Este documento resume los principales aspectos de la Ley contra la Corrupción de un país. Describe el objeto de la ley, que es crear mecanismos para prevenir y combatir la corrupción y aumentar la transparencia en la administración de recursos públicos. Explica algunos delitos específicos contra el patrimonio público como el enriquecimiento ilícito y la malversación. También cubre delitos como la concusión, corrupción, tráfico de influencias y aquellos relacionados a interferir con la administración de justicia en casos
1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICERECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS POLITICAS Y JURIDICAS
ESCUELA DE DERECHO
Autora: Br. Anny Yoselin Alzuro Alzuro
Materia: Legislación Penal Especial - 2017/AI
Prof. - Nilda Singer - SAIA A
2.
3. 7. Con escalamiento,
llaves sustraídas o
falsas, ganzúas o
cualquier otro
instrumento similar, o
violando, o superando
seguridad electrónica
u otras semejantes.
8. Aprovechando la
confianza depositada
por el dueño,
poseedor o tenedor
del vehículo.
9. Aprovechando
situaciones de
calamidad,
infortunio o
peligro común.
10. Por persona
disfrazada,
ilícitamente
uniformada, usando
indebidamente
identificación falsa o
hábito religioso.
Además de las agravantes ya
descritas podrán aplicarse las
agravantes y atenuantes genéricas
previstas en los art. 77 y 74 del
Código Penal; pero jamás podrán
aplicarse las del 452 y 453 del
Código; en virtud de que el Hurto de
Delito Automotor es el hurto de
mayor gravedad en nuestra
legislación
El Desvalijamiento de
Vehículos Automotores
Es la sustracción de piezas o
partes de un vehículo
Automotor ajeno sin el
consentimiento del dueño.
Artículo 3
Quienes sustraigan partes o piezas de
un vehículo automotor perteneciente a
otra persona, sin apoderarse del mismo,
con el propósito de obtener provecho
para sí o para otro, serán sancionados
con pena de prisión de cuatro a ocho
años. Igual pena se impondrá a quien
detente, esconda o comercialice las
partes o piezas sustraídas aun cuando
no haya tomado parte en el delito.
4.
5.
6. Artículo 12
Vehículos Robados en
Estacionamientos
Públicos
Artículo 13
Entrega de Vehículos
Recuperados en
Estacionamientos
Públicos
Artículo 14
Sanción a Estacionamientos
Públicos
Artículo 15
Vehículos
Recuperados No
Reclamados
7. LEY CONTRA LA CORRUPCIÓN
Objeto de la Ley
Crear mecanismos preventivos
y represivos eficaces para
enfrentar la corrupción,
evitando que existan las
condiciones para que tales
efectos se produzcan. Esos
mecanismos, son para
procurar dotar de mayor
transparencia la
administración de recursos
públicos.
De los delitos contra el
patrimonio público y la
administración de justicia
en la aplicación de esta
ley.
Del enriquecimiento ilícito
y su restitución al
patrimonio público
Es la no justificación del
incremento patrimonial
desproporcionado de un
funcionario público
obtenido durante el
ejercicio de su cargo.
(Artículo 48 al 51). La
descripción típica se
encuentra establecida en
el art. 73 de la Ley.
Otros delitos contra el
patrimonio público
(Artículos 52 al 82)
ES importante señalar, que la malversación
se manifiesta en la Ley en una genérica y
tres modalidades denominadas:
Malversación agravada (art. 57 LCC),
malversación específica, por evasión de los
procedimientos de licitación y otros
controles (art. 58 de la LCC) y malversación
específica por sobregiro presupuestario
(art. 59 de la LCC).
8. Concusión
previsto en el art. 60 Corrupción
Los delitos de corrupción, en los
arts. 61, 62 y 63, fija la regulación
de las denominadas figuras de
corrupción en sus modalidades de
corrupción propia e impropia,
activa, pasiva y la denominada
instigación a la corrupción.
Trafico de influencias
previsto en el articulo 71, que exige
como sujeto activo necesariamente ser
funcionario público. La conducta
incriminada consiste en tener ventaja o
beneficio económico u otra utilidad
para sí o para un tercero,
aprovechándose indebidamente de la
función pública que ejerce el sujeto
activo o usando las influencias derivadas
del mismo.
Delitos contra la
administración de justicia en
la aplicación de esta Ley
(artículos 83 al 86 del
capítulo III)
Se prevén sanciones penales a los funcionarios
encargados de administra justicia o de ejercer la acción
penal pública, que realicen conductas no cónsonas con
la necesaria pulcritud que debe caracterizar el proceso
seguido por la comisión de los delitos previstos en la Ley
contra la Corrupción.