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Universidad Nacional Autónoma de México.
Escuela Nacional de Enfermería y Obstetricia.
UNAM-ENEO.
GERENCIA DE LOS SERVICIOS DE SALUD EN ENFERMERIA.
Profesora: Vite Rodríguez Cecilia.
SEMAR-SEDENA-SSA.CONDICIONES DE TRABAJO.
Elaborado por: E.L.E. Mendoza Ramírez Emmanuel
Alejandro.
E.L.E. Reyes Martínez Diana Guadalupe.
E.L.E. Rodríguez Lucas Rodrigo Iván.
Grupo. 1604. Semestre: 6to. Aula: 22. Periodo. 2017-2.
Fecha: 24 de Febrero de 2017.
INTRODUCCION.
La historia del Ejército Mexicano es en cierto modo, la del
País, de sus luchas, de sus empeños por reconquistar su Patria,
afianzar la independencia, salvaguardar su libertad y erigir un
camino autónomo de vida.
SEDENA SEMAR
SSA ISSFAM
SEDENA
Secretaria de estado fundada en 1821 y su
secretario general es Salvador Cienfuegos
Zepeda.
SEMAR
Es la armada de México, una institución
militar y secretaria de estado de carácter
permanente, el secretario de Marina es el
almirante Mariano Francisco Saynez
Mendoza.
ISSFAM
Es una institución gubernamental
mexicana dedicada a brindar
prestaciones de carácter social,
económico y de salud a los militares en
activo, en retiro, a sus derechohabientes,
pensionistas y beneficiarios., su director
general es el Gral. Div. D. .E. .M. Jesús
Javier Castillo Cabrera.
SSA
Es la dependencia del Poder Ejecutivo
que se encarga primordialmente de la
prevención de enfermedades y
promoción de la salud de la población.
Nuestro sistema de salud tiene casi 60 años de vida. Su
fundación data de 1943, año en el que se crearon la Secretaría
de Salubridad y Asistencia, hoy Secretaría de Salud (SSA), el IMSS
y el Hospital Infantil de México, considerado el primero de los
Institutos Nacionales de Salud.
OBJETIVO GENERAL.
Dar a conocer aspectos importantes con los que
se rige el sistema de salud del ejército mexicano
y las fuerzas armadas de nuestro país y como se
relaciona son la SSA.
JUSTIFICACION.
La administración dentro de enfermería es un
proceso complejo, arte, ciencia, donde nosotras o
nosotros debemos manejarlos de forma
meticulosa, por esta razón debemos saber la
teoría para aplicarlo en la práctica.
MARCO TEORICO.
La Secretaría de Salud, a través de la Dirección General de Información en
Salud, tiene bajo su responsabilidad la coordinación del Sistema Nacional de
Información Básica en Materia de Salud, así como del Sistema Nacional de
Información en Salud; también le corresponde elaborar, difundir y vigilar
la normatividad para los procesos de diseño, captación, integración,
procesamiento y difusión de la estadística en salud; y, de igual manera, tiene
la atribución de generar la información estadística en salud que requieran las
unidades administrativas de la Secretaría y otras dependencias y entidades.
TRES GRUPOS DE PRESTADORES DE SERVICIOS.
El sistema mexicano de salud tiene tres grupos de
prestadores de servicios.
El primero incluye a las instituciones que atienden a la población
no asegurada, que es de alrededor de 40 por ciento de los
mexicanos, en su mayoría pobres del campo y la ciudad. Las
instancias más importantes de este rubro son la SSA y el
Programa IMSS-Solidaridad.
El segundo componente es la seguridad social, que da
atención a más de 50 por ciento de la población: el
IMSS tiene a su cargo a los trabajadores del sector
formal de la economía, mientras que el ISSSTE atiende
a los empleados públicos; las fuerzas armadas tienen
sus propias instituciones, al igual que los trabajadores
de Pemex.
Por último está el sector privado, al cual puede acudir
cualquier persona con capacidad de pago.
SEGURIDAD SOCIAL DE LA SEMAR.
En Diciembre del 2000, la Dirección General de Seguridad Social
sufrió un cambio estructural, se le denomina actualmente Dirección
General Adjunta de Seguridad y Bienestar Social, perteneciente a la
Dirección General de Recursos Humanos de la Oficialía Mayor, cuya
misión es “Gestionar las prestaciones que establece la Ley del Instituto
de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas e Incrementar
acciones de Bienestar Social del personal naval y derechohabientes, a
fin de mejorar su calidad de vida”.
FUNDAMENTO LEGAL.
LEYES.
Ley Orgánica de la Armada de México.
Ley Orgánica de la Armada de México.
Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas
Mexicanas.
REGLAMENTO.
Reglamento interior de la Secretaria de Marina.
DECRETOS.
Decreto Presidencial que crea la Dirección de Seguridad Social
de la Armada de México.
Decreto Presidencial por el que se aprueba el Plan Nacional de
Desarrollo .
ATRIBUCIONES DE LA SEMAR.
*Programar, gestionar y hacer efectivas las
prestaciones y derechos que establece la Ley del
ISSFAM
*Elaborar y ejecutar programas de bienestar social
para el personal naval y sus derechohabientes.
*Asesorar en lo relativo a los retiros, pensiones y
compensaciones del personal de la Armada y participar
en los estudios para otorgar estímulos y recompensas
del personal naval activo.
MISION. VISION.
Gestionar las
prestaciones
que establece la
ley del ISSFAM.
Plantear una
admón..
Flexible, para
resolver de
forma
expedita los
tramites de
afiliación,
prestaciones y
servicios de la
Ley ISSFAM.
ALGUNOS CONCEPTOS.
Derechohabiencia.
Derecho que tienen las
personas para recibir
servicios.
Sistema de Protección
Social en Salud (SPSS).-
Esquema de seguro público
y voluntario de
salud coordinado por la
Federación y operado por
las entidades federativas,
mediante el cual el Estado
proporciona protección
financiera a las personas
que no son
derechohabientes de las
instituciones de seguridad
social.
Personal de
enfermería.- Aquéllos que
cuentan con los estudios
para la prestación de
asistencia médica .
Sistema Nacional de
Salud.- Conjunto constituido
por las dependencias y
entidades de
la Administración Pública,
tanto federal como estatal y
local, y las personas morales o
físicas de los sectores social y
privado que prestan servicios
de salud.
Sistema de Información en
Salud.- Conjunto de componentes
o módulos que integran
las actividades derivadas del
proceso de atención a la salud y
prestación de servicios, incluyendo
los daños a la salud (morbilidad y
mortalidad), nacimientos,
población y cobertura.
LEY DEL
ISSFAM.
REGLAMENTO
DE LA LEY DEL
ISSFAM.
REGLAMENTO
DEL HOSPITAL
CENTRAL
MILITAR.
REGLAMENTO DEL HOSPITAL CENTRAL
MILITAR.
El Hospital Central Militar es una Unidad del Servicio de
Sanidad Militar, que depende directamente de la Secretaria de
la Defensa Nacional.
13 capítulos, 58 artículos y 2 artículos transitorios.
CAPÍTULO I Definición.
Articulo 1.
ARTÍCULO 1o.– El Hospital Central Militar es una Unidad del
Servicio de Sanidad Militar, que depende directamente de la
Secretaria de la Defensa Nacional, por conducto de la
Dirección del mencionado Servicio de hospitalización.-
Recibirá en calidad de asilados a los enfermos militares de la
jurisdicción de la Primera Zona Militar.
CAPÍTULO II
Misiones.
Articulos del 2 al
4.
CAPÍTULO III
Organización.
Articulo 5.
DEL
PERSONAL
Clasificación.
CAPÍTULO V
Reclutamiento.
Artículos del 7
al 16.
Personal Técnico.
Personal
Administrativo.
Personal Auxiliar, y
Personal de Tropa de
Sanidad. Personal de
Servidumbre.
Personal Técnico. Personal Administrativo. Personal Auxiliar, y Personal de Tropa de Sanidad. Personal de Servidumbre.Personal Técnico. Personal Administrativo. Personal Auxiliar, y Personal de Tropa de Sanidad. Personal de Servidumbre.Personal Técnico. Personal Administrativo. Personal Auxiliar, y Personal de Tropa de Sanidad. Personal de Servidumbre.
Dirección.
Subdirección.
Ayudantía
general.
Sección de
personal y
detall, de
información y
estadística, de
servicio técnico
y servicio
administrativo y
auxiliar.
CAPÍTULO VII
De los Servicios
Técnicos
Generales.
CAPÍTULO VI
Funcionamiento.
CAPÍTULO VIII
De los Servicios
Administrativos.
CAPÍTULO IX De
los Servicios
Auxiliares.
CAPÍTULO X De
los Asilados.
CAPÍTULO XI De
los Enfermos
Externos.
CAPÍTULO XII De
las Visitas a
Establecimiento.
CAPÍTULO XIII
Complementarias.
LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA
LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS.
Derechohabiente, familiares en línea directa
esposa, esposo, concubina, concubinario,
hijos, madre, padre y, en algunos casos
hermanos que tienen derecho a los beneficios
estipulados en la Ley.
Recogerá en igual calidad, a los familiares de
militares antes citados que tengan derecho a ello,
según se especifica en la parte relativa de este
Reglamento
Acogerá de la misma manera, a los
enfermos militares procedentes de otras
Zonas Militares del país, que por la índole
de su padecimiento necesiten de un
tratamiento por especialistas
• Recibirá a enfermos no comprendidos en los incisos anteriores, que
sean útiles para las clínicas de los alumnos de la Escuela Médico
Militar, a solicitud del profesor de la materia y por orden del
director del establecimiento.
No recibirá por ningún
motivo enfermos
infectocontagiosos, ni
con padecimientos
crónicos incurables o
mentales. Estos últimos
permanecerán en el
hospital mientras se
comprueba su dolencia y
se tramita su internación
en los establecimientos
especiales.
• Misión de Consulta Externa.-Dará tratamiento a los
enfermos militares ambulatorios, que de acuerdo con el
estudio clínico preliminar no ameriten hospitalización,
siempre y cuando presenten una orden escrita de la
Secretaria de la Defensa Nacional por conducto de la
Dirección de Sanidad Militar
REGLAMENTO DE LA LEY DEL INSTITUTO DE
SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS
MEXICANAS.
2 capítulos, 94 artículos y 3 artículos transitorios.
ARTICULO 1 AL
ARTICULO 10.
ARTICULO 63
AL 67.
CONDICIONES DE TRABAJO.
Las condiciones generales de trabajo
constituyen el conjunto de obligaciones y
derechos que se imponen recíprocamente,
trabajadores y patrones en virtud de sus
relaciones de trabajo.
JORNADA DE TRABAJO.
Es el tiempo durante el cual el trabajador
está a la disposición del patrón para
desarrollar sus labores.
DIURNA. 06:00 A LAS 20:00.
NOCTURNA. 20:00 hrs a las 06:00 hrs.
MIXTA. Comprende periodos de tiempo
entre las jornadas diurna y nocturna.
LEY FEDERAL DEL TRABAJO – JORNADA.
La duración máxima de la jornada será:
ocho horas la diurna, siete la nocturna y
siete horas y media la mixta (art. 61 LFT).
Durante la jornada continua de trabajo se
concederá al trabajador un descanso de
media hora, por lo menos (art. 63 LFT).
Podrá también prolongarse la jornada de
trabajo por circunstancias extraordinarias,
sin exceder nunca de tres horas diarias ni
de tres veces en una semana (art. 66 LFT).
Los trabajadores que presten servicio en día domingo
tendrán derecho a una prima adicional de un
veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de
los días ordinarios de trabajo (art. 71 LFT).
Las horas de trabajo extraordinario se pagarán con un
ciento por ciento más del salario que corresponda a las
horas de la jornada (art. 67 LFT).
Por cada seis días de trabajo disfrutará el trabajador de
un día de descanso, por lo menos, con goce de salario
íntegro (art. 69 LFT).
La prolongación del tiempo extraordinario que exceda de
nueve horas a la semana, obliga al patrón a pagar al
trabajador el tiempo excedente con un doscientos por
ciento más del salario que corresponda a las horas de la
jornada, sin perjuicio de las sanciones establecidas en esta
Ley (art. 68 LFT).
SALARIO.
Es el pago en efectivo y en especie, que el patrón
entrega al trabajador por el desempeño de su trabajo.
Esa retribución debe ser necesariamente la convenida
entre las partes en el contrato de trabajo. El pago en
efectivo nunca puede ser inferior al salario mínimo a
cambio de una jornada de trabajo.
EL SALARIO Y SU PROTECCION.
Contra abusos del patrón.
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patrón.
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trabajador.
EL TIEMPO EXTRA Y SUS PAGOS.
El tiempo extra consiste en continuar
trabajando después de concluida la jornada
establecida.
Salario pagado en moneda legal.
Limites a descuentos a salarios.
Lugar y tiempo de pago.
SECRETARIA DE SALUD. SSA.
La Secretaría de Salud es la dependencia del
Poder Ejecutivo que se encarga primordialmente
de la prevención de enfermedades y promoción
de la salud de la población.
Misión: Establecer las políticas de Estado para que la
población ejerza su derecho a la protección a la salud.
Visión: Un Sistema Nacional de Salud Universal,
equitativo, integral, sustentable, efectivo y de calidad,
con particular enfoque a los grupos de la población que
viven en condición de vulnerabilidad, a través del
fortalecimiento de la rectoría de la autoridad sanitaria
y la intersectorialidad.
CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DE LA SSA
2016-2019.
Definición.
Las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría
de Salud, tienen por objeto regular el ingreso,
permanencia, baja, cese, promoción y estímulos de los
trabajadores; así como, el establecimiento, en lo
general, de los lineamientos, en términos de lo
dispuesto en la Ley Federal de los Trabajadores al
Servicio del Estado.
Objetivo.
Las presentes Condiciones regulan la relación laboral
de la Secretaría con los trabajadores, con la finalidad
de alcanzar la eficiencia, calidad e incremento en la
productividad de los Servicios de Salud.
Estructura.
17 capítulos que contienen 232 artículos más 8 artículos
transitorios.
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES.
CAPÍTULO II DE LOS REQUISITOS DE ADMISIÓN Y DESIGNACIÓN.
CAPÍTULO III DE LOS NOMBRAMIENTOS.
CAPÍTULO IV DE LA SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LOS EFECTOS DEL
NOMBRAMIENTO.
CAPÍTULO V DE LA TERMINACIÓN DE LOS EFECTOS DEL NOMBRAMIENTO.
CAPÍTULO VI DE LOS SALARIOS.
CAPÍTULO VII DE LAS JORNADAS Y HORARIOS DE TRABAJO.
- SECCIÓN PRIMERA GENERALIDADES.
- SECCIÓN SEGUNDA DEL PERSONAL DEL GRUPO AFÍN ADMINISTRATIVO.
- SECCIÓN TERCERA DEL PERSONAL DEL ÁREA MÉDICA .
- SECCIÓN CUARTA DEL TIEMPO EXTRAORDINARIO DE TRABAJO.
CAPÍTULO VIII DE LA ASISTENCIA, PUNTUALIDAD Y PERMANENCIA EN EL
TRABAJO.
CAPÍTULO IX DE LA INTENSIDAD, CALIDAD Y PRODUCTIVIDAD EN EL
TRABAJO.
CAPÍTULO X DE LA CAPACITACIÓN Y ESCALAFÓN.
SECCIÓN PRIMERA DE LA SUPERACIÓN PROFESIONAL Y TÉCNICA.
SECCIÓN SEGUNDA DE LAS BECAS PARA LOS TRABAJADORES Y SUS HIJOS.
SECCIÓN TERCERA DEL ESCALAFÓN DEL GRUPO AFÍN ADMINISTRATIVO Y DE LAS
RAMAS PARAMÉDICA Y AFÍN.
SECCIÓN CUARTA DEL ESCALAFÓN DE LA RAMA MÉDICA .
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SECCIÓN SEXTA DE LA EQUIDAD DE GÉNERO EN EL TRABAJO .
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LOS TRABAJADORES.
CAPÍTULO XI DE LAS OBLIGACIONES DE LA SECRETARÍA.
CAPÍTULO XII DE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DE LOS
TRABAJADORES.
CAPÍTULO XIII DE LOS DESCANSOS, VACACIONES, LICENCIAS Y SUPLENCIAS
CAPÍTULO XIV DE LOS INGRESOS, REINGRESOS, CAMBIOS Y PERMUTAS
CAPÍTULO XV DE LOS RIESGOS DE TRABAJO Y MEDIDAS PARA PREVENIRLOS
CAPÍTULO XVI DE LOS PREMIOS, ESTÍMULOS Y RECOMPENSAS .
CAPÍTULO XVII DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS ARTÍCULOS TRANSITORIOS
SEDENA
Se dedica a dar seguridad al país y ayuda a las autoridades
civiles en el combate contra las drogas, estructura programas
que coadyuvan al mejoramiento de la calidad de vida de los
mexicanos, en los cuales podemos encontrar que entre otros
sus objetivos pueden ser, el mantenimiento del orden, la
restauración de inmuebles y campañas de sanidad cuando el
territorio nacional esta afectado por fenómenos
meteorológicos, reforestación en zonas devastadas por
incendios forestales.
JERARQUIAS O GRADOS
Horario de
actividades
Lista en servicio 6:00 am
Horario de desayuno 6:10 a 6:40
Lista de control y honores a la bandera: 7:00
Deportes: 12:00 am
Horario de comida 1:00 pm
Lista para asignación de servicios y dar franquicia a
elementos 3:00pm
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disciplinarias o
arrestos .
24 horas
48 horas
72 horas
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8 días
15 días
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militar
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Central Militar se ajustará a las órdenes que
para el efecto dicte la Secretaria de la Defensa
Nacional
• FICHA MÉDICA DE VANGUARDIA O DE
EMERGENCIA
La Ficha Médica de Campaña, denominado “Ficha
Médica de Atención Prehospitalaria en Trauma” (FAPT),
en el cual se registran de forma rápida y sencilla la
información que al ser analizada se determina cuales son
las necesidades terapéuticas del paciente, y que al tomar
en cuenta los recursos humanos y materiales disponibles
se puede estar en condiciones de efectuar una selección y
clasificación de los pacientes y así determinar la prioridad
en su manejo y traslado al escalón sanitario más cercano y
apropiado.
El triage
• El triage se puede efectuar en dos situaciones, con
“Múltiples lesionados” que sucede cuando el número de
pacientes y la gravedad de sus lesiones no sobrepasan la
capacidad para proporcionar su atención médica
En esta se atienden primero a los
pacientes con problemas que
ponen en peligro inmediato la vida
y los que tienen lesiones múltiples
• La segunda es en cuando se presentan “Accidentes masivos o
desastres”, en la cual el número de pacientes y la gravedad de sus
lesiones sobrepasan la capacidad de recursos humanos y materiales,
aquí 3 deben tratarse primero a los pacientes que tienen mayor
posibilidad de sobrevivir, con menor consumo de tiempo, equipo,
material y personal. En ambos escenarios la meta de un buen
sistema de Triage es disminuir la morbi-mortalidad
•
FICHA DE ATENCIÓN
PREHOSPITALARIA EN TRAUMA
• La ficha de atención Pre hospitalaria en trauma es un
documento en el que se registra en su anverso en forma
sencilla y con rapidez los datos del escalón sanitario
• . En todo paciente que haya sufrido un traumatismo, ya
sea en campaña, en maniobras o en desastres nacionales
al aplicar en plan DN3-E. A quiénes se les hace. Al
personal militar y sus derechohabientes así como a los
civiles que se encuentren en alguna situación de l
!GRACIAS POR SU ATENCION!
¿DUDAS O COMENTARIOS?
BIBLIOGRAFIA.
Congreso de los Estados Unidos Mexicanos. Texto vigente. Última reforma publicada DOF 27-01-2015.
LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS. Archivo PDF.
Consultado el día 21 de Febrero de 2017 a las 18:20 horas. Dirección web:
http://www.issfam.gob.mx/archivos/transparencia/normatividad_federal/leyes/ley_issfam.pdf
SEDENA. Enrique Peña Nieto. 10 de Mayo de 2013. REGLAMENTO DE LA LEY DEL INSTITUTO DE
SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS. Archivo PDF. Consultado el dia 21 de
Febrero de 2017 a las 21:00 horas. Dirección web:
http://www.issfam.gob.mx/archivos/transparencia/normatividad_federal/reglamentos/reg_ley_issfam.
pdf
MANUEL AVILA CAMACHO, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos y el poder
Ejecutivo de la Unión. REGLAMENTO PUBLICADO EN EL D.O.F. EL 29 DE AGOSTO DE 1942. REGLAMENTO
DEL HOSPITAL CENTRAL MILITAR. Archivo PDF. Consultado el día 21 de Febrero a las 18:30 horas.
Dirección web: http://www.sedena.gob.mx/pdf/reglamentos/rglmto_hos_ctrl_mil.pdf
Nacional Financiera. Condiciones de trabajo. Consultado el día 21 de Febrero de 2016 a las 17:00
horas. Dirección web: http://mexico.smetoolkit.org/mexico/es/content/es/3617/Condiciones-de-
trabajo-
SSA. SNTSA. CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO. Archivo PDF. Consultado el día 21 de Febrero de
2017 a las 19:00 horas. Dirección web:
http://dgrh.salud.gob.mx/Normatividad/CondicionesGeneralesdeTrabajo.pdf

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Sistema de salud militar de México y su relación con la SSA

  • 1. Universidad Nacional Autónoma de México. Escuela Nacional de Enfermería y Obstetricia. UNAM-ENEO. GERENCIA DE LOS SERVICIOS DE SALUD EN ENFERMERIA. Profesora: Vite Rodríguez Cecilia. SEMAR-SEDENA-SSA.CONDICIONES DE TRABAJO. Elaborado por: E.L.E. Mendoza Ramírez Emmanuel Alejandro. E.L.E. Reyes Martínez Diana Guadalupe. E.L.E. Rodríguez Lucas Rodrigo Iván. Grupo. 1604. Semestre: 6to. Aula: 22. Periodo. 2017-2. Fecha: 24 de Febrero de 2017.
  • 2. INTRODUCCION. La historia del Ejército Mexicano es en cierto modo, la del País, de sus luchas, de sus empeños por reconquistar su Patria, afianzar la independencia, salvaguardar su libertad y erigir un camino autónomo de vida. SEDENA SEMAR SSA ISSFAM
  • 3. SEDENA Secretaria de estado fundada en 1821 y su secretario general es Salvador Cienfuegos Zepeda. SEMAR Es la armada de México, una institución militar y secretaria de estado de carácter permanente, el secretario de Marina es el almirante Mariano Francisco Saynez Mendoza. ISSFAM Es una institución gubernamental mexicana dedicada a brindar prestaciones de carácter social, económico y de salud a los militares en activo, en retiro, a sus derechohabientes, pensionistas y beneficiarios., su director general es el Gral. Div. D. .E. .M. Jesús Javier Castillo Cabrera. SSA Es la dependencia del Poder Ejecutivo que se encarga primordialmente de la prevención de enfermedades y promoción de la salud de la población.
  • 4. Nuestro sistema de salud tiene casi 60 años de vida. Su fundación data de 1943, año en el que se crearon la Secretaría de Salubridad y Asistencia, hoy Secretaría de Salud (SSA), el IMSS y el Hospital Infantil de México, considerado el primero de los Institutos Nacionales de Salud.
  • 5. OBJETIVO GENERAL. Dar a conocer aspectos importantes con los que se rige el sistema de salud del ejército mexicano y las fuerzas armadas de nuestro país y como se relaciona son la SSA.
  • 6. JUSTIFICACION. La administración dentro de enfermería es un proceso complejo, arte, ciencia, donde nosotras o nosotros debemos manejarlos de forma meticulosa, por esta razón debemos saber la teoría para aplicarlo en la práctica.
  • 7. MARCO TEORICO. La Secretaría de Salud, a través de la Dirección General de Información en Salud, tiene bajo su responsabilidad la coordinación del Sistema Nacional de Información Básica en Materia de Salud, así como del Sistema Nacional de Información en Salud; también le corresponde elaborar, difundir y vigilar la normatividad para los procesos de diseño, captación, integración, procesamiento y difusión de la estadística en salud; y, de igual manera, tiene la atribución de generar la información estadística en salud que requieran las unidades administrativas de la Secretaría y otras dependencias y entidades.
  • 8. TRES GRUPOS DE PRESTADORES DE SERVICIOS. El sistema mexicano de salud tiene tres grupos de prestadores de servicios. El primero incluye a las instituciones que atienden a la población no asegurada, que es de alrededor de 40 por ciento de los mexicanos, en su mayoría pobres del campo y la ciudad. Las instancias más importantes de este rubro son la SSA y el Programa IMSS-Solidaridad. El segundo componente es la seguridad social, que da atención a más de 50 por ciento de la población: el IMSS tiene a su cargo a los trabajadores del sector formal de la economía, mientras que el ISSSTE atiende a los empleados públicos; las fuerzas armadas tienen sus propias instituciones, al igual que los trabajadores de Pemex. Por último está el sector privado, al cual puede acudir cualquier persona con capacidad de pago.
  • 9. SEGURIDAD SOCIAL DE LA SEMAR. En Diciembre del 2000, la Dirección General de Seguridad Social sufrió un cambio estructural, se le denomina actualmente Dirección General Adjunta de Seguridad y Bienestar Social, perteneciente a la Dirección General de Recursos Humanos de la Oficialía Mayor, cuya misión es “Gestionar las prestaciones que establece la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas e Incrementar acciones de Bienestar Social del personal naval y derechohabientes, a fin de mejorar su calidad de vida”.
  • 10. FUNDAMENTO LEGAL. LEYES. Ley Orgánica de la Armada de México. Ley Orgánica de la Armada de México. Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas. REGLAMENTO. Reglamento interior de la Secretaria de Marina. DECRETOS. Decreto Presidencial que crea la Dirección de Seguridad Social de la Armada de México. Decreto Presidencial por el que se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo .
  • 11. ATRIBUCIONES DE LA SEMAR. *Programar, gestionar y hacer efectivas las prestaciones y derechos que establece la Ley del ISSFAM *Elaborar y ejecutar programas de bienestar social para el personal naval y sus derechohabientes. *Asesorar en lo relativo a los retiros, pensiones y compensaciones del personal de la Armada y participar en los estudios para otorgar estímulos y recompensas del personal naval activo.
  • 12. MISION. VISION. Gestionar las prestaciones que establece la ley del ISSFAM. Plantear una admón.. Flexible, para resolver de forma expedita los tramites de afiliación, prestaciones y servicios de la Ley ISSFAM.
  • 13. ALGUNOS CONCEPTOS. Derechohabiencia. Derecho que tienen las personas para recibir servicios. Sistema de Protección Social en Salud (SPSS).- Esquema de seguro público y voluntario de salud coordinado por la Federación y operado por las entidades federativas, mediante el cual el Estado proporciona protección financiera a las personas que no son derechohabientes de las instituciones de seguridad social. Personal de enfermería.- Aquéllos que cuentan con los estudios para la prestación de asistencia médica . Sistema Nacional de Salud.- Conjunto constituido por las dependencias y entidades de la Administración Pública, tanto federal como estatal y local, y las personas morales o físicas de los sectores social y privado que prestan servicios de salud. Sistema de Información en Salud.- Conjunto de componentes o módulos que integran las actividades derivadas del proceso de atención a la salud y prestación de servicios, incluyendo los daños a la salud (morbilidad y mortalidad), nacimientos, población y cobertura.
  • 14. LEY DEL ISSFAM. REGLAMENTO DE LA LEY DEL ISSFAM. REGLAMENTO DEL HOSPITAL CENTRAL MILITAR.
  • 15. REGLAMENTO DEL HOSPITAL CENTRAL MILITAR. El Hospital Central Militar es una Unidad del Servicio de Sanidad Militar, que depende directamente de la Secretaria de la Defensa Nacional. 13 capítulos, 58 artículos y 2 artículos transitorios. CAPÍTULO I Definición. Articulo 1. ARTÍCULO 1o.– El Hospital Central Militar es una Unidad del Servicio de Sanidad Militar, que depende directamente de la Secretaria de la Defensa Nacional, por conducto de la Dirección del mencionado Servicio de hospitalización.- Recibirá en calidad de asilados a los enfermos militares de la jurisdicción de la Primera Zona Militar.
  • 16. CAPÍTULO II Misiones. Articulos del 2 al 4. CAPÍTULO III Organización. Articulo 5. DEL PERSONAL Clasificación. CAPÍTULO V Reclutamiento. Artículos del 7 al 16. Personal Técnico. Personal Administrativo. Personal Auxiliar, y Personal de Tropa de Sanidad. Personal de Servidumbre. Personal Técnico. Personal Administrativo. Personal Auxiliar, y Personal de Tropa de Sanidad. Personal de Servidumbre.Personal Técnico. Personal Administrativo. Personal Auxiliar, y Personal de Tropa de Sanidad. Personal de Servidumbre.Personal Técnico. Personal Administrativo. Personal Auxiliar, y Personal de Tropa de Sanidad. Personal de Servidumbre. Dirección. Subdirección. Ayudantía general. Sección de personal y detall, de información y estadística, de servicio técnico y servicio administrativo y auxiliar.
  • 17. CAPÍTULO VII De los Servicios Técnicos Generales. CAPÍTULO VI Funcionamiento. CAPÍTULO VIII De los Servicios Administrativos. CAPÍTULO IX De los Servicios Auxiliares. CAPÍTULO X De los Asilados. CAPÍTULO XI De los Enfermos Externos. CAPÍTULO XII De las Visitas a Establecimiento. CAPÍTULO XIII Complementarias.
  • 18. LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS. Derechohabiente, familiares en línea directa esposa, esposo, concubina, concubinario, hijos, madre, padre y, en algunos casos hermanos que tienen derecho a los beneficios estipulados en la Ley.
  • 19. Recogerá en igual calidad, a los familiares de militares antes citados que tengan derecho a ello, según se especifica en la parte relativa de este Reglamento Acogerá de la misma manera, a los enfermos militares procedentes de otras Zonas Militares del país, que por la índole de su padecimiento necesiten de un tratamiento por especialistas
  • 20. • Recibirá a enfermos no comprendidos en los incisos anteriores, que sean útiles para las clínicas de los alumnos de la Escuela Médico Militar, a solicitud del profesor de la materia y por orden del director del establecimiento. No recibirá por ningún motivo enfermos infectocontagiosos, ni con padecimientos crónicos incurables o mentales. Estos últimos permanecerán en el hospital mientras se comprueba su dolencia y se tramita su internación en los establecimientos especiales.
  • 21. • Misión de Consulta Externa.-Dará tratamiento a los enfermos militares ambulatorios, que de acuerdo con el estudio clínico preliminar no ameriten hospitalización, siempre y cuando presenten una orden escrita de la Secretaria de la Defensa Nacional por conducto de la Dirección de Sanidad Militar
  • 22. REGLAMENTO DE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS. 2 capítulos, 94 artículos y 3 artículos transitorios. ARTICULO 1 AL ARTICULO 10. ARTICULO 63 AL 67.
  • 23. CONDICIONES DE TRABAJO. Las condiciones generales de trabajo constituyen el conjunto de obligaciones y derechos que se imponen recíprocamente, trabajadores y patrones en virtud de sus relaciones de trabajo.
  • 24. JORNADA DE TRABAJO. Es el tiempo durante el cual el trabajador está a la disposición del patrón para desarrollar sus labores. DIURNA. 06:00 A LAS 20:00. NOCTURNA. 20:00 hrs a las 06:00 hrs. MIXTA. Comprende periodos de tiempo entre las jornadas diurna y nocturna.
  • 25. LEY FEDERAL DEL TRABAJO – JORNADA. La duración máxima de la jornada será: ocho horas la diurna, siete la nocturna y siete horas y media la mixta (art. 61 LFT). Durante la jornada continua de trabajo se concederá al trabajador un descanso de media hora, por lo menos (art. 63 LFT). Podrá también prolongarse la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias, sin exceder nunca de tres horas diarias ni de tres veces en una semana (art. 66 LFT).
  • 26. Los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo (art. 71 LFT). Las horas de trabajo extraordinario se pagarán con un ciento por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada (art. 67 LFT). Por cada seis días de trabajo disfrutará el trabajador de un día de descanso, por lo menos, con goce de salario íntegro (art. 69 LFT). La prolongación del tiempo extraordinario que exceda de nueve horas a la semana, obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con un doscientos por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada, sin perjuicio de las sanciones establecidas en esta Ley (art. 68 LFT).
  • 27. SALARIO. Es el pago en efectivo y en especie, que el patrón entrega al trabajador por el desempeño de su trabajo. Esa retribución debe ser necesariamente la convenida entre las partes en el contrato de trabajo. El pago en efectivo nunca puede ser inferior al salario mínimo a cambio de una jornada de trabajo.
  • 28. EL SALARIO Y SU PROTECCION. Contra abusos del patrón. Contra acreedores del patrón. Contra acreedores del trabajador.
  • 29. EL TIEMPO EXTRA Y SUS PAGOS. El tiempo extra consiste en continuar trabajando después de concluida la jornada establecida. Salario pagado en moneda legal. Limites a descuentos a salarios. Lugar y tiempo de pago.
  • 30. SECRETARIA DE SALUD. SSA. La Secretaría de Salud es la dependencia del Poder Ejecutivo que se encarga primordialmente de la prevención de enfermedades y promoción de la salud de la población.
  • 31. Misión: Establecer las políticas de Estado para que la población ejerza su derecho a la protección a la salud. Visión: Un Sistema Nacional de Salud Universal, equitativo, integral, sustentable, efectivo y de calidad, con particular enfoque a los grupos de la población que viven en condición de vulnerabilidad, a través del fortalecimiento de la rectoría de la autoridad sanitaria y la intersectorialidad.
  • 32. CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DE LA SSA 2016-2019. Definición. Las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, tienen por objeto regular el ingreso, permanencia, baja, cese, promoción y estímulos de los trabajadores; así como, el establecimiento, en lo general, de los lineamientos, en términos de lo dispuesto en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.
  • 33. Objetivo. Las presentes Condiciones regulan la relación laboral de la Secretaría con los trabajadores, con la finalidad de alcanzar la eficiencia, calidad e incremento en la productividad de los Servicios de Salud. Estructura. 17 capítulos que contienen 232 artículos más 8 artículos transitorios.
  • 34. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES. CAPÍTULO II DE LOS REQUISITOS DE ADMISIÓN Y DESIGNACIÓN. CAPÍTULO III DE LOS NOMBRAMIENTOS. CAPÍTULO IV DE LA SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LOS EFECTOS DEL NOMBRAMIENTO. CAPÍTULO V DE LA TERMINACIÓN DE LOS EFECTOS DEL NOMBRAMIENTO. CAPÍTULO VI DE LOS SALARIOS. CAPÍTULO VII DE LAS JORNADAS Y HORARIOS DE TRABAJO. - SECCIÓN PRIMERA GENERALIDADES. - SECCIÓN SEGUNDA DEL PERSONAL DEL GRUPO AFÍN ADMINISTRATIVO. - SECCIÓN TERCERA DEL PERSONAL DEL ÁREA MÉDICA . - SECCIÓN CUARTA DEL TIEMPO EXTRAORDINARIO DE TRABAJO. CAPÍTULO VIII DE LA ASISTENCIA, PUNTUALIDAD Y PERMANENCIA EN EL TRABAJO. CAPÍTULO IX DE LA INTENSIDAD, CALIDAD Y PRODUCTIVIDAD EN EL TRABAJO.
  • 35.
  • 36. CAPÍTULO X DE LA CAPACITACIÓN Y ESCALAFÓN. SECCIÓN PRIMERA DE LA SUPERACIÓN PROFESIONAL Y TÉCNICA. SECCIÓN SEGUNDA DE LAS BECAS PARA LOS TRABAJADORES Y SUS HIJOS. SECCIÓN TERCERA DEL ESCALAFÓN DEL GRUPO AFÍN ADMINISTRATIVO Y DE LAS RAMAS PARAMÉDICA Y AFÍN. SECCIÓN CUARTA DEL ESCALAFÓN DE LA RAMA MÉDICA . SECCIÓN QUINTA DEL VESTUARIO Y EQUIPO. SECCIÓN SEXTA DE LA EQUIDAD DE GÉNERO EN EL TRABAJO . SECCIÓN SÉPTIMA DE LA CONVIVENCIA INFANTIL DE VERANO PARA LOS HIJOS DE LOS TRABAJADORES. CAPÍTULO XI DE LAS OBLIGACIONES DE LA SECRETARÍA. CAPÍTULO XII DE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DE LOS TRABAJADORES. CAPÍTULO XIII DE LOS DESCANSOS, VACACIONES, LICENCIAS Y SUPLENCIAS CAPÍTULO XIV DE LOS INGRESOS, REINGRESOS, CAMBIOS Y PERMUTAS CAPÍTULO XV DE LOS RIESGOS DE TRABAJO Y MEDIDAS PARA PREVENIRLOS CAPÍTULO XVI DE LOS PREMIOS, ESTÍMULOS Y RECOMPENSAS . CAPÍTULO XVII DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS ARTÍCULOS TRANSITORIOS
  • 37.
  • 38. SEDENA Se dedica a dar seguridad al país y ayuda a las autoridades civiles en el combate contra las drogas, estructura programas que coadyuvan al mejoramiento de la calidad de vida de los mexicanos, en los cuales podemos encontrar que entre otros sus objetivos pueden ser, el mantenimiento del orden, la restauración de inmuebles y campañas de sanidad cuando el territorio nacional esta afectado por fenómenos meteorológicos, reforestación en zonas devastadas por incendios forestales.
  • 40. Horario de actividades Lista en servicio 6:00 am Horario de desayuno 6:10 a 6:40 Lista de control y honores a la bandera: 7:00 Deportes: 12:00 am Horario de comida 1:00 pm Lista para asignación de servicios y dar franquicia a elementos 3:00pm Revista por servicios 5:40 pm Horario de merienda 6:00 pm Lista de control nocturno 9:00 pm
  • 41. Sanciones disciplinarias o arrestos . 24 horas 48 horas 72 horas 5 días 8 días 15 días Encarcelamiento en prisión militar
  • 42. En tiempo de Guerra o desastre el Hospital Central Militar se ajustará a las órdenes que para el efecto dicte la Secretaria de la Defensa Nacional • FICHA MÉDICA DE VANGUARDIA O DE EMERGENCIA La Ficha Médica de Campaña, denominado “Ficha Médica de Atención Prehospitalaria en Trauma” (FAPT), en el cual se registran de forma rápida y sencilla la información que al ser analizada se determina cuales son las necesidades terapéuticas del paciente, y que al tomar en cuenta los recursos humanos y materiales disponibles se puede estar en condiciones de efectuar una selección y clasificación de los pacientes y así determinar la prioridad en su manejo y traslado al escalón sanitario más cercano y apropiado.
  • 43. El triage • El triage se puede efectuar en dos situaciones, con “Múltiples lesionados” que sucede cuando el número de pacientes y la gravedad de sus lesiones no sobrepasan la capacidad para proporcionar su atención médica En esta se atienden primero a los pacientes con problemas que ponen en peligro inmediato la vida y los que tienen lesiones múltiples
  • 44. • La segunda es en cuando se presentan “Accidentes masivos o desastres”, en la cual el número de pacientes y la gravedad de sus lesiones sobrepasan la capacidad de recursos humanos y materiales, aquí 3 deben tratarse primero a los pacientes que tienen mayor posibilidad de sobrevivir, con menor consumo de tiempo, equipo, material y personal. En ambos escenarios la meta de un buen sistema de Triage es disminuir la morbi-mortalidad •
  • 45. FICHA DE ATENCIÓN PREHOSPITALARIA EN TRAUMA • La ficha de atención Pre hospitalaria en trauma es un documento en el que se registra en su anverso en forma sencilla y con rapidez los datos del escalón sanitario • . En todo paciente que haya sufrido un traumatismo, ya sea en campaña, en maniobras o en desastres nacionales al aplicar en plan DN3-E. A quiénes se les hace. Al personal militar y sus derechohabientes así como a los civiles que se encuentren en alguna situación de l
  • 46. !GRACIAS POR SU ATENCION! ¿DUDAS O COMENTARIOS?
  • 47. BIBLIOGRAFIA. Congreso de los Estados Unidos Mexicanos. Texto vigente. Última reforma publicada DOF 27-01-2015. LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS. Archivo PDF. Consultado el día 21 de Febrero de 2017 a las 18:20 horas. Dirección web: http://www.issfam.gob.mx/archivos/transparencia/normatividad_federal/leyes/ley_issfam.pdf SEDENA. Enrique Peña Nieto. 10 de Mayo de 2013. REGLAMENTO DE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS. Archivo PDF. Consultado el dia 21 de Febrero de 2017 a las 21:00 horas. Dirección web: http://www.issfam.gob.mx/archivos/transparencia/normatividad_federal/reglamentos/reg_ley_issfam. pdf MANUEL AVILA CAMACHO, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos y el poder Ejecutivo de la Unión. REGLAMENTO PUBLICADO EN EL D.O.F. EL 29 DE AGOSTO DE 1942. REGLAMENTO DEL HOSPITAL CENTRAL MILITAR. Archivo PDF. Consultado el día 21 de Febrero a las 18:30 horas. Dirección web: http://www.sedena.gob.mx/pdf/reglamentos/rglmto_hos_ctrl_mil.pdf Nacional Financiera. Condiciones de trabajo. Consultado el día 21 de Febrero de 2016 a las 17:00 horas. Dirección web: http://mexico.smetoolkit.org/mexico/es/content/es/3617/Condiciones-de- trabajo- SSA. SNTSA. CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO. Archivo PDF. Consultado el día 21 de Febrero de 2017 a las 19:00 horas. Dirección web: http://dgrh.salud.gob.mx/Normatividad/CondicionesGeneralesdeTrabajo.pdf