Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Pasos para exportar rosas
1. PASOS PARA EXPORTAR
Los pasos que debe seguir un exportador de rosas son los siguientes:
1. OBTENER EL REGISTRO COMO EXPORTADOR
Para poder realizar actividades económicas en el territorio nacional, toda
persona natural y/o empresa debe obtener el RUT (Registro Único Tributario)
ante la DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales), el cual
constituye el mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar a las
personas y entidades que tengan la calidad de contribuyentes declarantes del
impuesto de renta y no contribuyentes declarantes de ingresos y patrimonio,
los responsables del régimen común, los pertenecientes al régimen
simplificado, los agentes retenedores, los importadores, exportadores y demás
usuarios aduaneros; y los demás sujetos de obligaciones administradas por la
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Al obtenerlo, la persona natural o jurídica debe consignar sus
responsabilidades fiscales dependiendo de las actividades económicas y
obligaciones que tenga. Cuando una persona natural o jurídica intervenga
directa o indirectamente en operaciones de importación y/o exportación de
bienes y/o servicios y/o tránsito aduanero, deberá inscribir la responsabilidad
número 10 (Usuario Aduanero) y deberá, además, inscribirse
automáticamente, si no lo es, en el Régimen Común del impuesto sobre las
ventas (IVA).
La persona natural o jurídica debe realizar este trámite por dos razones:
Para poder realizar operaciones de exportación.
Para poder solicitar la devolución del IVA. Al ser las exportaciones exentas
del impuesto sobre las ventas (IVA), es necesario tener explicita esta
responsabilidad en el RUT para cuando la compañía quiera solicitar en
devolución el IVA descontable producto de las compras de bienes y
servicios necesarios para poner en condiciones para la venta el bien o
servicios a exportar.
2. REGISTRO PARA AUTO CALIFICACIÓN DE ORIGEN
Es el procedimiento que permite al empresario determinar el origen de las
mercancías objeto de exportación y registrar la producción nacional, así como
la Oferta Exportable.
2. El exportador diligencia la Forma 03, dicho documento se ubica en la página de
la VUCE (Ventanilla Única de Comercio exterior).
3. CERTIFICADO DE ORIGEN
Con este certificado se pueden exportar productos con descuentos arancelarios
a aquellos países con los cuales Colombia ha negociado convenios, por lo cual,
es indispensable para realizar exportaciones a Ecuador.
Se realiza ante la Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales (DIAN) a través
del Servicio Informático Electrónico de Salida de Mercancías.
4. VISTOS BUENOS
La exportación de ciertos productos exige que el exportador se encuentre
inscrito en la entidad encargada de su control y/o del otorgamiento del visto
bueno, por lo cual, el exportador deberá tramitar ante la autoridad
correspondiente y obtener con anterioridad a la exportación los vistos buenos o
requisitos especiales que de conformidad con las normas vigentes.
Los siguientes son los vistos buenos que se debe obtener para exportar rosas
desde Colombia:
Obtener la Certificación Florverde®, desarrollado por ASOCOLFLORES.
Obtener el permiso para exportara por parte del Instituto Colombiano
Agropecuario1 (ICA).
5. ANÁLISIS DE LAS BARRERAS NO ARANCELARIAS DEL PAÍS
IMPORTADOR
Al hablar de barreras no arancelarias nos referimos a las disposiciones
gubernamentales que obstruyen el ingreso libre de mercancías a un país
1
Es una entidad Pública del Orden Nacional con personería jurídica, autonomía administrativa y
patrimonio independiente, perteneciente al Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, adscrita al
Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Dentro de sus funciones se encuentra la de
conceder, suspender o cancelar licencias, registros, permisos de funcionamiento, comer-
cialización, movilización, importación o exportación de animales, plantas, insumos, productos y
subproductos agropecuarios, directamente o a través de los entes territoriales o de terceros, en
los asuntos propios de su competencia, de acuerdo al Decreto 4765 del 18 de diciembre de
2008.
3. determinado, poniendo requisitos de ingreso a los productos o servicios como:
determinadas reglas o ciertas características.
Existen dos tipos de barreras no arancelarias:
a) Barreras Sanitarias: Proponen evitar el ingreso a
un país de aquellas mercancías que puedan dañar la
salud de la población debido al posible contenido de
elementos nocivos de tipo físico, químico o biológico.
b) Barreras Técnicas: Se refieren a los requisitos que
debe reunir determinado producto en cuanto a su
estructura en general y componentes para que pueda
ingresar a un determinado mercado.
Las barreras no arancelarias identificadas para la exportación de rosas al
Ecuador son las siguientes:
Declaración aduanera: Es un formulario establecido por la Aduana que
describe en forma codificada la mercancía, su valor declarado, forma de
pago, pagos de internación efectuados, régimen aduanero, datos básicos
del exportador e importador, entre otras cosas.
Declaración del valor aduanero: Documento especial de Aduana para
controlar la autenticidad del valor declarado, con el fin de evitar la evasión
de pagos de internación.
Factura comercial o factura proforma (invoice), con el valor de la
mercadería a importar, preferiblemente en idioma español. La aduana no
admite facturas escritas a mano, pero no exige ninguna forma especial,
sino sólo que venga redactada sobre papel de la empresa vendedora.
"Pasaporte de la operación": Documento emitido por el Banco del
importador para los efectos del control monetario, que contiene la breve
descripción codificada de la operación de importación para garantizar el
cumplimiento de la normativa de control de cambios.
Certificado de origen de la mercancía.
Certificados de Conformidad: Muchos de los productos importados están
sujetos a inspecciones de calidad, salubridad y seguridad de acuerdo a los
estándares locales. Este certificado es válido por tres años, para recibir el
certificado de conformidad de un producto, el producto debe pasar todas las
4. pruebas de estandarización del Comité de Estandarización, Metrología y
Certificación del Gobierno Ecuatoriano.
Certificados Sanitarios: Todos los productos agrícolas que se importan a
Ecuador, deben contar con un certificado de acuerdo a la “Ley de protección
de los derechos del consumidor”. Este certificado garantiza la seguridad del
producto importado para el consumo humano y su correspondencia con las
normas vigentes en el país.
Derechos de Importación: Los productos importados están sujetos, como
regla general, a los derechos aduaneros de importación y al IVA de
importación.
6. TRÁMITES ADUANEROS
Según el Decreto 2685 de 1999, La Sociedad de Intermediación Aduanera
(SIA), cuyo objeto social principal, es el ejercicio de la intermediación
aduanera, es la única que puede llenar las formalidades aduaneras cuando la
exportación supera los US$10.000, si la cifra es menor, los tramites los podrá
realizar el exportador.
Junto con la Declaración de Exportación – DEX (Formulario 600), se deberán
adjuntar los siguientes documentos:
Factura Comercial.
El Certificado de Origen.
Certificación Florverde®.
El visto bueno del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA).
7. REINTEGRO DE DIVISAS
Las exportaciones generan la obligación de reintegrar las divisas percibidas,
por lo cual, éstos, de acuerdo a lo establecido en el régimen cambiario,
deberán efectuar la venta de las divisas a través de los intermediarios
financieros autorizados por el Banco de República, como lo son; los bancos
comerciales y las entidades financieras.
Para esto, el exportador deberá diligenciar el Formulario número 2
(Declaración de Cambio por Exportadores) suministrado por el Banco de la
República.