2. AGRADECIMIENTOS
A los miembros del Consejo Directivo, Consejo Académico,
Padres de Familia, Estudiantes y demás miembros de nuestra
Comunidad Educativa por su participación en la construcción
de este Manual de Convivencia, como instrumento que permitirá
fortalecer los procesos de estructuración del ser y de relación
con los demás.
DANIEL GONZALEZ LARA
Rector
ACUERDO No 005
Septiembre 25 de 2014
3. “Por el cual se modifica y adopta el MANUAL DE CONVIVENCIA de la INSTITUCIÓN
EDUCATIVA PAPAGALÁ del Municipio de Saldaña Departamento del Tolima”
EL CONSEJO DIRECTIVO, en uso de sus atribuciones legales que le confiere el Decreto 1860
de Agosto 03 de 1994, y lo contemplado en el Decreto 2734 de Noviembre 25 de 2010,
CONSIDERANDO
1. Que el artículo 87 de la Ley General de Educación establece que los establecimientos
educativos tendrán un reglamento o manual de convivencia.
2. Que el Ministerio de Educación expidió la Ley 1620 de 2013 y el Decreto Reglamentario
1965 de 2013. Las cuales se deben incorporar al los manuales de convivencia con el
propósito de mejorar la convivencia escolar y el clima Institucional. Además, teniendo en
cuenta los marcos legales referidos en la Constitución Política, El Código de la Infancia y
Adolescencia y la Ley General de Educación.
3. Que es importante para nuestra sociedad establecer un manual de convivencia en los que
se involucre a todos los miembros de comunidad educativa.
4. Que la Institución Educativa Papagalá del Municipio de Saldaña - Tolima como entidad
pública educativa tiene como fin la formación integral y técnica de los estudiantes basado en
la búsqueda de valores intelectuales, culturales, morales y deportivos, de tal manera que
respondan a los intereses de los estudiantes de acuerdo con el medio y las necesidades
para el progreso de la nación.
5. Que la vida en comunidad, exige de parte de todos sus miembros un comportamiento,
basado en el respeto mutuo y el anhelo común de lograr un mejoramiento personal e
Institucional.
6. Que toda labor para su correcto desarrollo, requiere además de compromiso de las partes,
un ambiente de seguridad, respeto mutuo y de espíritu de motivación.
7. Que la unidad de criterios, la claridad en los objetivos y el claro conocimiento de las normas
aseguran una labor óptima.
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: Apruébense las modificaciones y Adóptese el Manual de Convivencia
para la INSTITUCION EDUCATIVA PAPAGALÁ del Municipio de Saldaña Departamento del
Tolima.
ARTICULO SEGUNDO: El Consejo Directivo podrá realizarle modificaciones parciales que
considere pertinentes mediante acuerdos.
ARTICULO TERCERO: La vigencia del presente acuerdo será a partir de la fecha, requiere de
la aprobación del Consejo Directivo y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
El presente acuerdo consta en acta del Consejo Directivo Nº 013.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
___________________________ _______________________
DANIEL GONZALEZ LARA DUFAY GOMEZ ACOSTA
4. Rector Rep. Sector Productivo
_____________________________ ________________________
JOSE RAMIRO TRUJILLO SOGAMOSO SUSANA QUINTANA GUZMAN
Rep. Docentes Rep.Padres de Familia
_______________________________ _______________________
ROZO DANILO CABEZAS RODRIGUEZ CLEOFE GUZMAN BARRIOS
Rep. Docentes Rep. Padres de Familia
________________________ _______________________
ANYI LILIANA ARIAS URUEÑA THALIA DEL MAR GOMEZ
Rep. Exalumnos Rep. Estudiantes
TITULO I
INSTITUCION
5. CAPITULO I
ASPECTOS GENERALES
IDENTIFICACION DEL ESTABLECIMIENTO
NOMBRE: INSTITUCIÓN EDUCATIVA PAPAGALA
MUNICIPIO: SALDAÑA
DEPARTAMENTO: TOLIMA
DIRECCIÓN: VEREDA PAPAGALÁ
TELÉFONOS: 3203254799 - 3214161504
REGISTRO DEL DANE: 273671000583
NIT: 809.007.513-3
TIPO DE EDUCACIÓN: FORMAL
NIVELES DE EDUCACIÓN: PREESCOLAR, BÁSICA PRIMARIA,
BÁSICA SECUNDARIA Y MEDIA ACADÉMICA
GENERO: MIXTO
APROBACIÓN DE ESTUDIOS: Resolución de Aprobación N° 05626 de Noviembre
18 de 2013
TITULO QUE EXPIDE: BACHILLER ACADÉMICO
NATURALEZA: OFICIAL.
RECTOR: DANIEL GONZALEZ LARA
Artículo 1. NATURALEZA JURIDICA: La Institución Educativa Papagalá de Saldaña-Tolima,
con sus sedes Papagalá Cucharo y El Redil, es una Institución de carácter oficial aprobado por
Resolución No 1075 de 1.999, emanado de la Secretaria de Educación del departamento del
Tolima.
El Manual de Convivencia de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA PAPAGALÁ, se fundamenta en el
siguiente Marco Legal:
1. Constitución Política de Colombia de 1991, Art. 41, 42, 43, 44, 45, 67, 68, 73, 78, 79, 80, 82,
85 y 86.
2. Ley General de Educación 115/95, Art. 15, 16, 19, 20 ,21, 22, 23, 27, 30, 31,73, 87 91, 93,
94, 142, 144, y 145.
3. Decreto 1860 de 1994; Artículo 17.
4. Resolución 02151 de Marzo 29 de 1994
5. Decreto 1108 de Mayo 3 de 1994 Prevención de la Drogadicción.
6. Ley 1098 de 2006, código de la Infancia y la Adolescencia
7. Código Nacional de Policía Decreto No. 1355 de 1970 Art. 16, Acuerdo 079 del 2003.
6. 8. Resolución 03353 de 1993 Obligatoriedad de la Educación Sexual en los establecimientos.
9. Artículo 22 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
10. El Manual de Convivencia también tiene su fundamento en el Proyecto Educativo
Institucional.
11. Ley 1620 de 2013, con su Decreto reglamentario 1965 de 2013.
12. En las sentencias de la corte:
a. La sentencia de la corte constitucional N. 492 de 1992 referente a la educación dice: “ es un
derecho-deber en cuanto no solamente otorga prerrogativas a favor del individuo, sino que
comporta exigencias de cuyo cumplimiento depende en buena parte la subsistencia del
derecho, pues quien no se somete a las condiciones para su ejercicio, como sucede con el
discípulo que desatiende sus responsabilidades académicas o infringe el régimen disciplinario
que se comprometió a observar, queda sujeto a las consecuencias propias de tales conductas”.
b. Sentencia de la corte Constitucional N. 519 de 1992: “ si bien la educación es un derecho
fundamental y el estudiante debe tener la posibilidad de permanecer vinculado al plantel hasta
la culminación de los estudios, de allí no debe colegirse que el centro docente está obligado a
mantener indefinidamente entre sus discípulos a quien de manera constante y reiterada,
desconoce las directrices disciplinarias y quebranta el orden dispuesto por el reglamento
educativo, ya que semejantes conductas, además de constituir incumplimiento de los deberes
ya resaltados como inherentes a la relación que el estudiante establece con la institución en que
se forma, representa un abuso del derecho, en cuanto causa perjuicio a la comunidad educativa
e impide al colegio alcanzar los fines que le son propios” Este marco legal ordena la convivencia
de todos los miembros de la comunidad educativa de la Institución Educativa Técnica Papagalá:
Estudiantes, Padres de familia, Maestros, Directivos Docentes, Personal administrativo, y define
los derechos y obligaciones a que se someterán todos los estamentos de dicha comunidad.
Artículo 2. OBJETIVO GENERAL DEL MANUAL DE CONVIVENCIA: Establecer normas
básicas que permitan la formación de la Comunidad Educativa para lograr una convivencia
pacífica dentro del ambiente escolar y que trascienda al bienestar ciudadano.
Artículo 3. OBJETIVOS ESPECIFICOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA:
Proveer a la comunidad educativa de un instrumento que le permita conocer las
disposiciones legales, sus derechos y deberes de acuerdo con la Constitución Política de
Colombia, la Ley de la Infancia y la adolescencia y demás normas vigentes.
Proporcionar herramientas que permitan determinar el tipo de problema y formular el
correctivo específico.
Concienciar a la comunidad de la responsabilidad que implica el buen manejo y uso de la
libertad, la identidad cultural y la democracia participativa.
Buscar relaciones basadas en el diálogo y la concertación, permitiendo que éstas sean
armónicas y democráticas.
Fomentar dentro de la comunidad educativa el cuidado y conservación de los bienes
materiales y del entorno como forma de garantizar el bienestar individual y colectivo.
Estimular acciones positivas y corregir aquellas que no se ajusten a la norma.
Establecer normas para las funciones, deberes, comportamientos y actitudes pactadas por
la comunidad educativa entre sí y con entorno escolar, de manera tal que se garantice el
ejercicio de los Derechos de todas las personas que la conforman.
Fortalecer procesos en torno a las medidas pedagógicas y alternativas de solución para las
situaciones que afecten la convivencia escolar.
7. Artículo 4. JUSTIFICACION DEL MANUAL DE CONVIVENCIA: Los artículos 67 y 68 de la
Constitución Política de Colombia en concordancia con los artículos 73 y 87 de la Ley 115 del
94 y el artículo 17 del Decreto 1860 de 1994, establece que todos los establecimientos
educativos tendrán un manual de convivencia. Teniendo en cuenta que la actividad educativa
requiere de una directriz con aspectos fundamentales que conduzcan a una formación humana;
el manual de convivencia permite a todos los estamentos de la comunidad educativa conocer
las normas que rigen y armonizan su actividad, el hombre es un ser social, por tanto su
convivencia necesita estar enmarcada por principios claros que le permitan dirigir sus acciones
en busca del desarrollo y crecimiento, logrando sus objetivos personales e instituciones, con
una conciencia democrática y el cumplimiento de los derechos y deberes.
CAPITULO II
FILOSOFIA
Artículo 5. FILOSOFIA INSTITUCIONAL: La educación es un proceso de formación
permanente, personal, cultural, laboral y social que se fundamenta en una concepción integral
del ser humano, de su dignidad, de sus derechos y sus deberes. Además le corresponde al
Estado, a la sociedad y la familia velar por la calidad de la Educación y promover el acceso al
Servicio Público Educativo y al sector productivo. La Institución Educativa Papagalá,
comprometida con la formación integral del hombre del mañana y en busca de la
autoconstrucción acorde con los avances científicos y tecnológicos del momento, garantiza un
conocimiento profundo y real de los fenómenos sociales y de las ciencias, todo esto con mucha
motivación de trabajo, acompañado de un gran profesionalismo y que con el enriquecimiento
del proceso enseñanza-aprendizaje se logre que el estudiante construya o alcance por sus
propios medios el conocimiento para que más tarde pueda ser aplicado a su vida social y
laboral. Nuestra institución toma su autoridad basada en el respeto y la tolerancia por la
persona, teniendo en cuenta los cambios permanentes del estudiante y de su familia,
involucrando a todos los estamentos educativos en una dinámica social para el rescate de la
autonomía en forma gradual mediante un proceso integrado flexible, creativo y abierto a la
práctica interactiva con la comunidad.
Artículo 6. MISIÓN: Ofrecer un servicio educativo de calidad, a través de la aplicación de un
currículo innovador y práctico, que responda a los grandes cambios socio-culturales, científicos
y tecnológicos; formando educandos integrales, con alto sentido del respeto por el medio
ambiente y la Convivencia Pacífica.
Artículo 7. VISIÓN: La institución Educativa Papagalá, en el año 2018, será reconocida por su
excelencia pedagógica, administrativa y Directiva, contribuyendo al mejoramiento de la calidad
de vida de los miembros de la comunidad educativa del municipio de Saldaña y la región.
Artículo 8. POLITICA DE CALIDAD: Está fundamentada en la implementación de un currículo
pertinente para la formación básica y técnica, la educación superior, en pro de formar talento
humano competente, proyectando con ello una Institución Educativa en permanente proceso
de mejora, incluyente y prospectivista.
Artículo 9. PRINCIPIOS Y VALORES: Los principios y valores que fundamentan el quehacer
de la Institución Educativa Papagalá son:
8. PRINCIPIOS REGULADORES: Son los criterios que determinan las relaciones entre las
personas:
Principio de Respeto: «trata a los otros tal como querrías que ellos te trataran a ti».
Principio de doble efecto: «Busca primero el efecto beneficioso. Dando por supuesto que
tanto en tu actuación como en tu intención tratas a la gente con respeto”. El principio de
respeto no se aplica sólo a los otros, sino también a uno mismo.
Principio de Justicia: «Trata a los otros tal como les corresponde como seres humanos; sé
justo, tratando a la gente de forma igual. Es decir: tratando a cada uno de forma similar en
circunstancias similares».
Principio de Autonomía: Se expresa como el respeto a la capacidad de decisión ante
diversas situaciones y habiendo expuestas varias opciones.
El principio de Dignidad: aun a pesar de que las personas renuncien a sus derechos
reconocidos, no pueden violentársele.
Principio de Inclusión: La institución se permite formular proyectos que admitan la inclusión
en su labor formadora de personas con necesidades educativas especiales, diferencias
sociales, culturales y/o religiosas.
PRINCIPIOS FORMADORES: Son los criterios que utiliza la institución para la formación de
sus educandos:
Educar para la excelencia integral: formativa y académica.
Formar en el respeto a la vida y a los derechos humanos, la paz, los principios
democráticos, de convivencia pluralista y de justicia.
Educar en el desarrollo de la capacidad reflexiva y analítica, que favorezca el mejoramiento
cultural y de la calidad de vida y la búsqueda de alternativas en la solución de problemas.
Educar para la adquisición de una conciencia definida en la conservación, protección y
mejoramiento del medio ambiente.
Educar en una conciencia moral firme, capaz de mantener su propia escala de valores.
Formar en el respeto de la autoridad legítima y a la Ley, a la cultura nacional, a la historia
colombiana y a los símbolos patrios.
Educar para la conservación de la salud y la higiene, mediante la educación física, la
recreación, el deporte y la utilización adecuada del tiempo.
Artículo 10. SÍMBOLOS DE IDENTIFICACIÓN INSTITUCIONAL.
1. El Escudo que posee una franja superior con la bandera del Colegio de color vinotinto y
blanco y el escrito “valores, ciencia y disciplina”, Dentro de él se encuentra un hombre que
representa a los educandos de la institución, un búho que significa conocimiento, una llama
olímpica que significa tenacidad y un computador que significa tecnología. Está rodeado de la
bandera de Colombia y en la parte final se encuentra la espiga del arroz representando el
producto que se cultiva en la región y que es la base de la economía del municipio.
2. La Bandera: tiene dos franjas horizontales y sus colores son:
BLANCO: simboliza la paz que se respira en la Institución, la vereda donde ésta se encuentra
ubicada y el municipio al cual pertenece y el VINOTINTO: simboliza la sangre derramada por lo
héroes tolimenses en las luchas de la independencia.
3. El Lema: “CONSTRUYENDO FUTURO”
CAPITULO III
DEL ESTUDIANTE
9. Artículo 11. PERFIL DEL ESTUDIANTE DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA PAPAGALÁ
El estudiante de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA PAPAGALÁ es una persona que está dispuesta
a lograr su propia formación, capaz de mantener unas relaciones interpersonales adecuadas,
que sabe solucionar conflictos en forma pacífica y moderada, aprende a cuidarse y cuidar su
entorno, respetuoso, tolerante, responsable y honesto, valora la cultura de su región, su país y
tiene un alto espíritu patrio, desarrolla un espíritu de competencia sana, deportiva, investigativa
y empresarial, consciente de su valor y dignidad individual, amante de la vida, la libertad, la
democracia y la calidad. Toma decisiones libres e inteligentes, cumple sus compromisos con
responsabilidad para fortalecer su carácter como hijo(a), estudiante y miembro de la sociedad.
Es compañero leal, fiel, dispuesto a ayudar a los demás, respeta la autoridad, la familia, el
colegio y la sociedad, porta su uniforme con dignidad y respeto dentro y fuera del colegio,
acepta sus errores, se corrige a sí mismo, y está en constante proceso de mejora. Contribuye
socialmente con la comunidad educativa, mediante la realización la Práctica Trabajo Social,
desarrolla Proyectos Productivos como complemento de la labor académica y se identifica, se
apropia del Manual de Convivencia y se proyecta como estudiante de la Institución Educativa
Papagalá.
Artículo 12. CALIDAD DE ESTUDIANTE: Para adquirir la calidad de estudiante, es necesario
aceptar su filosofía y manual de convivencia, tener alto sentido de pertenencia y compromiso
Institucional; haber sido oficialmente admitido, previo el cumplimiento de los requisitos
establecidos por la Institución Educativa y haber formalizado la matrícula.
Artículo 13. ESTUDIANTE ANTIGUO: Es aquel que se encuentra matriculado y cursando
estudios de educación preescolar, educación básica y educación media académica. (LEY 115
Art. 15, 19,27), que haya cursado dos o más años lectivos en este establecimiento Educativo.
Artículo 14. ESTUDIANTE DE TRASLADO: Es el estudiante que se encuentra matriculado y
cursando estudios en uno de los niveles escolares en una Institución pública o privada
legalmente aprobada y reconocidas a nivel local, departamental o nacional, y solicita cupo en la
Institución Educativa Papagalá; el cual, previo análisis por parte del Rector, se otorga siempre
y cuando exista el cupo en el grado solicitado.
Artículo 15. ESTUDIANTE NUEVO: Es aquel que por primera vez es admitido para ingresar al
sistema educativo, en la Institución Educativa Papagalá.
Artículo 16. PROCESO DE ADMISION ESTUDIANTES NUEVOS Y ANTIGUOS: Teniendo en
cuenta lo establecido en el artículo 42 de la ley 1098 de 2006, cuyo numeral primero estipula
que está dentro de las obligaciones especiales de las Instituciones Educativas facilitar el
acceso de los niños, niñas y los adolescentes al sistema educativo y garantizar su permanencia,
el ingreso a los estudiantes y la continuación en el servicio educativo para los estudiantes
antiguos, se adecua de la siguiente manera:
a. Disponibilidad de Cupos: Se tendrá en cuenta los topes máximos de estudiantes por curso
establecido por el Ministerio de Educación Nacional, previo estudio de la capacidad instalada.
b. Proceso de Selección: Es el acto por el cual el aspirante solicita por escrito su deseo de
ingresar a la Institución educativa y la Institución educativa verifica que cumple con las
condiciones de tipo académico y disciplinario fijados para el Ingreso.
c. Proceso de inscripción: A través de este proceso, el Rector o quien él designe, realizara una
entrevista a los aspirantes que hayan cumplido con los requisitos exigidos, de acuerdo a la
10. disponibilidad de cupos y prioridades establecidas por la Institución y Secretaria de Educación
del Departamento del Tolima.
Parágrafo 1. El estudiante que por voluntad propia se haya retirado de la Institución Educativa
y requiera nuevamente el cupo deberá someterse al proceso de admisión establecido. Una vez
seleccionado el aspirante, la Rectoría a través de la Secretaría correspondiente orden de
matrícula, la cual deberá formalizar dentro de los términos y condiciones establecidas por la
Secretaria de Educación del Departamento y la Institución. Ley 115 Art. 95. Además, se
establece como requisito de ingreso de los estudiantes una edad mínima cumplida: 3 años para
Pre jardín, 4 años para Jardín y 5 años para Transición y/o grado cero.
Parágrafo 2. Todo estudiante que sea retirado o se retire voluntariamente por motivos
disciplinarios o por su reincidencia en el bajo nivel académico, se le negará el cupo si desea
ingresar nuevamente a la institución, según criterio de la Rectoría.
Artículo 17. MATRICULA: La matrícula es el acto que formaliza la vinculación del aspirante
como estudiante de la Institución Educativa, se realiza por una sola vez, al ingresar a la
Institución educativa y se podrá renovar para cada año académico, ésta se realizará, siempre y
cuando el estudiante y los padres o acudientes cumplan con los requisitos exigidos para tal fin
(Ley 115 Art. 95).
La matrícula podrá ser renovada cuando el estudiante:
a. Haya sido promovido al siguiente grado al término del año lectivo.
b. Repruebe el grado cursado por una sola vez y los padres de familia o acudientes manifiesten
su voluntad por escrito de reiniciar el grado y no tenga antecedentes convivenciales, que
afecten su permanencia en la institución conforme lo establece el presente Manual.
CLASES DE MATRÍCULA
a. Ordinaria: Se efectúa dentro de los plazos y fechas señaladas por la Institución Educativa
y las disposiciones de la Secretaria de Educación Departamental.
b. Extraordinaria: Se realiza en los siguientes eventos:
Cuando se autoriza para realizarla fuera de los términos y fechas previstas previa solicitud
escrita y justificada.
Cuando ingresen estudiantes a la Institución por traslado de otras Instituciones Educativas, o
por cambio de domicilio durante el periodo académico.
Artículo 18. DE LA PERMANENCIA DEL ESTUDIANTE EN EL ESTABLECIMIENTO Y DE
LA PERDIDA DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE
1. PERMANENCIA EN EL ESTABLECIMIENTO: El estudiante tiene derecho a permanecer en
tal calidad en la Institución Educativa siempre y cuando cumpla con condiciones establecidas
por la Secretaria de Educación del departamento (ley 115, artículo 96), y la Institución.
Haber formalizado la matrícula y acreditar su condición de estudiante con el carné
estudiantil expedido por el plantel.
Asistir a todas las actividades programadas por la Institución Educativa.
Cumplir y acatar con lo establecido en el Manual de Convivencia
La reprobación por primera vez de un determinado grado no será causal de exclusión del
respectivo establecimiento, cuando no esté asociada a otra causal contemplada en el
Manual de Convivencia.
11. 2. PERDIDA DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE: Se pierde la calidad de estudiante de la
Institución Educativa por los siguientes motivos:
Cuando no se formaliza la matrícula o su renovación durante los plazos fijados y no cumple
los requisitos establecidos por la Secretaria de Educación del departamento.
Por reincidencia en las situaciones tipo II con cancelación de la matrícula en cualquier
época del año.
Cuando el estudiante y los padres o acudientes no hayan cumplido con sus obligaciones
establecidas en el Manual de Convivencia.
Cuando el estudiante deje de asistir al 20% de las actividades programadas en el plan de
estudios para cada grado, por periodos acumulados, sin causa justificada o sin excusa
escrita.
Solicitud por escrito de los padres de familia del estudiante cancelando la matrícula.
Por reprobación de 2 años consecutivos.
Cuando el estudiante tiene matricula en observación y reprueba el año, es decir no es
promovido.
Artículo 19. PROCESO DE RENOVACION DE MATRICULA PARA ESTUDIANTES
ANTIGUOS
Es el proceso a través del cual la Institución Educativa renueva en forma directa la matrícula de
los estudiantes antiguos. Se garantizará la continuidad de los estudiantes no promocionados
por una sola vez conforme lo establece el Manual de Convivencia. Esta renovación debe ser
ratificada por el padre de familia o acudiente anexando los requisitos exigidos para estudiantes
antiguos.
1. Pre matricula: Se llevara a cabo durante el mismo año escolar, este paso consiste en llenar
un formulario entregado por la Institución en el que el padre de familia o acudiente afirma o
niega la continuación de su hijo (a), en la Institución para cursar el grado siguiente. No
diligenciar este formato o no entregarlo diligenciado, da a entender que el padre de familia o
acudiente no requiere el cupo y que, obviamente, la Institución puede disponer de él.
2. Matricula Administrativa: Esta matricula se realiza, por parte del padre de familia o acudiente,
para disponer del cupo solicitado en la Pre matricula. Se cumple con el diligenciamiento del
formulario y la entrega de los documentos en la Secretaría de la Institución. El hecho de
efectuar esta matricula no significa que el estudiante ha sido promovido en el grado que este
cursando, solo debe entenderse que ya hace parte de la Institución Educativa y, según sus
resultados académicos, debe ubicarse en un grado y grupo.
3. Matricula Académica: Esta matricula se lleva a cabo después de que el/ la estudiante ha
definido su situación académica en el grado que está cursando, consiste en ubicarlo (a) en un
grado y un grupo, según haya sido su condición de promoción. La matrícula académica se
valida con la expedición de la hoja de OBSERVADOR DEL ALUMNO.
DOCUMENTOS ESTUDIANTES ANTIGUOS
Paz y Salvo de la Institución.
RH
3 fotos de medio cuerpo, pequeñas.
Firma de la ficha de matrícula del acudiente y del educando.
Artículo 20. PROCESO DE MATRICULA PARA ESTUDIANTES DE TRASLADO
12. 1. Solicitud de cupo por escrito: Esta solicitud debe realizarse con el diligenciamiento de un
formulario que entrega la Institución y que debe estar firmado por un adulto, el solicitante debe
aclarar los motivos que tiene para solicitar el cupo y los que tuvo para retirar al niño o niña de la
Institución que proviene.
2. Aprobación de cupo por parte de la Institución: Una vez se estudie el caso, se comunica la
decisión al solicitante. En caso de ser afirmativa, se le dice en que jornada y a que grupo se le
otorga el cupo y cuál es la documentación requerida.
3. Matricula administrativa: se cumple igual que para los estudiantes antiguos, consiste en
diligenciar el formulario y entregar la documentación en la Secretaría de la Institución, en caso
de que no se puedan allegar todos los documentos requeridos, es necesario concertar un plazo,
firmar un acuerdo y cumplirlo.
4. Matricula Académica: Igual que para los estudiantes antiguos, la matricula académica se da
cuando se expide el OBSERVADOR DEL ESTUDIANTE.
Corresponde a la secretaria académica y grupo de apoyo que establezca el Rector, para que
este paso se cumpla a cabalidad, que el observador del alumno que se expida llegue al
respectivo Director de Grupo y que la carpeta con la documentación entregada por el acudiente
o padre de familia se ubique junto con las otras carpetas del grupo.
DOCUMENTOS ESTUDIANTES DE TRASLADO
Formulario de Matricula administrativa debidamente diligenciado
Registro Civil de Nacimiento
Fotocopia del documento de Identidad
Fotocopia documento de identidad del acudiente.
RH
3 Fotos de medio cuerpo, pequeñas.
Si viene de otra institución los certificados de los años anteriores y paz y salvo.
Fotocopia del observador del alumno de la institución de donde viene.
Firma en la ficha de matrícula del acudiente y del educando.
Artículo 21. CARNE ESTUDIANTIL Y UNIFORME
1. CARNÉ ESTUDIANTIL
Es el documento por el cual el estudiante acredita su condición, facilita su participación y
asistencia a eventos de carácter científico, cultural, artístico, deportivo y recreativo. (Ley 115,
Artículo 98) este documento debe ser entregado durante los treinta (30) días siguientes al inicio
del año escolar y puede ser refrendado el mismo día de la matrícula.
a. Vigencia del Carné: La vigencia del carné será acorde con los 4 niveles escolares y se
renovará cada año con un sticker.
b. Normas institucionales frente al uso del carné estudiantil:
El carné es personal e intransferible.
No es válido como documento de identidad
Usarlo en lugar visible dentro de las instalaciones del colegio.
13. Presentarlo en el momento de hacer uso de la biblioteca, sala de informática, ruta escolar, y
otros.
2. EL UNIFORME DE DIARIO Y DEPORTIVO.
DIARIO
Las mujeres
Falda azul oscuro con prenses, camibuso blanco con el escudo del colegio, buso totalmente
blanco debajo del buso del colegio (opcional), medias blancas largas y zapato colegial negro, el
escudo al lado izquierdo, la altura de la falda cuatro dedos cerrados arriba de la rodilla,
bicicletero azul oscuro.
Los hombres
Pantalón azul oscuro de tela con dos prenses adelante, correa negra, camibuso blanco con el
escudo del colegio, buso totalmente blanco debajo del buso del colegio (opcional), medias azul
oscura o negra larga y zapato colegial negro.
EDUCACIÓN FÍSICA
Para todos: Pantaloneta vinotinto con embones dorados, sudadera vinotinto con embones
dorados, buso blanco con cuello V en vinotinto y oro, medias blancas largas y tenis totalmente
blancos.
Parágrafo: Cuando un estudiante no pueda asistir al colegio con el uniforme que corresponda
según el horario en forma completa, debe asistir con el otro uniforme que tenga completo y
presentar la respectiva excusa.
Artículo 22. DERECHOS DEL ESTUDIANTE
Se entiende por derecho la garantía que tiene todo ser humano, de disfrutar de una vida digna
dentro de un grupo social, amparado por la Constitución Nacional, la Declaración Universal de
los Derechos Humanos, los Derechos del Niño, la Ley de la Infancia y la adolescencia, la Ley
General de Educación, el Decreto 1860 de fecha 1994, Decreto 1850 de agosto 13 de 2002 y
las demás normas contempladas en el presente Manual, así:
1. Derecho a la protección integral. Art. 7º. Ley 1098 de 2006.
2. Derecho a la integridad personal. Art. 18 Ley 1098 de 2006.
3. Derecho a la rehabilitación y resocialización. Art.19 Ley 1098 de 2006.
4. Derecho de Protección. Art. 20 No 4. Ley 1058 de 2006
5. Derecho a la Educación. Art. 28 Ley 1058 de 2006. Los niños, las niñas y los adolescentes
tienen derecho a una educación de calidad.
6. Derecho a la protección eficaz a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de
maltrato, agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los
demás compañeros o profesores. Art. 44 No.5 Ley 1058 de 2006 y Ley 1620 de 2013.
7. Recibir una educación integral, en igualdad de condiciones, sin ningún tipo de
discriminación y de acuerdo con la filosofía del plantel.
8. Tener toda la información sobre las normas que rigen la vida estudiantil.
9. Gozar de un ambiente de respeto y cordialidad que propicie y apoye el propio crecimiento.
10. Ser escuchado y atendido en forma respetuosa, cuando haga reclamos o aclaraciones.
14. 11. Ser escuchado antes de ser sancionado (debido proceso).
12. Participar y apoyar ideas dentro del respeto y honestidad que se han inculcado.
13. Participar en eventos que puedan representar al colegio sin que la inasistencia al aula
implique fallas y/o evaluación insuficiente en las asignaturas del día, pero con el
compromiso de adelantar los temas vistos en clase.
14. Elegir y ser elegido como representante al Consejo Directivo, Personero de los estudiantes,
contralor estudiantil, y otras formas de organización que se establezcan en la institución.
Parágrafo: Para hacer parte de estos equipos o representaciones debe tener buen rendimiento
académico y disciplinario.
15. Recibir buen ejemplo de profesores y compañeros.
16. Conservar cupo en el colegio siempre y cuando cumpla con los aspectos contemplados en
el Manual de Convivencia.
17. Justificar ausencias con certificación médica o explicación escrita o personalmente de
padres o acudientes, ante el Docente de la disciplina y/o el Director de grado, en un plazo
máximo de dos días siguiente de la inasistencia. Con dos ausencias en el mes se llama al
Padre de Familia o Acudiente.
18. Presentar las evaluaciones y trabajos que se hicieron durante el día en que estuvo ausente,
siempre y cuando sea justificado.
19. Recibir información completa oportuna y clara de su situación académica o comportamental.
20. Disfrutar del descanso, del deporte y de las distintas formas de recreación en los tiempos y
lugares previstos para ello.
21. Recibir explicaciones o aclaraciones de los temas de difícil comprensión cuando lo requiera,
dentro de los espacios de desarrollo de cada actividad.
22. Ser tratados por parte del personal Docente, Administrativo y de Servicios Generales con la
consideración, respeto, aprecio y justicia que todo ser humano merece de sus semejantes,
sin discriminación y recibiendo atención en todas las dificultades que se presenten.
23. Identificarse como estudiante con el uniforme y carné de la Institución Educativa Papagalá.
24. Recibir una información educativa acorde con los principios generales de la educación
colombiana y de la Institución Educativa Papagalá, que le permita ser agente de su propio
desarrollo.
25. Participar activamente en el proceso enseñanza – aprendizaje y en los demás programas
sociales, religiosos, deportivos y micro empresariales de la Institución.
26. Ser atendidos en sus reclamos y solicitudes particulares, que se hagan a través del
conducto regular, enmarcados en la veracidad, el respeto por la institución y por las
personas vinculadas a esta.
27. Utilizar y recibir oportunamente y dentro de los horarios establecidos, los servicios de
bienestar estudiantil de que dispone la institución: orientación, asesoría, biblioteca, y otras
atenciones que se presten a nivel de institución.
28. Ser atendidos oportunamente por parte del personal Administrativo, en lo que se refiere a
solicitud de certificados de estudio, constancias, paz y salvo, entre otros. Estas solicitudes
deben hacerse con anticipación de ocho (8) días hábiles y en horas de descanso o en la
jornada contraria.
29. Tener un espacio adecuado para expresar sus sentimientos, opiniones y sugerencias
conservando el debido respeto.
30. Recibir estímulos y las sanciones según lo amerite.
31. Participar activamente en las actividades que promueva la Institución.
32. Recibir de los maestros en el momento oportuno las explicaciones necesarias para resolver
las dificultades que se presentan en cada una de las asignaturas.
33. Conocer las calificaciones parciales y finales de cada asignatura antes de ser reportado y
cuando se diere el caso, solicitar las correcciones correspondientes.
34. Ser evaluado íntegramente de acuerdo con los criterios del Ministerio de Educación
Nacional (MEN) y de las normas internas de la Institución.
15. 35. Ser permanentemente estimulado para desarrollar su espíritu de investigación, sus
capacidades y habilidades individuales, orientándolas al servicio de la comunidad.
36. Disfrutar de un ambiente sano que le permita el óptimo desarrollo y mejor calidad de vida.
37. Disfrutar los espacios y recursos físicos que brinda la institución.
38. Portar con dignidad los símbolos y documentos que lo identifican como estudiante de la
Institución Educativa Papagalá.
39. Participar en las actividades organizadas por la Institución y representarla dignamente en el
intercambio con otras instituciones.
40. Conocer a comienzo de año en forma escrita los objetivos y metas de la Institución, al igual
que la programación de cada asignatura con las exigencias para su desarrollo.
41. Ser respetado en sus diferencias individuales de aprendizaje sin ser rotulado ni marginado.
42. Recibir sus horas de clase completas según la intensidad horaria establecida
43. Ser reconocido en su desempeño como estudiante.
44. Gozar de la seguridad necesaria durante su permanencia en el colegio.
45. A la protección, en el cuidado y la asistencia necesaria para lograr un adecuado desarrollo
físico, mental, moral y social.
46. Ser incluido dentro de programas especiales según lo ameriten estudios o casos especiales,
sin ningún tipo de discriminación.
47. Conocer sus derechos y deberes
48. Los contemplados en el Marco Legal de este Manual de Convivencia y los Art.44 y 45 de la
Constitución.
49. Ser instruido sobre el Manual de Convivencia e informado sobre los cambios indispensables
para la buena marcha del plantel.
Artículo 23. DEBERES DEL ESTUDIANTE
Son acciones obligatorias que garantizan el normal desarrollo de una comunidad:
1. Conocer, comprender, cumplir e interiorizar el Manual de Convivencia.
2. Respetar dentro y fuera del colegio a todas las personas que integran la comunidad
educativa.
3. Aceptar las sugerencias y correctivos que hagan los directivos y docentes que le permitan
un comportamiento adecuado.
4. Responder por los daños causados a los muebles y enseres, planta física, material
didáctico de los laboratorios, aulas de sistemas y otros implementos deportivos o cualquier
otro elemento de propiedad de la Institución Educativa o alrededores.
5. Asistir a todas las clases y participar en las actividades programadas; si por alguna razón se
ausenta debe solicitar el permiso al rector o profesores, según el caso.
6. Asistencia obligatoria a la semana cultural y todos sus eventos que programe la institución.
7. Llevar los materiales necesarios para las clases y dejar en casa aquellos objetos que
puedan causar distracción tales como: celulares, Ipod, mp3, mp4, beepers, walkman, atari,
boqui toquis y similares.
8. Mantener limpios y ordenados los salones de clase, talleres y sitios que utiliza.
9. Entonar con entusiasmo y respeto los himnos.
10. Respetar y cuidar los símbolos patrios y del colegio dando ejemplo de civismo, rectitud y
pertenencia.
11. Colaborar con la buena presentación, orden y aseo de todas las dependencias de la
Institución puestas a su disposición.
12. Utilizar adecuadamente todos los implementos, materiales, muebles y enseres que estén a
disposición.
13. Utilizar adecuadamente el tiempo libre.
14. Presentar las actividades, evaluaciones y trabajos con plazo máximo de una semana de
haberse cumplido la incapacidad medica otorgada por cualquier contingencia.
16. 15. Informar a los padres sobre las citaciones o reuniones programadas por la Institución.
16. Portar el uniforme correspondiente, en forma adecuada, dentro y fuera de la Institución.
17. Solicitar permiso con un día de anticipación o presentar la excusa respectiva, a más tardar
el día siguiente; si falta más de dos días deberá presentarse con el acudiente.
18. Desplazarse con prontitud al escuchar el timbre, al lugar correspondiente.
19. Presentarle oportunamente a los profesores los trabajos y tareas, en la fecha y hora
asignada.
20. Mantener el pupitre limpio y en buen estado, siendo requisito para que se expida paz y salvo
respectivo al final del año.
21. No incurrir en fraude.
22. Respetar las opiniones, creencias y diferencias de la comunidad educativa.
23. Observar un comportamiento adecuado dentro y fuera del colegio.
24. Ser solidario ante las calamidades, dificultades y accidentes que se puedan presentar en los
miembros de la comunidad educativa.
25. No ingerir alimentos y bebidas en actividades académicas.
26. No escribir en las paredes, puertas, baños del colegio, dañarlas y, apropiarse de objetos
que no le pertenezcan.
27. Utilizar el servicio de tienda escolar únicamente en la hora de descanso.
28. Observar las normas de comportamiento en los deportes acordes a la competencia.
29. No sacar elementos de ninguna clase de las instalaciones del colegio.
30. Al finalizar el año lectivo para adquirir el paz y salvo debe hacer entrega en buen estado de
los materiales que haya prestado en el establecimiento, estar al día con documentos y pago
de cualquier otro acuerdo sobre dinero en efectivo que se haya realizado por parte de toda
la comunidad educativa (pago de celador, secretaria, aseadora, etc.).
31. Presentarse a la institución con el uniforme según horario establecido.
32. Estar en el salón a la hora indicada para la iniciación de clases.
33. Participar activamente en las elecciones del gobierno escolar.
34. No entablar charlas durante la jornada académica con personas ajenas a la institución a
través de la malla, en el portón o dentro de la misma, sin la debida autorización del Docente
de Disciplina.
35. Asistir puntualmente a todas las actividades programadas por la Institución tomando parte
activa en ellas.
36. Adquirir todos los útiles escolares necesarios para el logro de los objetivos
interinstitucionales y cumplir con sus actividades diarias.
37. Asumir una actitud constructiva frente al conocimiento que le permita ganar en el proceso el
mérito del logro por medio de: investigaciones, trabajo en grupo, con tareas, leyendo,
escribiendo.
38. Cuando desee realizar algún reclamo de cualquier índole debe seguir el Conducto Regular:
a. Docente con quien se tenga la dificultad.
b. Director de grado.
c. Rectoría por escrito, por sí mismo o a través del Personero(a) y/o Contralor (a).
d. Consejo Directivo por escrito, por sí mismo o a través del Personero(a) y/o Representante
de los Educandos.
39. Cuidar sus pertenencias, no llevar consigo objetos de valor, armas de fuego y corto
punzantes, sustancias psicoactivas.
40. Mantener buen comportamiento en el momento de recibir y tomar el refrigerio y/o almuerzo.
41. No atentar contra el prestigio del buen nombre de la Institución particularmente participando
en actos colectivos de desorden social y cultural.
42. No adulterar documentos, ni hacer uso de documentos ajenos.
43. No abandonar la Institución durante el periodo de actividades ordinarias sin previa
autorización de los Profesores de disciplina o Rector.
17. 44. No entrar a la Institución libros y otros medios de divulgación pornográfica que atente contra
la moral pública.
45. Permanecer fuera de las aulas de clase durante los descansos.
46. No presentar manifestaciones amorosas entre compañeros y personal Docente o
Administrativo, ni otras manifestaciones que atenten contra la moral de la Institución.
Parágrafo: Esta observación aplica, cuando un hecho de estos ocurre fuera del plantel
utilizando cualquiera de los uniformes del mismo.
47. Presentar la correspondiente excusa firmada por los padres de familia o acudientes con su
documento de identidad, cuando por enfermedad o calamidad doméstica haya faltado a la
Institución, dentro de un plazo de dos días hábiles después de la falta.
48. Entregar los libros de la biblioteca antes de salir de la institución para beneficio de los
demás.
49. Cuidar, preservar y entregar al final de año en buen estado el mobiliario, aula de clase y los
diferentes recursos que la Institución ofrece para su servicio y formación integral.
50. Representar dignamente a la Institución en los diferentes eventos interinstitucionales.
51. Respetar física, intelectual y psicológicamente a todos los miembros de la comunidad
educativa.
52. Abstenerse de usar celulares, reproductores musicales o cualquier tipo de aparato
electrónico durante las horas de clase.
53. Abstenerse de fumar, ingerir bebidas alcohólicas, consumir drogas alucinógenas y demás
estupefacientes dentro del plantel educativo o portando el uniforme del mismo.
54. Denunciar actos de robo, vandalismo y demás que atenten contra la Institución.
55. En actividades religiosas, los estudiantes que tengan creencias diferentes deberán asistir al
lugar programado para la actividad, pero no están obligados a participar de ella, pueden
asumir una actitud pasiva.
56. DENTRO DE LA RUTA ESCOLAR SE DEBERAN:
Cuidar el puesto asignado, evitando dañar la cojinería.
Portar el carné del recorrido correspondiente.
Respetar al monitor y al conductor de ruta.
Evitar el consumo de alimentos en los desplazamientos.
No arrojar papeles, ni otros objetos por las ventanillas.
Permanecer en el sitio, en caso que se vare el vehículo hasta que se solucione el problema.
Pasar por escrito las quejas del servicio de transporte, ante el Docente de disciplina
correspondiente.
Esperar en el respectivo punto de paradero el transporte correspondiente.
Viajar en orden y en silencio, absteniéndose de fumar, ingerir bebidas alcohólicas, botar
papeles, cambiarse de puesto y tener comportamientos afectivos escandalosos con sus
compañeros.
Cumplir con las normas de seguridad de transporte escolar.
57. EN RELACION CON EL USO DE LA BIBLIOTECA
Adoptar buenas normas de comportamiento.
Los textos solicitados en préstamo se deben devolver antes de salir del colegio.
Cumplir las normas del Reglamento Interno de la Biblioteca.
58. EN RELACION CON LA PRESENTACION PERSONAL
Mantener siempre una excelente presentación personal.
18. Los estuantes deberán abstenerse de usar cualquier tipo de maquillaje, joyas costosas y
otros tipos de accesorios cuando porten el uniforme.
Los hombres deben mantener el cabello limpio, con corte y peinado clásico (El cabello no
debe sobre pasar los arcos laterales, la frente debe estar totalmente despejada, en la parte
posterior su corte debe ser cuadrado sin colitas, en general su cabello desbastado que el
largo del cabello no sobre pase los 2 centímetros de largo y sin accesorios).
El camibuso y la camisa se llevarán siempre dentro del pantalón, falda, sudadera o
Pantaloneta.
Se prohíbe la utilización de vestidos, zapatos o tenis diferentes al uniforme.
En todas las salidas que hagan los estudiantes en visitas de carácter pedagógico,
académico o social, se usará el uniforme de diario y en actos de actividad Físico Deportivo
el uniforme de educación Física.
Las niñas deben tener el cabello recogido solo con moños, hebillas, balacas blancos(as),
negros(as) o azul oscuro.
59. EN RELACION CON LAS SALAS DE INFORMATICA Y BILINGÜISMO
No ingresar maletas, morrales, elementos deportivos u otros a la sala de informática o
laboratorios.
No ingresar a las salas Mojados(as), sudorosos (as) o desaseados (as).
Responder por cada uno de los elementos, accesorios y equipos puestos bajo su
responsabilidad.
No alterar la configuración de los equipos de informática.
Se prohíbe navegar en direcciones relacionadas con erotismo, pornografía, terrorismo
Cumplir con las normas del Reglamento Interno
Artículo 24. ESTIMULOS Y DISTINCIONES A ESTUDIANTES:
Con el ánimo de resaltar el comportamiento ejemplar de los estudiantes se han implementado
los siguientes incentivos:
1. Destacar en el observador del estudiante tanto las acciones negativas como las positivas.
2. Carta de Felicitación y Cuadro de Honor: Los estudiantes que se destaquen por su nivel
académico y formativo durante el bimestre se harán merecedores a figurar en el cuadro de
honor. Mención de Honor a los estudiantes que se destaquen por su nivel académico,
aspecto formativo, liderazgo y sentido de pertenencia. Al finalizar el año, se otorgará
diploma de excelencia y medalla al mérito a los mejores estudiantes del colegio.
3. Izadas de bandera: Se distinguirá a los estudiantes con la izada del pabellón nacional, por
su buen desempeño según el tema y/o situación de la misma.
4. Otorgar medalla de Perseverancia a los estudiantes que hayan estudiado en la
Institución educativa desde el nivel de preescolar hasta el grado undécimo.
5. Otorgar mención a los estudiantes de grado preescolar al grado 11 en la ceremonia de
clausura, que se hayan distinguido en los siguientes aspectos: Rendimiento Académico y
Compañerismo.
6. Se otorgará mención de Honor a los estudiantes que se destaquen por su buen desempeño
deportivo y cultural, y dejen en alto el buen nombre de la institución.
7. A los de grado once se les otorga además la medalla al mejor bachiller y mejor resultado
en las pruebas SABER.
CAPITULO IV
DE LOS DOCENTES
19. Artículo 25. PERFIL, DEBERES, DERECHOS, ESTÍMULOS Y PROHIBICIONES, DEL
SERVIDOR PÚBLICO: Los servidores públicos que desempeñan funciones como docentes,
administrativas y operativas, son regidos por: Decreto 2277 de 1979, Ley 715/200, Decreto
1278 /2002, Ley 734 de /2002, Decreto 1791, 1792 y 1798 de 2000, Ley 443 de 1998, Ley 100
1993 y Decreto 1800 de 2000.
1. PERFIL DEL DOCENETE DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA PAPAGALÁ: El docente de la
Institución Educativa Papagalá es una persona:
Tener un alto nivel ético y que inspire confianza a la comunidad educativa
Mantener relaciones armoniosas con los miembros de la comunidad educativa.
Tener alto nivel de autoestima.
Educar con ejemplo.
Estar comprometidos con la democracia
Ser íntegro, equilibrado, innovador, creativo, crítico, orientador, tolerante, sensible,
responsable, líder y motivador.
Ser autónomo
Respetar la diferencia.
Ser agente del cambio
Idónea: con el nivel de educación, formación y experiencia para el ejercicio óptimo de su
quehacer.
Identifica, apropia y proyecta la filosofía de la institución.
Practica en forma auténtica los valores a desarrollar con sus educandos.
Justo, ecuánime, con actitud de escucha, y objetivo al evaluar a sus estudiantes con el trato
que corresponde.
Colabora con las directivas y los compañeros de la institución.
Tiene en cuenta el contexto personal del estudiante.
Continúa en el desarrollo del proceso formativo.
Leal con la institución.
Coherente con sus actuaciones ante los estudiantes, padres de familia y autoridades.
Facilitador del aprendizaje con enfoque científico actualizado y que usa metodologías
propias para el aprendizaje de sus estudiantes.
Posee una conciencia moral firme, manteniendo una escala de valores que fortalezca su
vocación de educador.
Que se desempeña eficientemente en el desarrollo y preparación de su área.
Capaz de autoevaluarse en sus fortalezas y debilidades y corregirlos a favor de la
comunidad.
Debe ser “Maestro” integral y motivador continuo.
Tiene una excelente presentación personal
Capaz de aceptar a personas con necesidades de educación especiales o con cualquier
otro sentido de diferencia que se presente a estudiar en la institución.
2. CONDICIONES DE LOS DOCENTES DIFERENTES A SU SITUACION COMO DOCENTE
DE AULA
DIRECTOR DE GRUPO
20. Cuando se le ubica en esta condición, el docente debe concertar y elaborar con los estudiantes
y padres de familia su proyecto de dirección de grupo, teniendo como base las siguientes
funciones:
Coordinar con los demás docentes estrategias que beneficien la formación integral de los
estudiantes.
Informar a los padres de familia sobre los resultados académicos y disciplinarios de sus hijos.
Registrar los aspectos positivos y negativos de los estudiantes en el observador del alumno.
Orientar y motivar a los estudiantes y padres de familia en el desarrollo de las actividades
académicas, culturales y lúdicas programadas.
Orientar periódicamente talleres de Escuelas de Padres, de acuerdo a las necesidades del
grupo.
Intervenir cuando los protocolos lo establezcan.
Fomentar y coordinar la organización del aula (carteleras, aseo, orden, etc)
DOCENTE DE DISCIPLINA O CONVIVENCIA
Cuando le corresponda cumplir con el turno de disciplina, el Docente debe tener en cuenta:
Revisar a los estudiantes a la entrada de la Institución, su presentación personal y su
puntualidad.
Estar pendiente del comportamiento disciplinario de los estudiantes, durante el periodo de
descanso.
Realizar actividades de formación de estudiantes, para los casos ordinarios o extraordinarios
que se presenten durante el día de su turno.
Estar atento a la entrada y salida de los estudiantes.
Realizar los toques de cambio de entrada, salida, cambio de clases y el descanso escolar.
Informar e intervenir en toda situación que se presente y que altere el la disciplina escolar.
DERECHOS DE LOS DOCENTES
1. Derechos laborales de los educadores contemplados en la Ley 115 de 1994.
2. Los establecidos para los empleados según el Código Laboral.
3. Disponer de un ambiente propicio para el desempeño de su labor educativa.
4. Gozar de estímulos e incentivos morales y pecuniarios.
5. Recibir tratamiento cortés de acuerdo a los principios básicos de las relaciones humanas.
6. Obtener permisos y licencias según la Ley.
7. Participar en concursos que le permitan obtener promoción dentro del servicio o
reconocimientos con copia a la hoja de vida.
8. De acuerdo a lo establecido en los Artículos 38 y 39 de la Constitución Política Nacional,
donde se reconoce el derecho a la libre asociación, teniendo derecho a permisos
justificados.
9. Permanecer en el servicio y no ser desvinculado o sancionado, sino de acuerdo con las
normas y procedimientos establecidos por la ley.
10. Ser respetados por los Directivos, Compañeros, y demás comunidad educativa.
11. Elegir y ser elegido en los diferentes organismos institucionales.
12. Ser escuchados antes de ser sancionados.
13. A la apelación y la defensa cuando fuera necesario.
14. Conocer y promulgar la filosofía de la institución.
15. Conocer el PEI del colegio.
16. Conocer el Manual de Convivencia.
17. Asistir a jornadas pedagógicas para obtener capacitación en nuevas tendencias educativas.
21. 18. Ser informado oportunamente de situaciones que se presenten ya sea de tipo personal,
académico y/o disciplinario.
19. Conocer el perfil del estudiante de la Institución Educativa Técnica Papagalá.
20. Ser tratado con respeto por sus estudiantes, los cuales no podrán utilizar apodos
despectivos, indirectas, sarcasmos, o alusiones a defectos físicos.
21. Tener autonomía en el desarrollo de estrategias planteadas, dentro del aula de clase
teniendo en cuenta los lineamientos básicos de la institución.
22. Conocer de antemano las actividades programadas al inicio de cada mes.
23. Recibir apoyo y evaluación por parte de las diferentes instancias a las propuestas
presentadas.
24. Recibir inventariado y en perfecto estado los materiales, equipos e implementos a su cargo.
25. Recibir apoyo de instancias superiores en caso de que lo amerite bien sea académico y/o de
convivencia.
26. Recibir capacitación que mejore su condición de maestro ya sea nivel interno o externo
27. Evaluar y ser evaluado en su quehacer pedagógico recibiendo retroalimentación
DEBERES DE LOS MAESTROS
1. Cumplir y hacer que se cumpla la constitución, los manuales de funciones, los horarios de
clase, la jornada académica, las órdenes superiores cuando respondan a la naturaleza de
sus funciones, las decisiones judiciales y disciplinarias.
2. Cumplir con diligencia, eficiencia e imparcialidad el servicio que le sea encomendado y
abstenerse de cualquier acto u omisión que cause la suspensión o perturbación de un
servicio esencial o que implique abuso o ejercicio indebido del cargo de función.
3. Formular, coordinar y ejecutar los planes de estudio correspondientes, al igual que los
proyectos que tenga a su cargo.
4. Informar oportunamente situaciones anómalas que se presenten de tipo moral o ético,
reportando a los estudiantes que presenten comportamientos inadecuados.
5. Lograr junto con los demás estamentos el desarrollo del perfil del estudiante que se desea
en la institución.
6. Tratar con respeto, dignidad e igualdad a todos los miembros de la comunidad educativa.
7. Apropiarse del Manual de Convivencia para que exista eficacia y equilibrio en el quehacer
educativo.
8. Buscar estrategias para solucionar situaciones que se presenten dentro y fuera del colegio,
en temas pertinentes a la institución.
9. Intervenir en la programación y realización completa del PEI, así como su ejecución, revisión
y evaluación.
10. Hacer presencia continua y activa entre los estudiantes durante el desarrollo de sus
actividades para orientarlos y ayudarlos a garantizar su formación.
11. Presentar iniciativas para estudiarlas y ponerlas en práctica para actualizar la educación.
12. Abstenerse de emplear castigos físicos o sicológicos con los estudiantes.
13. Evitar comprometer el nombre del colegio para realizar negocios y gestiones personales.
14. Abstenerse de promover eventos a nombre del colegio sin la debida autorización (rifas,
paseos, reuniones, salidas, entre otros)
15. Ser leal, honesto, responsable y manejar con ética sus relaciones con los diferentes
estamentos educativos.
16. Ser imparcial en el trato y la aplicación del Manual de Convivencia con los estudiantes.
17. Cumplir con responsabilidad los deberes propios de su profesión de educador.
18. Manejar con cuidado y responsabilidad los equipos y demás implementos que hay en el
colegio dejándolos tal y como los encontró.
19. Evitar al máximo situaciones de confianza con las directivas y compañeros, especialmente
en presencia de estudiantes.
20. Manejar la autoridad en forma firme, justa y ecuánime.
22. 21. Mantener la disciplina individual o colectiva dentro y fuera del aula.
22. Abstenerse de hacer promesas y observaciones que después no pueda cumplir.
23. Promover el funcionamiento del gobierno escolar, diseñando correctivos adecuados, sin
tardanzas siendo moderado justo y objetivo.
24. Hacer comprender a los estudiantes que el buen comportamiento es una exigencia social
que debe ser acatada en todas las circunstancias de la vida.
25. Respetar a los estudiantes evitando apodos despectivos, indirectas, sarcasmos, alusiones a
defectos físicos, insultos personales.
26. Abstenerse de utilizar lenguaje inapropiado dentro del contexto escolar.
27. Procurar crear y mantener en clase una atmósfera sana de responsabilidad, interés, calor
humano y espíritu de trabajo.
28. Evaluar a conciencia de acuerdo a las normas vigentes.
29. Mantener un ambiente de cordialidad y respeto con los compañeros de trabajo.
30. Garantizar el desarrollo de competencias de los estudiantes, mediante la implementación de
las últimas tendencias pedagógicas.
31. Tener sentido de pertenencia a la institución.
32. Programar y responder por las actividades a su cargo, con el acompañamiento de cada
director de curso.
33. Evitar situaciones de confianza con estudiantes tales como: ingerir bebidas alcohólicas,
relaciones amorosas o de noviazgo, firmar o realizar negocios de cualquier índole.
34. Reportar permanentemente los casos académicos y/o disciplinarios que merezcan atención
a la coordinación respectiva.
35. Diseñar actividades de nivelación para los estudiantes que presenten dificultades o
debilidades con la asignatura a su cargo.
36. Reportar a mitad de periodo a todos aquellos estudiantes que tengan debilidades en la
asignatura a su cargo.
37. Asistir puntualmente al aula de clase.
38. Abstenerse de presentarse a la Institución bajo la influencia de drogas alucinógenas o en
estado de embriaguez.
39. Abstenerse de utilizar el celular en horas de clase.
40. Asignar actividades con tiempo prudencial para su desarrollo.
41. Dar a conocer las calificaciones de forma clara, oportuna y precisa.
42. Evitar poner en riesgo la integridad física y moral de los estudiantes.
43. Promover la comunicación respetuosa y efectiva entre los miembros de la comunidad
educativa.
44. Garantizar la permanente comunicación con los estudiantes y padres de familia sobre la
situación académica y formativa del estudiante.
45. Dar a conocer a los organismos que sea necesario el comportamiento inusual de un alumno
para que se le atienda a nivel profesional.
46. Dar a conocer a los organismos pertinentes situaciones de abuso contra los alumnos, que
sean detectadas en un momento determinado.
47. Cumplir con las disposiciones recibidas por las directivas de la Institución Educativa
Papagalá.
CAPITULO V
COMUNIDAD
23. Artículo 26. PERFIL DE LA FAMILIA: Los padres de la Institución Educativa Papagalá son
personas que:
Manifiestan sentido de pertenencia, respeto y amor por la institución.
Logran establecer comunicación adecuada y cordial con sus hijos, con los maestros y
directivas de la institución.
Son conscientes de su deber como educadores primarios y formadores de personas nuevas.
Se preocupan por el adelanto de sus hijos en su formación académica y en valores.
Satisfacen económicamente sus necesidades primarias de vida, alimentación, atención en
salud y educación.
Se apropian del Manual de Convivencia, filosofía y principios de la I.E.P.
Conocer sus derechos y deberes con la I.E.P
Orientan y acompañan permanentemente el desarrollo integral de sus hijos.
Contribuye en la formación de una moral firme y vivencia de los valores.
Tienen sentido de pertenencia y amor por la I.E.P
Artículo 27. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA
1. Recibir con suficiente anterioridad las citaciones, circulares y boletines donde se informe
sobre compromisos con la institución.
2. Participar en la planeación, ejecución y evaluación del manual de convivencia y del PEI de
acuerdo con los mecanismos que para ello se estipula.
3. Elegir y ser elegido en igualdad de condiciones al Consejo Directivo y a la Asociación de
padres de Familia y otros estamentos.
4. Solicitar explicaciones claras y precisas sobre el rendimiento escolar y comportamiento de
sus hijos, teniendo en cuenta el horario de atención establecido.
5. Participar en todos los programas de formación de padres que brinda la institución para
cumplir adecuadamente la tarea educativa que les corresponde.
6. Ser informado oportunamente sobre el rendimiento académico y disciplinario del estudiante.
7. Recibir oportunamente atención de las directivas, maestros y demás personal, siguiendo el
conducto regular y según el horario establecido.
8. Recibir los certificados que necesite siempre y cuando este a PAZ y SALVO con la
institución.
9. Recibir en la matricula lista de textos y útiles escolares.
10. Ser informado oportunamente por los daños causados por sus hijos para que asuman la
responsabilidad económica.
11. Conocer el Manual de Convivencia y tener en cuenta los procedimientos, para lo cual se
realizará un taller a principio de año.
12. Recibir una adecuada orientación por parte de los estamentos para poder llevar a cabo el
proceso de desarrollo o formación del estudiante.
13. Conocer las funciones de los diversos estamentos.
14. Conocer la filosofía institucional y apropiarse de ella.
15. Aclarar las situaciones relacionadas con el quehacer de la Institución, y con los demás
miembros de la comunidad educativa.
16. Ser escuchado por quienes tienen la función de dirimir conflictos entre padres y maestros
Artículo 28. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA
24. 1. Asistir a la Institución cada vez que sea necesario: talleres de padres, entrega de informes
académicos o citación a convivencia o rectoría.
2. Comprometerse a cumplir y a que su hijo(a) cumpla con el manual de convivencia.
3. Colaborar con todas las actividades del colegio y en general con las que requieren su
presencia.
4. Participar en el Consejo Directivo, Asociación y Comités para velar por la adecuada
prestación del servicio educativo.
5. Reclamar personalmente el informe de calificación de acuerdo con la hora y fecha indicada
por la rectoría de la Institución Educativa Papagalá.
6. Colaborar con los maestros de cada materia en el seguimiento del rendimiento académico
de su hijo(a).
7. Mantener permanente comunicación con la I.E.P, para conocer el nivel formativo y
académico del estudiante.
8. Dirigirse oportuna y respetuosamente al colegio para conocer la situación de su hijo(a) o
para realizar cualquier reclamo.
9. Proveer oportunamente a su hijo(a) de los textos e implementos indispensables para su
labor desde el primer día de clase.
10. Responder económicamente por los daños materiales causados por su hijo(a).
11. Informar oportunamente las ausencias de sus hijos, con plazo hasta de dos días después de
las mismas.
12. Promover la buena salud y presentación del estudiante para el buen desempeño
académico.
13. Ser agente activo como acompañante en el proceso de formación integral de su hijo(a).
14. Seguir el conducto regular para realizar cualquier reclamo el cual debe estar dentro de las
normas de respeto.
15. Tener sentido de pertenencia al colegio y cuidar el buen nombre del mismo.
16. Estar vigilante a elementos o dinero que no pertenezcan a su hijo(a)
17. Ser respetuoso e íntegro en toda circunstancia dentro y fuera del plantel.
18. Velar por el buen nombre de la Institución Educativa Papagalá.
19. No lanzar juicios anticipados en contra de un miembro de la comunidad educativa, sin
previamente haber investigado y obtenida suficiente información acerca de la ocurrencia de
una situación determinada.
20. Dar a conocer a la institución cualquier anomalía que se esté presentando con sus hijos o
acudidos u otros educandos de los cuales tenga conocimiento de maltrato o cualquier otra
situación que pueda poner en riesgo su salud física, mental o psicológica.
NOTA: Ante la reincidente o falta a alguno de los deberes aquí estipulados, se firmará un
compromiso actitudinal, entre el Padre de Familia y el Consejo Directivo de la Institución
Educativa Papagalá buscando la resolución del conflicto.
CAPITULO VI
MANUAL DE PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO
Por ser el estudiante una persona en proceso de formación, necesita que sus posibles errores
no se conviertan en patrones de conducta. Es importante establecer correctivos y sanciones
para aquellas conductas que atenten contra el buen desarrollo Institucional, es de anotar que
dichos correctivos se deben realizar siguiendo un conducto regular y haciendo referencia al
debido proceso que tiene derecho toda persona que se encuentre amparada por la constitución
Nacional.
Los procesos establecidos se caracterizan por respetar lo estipulado en el artículo 45 del
Código de la Infancia y la Adolescencia, referente a la prohibición de sanciones crueles,
25. humillantes o degradantes y el seguimiento de una ruta de atención y los protocolos después
de haberse clasificado la situación según la Ley 1620 de 2013 y el Decreto Reglamentario 1965
de 2013.
Artículo 29. FALTAS, CORRECTIVOS Y PROCEDIMIENTOS
Una falta se considera a aquellas actuaciones que atenten contra los principios filosóficos y de
convivencia social de la comunidad educativa, así como el incumplimiento de los deberes y
abuso de los derechos previstos en el presente manual, además, cualquier violación a las leyes
y disposiciones que regulan la conducta y el comportamiento humano y las normas penales.
Artículo 30. FINALIDAD DEL CORRECTIVO
Es una medida estratégica utilizada con el fin de orientar comportamientos encaminados a
generar actitudes y hábitos de responsabilidad, respeto y tolerancia, en el interior de la
Comunidad educativa transcendiendo al entorno familiar y social para lograr la convivencia
pacífica. De acuerdo con las circunstancias particulares del hecho se aplica el correctivo
correspondiente, según evaluación y determinación de cada una de las instancias del conducto
regular.
ARTÍCULO 31. CONDUCTO REGULAR
De acuerdo con la gravedad de las faltas disciplinarias, será aplicado el respectivo correctivo
teniendo en cuenta el siguiente conducto:
Docente
Director de curso
Docente de Disciplina
Rector
Comité de convivencia escolar
Consejo Directivo
Artículo 32. CLASIFICACION DE LAS FALTAS: Las faltas disciplinarias se clasifican en:
leves, graves y gravísimas
1. FALTAS LEVES: Son consideradas faltas leves el incumplimiento a los deberes
estipulados en el Manual de Convivencia y que no estén consideradas como faltas grave o
gravísima. Estas son:
a. Permanecer en salones, y otros sitios de acceso restringido durante el tiempo de
descanso.
b. Entrar o salir sin permiso del aula de clase por corto tiempo.
c. Ignorar el timbre para ingresar a los salones, aula múltiple o pasar a formar.
d. Comprar comestibles o útiles escolares extramuros, realizar compras y/o ventas dentro
del aula de clase e instalaciones del colegio.
e. Llegar tarde al colegio sin causa justificada.
f. Portar adornos, joyas y accesorios no contemplados como parte del uniforme.
g. Portar prendas diferentes a las del uniforme de la Institución Educativa (cachuchas, buso,
chaquetas, pañoletas y otras que no correspondan al uniforme).
h. La falta de cuidado en la higiene y presentación personal.
i. Utilizar colorantes o tintes, rasuras o exageraciones en el cabello.
j. Uso de maquillaje con uniforme del colegio.
26. k. Porte de aparatos de comunicaciones en cualquiera de sus modalidades, siempre y
cuando sea utilizado para una orientación pedagógica. El colegio no responde por la
pérdida de estos elementos.
l. Todas aquellas acciones que atentan contra el normal desarrollo de convivencia pacífica
al interior de la Institución.
m. Porte inadecuado del uniforme.
n. Utilizar pantalonetas o shorts con estampados diferentes al uniforme.
o. Practicar cualquier deporte en sitios fuera de la cancha deportiva.
p. Asistir a realizar actividades que no sean académicas en jornada contraria.
1.1. PROCEDIMIENTO FALTAS LEVES
En primera instancia las conoce el Docente o Director de Curso, en su ausencia lo hará el
Docente de disciplina en el caso que lo amerite; éstas faltas leves serán de conocimiento
directo del Docente que está en el salón de clase y/o del Docente de Disciplina o instancia que
corresponda, quien aplicara el correctivo, con solo conocer el hecho. Contra estas decisiones
no procede recurso alguno.
1.2. CORRECTIVOS FALTAS LEVES
Se impondrán las medidas correctivas, de acuerdo con la calificación del hecho:
Llamados de atención verbal por parte del docente, registro en el observador con la nota
“verbal” y notificación al Director de Curso.
Amonestación escrita en el observador del estudiante, con las respectivas firmas del
estudiante y profesor.
En caso de reincidencia en la falta se citará a los padres de familia o acudientes a reunión con
el Director de curso y el profesor correspondiente, para aclarar los motivos del
comportamiento del estudiante y asignar los trabajos pedagógicos formativos y/o ecológicos.
2. FALTAS GRAVES: Son consideradas faltas graves algunos comportamientos que causan
perjuicios a la Comunidad Educativa (Estudiantes, padres de familia, directivos docentes,
docentes administrativos, ex alumnos, invitados y visitantes). Se consideran faltas graves las
siguientes:
a. Observar mal comportamiento en las formaciones, actos de carácter cultural, patrio y
eventos de representación del colegio.
b. Ridiculizar a las demás personas por sus faltas, defectos o condición social.
c. No devolver los elementos facilitados por los docentes u otro integrante de la comunidad
educativa.
d. Ocultar, o no entregar oportunamente las citaciones que realice el colegio a los padres de
familia y/o acudientes o las notificaciones enviadas por las directivas o los profesores de la
institución.
e. Entrar o salir del colegio por la puerta principal o por lugares distintos a ésta, sin permiso
de Docente de disciplina o Rectoría.
f. Causar daño en sitios donde se ejecuten proyectos productivos, y/o proyectos
transversales.
g. Practicar apuestas con dinero y juego de azar.
h. Realizar reclamos en forma airada y violenta a profesores, directivos o empleados del
plantel, dentro o fuera del colegio.
i. Faltar al respeto a compañeros, realizar juegos de manos y chanzas bruscas que tengan
como consecuencias lesiones físicas o morales.
27. j. Emitir juicios o comentarios que lesionen el prestigio, integridad moral o física de los
integrantes de la Comunidad Educativa.
k. Elaborar y distribuir anónimos.
l. Entorpecer el desarrollo normal de las clases mediante: el saboteo, gritos, silbidos, tirar
papeles, realizar actividades de una disciplina diferente a la clase, juegos en la cancha
múltiple, toque inoportuno del timbre o campana, interrupciones intencionales de fluidos
eléctricos, llevar a los salones sustancias malolientes, animales y objetos que distraigan la
atención de los estudiantes.
m. El ocasionar indisciplina con elementos que produzcan deterioro o daños a las personas o
enseres.
n. Evadir clases estando en el Colegio, o actividades externas orientadas por el colegio.
o. Utilizar chantaje o presiones para encubrir una falta.
p. Manifestaciones amorosas e indecorosas tales como besarse, acariciarse y sentarse en
las piernas de un compañero(a) y demás que atenten contra la moral de la institución.
q. Esconder o dañar prendas, objetos y útiles escolares de los compañeros.
r. Callar ante el conocimiento de un hecho o ser cómplice de la comisión de una falta.
s. Utilizar tatuajes o pirsin en cualquier parte del cuerpo y aretes en los hombres.
t. Utilizar el carné de otro compañero para solicitar servicios.
u. Rayar pupitres e instalaciones del colegio.
v. Escribir pasquines, pintar y rayar muros, paredes, baños, puertas, pupitres; dañar
intencionalmente, libros de la biblioteca, equipos de cómputo, e implemento de laboratorio
y talleres.
w. Cortar, rayar, pintar, o dañar deliberadamente los cojines y accesorios de los buses de
trasporte escolar, o fomentar actos de indisciplina en los recorridos, realizar acciones que
pongan en riesgo su integridad física y/o la de sus compañeros.
x. Portar o traficar con objetos hurtados dentro y fuera de la institución.
y. Introducir al colegio material, fotos, videos y/o revistas pornográficos y hacerlas circular
entre los compañeros del colegio.
z. Reincidir en la misma falta leve por cuarta vez.
2.1. PROCEDIMIENTO FALTAS GRAVES
Las faltas graves conocidas por cualquier miembro de la Comunidad Educativa, podrá darlas a
conocer a la Rectoría mediante informe escrito.
Las faltas graves son de conocimiento de la Rectoría , quien impondrá el correctivo, para lo cual
únicamente deberá mediar informe escrito de la falta por quien tuvo conocimiento y/o de oficio,
descargo o confesión del estudiante involucrado, y otras pruebas documentales o testimoniales
si se consideran necesarias, debe ser un procedimiento breve, oportuno y sumario.
Le corresponde a la Rectoría, aplicar los correctivos a los estudiantes que cometan faltas
graves, mediante acta de compromiso motivada. Contra estas decisiones no procede recurso
alguno. De acuerdo con las características de la falta, la Rectoría puede aplicar cualquiera de
los correctivos establecidos para las faltas graves.
2.2. CORRECTIVOS PARA LAS FALTAS GRAVES
Citación y firma del acta de compromiso del estudiante y padres o acudientes.
Elaboración cartelera y exposición sobre la falta cometida y las consecuencias a nivel
individual y grupal.
Reparar personalmente a través del acudiente los daños causados a bienes muebles e
inmuebles del colegio u otra entidad en caso que sea actividad académica autorizada.
Remisión al comité para la paz y la convivencia.
28. Suspensión del Servicio de transporte Escolar hasta por cinco días o definitivamente si lo
amerita.
Suspensión de Cualquier Beneficio o Estimulo hasta durante el año lectivo.
Suspensión hasta por un mes del Servicio de Restaurante Escolar.
Realizar Actividades de trabajo Social hasta por un mes.
Parágrafo 1: Ante la comisión de una falta disciplinaria grave por parte del estudiante y le sea
citado el padre de familia o acudiente y éste no se presente a cumplir la respectiva citación, sin
excusa válida, el estudiante será sancionado y se dará a conocer la situación al acudiente
mediante escrito.
Parágrafo 2: Cuando a un estudiante se le imponga algún tipo de correctivo disciplinario, la
calificación de comportamiento le será rebajada y en ningún caso se evaluará con la mayor
calificación.
Parágrafo 3: Sin perjuicio al “debido proceso” y con el ánimo de contribuir al mejoramiento del
ambiente escolar, el Rector podrá emplear como forma de procedimiento alternativo, la
mediación en la resolución de conflictos escolares, para facilitar la solución pacífica de las
dificultades que se presentan entre los estudiantes y docentes, la cual estará a cargo del comité
para la paz y la convivencia.
3. FALTAS GRAVÍSIMAS: Son consideradas faltas gravísimas aquellas conductas o
comportamientos que lesionen gravemente la ética, moral y valores que la Institución Educativa
promueve y que atentan contra la integridad física y moral de los estudiantes, docentes,
directivos, administrativos y comunidad en general, así como el prestigio y buen nombre de la
Institución. Son consideradas faltas gravísimas las siguientes:
a. Proferir amenazas verbales o físicas a los compañeros o a cualquier otro miembro de la
institución.
b. Hurtar, estafar y malversar fondos del curso, violar cerraduras, adulterar documentos,
suplantar personas y falsificar firmas.
c. Fraude comprobado en evaluaciones o trabajos, así como la falsificación o adulteración de
certificados, permisos, excusas, boletines etc.
d. Agresión física y/o verbal a cualquiera de los miembros de la comunidad educativa.
e. Crear o pertenecer a grupos o pandillas que vayan en detrimento de la sociedad o
comunidad en general o que afecten directamente al colegio.
f. Destruir o dañar deliberadamente objetos de compañeros e instalaciones o elementos de
la institución.
g. El uso, distribución y porte de cigarrillos, bebidas alcohólicas y sustancias psicoactivas.
h. Irrespetar de palabra y/o de hecho a directivos docentes, docentes, personal
administrativo y personas que tenga algún tipo de relación con la institución escolar.
i. Destrucción o maltrato de muebles, escritorios, puertas, ventanales, escalera, cuadros,
implementos eléctricos, deportivos, de laboratorio y útiles de sus compañeros.
j. Portar, distribuir, inducir al consumo o comercializar sustancias Psico activas y demás
sustancias que atenten contra la integridad física y psicológica de los estudiantes.
k. Incumplimiento del acta de compromiso comportamental o académica.
l. Hurto simple o agravado.
m. Evasión de la Institución Educativa.
n. Presentarse a la Institución Educativa en estado de embriaguez o bajo el efecto de
sustancias psicotrópicas.
o. Producir lesiones personales por conductas dolosas, a compañeros, docentes, directivos,
administrativos y comunidad educativa en general, dentro de las instalaciones del colegio,
o en actividades programadas fuera de las instalaciones de la institución escolar.
29. p. Porte o distribución de armas de fuego, municiones, explosivos y cualquier otro tipo de
arma blanca o contundente que se pueda utilizar para causar daño dentro o fuera de la
Institución cuando esté portando el uniforme de la misma.
q. Porte o distribución de propaganda subversiva.
r. Ser informante y/o cooperante de grupos alzados en armas al margen de la ley.
s. La práctica de fenómenos paranormales (parapsicológicos, satanismo y la práctica de
magia, supersticiones espiritistas ajenas a los principios de la institución. (Ley 133 de
1.994 Art. 5o.)
t. Cuando un estudiante tenga matrícula en observación e incurra en una falta leve y/o
grave.
u. Hacer uso de equipos de cómputo o cualquier medio tecnológico para abrir o distribuir
pornografía o introducir información de carácter erótico o pornográfico.
v. Realizar comentarios, colocar fotografías, entre otros, que atenten contra la integridad,
buen nombre y prestigio de la institución o cualquiera de sus integrantes a través de
correos electrónicos, chat, o redes sociales virtuales, en la Web y emisoras radiales u otro
medio distinto.
w. Promover o incitar a los demás miembros de la comunidad educativa a generar cualquier
manifestación que atente contra las normas y/o directrices trazadas por la Rectoría,
consejo académico, consejo directivo.
x. Fomentar, promover o incitar la participación de estudiantes en grupos o tribus urbanas.
y. Toda falta o conducta que esté definida como hecho punible en el Código penal y en la ley
de la infancia y la adolescencia.
z. Cualquier tipo de agresión física o verbal contra los educandos con necesidades
educativas especiales.
3.1. PROCEDIMIENTO FALTAS GRAVÍSIMAS
Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento de la comisión de una
falta gravísima por parte de un estudiante, está en la obligación de informar inmediatamente a
los directivos de La Institución, así como a la autoridad competente de la comisión de la misma
y para ello se seguirá el siguiente procedimiento:
Informe escrito por parte de quien tuvo conocimiento de la falta.
Citación del estudiante a Rectoría, para explicar la situación de su comportamiento o
conducta, dejando registro en el observador del estudiante con sus correspondientes firmas.
Citación del padre de familia o acudiente en forma inmediata para enterarlo de la situación.
Parágrafo 1: Para solucionar los conflictos generados por la comisión de una falta gravísima
por parte de un estudiante, el Rector conformará y convocará al comité de Convivencia
Escolar.
Parágrafo 2: Cuando el padre o acudiente se cite con carácter de urgencia y no se presente
oportunamente en la Institución Educativa sin justificación, y agotadas las instancias de
comunicación por parte de la Coordinación que citó, autoriza a la institución para continuar con
el proceso que se le sigue al estudiante y no podrá argumentar violación al debido proceso.
La Rectoría dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción del informe, citará en
forma extraordinaria al comité de Convivencia Escolar a una reunión para que se realice la
investigación de lo sucedido y se recolecten pruebas sobre los hechos. De lo actuado se
elabora un acta y se envía informe al Consejo Directivo para que se tome una decisión y se
adopte el respectivo correctivo disciplinario. El estudiante y el padre de familia o acudiente se
citarán para que asistan a esta reunión, con el fin de ejercer su legítimo derecho de defensa
sobre las conductas que se le imputan.
30. De acuerdo con el informe enviado por el Comité de convivencia Escolar, la Rectoría
convocará y presidirá el Consejo Directivo para tomar una decisión. Cada uno de los integrantes
del Consejo Directivo participantes de la reunión, dará su voto por separado haciendo claridad
del porqué del voto emitido. De todo lo actuado quedará el registro en el libro de actas que para
tal efecto se llevará en Rectoría, en donde se consignará detalladamente todos los aspectos
que se trataron en la reunión.
La Rectoría mediante acto administrativo adoptará la decisión acordada en la reunión del
Consejo Directivo, la cual será notificada al padre de familia o acudiente dentro de los cinco (5)
días hábiles siguientes a la realización de la reunión. Contra las decisiones tomadas por la
Rectoría procede el recurso de reposición ante el mismo funcionario y el de apelación ante el
Consejo Directivo de la Institución Escolar, el recurso deberá ser sustentado por escrito dentro
de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de notificación, por el estudiante, por el padre
de familia o acudiente.
La Rectoría resolverá el recurso de reposición dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a
la fecha de presentación del recurso y el Consejo Directivo que hará la segunda instancia,
deberá resolver el recurso de apelación dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha
en que se recibió el proceso adelantado por la Rectoría, (quien no podrá emitir voto por haber
tomado la decisión que se está revisando), si el Consejo Directivo considera pertinente podrá
citar al estudiante y al padre de familia o acudiente, para que ejerzan el derecho a la defensa en
la reunión que realizarán para resolver el recurso de apelación. Contra la decisión emitida por
el Consejo Directivo en segunda instancia no procede recurso.
3.2. CORRECTIVO FALTAS GRAVÍSIMAS
El Consejo Directivo podrá imponer cualquier de los siguientes correctivos teniendo en cuenta lo
tratado en el Manual, y de acuerdo a la gravedad del hecho.
Matrícula en observación (Convenio de seguimiento comportamental o académico).
Perdida indefinida del cupo a partir del próximo año escolar.
Cancelación de la matrícula en cualquier época del año.
No participación en la ceremonia de grado, si el estudiante es de grado 11.
Desescolarización.
Artículo 33. MATRÍCULA EN OBSERVACIÓN COMPORTAMENTAL
Hace relación al compromiso especial que adquiere el estudiante y el padre de familia o
acudiente, en los casos de dificultades de orden comportamental que amerita permanentemente
un seguimiento, en este caso se deben tener en cuenta los siguientes aspectos:
Puede ser impuesta en cualquier época del año escolar
El Consejo Directivo al finalizar el año escolar analizará la situación disciplinaria de los
estudiantes que sean reportados por la Rectoría y decidirá la imposición de matrícula en
observación para el año siguiente.
Artículo 34. MATRÍCULA EN OBSERVACIÓN ACADÉMICA
Se refiere al compromiso académico que adquiere todo estudiante que a partir del segundo
periodo esté perdiendo tres o más áreas; el estudiante y el padre de familia o acudiente
firmarán un acta de compromiso acordando las estrategias a utilizar para superar las
deficiencias académicas presentadas.
31. Los siguientes son los compromisos que cumplirán el padre de familia o acudiente y el
estudiante al cual se le haya impuesto matricula en observación comportamental o académica:
Cumplimiento estricto de los horarios establecidos
Disposición de tiempo requerido para cumplir debidamente con las tareas y demás
obligaciones académicas y formativas, que señale el colegio con apoyo de los padres de
familia o acudientes.
Compromiso de adecuar sus comportamientos hacia una sana convivencia.
Si el estudiante termina el año lectivo con Matrícula en observación, pasara al Concejo
Directivo para analizar y establecer los casos donde se podrá dar cupo o no al estudiante
para el año siguiente.
El estudiante y el padre de familia o acudiente, podrán solicitar por escrito a la Rectoría la
derogatoria de la matrícula en observación transcurrido un periodo académico después de la
imposición de la misma, sin importar el cambio de un año lectivo a otro, previo cumplimiento
del estudiante y padre de familia, en la ejecución y presentación de los trabajos asignados,
además del concepto académico y comportamental favorable de cada uno de los Docentes
que le orienten las clases.
Artículo 35. PERDIDA DEL CUPO
1. PÉRDIDA INDEFINIDA DEL CUPO A PARTIR DEL PRÓXIMO AÑO ESCOLAR: Es
aplicable cuando el consejo directivo lo considera pertinente y cuando el estudiante en
forma consecutiva registra matricula en observación, por un periodo académico.
2. CANCELACION DE LA MATRICULA EN CUALQUIER EPOCA DEL AÑO: El Consejo
Directivo podrá determinar la cancelación de la matrícula del estudiante cuando:
Se ha renovado su matrícula teniendo vigente el convenio de seguimiento y observación
(matricula en observación o académica) e incumple el plazo para levantarla.
Se ha renovado su matrícula con compromisos académicos y se incurre en una situación tipo
II y tipo III.
Se haya impuesto matricula en observación en cualquier época del año y el estudiante
reincidiere en la comisión de una situación de cualquier tipo.
Cuando el Consejo Directivo lo considere pertinente por la comisión de una situación tipo III
por el estudiante.
3. DESESCOLARIZACIÓN DEL ESTUDIANTE: Situación que se puede presentar en los
siguientes casos:
Cuando un estudiante al iniciar el cuarto periodo académico, persista con dificultades
disciplinarias a pesar del seguimiento realizado por el Director de grupo y que tenga matricula
en observación.
Cuando un estudiante al iniciar el cuarto periodo presente una incapacidad médica superior al
20% de la asistencia del período y le imposibilite la asistencia a la Institución Educativa.
En los anteriores casos se le permitirá al estudiante terminar el cuarto periodo en forma
desescolarizada, aplicando el sistema de educación a distancia, que consiste en la
presentación de las actividades académicas, asignadas por los Docentes y las respectivas
sustentaciones y evaluaciones de cada una de las áreas. Este procedimiento se llevará a
cabo a través de los Jefes de Área y acompañamiento de consejo Académico.
4. REUBICACION PARA CAMBIO DE AMBIENTE ESCOLAR
32. Esta acción formativa se origina cuando el estudiante no logra entender ni vivencia en forma
adecuada el PEI de la institución y tampoco acepta las normas de convivencia acordadas por la
comunidad en éste manual. Se valora como una manifestación clara de rechazo hacia lo
establecido y su falta de pertenencia hacia la institución.
Una vez agotadas las acciones formativas por parte de todas la instancias con que cuenta la
institución y ayudas exteriores como Comisaría de familia, Psicólogos, entre otros, el estudiante
persiste en mantener su comportamiento negativo, tornándose su presencia en factor lesivo
para la comunidad educativa, la Rectoría procede a citar a los acudientes para que en común
acuerdo consideren que un cambio de ambiente escolar es la mejor opción para que el
estudiante pueda proseguir su escolaridad.
Artículo 36. RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL (SEGÚN DECRETO 1965 Y LA LEY 1620
DE 2013)
Según lo estipulado en la Ley 1620 de 2013 y su Decreto reglamentario 1965 del mismo año, es
deber de la institución educativa, incluir dentro del Manual de Convivencia de la Institución el
plan de convivencia escolar, para lo cual se organiza una ruta de atención integral tendiente a
formar ciudadanas y ciudadanos con valores éticos, respetuosos de lo público, que ejerzan los
Derechos humanos, cumplan con sus deberes sociales y convivan en paz, generando así
oportunidades legítimas de progreso y prosperidad que contribuya a cerrar las brechas de
inequidad, permitiendo y comprometiendo la participación de toda la sociedad en un contexto
diverso, multiétnico y pluricultural y el cual se aplicará y se sancionará del mismo modo para
los estudiantes, personal docente, personal administrativo y padres de familia de la Institución
Educativa Papagalá.
La ruta de atención integral, es una herramienta establecida en la Ley de Convivencia
Escolar, que busca apoyar y fortalecer el ejercicio del cumplimiento de los Derechos Humanos,
Sexuales y Reproductivos en la Institución; la mitigación de riesgos, el manejo de situaciones
que afectan la convivencia escolar, y el seguimiento a lo que ocurre en los diferentes contextos
y su manejo por parte del establecimiento educativo, la familia y el estado.
De esta forma la ruta de atención escolar es un sistema nacional, motivo por el cual está
conformado a nivel Nacional por un Comité Nacional de Convivencia Escolar; a nivel territorial
por los Comités municipales, distritales y departamentales y a nivel escolar por el Comité de
Convivencia del establecimiento educativo. En este sentido los integrantes del COMITÉ DE
CONVIVENCIA ESCOLAR son (Art. 12 Ley 1620 de 2013):
El Rector del establecimiento educativo, quien preside el comité.
El docente con función de orientación.
El coordinador cuando exista este cargo.
El presidente del consejo de padres de familia.
El presidente del consejo de estudiantes.
Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.
Para el caso específico de nuestra Institución el comité los conformarán los siguientes
integrantes:
El Rector del establecimiento educativo, quien preside el comité.
El presidente del consejo de padres de familia.
El presidente del consejo de estudiantes.
33. Dos (2) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.
Nota: se toman dos docentes con el propósito de fortalecer el apoyo docente en el
aspecto de convivencia, teniendo en cuenta que no contamos con docente con función
de orientador, ni coordinador.
FUNCIONES DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA (ART 13). Son funciones del
comité:
1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y
estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.
2. Liderar acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de
los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia
escolar entre los miembros de la comunidad educativa.
3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y
actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que
respondan a las necesidades de su comunidad educativa.
4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que
afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad
educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios
irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado
por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo.
5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de
esta Ley, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las
conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y
reproductivos que no pueden ser resueltos por este · comité de acuerdo con lo establecido en
el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las
características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos
por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta.
6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la
convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.
7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas' en el manual de
convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del
Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la
Educación para la Sexualidad y la Prevención y ' Mitigación de la Violencia Escolar, de los
casos o situaciones que haya conocido el comité.
8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del
modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto
educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de
relacionarse en la construcción de la ciudadanía.
9. Entender que la convivencia es un objetivo formativo en sí mismo, los derechos humanos, la
formación ciudadana, la tolerancia, la prevención de la violencia y la prevención de
embarazos en nuestros adolescentes.
10. Establecer espacios de diálogo que faciliten la expresión pacifica de las tensiones y las
discrepancias.
11. Capacitar a los profesores en técnicas y estrategias en la resolución de conflictos.
12. Implicar a la comunidad educativa en los procesos de reflexión y acción que ayuden a
prevenir conflictos de convivencia en la institución (jornada psicopedagógicas, orientación
masculina, orientación femenina y escuela de padres).
34. Para la elaboración de la ruta de atención se tendrán en cuenta entre otros los siguientes
conceptos:
Acción reparadora. Toda acción pedagógica que busca enmendar y compensar daños
causados a otras personas. Son acciones que pretenden restablecer las relaciones o el
ambiente escolar de confianza y solidaridad. Este tipo de acciones son construidas
colectivamente y pueden activarse para atender conflictos manejados inadecuadamente
(situaciones tipo I y II).
Acoso escolar (intimidación, ciberbullying, bullying o matoneo): De acuerdo con el
artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda conducta negativa, intencional, metódica y
sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción,
aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato
psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niña, niño o adolescente, por
parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder
asimétrica, y que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado.
También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o de estudiantes contra
docentes, y ante la indiferencia o complicidad de su entorno.
Acoso por homofobia o basado en actitudes sexistas: Situaciones en las que se
observan de manera repetida y sistemática agresiones como apodos, bromas, insultos,
rumores, comentarios ofensivos verbales o escritos (notas en los baños, paredes, tableros,
pupitres) relativos a la orientación sexual real o supuesta de la persona o a su identidad de
género.
Acoso sexual: situaciones en las que se observan agresiones de manera repetida y
sistemática como mecanismo para socavar a otra persona mediante su objetivización
(obtención de placer sexual sin el consentimiento de una de las partes implicadas,
comentarios sexuales; opiniones sobre el cuerpo agresivas como piropos, gestos vulgares y
la insistencia de tener encuentros privados o actividad sexual).
Conflicto: Situación que se caracteriza porque hay una incompatibilidad real o percibida
entre los intereses de una o varias personas (Decreto 1965 de 2013, artículo 39).
Protocolo: Es un plan escrito y detallado de las acciones y estrategias concretas que se
van a llevar a cabo en el EE para responder a las situaciones que se presenten en los tres
niveles de atención (situaciones tipo I, II y III).
Reconciliación: Restablecimiento de una relación que estaba rota o afectada por un
conflicto manejado inadecuadamente o por otra situación.
Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda situación de
daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y
adolescentes. Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Es toda
situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los
niños, niñas y adolescentes (Decreto1965 de 2013, artículo 39).
La violencia: tiene diversas formas de manifestarse que dependerán en gran medida de la
situación en que se presente. A saber:
Física: Incluye patadas, empujones, golpes con las manos, escupir, mordiscos y
cualquier agresión que atente contra la integridad corporal de la persona así como
acciones humillantes como bajar los pantalones, jalar la ropa, tirarlos a los botes de
basura, entre otros. Es el tipo de violencia más popular, ya que es fácil de detectar.
Verbal: Se refiere a amenazas, insultos, burlas sobre la indumentaria, el aspecto físico,
la raza, el origen étnico, algún defecto o anomalía visible, una singularidad del habla o
de la conducta.
Social: Es una forma de discriminación grupal fomentada por el agresor hacia la víctima.
Se puede manifestar ignorando a la niña, niño o joven acosado, negándole el saludo,
aislándolo o generando rumores que afecten su imagen.