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MAESTRÍA EN DERECHO CIVIL
Y PROCESAL CIVIL
MODULO:
NOMBRES:
Nuevas Tendencias del Derecho Procesal Civil
DR. MG. PATRICIO VALDIVIESO ESPINOSA
MAESTRÍA EN DERECHO CIVIL Y PROCESAL CIVIL.
NUEVAS TENDENCIAS DEL DERECHO
PROCESAL CIVIL.
Tutorías: días miércoles y jueves, de 17h00 a
19h00.
Teléfonos: 0986730029 - 07 2588230,
pavevaldivieso@hotmail.com.
Objetivos
Conocimientos fundamentales de los principios que rigen el
proceso dentro del sistema de la oralidad;
Interpretar adecuadamente los actos procesales, así como
los procedimientos a seguirse en el sistema oral,
fundamentalmente referente a la prueba y a su ejercicio
dentro de las audiencias;
Identificar el desarrollo de los diversos tipos de procesos;
Generar un pensamiento crítico de las instituciones del
derecho procesal;
Crecimiento crítico al profesional del abogado, creando
espacios de reflexión en la práctica procesal, en base a
conceptos sustanciales.
Generalidades
La temática Introductoria del Derecho Procesal
Civil que trataremos, conforme al desglose que
consta en el sumario de la Guía Didáctica, se
subdivide en once unidades, recordando que
esta es tan solo una ayuda que debe ser
complementada con su esfuerzo, con su aporte,
entrelazando conocimientos teóricos con
realidades prácticas del convivir diario, más las
lecturas que se les hace llegar en los anuncios
pertinentes.
Generalidades
Recuerden que, sus experticias deberán servir
para ser aplicadas en las labores diarias, ya sea
en el libre ejercicio profesional, como docentes,
o servidores judiciales, sin olvidar que lo que
desarrollaremos no son verdades absolutas, y
que en realidad existen tantos criterios
doctrinarios cuantos tratadistas puedan existir.
Considerando además que, en Ecuador está
discutiéndose la manera de como implantar el
nuevo sistema procesal.
Génesis del Proceso
• El Ser Humano frente a los conflictos buscó un
ordenamiento.
• Como solucionaban, mediante el uso de la
fuerza. Acción directa.
• Medio - sustituir – violencia: Delegando = Al
Sabio o al Fuerte.
• El proceso nace por la necesidad de evitar
conflictos. Acción civil.
Génesis del Proceso
• Lo asume el Rey – Autoridad Suprema. Todos
los poderes.
• El Estado. División de funciones o poderes.
Tres - Cinco
• “El procedimiento es la clave para lograr la
justicia del derecho y su legitimidad.” Augusto
Morello.
Clases de Procesos
1.- Por su Contenido: Los procesos se distingue por un
lado conforme a la materia del derecho objeto de
litigio, así habrá: civiles, mercantiles, de familia, etc.
2.- Por su función: Es una clasificación muy importante
de los tipos procesales, que los divide atendiendo a la
función o finalidad que persiguen, así los procesos son:
Cautelares, de conocimiento, de ejecución.
* Cautelares: cuando su finalidad es garantizar las
resultas de un proceso futuro.
* De Ejecución: Su fin es ejecutar un derecho
reconocido en un título, una letra de cambio.
Clases de Procesos
* De Conocimiento: También  llamados  de 
cognición,  (ordinario,  oral,  sumario,  arbitral), 
que  pretenden  la  declaratoria  de  un  derecho 
controvertido,  pudiendo  ser:  constitutivo, 
declarativo, de condena.
a.      Constitutivo: Cuando  tiende  a  obtener  la 
constitución,  modificación  o  extinción  de  una 
situación  jurídica,  creando  una nueva, tal es  el 
caso del proceso de divorcio o de filiación extra 
matrimonial.
Clases de Procesos
b. Declarativo: Tiende a constatar o fijar una 
situación  jurídica  existente,  la  acción 
reivindicatoria  de  la  propiedad,  que  pretende 
dejar establecida el dominio sobre un bien.
c. De condena: Su  fin  es  determinar  una 
prestación  en  la  persona  del  sujeto  pasivo,  el 
pago  de  daños  y  perjuicios,  la  fijación  de  la 
pensión alimenticia.
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3.- Por su estructura: Conforme  esta  clasificación, 
encontramos  procesos  contenciosos,  cuando  existe 
litigio;  y,  procesos  voluntarios,  es  decir  sin 
contradicción.
4.- Por la subordinación: principales, los que persiguen 
la  resolución  del  conflicto  de  fondo,  comúnmente 
finalizan  en  forma  normal  a  través  de  la  sentencia, 
prescripción en un reivindicatorio; y, los incidentales o 
accesorios, que son los que surgen del principal en la 
resolución  de  incidencias  del  proceso  principal,  una 
tercería coadyuvante.
 
Líneas Generales
• En la era contemporánea, se toma como base el 
Anteproyecto  de  Código  Procesal  Civil  Modelo 
para Iberoamérica. 1988 Congreso Río de Janeiro.
• Reconoce  lentitud  de  la  sustanciación  de  los 
procesos.
• Se habla de la oralidad.
• Simplificación de los procesos de conocimiento.
• Poderes de impulso del proceso.
• Busca un derecho procesal más realista, directo, 
sensible y de resultados positivos.
Líneas Generales
• En  Ecuador.  (1978)  Buscaba  adoptar  un 
sistema  oral.  Simplificación,  uniformidad  y 
eficacia en los trámites.
• (1998)  La  sustanciación  de  los  procesos,  que 
incluye la presentación y contradicción de las 
pruebas, se llevará a cabo mediante el sistema 
oral,  de  acuerdo  con  los  principios: 
dispositivo, de concentración e inmediación.
• Como resultado hasta hoy en materia procesal 
civil, cerca de 30 trámites.
Líneas Generales
• En el naciente Estado Constitucional de Derechos y 
Justicia (2008).
• La sustanciación de procesos en todas las materias, 
instancias, etapas y diligencias se llevará mediante el 
sistema  oral,  de  acuerdo  con  los  principios  de 
concentración, contradicción y dispositivo.
• Agregando como principios a aplicarse en el sistema 
procesal:  la  simplificación,  uniformidad,  eficacia, 
inmediación, celeridad y economía procesal.
• Busca que el proceso se comprometa con la gente en 
forma directa.
Principios Rectores
• COFJ (2009). 28 Principios rectores:
• Principio de supremacía constitucional;
• Principio de aplicabilidad directa e inmediata de la 
norma constitucional;
• Interpretación integral de la norma constitucional;
• Principios de legalidad, jurisdicción y competencia;
• Principio de independencia;
• Principio de imparcialidad;
• Principios de unidad jurisdiccional y gradualidad;
• Principio de especialidad;
Principios Rectores
• Principio de gratuidad;
• Principio de publicidad;
• Principio de autonomía econo, finan y adminis;
• Principio de responsabilidad;
• Principio de dedicación exclusiva;
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• Principio dispositivo, de inmediación y 
concentración; 
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Principios Rectores
• Principio de acceso a la justicia;
• Principio de tutela judicial efectiva de los derechos;
• Principio de interculturalidad;
• Principio de seguridad jurídica;
• Principio de buena fe y lealtad procesal;
• Principio de la verdad procesal;
• Principio de la obligatoriedad de administrar justicia;
• Principio de colaboración con la función judicial.
Nuevas Propuestas
Actualmente se discute el Proyecto de Código Procesal
Unificado en materias No Penales. Regenta CNJ.
CEJA. Centro de Estudios de Justicia de las Américas.
Necesario simplificar infinidad de procedimientos.
C.P.C. Ordinario, ejecutivo, verbal sumario, especiales.
Proyecto 2008. Lato u ordinario, abreviado,
sumarísimo, monitorio, concursal, incidentales,
voluntarios. 10.
Proyecto 2012. Declarativos, de pequeñas causas.
Ejecución, procesos parte. 7.
Nuevas propuestas. Consideraciones
Si hay controversia sobre los hechos, ¿qué tipo de
prueba se pretende usar para acreditarlos?
TICS (Tecnologías de la Información y Comunica Soc).
La audiencia de juicio oral es un escenario diseñado
para debatir sobre hechos:
Normas se construyen sobre la idea de garantizar a los
litigantes la posibilidad real de defenderse probando su
VERSIÓN DE LOS HECHOS y contradiciendo la VERSIÓN
DE LOS HECHOS de la parte contraria.
Por ello, cuando no hay hechos pertinentes
controvertidos, no hay audiencia de juicio (probatorio).
Los Juicios por Audiencias
Audiencia Simple.
•Su dinámica dependerá de las características de
la causa:
•Debate sobre hechos con prueba documental.
•Debate sobre el derecho.
•Allanamiento en casos de interés que
trasciende a las partes.
Los Juicios por Audiencias
Audiencia de Preparación del Juicio Oral.
•El juicio oral es un ejercicio complejo y sofisticado.
•Para que cumpla a cabalidad sus fines, es necesario
prepararlo.
•Este es el objetivo de la audiencia de preparación.
– Se resuelven todas las cuestiones que puedan
estar pendientes y que puedan acarrear la
invalidez del juicio.
– Se llama a conciliación.
– Se hace examen de admisibilidad de la prueba.
•Se excluye la prueba.
Los Juicios por Audiencias
La audiencia de juicio.
Se caracteriza por entregar fuertes posibilidades de
contradicción (defensa) a través del contra-examen.
Libertad de medios de prueba: todo puede ser usado
para probar.
Libertad de las partes para definir el orden en que
rendirán su prueba. - Sana crítica.
El derecho de las partes a defenderse y contradecir
prueba tiene entonces un doble sentido: Garantía del
debido proceso; y, como herramienta de control de la
calidad de la información.
Relevancias en los Juicios por Audiencias
Para que el juicio sea una herramienta eficaz de control
de calidad de la información es necesario asegurar una
contradicción efectiva.
Esto requiere tener toda la información necesaria a la
vista antes del juicio.
Esta información la tienen que tener a la vista las
partes (ellas serán las que ejercerán la contradicción)
Consecuencia: LAS PARTES DEBEN MOSTRAR TODAS
SUS CARTAS ANTES DEL JUICIO.
Relevancias en los Juicios por Audiencias
Anuncio de la prueba en la demanda.
• Testigos.
• Peritos.
• Prueba material.
Solicitudes al juez para que ordene a la contraria y
terceros mostrar antecedentes pertinentes.
Toda la prueba solicitada durante el proceso debe
estar disponible antes de la audiencia de
preparación.
Los Testimonios en la Oralidad
La concepción de la oralidad en un proceso no puede
ser tal si no existe el interrogatorio de la parte.
El interrogatorio libre como medio de prueba
libremente valorado (la mejor fuente de prueba).
Utilizar el criterio de las partes como fuente de prueba
Debe buscarse el método más confiable para conciliar
los opuestos y se logra con presencia del juez.
Se busca pasar de la forma tradicional (formal) la
forma moderna (libre-no formal), utilizando la ciencia
de las partes con fines probatorios.
Consideraciones Básicas
• El juez puede sacar elementos para formar su
propio libre convencimiento sobre la verdad
de los hechos.
• Oralidad significa principalmente contacto
personal del juez con las partes.
• Se requiere de una magistratura sana y
preparada, abierta, que de confianza, que de
seguridad.
• Caso contrario es preferible la impersonalidad
de la escritura.
Consideraciones Básicas
• Así como en el sistema formal, se considera
inexistente un acto que no conste por escrito,
debería tenerse en la oralidad como
inexistente un acto no expuesto al juez y a las
partes.
• El hecho de autorizar comunicaciones de
comparecencia no se contrapone a la
sustanciación oral, pues se debe producir
memorias en el juicio, usando escritos que
tienen la función de preparar.
Consideraciones Básicas
A breves rasgos hemos hablado de la materia,
sería importante que profundicemos dichos
conocimientos, tanto con la lectura que se les
hace llegar a través del EVA, así como con los
conocimientos que obtienen en el convivir
diario.
DERECHO CIVIL Y PROCESAL CIVIL
Teléfonos 086730029 y 07 2588230.
Correo pavevaldivieso@hotmail.com.
Tutorías: miércoles y jueves de 17H00 a 19H00.
El primer Foro, será la próxima semana.
Inicia: Miércoles 14h00.
Cierra: Jueves 19h00.
Tema: La Aplicación de los Principios Rectores en el
Sistema Procesal Civil Ecuatoriano.
Muchas gracias.
PROGRAMA: Tutoría (Nombre de Tutoría) Carrera:
Fecha:
Docente:
Hora Inicio: Hora Final:
GUIÓN DE PRESENTACIÓN
Puntos de la
Presentación
Intervienen Duración Aprox. en
minutos
Material de Apoyo
- Presentación
- Objetivos
Nombre del docente
y/o invitados
• 2 minutos
• 3 minutos
Sin material.
Sin material.
-Desarrollo del
contenido:
Capítulo I
Capítulo II
…………….
Nombre del docente
y/o invitados
• 35 minutos Diapositivas (cambios
cada 5 seg.), videos,
otro o ningún material.
- Preguntas
- Despedida (Contactos,
Sugerencias)
Nombre del docente
y/o invitados
•15 minutos (Si no
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Nuevas tendencias del derecho procesal civil

  • 1. MAESTRÍA EN DERECHO CIVIL Y PROCESAL CIVIL MODULO: NOMBRES: Nuevas Tendencias del Derecho Procesal Civil DR. MG. PATRICIO VALDIVIESO ESPINOSA
  • 2. MAESTRÍA EN DERECHO CIVIL Y PROCESAL CIVIL. NUEVAS TENDENCIAS DEL DERECHO PROCESAL CIVIL. Tutorías: días miércoles y jueves, de 17h00 a 19h00. Teléfonos: 0986730029 - 07 2588230, pavevaldivieso@hotmail.com.
  • 3. Objetivos Conocimientos fundamentales de los principios que rigen el proceso dentro del sistema de la oralidad; Interpretar adecuadamente los actos procesales, así como los procedimientos a seguirse en el sistema oral, fundamentalmente referente a la prueba y a su ejercicio dentro de las audiencias; Identificar el desarrollo de los diversos tipos de procesos; Generar un pensamiento crítico de las instituciones del derecho procesal; Crecimiento crítico al profesional del abogado, creando espacios de reflexión en la práctica procesal, en base a conceptos sustanciales.
  • 4. Generalidades La temática Introductoria del Derecho Procesal Civil que trataremos, conforme al desglose que consta en el sumario de la Guía Didáctica, se subdivide en once unidades, recordando que esta es tan solo una ayuda que debe ser complementada con su esfuerzo, con su aporte, entrelazando conocimientos teóricos con realidades prácticas del convivir diario, más las lecturas que se les hace llegar en los anuncios pertinentes.
  • 5. Generalidades Recuerden que, sus experticias deberán servir para ser aplicadas en las labores diarias, ya sea en el libre ejercicio profesional, como docentes, o servidores judiciales, sin olvidar que lo que desarrollaremos no son verdades absolutas, y que en realidad existen tantos criterios doctrinarios cuantos tratadistas puedan existir. Considerando además que, en Ecuador está discutiéndose la manera de como implantar el nuevo sistema procesal.
  • 6. Génesis del Proceso • El Ser Humano frente a los conflictos buscó un ordenamiento. • Como solucionaban, mediante el uso de la fuerza. Acción directa. • Medio - sustituir – violencia: Delegando = Al Sabio o al Fuerte. • El proceso nace por la necesidad de evitar conflictos. Acción civil.
  • 7. Génesis del Proceso • Lo asume el Rey – Autoridad Suprema. Todos los poderes. • El Estado. División de funciones o poderes. Tres - Cinco • “El procedimiento es la clave para lograr la justicia del derecho y su legitimidad.” Augusto Morello.
  • 8. Clases de Procesos 1.- Por su Contenido: Los procesos se distingue por un lado conforme a la materia del derecho objeto de litigio, así habrá: civiles, mercantiles, de familia, etc. 2.- Por su función: Es una clasificación muy importante de los tipos procesales, que los divide atendiendo a la función o finalidad que persiguen, así los procesos son: Cautelares, de conocimiento, de ejecución. * Cautelares: cuando su finalidad es garantizar las resultas de un proceso futuro. * De Ejecución: Su fin es ejecutar un derecho reconocido en un título, una letra de cambio.
  • 9. Clases de Procesos * De Conocimiento: También  llamados  de  cognición,  (ordinario,  oral,  sumario,  arbitral),  que  pretenden  la  declaratoria  de  un  derecho  controvertido,  pudiendo  ser:  constitutivo,  declarativo, de condena. a.      Constitutivo: Cuando  tiende  a  obtener  la  constitución,  modificación  o  extinción  de  una  situación  jurídica,  creando  una nueva, tal es  el  caso del proceso de divorcio o de filiación extra  matrimonial.
  • 10. Clases de Procesos b. Declarativo: Tiende a constatar o fijar una  situación  jurídica  existente,  la  acción  reivindicatoria  de  la  propiedad,  que  pretende  dejar establecida el dominio sobre un bien. c. De condena: Su  fin  es  determinar  una  prestación  en  la  persona  del  sujeto  pasivo,  el  pago  de  daños  y  perjuicios,  la  fijación  de  la  pensión alimenticia.
  • 11. Clases de Procesos 3.- Por su estructura: Conforme  esta  clasificación,  encontramos  procesos  contenciosos,  cuando  existe  litigio;  y,  procesos  voluntarios,  es  decir  sin  contradicción. 4.- Por la subordinación: principales, los que persiguen  la  resolución  del  conflicto  de  fondo,  comúnmente  finalizan  en  forma  normal  a  través  de  la  sentencia,  prescripción en un reivindicatorio; y, los incidentales o  accesorios, que son los que surgen del principal en la  resolución  de  incidencias  del  proceso  principal,  una  tercería coadyuvante.  
  • 12. Líneas Generales • En la era contemporánea, se toma como base el  Anteproyecto  de  Código  Procesal  Civil  Modelo  para Iberoamérica. 1988 Congreso Río de Janeiro. • Reconoce  lentitud  de  la  sustanciación  de  los  procesos. • Se habla de la oralidad. • Simplificación de los procesos de conocimiento. • Poderes de impulso del proceso. • Busca un derecho procesal más realista, directo,  sensible y de resultados positivos.
  • 13. Líneas Generales • En  Ecuador.  (1978)  Buscaba  adoptar  un  sistema  oral.  Simplificación,  uniformidad  y  eficacia en los trámites. • (1998)  La  sustanciación  de  los  procesos,  que  incluye la presentación y contradicción de las  pruebas, se llevará a cabo mediante el sistema  oral,  de  acuerdo  con  los  principios:  dispositivo, de concentración e inmediación. • Como resultado hasta hoy en materia procesal  civil, cerca de 30 trámites.
  • 14. Líneas Generales • En el naciente Estado Constitucional de Derechos y  Justicia (2008). • La sustanciación de procesos en todas las materias,  instancias, etapas y diligencias se llevará mediante el  sistema  oral,  de  acuerdo  con  los  principios  de  concentración, contradicción y dispositivo. • Agregando como principios a aplicarse en el sistema  procesal:  la  simplificación,  uniformidad,  eficacia,  inmediación, celeridad y economía procesal. • Busca que el proceso se comprometa con la gente en  forma directa.
  • 15. Principios Rectores • COFJ (2009). 28 Principios rectores: • Principio de supremacía constitucional; • Principio de aplicabilidad directa e inmediata de la  norma constitucional; • Interpretación integral de la norma constitucional; • Principios de legalidad, jurisdicción y competencia; • Principio de independencia; • Principio de imparcialidad; • Principios de unidad jurisdiccional y gradualidad; • Principio de especialidad;
  • 16. Principios Rectores • Principio de gratuidad; • Principio de publicidad; • Principio de autonomía econo, finan y adminis; • Principio de responsabilidad; • Principio de dedicación exclusiva; • Principio de Servicio a la Comunidad; • Principio dispositivo, de inmediación y  concentración;  • Principio de celeridad; • Principio de probidad;
  • 17. Principios Rectores • Principio de acceso a la justicia; • Principio de tutela judicial efectiva de los derechos; • Principio de interculturalidad; • Principio de seguridad jurídica; • Principio de buena fe y lealtad procesal; • Principio de la verdad procesal; • Principio de la obligatoriedad de administrar justicia; • Principio de colaboración con la función judicial.
  • 18. Nuevas Propuestas Actualmente se discute el Proyecto de Código Procesal Unificado en materias No Penales. Regenta CNJ. CEJA. Centro de Estudios de Justicia de las Américas. Necesario simplificar infinidad de procedimientos. C.P.C. Ordinario, ejecutivo, verbal sumario, especiales. Proyecto 2008. Lato u ordinario, abreviado, sumarísimo, monitorio, concursal, incidentales, voluntarios. 10. Proyecto 2012. Declarativos, de pequeñas causas. Ejecución, procesos parte. 7.
  • 19. Nuevas propuestas. Consideraciones Si hay controversia sobre los hechos, ¿qué tipo de prueba se pretende usar para acreditarlos? TICS (Tecnologías de la Información y Comunica Soc). La audiencia de juicio oral es un escenario diseñado para debatir sobre hechos: Normas se construyen sobre la idea de garantizar a los litigantes la posibilidad real de defenderse probando su VERSIÓN DE LOS HECHOS y contradiciendo la VERSIÓN DE LOS HECHOS de la parte contraria. Por ello, cuando no hay hechos pertinentes controvertidos, no hay audiencia de juicio (probatorio).
  • 20. Los Juicios por Audiencias Audiencia Simple. •Su dinámica dependerá de las características de la causa: •Debate sobre hechos con prueba documental. •Debate sobre el derecho. •Allanamiento en casos de interés que trasciende a las partes.
  • 21. Los Juicios por Audiencias Audiencia de Preparación del Juicio Oral. •El juicio oral es un ejercicio complejo y sofisticado. •Para que cumpla a cabalidad sus fines, es necesario prepararlo. •Este es el objetivo de la audiencia de preparación. – Se resuelven todas las cuestiones que puedan estar pendientes y que puedan acarrear la invalidez del juicio. – Se llama a conciliación. – Se hace examen de admisibilidad de la prueba. •Se excluye la prueba.
  • 22. Los Juicios por Audiencias La audiencia de juicio. Se caracteriza por entregar fuertes posibilidades de contradicción (defensa) a través del contra-examen. Libertad de medios de prueba: todo puede ser usado para probar. Libertad de las partes para definir el orden en que rendirán su prueba. - Sana crítica. El derecho de las partes a defenderse y contradecir prueba tiene entonces un doble sentido: Garantía del debido proceso; y, como herramienta de control de la calidad de la información.
  • 23. Relevancias en los Juicios por Audiencias Para que el juicio sea una herramienta eficaz de control de calidad de la información es necesario asegurar una contradicción efectiva. Esto requiere tener toda la información necesaria a la vista antes del juicio. Esta información la tienen que tener a la vista las partes (ellas serán las que ejercerán la contradicción) Consecuencia: LAS PARTES DEBEN MOSTRAR TODAS SUS CARTAS ANTES DEL JUICIO.
  • 24. Relevancias en los Juicios por Audiencias Anuncio de la prueba en la demanda. • Testigos. • Peritos. • Prueba material. Solicitudes al juez para que ordene a la contraria y terceros mostrar antecedentes pertinentes. Toda la prueba solicitada durante el proceso debe estar disponible antes de la audiencia de preparación.
  • 25. Los Testimonios en la Oralidad La concepción de la oralidad en un proceso no puede ser tal si no existe el interrogatorio de la parte. El interrogatorio libre como medio de prueba libremente valorado (la mejor fuente de prueba). Utilizar el criterio de las partes como fuente de prueba Debe buscarse el método más confiable para conciliar los opuestos y se logra con presencia del juez. Se busca pasar de la forma tradicional (formal) la forma moderna (libre-no formal), utilizando la ciencia de las partes con fines probatorios.
  • 26. Consideraciones Básicas • El juez puede sacar elementos para formar su propio libre convencimiento sobre la verdad de los hechos. • Oralidad significa principalmente contacto personal del juez con las partes. • Se requiere de una magistratura sana y preparada, abierta, que de confianza, que de seguridad. • Caso contrario es preferible la impersonalidad de la escritura.
  • 27. Consideraciones Básicas • Así como en el sistema formal, se considera inexistente un acto que no conste por escrito, debería tenerse en la oralidad como inexistente un acto no expuesto al juez y a las partes. • El hecho de autorizar comunicaciones de comparecencia no se contrapone a la sustanciación oral, pues se debe producir memorias en el juicio, usando escritos que tienen la función de preparar.
  • 28. Consideraciones Básicas A breves rasgos hemos hablado de la materia, sería importante que profundicemos dichos conocimientos, tanto con la lectura que se les hace llegar a través del EVA, así como con los conocimientos que obtienen en el convivir diario.
  • 29. DERECHO CIVIL Y PROCESAL CIVIL Teléfonos 086730029 y 07 2588230. Correo pavevaldivieso@hotmail.com. Tutorías: miércoles y jueves de 17H00 a 19H00. El primer Foro, será la próxima semana. Inicia: Miércoles 14h00. Cierra: Jueves 19h00. Tema: La Aplicación de los Principios Rectores en el Sistema Procesal Civil Ecuatoriano. Muchas gracias.
  • 30.
  • 31. PROGRAMA: Tutoría (Nombre de Tutoría) Carrera: Fecha: Docente: Hora Inicio: Hora Final: GUIÓN DE PRESENTACIÓN Puntos de la Presentación Intervienen Duración Aprox. en minutos Material de Apoyo - Presentación - Objetivos Nombre del docente y/o invitados • 2 minutos • 3 minutos Sin material. Sin material. -Desarrollo del contenido: Capítulo I Capítulo II ……………. Nombre del docente y/o invitados • 35 minutos Diapositivas (cambios cada 5 seg.), videos, otro o ningún material. - Preguntas - Despedida (Contactos, Sugerencias) Nombre del docente y/o invitados •15 minutos (Si no existen, proponer y dar solución) • 5 minutos Correo, teléfono, ext, horario de tutoría.