Este documento discute la higiene y seguridad industrial, los accidentes laborales y sus causas, las enfermedades profesionales y cómo prevenirlas, y el marco legal de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT) de Venezuela. Cubre la evolución histórica de estas temáticas en Estados Unidos y Venezuela y describe los elementos clave de la higiene y seguridad industrial, así como las responsabilidades de los empleadores y los objetivos de la LOPCYMAT.
1. Higiene y Seguridad Industrial(origen, elementos, características, importancia etc)-Accidentes Laborales (causas y
consecuencias)- Enfermedades Profesionales (¿cómo prevenir? ¿Responsabilidad del patrono
o compartida?)-Marco Legal LOPCYMAT (análisis de la Ley)
Elaborado por: Ana María Brito
2. Antes del siglo XIX en Estados Unidos :
A nivel de los Estados Unidos Norteamérica, para este período no existían aun estructura industrial y la principal actividad laboral
se centraba en la agricultura y la cría de animales domésticos. La problemática de la accidentalidad no constituía una de las
preocupaciones de las personas hasta el extremo que la accidentalidad cobró niveles desproporcionado y asombrosos para la época.
No se llevaban registro de La accidentalidad e incluso los mismos eran atribuidos al designio de la providencia.
A mediados del siglo XIX Estados Unidos:
En este periodo, las fábricas americanas se encontraban en rápida y significativa expansión por una parte, al tiempo que los
accidente laborales se incrementaban de manera persistente y exorbitante. En 1867, comienzan a prestar servicio en Massachusetts
los inspectores industriales o fabriles. En 1877, se promulga la primera ley que obliga a resguardar toda maquinaria peligrosa. Más
tarde, se realicen esfuerzos para establecer responsabilidades económicas al respecto. En 1911, se aprueba en Wisconsin la ley del
mismo año, la Asociación del Hierro y el Acero de los Ingenieros Eléctricos organizó el primer Congreso de Seguridad Cooperativa
en la ciudad de Milwaukee, celebrada a comienzos de 1912. Para 1913, se efectuó en New York, el congreso donde nace formalmente
el NATIONAL COUNCIL FOR INDUSTRIAL SAFETY y que poco tiempo después, se denominó NATIONAL SAFETY COUNCIL
(N.S.C) como es conocido en la actualidad a nivel mundial.
Desarrollo en Venezuela:
La higiene y seguridad industrial se inició en Venezuela, con la formulación de la Ley de Minas en 1909 En 1928, se promulga la
primera ley del Trabajo aunque la real legislación en prevención de accidentes laborales se creó en el año de 1936 con la formulación
de la nueva Ley de Trabajo y su respectivo Reglamento. Para 1944, se crea la Ley del Seguro Social Obligatorio (S.S.O), la cual
establecía para ese momento la protección del trabajador asegurado en cuanto enfermedad, maternidad, accidente laboral,
enfermedades profesionales, vejez, invalidez y muerte. En 1968, se promulga el Reglamento de las Condiciones de Higiene,
Seguridad en el Trabajo, vehículo de mucha importancia, en la actualidad, inclusive. Asimismo, en 1974 se pone en vigencia el
decreto número 46 (2195) el cual se conoció como el Reglamento de Prevención de Incendios. Por otra parte en el mismo período
anterior la Comisión Venezolana de Normas Industriales (COVENIN) prosiguen su intensa labor de estandarización de normas en
materia de seguridad. A pesar del desarrollo que tuvo la seguridad nivel nacional no es sino hasta agosto de 1986, cuando se
promulga la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT)
3. Los elementos de esta ciencia son:
• Reconocimiento o localización: A través del reconocimiento o localización, se
recaba información general, de la estadística de riesgos de trabajo, a través de:
a. A través de entrevistas con el personal y directivos.
b. Ubicación de la empresa.
c. Registro patronal, razón social.
d. Clase, fracción y grado de riesgo: ante el IMSS.
• Evaluación: de acuerdo a la evaluación se determina el potencial de riesgo,
cuantificando en forma precisa los factores que lo origina.
• Control: en etapa de control se plantea el problema, se establece el objetivo y las
alternativas de solución, se enuncia la recomendación, misma que se aplica y
evalúa.
4. • Revisar y aprobar las políticas de seguridad.
• Realizar inspecciones periódicas de seguridad.
• Establecer normas adecuadas de seguridad, deben concordar con las disposiciones legales.
• Poner en funcionamiento y mejorar el programa de seguridad.
• Asesorarse sobre problema de seguridad.
• Ocuparse del control de las enfermedades ocupacionales.
• Asesorarse sobre problemas del medio ambiente.
• Identificar los riesgos contra la salud que existen.
• Ejecutar el plan de primeros auxilios.
5. La seguridad y la higiene en el trabajo son aspectos que deben tenerse en cuenta en el desarrollo de la
vida laboral de la empresa, esa es su importancia. Su regulación y aplicación por todos los elementos
de la misma se hace imprescindible para mejorar las condiciones de trabajo.
Aunque su conocimiento en profundidad sea necesario par los trabajadores, cobra un especial interés
en los mandos responsables de las empresas ya que de ellos se exige lograr la máxima productividad
sin que ello ponga en peligro vidas humanas o pérdidas en materiales y equipos.
El enfoque técnico-científico da una visión de conjunto de la seguridad y la higiene en la empresa
siguiendo técnicas analíticas, operativas y de gestión es símbolo de desarrollo. Los responsables de la
seguridad e higiene deben saber que hacer en cada caso, cómo hacerlo, y cómo conseguir que lo hagan
los demás y, sobre todo, que se haga bien - calidad.
Una buena prevención de los riesgos profesionales, basados en un profundo conocimiento de las
causas que los motivan y en las posibilidades que hay a nuestro alcance para prevenir los problemas,
evitarán consecuencias muy negativas para el perfecto desarrollo de la vida laboral.
La competitividad tan exigida puede lograrse mediante la integración de la seguridad e higiene del
trabajo en todos los campos profesionales de la empresa.
6. El objetivo de la seguridad e higiene industrial es prevenir los accidentes laborales, los cuales se producen
como consecuencia de las actividades de producción, por lo tanto, una producción que no contempla las
medidas de seguridad e higiene no es una buena producción. Una buena producción debe satisfacer las
condiciones necesarias de los tres elementos indispensables, seguridad, productividad y calidad de los
productos. Por tanto, contribuye a la reducción de sus socios y clientes.
Conocer las necesidades de la empresa para poder ofrecerles la información más adecuada orientada a
solucionar sus problemas.
Comunicar los descubrimientos e innovaciones logrados en cada área de interés relacionada con la
prevención de accidentes.
La función de seguridad e higiene tiene características tanto de función en línea como de asesoría, y el
gerente de seguridad e higiene necesita reconocer qué parte corresponde a cada categoría. El logro material
de tener seguridad en el trabajo es una función de línea.
El gerente de seguridad e higiene desempeña una función de asesoría en tanto que actúa como "facilitador"
que ayuda, motiva y aconseja a la función de línea en áreas de la seguridad y la higiene del trabajador.
El grado de interés del personal de línea por recibir esta asesoría y ayuda del gerente de seguridad e
higiene dependerá de la importancia que el objetivo de la seguridad y la higiene tenga para la alta
dirección. El gerente de seguridad e higiene de éxito estará consciente de la necesidad del apoyo de la alta
dirección, cuyo respeto y aprobación se ganará con decisiones y acciones es el reconocimiento de un
principio importante, que el objetivo no es eliminar todos los riesgos, sino los irrazonables.
7. Los accidentes siempre son causados; nunca son casuales.
Es por ello que regularmente en la accidentalidad se encuentran innumerables causas y a
este fenómeno se le dará el nombre de multicausalidad.
Con el fin de entender mejor las causas que intervienen en los accidentes, será de gran
ayuda considerar los principales elementos involucrados en la operación total de la
empresa:
• EMPLEADOS: Este elemento incluye tanto al personal operativo como administrativo.
Es necesario recordar, en caso de accidente, la relación existente entre los trabajadores y
la gerencia, para las verdaderas causas que influyeron en el accidente.
• EQUIPOS: Se refiere a las máquinas y herramientas con las cuales labora la gente
(operarios o administrativos). Este elemento ha sido una de las fuentes principales de
accidente y uno de los blancos de las leyes relacionadas con la protección y la
capacitación de los trabajadores.
• MATERIALES: El material con que la gente labora, que usa o fabrica, es otra de las
fuentes de los accidentes. En las estadísticas se presenta como una de las causas de más
alta incidencia. Los materiales pueden ser: filosos, pesados, tóxicos, energizados,
calientes, entre otros, lo cual puede llevar a la ocurrencia del accidente.
• AMBIENTE: El ambiente está constituido por todo lo material o físico que rodea a la
gente, el aire que respira, el clima y los espacios. El ambiente está relacionado con la
luz, el ruido y las condiciones atmosféricas. Este elemento es otro participante en las
causas de la accidentalidad, pues el hombre durante su trabajo regularmente lo altera.
8. • Pérdidas temporales. Son las pérdidas en el tiempo previsto para el desarrollo de un trabajo, como los retrasos o alargamientos imprevistos de
los tiempos programados, así como los paros o interrupciones con paradas no deseadas de los procesos laborales, que también repercuten en
retrasos.
• Pérdidas energéticas. Descontrol en los intercambios energéticos intrínsecos en todo trabajo. Determinan escapes libres energéticos, inútiles
para el trabajo previsto, y también bajos rendimientos energéticos por infrautilización y utilización no óptima de las energías disponibles,
presentes en el proceso laboral.
• Daños materiales propiamente dichos. Cuando las energías liberadas o escapadas a consecuencia del accidente, impactan sobre los bienes de
equipo como, instalaciones, edificios, estructuras materiales, instrumentos, etc., y sobre los materiales como materias primas, productos
semielaborados y productos finales, que intervienen en el trabajo y sobre los bienes materiales de la vecindad comunitaria. Estos daños
materiales se producen cuando los impactos energéticos tienen la intensidad suficiente para deteriorar estructural y funcionalmente los
objetivos alcanzados.
• Lesiones emotivo-psíquicas: Vivencias del accidente concienciadas por sus testigos que engendran, en quienes lo presenciaron, emociones
desagradables de sorpresa, susto, miedo, temor, terror o angustia.
• Lesiones sensitivo-dolorosas: Originadas cuando las energías liberadas a consecuencia del accidente alcanzan a la víctima estimulando los
receptores sensoriales de sus órganos de los sentidos (vista, oído, tacto, olfato y gusto), con intensidad suficiente para rebasar sus umbrales
dolorosos.
• Lesiones funcionales: Trastornos en las funciones fisiológicas, por el impacto energético derivado del accidente sobre las víctimas.
Generalmente, en forma de parálisis, contracciones descontroladas de los músculos y trastornos en las conducciones nerviosas y en las
funciones glandulares. Este tipo de lesiones resulta puro, aislado, cosa rara, ya que lo más frecuente es que acompañe a las psíquicas, a las
dolorosas y a las estructurales. En principio, se explican como lesiones más precoces que la última y son los efectos de impactos energéticos
de menor intensidad.
• Lesiones estructurales: Alteraciones anatómicas por el fracaso en las resistencias mecánicas de los tejidos orgánicos frente a la intensidad
agresiva de las energías coincidentes. Se manifiestan a través de fracturas, heridas, hemorragias, contusiones, laceraciones, roturas,
amputaciones, implosiones, explosiones orgánicas. La lesión estructural va siempre acompañada de trastornos funcionales y dolorosos.
• Muerte: Cualquier tipo de lesión funcional o estructural puede afectar a órganos y funciones vitales críticas como, el sistema nervioso, la
circulación, o la respiración, determinando la muerte. Es la lesión personal máxima que se presenta de forma inmediata o muerte súbita, o
mediata, en un plazo más o menos corto, tras el impacto energético. Cuando se presenta a largo plazo (días), se está ante la muerte aplazada,
complicación de la evolución natural de las lesiones funcionales o estructurales inmediatas al accidente.
9. Las enfermedades profesionales se definen como aquellas en las que existe una relación causa-efecto probada entre la
exposición a un determinado riesgo laboral y una enfermedad específica, estas son algunas de ellas:
A. Enfermedades profesionales causadas por agentes químicos.
B. Enfermedades profesionales de la piel producidas por sustancias y agentes no incluidos anteriormente.
C. Enfermedades profesionales provocadas por la inhalación de sustancias y agentes no comprendidos en otros
apartados
D. Enfermedades profesionales infecciosas y parasitarias.
E. Enfermedades producidas por agentes físicos.
F. Enfermedades sistémicas.
Si queremos reducir la dosis de exposición recibida por los trabajadores podemos influir en el nivel de contaminantes en el
ambiente de trabajo a través de controles colectivos (en la fuente o en el medio de propagación), a través de limitaciones del
tiempo de exposición de los operarios; o bien a través del uso de equipos de protección individual o de prácticas de trabajo
adecuadas.
De acuerdo con los principios de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales son prioritarios los controles en la fuente y en el
medio de propagación de cara a controlar la exposición.
Los controles en la fuente se realizan en el foco de contaminación con el objetivo de evitar o reducir la emisión del
contaminante al ambiente de trabajo. Se puede sustituir el producto por otro que reduzca el riesgo ambiental, enclaustrar la
operación colocando una barrera de interposición, mediante extracción localizada que captura el contaminante en el punto de
generación.
Como controles en el medio de propagación podemos recurrir a las medidas de ventilación general o de limpieza de
instalaciones.
Los equipos de protección individual son otro método de control que, aunque no eliminan el riesgo, supone una reducción de
las consecuencias de la exposición. En algunos casos se hacen fundamentales como ocurre en el caso de la exposición a
sustancias cancerígenas o a agentes biológicos. Para los agentes cancerígenos, el objetivo es reducir la exposición al mínimo
posible, y aunque existan controles colectivos se recurre al uso de protección respiratoria como elemento de seguridad
adicional. En el caso de riesgos biológicos puesto que no existen valores de exposición ambiental definidos, se trata de
reducir lo más posible el riesgo de inhalación del agente biológico.
10. El objetivo de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio
Ambiente del Trabajo (LOPCYMAT) y su Reglamento es garantizar a
los trabajadores condiciones y prevención, salud, seguridad y bienestar
en el trabajo. Cualquier organización, sea esta una sociedad civil
mercantil o de cualquier otra naturaleza está en la obligación de
cumplir con lo establecido en la LOPCYMAT y su Reglamento, por
cuanto lo que da origen a la obligación es la relación de dependencia
laboral que exista entre uno o varios trabajadores con su patrono.
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11. Garantizar, proteger y promover a los
trabajadores el bienestar físico, mental y social
de los trabajadores, así como prevenir toda
causa que pueda ocasionar daño a la salud de
los trabajadores, procurando al trabajador un
trabajo digno, adecuado a sus actitudes y
capacidades
12. Todo trabajo efectuado bajo relación de dependencia por cuenta del patrono, se exceptúan los miembros de las
Fuerzas Armadas. Las normas establecidas en la LOPCYMAT y su Reglamento son de estricto orden público, son
irrenunciables, indisponibles e intransmisibles.
De acuerdo a lo establecido en la LOPCYMAT, el patrono debe garantizar las condiciones generales de trabajo, es
decir las condiciones bajo las cuales el trabajador realiza sus tareas y funciones dentro de la empresa, ofreciéndole
protección, seguridad y salud, protegiéndolo de riesgos y procesos que los pongan en peligro y que pudieran
afectar su salud física, mental y social.
Asimismo, se le debe garantizar al trabajador los elementos básicos de salubridad, tales como agua potable,
sanitarios, vestuarios y las condiciones necesarias para su alimentación. Debe proveer protección a la maternidad,
atención médica inmediata en caso de padecer lesiones o daños de salud, cumplir con los horarios establecidos en
las leyes y horas de descanso y vacaciones; también debe cumplir con las observaciones o mandamientos emitidos
por autoridades para la correcciones de fallas o daños que pudieran ocasionar accidentes que afecten a los
trabajadores o su salud.
Las empresas con más de 250 trabajadores deben contar con un servicio propio de salud, los cuales deben ser
registrados ante el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL). El objetivo de
estos servicios es la promoción, prevención y vigilancia en materia de seguridad, salud, condiciones y medio
ambiente del trabajo, para proteger los derechos humanos a la vida, a la salud e integridad personal de los
trabajadores.
13. Esta Ley también establece que el patrono debe:
a)Mantener un sistema de vigilancia epidemiológica de accidentes y enfermedades ocupacionales.
b) Informar, formar, educar y asesorar a los trabajadores en materia de seguridad y salud en el
trabajo.
c) Reportar los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales en el INPSASEL.
d) Reportar en el Ministerio del Poder Popular para la Salud las enfermedades de notificación
obligatoria que no sean de carácter ocupacional.
e) Realizar el diagnóstico sobre enfermedades ocupacionales establecidas por los trabajadores, en
coordinación con el INPSASEL y el Ministerio de Salud.
f) Evaluar y conocer las condiciones de las nuevas instalaciones, maquinarias y equipos antes de dar
inicio a su funcionamiento, así como formar y capacitar a los trabajadores sobre éstos.
g) Elaborar una propuesta sobre el programa de seguridad y salud en el trabajo e implementarlo, con
la participación de los trabajadores, someterlo a consideración del Comité de Seguridad y Salud
Laborar a los fines de ser presentado al INPSASEL para su aprobación y registro.
h) Coordinar con el departamento de Recursos Humanos o quien haga sus veces el cumplimiento de
sus funciones.
14. Los servicios de seguridad y salud en el trabajo, las empresas, instituciones y profesionales que se desempeñen en el área de
seguridad y salud, deberán solicitar acreditación ante el INPSASEL, transcurridos 90 días siguientes a la entrada en vigencia del
Reglamento de la LOPCYMAT.
Responsabilidad y sanciones
El incumplimiento de la Ley o su Reglamento pueden acarrear sanciones, las cuales son identificadas por el legislador de la
manera siguiente:
1.- Responsabilidades Administrativas
a) Leves: hasta 25 Unidades Tributarias.
b) Graves: hasta 26 Unidades Tributarias.
c) Muy graves: de 76 a 100 Unidades Tributarias.
d) Cierre de la empresa por 48 horas con el pago de salario a los trabajadores durante el cierre.
2.- Responsabilidades Penales
En caso de ocurrencia de un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional como consecuencia de la violación de la normativa
legal en materia de salud en el trabajo por parte del empleador o de la empleadora, éste estará obligado al pago de una
indemnización al trabajador, trabajadora o derechohabientes de acuerdo a la gravedad de la falta y de la lesión.
a) Por muerte o lesión del trabajador: prisión de 8 a 10 años.
b) Por discapacidad total permanente: prisión de 5 a 9 años.
c) Por discapacidad parcial permanente: prisión de 2 a 4 años.
d) Discapacidad temporal: prisión de 2 a 4 años.