Este documento resume parte de la legislación de tránsito de Ecuador, específicamente el Capítulo V sobre contravenciones leves de segunda clase del Libro III sobre tránsito y seguridad vial de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre. Incurre en esta contravención quien cometa infracciones que serán sancionadas con una multa equivalente al 10% de la remuneración básica y la reducción de 3 puntos en la licencia de conducir.