Órganos de gobierno y participación en centros educativos
1.
2. ÓRGANOS DE GOBIERNO
Unipersonales
› Equipo Directivo:
Director
Jefe de Estudios
Secretario
Colegiados
› Consejo Escolar
› Claustro de Profesores
3. Órganos de Gobierno:
Unipersonales: Forman el Equipo Directivo.
Asesora al Director y coordina el desarrollo
del Plan Anual del Centro. Lo componen:
› Director
› Jefe de Estudios
› Secretario
4. Director:
Es el representante de la Administración
Educativa del Centro.
Su nombramiento viene dado por una
comisión constituida por representantes
de la Administración Educativa,
representantes de los padres del Centro
(25%) y representantes de los profesores
(25%).
5. Director:
Funciones:
› Establecer las funciones de la LOMCE.
› Aprobar la PGA y el PE.
› Garantizar el cumplimiento de las leyes.
› Dirigir y Coordinar las actividades del
Centro.
6. Jefe de Estudios:
Personal a cargo del Director para el
cumplimiento de funciones.
Sustituye al director cuando éste no
está.
8. Órganos de Gobierno:
Colegiados: órganos para debatir la
mejora del centro. Velarán para que las
actividades del centro se desarrollen de
acuerdo con los principios y valores de
la Constitución.
› Consejo Escolar
› Claustro de Profesores
9. Consejo Escolar:
Constituido: Director, Jefe de Estudios,
Personal de Servicios o de la
Administración, Profesores
representantes del Claustro (1/3),
Padres/Madres y alumnos (1/3) y un
representante del Ayto.
Funciones:
› Solo puede conocer y evaluar.
› Pierde la función de decidir y aprobar.
10. Claustro de Profesores:
Órgano propio de participación de todos los
profesores/as en el gobierno del centro y decidir
sobre todos los aspectos educativos del centro.
Constituido por el director/a del centro
presidiendo, y por todos los profesores.
Funciones:
› Aprobar los proyectos curriculares de
etapa.
› -Fijar los criterios referentes a la atención
a la diversidad, orientación,
recuperación…
11. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN
Comisión de Coordinación Pedagógica (CCP)
Equipos de Ciclo
Junta de Profesores
Orientación y Tutoría
12. Comisión de Coordinación
Pedagógica (CCP):
Constituido por el Director, el Jefe de
estudios, los Coordinadores de ciclo y,
en su caso, el maestro orientador del
centro o un miembro del equipo para la
orientación e intervención educativa.
Funciones:
› Coordinar todo el trabajo del Centro.
› Establecer las directrices para la
elaboración y revisión de los proyectos
curriculares de etapa y coordinarlos.
13. Equipos de Ciclo:
Constituido por todos los maestros que
impartan docencia en él y el Coordinador de
ciclo, son los órganos básicos encargados de
organizar y desarrollar, bajo la supervisión del
Jefe de estudios, las enseñanzas propias del
ciclo.
Funciones:
› Elaborar el proyecto curricular y participar
en la CCP.
› Mantener actualizada la metodología
didáctica.
14. Junta de Profesores:
Constituida por todos los profesores que
imparten docencia a alumnos del grupo y
será coordinada por su tutor. Se reunirán
según lo establecido en la normativa de
sobreevaluación.
Funciones:
› Llevar a cabo la evaluación y el
seguimiento de los alumnos del grupo.
› Establecer actuaciones para mejorar el
clima de convivencia del grupo.
15. Orientación y Tutoría:
Constituido por la tutoría y orientación de los
alumnos y formará parte de la función
docente. Cada grupo tendrá un maestro tutor
que será designado por el Director, a
propuesta del Jefe de estudios.
Funciones:
› Atender a las dificultades de aprendizaje de
los alumnos, para proceder a la adecuación
personal del currículo.
› Orientar y asesorar a los alumnos sobre sus
posibilidades educativas.
17. Consejo Escolar:
Es el órgano de participación de los sectores
más directamente relacionados con el mundo
educativo.
Sus integrantes dictaminan los proyectos de
normas en materia educativa, que tengan
que ser aprobados por el parlamento, el
gobierno o el titular del Ministerio de
Educación.
Aprueba, para cada curso escolar, el informe
sobre las propuestas de mejora de la
educación que alcancen el respaldo de sus
miembros.
18. AMPA:
Asociación de Madres y Padres de Alumnos,
entidades de derecho privado cuyo objetivo
es la representación de los intereses de los
padres, madres o tutores legales de los centros
educativos de sus hijos.
Funciones:
› Informar al Consejo Escolar de aquellos aspectos
que consideren oportunos.
› Formular propuestas para la realización de
actividades complementarias.
19. Asociación de Alumnos:
Organización reconocida y regulada
dentro del proceso educativo en el que
los alumnos de un mismo centro se unen
para lograr unos fines e integrarse en la
comunidad escolar.
Funciones:
› Expresar la opinión de los alumnos en todo lo
que afecte a la situación escolar.
› Promover la participación de los alumnos
colegiados del Centro.