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Medios de Pago Internacionales
Medios de Pago Internacionales
   El comprador desea recibir las mercaderías
    que adquirió, en tiempo y forma, y el
    vendedor obtener el importe de la
    transacción, en el plazo acordado.
   Estas inquietudes se potencian en las
    transacciones internacionales.
   A los riesgos de cualquier operación
    comercial, se agregan otros como la situación
    económica, jurídica y monetaria de los países
    que participan en la operación.
Medios de Pago Internacionales
   La legislación es diferente de un país a otro,
    al igual que la normativa arancelaria y para-
    arancelaria (importación) o beneficios
    (exportación) que responden a los intereses
    de cada país.

   A todo esto se agregan las dificultades de la
    distancia, el idioma y los problemas del
    transporte.
Medios de Pago Internacionales
   Seria ideal que pudiera darse una actitud
    simultánea entre la entrega de la mercadería
    y el pago de la misma.

   El exportador generalmente no posee
    información suficiente sobre su cliente. Por lo
    tanto, tendrá reservas a que cumpla
    puntualmente con los compromisos
    asumidos.

   El comprador tendrá temor de desprenderse
    de su dinero atento a que ignora si el
    vendedor cumplirá con las condiciones de la
    entrega.
Medios de Pago Internacionales
   La elección del instrumento de pago por parte
    del comprador y del vendedor debe brindar a
    las partes las garantías necesarias relativas a
    la entrega de la mercadería y el
    correspondiente cobro de la operación.
   Ante esta situación, las entidades bancarias
    adquirieron un rol protagónico.
   Los bancos interactúan diariamente
    facilitando el comercio internacional,
    cumpliendo distintas funciones de
    confirmadores, pagadores, presentadores,
    negociadores, remitentes, etc.
FACTORES QUE INCIDEN EN LA
ELECCION DE UN MEDIO DE PAGO
Factores de Carácter General
   NATURALEZA DEL PRODUCTO
   MONTO DE LA TRANSACCION
   FORMA DE PAGO
   COSTO DEL INSTRUMENTO
   AGILIDAD PARA EL COBRO
   TAMANO DE LAS PARTES
   GRADO DE RELACION (CONFIANZA ENTRE
    LAS PARTES)
   CARACTERISTICAS DE LOS BANCOS
    INTERVINIENTES
Factores Vinculados con el
             Exportador

   LIQUIDEZ
   CAPACIDAD DE CREDITO
   POLITICA EMPRESARIA
   POLITICA MONETARIA DEL PAIS
   POLITICA PROMOCIONAL DEL PAIS
Factores Vinculados con el
             Importador
   CARACTERISTICAS DEL PAIS
   POLITICA MONETARIA DEL PAIS
   COMPORTAMIENTO DE LA COMPETENCIA
   SOLVENCIA ECONOMICA Y FINANCIERA
MODALIDADES DE PAGO
MODALIDADES DE PAGO
   Créditos documentarios (Carta de Crédito).
   Cobranza documentaria.
   Orden de Pago o Transferencia.
   Cheque.
   Pagaré.
   Tarjeta de Crédito.
CREDITO DOCUMENTARIO
    Carta de Crédito
CARTA DE CREDITO
   Es un documento mediante el cual
    un banco de la plaza del importador
    (banco emisor), actuando por
    cuenta, orden y riesgo de un cliente
    (el ordenante/importador), se
    compromete a pagar o a hacer pagar
    el importe del crédito al exportador o
    beneficiario, siempre y cuando este
    último cumpla con las exigencias.
CARTA DE CREDITO
   Constituye un mecanismo ideado para
    asegurar el pago por el comprador y para
    controlar que el vendedor proporcione la
    documentación prevista relativa a la
    compraventa internacional.

   A la obligación original de pago que tiene el
    comprador se suma la del banco emisor de la
    carta de crédito pudiendo, eventualmente,
    agregarse la de otro banco que actúa como
    confirmador.
CARTA DE CREDITO
   Cuando un banco abre una carta de crédito
    (Banco Emisor o Abridor) a solicitud de su cliente
    (Ordenante), dirige una comunicación al
    vendedor (Beneficiario) haciéndole saber que se
    compromete al pago de determinada suma con
    ciertas modalidades (vista, plazo, aceptando
    letra), siempre y cuando le sea entregada dentro
    de un plazo determinado la documentación que
    se detalla.
   El vendedor cuenta con dos obligados al pago
    contra los que puede dirigir sus acciones: el
    comprador y el banco.
CARTA DE CREDITO
   Pero el Banco emisor, normalmente situado
    en la plaza del Ordenante, tendrá que recurrir
    a los servicios de un Banco corresponsal
    con ubicación en la plaza del Vendedor, quien
    podrá cumplir diversas funciones: notificar al
    Beneficiario de la apertura del crédito (Banco
    avisador) o la de recibir en su momento, por
    cuenta y orden del Banco emisor, la
    documentación pertinente para que la revise
    o para revisarla por su cuenta, considerar que
    está conforme con los requerimientos y
    realizar el pago (Banco designado).
CARTA DE CREDITO
   Si el Banco corresponsal agrega su
    confirmación, actuará también con la función
    de Banco confirmador, quedando en este
    caso, obligado hacia el beneficiario de la
    misma manera que lo está el Banco emisor.
   El vendedor contará con tres obligados al
    pago, el Comprador, el Banco emisor y el
    Banco confirmador.
   La confirmación importa una nueva asunción
    acumulativa de deuda, no pudiendo ninguno
    de los tres obligados excusarse del pago
    sobre las bases del incumplimiento de los
    otros.
CARTA DE CREDITO
   Las partes intervinientes son:
    • Ordenante, abridor, tomador
      (comprador, importador).
    • Banco emisor (banco del importador).
    • Beneficiario (vendedor, exportador).
    • Banco corresponsal.
    • Banco confirmador.
    • Banco notificador (del exportador).
Ventajas para el Exportador
   Garantía y seguridad de cobro una vez producido
    el embarque, siempre que se presenten los
    documentos, según los términos de la carta de
    crédito.
   Comodidad de recibir el pago en su propio banco
    o a través de un banco en su propio país.
   Pago puntual y más rápido para poder
    incrementar la liquidez.
   Poder mejorar las condiciones de venta (mayor
    importe y mejores plazos, etc.).
   Es un título de crédito sobre el que es posible
    conseguir algún tipo de financiación antes del
    embarque.
   Se puede utilizar para pagar a sus proveedores, a
    través de la cesión del crédito.
Ventajas para el Importador
   Seguridad que el pago sólo lo efectúa una vez
    embarcada la mercadería y contra presentación en
    orden de los documentos de la operación.
   De esta manera, la entrega de la mercadería será
    dentro de los tiempos estipulados.
   Delega al banco la confianza para el tratamiento de
    los documentos.
   Logra una administración del flujo financiero,
    mientras su banco le otorga el crédito para la
    apertura de la carta de crédito.
   Si hubiera un cambio en la política de importación
    de un país, por ej. prohibiendo o suspendiendo el
    ingreso de determinados bienes del exterior, si la
    mercadería no está embarcada la reforma es
    aplicable, lo que generalmente no sucede cuando la
    importación está amparada por una carta de
    crédito.
Desventajas para el Exportador
   El costo de la carta de crédito es más elevado que
    para cualquier otro medio, aunque la mayor parte
    del costo la absorbe el importador.
    Generalmente, el exportador paga los gastos de
    los bancos intervinientes en su país.
   Si la política del exportador es vender sólo con
    carta de crédito será dificultoso acceder a
    compradores habituados a operar con otros
    medios más simples y económicos.
   Los bancos, al analizar los documentos que el
    exportador presenta de acuerdo con lo requerido
    por el crédito, generalmente encuentran
    discrepancias o diferencias, lo que provoca
    demoras en el cobro.
Desventajas para el Importador
   Es el medio de costo más elevado.
   Le afecta el margen crediticio.
   Además de la evaluación crediticia, muchas
    veces se le exige garantías al importador para
    la apertura de la carta de crédito .
   Utilizar la carta de crédito no le asegura al
    importador, que recibirá la mercadería
    pactada en el contrato de compraventa
    internacional, en términos de calidad.
Clasificación de las Cartas de Crédito
Clasificación de las Cartas de Crédito
   Revocable o Irrevocable: obligación del Banco emisor. El
    revocable, de uso menos frecuente, permite al banco
    modificar o anular el crédito en cualquier momento y sin
    necesidad de dar aviso previo al Beneficiario. En el caso de
    ser irrevocable, constituye un derecho firme a favor del
    Beneficiario, no susceptible de modificación unilateral por
    parte del Banco emisor.

   Confirmada o no Confirmada: obligación del Banco
    corresponsal respecto del Beneficiario. En el caso de no ser
    confirmado, el banco corresponsal actúa como simple
    mandatario del Banco emisor, sin estar obligado al pago. Si
    confirma el crédito, asume la deuda y debe cumplir aunque
    los fondos no le fueren provistos por el Banco emisor.
Clasificación de las Cartas de Crédito
   Divisible o Indivisible: es divisible cuando permite
    que el exportador haga embarques parciales y cobre
    exclusivamente por los enviados.

   Transferible/No Transferible: la carta de crédito
    transferible da la posibilidad al beneficiario de
    transferir todo o parte del monto a una o más terceras
    personas. No deben modificarse las condiciones del
    crédito salvo algunas excepciones. Aunque el crédito
    sea intransferible, esto no impide que el beneficiario,
    una vez obtenidos los documentos, pueda ceder sus
    derechos. Entonces, lo que podrá hacer es ceder
    únicamente el producto del crédito y no el cúmulo
    restante de derechos y obligaciones.
Tipos de la Carta de Crédito
   L/C Rotativa: mediante su apertura, el banco se
    obliga hasta la concurrencia de una determinada
    cantidad, a renovar el crédito después de haber
    sido reembolsada la cantidad dispuesta, las veces
    que sea necesario antes del vencimiento del
    crédito.
   L/C Rotativa Acumulativa o no Acumulativa:
    en la rotativa, si el exportador no embarca lo
    indicado en el contrato de compra venta, lo
    puede hacer el mes siguiente, además del envío
    correspondiente al mes. En el otro caso, al no
    cumplir, automáticamente la L/C no se vuelve a
    renovar y se cancela la operación en el acto.
Carta de Crédito: Información
   Datos del solicitante.
   Datos del beneficiario.
   Si el crédito es confirmado o no.
   Forma en que debe avisarse al exterior.
   Importe del crédito y condición de compra.
   Lugar y fecha de vencimiento para la
    negociación de los documentos.
   Si hubiera arreglo entre las partes o fuera
    legalmente exigido, se indicará el
    vencimiento del embarque.
Carta de Crédito: Información
   Forma de pago (a la vista, a término, a término
    con aceptación de letra, pago adelantado).
   Documentos requeridos, cantidad de ejemplares
    y condiciones formales.
   Forma de embarque.
   Si se admitirán embarques parciales.
   Si se admitirán transbordos.
   Cantidad y detalle de la mercadería.
   Posición de la mercadería en el nomenclador.
   Cualquier otra especificación pactada entre las
    partes y que sea necesario incluir.
   Condiciones que sean propias de la operación y
    que hayan sido pactadas entre las partes.
Normas para la revisación de documentos
   TODAS LAS PARTES INTERVINIENTES
    (BANCOS) OPERAN SÓLO CON
    DOCUMENTOS, NUNCA CON MERCADERÍAS.
   Los documentos que, aparentemente, no
    concuerden entre sí, se considerarán que no
    están de acuerdo con el crédito.
   El banco emisor, el banco confirmador si lo
    hubiera, o el banco designado, disponen, cada
    uno, de un plazo no superior a 7 días bancarios
    hábiles a partir de la fecha de la recepción de los
    documentos, para examinarlos y decidir si los
    aprueban o rechazan y notificar su decisión a la
    parte de quien los hayan recibido.
DISCREPANCIAS
   Cualquier diferencia o anormalidad que
    tengan los documentos de embarque
    presentados por el exportador al banco
    designado respecto de la formalidad,
    literalidad y regularidad que deben
    guardar conforme a los términos del
    crédito, se denomina discrepancia (o
    reserva).

   Las discrepancias pueden clasificarse en:
DISCREPANCIAS
   Salvables: siendo aquellas que el
    exportador, una vez comunicado de las
    mismas, tiene la posibilidad de
    solucionarlas, sin que el banco emisor y por
    ende el importador se enterasen. Estas son
    por ejemplo: “falta firmar la factura”, “se
    presentan dos copias en lugar de tres”,
    “falta presentar la lista de empaque”, etc.
DISCREPANCIAS
   Insalvables: son aquellas discrepancias en
    las cuales el exportador no tiene manera de
    solucionarlas sin tener que recurrir a la
    aprobación de los documentos por parte del
    importador. Esto es, por ejemplo: “fecha de
    embarque que surge del documento de
    transporte supera la permitida en el crédito:
    fecha de embarque vencida”, “presentación
    de documentos con el crédito vencido”,
    “haber embarcado más cantidad de lo que
    permite el crédito”, etc.
DISCREPANCIAS
   En este caso, una vez producidas las
    discrepancias, y notificadas al exportador, éste
    deberá comunicarse con el importador ya que el
    exportador no podrá hacer efectivo el crédito
    hasta tanto el banco emisor ( y obviamente, el
    importador) autoricen a pagarlo a pesar de
    ellas. Es lo que técnicamente se denomina
    “levantar discrepancias o reservas”,
    procedimiento que consiste en autorizar a pagar
    el crédito, a pesar de las discrepancias.
DISCREPANCIAS
   El exportador esperará que llegue una
    modificación del crédito solicitada por el
    ordenante al banco emisor, para que la carta de
    crédito se ajuste a los documentos que se
    presentaron, obviamente también dependerá de
    que ésta modificación sea solicitada por el
    importador lo antes posible .

En cualquiera de los tres casos antes mencionados,
el exportador al presentar documentos con
discrepancias insalvables, corre con un alto riesgo
de incobrabilidad, ya que depende del accionar del
importador.
DISCREPANCIAS: ¿COMO EVITARLAS?
   Las discrepancias perjudican a ambas partes. Al
    exportador, en cuanto a que no le permiten
    cobrar con rapidez el producido de la operación.
    Al importador, debido a que se le demora la
    recepción de la documentación y, por tanto, el
    proceso de nacionalización de la mercadería (o le
    encarece su costo, toda vez que deberá presentar
    una garantía por la documentación faltante en la
    aduana). Para evitarlas es aconsejable lo
    siguiente:
    • Realizar un acuerdo o contrato de compraventa
      internacional claro y completo.

    • El importador debe integrar cuidadosamente la Solicitud
      de Apertura, ajustándose a lo establecido en el acuerdo
      o contrato.
DISCREPANCIAS: ¿COMO EVITARLAS?
   El exportador debe analizar la carta de crédito ni
    bien la reciba, a los efectos de detectar errores
    de apertura, para solicitar su modificación
    prontamente (y no descubrirlos cuando ya se
    concretó el embarque, como sucede muy
    habitualmente).

   El exportador debe revisar detalladamente los
    documentos antes de presentarlos al banco
    designado, a los efectos de verificar que se
    ajusten al crédito (intentando subsanar posibles
    errores cometidos o anticipando de los mismos al
    importador para que su conformidad sea rápida).
COSTOS CARTA DE CREDITO
         Comisiones              Banco del    Banco del
          y Gastos              Importador   Exportador

Comis.Emisión L/C y gastos          X
swift
Comis.de Aviso                                   X

Comis.Confirmación                               X

Comis. Revisac. Documentos          X            X

Gastos envío documentos                          X

Comis.pago diferido/aceptac.        X            X

Gastos por discrepancias                         X

Comis.Banco Reembolsador                         X

Gastos por cables/telex/swift                    X
Ejemplo de Carta de Crédito
 ------------------------------------------Message Header-------------------------------------
 Swift Output: MT 700 Emisión Crédito Documentario
Sender:            BWLTPEPL
                   BANCO WIESE LTDO.
                   LIMA PERU
Receiver:          GABAARBA
                   BANCO GALICIA Y BUENOS AIRES
                   BUENOS AIRES ARGENTINA
----------------------------------------------Message Text-----------------------------------

27: Número de página

      1/2
40A:               Forma del crédito documentario
      IRREVOCABLE
20: Número del crédito documentario

      C/C 16039
31D:               Fecha y lugar de expiración
      010617       BS.AS. ARGENTINA
50: Solicitante
      PIPER S.A.
      AV. NICOLAS DE PIEROLA 7140
      LIMA - PERU
59: Beneficiario
      SOSEX SRL.
      AV.CORRIENTES 2378 PISO 2”C”
      BUENOS AIRES – ARGENTINA
      TEL/FAX: 54 11 5678-0000
32B:Moneda e Importe

      Código                   USD
      Monto                    20.320,00
39A:               Tolerancia porcentaje importe crédito
      05/05
   41A:Entidad / Modalidad
        GABAARBA
        BANCO GALICIA Y BUENOS AIRES
        BUENOS AIRES AR
        POR PAGO DIFERIDO
   42P:Precisiones sobre pago diferido
        60 DIAS FECHA DE EMBARQUE
   43P:Expedición parcial:
        NO PERMITIDO
   43T:Trasbordo
        NO PERMITIDO
   44A:Cargar/entregar/recibir en/de....
        BUENOS AIRES, ARGENTINA
   44B:Para transportar a......
        CALLAO, PERU
   45A:Descripción bienes y/o servicios
        6 TNS.DE MONDONGO VACUNO CONGELADO, SEMICOCIDOS, BLANQUEADOS, 1RA.
        CALIDAD, ETIQUETA ROJA.
        6 TNS. DE LIBRILLO VACUNO CONGELADO, LIMPIOS, BLANQUEADOS.
       MARCA: SOSEX - P.A. 2062.90.00.00
       VALOR CFR USD 20.320,00 +/- 5 pct.
   46A:Documentos requeridos
       * CONOCIMIENTO MARÍTIMO A BORDO Y LIMPIO, JUEGO COMPLETO, CONSIGNADO A LA
       ORDEN DEL BANCO WIESE LTDO., MAS 3 COPIAS NO-NEGOCIABLES, INDICANDO MONTO
       PAGADO POR FLETE, NOTIFICAR: PIPER S.A., AV. NICOLAS DE PIEROLA 7140, LIMA-PERU.
       * FACTURA COMERCIAL, ORIGINAL FIRMADA MAS 3 COPIAS INDICANDO LOS VALORES FOB
       Y FLETE DE LA MERCADERIA.
       * CERTIFICADO DE CALIDAD EMITIDO POR BUREAU VERITAS
    ARGENTINA, ORIGINAL
       MAS 3 COPIAS.
       * CERTIFICADO SANITARIO, ORIGINAL MAS 3 COPIAS.
       * CERTIFICADO DE ORIGEN, ORIGINAL MAS 3 COPIAS.
       * LISTA DE EMPAQUE, ORIGINAL MAS 3 COPIAS.
       * AVISO DE EMBARQUE.
       * CONSTANCIA DE LOS BENEFICIARIOS, CERTIFICANDO EL ENVIO
    VIA COURIER DE
       COPIAS DE LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS, DIRECTAMENTE AL
    ORDENANTE.
   47A: Condiciones adicionales
       * GASTOS DE FLETE MARÍTIMO FACTURADOS NO DEBEN EXCEDER EL
    MONTO
       INDICADO EN EL B/L.
        * EL SEGURO SERA CUBIERTO POR EL ORDENANTE EN LIMA, PERU.
   71B: Gastos bancarios
         * TODOS LOS GASTOS BANCARIOS FUERA Y DENTRO DE PERU SON
    A CARGO DEL
        ORDENANTE.
   49: Instrucciones de confirmación
        CONFIRM
   53A: Banco reembolsador
        BANK OF AMERICA N.A
        SAN FRANCISCO - USA
   78: Instrucción al banco pagador/aceptac/negociador
       -DOCUMENTOS DEBEN SER ENVIADOS A NOSOTROS
    VIA COURIER POR NUESTRA CUENTA.
       -SÍRVANSE ACUSARNOS RECIBO E INDICARNOS
    FECHA QUE NOTIFICARON ESTA CARTA DE CREDITO AL
    BENEFICIARIO.
       -AL VENCIMIENTO SOLICITEN REEMBOLSO BAJO
    AVISO A NOSOTROS INDICANDO NUESTRA REF., CON
    SUS COMISIONES Y GASTOS.
   72: Información Banco a Banco (del remitente al
    destinatario)
       -EN SU CARTA REMESA SÍRVANSE INDICAR MONTO
    TOTAL DE SUS COMISIONES Y GASTOS SIEMPRE
    INDICANDO NUESTRO NRO. DE REFERENCIA. ASIMISMO
    CUANDO LA VALIDEZ DE LA CARTA DE CREDITO HAYA
    VENCIDO SIN SER UTILIZADA, SÍRVANSE INDICARNOS
    DENTRO DE LOS 15 DIAS DESPUÉS DE LA FECHA DE
    VENCIMIENTO, MONTO TOTAL DE SUS COMISIONES Y
    GASTOS.
COBRANZA DOCUMENTARIA
Cobranza Documentaria
   Cuando el exportador quiere asegurarse que
    no se entreguen los documentos de la
    compra-venta internacional sino es contra el
    pago o la aceptación de una letra por parte
    del comprador, puede recurrir al mecanismo
    de la cobranza con intervención bancaria.
   Si se trata de una operación a plazo, como no
    se podrá exigir el pago contra la entrega de
    los documentos, se le pedirá al comprador
    que acepte una letra de cambio por el
    importe de la operación y con una fecha
    determinada. Contará así con un título de
    crédito de fácil trasmisión, susceptible de
    descuento.
Cobranza Documentaria
   El vendedor realiza el embarque de la mercadería
    y remite por medio de un banco de su plaza a un
    banco de la plaza del comprador, los documentos
    previstos en la compraventa.
   Una vez llegados los documentos al banco de la
    plaza del comprador, la entrega de los mismos se
    realiza contra la aceptación de la letra por parte
    del comprador o el pago vista.
   El sistema provee cierta seguridad en cuanto a
    evitar la entrega de los documentos, si no se
    realiza el pago o se acepta la letra, pero no
    garantiza el pago.
LETRA DE CAMBIO
   Un banco de la plaza del exportador, llamado
    Remitente, actuando por cuenta y orden de un
    cliente, llamado Librador (el exportador) tramita
    el cobro de valores ante un Girado (el
    importador), por intermedio de un banco de la
    plaza del Girado, llamado Cobrador, sin más
    responsabilidades o compromiso que ejecutar las
    instrucciones de su cliente.

   Mediante este mecanismo, un banco puede
    garantizar el pago del precio de una compraventa
    internacional, avalando la obligación de pago del
    comprador plasmada en la aceptación de una
    letra de cambio.
LETRA DE CAMBIO
   CARACTERISTICAS:
    • Es un título de crédito

    • Mediante su protesto se coloca al deudor en estado de
      mora por lo que la letra se transforma en un título
      ejecutivo que permite la ejecución del moroso.

    • La falta de pago o de aceptación se autentica ante
      Escribano público mediante el protesto.

    • Mediante el protesto se evita la caducidad de las
      acciones y se impide el prejuicio que le representaría al
      exportador la imposibilidad legal de ejecutar la letra. Es
      decir que EL PROTESTO FACULTA AL EXPORTADOR
      PARA INICIAR ACCIONES LEGALES CONTRA EL
      IMPORTADOR EJECUTANDO LA LETRA.
LETRA DE CAMBIO
   CLASIFICACION:

    • La Letra de Cambio puede ser:

          A la vista: para el pago a la vista, contado.

          A plazo: para el pago a una determinada fecha.

    • Esta puede ser:

          Con aval bancario: se asemeja a un crédito
           documentado.

          Sin aval bancario: se asemeja a una cobranza bancaria.
Costos para Cobranza Documentaria
                          Bco.del     Bco. del
 Comisiones y Gastos    Importador   Exportador

Comisión Apertura B/C       X            X

Gasto Courrier                           X

Comisión Aceptación         X

Comisión                    X
Protesto/Escribanía
Comisión Aval               X
Gasto Swift                 X            X
Orden de Pago / Transferencia
Orden de Pago / Transferencia
   El pago directo (orden de pago, giro o transferencia
    bancaria) constituye la forma más simple de
    canalización del precio de la compraventa
    internacional.
   Esta modalidad no ofrece garantías para ninguna de
    las partes. Si el pago resulta anticipado, el comprador
    se ve sometido al riesgo de que el exportador no
    embarque lo convenido. Al contrario, si el pago es al
    contado, el riesgo resulta para el vendedor frente a la
    posible negativa del importador de cumplir con su
    obligación.
   Aquí no hay intervención de los bancos, salvo en
    cuanto a que el pago se puede cursar mediante
    órdenes de pago bancarias, giros, transferencias,
    cheques, etc.
Orden de Pago / Transferencia
   La ausencia de seguridades para las partes
    intervinientes hace que la utilización de esta
    modalidad sólo sea aconsejable entre compañías que
    tienen un largo trato comercial de confianza, o que se
    trate de empresas vinculadas.

   A pesar del riesgo que implica, en numerosas
    oportunidades las empresas recurren a este
    procedimiento, debido a que la ausencia de
    intervención bancaria abarata los costos de la
    operación.
   Es la transferencia de fondos que un Ordenante o
    Tomador (el importador) efectúa a favor de un
    Beneficiario (el exportador) mediante los canales
    bancarios. Puede ser Orden de Pago anticipada,
    diferida, contado, diferida a plazo.
Orden de Pago / Transferencia
   CLASIFICACION:
    • La orden de pago puede ser simple, condicionada o
      documentada.
          LA ORDEN DE PAGO SIMPLE es la transferencia de
           fondos cobrados por parte del beneficiario de manera
           incondicional contra simple recibo.
          LA ORDEN DE PAGO CONDICIONADA es aquella cuyo
           cobro por parte del beneficiario queda supeditada al
           cumplimiento de alguna condición, requisito ó exigencia
           previa, consistente en la entrega de algún tipo específico
           de valores, efectos o compromisos.
          LA ORDEN DE PAGO DOCUMENTADA es aquella cuyo
           cobro por parte del beneficiario queda supeditada a la
           presentación de los documentos de embarque contenidos
           en la misma.
Orden de Pago / Transferencia
   En función de su oportunidad de cobro las Ordenes de
    pago pueden ser de Pago anticipado o a posteriori.

    • La Orden de Pago anticipada es la transferencia de fondos
      que corresponde al PAGO ANTICIPADO DE UNA
      EXPORTACION cuyo embarque aún no fue efectuado; es
      decir que recién se efectuará con posterioridad a su cobro.
      En este caso la orden de pago cumple, obviamente, funciones
      de financiamiento por parte del ordenante / importador a
      favor del beneficiario / exportador, a la vez que exterioriza la
      confianza que éste le merece.

    • La Orden de pago a posteriori es la transferencia de fondos
      que corresponde al PAGO A POSTERIORI DE UNA
      EXPORTACION, cuyo embarque fue efectuado con
      anterioridad al cobro de la misma. En este caso la eventual
      transferencia de fondos suele ser efectuada por el ordenante
      recién contra recepción del aviso (del exportador) de haber
      efectuado el embarque o bien que los correspondientes
      documentos de embarque le hayan sido remitidos.
      En este caso la exteriorización de confianza se proyecta del
      exportador hacia el importador.
Orden de Pago / Transferencia
   PARTES INTERVINIENTES

    • Ordenante o tomador que es el remitente y pagador
      de los fondos transferidos.

    • Banco emisor o remitente que es la entidad bancaria
      del país importador que por cuenta y orden del
      ordenante efectúa la transferencia.

    • Banco Corresponsal o pagador que es la entidad
      bancaria del país exportador quien por cuenta orden y
      riesgo del banco emisor efectúa el pago al beneficiario
      exportador.

    • El Beneficiario que es el exportador o destinatario que
      recibe y cobra los fondos transferidos.
Costos para órdenes de pago
                           Bco.del     Bco. del
                         Importador   Exportador
 Comisiones y Gastos



Comis. Emisión               X
Transferencia

Gasto Swift                  X


Comis. Ordenes de Pago                    X
OTRAS FORMAS DE PAGO

   Cheque en divisas.

   Pagaré.

   Tarjeta de Crédito.
Código SWIFT
   ISO 9362, también conocido como código
    SWIFT o código BIC, es un código de
    identificación bancaria utilizado para facilitar las
    transferencias internacionales de dinero.

   El código consta de 11 caracteres:
    •   Los primeros cuatro caracteres identifican el banco.
    •   Los siguientes dos caracteres, el país.
    •   Los siguientes dos caracteres, la localidad.
    •   Los últimos tres caracteres (opcionales) identifican la
        oficina; se puede utilizar 'XXX' para referirse a la
        principal.
Código SWIFT
   Puede utilizarse una versión abreviada de 8
    caracteres. En tal caso, se sobreentiende que la
    oficina es la principal.

   La Society for Worldwide Interbank Financial
    Telecommunications (Red internacional de
    comunicaciones financieras), SWIFT, gestiona
    estos códigos. Por este motivo también se suele
    llamar códigos SWIFT.

   Existen unos 7.500 códigos activos (para
    contrapartes conectadas activamente a la red
    BIC) y alrededor de 10.000 códigos adicionales
    usados en transacciones manuales.
ABA
   Aba Routing Number o Routing Transit Number:
    Código establecido por la Asociación Americana
    de Banqueros, que sirve para identificar a las
    instituciones financieras ante el Banco de la
    Reserva Federal y ante otros bancos en los
    Estados Unidos.

   Código asignado a cada una de las instituciones
    bancarias y a su vez a cada una de sus
    sucursales. Suele constar de 9 dígitos y sirve
    para facilitar las transferencias electrónicas de
    dinero entre bancos (o particulares usando los
    servicios bancarios).

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  • 1. Medios de Pago Internacionales
  • 2. Medios de Pago Internacionales  El comprador desea recibir las mercaderías que adquirió, en tiempo y forma, y el vendedor obtener el importe de la transacción, en el plazo acordado.  Estas inquietudes se potencian en las transacciones internacionales.  A los riesgos de cualquier operación comercial, se agregan otros como la situación económica, jurídica y monetaria de los países que participan en la operación.
  • 3. Medios de Pago Internacionales  La legislación es diferente de un país a otro, al igual que la normativa arancelaria y para- arancelaria (importación) o beneficios (exportación) que responden a los intereses de cada país.  A todo esto se agregan las dificultades de la distancia, el idioma y los problemas del transporte.
  • 4. Medios de Pago Internacionales  Seria ideal que pudiera darse una actitud simultánea entre la entrega de la mercadería y el pago de la misma.  El exportador generalmente no posee información suficiente sobre su cliente. Por lo tanto, tendrá reservas a que cumpla puntualmente con los compromisos asumidos.  El comprador tendrá temor de desprenderse de su dinero atento a que ignora si el vendedor cumplirá con las condiciones de la entrega.
  • 5. Medios de Pago Internacionales  La elección del instrumento de pago por parte del comprador y del vendedor debe brindar a las partes las garantías necesarias relativas a la entrega de la mercadería y el correspondiente cobro de la operación.  Ante esta situación, las entidades bancarias adquirieron un rol protagónico.  Los bancos interactúan diariamente facilitando el comercio internacional, cumpliendo distintas funciones de confirmadores, pagadores, presentadores, negociadores, remitentes, etc.
  • 6. FACTORES QUE INCIDEN EN LA ELECCION DE UN MEDIO DE PAGO
  • 7. Factores de Carácter General  NATURALEZA DEL PRODUCTO  MONTO DE LA TRANSACCION  FORMA DE PAGO  COSTO DEL INSTRUMENTO  AGILIDAD PARA EL COBRO  TAMANO DE LAS PARTES  GRADO DE RELACION (CONFIANZA ENTRE LAS PARTES)  CARACTERISTICAS DE LOS BANCOS INTERVINIENTES
  • 8. Factores Vinculados con el Exportador  LIQUIDEZ  CAPACIDAD DE CREDITO  POLITICA EMPRESARIA  POLITICA MONETARIA DEL PAIS  POLITICA PROMOCIONAL DEL PAIS
  • 9. Factores Vinculados con el Importador  CARACTERISTICAS DEL PAIS  POLITICA MONETARIA DEL PAIS  COMPORTAMIENTO DE LA COMPETENCIA  SOLVENCIA ECONOMICA Y FINANCIERA
  • 11. MODALIDADES DE PAGO  Créditos documentarios (Carta de Crédito).  Cobranza documentaria.  Orden de Pago o Transferencia.  Cheque.  Pagaré.  Tarjeta de Crédito.
  • 12. CREDITO DOCUMENTARIO Carta de Crédito
  • 13. CARTA DE CREDITO  Es un documento mediante el cual un banco de la plaza del importador (banco emisor), actuando por cuenta, orden y riesgo de un cliente (el ordenante/importador), se compromete a pagar o a hacer pagar el importe del crédito al exportador o beneficiario, siempre y cuando este último cumpla con las exigencias.
  • 14. CARTA DE CREDITO  Constituye un mecanismo ideado para asegurar el pago por el comprador y para controlar que el vendedor proporcione la documentación prevista relativa a la compraventa internacional.  A la obligación original de pago que tiene el comprador se suma la del banco emisor de la carta de crédito pudiendo, eventualmente, agregarse la de otro banco que actúa como confirmador.
  • 15. CARTA DE CREDITO  Cuando un banco abre una carta de crédito (Banco Emisor o Abridor) a solicitud de su cliente (Ordenante), dirige una comunicación al vendedor (Beneficiario) haciéndole saber que se compromete al pago de determinada suma con ciertas modalidades (vista, plazo, aceptando letra), siempre y cuando le sea entregada dentro de un plazo determinado la documentación que se detalla.  El vendedor cuenta con dos obligados al pago contra los que puede dirigir sus acciones: el comprador y el banco.
  • 16. CARTA DE CREDITO  Pero el Banco emisor, normalmente situado en la plaza del Ordenante, tendrá que recurrir a los servicios de un Banco corresponsal con ubicación en la plaza del Vendedor, quien podrá cumplir diversas funciones: notificar al Beneficiario de la apertura del crédito (Banco avisador) o la de recibir en su momento, por cuenta y orden del Banco emisor, la documentación pertinente para que la revise o para revisarla por su cuenta, considerar que está conforme con los requerimientos y realizar el pago (Banco designado).
  • 17. CARTA DE CREDITO  Si el Banco corresponsal agrega su confirmación, actuará también con la función de Banco confirmador, quedando en este caso, obligado hacia el beneficiario de la misma manera que lo está el Banco emisor.  El vendedor contará con tres obligados al pago, el Comprador, el Banco emisor y el Banco confirmador.  La confirmación importa una nueva asunción acumulativa de deuda, no pudiendo ninguno de los tres obligados excusarse del pago sobre las bases del incumplimiento de los otros.
  • 18. CARTA DE CREDITO  Las partes intervinientes son: • Ordenante, abridor, tomador (comprador, importador). • Banco emisor (banco del importador). • Beneficiario (vendedor, exportador). • Banco corresponsal. • Banco confirmador. • Banco notificador (del exportador).
  • 19.
  • 20.
  • 21. Ventajas para el Exportador  Garantía y seguridad de cobro una vez producido el embarque, siempre que se presenten los documentos, según los términos de la carta de crédito.  Comodidad de recibir el pago en su propio banco o a través de un banco en su propio país.  Pago puntual y más rápido para poder incrementar la liquidez.  Poder mejorar las condiciones de venta (mayor importe y mejores plazos, etc.).  Es un título de crédito sobre el que es posible conseguir algún tipo de financiación antes del embarque.  Se puede utilizar para pagar a sus proveedores, a través de la cesión del crédito.
  • 22. Ventajas para el Importador  Seguridad que el pago sólo lo efectúa una vez embarcada la mercadería y contra presentación en orden de los documentos de la operación.  De esta manera, la entrega de la mercadería será dentro de los tiempos estipulados.  Delega al banco la confianza para el tratamiento de los documentos.  Logra una administración del flujo financiero, mientras su banco le otorga el crédito para la apertura de la carta de crédito.  Si hubiera un cambio en la política de importación de un país, por ej. prohibiendo o suspendiendo el ingreso de determinados bienes del exterior, si la mercadería no está embarcada la reforma es aplicable, lo que generalmente no sucede cuando la importación está amparada por una carta de crédito.
  • 23. Desventajas para el Exportador  El costo de la carta de crédito es más elevado que para cualquier otro medio, aunque la mayor parte del costo la absorbe el importador. Generalmente, el exportador paga los gastos de los bancos intervinientes en su país.  Si la política del exportador es vender sólo con carta de crédito será dificultoso acceder a compradores habituados a operar con otros medios más simples y económicos.  Los bancos, al analizar los documentos que el exportador presenta de acuerdo con lo requerido por el crédito, generalmente encuentran discrepancias o diferencias, lo que provoca demoras en el cobro.
  • 24. Desventajas para el Importador  Es el medio de costo más elevado.  Le afecta el margen crediticio.  Además de la evaluación crediticia, muchas veces se le exige garantías al importador para la apertura de la carta de crédito .  Utilizar la carta de crédito no le asegura al importador, que recibirá la mercadería pactada en el contrato de compraventa internacional, en términos de calidad.
  • 25. Clasificación de las Cartas de Crédito
  • 26. Clasificación de las Cartas de Crédito  Revocable o Irrevocable: obligación del Banco emisor. El revocable, de uso menos frecuente, permite al banco modificar o anular el crédito en cualquier momento y sin necesidad de dar aviso previo al Beneficiario. En el caso de ser irrevocable, constituye un derecho firme a favor del Beneficiario, no susceptible de modificación unilateral por parte del Banco emisor.  Confirmada o no Confirmada: obligación del Banco corresponsal respecto del Beneficiario. En el caso de no ser confirmado, el banco corresponsal actúa como simple mandatario del Banco emisor, sin estar obligado al pago. Si confirma el crédito, asume la deuda y debe cumplir aunque los fondos no le fueren provistos por el Banco emisor.
  • 27. Clasificación de las Cartas de Crédito  Divisible o Indivisible: es divisible cuando permite que el exportador haga embarques parciales y cobre exclusivamente por los enviados.  Transferible/No Transferible: la carta de crédito transferible da la posibilidad al beneficiario de transferir todo o parte del monto a una o más terceras personas. No deben modificarse las condiciones del crédito salvo algunas excepciones. Aunque el crédito sea intransferible, esto no impide que el beneficiario, una vez obtenidos los documentos, pueda ceder sus derechos. Entonces, lo que podrá hacer es ceder únicamente el producto del crédito y no el cúmulo restante de derechos y obligaciones.
  • 28. Tipos de la Carta de Crédito  L/C Rotativa: mediante su apertura, el banco se obliga hasta la concurrencia de una determinada cantidad, a renovar el crédito después de haber sido reembolsada la cantidad dispuesta, las veces que sea necesario antes del vencimiento del crédito.  L/C Rotativa Acumulativa o no Acumulativa: en la rotativa, si el exportador no embarca lo indicado en el contrato de compra venta, lo puede hacer el mes siguiente, además del envío correspondiente al mes. En el otro caso, al no cumplir, automáticamente la L/C no se vuelve a renovar y se cancela la operación en el acto.
  • 29. Carta de Crédito: Información  Datos del solicitante.  Datos del beneficiario.  Si el crédito es confirmado o no.  Forma en que debe avisarse al exterior.  Importe del crédito y condición de compra.  Lugar y fecha de vencimiento para la negociación de los documentos.  Si hubiera arreglo entre las partes o fuera legalmente exigido, se indicará el vencimiento del embarque.
  • 30. Carta de Crédito: Información  Forma de pago (a la vista, a término, a término con aceptación de letra, pago adelantado).  Documentos requeridos, cantidad de ejemplares y condiciones formales.  Forma de embarque.  Si se admitirán embarques parciales.  Si se admitirán transbordos.  Cantidad y detalle de la mercadería.  Posición de la mercadería en el nomenclador.  Cualquier otra especificación pactada entre las partes y que sea necesario incluir.  Condiciones que sean propias de la operación y que hayan sido pactadas entre las partes.
  • 31. Normas para la revisación de documentos  TODAS LAS PARTES INTERVINIENTES (BANCOS) OPERAN SÓLO CON DOCUMENTOS, NUNCA CON MERCADERÍAS.  Los documentos que, aparentemente, no concuerden entre sí, se considerarán que no están de acuerdo con el crédito.  El banco emisor, el banco confirmador si lo hubiera, o el banco designado, disponen, cada uno, de un plazo no superior a 7 días bancarios hábiles a partir de la fecha de la recepción de los documentos, para examinarlos y decidir si los aprueban o rechazan y notificar su decisión a la parte de quien los hayan recibido.
  • 32. DISCREPANCIAS  Cualquier diferencia o anormalidad que tengan los documentos de embarque presentados por el exportador al banco designado respecto de la formalidad, literalidad y regularidad que deben guardar conforme a los términos del crédito, se denomina discrepancia (o reserva).  Las discrepancias pueden clasificarse en:
  • 33. DISCREPANCIAS  Salvables: siendo aquellas que el exportador, una vez comunicado de las mismas, tiene la posibilidad de solucionarlas, sin que el banco emisor y por ende el importador se enterasen. Estas son por ejemplo: “falta firmar la factura”, “se presentan dos copias en lugar de tres”, “falta presentar la lista de empaque”, etc.
  • 34. DISCREPANCIAS  Insalvables: son aquellas discrepancias en las cuales el exportador no tiene manera de solucionarlas sin tener que recurrir a la aprobación de los documentos por parte del importador. Esto es, por ejemplo: “fecha de embarque que surge del documento de transporte supera la permitida en el crédito: fecha de embarque vencida”, “presentación de documentos con el crédito vencido”, “haber embarcado más cantidad de lo que permite el crédito”, etc.
  • 35. DISCREPANCIAS  En este caso, una vez producidas las discrepancias, y notificadas al exportador, éste deberá comunicarse con el importador ya que el exportador no podrá hacer efectivo el crédito hasta tanto el banco emisor ( y obviamente, el importador) autoricen a pagarlo a pesar de ellas. Es lo que técnicamente se denomina “levantar discrepancias o reservas”, procedimiento que consiste en autorizar a pagar el crédito, a pesar de las discrepancias.
  • 36. DISCREPANCIAS  El exportador esperará que llegue una modificación del crédito solicitada por el ordenante al banco emisor, para que la carta de crédito se ajuste a los documentos que se presentaron, obviamente también dependerá de que ésta modificación sea solicitada por el importador lo antes posible . En cualquiera de los tres casos antes mencionados, el exportador al presentar documentos con discrepancias insalvables, corre con un alto riesgo de incobrabilidad, ya que depende del accionar del importador.
  • 37. DISCREPANCIAS: ¿COMO EVITARLAS?  Las discrepancias perjudican a ambas partes. Al exportador, en cuanto a que no le permiten cobrar con rapidez el producido de la operación. Al importador, debido a que se le demora la recepción de la documentación y, por tanto, el proceso de nacionalización de la mercadería (o le encarece su costo, toda vez que deberá presentar una garantía por la documentación faltante en la aduana). Para evitarlas es aconsejable lo siguiente: • Realizar un acuerdo o contrato de compraventa internacional claro y completo. • El importador debe integrar cuidadosamente la Solicitud de Apertura, ajustándose a lo establecido en el acuerdo o contrato.
  • 38. DISCREPANCIAS: ¿COMO EVITARLAS?  El exportador debe analizar la carta de crédito ni bien la reciba, a los efectos de detectar errores de apertura, para solicitar su modificación prontamente (y no descubrirlos cuando ya se concretó el embarque, como sucede muy habitualmente).  El exportador debe revisar detalladamente los documentos antes de presentarlos al banco designado, a los efectos de verificar que se ajusten al crédito (intentando subsanar posibles errores cometidos o anticipando de los mismos al importador para que su conformidad sea rápida).
  • 39. COSTOS CARTA DE CREDITO Comisiones Banco del Banco del y Gastos Importador Exportador Comis.Emisión L/C y gastos X swift Comis.de Aviso X Comis.Confirmación X Comis. Revisac. Documentos X X Gastos envío documentos X Comis.pago diferido/aceptac. X X Gastos por discrepancias X Comis.Banco Reembolsador X Gastos por cables/telex/swift X
  • 40. Ejemplo de Carta de Crédito
  • 41.  ------------------------------------------Message Header-------------------------------------  Swift Output: MT 700 Emisión Crédito Documentario Sender: BWLTPEPL  BANCO WIESE LTDO.  LIMA PERU Receiver: GABAARBA  BANCO GALICIA Y BUENOS AIRES  BUENOS AIRES ARGENTINA ----------------------------------------------Message Text----------------------------------- 27: Número de página  1/2 40A: Forma del crédito documentario  IRREVOCABLE 20: Número del crédito documentario  C/C 16039 31D: Fecha y lugar de expiración  010617 BS.AS. ARGENTINA 50: Solicitante  PIPER S.A.  AV. NICOLAS DE PIEROLA 7140  LIMA - PERU 59: Beneficiario  SOSEX SRL.  AV.CORRIENTES 2378 PISO 2”C”  BUENOS AIRES – ARGENTINA  TEL/FAX: 54 11 5678-0000 32B:Moneda e Importe  Código USD  Monto 20.320,00 39A: Tolerancia porcentaje importe crédito  05/05
  • 42. 41A:Entidad / Modalidad  GABAARBA  BANCO GALICIA Y BUENOS AIRES  BUENOS AIRES AR  POR PAGO DIFERIDO  42P:Precisiones sobre pago diferido  60 DIAS FECHA DE EMBARQUE  43P:Expedición parcial:  NO PERMITIDO  43T:Trasbordo  NO PERMITIDO  44A:Cargar/entregar/recibir en/de....  BUENOS AIRES, ARGENTINA  44B:Para transportar a......  CALLAO, PERU  45A:Descripción bienes y/o servicios  6 TNS.DE MONDONGO VACUNO CONGELADO, SEMICOCIDOS, BLANQUEADOS, 1RA.  CALIDAD, ETIQUETA ROJA.  6 TNS. DE LIBRILLO VACUNO CONGELADO, LIMPIOS, BLANQUEADOS.  MARCA: SOSEX - P.A. 2062.90.00.00  VALOR CFR USD 20.320,00 +/- 5 pct.  46A:Documentos requeridos  * CONOCIMIENTO MARÍTIMO A BORDO Y LIMPIO, JUEGO COMPLETO, CONSIGNADO A LA  ORDEN DEL BANCO WIESE LTDO., MAS 3 COPIAS NO-NEGOCIABLES, INDICANDO MONTO  PAGADO POR FLETE, NOTIFICAR: PIPER S.A., AV. NICOLAS DE PIEROLA 7140, LIMA-PERU.  * FACTURA COMERCIAL, ORIGINAL FIRMADA MAS 3 COPIAS INDICANDO LOS VALORES FOB  Y FLETE DE LA MERCADERIA.
  • 43. * CERTIFICADO DE CALIDAD EMITIDO POR BUREAU VERITAS ARGENTINA, ORIGINAL  MAS 3 COPIAS.  * CERTIFICADO SANITARIO, ORIGINAL MAS 3 COPIAS.  * CERTIFICADO DE ORIGEN, ORIGINAL MAS 3 COPIAS.  * LISTA DE EMPAQUE, ORIGINAL MAS 3 COPIAS.  * AVISO DE EMBARQUE.  * CONSTANCIA DE LOS BENEFICIARIOS, CERTIFICANDO EL ENVIO VIA COURIER DE  COPIAS DE LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS, DIRECTAMENTE AL ORDENANTE.  47A: Condiciones adicionales  * GASTOS DE FLETE MARÍTIMO FACTURADOS NO DEBEN EXCEDER EL MONTO  INDICADO EN EL B/L.  * EL SEGURO SERA CUBIERTO POR EL ORDENANTE EN LIMA, PERU.  71B: Gastos bancarios  * TODOS LOS GASTOS BANCARIOS FUERA Y DENTRO DE PERU SON A CARGO DEL  ORDENANTE.  49: Instrucciones de confirmación  CONFIRM  53A: Banco reembolsador  BANK OF AMERICA N.A  SAN FRANCISCO - USA
  • 44. 78: Instrucción al banco pagador/aceptac/negociador  -DOCUMENTOS DEBEN SER ENVIADOS A NOSOTROS VIA COURIER POR NUESTRA CUENTA.  -SÍRVANSE ACUSARNOS RECIBO E INDICARNOS FECHA QUE NOTIFICARON ESTA CARTA DE CREDITO AL BENEFICIARIO.  -AL VENCIMIENTO SOLICITEN REEMBOLSO BAJO AVISO A NOSOTROS INDICANDO NUESTRA REF., CON SUS COMISIONES Y GASTOS.  72: Información Banco a Banco (del remitente al destinatario)  -EN SU CARTA REMESA SÍRVANSE INDICAR MONTO TOTAL DE SUS COMISIONES Y GASTOS SIEMPRE INDICANDO NUESTRO NRO. DE REFERENCIA. ASIMISMO CUANDO LA VALIDEZ DE LA CARTA DE CREDITO HAYA VENCIDO SIN SER UTILIZADA, SÍRVANSE INDICARNOS DENTRO DE LOS 15 DIAS DESPUÉS DE LA FECHA DE VENCIMIENTO, MONTO TOTAL DE SUS COMISIONES Y GASTOS.
  • 46. Cobranza Documentaria  Cuando el exportador quiere asegurarse que no se entreguen los documentos de la compra-venta internacional sino es contra el pago o la aceptación de una letra por parte del comprador, puede recurrir al mecanismo de la cobranza con intervención bancaria.  Si se trata de una operación a plazo, como no se podrá exigir el pago contra la entrega de los documentos, se le pedirá al comprador que acepte una letra de cambio por el importe de la operación y con una fecha determinada. Contará así con un título de crédito de fácil trasmisión, susceptible de descuento.
  • 47. Cobranza Documentaria  El vendedor realiza el embarque de la mercadería y remite por medio de un banco de su plaza a un banco de la plaza del comprador, los documentos previstos en la compraventa.  Una vez llegados los documentos al banco de la plaza del comprador, la entrega de los mismos se realiza contra la aceptación de la letra por parte del comprador o el pago vista.  El sistema provee cierta seguridad en cuanto a evitar la entrega de los documentos, si no se realiza el pago o se acepta la letra, pero no garantiza el pago.
  • 48. LETRA DE CAMBIO  Un banco de la plaza del exportador, llamado Remitente, actuando por cuenta y orden de un cliente, llamado Librador (el exportador) tramita el cobro de valores ante un Girado (el importador), por intermedio de un banco de la plaza del Girado, llamado Cobrador, sin más responsabilidades o compromiso que ejecutar las instrucciones de su cliente.  Mediante este mecanismo, un banco puede garantizar el pago del precio de una compraventa internacional, avalando la obligación de pago del comprador plasmada en la aceptación de una letra de cambio.
  • 49. LETRA DE CAMBIO  CARACTERISTICAS: • Es un título de crédito • Mediante su protesto se coloca al deudor en estado de mora por lo que la letra se transforma en un título ejecutivo que permite la ejecución del moroso. • La falta de pago o de aceptación se autentica ante Escribano público mediante el protesto. • Mediante el protesto se evita la caducidad de las acciones y se impide el prejuicio que le representaría al exportador la imposibilidad legal de ejecutar la letra. Es decir que EL PROTESTO FACULTA AL EXPORTADOR PARA INICIAR ACCIONES LEGALES CONTRA EL IMPORTADOR EJECUTANDO LA LETRA.
  • 50. LETRA DE CAMBIO  CLASIFICACION: • La Letra de Cambio puede ser:  A la vista: para el pago a la vista, contado.  A plazo: para el pago a una determinada fecha. • Esta puede ser:  Con aval bancario: se asemeja a un crédito documentado.  Sin aval bancario: se asemeja a una cobranza bancaria.
  • 51. Costos para Cobranza Documentaria Bco.del Bco. del Comisiones y Gastos Importador Exportador Comisión Apertura B/C X X Gasto Courrier X Comisión Aceptación X Comisión X Protesto/Escribanía Comisión Aval X Gasto Swift X X
  • 52. Orden de Pago / Transferencia
  • 53. Orden de Pago / Transferencia  El pago directo (orden de pago, giro o transferencia bancaria) constituye la forma más simple de canalización del precio de la compraventa internacional.  Esta modalidad no ofrece garantías para ninguna de las partes. Si el pago resulta anticipado, el comprador se ve sometido al riesgo de que el exportador no embarque lo convenido. Al contrario, si el pago es al contado, el riesgo resulta para el vendedor frente a la posible negativa del importador de cumplir con su obligación.  Aquí no hay intervención de los bancos, salvo en cuanto a que el pago se puede cursar mediante órdenes de pago bancarias, giros, transferencias, cheques, etc.
  • 54. Orden de Pago / Transferencia  La ausencia de seguridades para las partes intervinientes hace que la utilización de esta modalidad sólo sea aconsejable entre compañías que tienen un largo trato comercial de confianza, o que se trate de empresas vinculadas.  A pesar del riesgo que implica, en numerosas oportunidades las empresas recurren a este procedimiento, debido a que la ausencia de intervención bancaria abarata los costos de la operación.  Es la transferencia de fondos que un Ordenante o Tomador (el importador) efectúa a favor de un Beneficiario (el exportador) mediante los canales bancarios. Puede ser Orden de Pago anticipada, diferida, contado, diferida a plazo.
  • 55. Orden de Pago / Transferencia  CLASIFICACION: • La orden de pago puede ser simple, condicionada o documentada.  LA ORDEN DE PAGO SIMPLE es la transferencia de fondos cobrados por parte del beneficiario de manera incondicional contra simple recibo.  LA ORDEN DE PAGO CONDICIONADA es aquella cuyo cobro por parte del beneficiario queda supeditada al cumplimiento de alguna condición, requisito ó exigencia previa, consistente en la entrega de algún tipo específico de valores, efectos o compromisos.  LA ORDEN DE PAGO DOCUMENTADA es aquella cuyo cobro por parte del beneficiario queda supeditada a la presentación de los documentos de embarque contenidos en la misma.
  • 56. Orden de Pago / Transferencia  En función de su oportunidad de cobro las Ordenes de pago pueden ser de Pago anticipado o a posteriori. • La Orden de Pago anticipada es la transferencia de fondos que corresponde al PAGO ANTICIPADO DE UNA EXPORTACION cuyo embarque aún no fue efectuado; es decir que recién se efectuará con posterioridad a su cobro. En este caso la orden de pago cumple, obviamente, funciones de financiamiento por parte del ordenante / importador a favor del beneficiario / exportador, a la vez que exterioriza la confianza que éste le merece. • La Orden de pago a posteriori es la transferencia de fondos que corresponde al PAGO A POSTERIORI DE UNA EXPORTACION, cuyo embarque fue efectuado con anterioridad al cobro de la misma. En este caso la eventual transferencia de fondos suele ser efectuada por el ordenante recién contra recepción del aviso (del exportador) de haber efectuado el embarque o bien que los correspondientes documentos de embarque le hayan sido remitidos. En este caso la exteriorización de confianza se proyecta del exportador hacia el importador.
  • 57. Orden de Pago / Transferencia  PARTES INTERVINIENTES • Ordenante o tomador que es el remitente y pagador de los fondos transferidos. • Banco emisor o remitente que es la entidad bancaria del país importador que por cuenta y orden del ordenante efectúa la transferencia. • Banco Corresponsal o pagador que es la entidad bancaria del país exportador quien por cuenta orden y riesgo del banco emisor efectúa el pago al beneficiario exportador. • El Beneficiario que es el exportador o destinatario que recibe y cobra los fondos transferidos.
  • 58. Costos para órdenes de pago Bco.del Bco. del Importador Exportador Comisiones y Gastos Comis. Emisión X Transferencia Gasto Swift X Comis. Ordenes de Pago X
  • 59. OTRAS FORMAS DE PAGO  Cheque en divisas.  Pagaré.  Tarjeta de Crédito.
  • 60. Código SWIFT  ISO 9362, también conocido como código SWIFT o código BIC, es un código de identificación bancaria utilizado para facilitar las transferencias internacionales de dinero.  El código consta de 11 caracteres: • Los primeros cuatro caracteres identifican el banco. • Los siguientes dos caracteres, el país. • Los siguientes dos caracteres, la localidad. • Los últimos tres caracteres (opcionales) identifican la oficina; se puede utilizar 'XXX' para referirse a la principal.
  • 61. Código SWIFT  Puede utilizarse una versión abreviada de 8 caracteres. En tal caso, se sobreentiende que la oficina es la principal.  La Society for Worldwide Interbank Financial Telecommunications (Red internacional de comunicaciones financieras), SWIFT, gestiona estos códigos. Por este motivo también se suele llamar códigos SWIFT.  Existen unos 7.500 códigos activos (para contrapartes conectadas activamente a la red BIC) y alrededor de 10.000 códigos adicionales usados en transacciones manuales.
  • 62. ABA  Aba Routing Number o Routing Transit Number: Código establecido por la Asociación Americana de Banqueros, que sirve para identificar a las instituciones financieras ante el Banco de la Reserva Federal y ante otros bancos en los Estados Unidos.  Código asignado a cada una de las instituciones bancarias y a su vez a cada una de sus sucursales. Suele constar de 9 dígitos y sirve para facilitar las transferencias electrónicas de dinero entre bancos (o particulares usando los servicios bancarios).