2. Medios de Pago Internacionales
El comprador desea recibir las mercaderías
que adquirió, en tiempo y forma, y el
vendedor obtener el importe de la
transacción, en el plazo acordado.
Estas inquietudes se potencian en las
transacciones internacionales.
A los riesgos de cualquier operación
comercial, se agregan otros como la situación
económica, jurídica y monetaria de los países
que participan en la operación.
3. Medios de Pago Internacionales
La legislación es diferente de un país a otro,
al igual que la normativa arancelaria y para-
arancelaria (importación) o beneficios
(exportación) que responden a los intereses
de cada país.
A todo esto se agregan las dificultades de la
distancia, el idioma y los problemas del
transporte.
4. Medios de Pago Internacionales
Seria ideal que pudiera darse una actitud
simultánea entre la entrega de la mercadería
y el pago de la misma.
El exportador generalmente no posee
información suficiente sobre su cliente. Por lo
tanto, tendrá reservas a que cumpla
puntualmente con los compromisos
asumidos.
El comprador tendrá temor de desprenderse
de su dinero atento a que ignora si el
vendedor cumplirá con las condiciones de la
entrega.
5. Medios de Pago Internacionales
La elección del instrumento de pago por parte
del comprador y del vendedor debe brindar a
las partes las garantías necesarias relativas a
la entrega de la mercadería y el
correspondiente cobro de la operación.
Ante esta situación, las entidades bancarias
adquirieron un rol protagónico.
Los bancos interactúan diariamente
facilitando el comercio internacional,
cumpliendo distintas funciones de
confirmadores, pagadores, presentadores,
negociadores, remitentes, etc.
7. Factores de Carácter General
NATURALEZA DEL PRODUCTO
MONTO DE LA TRANSACCION
FORMA DE PAGO
COSTO DEL INSTRUMENTO
AGILIDAD PARA EL COBRO
TAMANO DE LAS PARTES
GRADO DE RELACION (CONFIANZA ENTRE
LAS PARTES)
CARACTERISTICAS DE LOS BANCOS
INTERVINIENTES
8. Factores Vinculados con el
Exportador
LIQUIDEZ
CAPACIDAD DE CREDITO
POLITICA EMPRESARIA
POLITICA MONETARIA DEL PAIS
POLITICA PROMOCIONAL DEL PAIS
9. Factores Vinculados con el
Importador
CARACTERISTICAS DEL PAIS
POLITICA MONETARIA DEL PAIS
COMPORTAMIENTO DE LA COMPETENCIA
SOLVENCIA ECONOMICA Y FINANCIERA
11. MODALIDADES DE PAGO
Créditos documentarios (Carta de Crédito).
Cobranza documentaria.
Orden de Pago o Transferencia.
Cheque.
Pagaré.
Tarjeta de Crédito.
13. CARTA DE CREDITO
Es un documento mediante el cual
un banco de la plaza del importador
(banco emisor), actuando por
cuenta, orden y riesgo de un cliente
(el ordenante/importador), se
compromete a pagar o a hacer pagar
el importe del crédito al exportador o
beneficiario, siempre y cuando este
último cumpla con las exigencias.
14. CARTA DE CREDITO
Constituye un mecanismo ideado para
asegurar el pago por el comprador y para
controlar que el vendedor proporcione la
documentación prevista relativa a la
compraventa internacional.
A la obligación original de pago que tiene el
comprador se suma la del banco emisor de la
carta de crédito pudiendo, eventualmente,
agregarse la de otro banco que actúa como
confirmador.
15. CARTA DE CREDITO
Cuando un banco abre una carta de crédito
(Banco Emisor o Abridor) a solicitud de su cliente
(Ordenante), dirige una comunicación al
vendedor (Beneficiario) haciéndole saber que se
compromete al pago de determinada suma con
ciertas modalidades (vista, plazo, aceptando
letra), siempre y cuando le sea entregada dentro
de un plazo determinado la documentación que
se detalla.
El vendedor cuenta con dos obligados al pago
contra los que puede dirigir sus acciones: el
comprador y el banco.
16. CARTA DE CREDITO
Pero el Banco emisor, normalmente situado
en la plaza del Ordenante, tendrá que recurrir
a los servicios de un Banco corresponsal
con ubicación en la plaza del Vendedor, quien
podrá cumplir diversas funciones: notificar al
Beneficiario de la apertura del crédito (Banco
avisador) o la de recibir en su momento, por
cuenta y orden del Banco emisor, la
documentación pertinente para que la revise
o para revisarla por su cuenta, considerar que
está conforme con los requerimientos y
realizar el pago (Banco designado).
17. CARTA DE CREDITO
Si el Banco corresponsal agrega su
confirmación, actuará también con la función
de Banco confirmador, quedando en este
caso, obligado hacia el beneficiario de la
misma manera que lo está el Banco emisor.
El vendedor contará con tres obligados al
pago, el Comprador, el Banco emisor y el
Banco confirmador.
La confirmación importa una nueva asunción
acumulativa de deuda, no pudiendo ninguno
de los tres obligados excusarse del pago
sobre las bases del incumplimiento de los
otros.
18. CARTA DE CREDITO
Las partes intervinientes son:
• Ordenante, abridor, tomador
(comprador, importador).
• Banco emisor (banco del importador).
• Beneficiario (vendedor, exportador).
• Banco corresponsal.
• Banco confirmador.
• Banco notificador (del exportador).
19.
20.
21. Ventajas para el Exportador
Garantía y seguridad de cobro una vez producido
el embarque, siempre que se presenten los
documentos, según los términos de la carta de
crédito.
Comodidad de recibir el pago en su propio banco
o a través de un banco en su propio país.
Pago puntual y más rápido para poder
incrementar la liquidez.
Poder mejorar las condiciones de venta (mayor
importe y mejores plazos, etc.).
Es un título de crédito sobre el que es posible
conseguir algún tipo de financiación antes del
embarque.
Se puede utilizar para pagar a sus proveedores, a
través de la cesión del crédito.
22. Ventajas para el Importador
Seguridad que el pago sólo lo efectúa una vez
embarcada la mercadería y contra presentación en
orden de los documentos de la operación.
De esta manera, la entrega de la mercadería será
dentro de los tiempos estipulados.
Delega al banco la confianza para el tratamiento de
los documentos.
Logra una administración del flujo financiero,
mientras su banco le otorga el crédito para la
apertura de la carta de crédito.
Si hubiera un cambio en la política de importación
de un país, por ej. prohibiendo o suspendiendo el
ingreso de determinados bienes del exterior, si la
mercadería no está embarcada la reforma es
aplicable, lo que generalmente no sucede cuando la
importación está amparada por una carta de
crédito.
23. Desventajas para el Exportador
El costo de la carta de crédito es más elevado que
para cualquier otro medio, aunque la mayor parte
del costo la absorbe el importador.
Generalmente, el exportador paga los gastos de
los bancos intervinientes en su país.
Si la política del exportador es vender sólo con
carta de crédito será dificultoso acceder a
compradores habituados a operar con otros
medios más simples y económicos.
Los bancos, al analizar los documentos que el
exportador presenta de acuerdo con lo requerido
por el crédito, generalmente encuentran
discrepancias o diferencias, lo que provoca
demoras en el cobro.
24. Desventajas para el Importador
Es el medio de costo más elevado.
Le afecta el margen crediticio.
Además de la evaluación crediticia, muchas
veces se le exige garantías al importador para
la apertura de la carta de crédito .
Utilizar la carta de crédito no le asegura al
importador, que recibirá la mercadería
pactada en el contrato de compraventa
internacional, en términos de calidad.
26. Clasificación de las Cartas de Crédito
Revocable o Irrevocable: obligación del Banco emisor. El
revocable, de uso menos frecuente, permite al banco
modificar o anular el crédito en cualquier momento y sin
necesidad de dar aviso previo al Beneficiario. En el caso de
ser irrevocable, constituye un derecho firme a favor del
Beneficiario, no susceptible de modificación unilateral por
parte del Banco emisor.
Confirmada o no Confirmada: obligación del Banco
corresponsal respecto del Beneficiario. En el caso de no ser
confirmado, el banco corresponsal actúa como simple
mandatario del Banco emisor, sin estar obligado al pago. Si
confirma el crédito, asume la deuda y debe cumplir aunque
los fondos no le fueren provistos por el Banco emisor.
27. Clasificación de las Cartas de Crédito
Divisible o Indivisible: es divisible cuando permite
que el exportador haga embarques parciales y cobre
exclusivamente por los enviados.
Transferible/No Transferible: la carta de crédito
transferible da la posibilidad al beneficiario de
transferir todo o parte del monto a una o más terceras
personas. No deben modificarse las condiciones del
crédito salvo algunas excepciones. Aunque el crédito
sea intransferible, esto no impide que el beneficiario,
una vez obtenidos los documentos, pueda ceder sus
derechos. Entonces, lo que podrá hacer es ceder
únicamente el producto del crédito y no el cúmulo
restante de derechos y obligaciones.
28. Tipos de la Carta de Crédito
L/C Rotativa: mediante su apertura, el banco se
obliga hasta la concurrencia de una determinada
cantidad, a renovar el crédito después de haber
sido reembolsada la cantidad dispuesta, las veces
que sea necesario antes del vencimiento del
crédito.
L/C Rotativa Acumulativa o no Acumulativa:
en la rotativa, si el exportador no embarca lo
indicado en el contrato de compra venta, lo
puede hacer el mes siguiente, además del envío
correspondiente al mes. En el otro caso, al no
cumplir, automáticamente la L/C no se vuelve a
renovar y se cancela la operación en el acto.
29. Carta de Crédito: Información
Datos del solicitante.
Datos del beneficiario.
Si el crédito es confirmado o no.
Forma en que debe avisarse al exterior.
Importe del crédito y condición de compra.
Lugar y fecha de vencimiento para la
negociación de los documentos.
Si hubiera arreglo entre las partes o fuera
legalmente exigido, se indicará el
vencimiento del embarque.
30. Carta de Crédito: Información
Forma de pago (a la vista, a término, a término
con aceptación de letra, pago adelantado).
Documentos requeridos, cantidad de ejemplares
y condiciones formales.
Forma de embarque.
Si se admitirán embarques parciales.
Si se admitirán transbordos.
Cantidad y detalle de la mercadería.
Posición de la mercadería en el nomenclador.
Cualquier otra especificación pactada entre las
partes y que sea necesario incluir.
Condiciones que sean propias de la operación y
que hayan sido pactadas entre las partes.
31. Normas para la revisación de documentos
TODAS LAS PARTES INTERVINIENTES
(BANCOS) OPERAN SÓLO CON
DOCUMENTOS, NUNCA CON MERCADERÍAS.
Los documentos que, aparentemente, no
concuerden entre sí, se considerarán que no
están de acuerdo con el crédito.
El banco emisor, el banco confirmador si lo
hubiera, o el banco designado, disponen, cada
uno, de un plazo no superior a 7 días bancarios
hábiles a partir de la fecha de la recepción de los
documentos, para examinarlos y decidir si los
aprueban o rechazan y notificar su decisión a la
parte de quien los hayan recibido.
32. DISCREPANCIAS
Cualquier diferencia o anormalidad que
tengan los documentos de embarque
presentados por el exportador al banco
designado respecto de la formalidad,
literalidad y regularidad que deben
guardar conforme a los términos del
crédito, se denomina discrepancia (o
reserva).
Las discrepancias pueden clasificarse en:
33. DISCREPANCIAS
Salvables: siendo aquellas que el
exportador, una vez comunicado de las
mismas, tiene la posibilidad de
solucionarlas, sin que el banco emisor y por
ende el importador se enterasen. Estas son
por ejemplo: “falta firmar la factura”, “se
presentan dos copias en lugar de tres”,
“falta presentar la lista de empaque”, etc.
34. DISCREPANCIAS
Insalvables: son aquellas discrepancias en
las cuales el exportador no tiene manera de
solucionarlas sin tener que recurrir a la
aprobación de los documentos por parte del
importador. Esto es, por ejemplo: “fecha de
embarque que surge del documento de
transporte supera la permitida en el crédito:
fecha de embarque vencida”, “presentación
de documentos con el crédito vencido”,
“haber embarcado más cantidad de lo que
permite el crédito”, etc.
35. DISCREPANCIAS
En este caso, una vez producidas las
discrepancias, y notificadas al exportador, éste
deberá comunicarse con el importador ya que el
exportador no podrá hacer efectivo el crédito
hasta tanto el banco emisor ( y obviamente, el
importador) autoricen a pagarlo a pesar de
ellas. Es lo que técnicamente se denomina
“levantar discrepancias o reservas”,
procedimiento que consiste en autorizar a pagar
el crédito, a pesar de las discrepancias.
36. DISCREPANCIAS
El exportador esperará que llegue una
modificación del crédito solicitada por el
ordenante al banco emisor, para que la carta de
crédito se ajuste a los documentos que se
presentaron, obviamente también dependerá de
que ésta modificación sea solicitada por el
importador lo antes posible .
En cualquiera de los tres casos antes mencionados,
el exportador al presentar documentos con
discrepancias insalvables, corre con un alto riesgo
de incobrabilidad, ya que depende del accionar del
importador.
37. DISCREPANCIAS: ¿COMO EVITARLAS?
Las discrepancias perjudican a ambas partes. Al
exportador, en cuanto a que no le permiten
cobrar con rapidez el producido de la operación.
Al importador, debido a que se le demora la
recepción de la documentación y, por tanto, el
proceso de nacionalización de la mercadería (o le
encarece su costo, toda vez que deberá presentar
una garantía por la documentación faltante en la
aduana). Para evitarlas es aconsejable lo
siguiente:
• Realizar un acuerdo o contrato de compraventa
internacional claro y completo.
• El importador debe integrar cuidadosamente la Solicitud
de Apertura, ajustándose a lo establecido en el acuerdo
o contrato.
38. DISCREPANCIAS: ¿COMO EVITARLAS?
El exportador debe analizar la carta de crédito ni
bien la reciba, a los efectos de detectar errores
de apertura, para solicitar su modificación
prontamente (y no descubrirlos cuando ya se
concretó el embarque, como sucede muy
habitualmente).
El exportador debe revisar detalladamente los
documentos antes de presentarlos al banco
designado, a los efectos de verificar que se
ajusten al crédito (intentando subsanar posibles
errores cometidos o anticipando de los mismos al
importador para que su conformidad sea rápida).
39. COSTOS CARTA DE CREDITO
Comisiones Banco del Banco del
y Gastos Importador Exportador
Comis.Emisión L/C y gastos X
swift
Comis.de Aviso X
Comis.Confirmación X
Comis. Revisac. Documentos X X
Gastos envío documentos X
Comis.pago diferido/aceptac. X X
Gastos por discrepancias X
Comis.Banco Reembolsador X
Gastos por cables/telex/swift X
41. ------------------------------------------Message Header-------------------------------------
Swift Output: MT 700 Emisión Crédito Documentario
Sender: BWLTPEPL
BANCO WIESE LTDO.
LIMA PERU
Receiver: GABAARBA
BANCO GALICIA Y BUENOS AIRES
BUENOS AIRES ARGENTINA
----------------------------------------------Message Text-----------------------------------
27: Número de página
1/2
40A: Forma del crédito documentario
IRREVOCABLE
20: Número del crédito documentario
C/C 16039
31D: Fecha y lugar de expiración
010617 BS.AS. ARGENTINA
50: Solicitante
PIPER S.A.
AV. NICOLAS DE PIEROLA 7140
LIMA - PERU
59: Beneficiario
SOSEX SRL.
AV.CORRIENTES 2378 PISO 2”C”
BUENOS AIRES – ARGENTINA
TEL/FAX: 54 11 5678-0000
32B:Moneda e Importe
Código USD
Monto 20.320,00
39A: Tolerancia porcentaje importe crédito
05/05
42. 41A:Entidad / Modalidad
GABAARBA
BANCO GALICIA Y BUENOS AIRES
BUENOS AIRES AR
POR PAGO DIFERIDO
42P:Precisiones sobre pago diferido
60 DIAS FECHA DE EMBARQUE
43P:Expedición parcial:
NO PERMITIDO
43T:Trasbordo
NO PERMITIDO
44A:Cargar/entregar/recibir en/de....
BUENOS AIRES, ARGENTINA
44B:Para transportar a......
CALLAO, PERU
45A:Descripción bienes y/o servicios
6 TNS.DE MONDONGO VACUNO CONGELADO, SEMICOCIDOS, BLANQUEADOS, 1RA.
CALIDAD, ETIQUETA ROJA.
6 TNS. DE LIBRILLO VACUNO CONGELADO, LIMPIOS, BLANQUEADOS.
MARCA: SOSEX - P.A. 2062.90.00.00
VALOR CFR USD 20.320,00 +/- 5 pct.
46A:Documentos requeridos
* CONOCIMIENTO MARÍTIMO A BORDO Y LIMPIO, JUEGO COMPLETO, CONSIGNADO A LA
ORDEN DEL BANCO WIESE LTDO., MAS 3 COPIAS NO-NEGOCIABLES, INDICANDO MONTO
PAGADO POR FLETE, NOTIFICAR: PIPER S.A., AV. NICOLAS DE PIEROLA 7140, LIMA-PERU.
* FACTURA COMERCIAL, ORIGINAL FIRMADA MAS 3 COPIAS INDICANDO LOS VALORES FOB
Y FLETE DE LA MERCADERIA.
43. * CERTIFICADO DE CALIDAD EMITIDO POR BUREAU VERITAS
ARGENTINA, ORIGINAL
MAS 3 COPIAS.
* CERTIFICADO SANITARIO, ORIGINAL MAS 3 COPIAS.
* CERTIFICADO DE ORIGEN, ORIGINAL MAS 3 COPIAS.
* LISTA DE EMPAQUE, ORIGINAL MAS 3 COPIAS.
* AVISO DE EMBARQUE.
* CONSTANCIA DE LOS BENEFICIARIOS, CERTIFICANDO EL ENVIO
VIA COURIER DE
COPIAS DE LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS, DIRECTAMENTE AL
ORDENANTE.
47A: Condiciones adicionales
* GASTOS DE FLETE MARÍTIMO FACTURADOS NO DEBEN EXCEDER EL
MONTO
INDICADO EN EL B/L.
* EL SEGURO SERA CUBIERTO POR EL ORDENANTE EN LIMA, PERU.
71B: Gastos bancarios
* TODOS LOS GASTOS BANCARIOS FUERA Y DENTRO DE PERU SON
A CARGO DEL
ORDENANTE.
49: Instrucciones de confirmación
CONFIRM
53A: Banco reembolsador
BANK OF AMERICA N.A
SAN FRANCISCO - USA
44. 78: Instrucción al banco pagador/aceptac/negociador
-DOCUMENTOS DEBEN SER ENVIADOS A NOSOTROS
VIA COURIER POR NUESTRA CUENTA.
-SÍRVANSE ACUSARNOS RECIBO E INDICARNOS
FECHA QUE NOTIFICARON ESTA CARTA DE CREDITO AL
BENEFICIARIO.
-AL VENCIMIENTO SOLICITEN REEMBOLSO BAJO
AVISO A NOSOTROS INDICANDO NUESTRA REF., CON
SUS COMISIONES Y GASTOS.
72: Información Banco a Banco (del remitente al
destinatario)
-EN SU CARTA REMESA SÍRVANSE INDICAR MONTO
TOTAL DE SUS COMISIONES Y GASTOS SIEMPRE
INDICANDO NUESTRO NRO. DE REFERENCIA. ASIMISMO
CUANDO LA VALIDEZ DE LA CARTA DE CREDITO HAYA
VENCIDO SIN SER UTILIZADA, SÍRVANSE INDICARNOS
DENTRO DE LOS 15 DIAS DESPUÉS DE LA FECHA DE
VENCIMIENTO, MONTO TOTAL DE SUS COMISIONES Y
GASTOS.
46. Cobranza Documentaria
Cuando el exportador quiere asegurarse que
no se entreguen los documentos de la
compra-venta internacional sino es contra el
pago o la aceptación de una letra por parte
del comprador, puede recurrir al mecanismo
de la cobranza con intervención bancaria.
Si se trata de una operación a plazo, como no
se podrá exigir el pago contra la entrega de
los documentos, se le pedirá al comprador
que acepte una letra de cambio por el
importe de la operación y con una fecha
determinada. Contará así con un título de
crédito de fácil trasmisión, susceptible de
descuento.
47. Cobranza Documentaria
El vendedor realiza el embarque de la mercadería
y remite por medio de un banco de su plaza a un
banco de la plaza del comprador, los documentos
previstos en la compraventa.
Una vez llegados los documentos al banco de la
plaza del comprador, la entrega de los mismos se
realiza contra la aceptación de la letra por parte
del comprador o el pago vista.
El sistema provee cierta seguridad en cuanto a
evitar la entrega de los documentos, si no se
realiza el pago o se acepta la letra, pero no
garantiza el pago.
48. LETRA DE CAMBIO
Un banco de la plaza del exportador, llamado
Remitente, actuando por cuenta y orden de un
cliente, llamado Librador (el exportador) tramita
el cobro de valores ante un Girado (el
importador), por intermedio de un banco de la
plaza del Girado, llamado Cobrador, sin más
responsabilidades o compromiso que ejecutar las
instrucciones de su cliente.
Mediante este mecanismo, un banco puede
garantizar el pago del precio de una compraventa
internacional, avalando la obligación de pago del
comprador plasmada en la aceptación de una
letra de cambio.
49. LETRA DE CAMBIO
CARACTERISTICAS:
• Es un título de crédito
• Mediante su protesto se coloca al deudor en estado de
mora por lo que la letra se transforma en un título
ejecutivo que permite la ejecución del moroso.
• La falta de pago o de aceptación se autentica ante
Escribano público mediante el protesto.
• Mediante el protesto se evita la caducidad de las
acciones y se impide el prejuicio que le representaría al
exportador la imposibilidad legal de ejecutar la letra. Es
decir que EL PROTESTO FACULTA AL EXPORTADOR
PARA INICIAR ACCIONES LEGALES CONTRA EL
IMPORTADOR EJECUTANDO LA LETRA.
50. LETRA DE CAMBIO
CLASIFICACION:
• La Letra de Cambio puede ser:
A la vista: para el pago a la vista, contado.
A plazo: para el pago a una determinada fecha.
• Esta puede ser:
Con aval bancario: se asemeja a un crédito
documentado.
Sin aval bancario: se asemeja a una cobranza bancaria.
51. Costos para Cobranza Documentaria
Bco.del Bco. del
Comisiones y Gastos Importador Exportador
Comisión Apertura B/C X X
Gasto Courrier X
Comisión Aceptación X
Comisión X
Protesto/Escribanía
Comisión Aval X
Gasto Swift X X
53. Orden de Pago / Transferencia
El pago directo (orden de pago, giro o transferencia
bancaria) constituye la forma más simple de
canalización del precio de la compraventa
internacional.
Esta modalidad no ofrece garantías para ninguna de
las partes. Si el pago resulta anticipado, el comprador
se ve sometido al riesgo de que el exportador no
embarque lo convenido. Al contrario, si el pago es al
contado, el riesgo resulta para el vendedor frente a la
posible negativa del importador de cumplir con su
obligación.
Aquí no hay intervención de los bancos, salvo en
cuanto a que el pago se puede cursar mediante
órdenes de pago bancarias, giros, transferencias,
cheques, etc.
54. Orden de Pago / Transferencia
La ausencia de seguridades para las partes
intervinientes hace que la utilización de esta
modalidad sólo sea aconsejable entre compañías que
tienen un largo trato comercial de confianza, o que se
trate de empresas vinculadas.
A pesar del riesgo que implica, en numerosas
oportunidades las empresas recurren a este
procedimiento, debido a que la ausencia de
intervención bancaria abarata los costos de la
operación.
Es la transferencia de fondos que un Ordenante o
Tomador (el importador) efectúa a favor de un
Beneficiario (el exportador) mediante los canales
bancarios. Puede ser Orden de Pago anticipada,
diferida, contado, diferida a plazo.
55. Orden de Pago / Transferencia
CLASIFICACION:
• La orden de pago puede ser simple, condicionada o
documentada.
LA ORDEN DE PAGO SIMPLE es la transferencia de
fondos cobrados por parte del beneficiario de manera
incondicional contra simple recibo.
LA ORDEN DE PAGO CONDICIONADA es aquella cuyo
cobro por parte del beneficiario queda supeditada al
cumplimiento de alguna condición, requisito ó exigencia
previa, consistente en la entrega de algún tipo específico
de valores, efectos o compromisos.
LA ORDEN DE PAGO DOCUMENTADA es aquella cuyo
cobro por parte del beneficiario queda supeditada a la
presentación de los documentos de embarque contenidos
en la misma.
56. Orden de Pago / Transferencia
En función de su oportunidad de cobro las Ordenes de
pago pueden ser de Pago anticipado o a posteriori.
• La Orden de Pago anticipada es la transferencia de fondos
que corresponde al PAGO ANTICIPADO DE UNA
EXPORTACION cuyo embarque aún no fue efectuado; es
decir que recién se efectuará con posterioridad a su cobro.
En este caso la orden de pago cumple, obviamente, funciones
de financiamiento por parte del ordenante / importador a
favor del beneficiario / exportador, a la vez que exterioriza la
confianza que éste le merece.
• La Orden de pago a posteriori es la transferencia de fondos
que corresponde al PAGO A POSTERIORI DE UNA
EXPORTACION, cuyo embarque fue efectuado con
anterioridad al cobro de la misma. En este caso la eventual
transferencia de fondos suele ser efectuada por el ordenante
recién contra recepción del aviso (del exportador) de haber
efectuado el embarque o bien que los correspondientes
documentos de embarque le hayan sido remitidos.
En este caso la exteriorización de confianza se proyecta del
exportador hacia el importador.
57. Orden de Pago / Transferencia
PARTES INTERVINIENTES
• Ordenante o tomador que es el remitente y pagador
de los fondos transferidos.
• Banco emisor o remitente que es la entidad bancaria
del país importador que por cuenta y orden del
ordenante efectúa la transferencia.
• Banco Corresponsal o pagador que es la entidad
bancaria del país exportador quien por cuenta orden y
riesgo del banco emisor efectúa el pago al beneficiario
exportador.
• El Beneficiario que es el exportador o destinatario que
recibe y cobra los fondos transferidos.
58. Costos para órdenes de pago
Bco.del Bco. del
Importador Exportador
Comisiones y Gastos
Comis. Emisión X
Transferencia
Gasto Swift X
Comis. Ordenes de Pago X
59. OTRAS FORMAS DE PAGO
Cheque en divisas.
Pagaré.
Tarjeta de Crédito.
60. Código SWIFT
ISO 9362, también conocido como código
SWIFT o código BIC, es un código de
identificación bancaria utilizado para facilitar las
transferencias internacionales de dinero.
El código consta de 11 caracteres:
• Los primeros cuatro caracteres identifican el banco.
• Los siguientes dos caracteres, el país.
• Los siguientes dos caracteres, la localidad.
• Los últimos tres caracteres (opcionales) identifican la
oficina; se puede utilizar 'XXX' para referirse a la
principal.
61. Código SWIFT
Puede utilizarse una versión abreviada de 8
caracteres. En tal caso, se sobreentiende que la
oficina es la principal.
La Society for Worldwide Interbank Financial
Telecommunications (Red internacional de
comunicaciones financieras), SWIFT, gestiona
estos códigos. Por este motivo también se suele
llamar códigos SWIFT.
Existen unos 7.500 códigos activos (para
contrapartes conectadas activamente a la red
BIC) y alrededor de 10.000 códigos adicionales
usados en transacciones manuales.
62. ABA
Aba Routing Number o Routing Transit Number:
Código establecido por la Asociación Americana
de Banqueros, que sirve para identificar a las
instituciones financieras ante el Banco de la
Reserva Federal y ante otros bancos en los
Estados Unidos.
Código asignado a cada una de las instituciones
bancarias y a su vez a cada una de sus
sucursales. Suele constar de 9 dígitos y sirve
para facilitar las transferencias electrónicas de
dinero entre bancos (o particulares usando los
servicios bancarios).