La ley reconocerá las especificidades de estas organizaciones, en especial, las relativas al acto cooperativo, al trabajo asociado y su carácter generador de beneficios colectivos. El Estado promoverá y protegerá estas asociaciones destinadas a mejorar la economía popular"
Usos y desusos de la inteligencia artificial en revistas científicas
Las Comunas y cooperativas
1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICERECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
Participante
Xiomara González
CI: 13 502899
Profesora: Maria Verónica
Suarez
Materia. Participación
ciudadana
SAIA – F - 2014/B
2. Es el medio que permite al pueblo organizado asumir
directamente la gestión de las políticas y proyectos,
orientados a responder las necesidades y aspiraciones
de las comunidades en la construcción de una
sociedad de equidad y justicia social.
Las comunas y cooperativas
Es la organización más avanzada que se puede
construir entre vecinos de una misma
comunidad, para afrontar problemas comunes en
lo social, en lo político, en lo económico, etc.,
desarrollando proyectos de hábitat,
Los proyectos sociales destinados a
solucionar problemas de salud,
educación, trabajo, deportes, medio
ambiente, habitacionales
3. Base Constitucional y legal
Los Consejos Comunales, es la base
sobre la cual se construye la democracia
participativa y protagónica que plantea la
Constitución Bolivariana de Venezuela,
Consejos Comunales no aparece en la Carta
magna, el artículo 184 por ejemplo,
menciona la posibilidad de a
Descentralización a favor de grupos
vecinales por Estados y Municipios,
El artículo 2 de la Ley Orgánica de los
Consejos Comunales, los define en los
siguientes términos: “Los consejos
comunales en el marco constitucional de
la democracia participativa y
protagónica,
4. Procedimiento para la conformación
del Consejo comunal
Para organizar y poner a funcionar un Consejo
Comunal, es necesario seguir algunos pasos:
Reunirse algunos vecinos
con el propósito de formar
un Consejo Comunal.
Solicitar a la Oficina Municipal de
Consejos Comunales, toda la
información necesaria
Determinar la cantidad de familias
que pueden componer el Consejo
Comunal.
Decidir quiénes serán los
promotores voluntarios que
visitarán casa por casa a las 20
o 30 familias seleccionadas.
Capacitar previamente a esos
voluntarios, para que expliquen
brevemente a las familias el
motivo de su visita.
los voluntarios entregarán una
invitación indicando lugar, día y
hora para que los invitados reciban
toda la información
5. Debe invitarse al Presidente y
demás miembros de la junta
parroquial, al Defensor del pueblo,
al Contralor municipal, al Síndico
municipal y a toda autoridad
conocida
El día de la reunión, el único
punto a tratar es darle a los
asistentes, toda la información
posible sobre Consejos
Comunales.
Debe circular durante la reunión un
listado de los presentes, indicando
nombres y apellidos, Cédula de
Identidad, teléfono y correo
electrónico
Algunos de los presentes deben
tomar fotografías para testificar
el acto.
Al finalizar la reunión, se solicitará
a los asistentes que propongan
candidatos para formar el grupo de
Voceros Representantes de la
Asamblea
. Antes de cerrar el acto, debe
acordarse en que día, lugar y hora
debe llevarse a cabo la primera
reunión electoral de la Asamblea
Local de Voceros
6. En esa primera Asamblea, y luego de
las elecciones, se conocerá quienes
son los miembros del Órgano
Ejecutivo y, a partir de ese instante
El Órgano Ejecutivo está compuesto
por Voceros Titulares y Voceros
Suplentes, entre los que aparecen los
cargos de Vocero Principal, Vocero
Secretario, Vocero Administrativo,
Vocero Contralor,
El número de Voceros del Órgano
Ejecutivo de la Asamblea siempre
será variable.
Todo Consejo Comunal debe, una vez
constituido: a. Levantar el croquis del
área geográfica del Consejo,
Levantar el croquis del área
geográfica del Consejo, indicando
claramente sectores, riachuelos,
carretera
7. Ciclo del Poder comunal
Las etapas que se llevan a cabo
para los proyectos de la comunidad,
se encuentra regulado en el artículo
44 de la Ley Orgánica de los
Consejos Comunales
La Fase de Diagnostico
Participativo
se caracteriza integralmente
a las comunidades,
La Fase de la Planificación
Participativa: es la fase que
determina las acciones,
programas y proyectos
La tercera Fase, la del
Presupuesto: esta fase comprende
la determinación de los fondos,
costos y recursos financieros
La fase de la Ejecución: esta
fase garantiza la concreción de
las políticas, programas y
proyectos
8. son la expresión organizada, en el
ámbito de una economía alternativa,
popular y solidaria
Las cooperativas
Las Cooperativas en todas sus
formas. •Cooperativa de trabajo
asociado o cooperativa de
producción de bienes y servicios:
Consisten en agrupaciones
de personas de un mismo
oficio o con un fin común,
que por medios propios
producen ciertos artículos
vendiéndolos directamente y
distribuyéndose entre ellos
las ganancias
Es una cooperativa de trabajadores
y tiene como objeto transformar
materia prima en bienes que
tengan características para
satisfacer una necesidad de los
consumidores
están en capacidad de ofrecer
muebles, juguetes, utensilios de
cocina o insumos para la
construcción (puertas, marcos,
ventanas,
Cooperativa de producción
agrícola: Es una asociación
conformada por varios afiliados que
trabajan la tierra, comercializan sus
productos
9. 1. Es de los asociados.
2. Las ganancias que genera se
distribuyen entre los asociados.
3. Conceden préstamos a los
asociados que lo requieran.
4. Otorgan préstamos a
intereses bajos.
Diferencias entre una
cooperativa de ahorro y un
Banco cooperativo de ahorro
Las Cooperativas de
Consumo: Presentan dos
formas básicas para la
consecución de sus metas.
La primera, consiste en
aprovechar los descuentos
compras al mayor y vender
los productos
Las Cooperativas Mixtas: Persiguen dos
objetivos a saber: la producción de bienes
y servicios para terceros y la obtención de
bienes y servicios para sus asociados. Las
Cooperativas Mixtas
Fundamento Constitucional y
Legal.
En la República Bolivariana de
Venezuela a partir de la entrada en
Vigencia la Ley Especial de
Asociaciones Cooperativas el 18 de
septiembre de 2001
Artículo 118 :"Se reconoce el
derecho de los trabajadores y de
la comunidad para desarrollar
asociaciones de carácter social y
participativo, como las
cooperativas,