Este documento presenta un modelo de proyecto de ley para regular el derecho a la certeza jurídica de los adultos mayores. El proyecto de ley reconoce este derecho en todos los procesos legales e incluye cuatro componentes principales: una exposición de motivos, un análisis del impacto en la legislación existente, un análisis de costo-beneficio, y la fórmula legal con dos artículos que definen el derecho y sus alcances. El objetivo es complementar la legislación existente sobre los derechos de
CÓMO HACER UN PROYECTO DE LEY - MODELO DE PROYECTO DE LEY
1. ¿CÓMO HACER UN PROYECTO DE LEY?
Modelo de Proyecto de Ley
José María Pacori Cari
Profesor Titular de la Cátedra de Derecho Administrativo de la Universidad La Salle del Perú
Profesor de Derecho Administrativo de la Universidad José Carlos Mariátegui – Arequipa
Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo
La participación ciudadana se da de diversas formas. La iniciativa
legislativa es una posibilidad que tienen los Ciudadanos de participar en
la vida políticadel país. Si bienexiste unalegitimidad para presentar una
iniciativa legislativa, ello no impide que una persona o grupo de
personas se apersone a los titulares de la iniciativa legislativa
(Congresista, Colegio de Abogados, etc.) para mostrarles un posible
proyecto de ley para que lo hagan suyo y lo inicien en el procedimiento
legislativo y, de ser posible, se convierta en una ley. En efecto, un
Ciudadano debe ser instruido en cómo hacer un proyecto de ley, para
que se pueda presentar debidamente ante la autoridad que tiene la
iniciativa legislativa y facilitarle la labor a través de un proyectode ley ya
hecho y sobre el cual se puede discutir (el USB o el Correo Electrónico
facilita la transferencia de información). En la presente entrada se
ofrece el modelo de un proyecto de ley, se ha indicado la norma que
sustenta cada una de las partes del Proyecto de Ley, también
denominado Proposición legal. La normatividad se encuentra en la
Constitución y en el Reglamento del Congreso de la República. No
olvide de revisar los pies de página que lo instruirán en cada una de las
partes que contiene un proyecto de ley. Haga su proyecto de ley y
busque a su congresista para que a través de él se presente su
proyecto.
Modelo de Proyecto de Ley
SUMILLA1
: LEY QUE REGULA EL
DERECHOA LA CERTEZA JURÍDICA DE
LOS ADULTOS MAYORES
PROYECTO DE LEY NRO2
._______
1 Esta sumilla no tiene sustento legal, pero sirve de título inicial para tener una idea de lo que se
propone se legisle.
2 Artículo 67 del Reglamento del Congreso de la República “Las propuestas o proyectos de ley o de
resolución legislativason instrumentos mediante los cuales seejerceel derecho de iniciativalegislativay
2. El Colegio de Abogados de (…), debidamente representado por su
Decano (…)3
, enestricto cumplimientode lo dispuesto enel artículo 107
de la Constitución Política del Perú4
y de los artículos 75 y 76 del
Reglamento delCongreso de la repúblicapresentaelsiguiente proyecto
de Ley:
I.- EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DONDE SE EXPRESAN LOS
FUNDAMENTOS DE LAS PROPOSICIONES DE LEY5
Que, las personas adultas mayores son todas aquellas que tengan 60 o más años de
edad (Cfr. Art. 1 Ley 28803 - Perú). Por lo que el término abuelo o anciano resulta
sustituido por “Adulto Mayor”, ello para garantizar el derecho a la dignidad de las
personas de 60 años o más.
Que, toda persona adulta mayor tiene derecho a recibir un trato digno y apropiado
en cualquier procedimiento judicial y administrativo que la involucre (Cfr. Art. 3
Ley 28803 - Perú).
Que, este derecho se deriva del deber del Estado de establecer, promover y
ejecutar medidas administrativas, legislativas y jurisdiccionales que sean
necesarias para asegurar el pleno ejercicio de los derechos de las personas adultas
mayores.
Que, este derecho preferente en los procedimientos jurisdiccionales, es
denominado también derecho de la certeza jurídica (Cfr. Art. 5 Ley de los Derechos
de las Personas Adultas Mayores – México) que implica, a su vez, los siguientes
derechos: a) a recibir un trato digno y apropiado en cualquier procedimiento
judicial que los involucre, ya sea en calidad de agraviados, iniciados o
sentenciados; b) a recibir el apoyo de las instituciones del gobierno nacional,
regional o municipal en el ejercicio y respeto de sus derechos; c) a recibir asesoría
en forma gratuita en los procedimientos administrativos o judiciales en que sea
parte y contar con un representante legal cuando lo considere necesario; y, d) en
los procedimientos administrativos o judiciales se deberá tener atención
preferente en la protección de su patrimonio personal y familiar y cuando sea el
caso, testar sin presiones ni violencia.
se promueve el procedimiento legislativo, con la finalidad de alcanzar la aprobación de una ley o
resolución legislativa por el Congreso.”
3 En el artículo 107 de la Constitución se puede verificar las personas que tienen iniciativa legislativa.
4 Artículo 107 de la Constitución Política del Perú de 1993 “El Presidente de la República y los
Congresistas tienen derecho a iniciativa en la formación de leyes. También tienen el mismo derecho en
las materias queles son propias los otros poderes del Estado, las instituciones públicas autónomas, los
Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales y los colegios profesionales. Asimismo lo tienen los
ciudadanos que ejercen el derecho de iniciativa conforme a ley.”
5 Artículo 75 del Reglamento del Congreso de la república “Las proposiciones de ley deben contener una
exposición de motivos donde se expresen sus fundamentos (…)”
3. Que, nuestra legislación peruana no contempla estos derechos, por lo que se hace
necesario emitir una ley que desarrolle este derecho a la certeza jurídica que todo
adulto mayor tiene.
Que, estos derechos implican la necesidad de garantizar a las personas adultas
mayores igualdades de oportunidades y vida digna en todos los ámbitos, e
impulsar la atención integral interinstitucional de las personas adultas mayores
por parte de las entidades públicas y privadas, y velar por el funcionamiento
adecuado de los programas y servicios, destinados a esta población.
Que, toda persona de sesenta (60) o más años de edad puede solicitar a las
autoridades competentes un trato preferencial en todo procedimiento
administrativo y judicial, puesto que legalmente, es obligación de estas autoridades
respetar la Ley 28803 – Ley del Adulto Mayor.
II.- EFECTO DE LA VIGENCIA DE LA NORMA QUE SE PROPONE SOBRE
LA LEGISLACIÓN NACIONAL6
La presente iniciativa legislativa complementa la Ley 28803 – Ley del
Adulto Mayor, sin modificarla ni derogarla.
III.- ANÁLISIS COSTO – BENEFICIO DE LA FUTURA NORMA LEGAL7
El impacto de la presente iniciativa legislativa resulta favorable en la
medida enque sin irrogar costo alguno al erario nacional, se fortalecerá
los derechos fundamentales de los Adultos Mayores por parte de las
entidades públicas.
IV.- FORMULA LEGAL8
LEY QUE REGULA EL DERECHO A LA CERTEZA JURÍDICA DE LOS ADULTOS
MAYORES
Artículo 1.- Reconocer el derecho a la certeza jurídica de los Adultos Mayores en
todos los procesos jurisdiccionales, administrativos, arbitrales y conciliatorios
6 Artículo 75 del Reglamento del Congreso de la República “Las proposiciones de ley deben contener una
exposición de motivos donde se expresen sus fundamentos, el efecto de la vigencia de la norma que se
propone sobre la legislación nacional (…)”
7 Artículo 75 del Reglamento del Congreso de la República “Las proposiciones de ley deben contener una
exposición de motivos donde se expresen sus fundamentos, el efecto de la vigencia de la norma que se
propone sobre la legislación nacional, el análisis costo-beneficio de la futura norma legal incluido,
cuando corresponda, un comentario sobre su incidencia ambiental (…)”
8 Artículo 75 del Reglamento del Congreso de la República “Las proposiciones de ley deben contener una
exposición de motivos donde se expresen sus fundamentos, el efecto de la vigencia de la norma que se
propone sobre la legislación nacional, el análisis costo-beneficio de la futura norma legal incluido,
cuando corresponda, un comentario sobre su incidencia ambiental. De ser el caso, la fórmula legal
respectiva que estará dividida en títulos, capítulos, secciones y artículos. Estos requisitos sólo pueden
ser dispensados por motivos excepcionales.”
4. Artículo 2.- El derecho a la certeza jurídica comprende los siguientes derechos:
2.1.- A recibir un trato digno y apropiado en cualquier procedimiento judicial que
los involucre, ya sea en calidad de agraviados, iniciados o sentenciados;
2.2.- A recibir el apoyo de las instituciones del gobierno nacional, regional o
municipal en el ejercicio y respeto de sus derechos;
2.3.- A recibir asesoría en forma gratuita en los procedimientos administrativos o
judiciales en que sea parte y contar con un representante legal cuando lo considere
necesario; y
2.4.- En los procedimientos administrativos o judiciales se deberá tener atención
preferente en la protección de su patrimonio personal y familiar y cuando sea el
caso, testar sin presiones ni violencia.
Disposiciones finales
Primera.- En el plazo máximo de 180 días calendario se expedirá el Reglamento de
la presente ley.
Arequipa, 20 de mayo de 2015
(Firma de quien presenta la iniciativa, si un ciudadano realiza la
legislativa, este debe proponer su proyecto de ley para que el titular de
la iniciativa lo firme)