccionando al personal de seguridad con amenazas, insultos, agresiones….)
  • 29. • Negarse a mostrar la acreditación al personal de seguridad. • Utilizar la acreditación de otra persona. • Utilizar la acreditación en zonas distintas para las que se encuentra autorizado. Si detectamos a alguna persona sin acreditación en las zonas restringidas de seguridad u otra situación de irregularidad que le produzca dudas o levante sospechas, estamos en la obligación de comunicarlo a la oficina de seguridad del aeropuerto.
  • 30. CONTROL DE SEGURIDAD • Al igual que los pasajeros, todo el personal que labore en el aeropuerto y tenga que pasar a una zona critica o restringida, esta en la obligación de pasar el control de seguridad. • El control de seguridad es para todo el personal. • Debemos mostrar la Acreditación y además el DNI o pasaporte si nos lo requieren. • Todos los Objetos que se porten deben pasar por el Rayos X (scanner).
  • 31. • Alguien puede introducirse simulando ser un empleado. • Pueden haber coaccionado a un empleado a introducir algo prohibido. • Pueden haber colocado un objeto prohibido sin conocimiento del empleado.
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  • 37. LA SEGURIDAD ES COSA DE TODOS • RECORDAR: – NO SOMOS VIGILANTES DE SEGURIDAD. – Pero somos importantes para la seguridad de todos, cumpliendo las normas. – Cada aeropuerto tiene su comité de seguridad conformado por la Guardia Civil, Policía Nacional, Director de Seguridad del Aeropuerto, Protección Civil, entre otros. – Ante una sospecha de acto ilícito se deberá comunicar a su superior, que a su vez procederá a dar parte a los organismos correspondientes.
  • 38. LA SEGURIDAD ES COSA DE TODOS • Si se detecta algún paquete u objeto abandonado, no cojerlo, notificarlo a su jefe inmediato. • Al pasar por un control de seguridad NO molestarse si deben inspeccionarles, recordad que es nuestro deber y obligación, dejen que nos revisen.
  • 39. LA SEGURIDAD ES COSA DE TODOS