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Normasparala Elaboración Documentos
                                                       de           Normativos Ministeriode Salud
                                                                             del
                                                Aprob~dacon R.M.N°82G.2005/MINSA



               Su finalidad es básicamente de información a los usuarios u operadores cotidianos, por lo que
               busca ser un compendio de instrucciones y explicaciones, basadas en el conocimiento
               científico y técnico, validado por la experiencia sistematizada y documentada, y respaldado por
               las normas vigentes que correspondan. Debe pretender ser de fácil manejo, fácil
               entendimiento, y fácil aplicación, por lo que debe compendiar lo más sustancial de una
               determinada materia.
                El Manual puede contener un compendio de documentos normativos, que han sido aprobados
                anteriormente, y que se considera conveniente reunirlos para un fácil acceso y pronta
                disponibilidad de los usuarios u operadores. También puede contener conceptos científica y
                legalmente aceptados, pero que son adaptados para una más fácil comprensión y aplicación de
                parte de determinados usuarios (p.e. determinados manuales orientados a docentes, a
                alumnos, a promotores de salud, etc).
                En general, un Manual no aprueba por si mismo un determinado proceso o procedimiento, sino
                que lo difunde y facilita su disponibilidad para la consulta de aspectos relativos al tema de
                fondo, por lo que se debe tener presente que goza de respaldo del Ministerio de Salud; no solo
                está dirigido al personal profesional o técnico, puede haber manuales que se dirigen a la
                población en general o a segmentos específicos de la población. En atención a ello, el Manual
                debe ser redactado y ordenado teniendo en cuenta el público objetivo al que está dirigido, su
                idioma, su nivel educativo, su entorno cultural, y el buen uso que se espera que haga de él.
                Ámbito de Aplicación.-                     ,
                                                           . ,
                De acuerdo a su naturaleza, los Manuales están dirigidos principalmente al personal de todos
                los establecimientos del Ministerio de Salud cuando sea el caso.
                Según corresponda, podrán ser utilizados en otros establecimientos del Sector Salud, en cuyo
                caso será expresamente dispuesto. Así mismo, en los casos que correspondan ser difundidos
                en otros Sectores del Estado, o en determinados segmentos de la población, u organizaciones
                de la sociedad civil, deberá ser indicado expresamente en la norma que lo oficializa.
                Aprobación y Oficialización.-
                Requiere aprobación de la Alta Dirección del Ministerio de Salud, mediante Resolución
                Ministerial.

.C.De'~fmen 5'i Cuando el Manual sea el compendio de DN previamente aprobados, su publicación será
                 aprobada mediante Resolución Ministerial (no aprueba el contenido del Manual, en tanto cada
                 DN ya fue aprobado en su oportunidad).
                Si el Manual es una adaptación para facilitar su contenido a los usuarios objetivos, el contenido
                será aprobado mediante Resolución Ministerial.
                Estructura.-
                Los Manuales tienen como referente la siguiente estructura, según corresponda, y que se
                mantendrá para su publicación en medio impreso o magnético:
                   .    Título del Manual. Expresa el contenido básico del Manual.
                   .    indice: Sumilla ordenada de los items contenidos en el Manual.

                        Introducción: Expresar una breve síntesis del tema que se desarrollará y. su
                        trascendencia en la actual situación sanitaria, que explique los antecedentes o
                        necesidades que justifican su emisión. Debe incluir un breve comentario del contenido
                        del Manual.
                        Finalidad: El efecto que se espera produzca la distribución y aplicación en la práctica
                        de los contenidos del Manual, de parte de los niveles operativos.
                   .    Objetivo: Explica los logros que se esperan alcanzar con la difusión y uso del Manual,
                        incluyendo los criterios de medición y de análisis.


                                                                                                               7
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                                                                         de            Normativos Ministeriode Salud
                                                                                                  del
                                                                  A¡!robada
                                                                          coI'IB.M.N°Ble;..2005/MINSA



                                    .    Base  Legal: cuando por el contenido, convenga y corresponda, se precisarán los
                                                       Solo
                                         dispositivos legales vigentes relacionados con el Manual, detallando artículos, incisos,
                                         numerales o literales pertinentes.
                                    .    Ámbito de Aplicación: Define a quienes está dirigido y dónde debe aplicarse.
                                    .    Aspectos Técnicos Conceptuales
                                    .    Consideraciones o Disposiciones Generales
                                    .    Consideraciones o Disposiciones Especificas
                                    .    Descripción de Funciones, Procesos, ylo Procedimientos
                                    .    Niveles de Responsabilidad:       referidos a la difusión y implementación del u~o del
                                         Manual.
                                    .    Formatos
                                    .    Diagramas o Flujogramas
                                    .    Anexos
                                    .    Referencias Bibliográficas o Bibliograña

                                                                             .   1..
                                 6.1.5. DOCUMENTO TECNICO                        ~


                                 Definición y Características.-
                                 Con esta denominación genérica se alude a aquella publicación del Ministerio de Salud, que
                                 contiene información sistematizada sobre un determinado aspecto sanitario o administrativo, o
                                 que fija posición sobre él; y que ha estimado necesario enfatizar o difundir, autorizándola
                                 expresamente; por tanto lo respalda, y en virtud a ello lo difunde y facilita su disponibilidad para,
 ,0(~t~~:.~
 ~ , ]~ la consulta dees básicamente de alinformación se aboca.
      "
          ~        Su finalidad
                  ' '/
                                aspectos relativos tema que
                                                            a los usuarios, personal de salud y/o población
   ~
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      ":;'1 )'~;¡i general,. basado en el conocimiento cieqtífico y técnico, validado por la experiencia
                            ,
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              ,   ,,
                    ,  ,

                                                                           .
   ¿~:.:.'::~.o
    !;"dl«:;
                                 slstematlzada y documentada, y respaldado por las normas vigentes que correspondan.

      '"':    S Se consideran Documentos Técnicos aquellos que abordan aspectos como "Doctrinas",
J.C.DelC..nnen ';"Lineamientos de Pollticas", "Sistema de Gestión de la Calidad", "Planes (de diversa
                 naturaleza)", entre otros; en adelante deberán ser precedidos por la Denominación Genérica:
                 "Documento Técnico: Doctrinas", "Documento Técnico: Lineamientos de Políticas", "Documento
                 Técnico: Planes... ", "Documento Técnico: Sistema de Gestión de Calidad", etc.
                                 Ámbito de Aplicación.-
                                                                                                  <'

                                 Los Documentos Técnicos están dirigidos en primer lugar a las Unidades Orgánicas y
                                 dependencias del Ministerio de Salud, y por extensión, y según la naturaleza del contenido, a
                                 todo el Sector Salud,
                                 Según corresponda, podrán ser utilizados en todos los establecimientos del Sector Salud, en
                                 cuyo casoserá expresamente
                                                          dispuesto,          .

                           ~-
                           ~l'
                            .
                                 Aprobación y OfiCialización
                                                              "-
                                                               ,
                                                                                                                               .

                                 Requiere aprobación de la Alta Dirección del Ministerio de Salud y su publicación es oficializada
                                 mediante Resolución Ministerial.

  A.M. Holgado S.


                                 Estructura.-

                                 Los Documentos Técnicos tienen como referente la siguiente estructura mínima, según
                                 corresponda, y que se mantendrá para su publicación en medio impreso o magnético:
                                                                                                                   8
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                                                                                     de           Normativos Ministeriode Salud
                                                                                                           del
                                                                             Alill>badaconR.M.N°82k..2005/MINSA



                                             .    Titulo del Documento Técnico: Expresa el contenido básico del Documento Técnico.
                                             .    indice: Su milla ordenada de los items contenidos en el Documento Técnico.
                                             .    Introducción: Expresa una breve síntesis del tema que se desarrollará y su
                                                  trascendencia en la actual situación sanitaria, que explique los antecedentes o
                                                  necesidades que justifican su emisión. Debe incluir un breve comentario del contenido
                                                  del Documento Técnico.
                                              .   Finalidad: El efecto que se espera produzca la distribución y aplicación en la práctica
                                                  de los contenidos del Documento Técnico, de parte de los niveles operativos,
                                              .    Objetivo: Explica los logros que se esperan alcanzar con la difusión y uso del
                                                   Documento Técnico, incluyendo los criterios de medición y de análisis.
                                              .    Base Legal: Solo cuando por el contenido, convenga y corresponda, Precisa los
                                                   dispositivos legales vigentes relacionados con el Documento Técnico, detallando
                                                   artículos, incisos, numerales o literales pertinentes.
                                              .    Ámbito de Aplicación: Define a quienes está dirigido y dónde debe aplicarse.
                                              .    Contenido: Según los objetivos que se hayan planteado con el Documento Técnico,
                                              .    Anexos
                                              .    Referencias Bibliográficas o Bib)iografia
                                           De acuerdo a la naturaleza del documente el contenido podrá incluir: Aspectos Técnicos
                                           Conceptuales, Situación Actual del aspecto salJitario o administrativo a tratar, Consideraciones
                                           o Disposiciones Generales, Consideraciones o Disposiciones Especificas, Descripción de
      g,-,'-<.,
                                           Funciones, Procesos, y/o Procedimientos, Niveles de Responsabilidad, Formatos, Diagramas o
  . :::.~,   ..¡ , ) {,   ~   '
                                           Flujogramas,
(S('? '; " ~'!2;0.
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                                           6,2, DE LAS ETAPAS PARA LA EMISION DE UN DOCUMENTO NORMATIVO
 ~t-; "'~-:;(i
      1:' MI""-'

J.C. Del Carmen                    S" De la Planificación de los' Documentos Normativos.
                                                                   "       '                              '      ' '              '"      ,
                                      6 , 2 , 1 . La Etapa d e PIam f IcaCI ó n, es aque IIa en Ia que se Id ent! f Ican con an t Iclpaclon Ios DN
                                      que se consideran necesarios emitir durante un periodo de tiempo determinado, por parte de la
                                      Dirección General, Oficina General u Organismo Público Descentralizado correspondiente, en
                                      cumplimiento de sus objetivos funcionales, y que deberán ser considerados en el Plan
                                      Operativo respectivo.
                                           Los DN que han sido considerados dentro del Plan Operativo aprobado anualmente, no
                                           requieren autorización adicional para su emisión, y por tanto cumplirán el proceso planteado
                                           desde la siguiente etapa,                                   <'
                                           Aquellas iniciativas que surjan y que no fueron previstas en el Plan Operativo, requerirán
                                           aprobación de la Alta Dirección para su formulación, debiéndose presentar la Solicitud de
                                           Autorización ante el Despacho Vice Ministerial de acuerdo a la secuencia (2) de la Etapa de
                              ()~          Formulación /Actualización de los DN.
                              ,!,l'.
                              :~Ú~
                                     e;:
                                     ~


                 >~         De la Formulación de los Documentos Normativos,
                 Ho' .'.                      de Formulación, con fines descriptivos y solo como un marco referencia! para
                                           6,2.2. La Etapa
             ,       ,gadoS'su aplicación, tiene la siguiente secuencia sugerida (Ver Anexo 03):
                                                 (1) Análisis Previo a la Comunicación     a la Alta Dirección. Conceptualización
                                           fundamental, previa e indispensable para la comunicación a la Alta Dirección. A su vez
                                           comprende:



                                                                                                                                                9
NormasparalaElaboracióndeDocumentos   Normativos Ministerio Salud
                                                                                      del        de
                                                     Aprobada con R.M.ti°8'2~. 2005/MINSA



                                       (1.1) Diagnóstico de la Situación o Problema de Salud. Insumo que se
                              utiliza para establecer el DN, de acuerdo a las necesidades de atención de salud y/o la
                              especificación detallada ejel problema de salud.
                                      (1.2) Investigación de Información Disponible. Acopio de insumos
                              necesarios para el proceso de regulación sanitaria, que servirán de antecedentes para
                              la formulación del DN.
                                       (1.3) Diagnóstico de Capacidade$ Organizacionales.              Evaluación o
                              información básica de la capacidad operativa de los servicios de salud, en aspectos de
                              infraestructura, equipamiento, recursos humanos y recursos financieros, en el nivel
                              nacional, regional y local, en relación a la implementación del DN que se propone
                              elaborar.
                                       (1.4) Identificación y Análisis de Alternativas. Elemento fundamental en el
                              proceso de formulación del DN; confronta las necesidades reflejadas en el diagnóstico
                              de situaciones de salud con las capacidades de respuesta organizacional para brindar
                              los servicios respectivos. La brecha existente entr~ las necesidades y las capacidades
                              descritas determina la definición de criterios de priorización. Se aplican las evidencias
                              científicas válidas que sustentan las alternativas y posibilitan la selección de la mejor
                              opción, la cual se plasmará en la propuesta del DN.
             etü S.            (2) Comunicación (o Solicitud de Autorización) a la Alta Dirección. La Dirección
                      General, Oficina General u OPD comp~t~nte se dirige al Despacho del Vice Ministro,
                      comunicando su iniciativa de emisión de un.,DN. A partir de la comunicación se denomina
                      Anteproyecto de DN. Tiene por objetivo contribuir a asegurar el mejor uso de los recursos
                      institucionales. La Alta Dirección se reserva la facultad de hacer observaciones y comentarios a
                      la propuesta, los que deberán ser tenidos en cuenta por la Dirección General, Oficina General o
                      dependencia recurrente; para su aplicación. .
      . ~..~J "'.
      :? . '['):"",
       _.:                 En el caso que la iniciativa de emisión sea de un DN que no se encuentre dentro del
                                                                                                             ..
. ~>j' .:.~:::;{~. Plan Operativo aprobado de la Dirección General, Oficina General o dependencia que propone,
      .(
f(~
  .
   -,
      ~
 .;¡,.../o"" «-) el pr~cedi~i~nto que corresponde es el de solicitar autorización con ese fin ante el Despacho
     ,.~  .:4j '~J
                    del Vlce Ministro.
     .-M¡;:il<>            Cuando por razones de situación' de emergencias y/o desastres naturales, la
J.e.DelCarmen   !;¡l1torización requerida para la emisión un DN no previsto en el Plan Operativo aprobado, está
                 dispensada en atención a la intervención pronta que requiere la situación planteada.
                               (3) Elaboración del Proyecto de DN. La Dirección General, Oficina General o
                      dependencia que propone, a través de sus Equipos Técnicos redactarán el DN propuesto. A
                      partir de este momento se denomina Proyecto de DN.
                               (4) Validación del Proyecto de DN. Interacción con expertos sanitarios (validación con
                      expertos) y con operadores de salud (validación operativa), intra y extra insUtucionales, en el
                      área o problema determinado, y que se realiza antes de pla'ntear la aprobación oficial de la
                      propuesta. Puede coordinarse con otras unidades orgánicas o dependencias institucionales,
                      sectoriales e intersectoriales, que estime necesario, según corresponda al contenido de la
                      propuesta, para enriquecerla con las perspectivas y opiniones de ellos, a fin de darle
                      consistencia. Está orientada a requerir las opiniones en relación a la viabilidad aplicativa del
                      Proyecto de DN.
                              (5) Evaluación de Aportes. En base a los aportes y comentarios que se reciban en la
                      secuencia anterior, la Dirección General, Oficina General o la dependencia respectiva, procede
                      a analizar e identificar aquellos que pueden mejorar los conceptos, procedimientos y demás
                      disposiciones del Proyecto de DN.
                             También es la secuencia que, luego de la pre publicación en la página web (Etapa de
                      Aprobación), evaluará cada uno de los aportes que se presenten, sea en medio impreso o
                      magnético, para valorar su contenido, sugerencias, observaciones, omisiones y otros, y que
                      ameriten ser incorporados o no al texto del Proyecto de DN.


                                                                                                                    10
Normasparala Elaboración Documentos
                                                       de           Normativos Ministeriode Salud
                                                                              del
                                                Aprobadacon R.M.N°8z". 2005/MINSA



                        (6) Ajustes al Proyecto de DN. A partir de la secuencia anterior, se procede a
                modificar el texto inicial del Proyecto de DN, para incorporar aquellos aportes que se han
                considerado que lo complementan y lo enriquecen.
                         (7) Opinión de la Oficina General de Asesoria Juridica. Luego de haberse validado y
                hechos los ajustes al Proyecto del DN, debe remitirse a la OGAJ, incluyendo las opiniones de
                las instancias técnicas involucradas. La OGAJ emitirá expresamente opinión sobre los aspectos
                jurídicos sanitarios de fondo y aspectos de forma contenidos en el Proyecto. En caso que se
                evidenciara que no contiene las opiniones de las instancias técnicas que correspondan,
                devolverá el expediente a la Dirección General, Oficina General o dependencia que la presentó,
                para que complete el procedimiento. En todo caso, luego de emitir opinión, la OGAJ remitirá el
                expedientela Dirección   General,OficinaGeneralo dependencia que inicióel procedimiento.
                        (8) Presentación del Proyecto de DN a la Alta Dirección para Aprobación. La
                Dirección General, Oficina General o la dependencia respectiva presentará el Proyecto del DN
                a la Secretaría General, adjuntando:
                    .   el sustento respectivo (antecedentes   o exposición €Je motivos),
                    .   el texto propuesto,
                    .   un Análisis de Beneficio,o de Costo Beneficio de lo que se propone regular,
                    .   la opinión favorable de la Oficina G~neral de Asesoría Jurídica,
                    .                                       , 
                        las opiniones de las instancias técnicas involucradas,
                    .   e incluirá la copia de cada una de las citps contenidas en la Base Legal del Proyecto de
                        DN propuesto.
                       (9) Presentación del Proyecto de DN con Aportes a la Alta Dirección para
                Aprobación. Esta secuencia solo corresponde luego de realizarse los Ajustes al Proyecto de
                ON (6), a partir de la Evaluación de Aportes (5) recibidos a su pre publicación en la Página Web.
                (11). El nuevo texto requiere también previamente la (7) Opinión de la Oficina General de
                Asesoría Jurfdica, antes de presentarlo nuevamente a la Secretaría General para la aprobación
                de la Alta Dirección. A su presentación debe incluir además un informe que contenga los
                aportes recibidos luego de la pre publicación,'y el análisis que se ha hecho de ellos, as! como
                la decisión que se ha tomado con relación a la incorporación o no en el texto presentado.
J.c. DelCarmenS.,6.2.3. En la etapa de Formulación de un Documento Normativo, cuando la Dirección General,
                 Oficina General o dependencia competente comunica a la Alta Dirección la iniciativa de
                 proponer un DN de su interés, lo hará debidamente sustentada, para lo cual incluirá expresa y
                 claramente:
                    .   la descripción de la problemática o situación de salud que motiva la propuesta
                    .   el propósito y objetivo que persigue la emisión de( DN (cubrir un vacío normativo
                        existente, complementar, ampliar, actualizar, reemplazar)
                    .   la justificación en caso exista algún DN vigente que regule el mismo tema
                    .   la base legal que lo faculta para regular sobre el tema propuesto
                    .   el tipo de DNque pretende proponer
                    .   el Plan de Trabajo, que incluya el tiempo requerido para su formulación
                    .   análisis de beneficio o costo beneficio del DN propuesto
   AJIJ,.
       Holgado
             $6.2.4. La Dirección General, Oficina General o dependencia que tuvo la iniciativa de la
               formulación, proseguirá con el proceso de elaboración de la propuesta, una vez que ha
               comunicado su iniciativaa la Alta Dirección.
                6.2.5. La formulación del DN deberá sujetarse a lo dispuesto en la presente Directiva, en lo
                referido a los contenidos y la presentación de la propuesta.

                                                                                                              11
Normas para la Elaboración    de Documentos        Normativos      del Ministerio   de Salud
                                                     Aprobada    con   R.M. N°8le,    - 2005/MINSA



                 6.2.6. La propuesta a elaborarse debe ser coherente con los fines y objetivos planteados en la
                 comunicación a la Alta Dirección presentada inicialmente, y el tiempo que demore el proceso
                 debe sujetarse a lo planteado en.el mismo documento.
                 6.2.7. La versión final del Proyecto de DN que se presente para aprobación debe estar
                 contenido en la "Carpeta del Proyecto del Documento Normativo", que estará integrada por los
                 antecedentes o exposición de motivos, el texto propuesto, un Análisis de Beneficio, o de Costo
                 Beneficio de la oficialización de la mencionada norma, la opinión favorable de la Oficina
                 General de Asesoría Jur!dica, e incluirá la copia de cada una de las citas contenidas en la Base
                 Legal del Proyecto de DN propuesto, así como las opiniones de las respectivas instancias
                 técnicas.

                 6.2.8. El análisis de beneficio o costo beneficio del Proyecto de DN propuesto ~eberá
                 demostrar las bondades potenciales de la oficialización de la misma, y las ventajas con relación
                 al estado de las normas vigentes antes de su posible aprobación.
                 6.2.9. La Dirección General, Oficina General o dependencia que tuvo la iniciativa, cuidará que
                 el texto del Proyecto de DN se haga respetando las norl;nas del correcto uso del idioma y la
                 redacción (léxico, gramática, semántica, sintaxis, ortograf!a, etc); as! como de asegurar la
                 corrección de estilo, orientado a que el texto sea de fácil comprensión, coherente y orientado al
                 público objetivo al que está dirigido.

                                                                    .
                  De la Aprobación   de los Documentos            Nórrt'tativos
                                                                        "'i
                 6.2.10. La Etapa de Aprobación, a su vez, tiene la siguiente secuencia:
                                                                            .                                                    -
                 (10) Opinión de la Secretaría General. La Secretaría General verificará la conformidad del
                 expediente presentado, antes de continuar con el trámite para la aprobación del DN. Se
                 pronunciará sobre la propuesta presentada, y en caso que merezca opinión favorable, la visará
                 y elevará al Despacho del Vice Ministro(11). De no tener opinión favorable el Proyecto de QN,
                 será devuelto a la Dirección General o dependencia que presentó la propuesta para que sea
                 reformulada. La Secretaría General verificará la conformidad del expediente presentado, en los
                 aspectos de contenidoy forma,antes de continuarcon el trámite parala aprobación del DN.
J.c O'elCarmen. Así
             S        mismo, si por la naturaleza del Proye'cto de DN fuese recomendable, autorizará la
  .              'prepublicación en la página web del MINSA,antes de que siga el Trámite en la Alta Dirección.
                  El mismo recorrido se seguirá cuando se reciba el Proyecto luego de la secuencia (09)
                  Presentación a Secretaria General del Proyecto de DN con Aportes para Aprobación-
                 En los casos que el contenido del Proyecto de DN contenga aspectos de incumbencia
                 intersectorial, o que pueda afectar a terceras personas, a solicitud de la Dirección General,
                 Oficina General o dependencia que tuvo la iniciativa de la formulación, se podrá considerar la
                 emisión de una Resolución Ministerial que disponga la pre Rublicación en la página web del
                 Ministerio de Salud; la misma que se publicará en el Diario Oficial El Peruano.
                          (11) Pre publicación en la Página Web. Con la opinión favorable de la Secretaría
                  General, ésta -en caso que el contenido del Proyecto de DN contenga aspectos de influencia
                  intersectorial o que puedan afectar a terceras personas- dispondrá la pre publicación en la
             -~ página web del MINSA, por un tiempo no menor de dos semanas ni mayor de cuatro semanas,
       q;¡~~i?ara       que la soci_edadcivil tome con?cimiento y hagan llegar sus aportes. La pre publicación
       'M.jJ.~~~berá          ser autorizada por la Secretaria General.
        ~,;;.~         tas opiniones, sugerencias, recomendaciones, comentarios y otros afines deberán remitirse en
        ~I",¡;',,'~:,medio impreso o magnético, incluido el internet, a la Dirección General, Oficina General o
      Aj¡¡. ¡Wiu¡;.Gn ~~pendencia que tuvo la iniciativa de la formulación, para su consolidación, valoración e
               .;     incorporación cuando corresponda. Luego de la prepublicación seguirá el circuito en la
                      secuencia (5) Evaluación de Aportes.
                         (12) Aprobación del Despacho del Vice Ministro. En caso que así lo considere el
                 Vice Ministro la visará en señal de aprobación, y seguirá el trámite correspondiente.

                                                                                                                                     12
Normasparala Elaboración Documentos
                                                          de          Normativos Ministeriode Salud
                                                                                 del
                                                   Aprobadacon R.M.W$z(,. 2005/MINSA



                 6.2.6. La propuesta a elaborarse debe ser coherente con los fines y objetivos planteados en la
                 comunicación a la Alta Dirección presentada inicialmente, y el tiempo que demore el proceso
                 debe sujetarse a lo planteado en.el mismo documento.
                 6.2.7. La versión final del Proyecto de DN que se presente para aprobación debe estar
                 contenido en la "Carpeta del Proyecto del Documento Normativo", que estará integrada por los
                 antecedentes o exposición de motivos, el texto propuesto, un Análisis de Beneficio, o de Costo
                 Beneficio de la oficialización de la mencionada norma, la opinión favorable de la Oficina
                 General de Asesoría Jurídica, e incluirá la copia de cada una de las citas contenidas en la Base
                 Legal del Proyecto de DN propuesto, así como las opiniones de las respectivas instancias
                 técnicas.
                 6.2.8. El análisis de beneficio o costo beneficio del Proyecto de DN propuesto deberá
                 demostrar las bondades potenciales de la oficialización de la misma, y las ventajas con relación
                 al estado de las normas vigentes antes de su posible aprobación.
                 6.2.9. La Dirección General, Oficina General o dependencia que tuvo la iniciativa, cuidará que
                 el texto del Proyecto de DN se haga respetando las nor,mas del correcto uso del idioma y la
                 redacción (léxico, gramática, semántica, sintaxis, ortografía, etc); así como de asegurar la
                 corrección de estilo, orientado a que el texto sea de fácil comprensión, coherente y orientado al
                 público objetivo al que está dirigido.

                                                             .   '
                 De la Aprobación de los Documentos Normativos
                                                       "'"

                 6.2.10. La Etapa de Aprobación,      a su vez, tiene la siguiente secuencia:
                 (10) Opinión de la Secretaria General. La Secretaría General verificará la conformidad del
                 expediente presentado, antes de continuar con el trámite para la aprobación del DN. Se
                 pronunciará sobre la propuesta presentada, y en caso que merezca opinión favorable, la visará
                 y elevará al Despacho del Vice Ministro (11). De no tener opinión favorable el Proyecto de QN,
                 será devuelto a la Dirección General o dependencia que presentó la propuesta para que sea
                 reformulada. La Secretaría General verificará la conformidad del expediente presentado, en los
                 aspectos de contenido y forma, antes de continuar con el trámite para la aprobación del DN.

J.c D'elCarmen S. As! mismo, si por la naturaleza del Proye'ctode DN fuese recomendable,autorizará la
   ,             'prepublicación en la página web del MINSA, antes de que siga el Trámite en la Atta Dirección.
                 El mismo recorrido se seguirá cuando se reciba el Proyecto luego de la secuencia (09)
                 Presentación a Secretaría General del Proyecto de DN con Aportes para Aprobación.
                 En los casos que el contenido del Proyecto de DN contenga aspectos de incumbencia
                 intersectorial, o que pueda afectar a terceras personas, a solicitud de la Dirección General,
                 Oficina General o dependencia que tuvo la iniciativa de la formulación, se podrá considerar la
                 emisión de una Resolución Ministerial que disponga la pre publicación en la página web del
                 Ministerio de Salud; la misma que se publicará en el Diario Oficial El Peruano.
                         (11) Pre publicación en la Página Web. Con la opinión favorable de la Secretaría
                 General, ésta -en caso que el contenido del Proyecto de DN contenga aspectos de influencia
                 intersectorial o que puedan afectar a terceras personas- dispondrá la pre publicación en la
            ~~ página web del MINSA, por un tiempo no menor de dos semanas ni mayor de cuatro semanas,
      lIIJ,~~.¡¡ara que la soci.edad civil tome conocimiento y hagan llegar sus aportes. La pre publicación
      ~¿~t?)~berá         ser autorizada por la Secretaría General.
      ~e~         'as ?pi~iones,sugerenci,a~,
                                            re?om~ndaci~nes,
                                                          comentario.s ~t:os afines deber~n remitirse en
                                                                     y
       ,(",;~ G~<'medio Impreso o magnetlco, inclUIdo el Internet, a la Dtrecclon General, Oficina General o
     A,j¡i¡,ivQ¡;.(Í) ~~pendenciaque
           t                             tuvo la iniciativa de la formulación, para su consolidación,valoración e
            ..   incorporación cuando corresponda. Luego de la prepublicación seguirá el circuito en la
                 secuencia (5) Evaluación de Aportes.
                         (12) Aprobación del Despacho del Vice Ministro. En caso que así lo considere el
                 Vice Ministro la visará en señal de aprobación, y seguirá el trámite correspondiente.

                                                                                                                12

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Presentación Tema 1
 

Documentos Normativos II

  • 1. Normasparala Elaboración Documentos de Normativos Ministeriode Salud del Aprob~dacon R.M.N°82G.2005/MINSA Su finalidad es básicamente de información a los usuarios u operadores cotidianos, por lo que busca ser un compendio de instrucciones y explicaciones, basadas en el conocimiento científico y técnico, validado por la experiencia sistematizada y documentada, y respaldado por las normas vigentes que correspondan. Debe pretender ser de fácil manejo, fácil entendimiento, y fácil aplicación, por lo que debe compendiar lo más sustancial de una determinada materia. El Manual puede contener un compendio de documentos normativos, que han sido aprobados anteriormente, y que se considera conveniente reunirlos para un fácil acceso y pronta disponibilidad de los usuarios u operadores. También puede contener conceptos científica y legalmente aceptados, pero que son adaptados para una más fácil comprensión y aplicación de parte de determinados usuarios (p.e. determinados manuales orientados a docentes, a alumnos, a promotores de salud, etc). En general, un Manual no aprueba por si mismo un determinado proceso o procedimiento, sino que lo difunde y facilita su disponibilidad para la consulta de aspectos relativos al tema de fondo, por lo que se debe tener presente que goza de respaldo del Ministerio de Salud; no solo está dirigido al personal profesional o técnico, puede haber manuales que se dirigen a la población en general o a segmentos específicos de la población. En atención a ello, el Manual debe ser redactado y ordenado teniendo en cuenta el público objetivo al que está dirigido, su idioma, su nivel educativo, su entorno cultural, y el buen uso que se espera que haga de él. Ámbito de Aplicación.- , . , De acuerdo a su naturaleza, los Manuales están dirigidos principalmente al personal de todos los establecimientos del Ministerio de Salud cuando sea el caso. Según corresponda, podrán ser utilizados en otros establecimientos del Sector Salud, en cuyo caso será expresamente dispuesto. Así mismo, en los casos que correspondan ser difundidos en otros Sectores del Estado, o en determinados segmentos de la población, u organizaciones de la sociedad civil, deberá ser indicado expresamente en la norma que lo oficializa. Aprobación y Oficialización.- Requiere aprobación de la Alta Dirección del Ministerio de Salud, mediante Resolución Ministerial. .C.De'~fmen 5'i Cuando el Manual sea el compendio de DN previamente aprobados, su publicación será aprobada mediante Resolución Ministerial (no aprueba el contenido del Manual, en tanto cada DN ya fue aprobado en su oportunidad). Si el Manual es una adaptación para facilitar su contenido a los usuarios objetivos, el contenido será aprobado mediante Resolución Ministerial. Estructura.- Los Manuales tienen como referente la siguiente estructura, según corresponda, y que se mantendrá para su publicación en medio impreso o magnético: . Título del Manual. Expresa el contenido básico del Manual. . indice: Sumilla ordenada de los items contenidos en el Manual. Introducción: Expresar una breve síntesis del tema que se desarrollará y. su trascendencia en la actual situación sanitaria, que explique los antecedentes o necesidades que justifican su emisión. Debe incluir un breve comentario del contenido del Manual. Finalidad: El efecto que se espera produzca la distribución y aplicación en la práctica de los contenidos del Manual, de parte de los niveles operativos. . Objetivo: Explica los logros que se esperan alcanzar con la difusión y uso del Manual, incluyendo los criterios de medición y de análisis. 7
  • 2. Normasparala Elaboración Documentos de Normativos Ministeriode Salud del A¡!robada coI'IB.M.N°Ble;..2005/MINSA . Base Legal: cuando por el contenido, convenga y corresponda, se precisarán los Solo dispositivos legales vigentes relacionados con el Manual, detallando artículos, incisos, numerales o literales pertinentes. . Ámbito de Aplicación: Define a quienes está dirigido y dónde debe aplicarse. . Aspectos Técnicos Conceptuales . Consideraciones o Disposiciones Generales . Consideraciones o Disposiciones Especificas . Descripción de Funciones, Procesos, ylo Procedimientos . Niveles de Responsabilidad: referidos a la difusión y implementación del u~o del Manual. . Formatos . Diagramas o Flujogramas . Anexos . Referencias Bibliográficas o Bibliograña . 1.. 6.1.5. DOCUMENTO TECNICO ~ Definición y Características.- Con esta denominación genérica se alude a aquella publicación del Ministerio de Salud, que contiene información sistematizada sobre un determinado aspecto sanitario o administrativo, o que fija posición sobre él; y que ha estimado necesario enfatizar o difundir, autorizándola expresamente; por tanto lo respalda, y en virtud a ello lo difunde y facilita su disponibilidad para, ,0(~t~~:.~ ~ , ]~ la consulta dees básicamente de alinformación se aboca. " ~ Su finalidad ' '/ aspectos relativos tema que a los usuarios, personal de salud y/o población ~ "i. '" '".,l. ":;'1 )'~;¡i general,. basado en el conocimiento cieqtífico y técnico, validado por la experiencia , , , ,, , , . ¿~:.:.'::~.o !;"dl«:; slstematlzada y documentada, y respaldado por las normas vigentes que correspondan. '"': S Se consideran Documentos Técnicos aquellos que abordan aspectos como "Doctrinas", J.C.DelC..nnen ';"Lineamientos de Pollticas", "Sistema de Gestión de la Calidad", "Planes (de diversa naturaleza)", entre otros; en adelante deberán ser precedidos por la Denominación Genérica: "Documento Técnico: Doctrinas", "Documento Técnico: Lineamientos de Políticas", "Documento Técnico: Planes... ", "Documento Técnico: Sistema de Gestión de Calidad", etc. Ámbito de Aplicación.- <' Los Documentos Técnicos están dirigidos en primer lugar a las Unidades Orgánicas y dependencias del Ministerio de Salud, y por extensión, y según la naturaleza del contenido, a todo el Sector Salud, Según corresponda, podrán ser utilizados en todos los establecimientos del Sector Salud, en cuyo casoserá expresamente dispuesto, . ~- ~l' . Aprobación y OfiCialización "- , . Requiere aprobación de la Alta Dirección del Ministerio de Salud y su publicación es oficializada mediante Resolución Ministerial. A.M. Holgado S. Estructura.- Los Documentos Técnicos tienen como referente la siguiente estructura mínima, según corresponda, y que se mantendrá para su publicación en medio impreso o magnético: 8
  • 3. Normasparala Elaboración Documentos de Normativos Ministeriode Salud del Alill>badaconR.M.N°82k..2005/MINSA . Titulo del Documento Técnico: Expresa el contenido básico del Documento Técnico. . indice: Su milla ordenada de los items contenidos en el Documento Técnico. . Introducción: Expresa una breve síntesis del tema que se desarrollará y su trascendencia en la actual situación sanitaria, que explique los antecedentes o necesidades que justifican su emisión. Debe incluir un breve comentario del contenido del Documento Técnico. . Finalidad: El efecto que se espera produzca la distribución y aplicación en la práctica de los contenidos del Documento Técnico, de parte de los niveles operativos, . Objetivo: Explica los logros que se esperan alcanzar con la difusión y uso del Documento Técnico, incluyendo los criterios de medición y de análisis. . Base Legal: Solo cuando por el contenido, convenga y corresponda, Precisa los dispositivos legales vigentes relacionados con el Documento Técnico, detallando artículos, incisos, numerales o literales pertinentes. . Ámbito de Aplicación: Define a quienes está dirigido y dónde debe aplicarse. . Contenido: Según los objetivos que se hayan planteado con el Documento Técnico, . Anexos . Referencias Bibliográficas o Bib)iografia De acuerdo a la naturaleza del documente el contenido podrá incluir: Aspectos Técnicos Conceptuales, Situación Actual del aspecto salJitario o administrativo a tratar, Consideraciones o Disposiciones Generales, Consideraciones o Disposiciones Especificas, Descripción de g,-,'-<., Funciones, Procesos, y/o Procedimientos, Niveles de Responsabilidad, Formatos, Diagramas o . :::.~, ..¡ , ) {, ~ ' Flujogramas, (S('? '; " ~'!2;0. <.. ,- f' -.".. . . ',; 1""- b "' '& C:¡, '~1 . ( ,'¡¡n j;'¡' "', . /,U k','/ 6,2, DE LAS ETAPAS PARA LA EMISION DE UN DOCUMENTO NORMATIVO ~t-; "'~-:;(i 1:' MI""-' J.C. Del Carmen S" De la Planificación de los' Documentos Normativos. " ' ' ' ' '" , 6 , 2 , 1 . La Etapa d e PIam f IcaCI ó n, es aque IIa en Ia que se Id ent! f Ican con an t Iclpaclon Ios DN que se consideran necesarios emitir durante un periodo de tiempo determinado, por parte de la Dirección General, Oficina General u Organismo Público Descentralizado correspondiente, en cumplimiento de sus objetivos funcionales, y que deberán ser considerados en el Plan Operativo respectivo. Los DN que han sido considerados dentro del Plan Operativo aprobado anualmente, no requieren autorización adicional para su emisión, y por tanto cumplirán el proceso planteado desde la siguiente etapa, <' Aquellas iniciativas que surjan y que no fueron previstas en el Plan Operativo, requerirán aprobación de la Alta Dirección para su formulación, debiéndose presentar la Solicitud de Autorización ante el Despacho Vice Ministerial de acuerdo a la secuencia (2) de la Etapa de ()~ Formulación /Actualización de los DN. ,!,l'. :~Ú~ e;: ~ >~ De la Formulación de los Documentos Normativos, Ho' .'. de Formulación, con fines descriptivos y solo como un marco referencia! para 6,2.2. La Etapa , ,gadoS'su aplicación, tiene la siguiente secuencia sugerida (Ver Anexo 03): (1) Análisis Previo a la Comunicación a la Alta Dirección. Conceptualización fundamental, previa e indispensable para la comunicación a la Alta Dirección. A su vez comprende: 9
  • 4. NormasparalaElaboracióndeDocumentos Normativos Ministerio Salud del de Aprobada con R.M.ti°8'2~. 2005/MINSA (1.1) Diagnóstico de la Situación o Problema de Salud. Insumo que se utiliza para establecer el DN, de acuerdo a las necesidades de atención de salud y/o la especificación detallada ejel problema de salud. (1.2) Investigación de Información Disponible. Acopio de insumos necesarios para el proceso de regulación sanitaria, que servirán de antecedentes para la formulación del DN. (1.3) Diagnóstico de Capacidade$ Organizacionales. Evaluación o información básica de la capacidad operativa de los servicios de salud, en aspectos de infraestructura, equipamiento, recursos humanos y recursos financieros, en el nivel nacional, regional y local, en relación a la implementación del DN que se propone elaborar. (1.4) Identificación y Análisis de Alternativas. Elemento fundamental en el proceso de formulación del DN; confronta las necesidades reflejadas en el diagnóstico de situaciones de salud con las capacidades de respuesta organizacional para brindar los servicios respectivos. La brecha existente entr~ las necesidades y las capacidades descritas determina la definición de criterios de priorización. Se aplican las evidencias científicas válidas que sustentan las alternativas y posibilitan la selección de la mejor opción, la cual se plasmará en la propuesta del DN. etü S. (2) Comunicación (o Solicitud de Autorización) a la Alta Dirección. La Dirección General, Oficina General u OPD comp~t~nte se dirige al Despacho del Vice Ministro, comunicando su iniciativa de emisión de un.,DN. A partir de la comunicación se denomina Anteproyecto de DN. Tiene por objetivo contribuir a asegurar el mejor uso de los recursos institucionales. La Alta Dirección se reserva la facultad de hacer observaciones y comentarios a la propuesta, los que deberán ser tenidos en cuenta por la Dirección General, Oficina General o dependencia recurrente; para su aplicación. . . ~..~J "'. :? . '['):"", _.: En el caso que la iniciativa de emisión sea de un DN que no se encuentre dentro del .. . ~>j' .:.~:::;{~. Plan Operativo aprobado de la Dirección General, Oficina General o dependencia que propone, .( f(~ . -, ~ .;¡,.../o"" «-) el pr~cedi~i~nto que corresponde es el de solicitar autorización con ese fin ante el Despacho ,.~ .:4j '~J del Vlce Ministro. .-M¡;:il<> Cuando por razones de situación' de emergencias y/o desastres naturales, la J.e.DelCarmen !;¡l1torización requerida para la emisión un DN no previsto en el Plan Operativo aprobado, está dispensada en atención a la intervención pronta que requiere la situación planteada. (3) Elaboración del Proyecto de DN. La Dirección General, Oficina General o dependencia que propone, a través de sus Equipos Técnicos redactarán el DN propuesto. A partir de este momento se denomina Proyecto de DN. (4) Validación del Proyecto de DN. Interacción con expertos sanitarios (validación con expertos) y con operadores de salud (validación operativa), intra y extra insUtucionales, en el área o problema determinado, y que se realiza antes de pla'ntear la aprobación oficial de la propuesta. Puede coordinarse con otras unidades orgánicas o dependencias institucionales, sectoriales e intersectoriales, que estime necesario, según corresponda al contenido de la propuesta, para enriquecerla con las perspectivas y opiniones de ellos, a fin de darle consistencia. Está orientada a requerir las opiniones en relación a la viabilidad aplicativa del Proyecto de DN. (5) Evaluación de Aportes. En base a los aportes y comentarios que se reciban en la secuencia anterior, la Dirección General, Oficina General o la dependencia respectiva, procede a analizar e identificar aquellos que pueden mejorar los conceptos, procedimientos y demás disposiciones del Proyecto de DN. También es la secuencia que, luego de la pre publicación en la página web (Etapa de Aprobación), evaluará cada uno de los aportes que se presenten, sea en medio impreso o magnético, para valorar su contenido, sugerencias, observaciones, omisiones y otros, y que ameriten ser incorporados o no al texto del Proyecto de DN. 10
  • 5. Normasparala Elaboración Documentos de Normativos Ministeriode Salud del Aprobadacon R.M.N°8z". 2005/MINSA (6) Ajustes al Proyecto de DN. A partir de la secuencia anterior, se procede a modificar el texto inicial del Proyecto de DN, para incorporar aquellos aportes que se han considerado que lo complementan y lo enriquecen. (7) Opinión de la Oficina General de Asesoria Juridica. Luego de haberse validado y hechos los ajustes al Proyecto del DN, debe remitirse a la OGAJ, incluyendo las opiniones de las instancias técnicas involucradas. La OGAJ emitirá expresamente opinión sobre los aspectos jurídicos sanitarios de fondo y aspectos de forma contenidos en el Proyecto. En caso que se evidenciara que no contiene las opiniones de las instancias técnicas que correspondan, devolverá el expediente a la Dirección General, Oficina General o dependencia que la presentó, para que complete el procedimiento. En todo caso, luego de emitir opinión, la OGAJ remitirá el expedientela Dirección General,OficinaGeneralo dependencia que inicióel procedimiento. (8) Presentación del Proyecto de DN a la Alta Dirección para Aprobación. La Dirección General, Oficina General o la dependencia respectiva presentará el Proyecto del DN a la Secretaría General, adjuntando: . el sustento respectivo (antecedentes o exposición €Je motivos), . el texto propuesto, . un Análisis de Beneficio,o de Costo Beneficio de lo que se propone regular, . la opinión favorable de la Oficina G~neral de Asesoría Jurídica, . , las opiniones de las instancias técnicas involucradas, . e incluirá la copia de cada una de las citps contenidas en la Base Legal del Proyecto de DN propuesto. (9) Presentación del Proyecto de DN con Aportes a la Alta Dirección para Aprobación. Esta secuencia solo corresponde luego de realizarse los Ajustes al Proyecto de ON (6), a partir de la Evaluación de Aportes (5) recibidos a su pre publicación en la Página Web. (11). El nuevo texto requiere también previamente la (7) Opinión de la Oficina General de Asesoría Jurfdica, antes de presentarlo nuevamente a la Secretaría General para la aprobación de la Alta Dirección. A su presentación debe incluir además un informe que contenga los aportes recibidos luego de la pre publicación,'y el análisis que se ha hecho de ellos, as! como la decisión que se ha tomado con relación a la incorporación o no en el texto presentado. J.c. DelCarmenS.,6.2.3. En la etapa de Formulación de un Documento Normativo, cuando la Dirección General, Oficina General o dependencia competente comunica a la Alta Dirección la iniciativa de proponer un DN de su interés, lo hará debidamente sustentada, para lo cual incluirá expresa y claramente: . la descripción de la problemática o situación de salud que motiva la propuesta . el propósito y objetivo que persigue la emisión de( DN (cubrir un vacío normativo existente, complementar, ampliar, actualizar, reemplazar) . la justificación en caso exista algún DN vigente que regule el mismo tema . la base legal que lo faculta para regular sobre el tema propuesto . el tipo de DNque pretende proponer . el Plan de Trabajo, que incluya el tiempo requerido para su formulación . análisis de beneficio o costo beneficio del DN propuesto AJIJ,. Holgado $6.2.4. La Dirección General, Oficina General o dependencia que tuvo la iniciativa de la formulación, proseguirá con el proceso de elaboración de la propuesta, una vez que ha comunicado su iniciativaa la Alta Dirección. 6.2.5. La formulación del DN deberá sujetarse a lo dispuesto en la presente Directiva, en lo referido a los contenidos y la presentación de la propuesta. 11
  • 6. Normas para la Elaboración de Documentos Normativos del Ministerio de Salud Aprobada con R.M. N°8le, - 2005/MINSA 6.2.6. La propuesta a elaborarse debe ser coherente con los fines y objetivos planteados en la comunicación a la Alta Dirección presentada inicialmente, y el tiempo que demore el proceso debe sujetarse a lo planteado en.el mismo documento. 6.2.7. La versión final del Proyecto de DN que se presente para aprobación debe estar contenido en la "Carpeta del Proyecto del Documento Normativo", que estará integrada por los antecedentes o exposición de motivos, el texto propuesto, un Análisis de Beneficio, o de Costo Beneficio de la oficialización de la mencionada norma, la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jur!dica, e incluirá la copia de cada una de las citas contenidas en la Base Legal del Proyecto de DN propuesto, así como las opiniones de las respectivas instancias técnicas. 6.2.8. El análisis de beneficio o costo beneficio del Proyecto de DN propuesto ~eberá demostrar las bondades potenciales de la oficialización de la misma, y las ventajas con relación al estado de las normas vigentes antes de su posible aprobación. 6.2.9. La Dirección General, Oficina General o dependencia que tuvo la iniciativa, cuidará que el texto del Proyecto de DN se haga respetando las norl;nas del correcto uso del idioma y la redacción (léxico, gramática, semántica, sintaxis, ortograf!a, etc); as! como de asegurar la corrección de estilo, orientado a que el texto sea de fácil comprensión, coherente y orientado al público objetivo al que está dirigido. . De la Aprobación de los Documentos Nórrt'tativos "'i 6.2.10. La Etapa de Aprobación, a su vez, tiene la siguiente secuencia: . - (10) Opinión de la Secretaría General. La Secretaría General verificará la conformidad del expediente presentado, antes de continuar con el trámite para la aprobación del DN. Se pronunciará sobre la propuesta presentada, y en caso que merezca opinión favorable, la visará y elevará al Despacho del Vice Ministro(11). De no tener opinión favorable el Proyecto de QN, será devuelto a la Dirección General o dependencia que presentó la propuesta para que sea reformulada. La Secretaría General verificará la conformidad del expediente presentado, en los aspectos de contenidoy forma,antes de continuarcon el trámite parala aprobación del DN. J.c O'elCarmen. Así S mismo, si por la naturaleza del Proye'cto de DN fuese recomendable, autorizará la . 'prepublicación en la página web del MINSA,antes de que siga el Trámite en la Alta Dirección. El mismo recorrido se seguirá cuando se reciba el Proyecto luego de la secuencia (09) Presentación a Secretaria General del Proyecto de DN con Aportes para Aprobación- En los casos que el contenido del Proyecto de DN contenga aspectos de incumbencia intersectorial, o que pueda afectar a terceras personas, a solicitud de la Dirección General, Oficina General o dependencia que tuvo la iniciativa de la formulación, se podrá considerar la emisión de una Resolución Ministerial que disponga la pre Rublicación en la página web del Ministerio de Salud; la misma que se publicará en el Diario Oficial El Peruano. (11) Pre publicación en la Página Web. Con la opinión favorable de la Secretaría General, ésta -en caso que el contenido del Proyecto de DN contenga aspectos de influencia intersectorial o que puedan afectar a terceras personas- dispondrá la pre publicación en la -~ página web del MINSA, por un tiempo no menor de dos semanas ni mayor de cuatro semanas, q;¡~~i?ara que la soci_edadcivil tome con?cimiento y hagan llegar sus aportes. La pre publicación 'M.jJ.~~~berá ser autorizada por la Secretaria General. ~,;;.~ tas opiniones, sugerencias, recomendaciones, comentarios y otros afines deberán remitirse en ~I",¡;',,'~:,medio impreso o magnético, incluido el internet, a la Dirección General, Oficina General o Aj¡¡. ¡Wiu¡;.Gn ~~pendencia que tuvo la iniciativa de la formulación, para su consolidación, valoración e .; incorporación cuando corresponda. Luego de la prepublicación seguirá el circuito en la secuencia (5) Evaluación de Aportes. (12) Aprobación del Despacho del Vice Ministro. En caso que así lo considere el Vice Ministro la visará en señal de aprobación, y seguirá el trámite correspondiente. 12
  • 7. Normasparala Elaboración Documentos de Normativos Ministeriode Salud del Aprobadacon R.M.W$z(,. 2005/MINSA 6.2.6. La propuesta a elaborarse debe ser coherente con los fines y objetivos planteados en la comunicación a la Alta Dirección presentada inicialmente, y el tiempo que demore el proceso debe sujetarse a lo planteado en.el mismo documento. 6.2.7. La versión final del Proyecto de DN que se presente para aprobación debe estar contenido en la "Carpeta del Proyecto del Documento Normativo", que estará integrada por los antecedentes o exposición de motivos, el texto propuesto, un Análisis de Beneficio, o de Costo Beneficio de la oficialización de la mencionada norma, la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica, e incluirá la copia de cada una de las citas contenidas en la Base Legal del Proyecto de DN propuesto, así como las opiniones de las respectivas instancias técnicas. 6.2.8. El análisis de beneficio o costo beneficio del Proyecto de DN propuesto deberá demostrar las bondades potenciales de la oficialización de la misma, y las ventajas con relación al estado de las normas vigentes antes de su posible aprobación. 6.2.9. La Dirección General, Oficina General o dependencia que tuvo la iniciativa, cuidará que el texto del Proyecto de DN se haga respetando las nor,mas del correcto uso del idioma y la redacción (léxico, gramática, semántica, sintaxis, ortografía, etc); así como de asegurar la corrección de estilo, orientado a que el texto sea de fácil comprensión, coherente y orientado al público objetivo al que está dirigido. . ' De la Aprobación de los Documentos Normativos "'" 6.2.10. La Etapa de Aprobación, a su vez, tiene la siguiente secuencia: (10) Opinión de la Secretaria General. La Secretaría General verificará la conformidad del expediente presentado, antes de continuar con el trámite para la aprobación del DN. Se pronunciará sobre la propuesta presentada, y en caso que merezca opinión favorable, la visará y elevará al Despacho del Vice Ministro (11). De no tener opinión favorable el Proyecto de QN, será devuelto a la Dirección General o dependencia que presentó la propuesta para que sea reformulada. La Secretaría General verificará la conformidad del expediente presentado, en los aspectos de contenido y forma, antes de continuar con el trámite para la aprobación del DN. J.c D'elCarmen S. As! mismo, si por la naturaleza del Proye'ctode DN fuese recomendable,autorizará la , 'prepublicación en la página web del MINSA, antes de que siga el Trámite en la Atta Dirección. El mismo recorrido se seguirá cuando se reciba el Proyecto luego de la secuencia (09) Presentación a Secretaría General del Proyecto de DN con Aportes para Aprobación. En los casos que el contenido del Proyecto de DN contenga aspectos de incumbencia intersectorial, o que pueda afectar a terceras personas, a solicitud de la Dirección General, Oficina General o dependencia que tuvo la iniciativa de la formulación, se podrá considerar la emisión de una Resolución Ministerial que disponga la pre publicación en la página web del Ministerio de Salud; la misma que se publicará en el Diario Oficial El Peruano. (11) Pre publicación en la Página Web. Con la opinión favorable de la Secretaría General, ésta -en caso que el contenido del Proyecto de DN contenga aspectos de influencia intersectorial o que puedan afectar a terceras personas- dispondrá la pre publicación en la ~~ página web del MINSA, por un tiempo no menor de dos semanas ni mayor de cuatro semanas, lIIJ,~~.¡¡ara que la soci.edad civil tome conocimiento y hagan llegar sus aportes. La pre publicación ~¿~t?)~berá ser autorizada por la Secretaría General. ~e~ 'as ?pi~iones,sugerenci,a~, re?om~ndaci~nes, comentario.s ~t:os afines deber~n remitirse en y ,(",;~ G~<'medio Impreso o magnetlco, inclUIdo el Internet, a la Dtrecclon General, Oficina General o A,j¡i¡,ivQ¡;.(Í) ~~pendenciaque t tuvo la iniciativa de la formulación, para su consolidación,valoración e .. incorporación cuando corresponda. Luego de la prepublicación seguirá el circuito en la secuencia (5) Evaluación de Aportes. (12) Aprobación del Despacho del Vice Ministro. En caso que así lo considere el Vice Ministro la visará en señal de aprobación, y seguirá el trámite correspondiente. 12