EL CRÉDITO DOCUMENTARIO Sevilla, 25 de enero de 2012 Ángel José del Río Director de Comercio Internacional Banco Sabadell S.A.
ÍNDICE MÓDULO I - Introducción / Conocimientos previos Definición,  Las UCP 600 Análisis del L/C desde un punto de vista financiero MÓDULO II - Funcionamiento del Crédito Documentario El Contrato Comercial El MT700 y resto de mensajes swift referentes al L/C Esquema de funcionamiento Obligaciones y responsabilidades de cada una de las partes Los documentos requeridos MÓDULO III - El Crédito Documentario como Medio de Financiación Para el Importador: PREPAYMENT OFFER Para el exportador: Forfaiting / Descuento sin recurso
MÓDULO I Conocimientos previos
EL CRÉDITO DOCUMENTARIO DEFINICIÓN Crédito  s ignifica todo acuerdo, como quiera que se denomine o describa, que es  irrevocable  y por el que se constituye un compromiso firme del  banco  emisor  para honrar una presentación conforme. PEDIDO EN FIRME  e Irrevocable del importador al exportador AVAL  de ejecución segura (contra documentos conformes) Crédito Documentario, Carta de Crédito o L/C: ¿Qué es? Medio de pago + Instrumento de Garantía + Mecanismo de Financiación
Seguridad de cobro, especialmente si está confirmado Mayor facilidad de financiación Tramitación Bancaria  Protección Jurídica Adaptabilidad al contrato de Compra-Venta Rapidez en el cobro Control de los documentos hasta el momento del pago Mayores posibilidades de negocios Menor riesgo de cancelación de pedido Mayor coste que otros medios de pago Cumplimiento estricto con las condiciones del crédito VENTAJAS E INCONVENIENTES PARA EL VENDEDOR
Confirmación de la propia solvencia Recepción de todos los documentos necesarios Tramitación Bancaria Adaptabilidad al contrato de Compra-Venta Mayores posibilidades de pago aplazado Protección Jurídica Condiciones de entrega deseadas  Control sobre las fechas de entrega  Mayores posibilidades de negocio Se paga por los documentos, no por las mercancías  Mayor coste que otros medios de pago Para cancelar o modificar es necesario el acuerdo del vendedor VENTAJAS E INCONVENIENTES PARA EL COMPRADOR
LAS UCP 600 El  1 de julio de 2007  entró en vigencia la UCP 600 (Reglas y Usos Uniformes Relativos a los Créditos Documentarios). Esta nueva versión fue el producto de un largo estudio de actualización de la UCP 500, que estuvo vigente desde el año 1994, que tuvo por objeto integrar a la norma las prácticas en materia bancaria y eliminar la incertidumbre del pago de las cartas de crédito, debido a inconsistencias en el lenguaje. Según ciertos estudios más del 70% de las cartas de crédito son rechazadas para su pago por que los documentos que se deben entregar para su pago no cumplen con los requisitos de la propia carta de crédito.
El hecho que la UCP 600 (Uniform Customs and Practices for Documentary Credit) haya entrado en vigencia, no deroga la UCP 500 (su antecesora).  Una de las principales diferencias con la norma anterior es que se redujeron sus artículos de 49 a 38. No obstante, en el fondo de la norma no han habido mayores cambios. El cambio más importante consiste en la reducción del banco para revisar la documentación de 7 a 5 días bancarios. Conforme a la UCP 600 las cartas de crédito son irrevocables. Pero esta irrevocabilidad puede ser modificada si las partes lo acuerda expresamente, ya que el art. 1 de la UCP 600 permite excluir la aplicación de los artículos que ellos acuerdan. Los créditos documentarios  irrevocables le otorgan mayor seguridad a un exportador, ya que no pueden ser modificados por la otra parte sin su acuerdo. LAS UCP 600
ANÁLISIS del CRÉDITO DOCUMENTARIO. Punto de vista bancario El CRÉDITO DOCUMENTARIO DE IMPORTACIÓN Obligación de pago Clasificación previa de riesgo Comunicación a la CIRBE – Riesgo de firma Financiación del pago Comunicación a la CIRBE – Riesgo financiero EL CRÉDITO DOCUMENTARIO DE EXPORTACIÓN Garantía de cobro Anticipo de cobro Comunicación a la CIRBE 1.- Con recurso 2.- Sin recurso NEGOCIACIÓN BANCARIA DE CONDICIONES Criterios de rentabilidad
MÓDULO II Funcionamiento del Crédito Documentario
EL CONTRATO COMERCIAL. Ejemplo práctico
EL CONTRATO COMERCIAL. Ejemplo práctico MODELO DE UN CONTRATO DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL  Conste por el presente documento, el contrato de COMPRAVENTA INTERNACIONAL que celebran de una parte la empresa .........................................con domicilio en …..…..... debidamente representada por su ............., identificado con …............. a quien en adelante se le denominará EL VENDEDOR; y de la otra parte, la empresa ..............................................................., con domicilio en ........................................................, debidamente representada por su ............................., identificado con .............................., en adelante EL COMPRADOR, en los términos y condiciones siguientes:  PRIMERA : Objeto del contrato  Mediante el presente documento, las partes convienen en celebrar una compraventa internacional de mercaderías, las cuales deberán cumplir con las condiciones siguientes:  MARCANCÍA  CANTIDAD  CALIDAD  ESPECIFICACIONES (de no haber espacio suficiente, se hará eso de Anexos que formarán parte del contrato).
SEGUNDA:  Precio  El precio de la mercadería descrita en la cláusula anterior asciende a la suma de ....................... (señalar el monto y la moneda pactada).  TERCERA:  Condiciones de entrega  Las partes acuerdan que la venta pactada a través del presente contrato se hará en términos .....................(señalar el término de entrega pactado de acuerdo a los INCOTERMS, versión 2010).  CUARTA:  Tiempo de entrega  Las partes convienen en que la entrega de la mercadería objeto del presente contrato se realizará ...............................(especificar fecha o período de entrega – fecha de embarque en el caso que resulte aplicable), fecha en la cual EL VENDEDOR deberá cumplir con esta obligación.  QUINTA:  Forma de entrega  EL VENDEDOR se obliga a hacer entrega de la mercadería objeto del presente contrato en el tiempo y lugar señalado en el mismo y cumpliendo con las especificaciones siguientes: .......................(señalar la forma de embalaje y la expedición de la mercadería).  La forma de transporte a utilizar será bajo la modalidad de (indicar si se trata de transporte marítimo, aéreo, terrestre o multimodal y la empresa transportista encargada).
SEXTA:  Inspección de los Bienes  Las partes convienen en que la inspección de la mercadería será realizada ...............................(señalar si antes o después del embarque y el lugar de inspección).  SÉPTIMA : Condiciones de pago  EL COMPRADOR se obliga al cumplimiento del pago del precio estipulado en la cláusula segunda bajo la modalidad de (señalar la modalidad convenida: pago a través de una cuenta bancaria abierta a favor de EL VENDEDOR, pago a través de una Advance Account, Crédito Documentario).  FORMA DE PAGO  PLAZO DE PAGO  MEDIO DE PAGO  GASTOS BANCARIOS  CONDICIONES ESPECIALES  OCTAVA:  Documentos  EL VENDEDOR deberá cumplir con la presentación de los siguientes documentos: (se hará referencia a los documentos a ser remitidos por EL VENDEDOR de acuerdo a las condiciones de entrega que hayan sido pactadas; los cuales pueden diferir en relación a los que sean solicitados si la forma de pago es una Carta de Crédito).
NOVENA:  Resolución del Contrato Las partes podrán resolver el presente contrato si se produce el incumplimiento de alguna de las obligaciones estipuladas en el presente contrato.  DÉCIMA:  Responsabilidad en la Demora  (solo en caso de que se haya modificado el tiempo de entrega estipulado en el contrato. Se hará referencia al porcentaje a pagar sobre el precio de la mercadería en función al tiempo transcurrido y por los posibles daños que haya sufrido la mercadería).  DÉCIMO PRIMERA:  Ley Aplicable  Las partes acuerdan que la ley para las obligaciones estipuladas en el presente contrato será la de .......................................... (señalar el país de la ley aplicable o, de ser el caso, la Convención de las Naciones Unidas sobre Compraventa Internacional).  DÉCIMO SEGUNDA:  Solución de Controversias  Para los efectos del presente contrato, las partes contratantes señalan como sus domicilios los mencionados en la parte introductoria de este documento, sometiéndose ambas partes al arbitraje del Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional de Lima, a cuyas normas y procedimiento se someten de manera voluntaria.  Firmado por duplicado, en ............................a ...... del mes de ............. de ................  EL VENDEDOR  EL COMPRADOR
EL MT 700  y  el resto de mensajes swift referentes al L/C
Categoría MT-7XX: créditos y garantías Los más habituales MT700: Emisión de crédito MT707: Modificación MT734: Aviso de rechazo de documentos MT740: Autorización de reembolso MT750: Aviso de documentos con discrepancias MT752: Aviso de aceptación de documentos discrepantes MT754: Aviso de pago, aceptación o negociación MT756: Aviso de pago o reembolso  MT760: Garantía MT799: Formato libre El Crédito Documentario Mensajes categoría 700
Sujeción a los Usos y Reglas de la CCI (UCP600) siempre y cuando el texto del crédito lo indique expresamente  SWIFT MT700 / MT710 / MT720 campo 40E  UCP LATEST VERSION UCPURR LATEST VERSION No debe mencionar que seguirán detalles completos o expresión similar Art 11 (b). El preaviso compromete a emitir el instrumento operativo en los términos del preaviso El Crédito Documentario Mensajes categoría 700
Crédito Documentario. Esquema de Funcionamiento Importador de Argelia Exportador Español Banco Argelino Emisor Caja/Banco Español Avisador / Confirmador / Negociador Puerto de destino Banco Corresponsal Corresponsal en USA del Banco de Argelia 2 3 8´ 5 6a 6b 1 7  8 a 8 a 8 b 4 ESQUEMA DE FUNCIONAMIENTO PASO A PASO
Solicitud de la apertura del crédito. Emisión del crédito. Aviso de la apertura e informe de la confirmación (si es con confirmación). Envío de la mercancía. Presentación de los documentos comerciales. 6.    ( a) Envío de los documentos comerciales.   (b) Aviso por swift de la conformidad de los documentos, de las     discrepancias de los documentos / del compromiso del pago en las     condiciones establecidas.  7.   Entrega de los documentos solicitados en el crédito documentario. 8.   (a) Reembolso de la operación.   (b) Abono de cuenta. 8´.  Recogida de la mercancía en el lugar de destino.
El Crédito Documentario Momentos «críticos» en un crédito documentario Negociación  de la compraventa Establecer plazos y condiciones del crédito COMPRADOR VENDEDOR COMPRADOR Solicitud  de emisión Solicitud clara, completa y precisa VENDEDOR Recepción  del crédito documentario Revisar las condiciones VENDEDOR Utilización   Presentación correcta y con tiempo
OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES  DE CADA UNA DE LAS PARTES
El Crédito Documentario Confirmación Confirmación  significa un compromiso firme del banco confirmador,  que se añade al del banco emisor , para honrar o negociar una presentación conforme El banco confirmador tiene una obligación de pago independiente de la del banco emisor La obligación del banco confirmador se establece en las mismas condiciones que la del banco emisor Obligación de pago sólo si la utilización es conforme (necesidad de ver documentos)
El Crédito Documentario Banco confirmador Banco confirmador  significa el banco que añade su confirmación a un crédito  con la autorización o a petición  del banco emisor. El crédito debe solicitar o autorizar la confirmación Si un banco añade su compromiso (confirmación) a la obligación de otro banco, y lo hace sin su solicitud o autorización confirmación silenciosa adquiere ante el beneficiario todas las obligaciones de un confirmador no adquiere ante el banco emisor ninguno de los derechos de un banco confirmador
El Crédito Documentario Disponibilidad, fecha de vencimiento y lugar de presentación El crédito debe indicar el banco con el que es disponible o si es disponible en cualquier banco.  Un crédito disponible en un banco designado es también disponible en el banco emisor .  El beneficiario puede elegir entre presentar al banco designado presentar al emisor Si acude al banco emisor puede hacerlo por medio del banco de su elección el riesgo de pérdida es por su cuenta la fecha última de presentación será en las oficinas del banco emisor
El crédito debe indicar si es disponible para pago a la vista, pago diferido, aceptación o negociación. [=forma de disponibilidad] El crédito debe indicar una fecha de vencimiento para la presentación. [=límite de disponibilidad] La ubicación del banco en el que el crédito es disponible es el lugar de presentación. [=lugar de disponibilidad] Banco designado, que es ... Banco en el que el crédito es disponible, que es ... Banco en el que se ubica el lugar de presentación, que es ... Banco en el que ocurre el vencimiento para presentación. Disponibilidad = [ forma  +  lugar  +  límite ] para presentación. Por tanto ¿cómo puede ser disponible con el banco emisor pero tener vencimiento de presentación en el banco avisador? El Crédito Documentario Disponibilidad, fecha de vencimiento y lugar de presentación
El Crédito Documentario Fecha final de presentación El crédito  debe indicar una fecha de vencimiento para la presentación . Una fecha de vencimiento indicada para honrar o negociar será considerada como una fecha de vencimiento para la presentación. Una presentación que incluya uno o más documentos de transporte originales (…), debe efectuarse por o por cuenta del beneficiario  no más tarde de 21 días naturales después de la fecha de embarque  (…), pero en ningún caso con posterioridad a la fecha de vencimiento del crédito.
El Crédito Documentario Tolerancias en el importe del crédito, la cantidad y los precios unitarios Los términos "alrededor de" o "aproximadamente" en relación con  importe ,  cantidad  o  precio , permiten una tolerancia de más/menos 10 % en el importe, cantidad o precio a que se refieran.  Se permite una tolerancia de más/menos 5% en la  cantidad  de mercancías, siempre que el crédito no estipule la cantidad mediante un número determinado de unidades o de artículos y el importe total de las utilizaciones no exceda el importe del crédito. Se permite una tolerancia de menos 5% sobre el  importe  del crédito, siempre que la cantidad de mercancías se embarque en su totalidad y el precio unitario no se reduzca. Esta tolerancia no es compatible con cualquier otra.
El Crédito Documentario Utilizaciones o expediciones parciales Están  permitidas Presentación conteniendo más de un juego de documentos de transporte Es aceptable:  expedición iniciada en el  mismo medio  y  mismo viaje  con  mismo destino aun cuando tenga diferentes fechas de embarque y diferentes puertos de carga, lugares de toma para carga o despacho. la fecha de embarque será la última contenida en un documento No es aceptable: expedición en más de un medio de transporte , aun dentro del mismo modo y con misma fecha de salida
El Crédito Documentario El transbordo Aun cuando el crédito prohíba el transbordo, los bancos aceptarán documentos de transporte que indiquen que el transbordo puede llevarse a cabo o se llevará a cabo Siempre y cuando el transporte esté cubierto por un único documento de transporte Excepciones: Embarque puerto a puerto no contenedorizado Charter party
El Crédito Documentario Documentos originales y copias ¿ Qué es un original? Las UCP600 ponen el foco en la definición de original. Los bancos tratarán como original un documento Que  lleve en original  una firma, marca, sello o etiqueta del emisor del documento Que haya sido escrito, mecanografiado, perforado o sellado  por el propio emisor de forma manual Que esté en  papel con membrete original  del emisor Que  indique  (de forma propia) que es original Recoge los principios del dictamen de la Comisión Bancaria 470/871 de 12/07/1999 sobre determinación de originales
El Crédito Documentario Documentos originales y copias Al menos un original de cada documento Se aceptan originales en lugar de copias Si se utilizan expresiones tales como “en duplicado”, “en dos ejemplares” o “en dos copias”, bastará la presentación de al menos un original y el número restante en copias.
El Crédito Documentario Algunas interpretaciones ... Sobre expresiones inconcretas: Expresiones tales como “primera clase”, “bien conocido”, “cualificado”, “independiente”, “oficial”, “competente” o “local” utilizadas para describir al emisor de un documento permiten que cualquier emisor, excepto el beneficiario, emita dicho documento. Sobre las firmas: Un documento puede estar firmado a mano, mediante firma facsímil, firma perforada, sello, símbolo o cualquier otro método de autenticación mecánico o electrónico. Sobre las sucursales en el extranjero: Las sucursales de un banco en países diferentes se considerarán bancos distintos.
El Crédito Documentario Modificaciones Un crédito no se puede modificar sin el consentimiento del banco emisor, del banco confirmador y del beneficiario. El banco emisor puede negarse a aceptar una modificación, incluso aunque el ordenante esté de acuerdo. El banco emisor queda obligado desde el momento en que emite la modificación.  El banco confirmador queda obligado desde el momento en que notifíque la modificación - excepto que opte por notificarla sin su confirmación - de lo que debe informar al banco emisor  y al beneficiario.  La aceptación parcial no está permitida y será considerada como una comunicación de rechazo de la modificación.
El Crédito Documentario Modificaciones Los términos y condiciones del crédito permanecerán en vigor para el beneficiario hasta que éste acepte la modificación.  El beneficiario debería comunicar su aceptación o rechazo de una modificación.  si no lo hace, la presentación conforme con la modificación se considerará como comunicación de su aceptación.  En una modificación, no se tendrá en cuenta una disposición que indique que la modificación entrará en vigor salvo que sea rechazada por el beneficiario en un período determinado.  entrará en vigor salvo que sea rechazada en X días no entrará en vigor si no es aceptada en X días
El Crédito Documentario Ser Banco designado Banco designado  significa el  banco en el que el crédito es disponible  o cualquier banco en el caso de un crédito  disponible con cualquier banco. Banco designado es agente del emisor ante el beneficiario La disposición se realiza en el banco designado presentación a efectos del crédito documentario (plazos, revisión, compromisos, obligaciones, exoneraciones…) Disponible con cualquier banco ( available with any bank ) libre disponibilidad óptima para el beneficiario y su banco
El Crédito Documentario Honrar un Crédito Honrar  ( honour ) significa pagar  a la vista, contraer un compromiso de pago diferido  y pagar al vencimiento, aceptar un giro  librado por el beneficiario y pagar al vencimiento. ¿Qué ocurre si el banco designado en un crédito disponible para pago diferido no entrega su compromiso de pago?  no estaría honrando según las UCP600 no generaría un derecho a ser reembolsado por el banco emisor o confirmador
El Crédito Documentario Negociación Negociación  significa  la  compra  por el banco designado ...  anticipando  o acordando anticipar fondos al beneficiario. Puede comprarse giro o documentos El banco negociador obtiene los derechos del crédito como contrapartida a su compra El giro sería contra un banco distinto (normalmente contra el banco emisor) La compra puede ser cualquier día antes del vencimiento Si el banco ha confirmado  negocia sin recurso ,  si no ha confirmado  negocia con recurso .
El Crédito Documentario Normas para el examen de los documentos El  banco designado   que actúe conforme a su designación , el  banco confirmador , si lo hubiere, y el  banco emisor  dispondrán cada uno de ellos de un  máximo de cinco días  hábiles bancarios contados a partir del día siguiente al de la presentación para determinar si dicha presentación es conforme. Diferencias con UCP500 Máximo pasa de 7 a 5 días  No hay mención a tiempo razonable
Los datos en un documento (…)  no es necesario que sean idénticos , pero  no deben ser contradictorios , a  los datos en ese documento, en cualquier otro documento  requerido  o en el crédito. ¿Deben los bancos revisar la concordancia de datos en los documentos cuando el crédito no lo requiera? ( linkage ) Dos puntos de vista deberían comprobar sólo su concordancia con el crédito deberían comprobar la concordancia entre ellos UCP500: los documentos que no concuerden entre sí serán considerados como que no están de acuerdo con el crédito (13.a) UCP500: not inconsistent - no concordar UCP600:  not in  conflict  - no entrar en contradicción  El Crédito Documentario Normas para el examen de los documentos
Si un crédito exige la presentación de un documento distinto  del documento de transporte,  del documento de seguro o  de la factura comercial,  Sin estipular quién debe emitirlo o los datos que debe contener, los bancos aceptarán el documento tal y como les sea presentado,  siempre que su contenido   parezca cumplir la función del documento exigido Condición sin estipular documento = condición no establecida y no se tendrá en cuenta  El Crédito Documentario Normas para el examen de los documentos
Direcciones de beneficiario y ordenante  No es necesario que sean las mismas  que las indicadas en el crédito o en cualquier otro documento requerido, aunque  deben estar en el mismo país .  Datos de contacto  No se tendrán en cuenta  los datos de contacto (telefax, teléfono, correo electrónico y similares).  Sin embargo, dirección y datos de contacto del ordenante  deben ser los indicados en el crédito  cuando formen parte de los datos de contacto del consignatario o de la  parte a notificar  en un documento de transporte. ( notify party ) El Crédito Documentario Normas para el examen de los documentos
El documento de transporte  puede ser emitido por cualquier parte distinta del transportista , propietario, capitán o fletador a condición de que el documento de transporte cumpla los requisitos de los artículos 19, 20, 21, 22, 23 ó 24 de estas reglas. UCP500. Artículo 30 - Documentos de transporte de transitario UCP600. No hay artículo específico ¿Dejan de aceptarse los documentos de transitario? No, el 14.l permitiría su presentación  siempre que cumpla con 19, 20, 21, 22, 23 o 24: el transitario aparezca como transportista el transitario aparezca como agente del transportista indicado  Atención : Es distinto cuando el crédito acepta documento de transitario el transitario puede firmar como transitario no se trata de un documento de transporte (se rige por 14.f) El Crédito Documentario Normas para el examen de los documentos
El Crédito Documentario  Documentos discrepantes, renuncia y notificación ( 16.c) Cuando el banco designado, el banco confirmador o el banco emisor deciden rechazar el honrar o negociar, deben efectuar, a tal efecto,  una única notificación al presentador  indicando: el rechazo (a honrar o negociar)  las discrepancias (todas y cada una de ellas) la situación de disponibilidad de los documentos: a la espera de instrucciones del presentador devuelve los documentos al presentador a la espera de instrucciones,  excepto que antes el ordenante renuncie a las discrepancias  (y el banco esté de acuerdo.)
La notificación debe efectuarse por telecomunicación dentro de los  cinco días  posteriores al de presentación El banco  podrá devolver los documentos al presentador en cualquier momento , incluso tras la notificación en la que comunicaba que quedaban a su disposición. Si el  banco emisor o el banco confirmador  no actuasen de acuerdo con las disposiciones del artículo 16,  perderán el derecho a alegar que la presentación no es conforme . La pérdida del derecho a alegar que la presentación no es conforme no se aplica al banco designado que no sea banco confirmador. El Crédito Documentario   Documentos discrepantes, renuncia y notificación
LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS
ARTÍCULO 18. Factura comercial La factura comercial: debe haber sido emitida por el beneficiario  debe estar emitida a nombre del ordenante debe estar emitida en la misma moneda del crédito no es necesario que esté firmada. La descripción de las mercancías, servicios o prestaciones en la factura comercial debe corresponder con la que aparece en el crédito.
ARTÍCULOS sobre documentos de transporte Documento de transporte cubriendo al menos dos modos distintos de transporte Conocimiento de embarque Documento de embarque marítimo no negociable Conocimiento de embarque sujeto a contrato de  fletamento Documento de transporte aéreo Documentos de transporte por carretera, ferrocarril o vías de navegación interior 25.  Resguardo de mensajería, resguardo postal o certificado de envío postal
Funciones del documento de transporte Comunes a todos los documentos: PROBATORIA de la existencia del contrato PROBATORIA de la recepción de la mercancía por el transportista y del estado aparente de la mercancía Específica de los  Bill of Lading : TÍTULO-VALOR que representa la mercancía: Tiempo de inmovilización: posibilidad de venta del bien Necesaria presentación del documento Control del juego completo (full set)
El documento de transporte. Consignación Documentos de título Al portador (to the bearer / to the holder) A la orden (to the order) Nominativos Resto de documentos Nominativos
Artículo 28. Documento de seguro y cobertura Debe estar aparentemente  emitido y firmado  por una compañía aseguradora, un asegurador o sus agentes o apoderados. nueva figura en UCP: apoderado (proxy) Se aceptará una  póliza en lugar de un certificado La fecha  no puede ser posterior a la fecha de embarque , excepto que indique efectividad con una fecha anterior El requisito de que la cobertura sea un porcentaje del valor, se considerará que es un  requisito de mínimo de cobertura 110% de $111.542’58 = $122.696’838 aclaración en UCP600: cobertura por $122.697 es conforme
Artículo 28. Documento de seguro y cobertura Si el crédito no indica nada al respecto, la cobertura será por lo menos el  110% del valor CIF o CIP Debe indicar que los  riesgos están   cubiertos al menos  entre el lugar de origen y el lugar destino indicados en el crédito Si el crédito requiere un seguro “a todo riesgo”,  cualquier anotación “a todo riesgo” será aceptable , sin tener en cuenta los riesgos que se excluyan El documento de seguro puede contener una referencia a cualquier  cláusula de exclusión Radioactive contamination exclusion clause Unseaworthiness and unfitness exclusion clause
Las ICC International Cargo Clauses ICC “A”, “B” y “C” desde 1982 sustituyen a las anteriores “ all risks ”, “ with average ” y “ free of particular average ”. La póliza en condiciones (A)  incluye todos los riesgos  excepto los que explícitamente estén excluidos. Todas incluyen cláusula de tránsito o almacén a almacén ( warehouse to warehose ) ICC (C) incluye coberturas básicas incendio, hundimiento, avería gruesa (sacrificio de carga), daños en descarga … ICC (B) incluye además terremoto, arrastre por las olas, mojaduras, pérdida total en carga y descarga ...
Las ICC (A) Riesgos excluidos conducta dolosa del asegurado pérdidas naturales de peso o volumen pérdidas por insuficiencia de embalaje vicio propio de la cosa demoras daños nucleares falta de idoneidad del buque si el asegurado tenía conocimiento en el momento de la carga Terrorismo guerra : añadir  Institute War Clauses huelga : añadir  Strikes, Riots and Civil Commotions (SRCC)
Documentos de origen En la Unión Europea son emitidos por las Cámaras de Comercio Atención certificados de origen especiales: EUR1 (países con acuerdo preferencial con la UE) Form A (países del Sistema de Preferencias Generalizadas) Certificado combinado de valor y origen (Nigeria, p.ej.)
ÚLTIMAS CONSIDERACIONES
Modalidades Además, pueden ser : transferibles anticipatorios  (de «cláusula roja/verde») revolving Back-to-Back  (= forma de garantía) Todos los créditos son : irrevocables  confirmados  o sin confirmar comerciales  o standby
Promesas de pago condicionadas Crédito documentario Garantía a primer requerimiento Crédito contingente o  standby Fianza ( suretyship ) UCP600 URDG758 ISP98 (o UCP) URCB524
MÓDULO III El Crédito Documentario como Medio de Financiación
PARA EL IMPORTADOR Créditos documentarios de importación CON PAGO DIFERIDO Prepaymet Offer
PARA EL EXPORTADOR Forfaiting - Concepto Consiste en la compra  sin recurso  de un compromiso de pago a medio o largo plazo, documentado en instrumentos de pago negociables emitidos con vencimiento aplazado. El compromiso de pago debe ser instrumentado mediante efectos comerciales (letras o pagarés), créditos documentarios, garantías bancarias sobre compromisos de pago, etc. Este tipo de financiación proporciona al exportador ventajas financieras y administrativas significativas.
Forfaiting  - Ventajas Financieras : Reduce el plazo de cobro Incrementa la liquidez / tesorería y genera recursos invertibles Libera el consumo de líneas de financiación con bancos, permite financiación sin endeudamiento -> No aparece en CIRBE Mejora de ratios de balance Financia el 100% de la operación Elimina primas de seguros comerciales No está condicionado por el origen de la mercancía Administrativas : Simplicidad administrativa Documentación exigida mínima  (Oferta - Aceptación - Cesión) Periodo de estudio y decisión reducido (Especialmente con aval bancario)
Créditos documentarios exportación: Pueden ser operaciones confirmadas o no confirmadas Pueden ser disponibles en cualquier entidad financiera española  Letras avaladas por bancos extranjeros Derechos de cobro sobre operaciones únicas amparadas en garantías bancarias -> en base a la aceptación de la cesión de los derechos de cobro por el banco garante y el deudor Intermediación en operaciones del riesgo corporativo extranjero sin necesidad de aval ->  necesidad de un mayor tiempo de estudio Forfaiting  - Modalidades
MUCHAS GRACIAS

El Crédito Documentario

  • 1.
    EL CRÉDITO DOCUMENTARIOSevilla, 25 de enero de 2012 Ángel José del Río Director de Comercio Internacional Banco Sabadell S.A.
  • 2.
    ÍNDICE MÓDULO I- Introducción / Conocimientos previos Definición, Las UCP 600 Análisis del L/C desde un punto de vista financiero MÓDULO II - Funcionamiento del Crédito Documentario El Contrato Comercial El MT700 y resto de mensajes swift referentes al L/C Esquema de funcionamiento Obligaciones y responsabilidades de cada una de las partes Los documentos requeridos MÓDULO III - El Crédito Documentario como Medio de Financiación Para el Importador: PREPAYMENT OFFER Para el exportador: Forfaiting / Descuento sin recurso
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  • 4.
    EL CRÉDITO DOCUMENTARIODEFINICIÓN Crédito s ignifica todo acuerdo, como quiera que se denomine o describa, que es irrevocable y por el que se constituye un compromiso firme del banco emisor para honrar una presentación conforme. PEDIDO EN FIRME e Irrevocable del importador al exportador AVAL de ejecución segura (contra documentos conformes) Crédito Documentario, Carta de Crédito o L/C: ¿Qué es? Medio de pago + Instrumento de Garantía + Mecanismo de Financiación
  • 5.
    Seguridad de cobro,especialmente si está confirmado Mayor facilidad de financiación Tramitación Bancaria Protección Jurídica Adaptabilidad al contrato de Compra-Venta Rapidez en el cobro Control de los documentos hasta el momento del pago Mayores posibilidades de negocios Menor riesgo de cancelación de pedido Mayor coste que otros medios de pago Cumplimiento estricto con las condiciones del crédito VENTAJAS E INCONVENIENTES PARA EL VENDEDOR
  • 6.
    Confirmación de lapropia solvencia Recepción de todos los documentos necesarios Tramitación Bancaria Adaptabilidad al contrato de Compra-Venta Mayores posibilidades de pago aplazado Protección Jurídica Condiciones de entrega deseadas Control sobre las fechas de entrega Mayores posibilidades de negocio Se paga por los documentos, no por las mercancías Mayor coste que otros medios de pago Para cancelar o modificar es necesario el acuerdo del vendedor VENTAJAS E INCONVENIENTES PARA EL COMPRADOR
  • 7.
    LAS UCP 600El 1 de julio de 2007 entró en vigencia la UCP 600 (Reglas y Usos Uniformes Relativos a los Créditos Documentarios). Esta nueva versión fue el producto de un largo estudio de actualización de la UCP 500, que estuvo vigente desde el año 1994, que tuvo por objeto integrar a la norma las prácticas en materia bancaria y eliminar la incertidumbre del pago de las cartas de crédito, debido a inconsistencias en el lenguaje. Según ciertos estudios más del 70% de las cartas de crédito son rechazadas para su pago por que los documentos que se deben entregar para su pago no cumplen con los requisitos de la propia carta de crédito.
  • 8.
    El hecho quela UCP 600 (Uniform Customs and Practices for Documentary Credit) haya entrado en vigencia, no deroga la UCP 500 (su antecesora). Una de las principales diferencias con la norma anterior es que se redujeron sus artículos de 49 a 38. No obstante, en el fondo de la norma no han habido mayores cambios. El cambio más importante consiste en la reducción del banco para revisar la documentación de 7 a 5 días bancarios. Conforme a la UCP 600 las cartas de crédito son irrevocables. Pero esta irrevocabilidad puede ser modificada si las partes lo acuerda expresamente, ya que el art. 1 de la UCP 600 permite excluir la aplicación de los artículos que ellos acuerdan. Los créditos documentarios irrevocables le otorgan mayor seguridad a un exportador, ya que no pueden ser modificados por la otra parte sin su acuerdo. LAS UCP 600
  • 9.
    ANÁLISIS del CRÉDITODOCUMENTARIO. Punto de vista bancario El CRÉDITO DOCUMENTARIO DE IMPORTACIÓN Obligación de pago Clasificación previa de riesgo Comunicación a la CIRBE – Riesgo de firma Financiación del pago Comunicación a la CIRBE – Riesgo financiero EL CRÉDITO DOCUMENTARIO DE EXPORTACIÓN Garantía de cobro Anticipo de cobro Comunicación a la CIRBE 1.- Con recurso 2.- Sin recurso NEGOCIACIÓN BANCARIA DE CONDICIONES Criterios de rentabilidad
  • 10.
    MÓDULO II Funcionamientodel Crédito Documentario
  • 11.
    EL CONTRATO COMERCIAL.Ejemplo práctico
  • 12.
    EL CONTRATO COMERCIAL.Ejemplo práctico MODELO DE UN CONTRATO DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL Conste por el presente documento, el contrato de COMPRAVENTA INTERNACIONAL que celebran de una parte la empresa .........................................con domicilio en …..…..... debidamente representada por su ............., identificado con …............. a quien en adelante se le denominará EL VENDEDOR; y de la otra parte, la empresa ..............................................................., con domicilio en ........................................................, debidamente representada por su ............................., identificado con .............................., en adelante EL COMPRADOR, en los términos y condiciones siguientes: PRIMERA : Objeto del contrato Mediante el presente documento, las partes convienen en celebrar una compraventa internacional de mercaderías, las cuales deberán cumplir con las condiciones siguientes: MARCANCÍA CANTIDAD CALIDAD ESPECIFICACIONES (de no haber espacio suficiente, se hará eso de Anexos que formarán parte del contrato).
  • 13.
    SEGUNDA: Precio El precio de la mercadería descrita en la cláusula anterior asciende a la suma de ....................... (señalar el monto y la moneda pactada). TERCERA: Condiciones de entrega Las partes acuerdan que la venta pactada a través del presente contrato se hará en términos .....................(señalar el término de entrega pactado de acuerdo a los INCOTERMS, versión 2010). CUARTA: Tiempo de entrega Las partes convienen en que la entrega de la mercadería objeto del presente contrato se realizará ...............................(especificar fecha o período de entrega – fecha de embarque en el caso que resulte aplicable), fecha en la cual EL VENDEDOR deberá cumplir con esta obligación. QUINTA: Forma de entrega EL VENDEDOR se obliga a hacer entrega de la mercadería objeto del presente contrato en el tiempo y lugar señalado en el mismo y cumpliendo con las especificaciones siguientes: .......................(señalar la forma de embalaje y la expedición de la mercadería). La forma de transporte a utilizar será bajo la modalidad de (indicar si se trata de transporte marítimo, aéreo, terrestre o multimodal y la empresa transportista encargada).
  • 14.
    SEXTA: Inspecciónde los Bienes Las partes convienen en que la inspección de la mercadería será realizada ...............................(señalar si antes o después del embarque y el lugar de inspección). SÉPTIMA : Condiciones de pago EL COMPRADOR se obliga al cumplimiento del pago del precio estipulado en la cláusula segunda bajo la modalidad de (señalar la modalidad convenida: pago a través de una cuenta bancaria abierta a favor de EL VENDEDOR, pago a través de una Advance Account, Crédito Documentario). FORMA DE PAGO PLAZO DE PAGO MEDIO DE PAGO GASTOS BANCARIOS CONDICIONES ESPECIALES OCTAVA: Documentos EL VENDEDOR deberá cumplir con la presentación de los siguientes documentos: (se hará referencia a los documentos a ser remitidos por EL VENDEDOR de acuerdo a las condiciones de entrega que hayan sido pactadas; los cuales pueden diferir en relación a los que sean solicitados si la forma de pago es una Carta de Crédito).
  • 15.
    NOVENA: Resolucióndel Contrato Las partes podrán resolver el presente contrato si se produce el incumplimiento de alguna de las obligaciones estipuladas en el presente contrato. DÉCIMA: Responsabilidad en la Demora (solo en caso de que se haya modificado el tiempo de entrega estipulado en el contrato. Se hará referencia al porcentaje a pagar sobre el precio de la mercadería en función al tiempo transcurrido y por los posibles daños que haya sufrido la mercadería). DÉCIMO PRIMERA: Ley Aplicable Las partes acuerdan que la ley para las obligaciones estipuladas en el presente contrato será la de .......................................... (señalar el país de la ley aplicable o, de ser el caso, la Convención de las Naciones Unidas sobre Compraventa Internacional). DÉCIMO SEGUNDA: Solución de Controversias Para los efectos del presente contrato, las partes contratantes señalan como sus domicilios los mencionados en la parte introductoria de este documento, sometiéndose ambas partes al arbitraje del Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional de Lima, a cuyas normas y procedimiento se someten de manera voluntaria. Firmado por duplicado, en ............................a ...... del mes de ............. de ................ EL VENDEDOR EL COMPRADOR
  • 16.
    EL MT 700 y el resto de mensajes swift referentes al L/C
  • 17.
    Categoría MT-7XX: créditosy garantías Los más habituales MT700: Emisión de crédito MT707: Modificación MT734: Aviso de rechazo de documentos MT740: Autorización de reembolso MT750: Aviso de documentos con discrepancias MT752: Aviso de aceptación de documentos discrepantes MT754: Aviso de pago, aceptación o negociación MT756: Aviso de pago o reembolso MT760: Garantía MT799: Formato libre El Crédito Documentario Mensajes categoría 700
  • 18.
    Sujeción a losUsos y Reglas de la CCI (UCP600) siempre y cuando el texto del crédito lo indique expresamente SWIFT MT700 / MT710 / MT720 campo 40E UCP LATEST VERSION UCPURR LATEST VERSION No debe mencionar que seguirán detalles completos o expresión similar Art 11 (b). El preaviso compromete a emitir el instrumento operativo en los términos del preaviso El Crédito Documentario Mensajes categoría 700
  • 19.
    Crédito Documentario. Esquemade Funcionamiento Importador de Argelia Exportador Español Banco Argelino Emisor Caja/Banco Español Avisador / Confirmador / Negociador Puerto de destino Banco Corresponsal Corresponsal en USA del Banco de Argelia 2 3 8´ 5 6a 6b 1 7 8 a 8 a 8 b 4 ESQUEMA DE FUNCIONAMIENTO PASO A PASO
  • 20.
    Solicitud de laapertura del crédito. Emisión del crédito. Aviso de la apertura e informe de la confirmación (si es con confirmación). Envío de la mercancía. Presentación de los documentos comerciales. 6. ( a) Envío de los documentos comerciales. (b) Aviso por swift de la conformidad de los documentos, de las discrepancias de los documentos / del compromiso del pago en las condiciones establecidas. 7. Entrega de los documentos solicitados en el crédito documentario. 8. (a) Reembolso de la operación. (b) Abono de cuenta. 8´. Recogida de la mercancía en el lugar de destino.
  • 21.
    El Crédito DocumentarioMomentos «críticos» en un crédito documentario Negociación de la compraventa Establecer plazos y condiciones del crédito COMPRADOR VENDEDOR COMPRADOR Solicitud de emisión Solicitud clara, completa y precisa VENDEDOR Recepción del crédito documentario Revisar las condiciones VENDEDOR Utilización Presentación correcta y con tiempo
  • 22.
    OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE CADA UNA DE LAS PARTES
  • 23.
    El Crédito DocumentarioConfirmación Confirmación significa un compromiso firme del banco confirmador, que se añade al del banco emisor , para honrar o negociar una presentación conforme El banco confirmador tiene una obligación de pago independiente de la del banco emisor La obligación del banco confirmador se establece en las mismas condiciones que la del banco emisor Obligación de pago sólo si la utilización es conforme (necesidad de ver documentos)
  • 24.
    El Crédito DocumentarioBanco confirmador Banco confirmador significa el banco que añade su confirmación a un crédito con la autorización o a petición del banco emisor. El crédito debe solicitar o autorizar la confirmación Si un banco añade su compromiso (confirmación) a la obligación de otro banco, y lo hace sin su solicitud o autorización confirmación silenciosa adquiere ante el beneficiario todas las obligaciones de un confirmador no adquiere ante el banco emisor ninguno de los derechos de un banco confirmador
  • 25.
    El Crédito DocumentarioDisponibilidad, fecha de vencimiento y lugar de presentación El crédito debe indicar el banco con el que es disponible o si es disponible en cualquier banco. Un crédito disponible en un banco designado es también disponible en el banco emisor . El beneficiario puede elegir entre presentar al banco designado presentar al emisor Si acude al banco emisor puede hacerlo por medio del banco de su elección el riesgo de pérdida es por su cuenta la fecha última de presentación será en las oficinas del banco emisor
  • 26.
    El crédito debeindicar si es disponible para pago a la vista, pago diferido, aceptación o negociación. [=forma de disponibilidad] El crédito debe indicar una fecha de vencimiento para la presentación. [=límite de disponibilidad] La ubicación del banco en el que el crédito es disponible es el lugar de presentación. [=lugar de disponibilidad] Banco designado, que es ... Banco en el que el crédito es disponible, que es ... Banco en el que se ubica el lugar de presentación, que es ... Banco en el que ocurre el vencimiento para presentación. Disponibilidad = [ forma + lugar + límite ] para presentación. Por tanto ¿cómo puede ser disponible con el banco emisor pero tener vencimiento de presentación en el banco avisador? El Crédito Documentario Disponibilidad, fecha de vencimiento y lugar de presentación
  • 27.
    El Crédito DocumentarioFecha final de presentación El crédito debe indicar una fecha de vencimiento para la presentación . Una fecha de vencimiento indicada para honrar o negociar será considerada como una fecha de vencimiento para la presentación. Una presentación que incluya uno o más documentos de transporte originales (…), debe efectuarse por o por cuenta del beneficiario no más tarde de 21 días naturales después de la fecha de embarque (…), pero en ningún caso con posterioridad a la fecha de vencimiento del crédito.
  • 28.
    El Crédito DocumentarioTolerancias en el importe del crédito, la cantidad y los precios unitarios Los términos "alrededor de" o "aproximadamente" en relación con importe , cantidad o precio , permiten una tolerancia de más/menos 10 % en el importe, cantidad o precio a que se refieran. Se permite una tolerancia de más/menos 5% en la cantidad de mercancías, siempre que el crédito no estipule la cantidad mediante un número determinado de unidades o de artículos y el importe total de las utilizaciones no exceda el importe del crédito. Se permite una tolerancia de menos 5% sobre el importe del crédito, siempre que la cantidad de mercancías se embarque en su totalidad y el precio unitario no se reduzca. Esta tolerancia no es compatible con cualquier otra.
  • 29.
    El Crédito DocumentarioUtilizaciones o expediciones parciales Están permitidas Presentación conteniendo más de un juego de documentos de transporte Es aceptable: expedición iniciada en el mismo medio y mismo viaje con mismo destino aun cuando tenga diferentes fechas de embarque y diferentes puertos de carga, lugares de toma para carga o despacho. la fecha de embarque será la última contenida en un documento No es aceptable: expedición en más de un medio de transporte , aun dentro del mismo modo y con misma fecha de salida
  • 30.
    El Crédito DocumentarioEl transbordo Aun cuando el crédito prohíba el transbordo, los bancos aceptarán documentos de transporte que indiquen que el transbordo puede llevarse a cabo o se llevará a cabo Siempre y cuando el transporte esté cubierto por un único documento de transporte Excepciones: Embarque puerto a puerto no contenedorizado Charter party
  • 31.
    El Crédito DocumentarioDocumentos originales y copias ¿ Qué es un original? Las UCP600 ponen el foco en la definición de original. Los bancos tratarán como original un documento Que lleve en original una firma, marca, sello o etiqueta del emisor del documento Que haya sido escrito, mecanografiado, perforado o sellado por el propio emisor de forma manual Que esté en papel con membrete original del emisor Que indique (de forma propia) que es original Recoge los principios del dictamen de la Comisión Bancaria 470/871 de 12/07/1999 sobre determinación de originales
  • 32.
    El Crédito DocumentarioDocumentos originales y copias Al menos un original de cada documento Se aceptan originales en lugar de copias Si se utilizan expresiones tales como “en duplicado”, “en dos ejemplares” o “en dos copias”, bastará la presentación de al menos un original y el número restante en copias.
  • 33.
    El Crédito DocumentarioAlgunas interpretaciones ... Sobre expresiones inconcretas: Expresiones tales como “primera clase”, “bien conocido”, “cualificado”, “independiente”, “oficial”, “competente” o “local” utilizadas para describir al emisor de un documento permiten que cualquier emisor, excepto el beneficiario, emita dicho documento. Sobre las firmas: Un documento puede estar firmado a mano, mediante firma facsímil, firma perforada, sello, símbolo o cualquier otro método de autenticación mecánico o electrónico. Sobre las sucursales en el extranjero: Las sucursales de un banco en países diferentes se considerarán bancos distintos.
  • 34.
    El Crédito DocumentarioModificaciones Un crédito no se puede modificar sin el consentimiento del banco emisor, del banco confirmador y del beneficiario. El banco emisor puede negarse a aceptar una modificación, incluso aunque el ordenante esté de acuerdo. El banco emisor queda obligado desde el momento en que emite la modificación. El banco confirmador queda obligado desde el momento en que notifíque la modificación - excepto que opte por notificarla sin su confirmación - de lo que debe informar al banco emisor y al beneficiario. La aceptación parcial no está permitida y será considerada como una comunicación de rechazo de la modificación.
  • 35.
    El Crédito DocumentarioModificaciones Los términos y condiciones del crédito permanecerán en vigor para el beneficiario hasta que éste acepte la modificación. El beneficiario debería comunicar su aceptación o rechazo de una modificación. si no lo hace, la presentación conforme con la modificación se considerará como comunicación de su aceptación. En una modificación, no se tendrá en cuenta una disposición que indique que la modificación entrará en vigor salvo que sea rechazada por el beneficiario en un período determinado. entrará en vigor salvo que sea rechazada en X días no entrará en vigor si no es aceptada en X días
  • 36.
    El Crédito DocumentarioSer Banco designado Banco designado significa el banco en el que el crédito es disponible o cualquier banco en el caso de un crédito disponible con cualquier banco. Banco designado es agente del emisor ante el beneficiario La disposición se realiza en el banco designado presentación a efectos del crédito documentario (plazos, revisión, compromisos, obligaciones, exoneraciones…) Disponible con cualquier banco ( available with any bank ) libre disponibilidad óptima para el beneficiario y su banco
  • 37.
    El Crédito DocumentarioHonrar un Crédito Honrar ( honour ) significa pagar a la vista, contraer un compromiso de pago diferido y pagar al vencimiento, aceptar un giro librado por el beneficiario y pagar al vencimiento. ¿Qué ocurre si el banco designado en un crédito disponible para pago diferido no entrega su compromiso de pago? no estaría honrando según las UCP600 no generaría un derecho a ser reembolsado por el banco emisor o confirmador
  • 38.
    El Crédito DocumentarioNegociación Negociación significa la compra por el banco designado ... anticipando o acordando anticipar fondos al beneficiario. Puede comprarse giro o documentos El banco negociador obtiene los derechos del crédito como contrapartida a su compra El giro sería contra un banco distinto (normalmente contra el banco emisor) La compra puede ser cualquier día antes del vencimiento Si el banco ha confirmado negocia sin recurso , si no ha confirmado negocia con recurso .
  • 39.
    El Crédito DocumentarioNormas para el examen de los documentos El banco designado que actúe conforme a su designación , el banco confirmador , si lo hubiere, y el banco emisor dispondrán cada uno de ellos de un máximo de cinco días hábiles bancarios contados a partir del día siguiente al de la presentación para determinar si dicha presentación es conforme. Diferencias con UCP500 Máximo pasa de 7 a 5 días No hay mención a tiempo razonable
  • 40.
    Los datos enun documento (…) no es necesario que sean idénticos , pero no deben ser contradictorios , a los datos en ese documento, en cualquier otro documento requerido o en el crédito. ¿Deben los bancos revisar la concordancia de datos en los documentos cuando el crédito no lo requiera? ( linkage ) Dos puntos de vista deberían comprobar sólo su concordancia con el crédito deberían comprobar la concordancia entre ellos UCP500: los documentos que no concuerden entre sí serán considerados como que no están de acuerdo con el crédito (13.a) UCP500: not inconsistent - no concordar UCP600: not in conflict - no entrar en contradicción El Crédito Documentario Normas para el examen de los documentos
  • 41.
    Si un créditoexige la presentación de un documento distinto del documento de transporte, del documento de seguro o de la factura comercial, Sin estipular quién debe emitirlo o los datos que debe contener, los bancos aceptarán el documento tal y como les sea presentado, siempre que su contenido parezca cumplir la función del documento exigido Condición sin estipular documento = condición no establecida y no se tendrá en cuenta El Crédito Documentario Normas para el examen de los documentos
  • 42.
    Direcciones de beneficiarioy ordenante No es necesario que sean las mismas que las indicadas en el crédito o en cualquier otro documento requerido, aunque deben estar en el mismo país . Datos de contacto No se tendrán en cuenta los datos de contacto (telefax, teléfono, correo electrónico y similares). Sin embargo, dirección y datos de contacto del ordenante deben ser los indicados en el crédito cuando formen parte de los datos de contacto del consignatario o de la parte a notificar en un documento de transporte. ( notify party ) El Crédito Documentario Normas para el examen de los documentos
  • 43.
    El documento detransporte puede ser emitido por cualquier parte distinta del transportista , propietario, capitán o fletador a condición de que el documento de transporte cumpla los requisitos de los artículos 19, 20, 21, 22, 23 ó 24 de estas reglas. UCP500. Artículo 30 - Documentos de transporte de transitario UCP600. No hay artículo específico ¿Dejan de aceptarse los documentos de transitario? No, el 14.l permitiría su presentación siempre que cumpla con 19, 20, 21, 22, 23 o 24: el transitario aparezca como transportista el transitario aparezca como agente del transportista indicado Atención : Es distinto cuando el crédito acepta documento de transitario el transitario puede firmar como transitario no se trata de un documento de transporte (se rige por 14.f) El Crédito Documentario Normas para el examen de los documentos
  • 44.
    El Crédito Documentario Documentos discrepantes, renuncia y notificación ( 16.c) Cuando el banco designado, el banco confirmador o el banco emisor deciden rechazar el honrar o negociar, deben efectuar, a tal efecto, una única notificación al presentador indicando: el rechazo (a honrar o negociar) las discrepancias (todas y cada una de ellas) la situación de disponibilidad de los documentos: a la espera de instrucciones del presentador devuelve los documentos al presentador a la espera de instrucciones, excepto que antes el ordenante renuncie a las discrepancias (y el banco esté de acuerdo.)
  • 45.
    La notificación debeefectuarse por telecomunicación dentro de los cinco días posteriores al de presentación El banco podrá devolver los documentos al presentador en cualquier momento , incluso tras la notificación en la que comunicaba que quedaban a su disposición. Si el banco emisor o el banco confirmador no actuasen de acuerdo con las disposiciones del artículo 16, perderán el derecho a alegar que la presentación no es conforme . La pérdida del derecho a alegar que la presentación no es conforme no se aplica al banco designado que no sea banco confirmador. El Crédito Documentario Documentos discrepantes, renuncia y notificación
  • 46.
  • 47.
    ARTÍCULO 18. Facturacomercial La factura comercial: debe haber sido emitida por el beneficiario debe estar emitida a nombre del ordenante debe estar emitida en la misma moneda del crédito no es necesario que esté firmada. La descripción de las mercancías, servicios o prestaciones en la factura comercial debe corresponder con la que aparece en el crédito.
  • 48.
    ARTÍCULOS sobre documentosde transporte Documento de transporte cubriendo al menos dos modos distintos de transporte Conocimiento de embarque Documento de embarque marítimo no negociable Conocimiento de embarque sujeto a contrato de fletamento Documento de transporte aéreo Documentos de transporte por carretera, ferrocarril o vías de navegación interior 25. Resguardo de mensajería, resguardo postal o certificado de envío postal
  • 49.
    Funciones del documentode transporte Comunes a todos los documentos: PROBATORIA de la existencia del contrato PROBATORIA de la recepción de la mercancía por el transportista y del estado aparente de la mercancía Específica de los Bill of Lading : TÍTULO-VALOR que representa la mercancía: Tiempo de inmovilización: posibilidad de venta del bien Necesaria presentación del documento Control del juego completo (full set)
  • 50.
    El documento detransporte. Consignación Documentos de título Al portador (to the bearer / to the holder) A la orden (to the order) Nominativos Resto de documentos Nominativos
  • 51.
    Artículo 28. Documentode seguro y cobertura Debe estar aparentemente emitido y firmado por una compañía aseguradora, un asegurador o sus agentes o apoderados. nueva figura en UCP: apoderado (proxy) Se aceptará una póliza en lugar de un certificado La fecha no puede ser posterior a la fecha de embarque , excepto que indique efectividad con una fecha anterior El requisito de que la cobertura sea un porcentaje del valor, se considerará que es un requisito de mínimo de cobertura 110% de $111.542’58 = $122.696’838 aclaración en UCP600: cobertura por $122.697 es conforme
  • 52.
    Artículo 28. Documentode seguro y cobertura Si el crédito no indica nada al respecto, la cobertura será por lo menos el 110% del valor CIF o CIP Debe indicar que los riesgos están cubiertos al menos entre el lugar de origen y el lugar destino indicados en el crédito Si el crédito requiere un seguro “a todo riesgo”, cualquier anotación “a todo riesgo” será aceptable , sin tener en cuenta los riesgos que se excluyan El documento de seguro puede contener una referencia a cualquier cláusula de exclusión Radioactive contamination exclusion clause Unseaworthiness and unfitness exclusion clause
  • 53.
    Las ICC InternationalCargo Clauses ICC “A”, “B” y “C” desde 1982 sustituyen a las anteriores “ all risks ”, “ with average ” y “ free of particular average ”. La póliza en condiciones (A) incluye todos los riesgos excepto los que explícitamente estén excluidos. Todas incluyen cláusula de tránsito o almacén a almacén ( warehouse to warehose ) ICC (C) incluye coberturas básicas incendio, hundimiento, avería gruesa (sacrificio de carga), daños en descarga … ICC (B) incluye además terremoto, arrastre por las olas, mojaduras, pérdida total en carga y descarga ...
  • 54.
    Las ICC (A)Riesgos excluidos conducta dolosa del asegurado pérdidas naturales de peso o volumen pérdidas por insuficiencia de embalaje vicio propio de la cosa demoras daños nucleares falta de idoneidad del buque si el asegurado tenía conocimiento en el momento de la carga Terrorismo guerra : añadir Institute War Clauses huelga : añadir Strikes, Riots and Civil Commotions (SRCC)
  • 55.
    Documentos de origenEn la Unión Europea son emitidos por las Cámaras de Comercio Atención certificados de origen especiales: EUR1 (países con acuerdo preferencial con la UE) Form A (países del Sistema de Preferencias Generalizadas) Certificado combinado de valor y origen (Nigeria, p.ej.)
  • 56.
  • 57.
    Modalidades Además, puedenser : transferibles anticipatorios (de «cláusula roja/verde») revolving Back-to-Back (= forma de garantía) Todos los créditos son : irrevocables confirmados o sin confirmar comerciales o standby
  • 58.
    Promesas de pagocondicionadas Crédito documentario Garantía a primer requerimiento Crédito contingente o standby Fianza ( suretyship ) UCP600 URDG758 ISP98 (o UCP) URCB524
  • 59.
    MÓDULO III ElCrédito Documentario como Medio de Financiación
  • 60.
    PARA EL IMPORTADORCréditos documentarios de importación CON PAGO DIFERIDO Prepaymet Offer
  • 61.
    PARA EL EXPORTADORForfaiting - Concepto Consiste en la compra sin recurso de un compromiso de pago a medio o largo plazo, documentado en instrumentos de pago negociables emitidos con vencimiento aplazado. El compromiso de pago debe ser instrumentado mediante efectos comerciales (letras o pagarés), créditos documentarios, garantías bancarias sobre compromisos de pago, etc. Este tipo de financiación proporciona al exportador ventajas financieras y administrativas significativas.
  • 62.
    Forfaiting -Ventajas Financieras : Reduce el plazo de cobro Incrementa la liquidez / tesorería y genera recursos invertibles Libera el consumo de líneas de financiación con bancos, permite financiación sin endeudamiento -> No aparece en CIRBE Mejora de ratios de balance Financia el 100% de la operación Elimina primas de seguros comerciales No está condicionado por el origen de la mercancía Administrativas : Simplicidad administrativa Documentación exigida mínima (Oferta - Aceptación - Cesión) Periodo de estudio y decisión reducido (Especialmente con aval bancario)
  • 63.
    Créditos documentarios exportación:Pueden ser operaciones confirmadas o no confirmadas Pueden ser disponibles en cualquier entidad financiera española Letras avaladas por bancos extranjeros Derechos de cobro sobre operaciones únicas amparadas en garantías bancarias -> en base a la aceptación de la cesión de los derechos de cobro por el banco garante y el deudor Intermediación en operaciones del riesgo corporativo extranjero sin necesidad de aval -> necesidad de un mayor tiempo de estudio Forfaiting - Modalidades
  • 64.

Notas del editor

  • #3 Garantías comerciales o financiareas pago, licitación (bid bond), buen cumplimiento (performance) ... pero también factoring, forfaiting, BS Covering ... Know how de Banco Herrero Know how en créditos documentarios y en garantías bancarias