3. Constituyen el equipo directivo del centro.
Trabajan de forma coordinada en el
desempeño de sus funciones.
4. Elegido por una comisión de la administración.
Personal de la conserjería de educación,
familias, profesores/as y sindicatos.
Debe presentar un plan de dirección, un jefe
de estudios y un secretario, también tienen en
cuenta las titulaciones que pueda aportar, la
experiencia…
Nombrado por el director Provincial del
Ministerio de Educación y Ciencia por un
periodo de cuatro años.
Aprueba la PGA y los proyectos curriculares.
5. Representar a la Administración Educativa.
Cumplir y hacer cumplir las leyes.
Dirigir y coordinar las actividades del
centro.
Gestionar los medios materiales del centro.
Autorizar gastos y pagos.
Visar certificados y documentos oficiales.
Facilitar información que le requieran las
autoridades educativas competentes.
6.
7. Ejercer la jefatura del personal docente.
Sustituir al Director en caso de ausencia.
Coordinar actividades.
Elaborar horarios de alumnos y maestros.
Coordinar las tareas de los equipos de
ciclo.
Dirigir la acción de los tutores.
Organizar los actos académicos.
Fomentar la participación.
8.
9. Ordenar el régimen administrativo.
Custodiar libros y archivos del centro.
Realizar inventario del centro.
Custodiar los materiales didácticos.
Elaborar el anteproyecto de presupuesto.
Cualquier otra función que encomiende el
Director dentro de su competencia.
10. No están constituidos por una única
persona.
Consejo escolar.
Claustro de profesores.
11. Compuesto por todos los
sectores de la comunidad
educativa y su constitución es
obligatoria en todos los centros
gestionados con fondos
públicos.
Los representantes se renuevan.
Las decisiones tomadas en el
Consejo Escolar tienen que ser
por mayoría simple.
12. Miembros Más de 8
unidades
Director 1
Jefe de Estudios 1
Representante del
Ayuntamiento
1
Profesores 5
Padre y Madres 5
Personal de
Administración y
Servicios
1
Secretario 1
13. Durante el primer cuatrimestre.
En caso de que se construya por primera vez
el consejo escolar se elegirán a todos los
miembros de los distintos sectores de una vez.
La renovación del representante de los
padres se realizará cada dos años.
14. Los miembros de la comunidad educativa
sólo podrán ser elegidos por el sector
correspondiente y podrán ser candidatos
para la representación de uno sólo de
dichos sectores, aunque pertenezcan a
más de uno.
Se constituirá en cada centro una junta
electoral.
15. Establecer las directrices para la
elaboración del proyecto educativo y
evaluarlo.
Proponer la revocación del nombramiento
del director.
Aprobar el reglamento de régimen interior.
No elige al director, no aprueba la PGA,
tampoco los proyectos curriculares (lo
hace el director), pero sí informa y evalúa.
No decide sobre la admisión de alumnos.
16. Resolver los conflictos e imponer las
correcciones con finalidad pedagógica.
Aprobar el proyecto de presupuesto del
centro y la ejecución del mismo.
Promover la renovación de las instalaciones
y equipo escolar, y vigilar su conservación.
Aprobar y evaluar la programación general
del centro y de las actividades
complementarias.
17. Fijar las directrices para la colaboración del
centro con fines culturales, educativos y
asistenciales, con otros centros, entidades y
organismos.
Analizar y evaluar la eficiencia en la gestión
de los recursos y la aplicación de las normas
de convivencia.
Analizar y valorar los resultados de la
evaluación que del centro realice la
Administración educativa o cualquier informe
referente a la marcha del mismo.
18. Informar la memoria anual sobre las
actividades y actuación general del
centro.
Conocer las relaciones del centro con las
instituciones de su entorno.
19.
20. Órgano propio de participación de los
profesores que tiene la responsabilidad de
planificar, decidir e informar sobre todos los
aspectos docentes del centro.
Función principal: impartir la docencia.
Presidido por el director/a e integrado por
la totalidad de maestros/as que presten
servicio docente en el centro.
21. Formular propuestas para el PGA y el PEC.
Establecer criterios para la elaboración de
Proyectos Curriculares.
Promover iniciativas en la investigación
pedagógica y formación del profesorado del
centro.
Elegir sus representantes en el Consejo Escolar
del centro.
Coordinar las funciones de orientación,
tutoría, evaluación y recuperación.
22. Analizar y valorar las evaluaciones internas
y externas.
Ser informado de las normas de
organización y funcionamiento del centro.
Asistir a todas las reuniones.
Proponer medidas e iniciativas que
favorezcan la convivencia en el centro.
Conocer la resolución de conflictos
disciplinarios y la imposición de sanciones.
Cualquier otra función que le sea atribuida
por la Administración educativa.