2. Acceso a la información solo por
personas autorizadas.
Es de alguna manera lo que se dice o hace en
confianza y con seguridad recíproca entre
dos o más individuos.
Es el respeto a la intimidad del paciente, por
cuanto el medico no debe revelar
información que el paciente no revelaría
generalmente a otras personas
3. “Todo lo que oiga y vea
durante el ejercicio o
fuera del ejercicio de mi
profesión y que no deba
ser divulgado, lo
mantendré en secreto
como algo sagrado."
4. • "Guardaré el
secreto de aquél
que se confíe a mí,
incluso después de
la muerte del
paciente"
Código de
Ginebra
(1983)
5. Nuevo código de la Organización Médica Colegial (OMC) 10
de septiembre 1999
1.El secreto médico es inherente al ejercicio de
la profesión y se establece como un derecho del
paciente a salvaguardar su intimidad ante
terceros
2. El secreto profesional obliga a todos los
médicos, cualquiera que sea la modalidad de su
ejercicio.
3. El médico guardará secreto de todo lo que el
paciente le haya confiado y de lo que él haya
conocido en el ejercicio de la profesión.
4. La muerte del paciente no exime al médico del
deber de secreto.
6. 1. El médico tiene el deber de exigir a sus
colaboradores discreción y observancia
escrupulosa del secreto profesional. Ha de
hacerles saber que ellos también están
obligados a guardarlo.
2. En el ejercicio de la Medicina en equipo,
cada médico es responsable de la totalidad
del secreto. Los directivos de la institución
tienen el deber de facilitar los medios
necesarios para que esto sea posible.
7.
8.
9. 29. El médico no debe permitir la
exhibición de actos médicos que
hayan sido fotografiados o
filmados, salvo en el caso en que
se considere conveniente a fines
educativos de divulgación
científica. Pero si con la
presentación de estos
documentos, o de la historia
médica, se pudiera identificar a la
persona del paciente, será
ineludiblemente necesaria la
previa autorización explícita de
este último. A pesar de la
existencia de tal autorización, el
médico evitará al máximo que se
pueda identificar a la persona.
10. 30. El médico tiene el deber de guardar en secreto todo aquello que el
paciente le haya confiado, lo que haya visto, haya deducido y toda
la documentación producida en su ejercicio profesional, y procurará
ser tan discreto que ni directa ni indirectamente nada pueda ser
descubierto.
11. 31. El médico podrá revelar el secreto con discreción, exclusivamente a
quien tenga que hacerlo y en los justos límites necesarios, en los
siguientes casos y en ningún otro:
Cuando de la revelación se presuma un muy
probable bien para el paciente.
Cuando certifique un nacimiento.
Cuando certifique una defunción.
Si con el silencio se presumiera un muy
probable perjuicio para el paciente, para otras
personas o un peligro colectivo
Cuando se trate de enfermedades
profesionales, accidentes de trabajo
Cuando actúe como perito inspector, médico
forense, juez instructor o similar.
12. En ocasión de malos tratos a niños,
ancianos, discapacitados psíquicos
o actos de violación (en este caso
con la aquiescencia de la víctima).
Cuando el médico se vea injustamente
perjudicado a causa del mantenimiento
del secreto de un paciente, y éste sea
autor voluntario del per-juicio a
condición, sin embargo, de que de la
revelación del hecho no resulten otros
perjudicados.
13.
14. 33. La autorización del paciente a revelar el
secreto no obliga al médico a hacerlo. En
cualquier caso, el médico siempre debe cuidar
de mantener la confianza social hacia la
confidencialidad médica.
15.
16. 35. Cada uno de los
médicos que participen
en un equipo médico
tiene el deber de
preservar la
confidencialidad de los
datos del paciente, pero
en beneficio de éste y de
la buena atención
médica, pueden, en los
justos límites necesarios
compartir el secreto
17. 36. El médico jefe de un centro o servicio sanitario es
responsable de establecer los controles necesarios para que no
se vulnere la intimidad y confidencialidad de los pacientes
que estén acogidos en él. Asimismo cuidará de que las
informaciones a los medios de comunicación sean adecuadas
y discretas, no sólo las propias sino las de las personas que
trabajen en el mismo. El referido médico jefe tiene el deber de
informar a sus colaboradores, sanitarios y no sanitarios, de la
importancia de la preservación de la intimidad y
confidencialidad de los datos del paciente, y de poner los
medios para que sea posible.
18.
19.
20. 39.- Cuando el médico
sea requerido por la
justicia para testificar en
relación con un
paciente sobre materias
que conoce gracias a
su profesión, debe
hacer saber al juez que
éticamente está
obligado a guardar el
secreto profesional y
pedirle que le exima de
testificar.
21. 40.- El Colegio de Médicos
tiene el deber de preservar
secreta la documentación
relacionada con sus
miembros cuando se trate
de cuestiones
deontológicas, salvo que
expresamente acuerde la
Junta de Gobierno su
publicación, previa consulta
a la Comisión de
Deontología o que ésta lo
recomiende.
22. Existen casos en los cuales al medico se les permite
comunicar una información, estas situaciones son:
23. Cuando el secreto esta
perjudicando a alguien y el
paciente autoriza.
En un juicio
Cuando el paciente autorice
24. No recibe apoyo
No cumple el
tratamiento
Se deprime
No esta preparado
para la noticia
Buena Relación
Medico-Paciente
Buen diagnostico
Seguridad
Derecho cumplido
25. •Los familiares exigen
saberlo todo.
•No todo el mundo tiene la
capacidad de recibir noticias
no gratas.
•Los familiares quieren ser
los primeros en recibir la
información y no quieren
comunicársela al paciente.
•Comunicarle directamente
al paciente su diagnostico
empeoraría su situación.
26. La ley 42-01 que rige el sistema de salud dominicano contempla la
confidencialidad en el capitulo IV, pero en la practica hay factores
que interfieren en el cumplimiento de la misma como son:
• Falta de Ética
Personal • Mala interconsulta
de Salud • Familiaridad
Paciente • Cultura
• Niveles de educación
y su • Familia, amigos y
alrededor vecinos
27.
28. “No
dañar”
“Hacer
el bien”
Principios de Veracidad
Es importante aún cuando coloque al profesional en una
situación difícil
Responde a la necesidad de llevar a la reflexión al personal
• El hombre tiene derecho a saber, indagar, y opinar
29. • El hábito moral de decir la verdad y no engañar a los otros,
con o sin intención.
Veracidad • Es veraz quien dice y profesa siempre la verdad.
• Determinar el curso de acción por uno mismo.
• Tomar decisiones e implementar las elecciones hechas.
• Permitir que el paciente escoja si acepta o rechaza
Autonomía tratamientos específicos
• Proporciona un paciente competente que actúe en forma
libre y con conocimiento de causa
Consentimiento • Consentimiento informado
30. • Promover el bienestar o el mejor interés de un
individuo
Beneficiencia • Ayudar al paciente
• Importante en las decisiones sobre la justa
distribución de los recursos del cuidado de la salud.
Justicia
• Prohíbe infringir daño o herida sin beneficios
compensatorios.
No maleficiencia
31. No No revelar
No quitar la comprometerse secretos, pero
No hacer daño
vida en actos de tipo decían lo
sexual menos posible
Mentir con el propósito de evitarlo se
consideraba aceptable
La importancia de no hacer daño
contradice el hecho de decir la verdad
"si todo lo demás sigue igual, decir la
verdad?"
"decir la verdad mientras ésta
proporcione más ayuda que daño al px"
32. El Colegio Médico de los Estados
Unidos se refirió a la honestidad en
las relaciones médico - paciente
• Proporcionar una información veraz a
los pacientes
• Propósito: contribuir a una relación
médico - paciente aceptable.
Relación entre Autonomía del
paciente y la Veracidad
• Característico de la ética médica moderna
• Evidente en el "Proyecto de Ley de
Derechos del Paciente" (1972).
• La exigencia de honestidad Derecho
legal: consentimiento informado
• Tradicionalmente, el doctor no revelaba la
verdad para que el paciente no resultara
perjudicado.
33. A finales del siglo XVIII, Kant abogó
por la verdad y el rechazo estricto de
toda mentira.
Decir la verdad es una labor que obliga
incondicionalmente.
Una mentira es siempre un mal, ya que
daña la revelación humana y la dignidad
Eliminó las circunstancias de mitigación,
las intenciones y las consecuencias.
Respetar el derecho a conocer
Teoría de la Ley Natural
La Verdad tiene una base objetiva en cada
estructura de la naturaleza humana.
La mentira viola un estándar moral objetivo.
Decir la verdad es un hecho necesario con el fin
de transformarse en una persona buena e incluso
con el fin de conocerse a sí mismo.
Decir la verdad es incluso más necesario con el
fin de sostener las relaciones humanas
34. Valor mas importante: Honestidad
Enfrentar dilemas éticos en el cuidado
de pacientes terminales.
Decisión acerca de la conveniencia de dar a
conocer al enfermo su situación
Decir o no la verdad?
Enfrentamiento de los principios fundamentales
Entregar información que puede alterar en forma
negativa la visión del px
“Reducir o postergar la
revelación total de la verdad
podría ser justificable
moralmente?”
“Es lo mismo una mentira que
hablar de un ocultamiento de la
verdad?”
35. Sigmund Freud vio el
daño que la mentira le
provoca al doctor, a la
relación terapéutica y a la
profesión médica.
Antes la verdad se
mantenía inaccesible
para el.
Modelo Actual vs
Modelo Paternalista
36. Avala el ocultamiento de la
verdad!
No dañar la adaptación del
No
Conocer
conocer enfermo.
La ética médica requiere
de prácticas culturales.
Un familiar toma de
decisiones por un paciente
incompetente.
37. Mejor Tx paliativo con
conocimiento de la
Verdad.
El respeto, la
veracidad, la confianza
y la beneficencia
cobran importancia.
La meta es la calidad
de vida y no alargar la
supervivencia ni
producir daños
innecesarios.
38. Cambiar el miedo por esperanza, la
incertidumbre por información, la indefensión
por percepción de control, la incomunicación
por una comunicación adecuada, abierta y
honesta no es fácil.